Estimados Señores:
X xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx XXXXX Xx. 00-0000
Xxxxxxxxx, 4 xx xxxxx de 2009.
Estimados Señores:
El Ministerio de Finanzas Públicas, por medio de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, llevará acabo dentro del marco de la modalidad de compra por Contrato Abierto que prevé la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, el Concurso Nacional de Oferta de Precios XXXXX Xx. 00-0000 para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable,
para el efecto se emiten las presentes Bases que regirán el mismo.
Dichos suministros los requieren las distintas áreas o Unidades Ejecutoras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y de las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado; razón por la cual confiamos en que ustedes nos proporcionarán los precios más convenientes a los intereses del Estado.
Para el efecto, deben presentar su oferta y documentos solicitados en original y copia dentro de sobres cerrados, utilizando las etiquetas que se acompañan para su fácil identificación, en las oficinas de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, ubicadas en la 0x xxxxxxx 00-00, xxxx 0 nivel 14 el 16 xx xxxxx de 2009, de 09:00 a 09:30 horas.
La apertura de la plica, se realizará el mismo día y lugar de la presentación, inmediatamente después de la recepción de ofertas, para lo cual invitamos a que un representante de su empresa presencie la misma.
Atentamente,
Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Director
Dirección Normativa de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado
Ministerio de Finanzas Públicas
1. Identificación General
Objeto
El presente Concurso de Oferta de Precios tiene como propósito recibir ofertas de precios unitarios, para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, que se detallan en el “Listado de especificaciones del suministro de los Servicios de Publicidad a ofertar”, destinados a cumplir los programas específicos y a satisfacer las necesidades de las distintas áreas o Unidades Ejecutoras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y de las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado. Estará vigente por doce (12) meses contados a partir de la fecha de aprobación del Contrato.
Cronograma de Actividades
Publicación de las convocatórias: |
04 xx xxxxx y 00 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxx xx xxxxx xx Xxxxx: |
Del 04 xx xxxxx al 01 xx xxxxx de 2009 |
Período para efectuar consultas sobre el contenido de las Bases: |
Del 04 xx xxxxx al 01 xx xxxxx de 2009 |
Período para respuestas a consultas sobre el contenido de las Bases: |
Hasta el 03 xx xxxxx de 2009 |
Capacitación a concursantes para preparar ofertas: |
30 xx xxxxx de 2009, a partir de las 14:00 en la DNCAE. |
Capacitación para integrantes de la Junta de Calificación: |
30 xx xxxxx de 2009, a partir de las 09:30 En la DNCAE. |
Fecha y hora de recepción de Plicas: |
16 xx xxxxx de 2009 de 09:00 a 09:30 |
Fecha y hora de apertura de Plicas: |
16 xx xxxxx de 2009 a partir de las 09:30 |
Plazo para evaluación de ofertas y adjudicación del Concurso: |
Hasta el 27 xx xxxxx de 2009 |
Notificación de la Adjudicación, a todos los oferentes: |
Dentro de los tres (3) días siguientes de emitida la Resolución razonada. |
Plazo para elevar el expediente a la Autoridad Superior del MFP para aprobación |
Dentro de los dos (2) días de notificada la Resolución de la Junta |
Plazo para la aprobación o improbación de Lo actuado por la Junta |
Dentro de los cinco días de recibido el expediente de la Autoridad Superior |
Plazo para la notificación de la Resolución de la Autoridad Superior del MFP
|
Dentro del plazo relacionado en los artículos 142 bis, Decreto 2-89, Ley del Organismo Judicial o 3 del Decreto 119-96, Ley de lo Contencioso Administrativo.
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Plazo para interposición de Recursos de Reposición: |
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a notificada la Resolución Ministerial definitiva. |
Resolución de Recursos de Reposición
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Conforme a lo establecido en el Decreto No. 119-96. Ley de lo Contencioso Administrativo |
Plazo para firma del contrato: |
Dentro de los diez (10) días hábiles, contados a partir de la aprobación definitiva de la adjudicación. |
Lugar y fecha de presentación de las Ofertas.
Las ofertas deberán ser presentadas a la Junta de Calificación, de 09:00 a 09:30, el 16 xx xxxxx de 2009, en las oficinas de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (DNCAE) del Ministerio de Finanzas Públicas, ubicadas en la 8ª avenida 20-65 Zona 1, nivel 14, Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx.
Finalizada la recepción de ofertas, se llevará a cabo la apertura de plicas en el mismo lugar y fecha indicados anteriormente.
7.4 Consulta, costo y aclaraciones de las Bases del Concurso.
Las Bases de este concurso serán puestas a disposición para consulta de los interesados, en forma gratuita en las oficinas de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, y en la dirección de Internet xxx.xxxxxxxxxxxx.xx; en los días y horarios establecidos en la publicación de la convocatoria para este Concurso.
1.4.2 Los interesados en participar en el Concurso podrán adquirir las Bases del evento DNCAE No. 21-2008, en la forma siguiente:
a) Impresas : a un costo de Un mil quinientos Quetzales exactos (Q. 1,500.00),
b) Descargarlas del Sistema GUATECOMPRAS: a un costo de Quince Quetzales exactos (Q.15.00) equivalentes al uno por ciento (1%) del precio fijado para las Bases en papel.
En ambos casos el interesado deberá depositar dichos valores en las cajas receptoras del Banco de Guatemala, en la cuenta de depósitos monetarios No. 111798-5 a nombre de Gobierno de la República, Fondo Común, Ingresos Privativos, Tesorería Nacional y presentar copia del formulario del depósito efectuado certificada por la máquina receptora del banco, perfectamente legible, en las oficinas de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, acompañando una solicitud para que le sea entregado el soporte magnético con el Programa XXXXX Xx. 00-0000 en el período fijado para la venta de Bases según el Cronograma de Actividades contenido en el numeral 1.2 de las presentes Bases.
1.4.3 Los OFERENTES que adquieran estas Bases, podrán efectuar las consultas que consideren pertinentes a través de Internet en el Sistema Informativo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “Guatecompras” en la dirección xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, consultando el Número de Operación de Guatecompras (NOG) 737224, dentro del plazo que se establece en el Cronograma de Actividades contenido en el numeral 1.2 de las presentes Bases y por esa misma vía se publicarán las respuestas a las consultas efectuadas.
1.4.4 La Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, en coordinación con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) y de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala, deben emitir las Notas Aclaratorias correspondientes, las cuales se publicarán en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “Guatecompras”. Asimismo, la Autoridad Superior del Ministerio de Finanzas Públicas podrá en cualquier momento, pero antes de la presentación y recepción de ofertas y a requerimiento de las instituciones solicitantes del Concurso de Oferta de Precios por Contrato Abierto, previo consenso, hacer las modificaciones que se consideren necesarias, emitiendo para el efecto la Resolución correspondiente. En caso de existir modificaciones en las Bases, se deberá prorrogar la recepción de ofertas, otorgando a los oferentes un plazo razonable para poder preparar su oferta no menor de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la última notificación de la modificación que se trate.
2. Condiciones Generales del Concurso de Oferta de Precios
La Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, que en adelante se denominará la DIRECCIÓN, convoca a Concurso Nacional de Oferta de Precios XXXXX Xx. 00-0000 en la modalidad de compra por Contrato Abierto para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, según se detalla en el “Listado de especificaciones del suministro de Servicios de Publicidad a Ofertar” de estas Bases, que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, requieran para la adecuada atención de sus programas específicos.
2.1 Condiciones Legales
Las personas o entidades interesadas en presentar ofertas de precios en el Concurso Nacional de Oferta de Precios en la modalidad de compra por Contrato Abierto, para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, que en adelante se denominarán el o los OFERENTES, deben considerar y tener en cuenta las siguientes condiciones generales:
El plazo de los Contratos será de doce (12) meses contados a partir de la fecha de aprobación de los mismos, éstos podrán ser prorrogados por períodos menores o iguales al plazo originalmente establecido. Los contratos que se celebren en forma extemporánea por la interposición de acciones legales, por unidad de todos los actos que conforman el presente Concurso, deberán concluir su vigencia en la misma fecha que los contratos suscritos y aprobados en los plazos legalmente establecidos.
El monto que pueda representar el contrato que se suscriba NO CONSTITUYE COMPROMISO DE ADQUIRIR el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable por parte de la DIRECCIÓN, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala, ni para las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
El Contrato Abierto que llegue a suscribirse se someterá a las leyes guatemaltecas y en especial a las normas pertinentes del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas; Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas; Decreto número 119-96 del Congreso de la República y sus reformas, Ley de lo Contencioso Administrativo; Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto y las presentes Bases, que regirán el Concurso Nacional de Oferta de Precios XXXXX Xx. 00-0000, que en adelante se denominarán las Bases y Notas Aclaratorias que de ellas surjan.
Las ofertas de precios deberán referirse y sujetarse a las condiciones establecidas en estas Bases y la presentación de la oferta constituirá evidencia que el OFERENTE leyó, estudió y verificó completamente los documentos y anexos contenidos en ellas, lo que le habrá permitido entender, aceptar e identificar de manera clara, completa y precisa lo requerido para poder ofertar adecuadamente el suministro de Servicios de Publicidad objeto del presente concurso.
Las ofertas con precios recibidas en respuesta a este Concurso, no serán devueltas al OFERENTE, su original y copia quedará en poder de la DIRECCIÓN y permanecerán en sus archivos durante el tiempo que se estime razonable y pertinente, con el propósito de contar con la información en documentos originales que servirán para consultas posteriores. El contenido de las ofertas, documentos y sus anexos, serán tratados como documentos confidenciales por la DIRECCIÓN, por lo que su uso se limitará a la evaluación de las mismas y como referencia a la Convocatoria.
Con excepción a lo regulado en el artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado, los costos y gastos en que incurra el OFERENTE para la preparación y presentación de su oferta, serán a su exclusiva cuenta y riesgo, razón por la cual la DIRECCIÓN, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala, ni las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, reconocerán ninguna cantidad de dinero, ni efectuarán reembolsos de ninguna naturaleza por tal concepto.
LA JUNTA DE CALIFICACIÓN, que en adelante se denominará la Junta, se reserva el derecho y la facultad de verificar la autenticidad y contenido de los documentos presentados; así como la veracidad de la información que contenga la oferta, de encontrar falsedad o engaño en los mismos, la Junta procederá a la descalificación de la oferta, sin responsabilidad de su parte, sin perjuicio de efectuar las denuncias correspondientes si fuera el caso.
La veracidad de la información que contiene la oferta por la naturaleza notarial de las declaraciones bajo juramento, se sujetan a los principios de simplificación administrativa (sencillez), presunción de veracidad y fiscalización posterior. Dicha veracidad podrá constatarse en cualquiera de las fases del proceso de compra o inclusive en la de ejecución del contrato, para tal efecto se encuentran facultados la Junta de Calificación, la DIRECCIÓN, las entidades requirentes del concurso, la Contraloría General de Cuentas o los órganos jurisdiccionales que en derecho correspondan, para la deducción de las responsabilidades legales que corres- pondan en cada caso que se trate.
7.5Condiciones Económicas y Financieras
La DIRECCIÓN solicita oferta de precios fijos en quetzales, para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, requeridos por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Los precios deberán expresarse en quetzales y tendrán que incluir todas las tasas, derechos arancelarios, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y todos los demás impuestos y gastos necesarios para que el suministro de los servicios de publicidad sean proporcionados a las Unidades Ejecutoras solicitantes según su requerimiento y en las condiciones que se establecen en las presentes Bases.
Para determinar el monto de venta del suministro del Servicio de Publicidad, para efectos de facturación, el ADJUDICATARIO deberá multiplicar el precio unitario de adjudicación por la cantidad de unidades de publicidad requeridas.
Plazo de pago. El CONTRATISTA deberá entregar a la Unidad Ejecutora solicitante el suministro de los servicios de publicidad y la factura correspondiente, la cual será cancelada por la misma unidad en un plazo de treinta (30) días hábiles posteriores a su entrega, de acuerdo al artículo 62 del Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado y a los procedimientos de pago internos de cada Institución.
Cuando un CONTRATISTA haya cumplido con entregar la totalidad del suministro del servicio estimado y desee retirarse antes de finalizar la vigencia del contrato, debe manifestarlo por escrito a la DIRECCIÓN, adjuntando a la solicitud la documentación de respaldo que acredite la entrega de la cantidad estimada requerida en las Bases. La DIRECCIÓN corroborará esta situación por los medios que considere pertinentes y extenderá el finiquito correspondiente si fuera el caso, no obstante lo anterior el CONTRATISTA deberá seguir suministrando los Servicios de Publicidad hasta que la Dirección le proporcione el finiquito correspondiente.
Los oferentes al momento de preparar su oferta deberán indicar el precio unitario y total por cada Servicio de Publicidad solicitado.
3. Documentos, Requisitos y Condiciones exigidas a los Oferentes
3.1 Requisitos y Condiciones
3.1.1 Podrán presentar ofertas de precios las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Por encarecer el servicio no se aceptan intermediarios. Debiendo presentar agregados a su cotización, los siguientes documentos:
Carta de presentación debidamente firmada por el OFERENTE, su Representante legal, Mandatario o Apoderado, según el caso, en la cual se indique, por lo menos:
a.1 Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo representa, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, residencia y domicilio fiscal del Oferente; incluyendo la información sobre su documento de identificación personal (Cédula de Vecindad o Pasaporte si es extranjero).
a.2 Referencia al número del Concurso Nacional de Oferta de Precios XXXXX Xx. 00-0000 y su objeto.
a.3 Aceptación expresa del OFERENTE del contenido íntegro de las
presentes Bases y su sujeción a las leyes de la República de Guatemala.
a.4 El nombre, razón o denominación social del OFERENTE, lugar que señala para recibir notificaciones, emplazamientos, citaciones y correspondencia, números telefónicos y de fax, correo electrónico y Número de Identificación Tributaria (NIT).
a.5 Formulario de oferta XXXXX Xx. 00-0000 impreso y debidamente firmado y sellado, en original y completado con el suministro de servicios de publicidad que haya ofertado. El mismo debe ser completado y presentado por el OFERENTE, mediante el programa XXXXX Xx. 00-0000 que se entrega en soporte magnético.
a.6 Índice de los documentos que debe acompañar, de acuerdo con lo requerido en este numeral.
Constancia reciente (mínimo con fecha de 2 meses anteriores al de la presentación de la oferta) de la inscripción del OFERENTE en el Registro de Proveedores de “Guatecompras” en la que conste que está habilitado para ser proveedor del Estado.
Fotocopia legalizada del testimonio de la Escritura Pública constitutiva de la Sociedad y sus modificaciones si las hubiere, debidamente razonada por el Registro Mercantil General de la República; o en su defecto certificación reciente donde conste que la entidad está debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República.
Fotocopias legalizadas de la Patente de Comercio de Empresa y de la Patente de Sociedad. En caso que el OFERENTE sea una empresa mercantil, debe presentar únicamente fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de Empresa.
Fotocopia legalizada del documento que acredite la personería del Representante Legal, Mandatario o Apoderado si fuera el caso, debidamente inscrita en el registro correspondiente.
Fotocopia legalizada de la cédula de vecindad del oferente, su Representante legal, Mandatario o Apoderado.
Original de la Póliza de la Fianza de Sostenimiento de Oferta a favor del Ministerio de Finanzas Públicas. La póliza no deberá contener manchas, errores, ni corrección alguna y deberá ser entregada dentro de una bolsa de polietileno u otro material impermeable y transparente, que permita su visualización.
Declaración Jurada del OFERENTE contenida en Acta notarial, en donde conste que:
h.1 Que el suministro de servicios de publicidad que oferta al Estado son de lícito comercio y que está autorizado para ofrecer y comercializar dichos suministros; así mismo que la autorización estará vigente desde la apertura de plicas y durante la vigencia del contrato si fuere adjudicado.
h.2 No es deudor moroso del Estado, ni de las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, o en su defecto, compromiso formal que, en caso de adjudicársele la negociación, previo a la suscripción del contrato, acreditará haber efectuado el pago correspondiente.
h.3 No está comprendido en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.
h.4 Leyó, estudió, aceptó y se somete expresamente a cada una de las condiciones, requisitos y documentos establecidos y exigidos en estas Bases, Notas aclaratorias y a cualquier modificación que surja de conformidad con lo indicado en el subnumeral 1.4.4 de las presentes Bases.
Medio magnético XXXXX Xx. 00-0000 con la información que haya incorporado al mismo. El OFERENTE deberá cerciorarse que el disco compacto o medio en el cual se presente el soporte, esté en perfectas condiciones, que no contenga virus y que se pueda obtener la información del mismo sin problema alguno. El medio magnético no exime de la oferta impresa, debidamente firmada y sellada.
Fotocopia simple del documento que acredite haber cancelado el costo de las presentes Bases.
Original de la solvencia del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en la que conste que el OFERENTE no tiene cuotas laborales ni patronales pendientes de pago. Si la fecha de la presentación de la oferta se realizara durante la segunda quincena del mes, el proveedor podrá presentar la solvencia emitida por el IGSS con fecha del mes anterior, y si la oferta se presenta durante la primera quincena del mes, el proveedor podrá presentar su solvencia emitida con fecha de los dos (2) meses anteriores al de la recepción de la oferta.
Formulario de oferta XXXXX Xx. 00-0000 impreso y debidamente firmado y sellado; el mismo debe ser presentado por el OFERENTE, mediante programa XXXXX Xx. 00-0000, que se entrega en soporte magnético, el cual debe estar completo con los renglones que oferte.
Documento de respaldo de la cobertura.
Documento de respaldo, penetración, alcance o índice de audiencia (Rating).
Certificación suscrita por el oferente, en la cual haga constar que es proveedor directo del suministro de los servicios que oferta.
3.1.2 En todos los casos, cuando se trate de documentos provenientes del extranjero debe cumplirse con lo que establecen los artículos 37 y 38 de la Ley del Organismo Judicial. De encontrarse escritos en otro idioma, éstos deben ser debidamente traducidos al español por un traductor jurado legalmente autorizado. Los documentos que no cumplan con este requisito, no serán tomados en cuenta y se tendrán por no acompañados.
3.1.3 La documentación que se detalla en las literales a), b), g), l) y o), del subnumeral 3.1.1, se consideran REQUISITOS FUNDAMENTALES y su no inclusión o la presentación de los mismos sin la totalidad de la información y formalidades requeridas, darán lugar a que la Junta, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado, rechace la oferta sin responsabilidad alguna de su parte.
3.1.4 Cuando se trate de REQUISITOS NO FUNDAMENTALES, literales c) d), e), f), f), i) j), k), m) y n) del subnumeral 3.1.1, que no se hubieran cumplido satisfactoriamente al presentar la oferta, la Junta fijará por escrito un plazo razonable para que los mismos sean presentados, caso contrario la oferta será rechazada.
3.1.5 Requisitos Formales: El oferente al presentar la plica que contiene su oferta, como mínimo deberá incluir los documentos relacionados en el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Adicionalmente deberá cumplir con las formalidades a las que se refiere el numeral 4 detallado a continuación.
4. Condiciones y requisitos de forma en la elaboración de las Ofertas.
El OFERENTE debe cumplir para la elaboración de su oferta, con las formalidades siguientes:
4.1 La oferta debe redactarse y presentarse en idioma español.
4.2 La oferta debe presentarse en forma legible, ordenada, con documentos numerados, incluyendo un índice, foliando todo el expediente a excepción del documento que contiene la Fianza de Sostenimiento de Oferta, de tal forma que sea posible su estudio, consulta y verificación de manera ágil y sin lugar a dudas o contradicciones.
4.3 La oferta no debe contener errores, enmiendas, correcciones, borrones o raspaduras, ya que las mismas implican su no consideración y/o descalificación, sin responsabilidad alguna de la Junta.
4.4 La oferta debe entregarse en original y copia que corresponda exactamente al original, ambas en sobres cerrados en forma separada. En caso de discrepancias entre el original y la copia, prevalecerá para todos los efectos el original.
4.5 Los documentos que constituyen la oferta, especificados en el subnumeral 3.1.1 de estas Bases, podrán ser entregados por el OFERENTE, a través de su Representante Legal, Mandatario, Apoderado o cualquier persona designada expresamente para el efecto, en la fecha y hora establecidas en el numeral 1.3 de estas Bases, en las oficinas de la DIRECCIÓN.
4.6 En ningún caso se aceptarán ofertas presentadas por fax o enviadas por correo postal o correo electrónico, ni presentadas extemporáneamente.
4.7 De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, cada persona individual o jurídica, nacional o extranjera debe presentar una sola oferta. En ningún caso o circunstancia se permitirá a un compareciente la representación legal o administrativa de más de un oferente.
4.8 Como prueba de entrega de la oferta, la Junta otorgará al OFERENTE, en el momento de presentación de la misma, una constancia en donde se registre el día y hora de entrega, nombre completo, dirección exacta y números telefónicos del mismo.
El Formulario de Cotización DNCAE No. 21-2008 cuyo modelo obra en la
Sección de formularios de las Bases, debe ser llenado y presentado por el OFERENTE, mediante el programa XXXXX Xx. 00-0000 que se entrega en medio magnético que forma parte de estas Bases.
En caso de surgir discrepancias entre la información presentada por el
OFERENTE contenida en el soporte magnético DNCAE No. 21-2008 del Programa XXXXX Xx. 00-0000 y la contenida por escrito en el Formulario de Cotización DNCAE No. 21-2008, prevalecerá en todos los casos la Información impresa, firmada y sellada en el formulario citado.
5. Condiciones y requisitos para la presentación de Ofertas
5.1 Instrucciones para los interesados en presentar ofertas
Los interesados en presentar ofertas de precios para este concurso, deben utilizar el Programa informático XXXXX Xx. 00-0000 contenido en el disco compacto u otro medio similar adjunto. Finalmente, ingresados los datos que correspondan debe imprimirse el formulario que contenga la oferta a presentar, el cual debe ser firmado por el Oferente, su representante legal, apoderado o mandatario según el caso e impreso el sello que identifica a la empresa o entidad.
5.1.1 La Junta al evaluar las ofertas, no aceptará ni considerará la presentación de alternativas ni condiciones que modifiquen o tergiversen las Bases y Especificaciones Técnicas del Concurso de Oferta de Precios XXXXX Xx. 00-0000.
Los precios deben ofertarse en congruencia con las unidades estimadas para cada renglón y que aparecen en la columna respectiva del “Listado de especificaciones del suministro de Servicios de Publicidad a Ofertar” de estas Bases.
5.2 Fianzas de Sostenimiento de Oferta, Cumplimiento de Contrato y de Calidad y/o Funcionamiento.
Las Fianzas de Sostenimiento de Oferta y de Cumplimiento de Contrato, deben formalizarse mediante póliza extendida a favor del Ministerio de Finanzas Públicas por una institución debidamente autorizada para operar en Guatemala.
Las Pólizas deben ser presentadas sin que el contenido de las mismas sea alterado para su valoración.
5.2.1 Fianzas de Sostenimiento de Oferta
5.2.1.1 Para poder mantener la automatización del cálculo del importe de la Fianza de
Sostenimiento de Oferta, debe revisarse el importe que surge del Programa
DNCAE No.21-2008 entregado con las Bases, en disquete u otro medio similar
para que efectivamente el cálculo pueda ser auténtico cuando se agreguen o
eliminen suministros de Servicios de Publicidad ofertados.
5.2.1.2 La Fianza de Sostenimiento de Oferta se caucionará por un porcentaje del uno por
ciento (1%) del valor de la oferta y deberá tener una vigencia de ciento veinte (120)
días, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta establecida en
estos documentos, tal como lo establece el artículo 64 de la Ley de Contra-
taciones del Estado y sus reformas, pudiéndose con el ADJUDICATARIO
convenir su prórroga. En este último caso el adjudicatario deberá asegurarse que la afianzadora le otorgue la prórroga respectiva.
5.2.1.3 La Póliza de la Fianza de Sostenimiento de Oferta les será devuelta a los
OFERENTES que no resulten favorecidos en la adjudicación y que lo soliciten
por escrito, una vez se encuentre aprobada la adjudicación por la autoridad
Administrativa Superior del Ministerio de Finanzas Públicas.
5.2.1.4 El Ministerio de Finanzas Públicas por si mismo o a través de la DIRECCIÓN hará efectiva la Fianza de Sostenimiento de Oferta en caso que el ADJUDICATARIO no sostenga su oferta o no suscriba el contrato que se le adjudique dentro xx xxxx (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva o, si habiéndolo hecho no presenta la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo que fije la DIRECCIÓN o en su defecto dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del Contrato según lo establece el artículo 36 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
5.2.2 Fianza de Cumplimiento de Contrato
5.2.2.1 Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato Abierto, el CONTRATISTA debe constituir una Fianza de cumplimiento de contrato a favor del Ministerio de Finanzas Públicas xxx xxxx por ciento (10%) del monto que surja de sumar los importes de los renglones que se le adjudiquen.
5.2.2.2 La Fianza de cumplimiento de Contrato debe estar vigente a partir de la fecha de suscripción del mismo para el suministro de los Servicios de Publicidad correspondientes que hubieren sido adjudicados y por el plazo establecido en el contrato y el de sus prórrogas, si las hubiera.
Si el CONTRATISTA incumpliera parcial o totalmente con el Contrato Abierto que oportunamente suscriba, tanto en los plazos de entrega o en la calidad del suministro de los servicios de publicidad, así como también si los suministros entregados son diferentes a los ofertados y adjudicados, deberá ser reportado a la Autoridad Superior de la entidad afectada o a quien ésta designe, para que se efectúe el análisis correspondiente que permita la depuración y consolidación de la información; la entidad afectada deberá observar en su expediente administrativo, el debido proceso regulado en el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 2 del Decreto número 119-96, Ley de lo Contencioso Administrativo.
Fianza de Calidad o de Funcionamiento
El Contratante, cuando proceda y la Unidad Ejecutora de que se trate considere oportuno, solicitará al CONTRATISTA garantía por la calidad o funcionamiento del
suministro de los Servicios de Publicidad, mediante fianza a nombre de la entidad compradora, que cubra el valor de las fallas o desperfectos que le sean imputables y debe otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor de la orden de compra, como requisito previo a la recepción del suministro adjudicado, de acuerdo a lo que preceptúa el artículo 67 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas. El contratista deberá asegurarse que la afianzadora le otorgue la respectiva póliza.
6. Junta de Calificación, Asistente de Contrato Abierto y Observadores
6.1 Integración de la Junta. La Junta estará integrada de acuerdo a lo que establece el artículo 25 literal C. del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
6.2 Asistente de Contrato Abierto. A la Junta se le nombrará un Asistente de Contrato Abierto de la DIRECCIÓN, que será responsable de la custodia y diligenciamiento del expediente administrativo respectivo y apoyará a la Junta de Calificación en la elaboración de los documentos que sean necesarios de conformidad con instrucciones de dicha Junta, como lo preceptúa el artículo 25 literal C. del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
6.3 Observadores. La DIRECCIÓN invitará como observadores a representantes de la Comisión Presidencial para la Transparencia y contra la Corrupción y Coalición para la Transparencia y de la Procuraduría de los Derechos Humanos, para que observen las actividades de la Junta durante todo el proceso del evento. Estos observadores no tendrán voz ni voto, ni deberán intervenir directa o indirectamente en las deliberaciones o decisiones de la Junta, ni trasladar por sí mismos o por terceros informaciones a sus representados que impliquen el cumplimiento de requisitos exigidos en las Bases a los OFERENTES, quedando a salvo, las informaciones sobre anomalías o irregularidades que observaren, en beneficio de la transparencia y honestidad del evento, las cuales deberán hacerse llegar en forma inmediata a la DIRECCIÓN.
7. Recepción y Apertura, Evaluación, Calificación y Adjudicación
Recepción y Apertura. La Junta en acto público que se celebrará en el
Salón de Adjudicaciones de la DIRECCIÓN, procederá a la recepción y apertura de las ofertas; de lo actuado se levantará un acta que será suscrita por los miembros de la Junta. En el acta de Apertura que se elabore se registrará el nombre de la empresa o entidad OFERENTE, monto total ofertado, su Número de Identificación Tributaria (NIT), el nombre de la Compañía Afianzadora que emitió la Fianza de Sostenimiento y su importe o documento que avale la fianza presentada y número de renglones que oferte.
El acta de Apertura tendrá como anexo fotocopias de los formularios de las ofertas presentadas. La Junta entregará fotocopia del acta y de los anexos a los observadores designados y acreditados que la soliciten. Copia del acta y anexos del suministro de los Servicios de Publicidad ofertados se pondrán a disposición de los interesados para consulta en la recepción de la DIRECCIÓN, además de su correspondiente publicación en “Guatecompras”.
7.1.2 La DIRECCIÓN deberá proporcionar a la Junta de Calificación, previo a la apertura de plicas, el precio de referencia del suministro de los Servicios de Publicidad respectivos que obren en los registros de la Dirección, de acuerdo a lo regulado en la literal E. del artículo 25 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas. Dichos precios serán publicados en “Guatecompras”. Si el precio ofertado no se ajusta a los precios de referencia registrados en la DIRECCIÓN o a juicio de la Junta, no sea conveniente a los intereses del Estado y si el o los suministros de Servicios de Publicidad ofertados no satisfacen los requisitos solicitados, la misma está facultada de abstenerse de adjudicar el renglón en cuestión, sin responsabilidad de su parte, debiendo justificar su decisión en el acta de Adjudicación. La Junta podrá considerar los precios de referencia para la adjudicación y en los casos en que no sea utilizado el precio de referencia, la Junta debe razonar los motivos en el acta de adjudicación correspondiente.
7.1.3 La JUNTA al momento de proceder a la apertura de plicas, verificará que los OFERENTES hayan presentado la Fianza de Sostenimiento de Oferta, de acuerdo al importe que surge del Programa XXXXX Xx. 00-0000 entregado con las Bases, en disquete y procederá a rubricar todas las hojas, exceptuando el documento de la Póliza de la Fianza de Sostenimiento de Oferta.
Evaluación. Las ofertas recibidas serán evaluadas y analizadas por la Junta,
para determinar si las mismas cumplen con las exigencias que se establecen en las Especificaciones Técnicas y Condiciones particulares, referidas entre otras a la concordancia de las características técnicas del suministro de los Servicios de Publicidad ofertados con los solicitados, de igual forma deben verificar que se cumpla con las Condiciones Generales referidas al cumplimiento de las condiciones legales y administrativas.
Calificación. La JUNTA conocerá solamente aquellas ofertas que hayan cumplido
con los requisitos exigidos en las Bases para el presente concurso y al haber satisfecho los requerimientos, se les adjudicará el derecho a proveer el suministro de los Servicios de Publicidad ofertados.
Parámetros de Calificación. Previamente a calificar el precio ofertado, para establecer qué ofertas pueden ser adjudicadas, la Junta efectuará la calificación de las ofertas utilizando los criterios y parámetros siguientes:
-
Especificaciones Técnicas
70
Puntos
Cobertura
15
Puntos
Penetración o Alcance (Rating)
15
Puntos
T O T A L
100
Puntos
Los OFERENTES que hubieren obtenido los mayores puntajes comprendidos
dentro del rango de 80 a 100 puntos, de acuerdo a los parámetros de calificación descritos anteriormente, entrarán en la calificación de ofertas que efectúe la Junta por precio, de acuerdo a lo indicado en el subnumeral 7.1.2 de las presentes Bases, adjudicando el derecho de proveer el suministro de Servicios de Publicidad objetos del presente Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE No. 21-2008, al o los precios más bajos presentados.
7.3.3 Especificaciones Técnicas. La Junta verificará el cumplimiento de los aspectos
técnicos contenidos en el listado de “Especificaciones del suministro de los Servicios de Publicidad a ofertar” que forma parte de las presentes Bases. El o los OFERENTES que a criterio de la Junta, cumplan con el ciento por ciento (100%) de los aspectos técnicos, tendrán una ponderación máxima de setenta (70) puntos. Los Oferentes subsiguientes serán calificados con una ponderación de cinco (5) puntos menos, cada vez que a criterio de la Junta, incumplan con algún aspecto técnico de los establecidos.
Cobertura:
Es un parámetro de medición de audiencias que se establece por el porcentaje de personas alcanzadas por un medio de comunicación escrita o televisiva, dentro de un universo de personas previamente definido a nivel nacional. Este parámetro será acreditado con el documento actualizado de 2 años anteriores al 2008, que respalde la información a través de una empresa de estudios de mercados de investigación. El o los oferentes que a criterio de la Junta cumplan con el documento obtendrán los 15 puntos, si incumplen la ponderación es de 0 puntos.
Penetración o Alcance (Rating):
En televisión el raiting indica el porcentaje de hogares o televidentes con la TV encendida en un canal, programa, día y hora específicos (o promediando minutos y fechas), en relación al total de TV Hogares o televidentes considerados. En Prensa es el porcentaje de personas que leen el periódico a nivel nacional ya sea por suscripción o por compra con voceadores. Este parámetro será acreditado con el documento actualizado de 2 años anteriores al 2008, que respalde la información a través de una empresa de estudios de mercados de investigación. El o los oferentes que a criterio de la Junta cumplan con el documento obtendrán los 15 puntos, si incumplen la ponderación es de 0 puntos.
7.4 Adjudicación. La Junta adjudicará en congruencia con lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus reformas y lo contenido en las presentes Bases, los renglones y/o suministros de Servicios de Publicidad con las condiciones más favorables a los intereses del Estado.
7.4.1 De acuerdo a lo que establece el artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal F. del artículo 25 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, la Junta podrá adjudicar el evento total o parcialmente por renglón, siempre atendiendo a que el suministro de los Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, cumplan con las especificaciones establecidas en estas Bases.
El plazo para la adjudicación es el indicado en el Cronograma de actividades
contenido en el numeral 1.2 de las presentes Bases. Dicho plazo podrá ser ampliado por la DIRECCIÓN a solicitud de la Junta, si ésta considera que el mismo no es suficiente para la adjudicación.
La Junta se reserva el derecho de aceptar una oferta en su totalidad o en parte; o de efectuar adjudicaciones parciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
7.4.4 Con el fin de garantizar la prestación del suministro de los Servicios de Publicidad a las Unidades Ejecutoras, cuando la Junta adjudique un suministro y hubieren ofertado más de uno y los mismos hayan sido descalificados por la variante del tres por ciento (3%), la Junta en el acta de adjudicación hará la calificación de los oferentes que clasifiquen sucesivamente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 del Xxxxxxx xxxxxx 00-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, para que en los casos que el adjudicatario no suscribiere el Contrato abierto para un concurso adjudicado por la Junta, debido a alguno de los supuestos establecidos en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, o bien, si un contrato suscrito se rescindiere total o parcialmente, a efecto de asegurar el suministro de los Servicios de Publicidad y no repetir el procedimiento, podrá optarse por formalizar la negociación con el subsiguiente clasificado en su orden, siempre y cuando no haya más proveedores adjudicados, atendiendo a que acepte suscribir el contrato, sosteniendo los mismos precios ofertados y calificados por la Junta.
7.4.5 La Junta podrá descalificar el suministro de los Servicios de Publicidad ofertados, si se verificara que los mismos ha sido objeto de sanción por incumplimiento de calidad y/o entrega y hubiese sido notificado tal extremo a la DIRECCIÓN, o bien si estuviera inhabilitado en el registro de proveedores de “Guatecompras”, dejando constancia en el acta de adjudicación correspondiente.
7.4.6 Si la JUNTA determinara que existe colusión entre OFERENTES, procederá de acuerdo con lo que establece el artículo 25 del Xxxxxxx xxxxxx 00-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Contrataciones del Estado y artículo 11 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
7.4.7 La Junta de acuerdo a lo regulado en el artículo 35 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas, dentro del plazo de tres (3) días de emitida la Resolución razonada, deberá hacer la respectiva notificación a los OFERENTES participantes. Para los efectos legales relacionados anteriormente, la Junta supletoriamente aplicará lo regulado en los artículos 00 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx; y artículos 2, 3 y 4 del Decreto número 000-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de lo Contencioso Administrativo y citará a los OFERENTES, quienes están obligados a comparecer personalmente a la DIRECCIÓN, con el objeto de formalizar dicho acto y recibir las cédulas de notificación respectivas.
7.4.8 La Junta dentro del plazo de dos (2) días después de haber efectuado la noti- ficación de la adjudicación, elevará el expediente a la Autoridad Superior del Ministerio de Finanzas Públicas para la aprobación o improbación de lo actuado por la Junta, en cumplimiento a lo regulado en el artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
El Ministerio de Finanzas Públicas podrá prescindir de la negociación en cualquier fase en que ésta se encuentre, pero antes de la suscripción del Contrato Abierto respectivo, siempre y cuando sea por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, de conformidad a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
Dentro del proceso de calificación, la Junta evaluará además los aspectos técnicos y legales contemplados en las presentes Bases.
8. Recursos
8.1 Contra lo resuelto por la Junta de calificación, por no ser un acto definitivo que concluya el procedimiento de compra, no cabrá recurso alguno.
8.2 Contra la Resolución Ministerial que apruebe la adjudicación de la Junta, procederá el Recurso de Reposición, el cual podrá ser interpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la notificación de la Resolución Ministerial que aprobó la adjudicación del concurso, de conformidad con lo establecido en los artículos 100 y 101, del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
8.3 Aquellos OFERENTES que interpongan el recurso de Reposición relacionado anteriormente, deben especificar en su memorial el número de la Resolución, el paquete total o parcial que les interesa impugnar, especificando claramente el mismo y los fundamentos de hecho y derecho que estimen procedentes. En todo caso podrán aportar las pruebas que sustenten sus afirmaciones. La interposición del recurso no interrumpirá la continuidad del proceso de los demás paquetes adjudicados.
8.4 Compensación por Daños y Perjuicios. El Estado podrá demandar la compensa-
ción de los daños y perjuicios sufridos con motivo de la interposición de acciones frívolas e impertinentes que entorpezcan el desarrollo normal del proceso de la contratación; según lo estipulado en el artículo 57 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
9. Especificaciones Técnicas y Condiciones Particulares.
La DIRECCIÓN solicita oferta de precios unitarios en Quetzales, individuales para cada renglón, para la adquisición del suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable, que se detallan en el “Listado de especificaciones del suministro de los Servicios de Publicidad a Ofertar” de estas Bases, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas que se establecen en el mismo. La oferta de precios deberá efectuarse en el medio magnético, del cual deberán imprimirse los formularios correspondientes.
9.1 Control de Calidad
9.1.1 El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) y la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala se reservan el derecho de verificar los datos de cumplimiento de especificaciones requeridas que emita el ADJUDICATARIO y de encontrar falsedad o engaño probado entre el suministro de los Servicios de Publicidad efectuados y los ofertados y adjudicados, se considerará causal suficiente de incumplimiento de contrato y dará lugar a la aplicación de las sanciones que le puedan corresponder de acuerdo a lo previsto en el subnumeral 5.2.2.3 de las presentes Bases
9.2 Solicitud de Pedido
9.2.1 Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) y la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, que efectúen sus compras por medio de Contrato Abierto, para formular su pedido deben utilizar la solicitud de pedido interno que se utiliza para el efecto en cada institución, con las formalidades que la misma requiera.
9.2.2 Las solicitudes de pedido de las Unidades Ejecutoras se cursarán a la dirección que el CONTRATISTA consigne en el momento de la suscripción del Contrato Abierto con la DIRECCIÓN y los representantes de las entidades requirentes.
Tanto los segundos como las publicaciones se realizarán de acuerdo a las necesidades y requerimientos de las diferentes entidades Gubernamentales.
9.3 Condiciones Particulares y Condiciones de entrega del suministro de Servicios de Publicidad.
9.3.1 Cuando un CONTRATISTA haya cumplido con la entrega total de las cantidades estimadas del suministro del Servicio de Publicidad solicitadas y desee retirarse antes de finalizar la vigencia del Contrato Abierto, debe manifestarlo por escrito a la DIRECCIÓN, adjuntando a la solicitud la documentación de respaldo respectiva. La DIRECCIÓN corroborará esta situación por los medios que considere pertinentes y extenderá el finiquito correspondiente en un plazo no mayor de quince (15) días contados a partir de la recepción de la solicitud.
9.3.2 El CONTRATISTA estará obligado a seguir proporcionando el suministro de los Servicios de Publicidad solicitados por las Unidades Ejecutoras hasta que la DIRECCIÓN emita el FINIQUITO correspondiente; de no cumplir con la entrega de los mismos se someterá a las sanciones administrativas correspondientes. Si no manifiesta su deseo de retirarse, quedará obligado a mantener la provisión del suministro de los Servicios de Publicidad en las mismas condiciones especificadas en el Contrato Abierto.
9.3.3 Si el CONTRATISTA cambia de lugar para recibir citaciones, notificaciones, emplazamientos, correspondencia o solicitudes de pedido durante la vigencia del Contrato, debe actualizarlo en el Registro de Proveedores de Guatecompras así mismo, comunicarlo por escrito a la DIRECCIÓN, por lo menos con quince (15) días de anticipación al cambio, indicando los datos de su nueva ubicación. El CONTRATISTA debe inmediatamente comunicar el cambio a todos los Departamentos de abastos o de compras de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala y a las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, que hayan efectuado compras al amparo del Contrato Abierto. La falta de cumplimiento de esta formalidad en el plazo señalado anteriormente, será considerada como incumplimiento de Contrato Abierto, en tal caso, se procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento regulada en el artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado, previo a cumplir con lo estipulado en el artículo 102 del mismo cuerpo legal.
9.4 Comisión de Vigilancia, Seguimiento y Monitoreo de Contrato Abierto
9.4.1 Se crea la Comisión de Vigilancia, Seguimiento y Monitoreo de Contrato Abierto como un órgano consultivo con fines de asesoría técnica, en cuanto a calidad del suministro del Servicio de Publicidad adjudicado; así como de mediación y conciliación de conflictos y toma de decisiones comunes que se originen durante la vigencia del Contrato Abierto, la cual en adelante se denominará la COMISIÓN.
9.4.2 La COMISIÓN estará integrada por un titular y un suplente de las instituciones y entidades siguientes: 1) Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas; 2) Del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) y 3) De la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala.
9.4.3 Los representantes de las instituciones y entidades descritas anteriormente, previa autorización por escrito por parte del Presidente de la COMISIÓN, podrán asistir a las sesiones auxiliados por sus respectivos asesores técnicos, jurídicos, financieros o específicos que consideren necesarios.
9.4.4 La COMISIÓN será convocada por la DIRECCIÓN cuando sea necesario para la búsqueda de soluciones comunes en beneficio de los intereses del Estado. Asimismo la COMISIÓN podrá crear las subcomisiones que consideren convenientes, así como invitar a otras personas o entidades nacionales e internacionales para que asistan a la misma en calidad de observadores o asesores permanentes o temporales, cuando la naturaleza del tema a tratar así lo requiera.
9.4.5 Lo relativo a la organización interna de la COMISIÓN, será establecido por
la misma cuando ésta sea integrada.
9.4.6 Casos o situaciones no previstas. Los casos o situaciones no previstas en las presentes Bases serán resueltas por el Ministerio de Finanzas Públicas y/o la Dirección en coordinación con las autoridades superiores de las entidades requirentes o a quien éstas designen para la suscripción de los contratos correspondientes.
9.5 Procedimiento de denuncias y sanciones por incumplimiento de entrega o de calidad.
9.5.1 Denuncia por incumplimiento de entrega. Cuando una Unidad Ejecutora establezca que existe incumplimiento de entrega deberá trasladar la denuncia a la autoridad superior de la entidad afectada o a quien ésta designe.
9.5.2 Para que la autoridad superior o quien ésta designe proceda a dar curso a
la denuncia, la Unidad Ejecutora, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Oficio dirigido a la autoridad superior o a quien ésta designe, denunciando el incumplimiento.
b) Fotocopia de la Orden de Compra o Pedido del suministro del Servicio de Publicidad que denuncia, con constancia de recibido por el Contratista, o en su defecto la razón que indique la negativa de recepción de la Orden de Compra.
c) Nota de justificación del proveedor, firmada por el Representante legal de la
de la empresa o entidad, en la cual indique la razón del incumplimiento, o en su defecto, certificación del acta elaborada y firmada por la autoridad administrativa superior de la unidad Ejecutora denunciante o por quien ésta designe, en la que se haga constar que el Contratista no justificó el incumplimiento.
d) Oficio de solicitud de la NO OBJECIÓN, para realizar la compra del suminis-
tro de los Servicios de Publicidad objeto de la denuncia, fuera de Contrato
Abierto. Para determinar si es procedente otorgar nota de No Objeción de
un servicio objeto de denuncia, se hará una investigación previa que practicará
la Autoridad Superior o por quien ésta designe.
9.5.3 Incumplimiento de Calidad. Cuando una Unidad Ejecutora tenga duda del incumplimiento de la calidad del suministro del Servicio de Publicidad proporcionado, deberá trasladar la denuncia a la autoridad superior de la entidad correspondiente o a quien ésta designe. Asimismo, debe informarse de la denuncia presentada a la DIRECCIÓN, quien a su vez convocará e informará a la COMISIÓN a efecto rinda opinión técnica, así como para que dé seguimiento y monitoreo a la denuncia respectiva.
9.5.4 Sanciones por incumplimiento de entrega y calidad. Cuando el Contratista, incumpliere con cualquiera de las condiciones indicadas en estas Bases, se
procederá a iniciar un expediente con los antecedentes y constancias que prueben el incumplimiento de entrega o de la calidad que se trate. Este expediente deberá diligenciarse por las instancias respectivas de cada institución afectada y/o requirente del suministro del Servicio de Publicidad objeto de denuncia, quienes para el caso de incumplimiento de calidad deberán solicitar y acompañar al expediente, opinión técnica de la COMISIÓN. En ambos casos, tanto en incumplimientos de entrega como de calidad, se elevarán las actuaciones a la autoridad superior de la entidad afectada o por quien ésta designe, para aplicar las sanciones correspondientes conforme lo regulado en los artículos 85, 86, 87 y 88 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
9.5.5 Para el caso de incumplimientos de calidad, la COMISIÓN una vez recibido el requerimiento de opinión técnica, contará con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para remitir la opinión solicitada para que la entidad pública respectiva pueda continuar con el trámite correspondiente.
9.5.6 En todos los casos al quedar firme el procedimiento administrativo respectivo, relacionados con los subnumerales 9.5.1 y 9.5.2 y 9.5.4 de las presentes Bases y ejecutada la sanción correspondiente, se deberá notificar a la DIRECCIÓN en un plazo que no exceda de cinco (5) días hábiles con el objeto que la misma, cuando proceda ejecute la Garantía de Cumplimiento establecido en el artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado y rescinda parcial o totalmente el Contrato Abierto respectivo, si fuera pertinente. En caso de rescisión total del contrato por incumplimiento, la DIRECCIÓN inhabilitará en el Registro de Proveedores de GUATECOMPRAS, al Contratista de que se trate, por el plazo de dos (2) años, sin responsabilidad de su parte.
Declaración de Garantía de Calidad
FORM.DNCAE
ACTA NOTARIAL. En la ciudad de Guatemala, el del año
, siendo las con treinta minutos, yo
, infrascrito Notario, constituido en mi oficina profesional ubicada en
, a requerimiento de , de años de edad, (estado civil), (profesión), (nacionalidad), (domicilio), quien se identifica con
y quien solicita mis servicios notariales para redactar la presente Acta Notarial de DECLARACIÓN JURADA DE GARANTÍA DE CALIDAD para el suministro de Servicios de Publicidad en Prensa, Televisión abierta nacional en frecuencia VHF, Televisión abierta nacional en frecuencia UHF y en Televisión nacional vía cable a ser adquiridos por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala , procediendo para el efecto de la siguiente manera: PRIMERA: Me asegura el requirente ser de las generales anteriormente consignadas y encontrarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles. SEGUNDA: Manifiesta el requirente BAJO JURAMENTO XX XXX y enterado por el infrascrito Notario de las penas relativas al delito de perjurio que (el o los) renglones números
Adjudicados bajo (nombre y/o marca)
en el Contrato Abierto número
cumplen con las especificaciones técnicas ofertadas y adjudicadas, así como en la consistencia de cada uno de los suministros serán entregados durante la vigencia del contrato. Por lo cual autorizo al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República de Guatemala, por medio de quien considere, pueda verificar los mismos. TERCERA: Yo, el Notario DOY FE: que lo anterior me fue expuesto y de su contenido; de haber tenido a la vista el documento con que se identifica el requirente; y el que acredita la representación legal que se ejercita. No habiendo mas que hacer constar se da por terminada la presente Acta Notarial de Declaración Jurada de Garantía de Calidad, en el mismo lugar y fecha cuando son las horas con minutos, misma que habiéndola leído al requirente y advertido de los alcances legales, ha manifestando que en los términos relacionados, la acepta, ratifica y firma con el notario autorizante, la presente acta esta contenida en hoja de papel bond.
__________________________________
Nombre, Firma y Sello del
Representante Legal
ANTE MI:
Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 27