Contract
Respuesta a las observaciones y/o sugerencias sobre el Anteproyecto xx xxxxxx de especificaciones técnicas y de cláusulas particulares para la contratación del DISEÑO, PLANIFICACIÓN, DESARROLLO Y OPERACIÓN DEL SERVICIO DE DIGITACIÓN, PROCESAMIENTO Y PUBLICACIÓN PARA EL RECUENTO PROVISIONAL DE RESULTADOS DE LAS ELECCIONES EJECUTIVAS, LEGISLATIVAS Y DE ÓRGANOS SUPRANACIONALES, INCLUYENDO LAS ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS, SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS (PASO), GENERALES Y EVENTUAL SEGUNDA VUELTA ELECTORAL, CONJUNTAMENTE A LAS ELECCIONES PROVINCIALES Y MUNICIPALES QUE SE REALICEN DE FORMA SIMULTÁNEA DEL AÑO 2023, EN ADELANTE ELECCIONES NACIONALES.
EJES TEMÁTICOS
OBSERVACIONES Y/O SUGERENCIAS ADMINISTRATIVAS
● CRITERIO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
● OFERTAS (ALTERNATIVAS Y VARIANTES)
● ANTECEDENTES
● CONTENIDO NACIONAL
● PAGOS
● MONEDA DE COTIZACIÓN
OBSERVACIONES Y/O SUGERENCIAS TÉCNICAS
● ALCANCE
● AUTENTICACIÓN
● CERTIFICACIONES
● COMUNICACIONES
● EQUIPAMIENTO
● ESPACIOS
● FISCALIZACIÓN PARTIDARIA
● INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
● INFRAESTRUCTURA EDILICIA
● INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA
● PROCESOS
● PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
● TRANSPORTE
ÍNDICE
A. Observaciones presentadas por Smartmatic International Holding B.V. 2
B. Observaciones presentadas por Partido PRO Propuesta Republicana 10
C. Observaciones presentadas por Partido PRO Propuesta Republicana 19
D. Observaciones presentadas por Minsait - Indra 21
E. Observaciones presentadas por Grupo MSA 28
OBSERVACIONES Y/O SUGERENCIAS RECIBIDAS
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
A. Observaciones presentadas por Smartmatic International Holding B.V.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx - Smartmatic International Holding B.V. 16/11/2022 - 18:04 hs
Se agradecen las observaciones, comentarios y sugerencias realizadas y se procede a dar respuesta a cada uno de ellos:
1. OpenID Connect es una especificación que funciona sobre la Autenticación y protocolo OAuth 2.0, sugerimos que el requerimiento sea que el SAA implemente el protocolo OAuth
2.0 para ampliar las posibilidades a especificaciones que cumplan o mejoren lo ofrecido por OpenID Connect.
RESPUESTA DINE: OAuth2 es utilizado para el control de la delegación de la autorización de accesos a recursos segurizados. OpenID Connect es utilizado para autenticación federada, si bien se monta sobre el anterior, es por esto que se requiere al último. El SAA se deberá implementar de acuerdo a las especificaciones xxx xxxxxx, con el software o aplicación que el oferente proponga.
2. Se sugiere que la herramienta para gestionar la observabilidad de los datos pueda ser sugerida por los oferentes, especificar una tecnología limita que puedan recibir otras opciones que cumplan o mejoren el requerimiento.
RESPUESTA DINE: Open Telemetry está siendo implementado en organizaciones líderes xxx xxxxxxx argentino y regional, lo cual permite independizarse de proveedores específicos y cerrados. Existen numerosas implementaciones libres y gratuitas de monitoreo que soportan el uso de Open Telemetry, por lo cual no existe limitación alguna en la especificación definida.
3. Se podría utilizar una tecnología similar que tenga las mismas características, por ejemplo: docker swarm (que es la tecnología recomendada oficialmente por Docker para la orquestación de contenedores), Nomad, OpenShift, Portainer.
RESPUESTA DINE: Kubernetes es el estándar de la industria para la gestión de cargas de trabajo en un ecosistema de premisas de escalabilidad, recuperación ante fallos, alta disponibilidad transparente. En las Elecciones Legislativas 2021 ya se utilizó Kubernetes y se demostró las amplias ventajas del mismo en su alta disponibilidad, confiabilidad y resiliencia. Docker Swarm y las otras opciones mencionadas ya reconocen que Kubernetes es la tecnología más utilizada y lo ofrecen dentro de sus mismas herramientas.
4. Se sugiere que las API sean REST y que cumplan con los requerimientos de acceso seguro, así los oferentes pueden ofrecer tecnologías de implementación que superen lo ofrecido por el estándar OpenAPI v3
RESPUESTA DINE: A los fines de interoperabilidad, se solicita que la API de intercambio sea un estándar claro y concreto. En el apartado de DIGITACIÓN Y TOTALIZACIÓN DE TELEGRAMAS punto C1 Recepción de Telegramas se especifica los siguiente "La API a exponer por el Sistema de Recuento deberá ser asegurada utilizando el Sistema de
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
Autenticación y Autorización, especificando qué métodos y objetos se pueden acceder". La utilización del estándar OpenAPIv3 asegura la interoperabilidad entre proveedores distintos, si fuera el caso.
5. ¿El "Sistema de Administración de Recuento Provisional" debe ser un solo sistema consolidado de gestión o puede ser un conjunto de aplicaciones? ¿La gestión de los centros de digitación y puestos de trabajo puede realizarse desde los dispositivos de seguridad y control de acceso (equipos ya especializados en esto)?
RESPUESTA DINE: La definición de "conjunto de aplicaciones" excede el alcance de este proyecto xx xxxxxx, en tal sentido cabe aclarar que los sistemas a implementar deben permitirle a la oferente dar cumplimiento al servicio requerido y garantizar a su vez la interoperabilidad y accesibilidad mediante un sistema único de autenticación y autorización, observando como premisa funcional las garantías de los requerimientos de seguridad a aplicar.
La gestión de los centros de digitación y puestos de trabajo debe considerarse una tarea operativa, que no debe realizarse mediante los dispositivos que se encuentran abocados a la seguridad de las comunicaciones.
6. Se podría utilizar una tecnología similar que tenga las mismas características, por ejemplo: docker swarm (que es la tecnología recomendada oficialmente por Docker para la orquestación de contenedores), Nomad, OpenShift, Portainer.
RESPUESTA DINE: Kubernetes es el estándar de la industria para la gestión de cargas de trabajo en un ecosistema de premisas de escalabilidad, recuperación ante fallos, alta disponibilidad transparente y existen múltiples proveedores de software que permiten implementarlo. En las Elecciones Legislativas 2021 ya se utilizó Kubernetes y se demostró las amplias ventajas del mismo en su alta disponibilidad, confiabilidad y resiliencia. Docker Swarm y las otras opciones mencionadas ya reconocen que Kubernetes es la tecnología más utilizada y lo ofrecen dentro de sus mismas herramientas.
7. ¿Si la publicación de resultados consiste SOLO en contenido estático, puede solo usar un API compatible con AWS S3, Ceph o similar (excluyendo el uso de Kubernetes)?
RESPUESTA DINE: Para su conocimiento la Publicación de Resultados estará compuesta de acuerdo a lo especificado en el punto C. Sistema de Publicación de Resultados (SPR)
● C.1. Publicación Web
● C.2. Provisión de información para terceros
● C.3. Aplicaciones Móviles
● C.4 Publicación en Centro de Difusión de Resultados
En lo que refiere al mecanismo de CDN elegido tenga un origen basado en alguna tecnología que soporte una API compatible con AWS S3, Ceph, o similar. El uso de Kubernetes no debería limitar la publicación de contenidos estáticos. Los contenidos dinámicos deberán estar
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
contemplados en aplicaciones que se ejecutarán en un marco como el solicitado en la sección
A. Centros de Datos Externos (CDE).
8. ¿Este tiempo aplica para la publicación de los telegramas PDF?
RESPUESTA DINE: Al respecto cabe aclarar que se considera la información de la mesa como un todo (datos, metadatos e imagen de telegrama). En este sentido los tiempos de publicación incluyen la totalidad de los formatos requeridos.
9. Se sugiere que las API sean REST y que cumplan con los requerimientos de acceso seguro, así los oferentes pueden ofrecer tecnologías de implementación que superen lo ofrecido por el estándar OpenAPI v3. Adicionalmente, definir una implementación de API limita opciones que puedan mejorar la distribución de la información para terceras partes, que puedan ser más eficientes. Sugerimos que la definición del API se revise durante la implementación del proyecto, así como se indica para el resto de las API de la solución.
RESPUESTA DINE: A los fines de interoperabilidad, se solicita que la API de intercambio sea un estándar claro y concreto. En el apartado de DIGITACIÓN Y TOTALIZACIÓN DE TELEGRAMAS punto C1 Recepción de Telegramas se especifica los siguiente "La API a exponer por el Sistema de Recuento deberá ser asegurada utilizando el Sistema de Autenticación y Autorización, especificando qué métodos y objetos se pueden acceder". La utilización del estándar OpenAPIv3 asegura la interoperabilidad entre proveedores distintos, si fuera el caso.
10. a) En el proyecto anterior los controles de acceso estaban bajo la responsabilidad del cliente, la credencial y su color y las salas de las DINE y de Smartmatic colocaron torniquetes.
1. ¿Cuáles o cuántas son las zonas para implementar el esquema de seguridad?
2. ¿Cuáles son los centros de digitación y si las salas que componen estos centros de digitación deben tener estos esquemas de seguridad?
RESPUESTA DINE: Según lo referido en el apartado de ESPECIFICACIONES GENERALES. L.2 Sistema de Control de Acceso, "En los croquis de las ubicaciones se indicarán las respectivas zonas a proteger mediante controles de acceso". Considerando este punto, será el oferente quién deberá garantizar la seguridad de los procesos críticos de la operación y los espacios de trabajo asignados a este fin siendo esta materia indelegable de responsabilidad. A fin de garantizar la operación será de común acuerdo con la DINE la definición de los anillos de seguridad y la categorización de dichos espacios. Se espera que el oferente diseñe la solución a implementar en función de los esquemas de ubicaciones, respecto de los cuales los oferentes contarán con la información necesaria a esos efectos, dejando los detalles de sub espacios al momento de la definición del plan de trabajo.
10. b) ¿Los Centros de Datos Internos entran dentro de las zonas de restricción de accesos? (Su esquema de acceso cambia a biometría o XXXX)?
XX-0000-000000000-XXX-XXX#XX
RESPUESTA DINE: En la sección B.1 Infraestructura física, eléctrica y monitoreo, se especifica que dentro de las prestaciones de la sala de datos se encuentra el Control de Acceso mediante biometría o combinación de tarjetas RFID y claves, con lo cual quedan fuera de la prestación de la cocontratante.
11. a) 1. ¿El motogenerador será provisto por el cliente como en eventos pasados?
2. De ser provisto por el contratante, ¿El motogenerador debe ser dimensionado para ambos centros de digitación?
RESPUESTA DINE: La provisión del Sistema de Energía de Emergencia será a cargo de la cocontratante, de acuerdo a lo indicado en el proyecto xx xxxxxx. Considerando que los centros de digitación se encuentran separados, deberán ser al menos dos Sistemas de Energía de Emergencia. Ver punto N. Sitios y ubicaciones.
11. b) En la Pág. 58 B. Centros de Datos Internos (CDI) se menciona que para cada uno de los sitios (Centros de Datos), se proveerá lo siguiente para uso de la cocontratante: Servicio de alimentación de emergencia con grupos electrógenos para las UPS mencionadas.
¿Ese servicio de alimentación de emergencia son los motogeneradores que serán provistos por el cliente, lo cual mencionan en la página 44?
RESPUESTA DINE: El sistema de energía de los Centros de Datos Internos será provisto por la contratante (Ministerio del Interior/DINE) de acuerdo a lo indicado en el proyecto xx xxxxxx.
12. ¿Son dos espacios o un solo espacio?
RESPUESTA DINE: Son dos espacios, uno por centro de digitación a fin de permitir la continuidad de la operación en caso de presentarse alguna incidencia en el CDI primario. Ver
N. Sitios y ubicaciones.
13. ¿El transporte para el personal podría ser considerado para:
Simulacros: para el personal que labore en los centros de digitación más lejos. Día de la elección: para el personal que labore en ambos centros?
De esta forma fue gestionado en el 2018.
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado ESPECIFICACIONES GENERALES, Punto P.5 Servicio de Logística.
14. ¿Pueden ser 10 días durante todo el proyecto o el servicio se activa de acuerdo a requerimientos del cliente?
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado ESPECIFICACIONES GENERALES, Punto P.5 Servicio de Logística. Como aclaración complementaria el vehículo disponibilizado será para uso exclusivo de la DINE, sin servicio de chofer ni restricciones de kilometraje o combustible durante el período que dure la contratación.
15. a) ¿La alimentación y refrigerios de los operadores de digitación y supervisores será provista por el cliente? En eventos anteriores, la alimentación de las salas de la DINE y de los centros de control y monitores, Centro de Visitantes, Centro de Difusión de Resultados y Centros de Fiscalización fue provista por el cliente. Confirmar si será parte del alcance del contratante.
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado ESPECIFICACIONES GENERALES, Punto P.7 Servicio de alimentación y refrigerio.
15. b) Si es responsabilidad del contratante, ¿Cuál es la cantidad de personas esperada en cada centro mencionado para los eventos mencionados? o se debe tomar la capacidad según las personas que indica la infraestructura edilicia.
RESPUESTA DINE: Se deberá dimensionar de acuerdo a los puestos de trabajo a instalar en cada ámbito y el calendario de actividades definido en el pliego de bases y condiciones particulares a ser publicado, a excepción de las Salas de Control y Supervisión del CMC del Sitio A, que será variable, donde las raciones serán gestionadas de manera diaria, sin superar la cantidad de puestos de trabajo.
16. ¿La cantidad de puestos (1800) es igual a la cantidad de operadores requeridos para la digitación de actas? ¿De ser 1800 operadores, en esta cantidad está incluido el personal supervisor u otros roles? ¿Es posible dimensionar y sugerir la cantidad requerida de personal digitador? teniendo en cuenta que en el evento del año 2018 se cerraron salas y donde se obtuvo un proceso holgado/fluido con aproximadamente 1670 operadores.
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado DIGITACIÓN Y TOTALIZACIÓN DE TELEGRAMAS, Punto A. Centros de Digitación de Telegramas (CDT). El personal de supervisión o tareas operativas no contabiliza como digitadores.
17. MOBILIARIO. Antes esto era provisto por el Cliente. Confirmar si será provisto por el contratante.
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado CONTROL, MONITOREO Y AUDITORÍA, A.2. Mobiliario.
18. ¿Es posible que todos los equipos tengan una antigüedad de 60 meses?
RESPUESTA DINE: La oferta deberá adecuarse al apartado ESPECIFICACIONES GENERALES, Punto Q. Parque tecnológico.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
19. Dada la actual situación económica de la República Argentina, con una inflación proyectada para el 2023 de al menos un 60% y una tasa de cambio oficial difícil de prever dadas las condiciones económicas locales y el contexto mundial imperante, y siendo una licitación de carácter pública e internacional, solicitamos que se evalúe la posibilidad de aceptarse la presentación de ofertas en dólares de manera de evitar cualquier tipo de especulación en la toma de riesgos por parte del proveedor que podría elevar de manera innecesaria su cotización en pesos. Ello conllevaría el beneficio para el Ministerio del Interior de recibir propuestas que obedecerán a
una verdadera evaluación de costos no influenciada por cuestiones ajenas a la tecnología y los servicios que se cotizarán.
De acuerdo a ello, se sugiere lo siguiente:
Cotización:
Aceptación de cotización en dólares de los Estados Unidos de América (USD).
Facturación:
Las facturas a ser presentadas por el Contratista serán denominadas en Dólares de los Estados Unidos de América, según lo que establezca la normativa de la AFIP.
Pago:
Se sugiere evaluar las siguientes alternativas:
Opción 1: 100% Pago en dólares (depósito o transferencia al banco designado por el proveedor).
Opción 2: Pago en Bonos de acuerdo a lo siguiente:
El Pago de las facturas presentadas por el Contratista será realizado mediante la asignación al Contratista de Bonos denominados en Dólares emitidos por la República de Argentina con vencimiento 2030 emitidos bajo ley local (AL30) o bajo ley de los Estados Unidos (GD30) (“Los Bonos”).
La cantidad de Valores nominales de Bonos a ser asignados al Contratista será el resultado de dividir el monto de Dólares a pagar -calculado como el Monto de la Factura menos las deducciones xx Xxx- y la cotización en USD por cada 1 VN de los Bonos en su modalidad “Cable”, o sea AL30C o GD30C. (la “Cotización de los Bonos”).
Para la Cotización de los Bonos se tomará el precio de cierre informado por Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA) al cierre del día inmediato anterior a la Asignación de los Bonos.
En caso que existiesen normas que impidan o limiten al Contratista la venta de dichos bonos en su modalidad “Cable” o bien estuviese suspendida dicha modalidad de negociación en Argentina, el precio de los Bonos que se considerará será el que surja de la cotización de dichos Bonos en mercado de Nueva York.
Los Bonos asignados serán transferidos a la cuenta Comitente a nombre del Contratista en el Agente de Liquidación y Compensación que este indique previamente a la asignación de los Bonos.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
Para la Cotización de los Bonos se tomará el precio de cierre informado por Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA) al cierre del día inmediato anterior a la Asignación de los Bonos. En caso que existiesen normas que impidan o limiten al Contratista la venta de dichos bonos en su modalidad “Cable” o bien estuviese suspendida dicha modalidad de negociación en Argentina, el precio de los Bonos que se considerará será el que surja de la cotización de dichos Bonos en mercado de Nueva York.
Los Bonos asignados serán transferidos a la cuenta Comitente a nombre del Contratista en el Agente de Liquidación y Compensación que este indique previamente a la asignación de los Bonos.
Opción 3: 100% pago en pesos argentinos, calculados a tipo de cambio de contado con liquidación del día hábil inmediato anterior al del efectivo pago.
Cronograma de Pago:
Considerar en el primer hito de pago un porcentaje que no sea menor al 50% y reducir la cantidad de hitos de pagos, dejando un 10% para el cierre del contrato. 100% pago en pesos argentinos, calculados a tipo de cambio de contado con liquidación del día hábil inmediato anterior al del efectivo pago.
Cronograma de Pago:
Considerar en el primer hito de pago un porcentaje que no sea menor al 50% y reducir la cantidad de hitos de pagos, dejando un 10% para el cierre del contrato.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada en cuanto a la moneda de cotización, sin perjuicio de lo cual se mantendrá en PESOS ARGENTINOS, teniendo en consideración que el Cronograma de Pagos prevé el pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total del contrato en forma previa a la realización del primer acto electoral, a los efectos de evitar cualquier tipo de especulación en la toma de riesgos por parte del cocontratante.
Asimismo, se agradece la sugerencia realizada en cuanto a la facturación y forma de pago, no obstante, la misma no podrá ser incorporada en el pliego de bases y condiciones particulares teniendo en cuenta que el artículo 92 del Decreto N° 1030/16 establece que los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
El pago se tramitará a través de una orden de pago en el sistema SIDIF, a favor de la cuenta bancaria que indique el adjudicatario, tal como lo estipula el artículo 4° de la Resolución N° 262 de fecha 13 xx xxxxx de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA… “todos los pagos que realicen la Tesorería General y las Tesorerías Centrales con cargo a la Cuenta Única xxx Xxxxxx deberán ser efectuados mediante acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda nacional”.
En el caso de que el proveedor tenga su sede en el exterior deberá abrir una cuenta en pesos en el país. La factura deberá ser emitida en pesos.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
20. Se sugiere asignar los 10 puntos con el cumplimiento del antecedente mínimo requerido o en su defecto permitir presentar referencias de elecciones con 90.000 mesas electorales o más con cualquier formato y no solo similares a las xxx xxxxxx actual.
RESPUESTA DINE: El criterio de evaluación de las ofertas guarda relación con el encuadre legal de la contratación, la cual se realizará a través del procedimiento de Licitación Pública Etapa Única Internacional, contemplada en los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 2 del Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante los artículos 10, 13, 27 inc. c) del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016 y sus normas complementarias.
Conforme la normativa antes citada, el procedimiento de licitación pública -regla general en materia de compras y contrataciones públicas- se realizará de acuerdo con el monto que fije la reglamentación y cuando el criterio de selección del cocontratante recaiga primordialmente en factores económicos.
Por su parte, resulta oportuno mencionar que el artículo 1° del Decreto Delegado N° 1023/01 dispone que el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible.
Sin perjuicio de lo cual se señala que el objetivo de los antecedentes técnicos requeridos se centra en la búsqueda de garantizar la máxima concurrencia y competencia de aquellos oferentes que puedan cumplir acabadamente con los servicios requeridos, que revisten una envergadura y criticidad singular.
Por ello, a los fines de evaluar su capacidad técnica, los mismos deberán acreditar experiencia en, al menos, UNA (1) implementación exitosa de proceso de recuento de resultados electorales de similares características y envergadura al solicitado, con un mínimo de NOVENTA MIL (90.000) mesas electorales en un mismo acto electoral a nivel nacional y/o extranjero, en los últimos DIEZ (10) años contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas.
21. Se sugiere puntuar con 5 puntos (y no 3) por el cumplimiento de la experiencia mínima requerida.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada en cuanto al criterio de evaluación, sin perjuicio de lo cual se mantendrá la puntuación definida, ya que se entiende que la oferta debe encontrarse balanceada en lo que respecta a equipo de trabajo entre aspectos gerenciales y responsables técnicos.
22. En el pliego se solicita que: el Responsable de Calidad de Datos e Información deba contar con título de grado en campos relacionados a la gestión de Información o experiencia comprobable electoral en la materia, con experiencia comprobable en al menos 1 (una) elección, en roles similares a los solicitados en el presente pliego. Serán deseables títulos de posgrado y participación en más de una elección.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
En este sentido, la puntuación no debería ser por tener un posgrado, sino por el cumplimiento del título de grado en campos relacionados a la gestión de Información o experiencia comprobable electoral en la materia. Adicionalmente, se sugiere incluir en la evaluación puntos por certificaciones en gestión de datos.
RESPUESTA DINE: Se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares para clarificar los requerimientos.
23. Se sugiere que la herramienta para gestionar la observabilidad de los datos pueda ser sugerida por los ofertantes, especificar una tecnología limita que puedan recibir otras opciones que cumplan o mejoren el requerimiento.
RESPUESTA DINE: Open Telemetry está siendo implementado en organizaciones líderes xxx xxxxxxx argentino y regional, lo cual permite independizarse de proveedores específicos y cerrados. Existen numerosas implementaciones libres y gratuitas de monitoreo que soportan el uso de Open Telemetry, lo cual no existe limitación alguna en la especificación definida.
24. Se sugiere que la herramienta para gestionar los contenedores de aplicaciones pueda ser sugerida por los ofertantes, especificar una tecnología limita que puedan recibir otras opciones que cumplan o mejoren el requerimiento.
RESPUESTA DINE: Kubernetes es el estándar de la industria para la gestión de cargas de trabajo en un ecosistema de premisas de escalabilidad, recuperación ante fallos, alta disponibilidad transparente. En las Elecciones Legislativas 2021 ya se utilizó Kubernetes y se demostró las amplias ventajas del mismo en su alta disponibilidad, confiabilidad y resiliencia. Docker Swarm y las otras opciones mencionadas ya reconocen que Kubernetes es la tecnología más utilizada y lo ofrecen dentro de sus mismas herramientas.
25. Se sugiere que la herramienta para gestionar los contenedores de aplicaciones pueda ser sugerida por los oferentes, especificar una tecnología limita que puedan recibir otras opciones que cumplan o mejoren el requerimiento.
RESPUESTA DINE: Kubernetes es el estándar de la industria para la gestión de cargas de trabajo en un ecosistema de premisas de escalabilidad, recuperación ante fallos, alta disponibilidad transparente. En las Elecciones Legislativas 2021 ya se utilizó Kubernetes y se demostró las amplias ventajas del mismo en su alta disponibilidad, confiabilidad y resiliencia. Docker Swarm y las otras opciones mencionadas ya reconocen que Kubernetes es la tecnología más utilizada y lo ofrecen dentro de sus mismas herramientas.
B. Observaciones presentadas por Partido PRO Propuesta Republicana
Xxxxxx Xxxxxxxx - Apoderado Provincia de Buenos Aires 18/11/2022 - 22:14 hs
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
Se agradecen las observaciones, comentarios y sugerencias realizadas y se procede a dar respuesta a cada uno de ellos:
1. En el punto "INTRODUCCION", al definirse al Servicio integral de recuento provisional entendemos necesario se aclare que el mismo alcanza a la totalidad de los telegramas emitidos, evitando confusiones que excluyan previstos que sí están alcanzados; de esa forma, se propone que se agregue "El Servicio integral de recuento provisional alcanza, como servicio, a todos aquellos procedimientos requeridos para lograr en tiempo y forma la difusión del resultado electoral. Contempla desde la recepción de las imágenes de todos los telegramas, ..."
RESPUESTA DINE: La presente contratación tiene por objeto la realización del diseño, planificación, desarrollo y operación del servicio de digitación, procesamiento y publicación para el recuento provisional de resultados de las elecciones. En ese marco, las actividades deben desarrollarse con la finalidad de difundir los resultados provisionales de cada una de las mesas electorales contenidos en la copia del telegrama que el presidente de cada mesa debe remitir a la Dirección Nacional Electoral de acuerdo a lo estipulado en el artículo 43 de la Ley 26.571 para el caso de las PASO y el artículo 105 "in fine” del Código Electoral Nacional para las "Elecciones Nacionales".
El pliego licitatorio define los requerimientos funcionales y técnicos y las actividades que deberá desarrollar específicamente el adjudicatario de la contratación. En ese marco, será responsable del tratamiento de la totalidad de las imágenes transmitidas y recepcionadas por el Sistema de Transmisión. Sin perjuicio de ello, es dable remarcar que tanto el artículo 43 de la Ley 26.571 como el artículo 105 del Código Electoral Nacional refieren sin distingo a los telegramas, por lo que la totalidad están comprendidos.
2. En el mismo apartado antes referido, cuando se describen las actividades del Recuento Provisional, se indica que debe comprender, entre otras, la "Recepción, digitación y totalización de telegramas”; en este punto, se consulta si no se debería indicar quien el encargado de emitir y transmitir el telegrama, la existencia de una interfaz o conexión entre ambas etapas y si no debería incluirse la geolocalización de la emisión del telegrama que se transmite.
RESPUESTA DINE: El escaneo y transmisión de Telegramas se encuentra bajo responsabilidad del Correo Oficial de la República Argentina, de acuerdo al artículo 105 de la CEN. Esto se encuentra expresamente está indicado en la sección C.1 Recepción de Telegramas. Asimismo, en dicha sección se detalla la interfaz entre el Sistema de Transmisión y el Sistema de Recuento. Respecto a la geolocalización, dicho requerimiento no se encuentra alcanzado por los servicios que deben prestarse en el marco de esta contratación.
3. En el apartado "Demostración Funcional" entendemos debería preverse credencial de accesos web y participación al solo efecto de observar la demo funcional a las agrupaciones políticas; en caso contrario, solicitamos se nos indique porque no sería viable.
RESPUESTA DINE: Las demostraciones funcionales constituyen requisitos de la presentación de la oferta en el marco del procedimiento licitatorio. Constituyen un insumo que será utilizado por el organismo comitente para evaluar las propuestas funcionales presentadas
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
en la oferta y verificar si resultan idóneas para la realización del servicio. Las agrupaciones políticas no forman parte del proceso de evaluación de ofertas en la licitación, siendo que, además, el artículo 61 del Decreto 1030/16 indica que la etapa de evaluación de ofertas es de carácter confidencial. Sin perjuicio de ello, las agrupaciones políticas serán informadas del avance del proceso de acuerdo al marco legal vigente.
4. En el apartado "Especificaciones Generales", punto "A" Seguridad de la Información, se indica correctamente "El recuento provisional de resultados es considerado un proceso crítico. Esta valoración implica proceder en la construcción de los productos y servicios a utilizar con dos premisas fundacionales y fundamentales. Todo el software y hardware a utilizar tendrá como eje en su evaluación de riesgo la seguridad y auditabilidad"; en atención a ello, entendemos corresponde se agregue como un actor más de todo el proceso a las agrupaciones políticas para coadyuvar con la DINE en la auditoría del proceso detallado en los puntos 1 a 16 de ese apartado.
RESPUESTA DINE: Se encuentra explícitamente contemplado en el inciso X. Xxxxxxxxx y Control de Procesos, en lo que respecta a la auditoría del código fuente.
5. En el apartado "D. Auditoría y Control de Procesos" consideramos oportuno y necesario al momento de implementarse un sistema de registro y auditoría de eventos en tiempo real, la exportación de datos electorales y la publicación de una API sólo lectura, se contemple en todos los casos el acceso y participación de las agrupaciones políticas
RESPUESTA DINE: El registro de los eventos electorales asociados a cada mesa se encuentran contemplados en la aplicación de fiscalización definida en la sección B. Sistema de Fiscalización Partidaria y Monitoreo de la Justicia Nacional Electoral inciso B.1 Características generales.
La API sólo lectura se encuentra contemplada en la sección C. Sistema de Publicación de Resultados (SPR) inciso C.2.a) API para publicación de resultados, cuyo detalle puede consultarse en el Anexo V - API de Publicación de Resultados.
6. Con respecto a lo previsto en el apartado "F. Pruebas y simulacros", entendemos que deben realizarse pruebas independientes, funcionales, de integración y escenarios y dos (2) simulacros generales previos al inicio del ciclo electoral. El objeto de esa solicitud se basa en los antecedentes existentes en los procesos electorales de los años 2019 y 2021, donde se pudo verificar que esta instancia de prueba ha resultado sumamente útil a los fines de identificar posibles defectos, debilidades e inconvenientes en el sistema y lograr con ello solucionarlo con la antelación suficiente al día de la elección dando mayor garantía a la integridad y solvencia del proceso electoral. Por ello entendemos conveniente la existencia de una doble instancia de prueba previa a cada elección, con plena participación de todas las agrupaciones políticas.
RESPUESTA DINE: Al igual que en el proceso electoral 2021, si bien se formaliza una prueba integral y un simulacro general, existe margen de tiempo suficiente para repetir el simulacro en caso de existir problemas de fondo en el simulacro formal planteado. La multiplicidad de pruebas técnicas anteriores, las cuales fueron incrementadas en función al proceso electoral 2021 remiten a garantizar la correcta integración de los sistemas y procesos involucrados. Tal
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
como remite el punto F. Pruebas y simulacros de las ESPECIFICACIONES GENERALES planteado en la observación, existe explícitamente referida la posibilidad de desarrollar más pruebas o simulacros según se considere conveniente. "Adicionalmente, la DINE se reserva la facultad de determinar que el cocontratante realice simulacros, pruebas funcionales, de estrés y de seguridad, en las condiciones y términos que se establezcan, sin perjuicio de aquellas consignadas en punto siguiente, además de otras necesarias para dar cumplimiento a lo enunciado en el artículo N° 104 segundo párrafo de la Ley N° 26.571 y el artículo 108 del Código Electoral Nacional. "
7. En las previsiones de los apartados "F.1 Pruebas independientes" y "F.2 Pruebas funcionales" entendemos resulta necesario prever la participación de las agrupaciones políticas con el objeto de fiscalizar, en debida forma, el correcto funcionamiento de cada una de las herramientas que se utilicen, las aplicaciones electorales y complementarias, la correcta verificación de los procesos de Recepción, Digitación, Totalización y Publicación de Resultados, incluyendo el monitoreo y fiscalización de dichos procesos.
RESPUESTA DINE: Las “pruebas independientes” y “pruebas funcionales” son la denominación que se ha dado a las tareas comprendidas en la supervisión de cada una de las herramientas comprendidas en este proyecto xx xxxxxx a fin de garantizar el correcto funcionamiento de todos los componentes. Son trabajos de carácter dinámico, diarios, continuos y preparatorios que se desarrollarán de acuerdo al plan de trabajo, lo que permitirá llegar en mejores condiciones a las pruebas de integración y simulacros. En estas últimas se verificará la correcta integración con el proveedor del Sistema de Transmisión, y con el proveedor de Centro de Datos Externo. Asimismo, se ensayarán distintos escenarios de contingencia, abarcando la totalidad de las mesas del país y en ellas se simulará cada escenario electoral con el fin de comprobar y evaluar el funcionamiento integrado de los sistemas en los procesos de apertura, recepción de imágenes, digitación, totalización, publicación de resultados, control, monitoreo, auditoría y cierre, donde estarán presentes los fiscales informáticos de las agrupaciones políticas participantes. En todos los casos, se mantendrá como objetivo alcanzar los mismos niveles de participación, fiscalización y auditoría conseguidos durante el Recuento Provisional de las Elecciones Legislativas 2021, sobre el cual existen consensos de que fue gratamente considerado en su calidad, apertura y participación activa. Desde esta favorable experiencia compartida, mediante el Consejo de Seguimiento de las elecciones 2021, es que esperamos fortalecer las actividades, la construcción de confianza, el conocimiento y abonar a la creciente participación federal por parte de las agrupaciones políticas participantes de cara al proceso electoral 2023.
8. En el mismo apartado "F.2 Pruebas funcionales" se establece que en tanto "... el Sistema de Transmisión no estará incluido, con lo cual la cocontratante deberá simular, mediante los medios que ella disponga, la entrega de telegramas al Sistema de Recuento. "; conforme a ello, se solicite se aclare o describa, ¿Cómo será previsto? ¿Cómo se prevé simularlo dado que es un sistema diferente al de escrutinio?
RESPUESTA DINE: A fines aclaratorios la cocontratante deberá simular la entrega de telegramas (imágenes) a un repositorio de similares características y dimensionamiento técnico
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
al que se utilizará durante las jornadas electorales, la posterior lectura de los mismos y su tratamiento. Estos telegramas de pruebas deberán contener datos que indiquen ámbitos y cargos a elegir previamente definidos y valores referidos a votos (todos ficticios y de generación aleatoria), y hacia agrupaciones (ficticias), conteniendo además metadatos de validación según definiciones acordadas. La numeración y código xx xxxxxx a utilizar será diferente a los que se utilizarán en las jornadas electorales, para evitar cualquier tipo de controversia, minimizando los errores involuntarios. El detalle de la entrega de telegramas se encuentra en la sección C.1 Recepción de Telegramas. Estas pruebas serán continuas hasta lograr los rendimientos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento del software, su seguridad y la infraestructura.
9. En las previsiones incluidas en el apartado "F.3 Pruebas de integración y escenarios", en las que se verificará la correcta integración con el proveedor del Sistema de Transmisión, y con el proveedor de Centro de Datos Externo y abarcan la totalidad de las mesas del país y se simulará cada jornada electoral con el fin de comprobar y evaluar el funcionamiento integrado de los sistemas, se entiende necesario incorporar en ese proceso la participación de la agrupaciones políticas con el objeto ya indicado de poder conocer y fiscalizar todo el proceso.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares. El objetivo de conocer y poder fiscalizar todo el proceso se encuentra contemplado y detallado en las ESPECIFICACIONES GENERALES, inciso F.6 Asistencia.
10. En similar sentido, entendemos corresponde la participación de las agrupaciones políticas dentro de los procesos detallados en los puntos "F.4 Simulacros" y "F.5 Pruebas de contingencias y recuperación ante desastres" dado la relevancia de ambos supuestos fácticos en una instancia como la que ahí se describe; para el caso que se entienda que la misma está claramente alcanzada por la previsión del apartado "F.6 Asistencia", donde dice "se establece que en las pruebas de integración y simulacros, estarán presentes los fiscales informáticos de las agrupaciones políticas, acreditados previamente, para verificar el funcionamiento y operatividad de los sistemas y dispositivos de fiscalización y difusión, se sugiere una referencia clara y abarcativa de la totalidad de los procesos y se sugiere agregar que las agrupaciones políticas podrán acceder a la información resultante de ambos procesos en tiempo real o inmediato a su conclusión.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares. De acuerdo a los procedimientos establecidos en las Elecciones 2021 y acordados en el Consejo de seguimiento de dicho período electoral las Agrupaciones Políticas participantes del proceso electoral 2023 recibirán todas las actualizaciones e informes correspondientes al avance de cada etapa de implementación de esta contratación. Debido al avance de las obras y las implementaciones de seguridad relacionadas a la contratación en curso es de imposible cumplimiento la participación presencial en cada actividad vinculada a este proceso. De igual manera será el consejo de seguimiento de las elecciones 2023 quién determine los mecanismos conjuntamente con todas las agrupaciones políticas a fin de que participen en cada instancia que se considere pertinente.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
11. Con referencia a la especificación incluida en el apartado "G.1 Proceso de apertura G.1.b) Entregables de Apertura" entendemos que las agrupaciones políticas deben recibir la misma información de la apertura prevista en el punto G.1.b).
RESPUESTA DINE: Xxxxxxxxxxx su observación pero este pedido no remite a un punto abarcado por el presente proyecto xx xxxxxx, la información a ser recibida por parte de las agrupaciones políticas participantes del proceso electoral 2023 será consensuada con las mismas en el consejo de seguimiento de las elecciones 2023.
12. En lo que se refiere a lo previsto en el apartado "G.3.b) Entregables de Cierre" se debería prever la entrega a las agrupaciones políticas, definiéndose el plazo de entrega (estimamos razonable el previsto en el último párrafo del apartado) y soporte.
RESPUESTA DINE: Xxxxxxxxxxx su observación, pero este pedido no remite a un punto abarcado por el presente proyecto xx xxxxxx, la información a ser recibida por parte de las agrupaciones políticas participantes del proceso electoral 2023 será consensuada con las mismas en el consejo de seguimiento de las elecciones 2023.
13. Con referencia al apartado "J. Infraestructura Eléctrica" se considera necesario establecer que la provisión e instalación de un sistema de energía de emergencia que asegure la continuidad de las operaciones aún ante fallas en la alimentación eléctrica debe alcanzar a la totalidad del proceso de recuento provisional sin especificación de tiempo.
RESPUESTA DINE: Agradecemos su observación, la previsión de 8 horas sin reabastecimiento sólo obedece al dimensionamiento del tanque de combustible interno del sistema de energía de emergencia, debiendo estar contemplado en el Plan de Recuperación ante Emergencias (DRP) cómo será el proceso de reabastecimiento del mismo en caso de ser necesario. En ningún caso se limita la autonomía del Sistema de Energía de Emergencia. Se mejorará la redacción xxx xxxxxx para clarificar este punto.
14. Para el caso previsto en el apartado "K.3. Conexiones Remotas" solicitamos se prevea el permiso de acceso a los sistemas informáticos que se encuentren fuera de la red de datos de los Sitios A y B, a los fiscales de las agrupaciones políticas; en similar sentido, en las previsiones del apartado "K.4. Red Inalámbrica Operativa", permitir el acceso a los sistemas de monitoreo y control del proceso de recuento a las agrupaciones políticas.
RESPUESTA DINE: Agradecemos su observación, en el inciso K.3 Conexiones Remotas, puede observarse que se han provisto 350 Conexiones para Fiscalización. En lo que respecta a la conectividad inalámbrica para agrupaciones políticas, se encuentra definida la Red Inalámbrica de Cortesía en el inciso K.5 de la misma sección.
15. En el apartado DIGITACIÓN Y TOTALIZACIÓN DE TELEGRAMAS - "A. Centros de Digitación de Telegramas (CDT)" preverse el ingreso irrestricto y permanencia de fiscales de las agrupaciones políticas.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
RESPUESTA DINE: Agradecemos su observación, pero este pedido no remite a un punto abarcado por el presente proyecto xx xxxxxx, la información a ser recibida por parte de las agrupaciones políticas participantes del proceso electoral 2023 será consensuada con las mismas en el consejo de seguimiento.
16. Con referencia al apartado "C.1 Recepción de Telegramas" se debería agregar dentro de la información que se exige provea el Sistema de Recuento la georreferenciación del telegrama emitido.
RESPUESTA DINE: Este punto se encuentra fuera del objeto del presente proceso y deberá ser contemplado en el servicio de transmisión a prestar por el CORREO ARGENTINO, según lo normado en el artículo 105 del CEN.
17. En los alcances previstos en el apartado "C.2 Digitación de Telegramas”, la configuración de la pantalla de carga debe ser en tiempo real, entiendo que esa previsión debe ser así considerada.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares. Se ha especificado en el proyecto xx xxxxxx "La configuración de la pantalla de carga será de acuerdo a la jurisdicción de donde proviene el telegrama, la cual estará definida por el Sistema de Parametrización. Esta configuración podrá ajustarse en tiempo real, atendiendo a errores u omisiones de carga respecto de la información recibida previamente. Todas las modificaciones realizadas a la parametrización, una vez iniciado el proceso de recuento, deberán registrarse obligatoriamente en el sistema de registro de eventos y auditoría."
18. A continuación de la enunciación del apartado "B. Sistema de Fiscalización Partidaria y Monitoreo de la Justicia Nacional Electoral" sugerimos se incorpore; "El sistema debe disponer de consultas que permitan a los fiscales de las agrupaciones políticas participantes efectuar un seguimiento, en tiempo real, de las operaciones atinentes a cada uno de los procesos electorales. La visualización será accesible por distritos, según los perfiles de usuarios asignados a cada fiscal.
RESPUESTA DINE: Dicha recomendación se encuentra incluida en los puntos B. Sistema de Fiscalización Partidaria y Monitoreo de la Justicia Nacional Electoral apartados B.1 Características generales "Debe permitir el acceso a la información electoral detallada de cada mesa de votación, incluyendo los eventos asociados a cada mesa, en tiempo real.
Entre los eventos se incluirán:
● Eventos generados por el Sistema de Transmisión e informados al Sistema de Recuento.
● Eventos propios del Sistema de Recuento.
Xxxx permitir acceder a los telegramas en las siguientes instancias:
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
● Telegramas que son recibidos por el módulo de Digitación de Telegramas en los Centros de Datos Internos.
● Telegramas que fueron totalizados y publicados.
● Telegramas definidos en incidencia definitiva. Debe permitir realizar al menos las siguientes consultas:
● Seguimiento general del proceso de recepción de telegramas y totalización de telegramas, en una determinada zona geográfica o distrito electoral.
■ Cantidad y porcentaje de telegramas recibidos y procesados
■ Estado de procesamiento de los mismos
● total de telegramas
● cantidad de telegramas recibidos
● cantidad sin digitar
● cantidad de telegramas discriminados por estado
○ Seguimiento individual de la digitación de telegrama
■ Listado de telegramas digitados.
■ Detalle de digitaciones de los telegramas de cada mesa.
● Debe contener al menos las siguientes integraciones fuertes:
○ Sistema de videollamadas
○ Sistema de mensajería centralizado
○ Servicio de Asistencia a la Fiscalización
B.2 Roles y accesos
Se deberán poder configurar el orden provincial u orden nacional, y la presentación de la información será acotada de acuerdo al distrito predefinido.
● Se deberá permitir el acceso remoto a agentes de la Justicia Nacional Electoral debidamente autorizados mediante comunicaciones remotas
● Se deberá permitir el acceso remoto a fiscales informáticos debidamente autorizados mediante comunicaciones remotas.
● Se deberá garantizar el ingreso a los espacios definidos para tal fin de los fiscales informáticos definidos por cada agrupación política interviniente.
19. En las previsiones incluidas en el apartado "B.1 Características generales" entendemos que al momento del acceso debe preverse la instancia de considerar los telegramas "no" recibidos (en incluir su descripción si se entiende ya alcanzados por la propuesta en estudio) y que el acceso debe poder efectuarse en el mismo momento de su recepción, sin dilación o retraso alguno.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares.
20. En la previsión del apartado "H. Indicadores de rendimiento y disponibilidad del proceso electoral" se sugiere con el objeto de evitar interpretaciones que desnaturalicen la previsión legal vigente, que la difusión de los resultados deberá iniciarse no más allá de las veintiún (21)
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
horas del día de la elección, cualquiera fuera el porcentaje de mesas escrutadas hasta ese momento.
RESPUESTA DINE: Agradecemos la observación presentada. Se considera la redacción actual adecuada a la normativa vigente.
21. ¿Cuántos son los Centros de Monitoreo y Control (CMC), que es donde quienes estén a cargo de los procesos electorales supervisarán el avance de la jornada de recuento, que se pondrán en funcionamiento? ¿Cuál es la previsión sobre las salas de fiscales en las cabeceras provinciales?
RESPUESTA DINE: Los Centros de Monitoreo y Control corresponden a uno por cada Sitio, siendo dos en total. Ver N. Sitios y ubicaciones y Anexo VI - Listado de Espacios. Respecto a la segunda consulta, el Recuento Provisional brindará acceso presencial sólo en los sitios definidos en el pliego, espacios en los que se lleva adelante todo el proceso que surge de esta contratación.
En base a la baja participación en las Salas de Fiscalización Distrital en el 2021 y la gran demanda de accesos remotos se ha decidido ampliar y mejorar el seguimiento del proceso de Recuento Provisional de Resultados en modo remoto.
En el proceso electoral 2023 se busca fortalecer las herramientas de fiscalización remota y la integración federal entre el Orden nacional y los representantes de cada provincia dándoles acceso remoto a la misma información que se podrá acceder en los Centros Nacionales a todos los fiscales, sin importar en qué lugar de la Argentina se encuentren.
Entendemos que la propuesta tecnológica de fiscalización contemplada dentro del proyecto de Recuento Provisional 2023 es superadora, y fundamentalmente, acerca las distancias geográficas, e iguala las condiciones de fiscalización asegurando que las herramientas sean las mismas para quien está participando desde las Salas de Fiscalización Presenciales como quien lo hace de forma remota, a través de las aplicaciones provistas. Estas funcionalidades permiten que la fiscalización pueda llevarse a cabo desde la ubicación que la agrupación política desee, sin la estricta necesidad de enviar personas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o a las cabeceras provinciales.
A su vez cabe considerar que si bien no es producto de este proyecto xx xxxxxx cada cabecera provincial contará con una sala para monitorear el proceso de transmisión de telegramas tal como sucediera en elecciones anteriores, espacio desde el cual también podrán acceder de manera remota al seguimiento del recuento de resultados desde sus propios dispositivos, manteniendo el contacto permanente con nuestro equipo de acompañamiento digital, lo que permitirá no encontrarse desconectado de la operación central del proceso.
Adicionalmente se mantendrá la presencialidad en todos los establecimientos de votación y los puntos transmisión distribuidos en las oficinas Correo para el seguimiento de transmisión de telegramas.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
22. Dada la necesidad que el sistema de transmisión garantice la trazabilidad de los datos de los telegramas y/o actas desde su escaneo en cada establecimiento de votación o Centro de Digitalización y Transmisión, hasta su procesamiento, se solicita se indique el mecanismo previsto para ello.
RESPUESTA DINE: Este punto se encuentra fuera del objeto del presente proceso y deberá ser contemplado en el servicio de transmisión a prestar por el CORREO ARGENTINO, según lo normado en el artículo 105 del CEN.
C. Observaciones presentadas por Partido PRO Propuesta Republicana Xxxxxxxx Xxxxxxx – Apoderado Orden Nacional
Se agradecen las observaciones, comentarios y sugerencias realizadas y se procede a dar respuesta a cada uno de ellos:
1. Sobre las marcas y modelos del equipamiento tecnológico, asimismo ¿si se requerirá que los mismos no tengan uso previo? En caso de no ser así dicho equipamiento ¿será previamente auditado por las autoridades competentes?
RESPUESTA DINE: El equipamiento será evaluado en su totalidad de acuerdo a lo especificado en el inciso F. Pruebas y simulacros y en el inciso Q. Parque tecnológico. “En caso de incumplimiento, la DINE notificará al cocontratante, debiendo reemplazarse el equipamiento obsoleto dentro de los 2 días hábiles, bajo pena de aplicación de lo especificado en el ARTÍCULO 31: PENALIDADES.”
Adicionalmente, es menester recordar que los sistemas operativos de los puestos de digitación asignados a las tareas de recuento serán del tipo inmutable, con lo cual no almacenarán información alguna sobre la votación. Ver Ficha Técnica A. Computadora Personal Estándar - FT-CPE.
2. Sobre el plan de recuperación ante desastres (DRP) ¿el mismo será puesto en consideración a las agrupaciones políticas de manera previa a las jornadas electorales?
RESPUESTA DINE: El Plan de Recuperación ante Desastres (DRP) propuesto por la cocontratante será presentado a las agrupaciones políticas durante las pruebas indicadas en el inciso F. Pruebas y Simulacros y en el marco de las reuniones del Consejo de Seguimiento de las Elecciones 2023.
3. ¿En las pruebas funcionales consideradas independientes, serán convocadas o informadas del resultado de las mismas las agrupaciones políticas?
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
RESPUESTA DINE: Agradecemos la observación presentada. Las “pruebas independientes” y “pruebas funcionales” son la denominación que se ha dado a las tareas comprendidas en la supervisión de cada una de las herramientas comprendidas en este proyecto xx xxxxxx a fin de garantizar el correcto funcionamiento de todos los componentes. Son trabajos de carácter dinámico, diarios, continuos y preparatorios que se desarrollarán de acuerdo al plan de trabajo, lo que permitirá llegar en mejores condiciones a las pruebas de integración y simulacros. En estas últimas se verificará la correcta integración con el proveedor del Sistema de Transmisión, y con el proveedor de Centro de Datos Externo. Asimismo, se ensayarán distintos escenarios de contingencia, abarcando la totalidad de las mesas del país y en ellas se simulará cada escenario electoral con el fin de comprobar y evaluar el funcionamiento integrado de los sistemas en los procesos de apertura, recepción de imágenes, digitación, totalización, publicación de resultados, control, monitoreo, auditoría y cierre, donde estarán presentes los fiscales informáticos de las agrupaciones políticas participantes. En todos los casos, se mantendrá como objetivo alcanzar los mismos niveles de participación, fiscalización y auditoría conseguidos durante el Recuento Provisional de las Elecciones Legislativas 2021, sobre el cual existen consensos de que fue gratamente considerado en su calidad, apertura y participación activa. Desde esta favorable experiencia compartida, mediante el Consejo de Seguimiento de las elecciones 2021, es que esperamos fortalecer las actividades, la construcción de confianza, el conocimiento y abonar a la creciente participación federal por parte de las agrupaciones políticas participantes de cara al proceso electoral 2023.
4. Teniendo en consideración que expresa el proyecto xx xxxxxx que el sistema de transmisión no estará incluido, ¿supone la autoridad electoral que realizarán pruebas de este tipo (transmisión) y las agrupaciones políticas estarán convocadas?
RESPUESTA DINE: Se realizarán pruebas conjuntas del Sistema de Transmisión y el Sistema de Recuento de acuerdo a lo especificado en el inciso F. Pruebas y Xxxxxxxxxx, sin perjuicio de las pruebas independientes que pueda llevar adelante CORASA.
5. En las pruebas funcionales y de integración estarán convocadas las agrupaciones políticas?
RESPUESTA DINE: La asistencia a las pruebas por parte de agrupaciones políticas se encuentra definida en el inciso F. Pruebas y simulacros, sección F.6 Asistencia.
6. Más allá de las consideraciones de usos y costumbres en términos de prácticas en sistema de difusión de resultados, ¿se prevé el escenario funcional de difusión de información previo a las 21 horas?
RESPUESTA DINE: El escenario de publicación requerido en este proyecto xx xxxxxx se adecua a la legislación vigente en la República Argentina y a las recomendaciones emitidas por la Cámara Nacional Electoral en sus acordadas.
7. ¿Cual son los estándares mínimos propuestos para la fiscalización partidaria en materia de información de recuento?
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
RESPUESTA DINE: La propuesta de fiscalización partidaria se encuentra detallada en la sección homónima del proyecto xxx xxxxxx, el cual se ha ampliado y detallado sobre las Elecciones Legislativas 2021.
8. ¿Los centros de fiscalización partidaria tendrán acceso a la totalización de telegramas procesados a partir de las 18 horas?
RESPUESTA DINE: La publicación de resultados se realizará de acuerdo a la legislación vigente, tal cual lo realizado en elecciones anteriores.
D. Observaciones presentadas por Minsait - Xxxxx Xxxxxx Xxxxx - Xxxxxxxxx
19/11/2022 - 13:05 hs
Se agradecen las observaciones, comentarios y sugerencias realizadas y se procede a dar respuesta a cada uno de ellos:
1. En la página 9. Artículo 19: Criterio de evaluación y selección de ofertas:
• Puntaje técnico y puntaje económico
SUGERENCIA: En vista de las fórmulas indicadas en el documento de proyecto xx xxxxxx, nos gustaría observar la incidencia que tiene el Peso Económico en la fórmula descrita frente a la Calidad de la Solución ofertada.
Dado el alto grado de complejidad del objeto de contratación, y el elevado peso específico que tiene el puntaje económico con respecto al puntaje técnico (70% vs 30%), y con el fin de minimizar los riesgos de cumplimiento, respetuosamente sugerimos equiparar los pesos específicos de las valoraciones técnicas y económicas para que la fórmula priorice, y garantice, la ejecución del contrato.
RESPUESTA DINE: El criterio de evaluación de las ofertas guarda relación con el encuadre legal de la contratación, la cual se realizará a través del procedimiento de Licitación Pública Etapa Única Internacional, contemplada en los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 2 del Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante los artículos 10, 13, 27 inc. c) del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016 y sus normas complementarias.
Conforme la normativa antes citada, el procedimiento de licitación pública -regla general en materia de compras y contrataciones públicas- se realizará de acuerdo con el monto que fije la reglamentación y cuando el criterio de selección del cocontratante recaiga primordialmente en factores económicos.
Por su parte, resulta oportuno mencionar que el artículo 1° del Decreto Delegado N° 1023/01 dispone que el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible.
2. En la página 5. Artículo 13: Ofertas alternativas y variantes, se indica: "Los oferentes podrán presentar ofertas alternativas, pero no se aceptarán ofertas variantes."
SUGERENCIA: Se sugiere respetuosamente que se aclare en el Pliego que la presentación de cualquier oferta alternativa esté sujeta a los mismos requerimientos y bases que rigen el pliego de bases y condiciones particulares. Por ejemplo, debe haber sido implementada como mínimo en 90 mil mesas electorales.
RESPUESTA DINE: Se agradece la observación recibida. La misma se encuentra contemplada en el Pliego de Bases y Condiciones.
Asimismo, cabe recordar que el Artículo 56 del Decreto Reglamentario N° 1030/16 entiende por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio. La jurisdicción o entidad contratante podrá elegir cualquiera de las dos o más ofertas presentadas ya que todas compiten con la de los demás oferentes.
Se toma en consideración la propuesta de aclarar en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que las alternativas deberán cumplir en un todo las especificaciones técnicas solicitadas para ser tomadas como válidas.
3. En la página 5. Artículo 12: Moneda de Cotización se indica: “El presente servicio deberá cotizarse en moneda nacional de curso legal (pesos argentinos), según lo establecido en el Artículo Nº 58 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.”
SUGERENCIA 1: Respetuosamente se sugiere la posibilidad de modificación de la moneda en la que se pueda cotizar (sugerencia, USD, dólares de los Estados Unidos de América). Esta opción pretende mitigar, en parte, el riesgo de tipo de cambio dado por la variabilidad de la moneda, y la proyección futura de inflación.
SUGERENCIA 2: Dada la presentación del detalle de composición de la cotización (página 24, Apartado C – Requisitos Económicos, Artículo 37: Desglose de precios), en la que deben expresarse los valores de los distintos rubros, nos permitimos sugerir respetuosamente la posibilidad de contemplar, para los ítems que tengan un costo en moneda extranjera, que tanto la oferta, la facturación y el pago se realicen en ARS teniendo en cuenta la cotización de la respectiva moneda extranjera a cada uno de dichos momentos. En tal sentido los ítems en moneda extranjera serían ofertados en pesos al tipo de cambio vendedor publicado por el Banco de la Nación Argentina para el cierre xxx xxxxxxx del día anterior al de la confección de la oferta. Las facturas se realizarían en pesos al tipo de cambio vendedor publicado por el Banco de la Nación Argentina, para el cierre xxx xxxxxxx de cambio del día anterior al de la emisión
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
de la facturación. En tanto que su pago habrá de realizarse también en pesos considerando el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco de la Nación Argentina, para el cierre xxx xxxxxxx de cambio del día anterior a la fecha del efectivo pago. En caso de existir diferencias, el adjudicatario se comprometerá a confeccionar las respectivas notas de débito o crédito, según corresponda.
RESPUESTA DINE: Se agradece la sugerencia realizada en cuanto a la moneda de cotización, sin perjuicio de lo cual se mantendrá en PESOS ARGENTINOS, teniendo en consideración que el Cronograma de Pagos prevé el pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total del contrato en forma previa a la realización del primer acto electoral, a los efectos de evitar cualquier tipo de especulación en la toma de riesgos por parte del cocontratante.
Asimismo, se agradece la sugerencia realizada en cuanto a la facturación y forma de pago, no obstante, la misma no podrá ser incorporada en el pliego de bases y condiciones particulares teniendo en cuenta que el artículo 92 del Decreto N° 1030/16 establece que los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
El pago se tramitará a través de una orden de pago en el sistema SIDIF, a favor de la cuenta bancaria que indique el adjudicatario, tal como lo estipula el artículo 4° de la Resolución N° 262 de fecha 13 xx xxxxx de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA… “todos los pagos que realicen la Tesorería General y las Tesorerías Centrales con cargo a la Cuenta Única xxx Xxxxxx deberán ser efectuados mediante acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda nacional”.
En el caso de que el proveedor tenga su sede en el exterior deberá abrir una cuenta en pesos en el país. La factura deberá ser emitida en pesos.
4. Página 21, ARTÍCULO 36.2 Antecedentes en servicios similares, se indica: “En tal sentido, los oferentes deberán acreditar experiencia en, al menos, UNA (1) implementación exitosa de proceso de recuento de resultados electorales de similares características y envergadura al solicitado, con un mínimo de NOVENTA MIL (90.000) mesas electorales en un mismo acto electoral a nivel nacional y/o extranjero, en los últimos DIEZ (10) años contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas.”
SUGERENCIA: En función a la envergadura y criticidad de los procesos electorales para los cuales se requiere el servicio, y a fin de garantizar el cumplimiento de los servicios contratados, se sugiere elevar el número mínimo de implementaciones exitosas de procesos de recuento de resultados electorales de similares características y envergadura al solicitado con un mínimo de Noventa mil (90.000) mesas en un mismo acto electoral en los últimos diez (10) años.
RESPUESTA DINE: El criterio de evaluación de las ofertas guarda relación con el encuadre legal de la contratación, la cual se realizará a través del procedimiento de Licitación Pública Etapa Única Internacional, contemplada en los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a)
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
apartado 1 e inciso b) apartado 2 del Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante los artículos 10, 13, 27 inc. c) del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016 y sus normas complementarias.
Conforme la normativa antes citada, el procedimiento de licitación pública -regla general en materia de compras y contrataciones públicas- se realizará de acuerdo con el monto que fije la reglamentación y cuando el criterio de selección del cocontratante recaiga primordialmente en factores económicos.
Por su parte, resulta oportuno mencionar que el artículo 1° del Decreto Delegado N° 1023/01 dispone que el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible.
Se agradece la observación. Sin perjuicio de que allí no se indica cuáles serían los presuntos “filtros”, se señala que el objetivo de los antecedentes técnicos requeridos se centra en la búsqueda de garantizar la máxima concurrencia y competencia de aquellos oferentes que puedan cumplir acabadamente con los servicios requeridos, que revisten una envergadura y criticidad singular, considerando que se trata de un hecho institucional de magnitud nacional que dará a conocer a la ciudadanía en tiempo y forma los resultados provisionales de las Elecciones Nacionales 2023.
Por ello, a los fines de evaluar su capacidad técnica, los mismos deberán acreditar experiencia en, al menos, UNA (1) implementación exitosa de proceso de recuento de resultados electorales de similares características y envergadura al solicitado, con un mínimo de NOVENTA MIL (90.000) mesas electorales en un mismo acto electoral a nivel nacional y/o extranjero, en los últimos DIEZ (10) años contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas. Se desprende que la cantidad de antecedentes exigida es la mínima posible (una) en un recuento de similares características a la del presente proceso electoral considerando un piso comparable de mesas electorales y el margen temporal (diez años) es los suficientemente amplio teniendo en cuenta el dinamismo en los avances tecnológicos para que los oferentes que posean el antecedente puedan acreditar el cumplimiento.
5. Página 49, L.2.a) Zonas de Acceso Restringido Se deberá implementar control de acceso mediante:
• Tarjeta con código QR
• Aplicación móvil con código QR.
• Tarjeta con chip RFID
CONSULTA: Entendemos que el sistema solicitado para el control de acceso debe estar basado o bien en Tarjetas con código QR + Aplicación móvil de escaneo, o bien de tarjetas con chip RFID, de manera excluyente.
RESPUESTA DINE: Se agradece la consulta realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares para clarificar el particular.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
6. Página 46, K.3. Conexiones Remotas. “Se deberá proveer, instalar y poner en funcionamiento un sistema de conexiones remotas a través de Internet para permitir el acceso a los sistemas informáticos a personas que se encuentren fuera de la red de datos de los Sitios A y B.”
CONSULTA: A efectos de dimensionamiento y cotización, se solicita indicar el límite máximo de conexiones remotas que debe soportar el sistema.
RESPUESTA DINE: Se deberán contemplar como mínimo 500 conexiones. El límite máximo será dado por la cantidad de agrupaciones políticas que se registren para la fiscalización remota las cuales no se pueden definir en su alcance a la fecha de formulación del presente proyecto xx xxxxxx.
7. Infraestructura edilicia y ambientación
CONSULTA: A efectos de dimensionamiento y cotización, se solicita indicar las fechas de disponibilidad de cada una de las salas descritas, y el equipamiento que deben tener disponible.
RESPUESTA DINE: La ambientación deberá ser acorde al aforo de cada sala formando parte de la propuesta del oferente, debiendo ésta ser consensuada con la DINE al momento de la aprobación del Plan de trabajo. A continuación se detallan fechas, espacio y uso a modo de referencia pudiendo estos ser modificados al momento de la publicación xxx xxxxxx de bases y condiciones definitivo. Por mayor detalle sobre los tiempos de uso del equipamiento y salas ver Anexo técnico 1 - Etapas del Proyecto.
FECHA | EVENTO | SALA | AMBIENTACIÓN | EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO | COMENTARIO | |
15/5 | Inicia etapa presencial empresa recuento | SALA DE DIRECCIÓN | Completo según requerimientos pliego | Desde el inicio hasta el fin del proyecto | ||
SALA DE CONTROL Y SUPERVISIÓN | Completo según requerimientos pliego | Desde el inicio hasta el fin del proyecto | ||||
SALA DE REUNIONES DINE | Completo según requerimientos pliego | Desde el inicio hasta el fin del proyecto | ||||
Sala de servicio de alimentación y refrigerio | Según propuesta | Completo según requerimientos pliego | Desde el inicio hasta el fin del proyecto | |||
PASO | 22/6 | Pruebas Funcionales | CENTROS DE DIGITACIÓN DE TELEGRAMAS SITIO A | Completo según requerimientos pliego | Operativo desde esta fecha hasta el fin del proyecto | |
8/7 | Pruebas de Integración y Escenario | CMC SITIO B | Completo según requerimientos pliego | Operativo desde esta fecha hasta el fin del proyecto |
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
Centro de Fiscalización Partidaria (CFP) Sitio A | Completo según requerimientos pliego | Operativo desde esta fecha hasta el fin del proyecto | ||||
PRENSA | Equipo básico para conferencia de prensa | |||||
CENTROS DE DIGITACIÓN DE TELEGRAMAS SITIOS A y B | Completo según requerimientos pliego | |||||
29/7 | Simulacro | Para la jornada de simulacro todas las salas deben encontrarse operativas con los equipos que se utilizarán en la jornada electoral con la excepción del espacio de autoridades del CMC. | De la infraestructura tecnológica se probará: televisores con rotativos resultados y puestos de autoconsulta. | La Sala de prensa del CDR opera esta jornada con los elementos básicos para realizar una conferencia de prensa. |
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
13/8 | Jornada Electoral PASO | TODAS LAS SALAS DE LOS SITIOS A Y B | SÍ | Completo según requerimientos pliego | ||
GENERALE S | 9/9 | Pruebas de Integración y Escenarios | IDEM PASO | |||
30/9 | Simulacro | IDEM PASO | ||||
22/10 | Jornada Electoral GENERALES | IDEM PASO | SÍ | |||
SEGUNDA VUELTA | 4/11 | Simulacro | IDEM PASO | |||
19/11 | Jornada Electoral SEGUNDA VUELTA | IDEM PASO | SÍ |
8. Página 45/46. K.2. Red de Datos
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
CONSULTA: El diagrama de arquitectura muestra DOS (2) centros de datos que se conectan por internet a los Centros de Datos Internos. Entendemos que los centros de datos que se comunican por internet son los Centros de Datos Externos. Por favor confirmar.
RESPUESTA DINE: Se agradece la consulta realizada, se considerará al momento de la redacción xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares, oportunidad en que será aclarado.
E. Observaciones presentadas por Grupo MSA
Xxxxxxx Xxxxx - Director de Relaciones Institucionales 19/11/2022 - 21:57 hs
Se agradecen las observaciones, comentarios y sugerencias realizadas y se procede a dar respuesta a cada uno de ellos:
1. Se admita la oferta de tecnologías más modernas y eficientes que la carga de datos por doble digitación de documentos, con igual o mayores garantías de transparencia y seguridad en el tratamiento de los datos, de conformidad al criterio establecido en el Art. 1° del Decreto Nacional N° 1023/01, norma rectora del proceso de contratación bajo análisis, que xxxx: “(...) y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades (...)”;
RESPUESTA DINE: El diseño y planificación del proceso de Recuento provisional de resultados se lleva adelante de acuerdo con el marco normativo vigente, las condiciones tecnológicas y de conectividad disponibles, y procurando garantizar la simplicidad de los procedimientos y auditabilidad por parte de las agrupaciones políticas. Si bien es deseable el avance en materia tecnológica, la incorporación de tecnologías debe observar los procedimientos previstos en el marco legal y garantizar que los nuevos instrumentos hayan sido probados con exhaustividad en procesos de similar envergadura y territorialidad, para resguardar la efectividad y el amplio acceso a la fiscalización que se ha conseguido en el transcurso de los años. La legitimidad del recuento provisorio es producto de un largo proceso de mejora continua y construcción de confianza entre los actores que participan en la elección, que ha sido avalado por todas las partes actuantes en materia de procedimientos y base tecnológica.
2. Se remuevan arbitrarios filtros que impiden la presentación de empresas nacionales de la industria del conocimiento para esta licitación, tal como más adelante se argumenta y de conformidad a los principios generales rectores del proceso (Art. 3° Dec. 1023/01), entre los cuales se destacan: la promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes y la igualdad de tratamiento para interesados y oferentes;
RESPUESTA DINE: El criterio de evaluación de las ofertas guarda relación con el encuadre legal de la contratación, la cual se realizará a través del procedimiento de Licitación Pública Etapa Única Internacional, contemplada en los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 2 del Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante los artículos
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
10, 13, 27 inc. c) del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016 y sus normas complementarias.
Conforme la normativa antes citada, el procedimiento de licitación pública -regla general en materia de compras y contrataciones públicas- se realizará de acuerdo con el monto que fije la reglamentación y cuando el criterio de selección del cocontratante recaiga primordialmente en factores económicos.
Por su parte, resulta oportuno mencionar que el artículo 1° del Decreto Delegado N° 1023/01 dispone que el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible.
Se agradece la observación presentada, sin perjuicio de que allí no se indica cuáles serían los presuntos “filtros”, se señala que el objetivo de los antecedentes técnicos requeridos se centra en la búsqueda de garantizar la máxima concurrencia y competencia de aquellos oferentes que puedan cumplir acabadamente con los servicios requeridos, que revisten una envergadura y criticidad singular, considerando que se trata de un hecho institucional de magnitud nacional que dará a conocer a la ciudadanía en tiempo y forma los resultados provisionales de las Elecciones Nacionales 2023..
Por ello, a los fines de evaluar su capacidad técnica, los mismos deberán acreditar experiencia en, al menos, UNA (1) implementación exitosa de proceso de recuento de resultados electorales de similares características y envergadura al solicitado, con un mínimo de NOVENTA MIL (90.000) mesas electorales en un mismo acto electoral a nivel nacional y/o extranjero, en los últimos DIEZ (10) años contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas. Se desprende que la cantidad de antecedentes exigida es la mínima posible (una) en un recuento de similares características a la del presente proceso electoral considerando un piso comparable de mesas electorales y el margen temporal (diez años) es los suficientemente amplio teniendo en cuenta el dinamismo en los avances tecnológicos para que los oferentes que posean el antecedente puedan acreditar el cumplimiento.
3. Por último, debo advertir que se ha omitido integrar en el Pliego analizado, las previsiones de la Ley Nacional N° 27.437 “Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores”, cuya finalidad radica en garantizar la igualdad de acceso a los proveedores nacionales, en contrataciones de la Administración Pública Nacional.
RESPUESTA DINE: Se agradece la observación recibida. Corresponde destacar que el artículo 13 “Requisitos de las ofertas”, inciso 3° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones N° 63/2016, que forma parte integrante del plexo normativo licitatorio a utilizar; consigna en su letra la Declaración Jurada de oferta nacional, mediante la cual debe acreditarse el cumplimiento de las condiciones requeridas para los casos en los cuales se oferten bienes de origen nacional.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
En tal sentido, cabe recalcar que el ámbito de aplicación objetivo de la Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores N° 27.437 se limita a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional (art. 1 Ley N° 27.437), por lo que no alcanza al presente proceso.
IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número: IF-2022-135139581-APN-DNE#MI
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 15 de Diciembre de 2022
Referencia: Digesto - Observaciones y comentarios al proyecto de PBYCP del Servicio de Recuento Provisorio - Elecciones Nacionales 2023
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 30 pagina/s.
Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2022.12.15 16:48:18 -03:00
Xxxxxx Xxxxxxx Director Nacional
Dirección Nacional Electoral Ministerio del Interior
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2022.12.15 16:48:19 -03:00