1-Precio del arrendamiento, embarcación y combustible:
1-Precio del arrendamiento, embarcación y combustible:
La embarcación será entregada al ARRENDATARIO a su plena satisfacción, en perfecto estado y con el equipo y accesorios necesarios para la navegación que se relacionan en el correspondiente inventario y con su documentación y póliza de seguros en regla.
a.El precio del alquiler será el reflejado en la factura y contrato de arrendamiento según la semana y servicios solicitados. El arrendatario deberá abonar el 30% para la Reserva y el resto un mes antes del embarque.
b.Los gastos de estancia y derechos de atraque de la embarcación fuera del puerto base no están incluidos.
c. El arrendatario debe realizar el llenado del deposito antes de la entrega de la embarcación al arrendador.
d. Nuestro Patrón es obligatorio para el alquiler de la embarcación, el precio para una semana es de 1250€, en el acto de la entrega xxx xxxxx (CHECK-IN) .
e. Pack confort 250€/Semana Obligatorio para el alquiler, en el acto de la entrega xxx xxxxx (CHECK-IN) . Incluye Limpieza, ropa de cama y toallas. Padle surf y snorkel para 6 personas.
3) Seguro y coberturas:
x.Xx embarcación dispone de una póliza de seguros contratada a todo riesgo- con coberturas por accidentes tanto de la propia embarcación como por responsabilidad civil y de ocupantes con las limitaciones que se especifican, en las condiciones generales y particulares de la póliza. La franquicia por siniestro es de 1.500€ euros.
b. Quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la Ley. Mediante la firma del contrato de alquiler el cliente se adhiere como asegurado a la mencionada póliza, cuyas condiciones se encuentran a su disposición.
4) Fianza:
a.En el acto de la entrega xxx xxxxx (CHECK-IN) el arrendatario abonará la fianza descrita en las condiciones (1.500€) .
b.Esta fianza será devuelta al arrendatario a la finalización del presente contrato siempre y cuando no hayan existido daños, desperfectos, pérdidas, robos o hurtos durante la duración del presente contrato.
c.En caso de existir daños, desperfectos, pérdidas, robos o hurtos durante la duración del presente contrato imputables al arrendatario y/o cualquiera de los pasajeros, la fianza será retenida por el arrendador para aplicarla al coste de aquéllos, sin perjuicio de la responsabilidad que en todo caso corresponderá al arrendatario en cuanto exceda el importe de la fianza, lo cual deberá satisfacer en su integridad en el plazo de una semana, reservándose el arrendador el derecho de iniciar las acciones legales que en caso contrario le asistan.
d.En ningún caso los daños producidos por el manejo de la embarcación serán imputables a la tripulación, ya que ésta se alquila con un patrón contratado por la empresa arrendadora.
5) Daños, desperfectos y pérdidas producidas durante el arrendamiento:
Si durante el periodo de arrendamiento se producen daños o desperfectos no imputables al patrón de la empresa arrendadora en el caso de haberlo contratado, el arrendatario y los pasajeros tienen la obligación de comunicarlo a la empresa o patrón. En caso de que el arrendatario o los pasajeros produzca un atasco, bloqueo o rotura de cualquiera de los WC de la embarcación, será por cuenta del arrendatario los gastos para desatascar, reparar y las piezas necesarias para el normal uso del WC nuevo. El arrendador se exime de indemnización alguna al arrendatario por el atasco, bloqueo o rotura de los WC de la embarcación.
6) Uso de la embarcación auxiliar :
Será únicamente el patrón quién hará uso de la embarcación auxiliar con su motor fueraborda.
7) Itinerario embarque inicial y desembarque final:
El itinerario será propuesto por el arrendatario, si bien estará condicionado a que, a juicio exclusivo del patrón de la empresa arrendadora, resulte viable en función de las condiciones de la mar y la predicción meteorológica así como del tiempo de duración del contrato y del horario
laboral del patrón. El embarque inicial se realizará en la fecha de inicio, hora de embarque y punto de embarque indicados en el contrato de alquiler.
El desembarque final se realizará en la fecha final, hora de embarque y puerto de desembarque indicados en el contrato de alquiler, quedando a criterio del patrón la posibilidad de que el arrendatario y los pasajeros pernoctan la última noche a bordo debiendo desembarcar al día siguiente antes de las 9:00 AM. En cualquier caso el barco siempre tiene que estar obligatoriamente en el punto de desembarque en la fecha de finalización quedando en ese momento terminadas las obligaciones del patrón y la azafata/hostess salvo acuerdo explícito entre ambas partes.
8) Averías:
En caso de avería no imputable al arrendatario o los pasajeros y que
impida el desarrollo normal del itinerario previsto o que ponga en riesgo la seguridad del arrendatario o los pasajeros, el patrón trasladará el barco al puerto más cercano para solventar la avería. El arrendatario no tendrá derecho a percibir indemnización por los dos primeros días que el barco esté en el puerto durante las reparaciones, si bien, siempre que sea posible a juicio del patrón o la empresa, el arrendatario y los pasajeros podrán seguir pernoctando a bordo.
A partir de las 48 horas, el arrendatario tendrá derecho a la rescisión, quedando la empresa obligada a devolver el total de las cantidades entregadas.
Si por razones de fuerza mayor la empresa se ve imposibilitada de poner la embarcación a disposición del arrendatario en el puerto y fecha contratados, la empresa pondrá a disposición del arrendatario una embarcación similar o de mayor categoría sin coste adicional. En caso de
que no exista posibilidad de realizar el cambio de embarcación, el arrendatario tendrá derecho a rescindir el presente contrato, quedando la empresa obligado a devolver el total de las cantidades entregadas sin más responsabilidades.
9) Patrón y comportamiento del arrendatario y los pasajeros:
a.En todo momento el arrendatario y los pasajeros quedan sujetos en su comportamiento a las medidas de seguridad y directrices sobre el uso de la embarcación y sus instalaciones que les traslade el patrón. Asimismo el arrendatario y los demás pasajeros se obligan a dar un uso correcto a la embarcación y a sus instalaciones, así como una pacífica convivencia a bordo.
b.En ningún caso podrán el arrendatario ni el resto de los pasajeros llevar a cabo actividad alguna molesta, insalubre, ni contraria a la Ley o al orden público.
El pago de una tarifa de limpieza no exime al arrendatario ni a los pasajeros de las siguientes obligaciones: mantener un orden y limpieza diaria de la embarcación tanto exterior como en el interior, mantener sus pertenencias debidamente estibadas, lavar la vajilla utilizada y colocarla o estibar en los armarios destinados para ello.
x.Xx posesión del arrendatario o de cualquiera de los pasajeros de sustancias ilegales, artes de pesca, y/o cualquier comportamiento por parte del arrendatario o de los demás pasajeros que no se adecúe a la legalidad vigente o a lo establecido en esta cláusula dará derecho al arrendador a dar por finalizado anticipadamente el contrato sin que
corresponda al arrendatario la devolución de cantidad alguna previamente entregada y pudiendo ser desembarcados el arrendatario o el resto de la tripulación en el fondeadero o puerto más próximo a juicio del patrón.
d.El interior xxx xxxxx esta terminantemente prohibido, fumar, vapear, etc.
e.El horario del patrón es de 09:00 AM a las 20:00 horas por lo que el barco siempre estará fondeado o atracado en puerto antes de las 19:00 horas, quedando a criterio del patrón trabajar fuera de estas horas.
Con arreglo a la costumbre del chárter náutico con patrón, la manutención de este corre a cargo del arrendatario. En consecuencia, podrá disponer de la comida y bebida que el arrendatario y los pasajeros lleven a bordo, sin obligación de participar en los gastos de esta.
f. No podrá subir a bordo ninguna persona ajena a este contrato que no figure en la lista de pasajeros anexa y en ningún caso el número total de pasajeros podrá exceder del indicado en el certificado de navegabilidad según la zona de navegación.
10) Rescisión del contrato y Cancelaciones:
x.Xx empresa podrá rescindir unilateralmente el presente contrato sin que corresponda al arrendatario ni a los demás pasajeros devolución o
indemnización alguna por esta cancelación cuando:
a1. Se pretenda usar la embarcación para fines distintos a los que está destinada,
a2. Incumplimiento de cualquiera de los pagos,
a3.Incumplimiento de alguna de las términos del presente contrato, a4.Subarriendo de la embarcación sin consentimiento por escrito.
b. Anulación: Los costes repercutidos al arrendatario por anulación anticipada serán:
20% del total del alquiler si la anulación es antes de 60 días del embarque. 40% – si es entre 30 y 60 días anteriores al embarque.
50% – si es entre 30 y 15 días anteriores al embarque. 100% si es durante los 15 días anterior al embarque.
Política de cancelación COVID-19: “Ofrecemos condiciones especiales de cancelación con reembolso de todos los pagos solo en los siguientes casos:
-Si las fronteras del país anfitrión o del viajero están oficialmente cerradas en la fecha del charter.
– Si se impone una cuarentena de 7 días o más a los viajeros que regresan de sus vacaciones.
-Si la navegación o los viajes no imprescindibles están formalmente prohibidos en la zona de inicio del alquiler de la embarcación o en el lugar de residencia del cliente, en las fechas del charter.
La obligación de realizar una prueba Covid-19 (PCR) antes o después del viaje no es condición suficiente para beneficiarse de un reembolso.
Asimismo, las interrupciones relacionadas con el transporte no son una condición suficiente para el reembolso. La devolución de los importes abonados sólo será posible si se han respetado todos los términos y condiciones contractuales: firma del contrato de alquiler del charter, anticipo realizado y pago final efectuado. ”
11) Responsabilidad del arrendador y del patrón:
Ni el arrendador ni el patrón serán responsables de la pérdida, extravío o daño de los equipajes, enseres o pertenencias del arrendatario o de los demás pasajeros, como tampoco de los daños corporales, secuelas enfermedad o fallecimiento que puedan sufrir el arrendatario o el resto de los pasajeros durante la duración del presente contrato.
12) Área de Navegación:
Salvo acuerdo previo con La empresa, la embarcación no se despachará para navegar fuera de las aguas de Menorca.
13) Protección de datos y uso de material audiovisual:
a.En cumplimiento de la Ley Orgánica española y el Reglamento Europeo de Protección de Datos, le informamos que el responsable del tratamiento y conservación de los datos personales son cedidos con finalidad de gestionar las relaciones contractuales o precontractuales con proveedores o clientes de la empresa arrendadora. Sus datos se conservarán, y no se ceden, salvo obligación legal. Tiene reconocidos derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y portabilidad de sus datos personales, con las limitaciones legal y reglamentariamente establecidas, que podrá ejercitar mediante solicitud dirigida a la dirección antes indicada, y derecho a formular reclamaciones ante la AGPD: xxx.xxxx.xx
b.Con la firma del presente contrato autorizo al arrendador a hacer uso del material fotográfico y audiovisual que se lleven a cabo en la embarcación. Las imágenes podrán ser usadas para: Difusión de actividades y eventos a través de la página web, blog y redes sociales de la entidad, uso interno en memorias y proyectos de la asociación, documentos y material gráfico
impreso como carteles, folletos y manuales. En caso de no autorizar marcar: NO.
En todo lo no dispuesto en el presente contrato se estará a lo dispuesto en el Código Civil.
Para cualquier problema acerca del cumplimiento de este contrato, se someten ambas partes a la Jurisdicción de los Tribunales de Torremolinos, renunciando expresamente al fuero propio.
Arrendador Arrendatario