Página 1
Página 1
CODICE – Contrato de Licencia para Usuario final 1. Introducción Este es un Contrato de Licencia (“CONTRATO”) entre CODICE SOFTWARE, S.L. (“CODICE” en adelante), empresa situada en Valladolid con domicilio en el Parque Tecnológico- Edificio Centro,103 -47151 Parque Tecnológico de Boecillo (Valladolid) y ___________________ ___________________________________ (CLIENTE), mediante el que CODICE garantiza al CLIENTE determinados Derechos de Uso del programa de software de CODICE: PLASTIC SCM 2. Definiciones A. Se entiende por “PROGRAMA” el código objeto ejecutable del programa o
programas de software descritos en la sección “Descripción del Programa” del Anexo A del presente Contrato y consiguientes releases de dichos programas que CODICE proporcione al CLIENTE cada cierto tiempo.
B. Se entiende por “ RELEASE” cualquier versión de un Programa o cualquier otro
material que haya comercializado CODICE en o después de la entrega de un Programa, incluyendo cualquier software proporcionado con el propósito de mejorar las funciones o el rendimiento del Programa, aumentar la capacidad o facilidad de uso del Programa, o con el propósito de arreglar errores en la lógica del Programa, junto con la Documentación que le acompaña.
C. Se entiende por “DOCUMENTACIÓN” el Manual de Usuario y el material
aportado o facilitado por CODICE para ser utilizado con el Programa.
D. Se entiende por “SOFTWARE” el conjunto del Programa y la Documentación.
E. Se entiende por “ARCHIVO DE LICENCIA” un archivo ASCII que contiene un conjunto de caracteres de licencia codificados que permiten que el Programa funcione en una configuración específica.
F. Se entiende por “FECHA DE ENTREGA” la fecha en la que CODICE transfiere
o permite realizar la transferencia al CLIENTE del Archivo de Licencia para el Programa al lugar donde se encuentra el Cliente, mediante correo electrónico o transferencia de ficheros en una red.
G. Se entiende por “FECHA DE ENTRADA EN VIGOR” la fecha en la que ambas
partes firman este Contrato.
H. Se entiende por “PRECIO DE LICENCIA” el importe económico por obtener la licencia del Programa o Programas especificados en este Contrato.
I. Se entiende por “SOPORTE TÉCNICO” los servicios de Soporte Técnico y
Mantenimiento para los Programas descritos en el Anexo B de este Contrato.
J. Se entiende por “PRECIO DE SOPORTE TÉCNICO” la cuota anual aplicable en concepto de Soporte Técnico de acuerdo con la sección 7 de este Contrato.
Página 2
K. “POR USUARIO” describe la forma de Licencia de Software, que restringe el Programa al que hace referencia la Licencia para poder ser usado por un número máximo de Usuarios individuales especificado, independientemente de si dicho uso es concurrente.
L. Se entiende por “PLATAFORMA” la combinación de un tipo particular de
ordenador y un Sistema Operativo particular o la versión de un Sistema Operativo.
M. Se entiende por “PLAZO INICIAL” un (1) año contabilizado desde la Fecha de
Entrega.
N. Se entiende por “PLAZO DE RENOVACIÓN” cualquier plazo posterior al Plazo Inicial, como se define en el Xxxxxxx 00(X).
3. Elementos proporcionados por CODICE
A. CODICE proporcionará al CLIENTE el Programa, tal y como se describen en el
Anexo A. El Programa estará en formato código objeto ejecutable que podrá descargarse mediante transferencia electrónica de ficheros.
La Documentación se entregará en ficheros de texto ejecutables en formato
electrónico, de forma adecuada para poder realizar su impresión. El CLIENTE puede copiar, imprimir o reproducir la Documentación sin restricciones, siempre que todo copyright y demás notas de propiedad sean reproducidos de forma idéntica a los originales. La documentación que acompaña al Programa sólo se otorga bajo licencia para propósitos de referencia interna y no comercial.
B. CODICE proporcionará al CLIENTE una copia de los módulos del Programa
para cada ordenador en el que se vaya a ejecutar según el Anexo D.
C. CODICE proporcionará al CLIENTE un Archivo de Licencia que habilitará el programa para que funcione en la configuración especificada en el Anexo D.
D. El CLIENTE reconoce y acepta que ha verificado el Programa y que éste es
adecuado para los propósitos que pretende utilizarlo. Asimismo el CLIENTE reconoce no haber sido influido por las valoraciones de CODICE al realizar su elección.
4 .Derechos de Licencia
A. En consideración al pago único del Importe de la Licencia por parte del
CLIENTE, CODICE concede al CLIENTE una licencia del Programa no exclusiva mundial, para sus empleados y contratistas, con el objeto de poder instalar y utilizar el Programa para el propio uso comercial, interno y directo del CLIENTE en la configuración especificada en el Anexo D.
B. La Licencia garantizada en el Párrafo 4(A) anterior vencerá a los 60 días de la
Fecha de Entrega si CODICE no ha recibido el pago del Importe de la Licencia. Cuando la Licencia caduque por este motivo, el Programa dejará de funcionar.
Página 3
Tal cese de funcionalidad es por diseño y no es un defecto del Programa. En este caso, CODICE restablecerá la funcionalidad del Programa el primer día laborable después de que CODICE reciba el pago del Importe de la Licencia.
C. El CLIENTE puede efectuar copias adicionales del Programa en la medida en
que sea necesaria para su uso. Además, el CLIENTE puede copiar el Programa con el propósito de archivarlo o hacer copias de seguridad. Asimismo deberá reproducir e incluir el copyright u otras notas de propiedad en cualquier copia de la misma forma en la que aparece en los originales proporcionadas al CLIENTE.
D. El Programa está configurado por CODICE para soportar el número de usuarios
especificado en el Anexo D. La Licencia del Programa se concede “Por Usuario”, siendo el número máximo de usuarios permitido para usar el servidor el reflejado en el Anexo D. El CLIENTE entiende que el Programa impone esta limitación y que si Programa no funciona de acuerdo con la Documentación debido a que el número de usuarios supera los especificados en el Anexo D no es por un defecto del Programa.
E. Por la presente CODICE se reserva todos los derechos del Programa que no se
han otorgado específicamente con este Contrato de Licencia.
5. Soporte Técnico A. Una vez pagado el Precio del Soporte Técnico por el CLIENTE, CODICE
proporcionará el Soporte Técnico descrito en el Anexo B. En el Importe de la Licencia se encuentra incluido el plazo inicial del Precio de Soporte Técnico.
B. Durante el Plazo Inicial y cualquier Plazo de Renovación por el que el
CLIENTE haya pagado el Precio de Soporte Técnico, CODICE proporcionará o pondrá a disposición del CLIENTE sin cargo adicional cualquier Release posterior.
6. Fecha de Entrega A. CODICE entregará ó pondrá a disposición del CLIENTE mediante distribución
electrónica los elementos reseñados en la Sección 3 de este Acuerdo, tras haber recibido el pago que represente el Importe total de la Licencia.
7. Precios de Licencia y Soporte Técnico A. Importe de Licencia. El Importe de Licencia único se basa en el número total de
Usuarios a los que el Programa puede dar servicio según está configurado, de acuerdo con la Tabla de Precios adjunta en el Anexo C. El Importe de Licencia cubre la instalación, copia y uso del Software del CLIENTE.
B. Precio de Soporte Técnico. El Importe de Licencia incluye el Precio de Soporte
Técnico durante el Plazo Inicial de este Contrato. Si el CLIENTE decide comprar el Soporte Técnico en la renovación del siguiente plazo, el Precio de
Página 4
Soporte Técnico a pagar por tal Renovación será el Precio de Soporte que CODICE cobre a sus nuevos clientes en la fecha en la que se reciba la orden de compra del CLIENTE para la renovación del Soporte. El pago del Precio de Renovación de Soporte debe ser recibido por CODICE antes de los treinta (30) días naturales siguientes de finalizar el Plazo Inicial o Plazo de Renovación actual; si no es así, CODICE puede, a su entera discreción, imponer un recargo de renovación de soporte del 10% al Precio de Soporte Técnico.
C. Usuarios adicionales. El CLIENTE puede incrementar el número de usuarios
que el Programa según está configurado puede dar servicio, pagando un Importe de Licencia adicional por cada usuario que se agregue.
Para el Plazo Inicial de este Acuerdo, el Importe de Licencia adicional estará de acuerdo con la Tabla de Precios del Anexo C. mientras que para cualquier Plazo de Renovación, el Importe de Licencia adicional será el Importe de Licencia vigente en ese momento que CODICE este cobrando a sus nuevos clientes. En los dos casos expuestos, el presente contrato tiene validez de UN AÑO, a partir de la firma del mismo prorrogable tácitamente por periodos iguales, salvo denuncia expresa por escrito por alguna de las partes con 30 días de antelación, a su vencimiento.
D. Licencia por Usuario. Ambas partes acuerdan que el Importe de la Licencia se
pague Por Usuario, como se describe en las Secciones 2(K) y 4(D) de este Contrato.
Ante el supuesto que una persona inicie a la vez la sesión en dos sistemas ubicados en un mismo lugar, resultando la aparición de dos usuarios, las partes acuerdan que el cliente pague una sola licencia.
8. Garantías e Indemnización A. CODICE garantiza al CLIENTE que tiene derecho legal de otorgar la Licencia
de acuerdo con lo establecido en este Contrato y que el Programa no infringe ningún derecho de propiedad intelectual u otros derechos de terceras partes.
B. CODICE garantiza que no hay asuntos judiciales pendientes referentes a algún
aspecto del Programa y que el Programa no ha sido publicado de tal manera que pierda su protección de copyright.
C. CODICE garantiza que el Programa cumple básicamente con las
especificaciones y descripciones a las que se refiere el Anexo A y la Documentación del Programa. Sin embargo, CODICE no será responsable a tenor de lo dispuesto en esta garantía si el CLIENTE no incorporara todas las actualizaciones proporcionadas por esta mercantil.
D. La responsabilidad de CODICE según las garantías establecidas en las cláusulas
A, B y C de esta Sección 8 se limita al Importe de Licencia y los Precios de Soporte Técnico pagados a CODICE por el CLIENTE en el marco de este Contrato.
Página 5
E. Excepción de Garantías. Con la excepción de las garantías establecidas más arriba, CODICE no ofrece garantía alguna respecto a cualquier otro programa incluido en este contrato, ya sea explícita o implícitamente, así como tampoco ofrece cualquier otra garantía de comercialización o idoneidad para un fin particular CODICE, no será responsable por los daños de cualquier naturaleza, salvo por dolo o negligencia grave, que se deriven del uso o imposibilidad de uso del producto.
F. Si existiera un procedimiento judicial abierto por el uso de una parte del
Programa que infringiera derechos de un tercero referentes a la propiedad intelectual. CODICE, modificará el Programa de tal manera que no infrinja el ordenamiento jurídico, siendo obligación de CODICE mantener el Programa sustancialmente de acuerdo con la Documentación proporcionada al CLIENTE.
9. Propiedad Intelectual A. El CLIENTE reconoce y acuerda que no obtiene ningún derecho de propiedad
del Programa según los términos de este Contrato y que CODICE tiene y mantiene todo derecho, título, interés y propiedad en relación con el Programa y con cualquier copia o actualización del mismo que efectúe el CLIENTE o CODICE.
B. El Programa se encuentra constituido por información protegida por la
legislación vigente referente a los derechos de propiedad intelectual y secretos comerciales de CODICE, independientemente de que cualquier parte del Software sea o pueda ser objeto de un copyright o patente válidos.
C. El CLIENTE no puede alterar ninguna de las marcas de propiedad del Software,
incluyendo copyrigths, marcas registradas, secretos comerciales y patentes. D. Cualquier copia autorizada del Software hecha por el CLIENTE deberá contener
una reproducción o equivalente de la nota de copyright u otras marcas de propiedad que aparezcan en el Programa y la Documentación entregados por CODICE.
E. EL CLIENTE no puede descompilar, desensamblar o utilizar ingeniería inversa
en el Programa. F. CODICE mantendrá el copyright de todas las mejoras del Software.
10. Plazo y Terminación A. Se pacta como duración de este contrato el término de un año natural a partir de
la fecha de su firma, pudiendo prorrogarse tácitamente por iguales periodos de tiempo, de no mediar comunicación escrita en contrario del CLIENTE dirigida a CODICE con una antelación mínima de 30 días a la fecha de vencimiento del
Página 6
periodo inicial de vigencia o al de cualquiera de sus prorrogas. La renovación de este Contrato de conformidad con esta disposición no incluye la prorroga del soporte técnico. El soporte técnico debe ser expresamente renovado por el CLIENTE tal y como se establece en el xxxxxxx 0X xx xxxx Contrato.
B. Cualquier parte tendrá el derecho de resolver este Contrato en el caso de que la
otra parte incumpla sus obligaciones de las secciones 9, 10 ó 12 de este Contrato. La intención de resolverlo deberá reflejarse en una notificación escrita detallando las causas del incumplimiento. La resolución causará efecto treinta (30) días después de la fecha en la que se entregó la notificación, a menos que la parte incumplidora haya corregido el incumplimiento con anterioridad al final de dicho periodo de treinta (30) días.
C. En el supuesto de que CODICE finalizara el Contrato de conformidad con el
Párrafo 10(B), podrá, a su entera discreción, revocar la Licencia otorgada en el Xxxxxxx 0(X) de este Contrato. CODICE notificará al CLIENTE por escrito que su Licencia ha sido revocada y éste , deberá, dentro de los quince (15) días siguientes a tal notificación, (i) interrumpir todo uso del Programa y (ii) certificar a CODICE por escrito que ha cumplido con los requerimientos de este Párrafo 10(C).
D. Los derechos y obligaciones de las partes a tenor de lo dispuesto en las
secciones, 2, 8, 9, 11y 12 de este Contrato prevalecerán después de cualquier terminación o vencimiento del mismo. Los derechos y obligaciones de las partes según la Sección 4 de este Contrato prevalecerán después de su cualquier terminación o vencimiento, exceptuando el supuesto recogido en el Párrafo 10(B) de este Contrato. Al finalizar la relación contractual existente entre las partes, todos los derechos concedidos por CODICE al CLIENTE, excepto aquellos mencionados en este párrafo, revertirán a CODICE.
11. Asignación y Delegación A. Las partes no podrán vender, transferir, asignar, delegar o subcontratar
cualquiera de los derechos u obligaciones dispuestos en este Contrato sin el previo consentimiento escrito de la otra parte.
B. A pesar de la cláusula A anterior, si una parte vende o transfiere a una única
entidad todo o prácticamente todo su negocio al que este Contrato se refiere, esa parte puede, sin el consentimiento de la otra , asignar o delegar sus derechos u obligaciones establecidos en este Contrato a esa entidad.
C.- Cuando se realice una asignación o delegación de conformidad con la cláusula
B, CODICE proporcionará un Fichero de Licencia al beneficiario tras haber recibido copias de los documentos debidamente formalizados que hagan efectiva dicha asignación o delegación.
12. General
Página 7
A. Jurisdicción Aplicable. Este Contrato será interpretado de conformidad con la normativa jurídica española, excluyendo cualquier elección de derecho aplicable.
B. Referencia Pública. El CLIENTE consiente el uso público de su nombre como
CLIENTE de CODICE, a menos que notifique a CODICE por escrito que niega tal consentimiento.
C. Modificación. Este Contrato no puede ser modificado excepto mediante
notificación escrita firmada por representantes autorizados de cada una de las partes.
D. No renuncia. La no utilización por cualquiera de las partes de un derecho o su
incumplimiento no impedirá posteriormente poner en práctica tal derecho. X. Xxxxxxxx equitativos. Las partes reconocen que una indemnización económica
por los daños y perjuicios ocasionados no será un remedio adecuado ante el incumplimiento de una obligación de las recogidas en el Contrato para el CLIENTE que se refiera a la propiedad intelectual o a la utilización del Programa, más allá del alcance de la Licencia garantizada por este Contrato. Por consiguiente, las partes establecen que independientemente de cualquier otro acuerdo aquí recogido, según lo señalado en la normativa jurídica y en el presente documento, CODICE y cualquier tercera parte de quien CODICE tenga Software o tecnología con licencia podrá acudir a la jurisdicción competente y denunciar los hechos ante el incumplimiento continuo del CLIENTE de tales obligaciones.
G. Jurisdicción para caso de litigio. Ambas partes renuncian de forma expresa a su
propio y particular fuero, y se someten también de forma expresa, a la competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx (capital) para cuantas cuestiones e incidencias pudiera dar lugar el presente contrato. Ambas partes designan como domicilio para oír toda clase de citaciones, notificaciones, requerimientos y emplazamientos, tanto judiciales como extrajudiciales, el domicilio expresado en este Contrato .
G. Notificación escrita. Ambas partes consideraran que cualquier notificación
escrita dirigida de una parte a la otra de acuerdo con lo establecido en este Contrato ha sido formalizada en la fecha en la que se envía, si es enviada por correo certificado y dirigida a la dirección especificada más adelante. Se considerará que la notificación escrita enviada por cualquier otro medio ha sido formalizada en la fecha en la que sea recibida por la parte a la que va dirigida. La notificación escrita enviada por fax o por correo electrónico no se considerará como una “notificación escrita” tal y como está contemplado en este Contrato.
H. Contrato completo. Este Contrato, incluyendo sus Anexos, constituye el
Contrato completo y único establecido entre las partes con respecto al contenido incluido aquí y remplaza a cualquier promesa o acuerdo previo ya sea oral o escrito. No hay promesas, convenios u otras responsabilidades distintos de aquellos expresamente establecidos en este contrato.
Página 8
I. Contratistas independientes. No se interpretará por las partes ni por ninguna otra entidad que de los términos de este Contrato pueda derivarse o crearse una agencia, sociedad o empresa conjunta entre el CLIENTE y CODICE.
J. Separabilidad. Si alguna de las disposiciones de este Contrato o sus Anexos
resultará invalido o inejecutable por haber cometido alguna de las partes una infracción del ordenamiento jurídico o incumplimiento, no por ello se verá menoscabado el resto de las disposiciones del Contrato y sus Anexos
K. Interpretación. Si surgieran dudas o discrepancias entre ambas partes, referentes
a la interpretación de las cláusulas recogidas en el presente contrato prevalecerán, en todo caso, los términos señalados en el documento español.
L. Anexos. Los anexos A, B, C y D del presente documento están incorporados y
son parte de este Contrato.
Página 9
13. Firmas Leído por las dos partes contratantes, CODICE y el CLIENTE, este documento le encuentran conforme, firmándolo por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
CLIENTE CODICE _________________________ __________________________ Firma Firma _________________________ __________________________ Nombre (a máquina o impreso) Nombre (a máquina o impreso) _______________________ __________________________ Cargo Cargo _______________________ ___________________________ Fecha Fecha Dirección postal del CLIENTE: Dirección de CODICE SOFTWARE: ___________________________ Edificio Centro, ___________________________ Parque Tecnológico de Boecillo, ___________________________ 00000, Xxxxxxxxxx ___________________________
Página 10
Anexo A: Descripción del Programa El Programa que se entregará según consta en este Contrato, CODICE-PLASTIC SCM, es un sistema de gestión de configuración de software que proporciona servicios de almacenamiento, versionado, control de cambios, acceso compartido, integración, comunicación, auditoria e información para grupos de ingenieros, técnicos y gerentes que desarrollan, mantienen y lanzan software de producción. El Programa funciona tal y como se describe en el Manual de Usuario de CODICE. CODICE mantiene una lista publicada de Plataformas en las que se soporta el Programa. PlasticSCM es un sistema cliente / servidor que opera sobre plataformas heterogéneas. El Programa se compone de un servidor principal, plasticd, una instancia del cual funciona en la máquina servidora y que maneja un Repositorio central; y también consta de un programa cliente principal, cm, instancias del cual se invocan localmente en cada máquina cliente que contenga un Espacio de trabajo. El Programa también incluye todos los demás módulos para los cuales se proporciona un enlace al Manual del Usuario o a las notas de lanzamiento en cualquier momento en la página de “Documentación” del sitio web de CODICE. También pueden incluirse otros programas de utilidad, administración y demostración. Normalmente cada usuario tendrá su propia instalación de cliente exclusiva, que contiene copias de archivos del Repositorio con revisiones concretas. El servidor está formado por un administrador de peticiones, un gestor de datos y un almacén de revisiones. El gestor de datos ejecuta los servicios de la base de datos y mantiene una colección de datos de control que describe el estado y la historia de las revisiones versionadas de archivos en el repositorio, así como las transacciones hechas en el mismo. El administrador de peticiones secuencia las acciones y controla la comunicación con el cliente. CODICE proporciona un modelo de cambio transaccional basado en entregas atómicas de múltiples archivos como un “cambio” transaccional. CODICE proporciona un mecanismo para mantener de forma selectiva la sincronización de las áreas de trabajo de los clientes con el servidor, de tal forma que las instalaciones de los clientes pueden ser actualizadas con fiabilidad. Quitar la última frase CODICE apoya el desarrollo paralelo y se ocupa de informar desde el repositorio del estado de los clientes, las historias de cambios en los archivos y el trabajo en curso.
Página 11
Anexo B: Términos y Condiciones del Soporte 1. Servicios Prestados En consideración por el pago del Precio de Soporte Técnico efectuado por el CLIENTE y el acuerdo del CLIENTE de cumplir con las responsabilidades establecidas a continuación, CODICE prestará al CLIENTE los siguientes servicios de Asistencia Técnica y Mantenimiento: Asistencia Técnica
A. CODICE ayudará al CLIENTE a identificar errores y fallos de funcionamiento que se produzcan cuando el Programa sea utilizado por el este.
B. CODICE prestará servicios de soporte al CLIENTE para intentar corregir los
errores y fallos de funcionamiento identificados. CODICE no se responsabiliza de los errores o fallos causados por cualquier hardware o por terceras partes que utilicen el sistema.
C. Toda Asistencia Técnica será llevada a cabo entre las 9:00 y las 18:00 horas
GMT+1, de lunes a viernes, excepto días festivos.
D. CODICE proporcionará Asistencia Técnica a través de e-mail .
E. CODICE adquiere los siguientes compromisos específicos para responder a las peticiones de Asistencia Técnica del CLIENTE:
1. aceptar/acusar recibo de la petición de soporte a través de e-mail en el
plazo de un (1) día laborable a contar desde el momento que se recibe la petición;
2. informar al CLIENTE sobre la situación actual conocida del problema e
introducir un Informe de Trabajo en el sistema de seguimiento de CODICE cuando proceda;
3. proporcionar una respuesta en el plazo de tres (3) días laborables
detallando el análisis y/o la valoración de CODICE e incluyendo las opciones y el tiempo estimado en el que se puede resolver;
4. CODICE emitirá un informe sobre la incidencia en el que se desarrollará
la corrección del software. Mantenimiento
F. CODICE proporcionará al CLIENTE todo Release del Programa publicado durante la duración del Contrato de Soporte Técnico para que lo descargue, según se establece en el Párrafo 3(A). Todas esas descargas deben ser realizadas por el CLIENTE. CODICE se esforzará al máximo por proporcionar Releases
Página 12
que apliquen correcciones y ayudará al CLIENTE a utilizar el Programa de modo que se puedan evitar los errores, fallos y defectos identificados.
G. El CLIENTE sólo recibirá el software que CODICE considere parte del
Programa. Por ejemplo: el CLIENTE tiene derecho a todas las actualizaciones y mejoras del Programa, pero si CODICE sacase al mercado otro paquete de software con una funcionalidad relacionada pero no idéntica con otro nombre de producto, el CLIENTE no tendría derecho a dicho software como actualización o mejora del Programa.
H. El CLIENTE tiene derecho a descargar, sin coste adicional, versiones del
Programa para cualquier Plataforma adicional de CODICE que aparezca en la lista publicada de la oferta de productos de CODICE, siempre que la configuración conjunta de usuarios soportada entre todos los servidores no exceda de la Configuración autorizada en la Licencia.
I. Cada cierto tiempo CODICE puede optar por cesar el mantenimiento de ciertas
Plataformas. CODICE lo realizará en dos pasos: primero, la Plataforma será declarada “Obsoleta”, lo que significa que CODICE hará nuevos Releases para dicha Plataforma tras la petición explícita del CLIENTE; después de al menos un año de haberse declarado “Obsoleta”, la Plataforma será declarada como “Interrumpida”, lo que significa que CODICE ya no hará ningún otro Release nuevo para esa Plataforma. La declaración de la Plataforma como “Obsoleta” o “Interrumpida” aparecerá en la página web de CODICE y el CLIENTE será responsable de comprobar en dicha página si ha habido cambios en la designación de una Plataforma determinada.
J. La declaración de una Plataforma o como “Obsoleta” o como “Interrumpida” no
afectará a la obligación de CODICE de proporcionar Asistencia Técnica tal y como queda establecido del Párrafo A al E de esta sección.
K. El CLIENTE tiene derecho a cambiar las direcciones de servidor IP, números de
puerto y/o Plataformas en la Configuración autorizada en la Licencia sin coste adicional en cualquier momento después de notificárselo por escrito a CODICE.
2. Responsabilidades del Cliente
A. El CLIENTE se compromete a adquirir, incorporar y mantener actualizado en todo momento el Programa hasta la última Release proporcionado por CODICE.
B. El CLIENTE designará al número apropiado de individuos como contacto(s) de
Soporte Técnico, según lo acordado por las partes. El número total de contactos no excederá de dos (2) contactos por cien (100) usuarios. El CLIENTE tiene derecho a cambiar los contactos en cualquier momento notificándolo por escrito a CODICE.
C. En caso de que el CLIENTE no cumpliera con sus responsabilidades tal y como
se establece en los dos párrafos anteriores, permitiría a CODICE tomar la
Página 13
determinación de negarse a proporcionar Soporte Técnico hasta que el CLIENTE cumpla con lo establecido.
Anexo C: Precios 1. Importe de Licencia El importe de la licencia es de 595 euros.
Página 14
Anexo D: Configuración de la Plataforma autorizada en la Licencia La Configuración autorizada en la Licencia para _____________________________ (CLIENTE), en la que se detallan las Plataformas específicas para las que se proporcionará el Programa y a las que este Contrato es aplicable, son las siguientes: Información de Licencia de Servidor: Dirección IP del servidor: _______________________________________ Número de puerto del servidor: ___________________________________ (La dirección IP y el número de puerto son necesarios para preparar el Archivo de Licencia). Tipo de ordenador: _____________________________________________ Sistema operativo: _____________________________________________ Número de usuarios: ____________________________________________ Contacto(s) de Soporte Técnico Designado(s): Nombre: _______________________________________________________ Cargo: _________________________________________________________ E-mail: _________________________________________________________ Teléfono: ________________________________________________________