PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
PLIEGO
DE
CLÁUSULAS
ADMINISTRATIVAS
PARTICULARES QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR MEDIANTE SUBASTA EL ARRENDAMIENTO DE BIEN MUNICIPAL (FINCA RÚSTICA) PARA VIVERO DE PLANTAS, SITA EN EL XXXXXX XX “XX XXXX XX XXXXX” XX XXXXXXXX XXX XXXXX, XXXXXXXXXX COMO BIEN PATRIMONIAL.
Xxxx Xxxxxx Santiago Xxxxxxxxx (1 de 1)
Concejal Delegado de Deportes, Comunicación y Hacienda Fecha Firma: 20/02/2018
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CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO.
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CONTRATO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR MEDIANTE SUBASTA EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN MUNICIPAL (FINCA RÚSTICA) PARA VIVERO DE PLANTAS SITA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE XXXXXXXX XXX XXXXX (MADRID).
TRÁMITE: ORDINARIO
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento mediante procedimiento abierto y forma de subasta el bien de este Ayuntamiento calificado como patrimonial, sito en los Xxxxxxxxx 0, Xxxxxxx 0 (0-X) xxx Xxxxxxxx de Rústica de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Referencia catastral 28084008000040000SK), sito en el paraje conocido como “El Raso de Abajo” del Término Municipal de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, de 8.619 m2 de superficie, al objeto de destinarlo a actividad xx xxxxxx de plantas, de conformidad con las prescripciones del presente Pliego y del Plan General de Ordenación Urbana de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
CLÁUSULA 2. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES.
El bien patrimonial de propiedad municipal objeto de arrendamiento es el siguiente:
2.3) Xxxxxxxx 0, xxxxxxx 0 (0-X)
Bien de OCHO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE (8.619) METROS CUADRADOS de
superficie, sito en el paraje conocido como “El Raso de Abajo”, en el término municipal de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxxx 0, xxxxxxx 0 (xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx 0, xxxxxxx 0-X). Xxxxx:
por el Norte, con Ctra. Mejorada a San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; por el Sur, con Xxxxx. xx Xxxxxxx Cebolla Xxxx; por el Este, con desagüe; y por el Oeste, con Xxxx. X-0 Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx xxx Xxx. Pertenece dicho bien al Ayuntamiento desde tiempo inmemorial. Está calificado como bien de naturaleza rústica, calificación patrimonial, destino y acuerdo labor regadío.
CLÁUSULA 3. CONDICIONES TÉCNICAS.
La normativa urbanística, medioambiental y sectorial aplicable está contenida en el Plan General de Ordenación Urbana de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (PGOU/97), aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con fecha 26 xx xxxxx de 1997, concretándose en las siguientes determinaciones que se citan a continuación: SUELO NO URBANIZABLE, ESPECIAL PROTECCIÓN, USO ECOLOGICO.
CLÁUSULA 4. CONDICIONES ESPECIALES.
El bien objeto de adjudicación a que el presente pliego se refiere será destinado a la actividad xx XXXXXX DE PLANTAS, sin que pueda destinarse a otra actividad distinta. Cualquier otro aprovechamiento será causa de rescisión del presente contrato de arrendamiento:
La finca se recibirá por al arrendatario en las condiciones en las que se encuentre en el momento de la celebración del contrato. Cualquier cambio, reparación o mejora que desee efectuar el arrendatario del bien, deberá consultarlo antes con el Ayuntamiento para su aprobación mediante acuerdo expreso del órgano de contratación (Xxxx de Gobierno Local), y revertirán a este Ayuntamiento a la finalización del contrato, como también todo aquello existente con anterioridad a la celebración de dicho contrato, sin que el Ayuntamiento tenga que abonar indemnización alguna.
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Será por cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua y electricidad que consuman con ocasión de la utilización del bien arrendado, así como cualquier gasto derivado de la explotación del bien.
CLÁUSULA 5. CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se califica como contrato privado de arrendamiento, conforme a lo establecido en el artículo 4.1.p) del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real de Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP)
Las características de dicho contrato, así como las condiciones en que han de realizarse, vienen determinadas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
CLÁUSULA 6. TRÁMITE Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El expediente de contratación objeto de este Pliego consiste en la realización de subasta para el arrendamiento de la finca rústica descrita en las cláusulas anteriores y se tramitará de forma ORDINARIA de conformidad con lo establecido en los artículos 109 y 110 del TRLCSP y artículo 92 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 xx xxxxx de 1986 (en
adelante RB).
El procedimiento de adjudicación del contrato será el procedimiento ABIERTO mediante la utilización de un único criterio consistente en la oferta económica más ventajosa, criterio este de adjudicación en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta. Todo ello, conforme a lo previsto en los artículos 150 y 151 del TRLCSP, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 157 y siguientes del citado texto legal.
Toda persona física o jurídica interesada podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
CLÁUSULA 7. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación con competencia para contratar es el Alcalde-Presidente conforme establece la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP.
No obstante, dicha atribución xx Xxxxxxx-Presidente está delegada en la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento al amparo de lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx y Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 545/15, de fecha 18 xx xxxxx de 2015, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 166 con fecha 15 de julio.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
CLÁUSULA 8. PERFIL DE CONTRATANTE.
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CLÁUSULA 9. CANON
Se toma en consideración lo previsto en el artículo 92.2 del RB que exige satisfacer por los arrendamientos de bienes patrimoniales un canon anual no inferior al 6 por 100 del valor en venta de los bienes, así como la valoración de la finca rústica cuyo arrendamiento constituye el objeto del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
En este sentido, se hace constar que la descripción de la superficie de la finca rústica municipal objeto de arrendamiento y su valoración y canon de arrendamiento (6% del valor xx xxxxxxx), son los reflejados en el INFORME DE VALORACION, de fecha 15 xx xxxxx de 2017, efectuado por el Sr. Ingeniero Agrónomo Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Colegiado nº 892 del Colegio profesional correspondiente xx Xxxxxxxx Xxxx; informe que obra en el expediente administrativo de su razón.
El tipo de canon anual, I.V.A. excluido, es el siguiente.
BIENE | SUPERFICIE | CANON ANUAL (6 %) |
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Xxxxxxxx 0 xxxxxxx 0-X | 0.000 x0 | 9.102 € |
En todo caso el canon anual de arrendamiento, que se establece en la cantidad de NUEVE MIL CIENTO DOS EUROS (9.102 €) IVA EXCLUIDO, sin que se aplique revisión xx xxxxx.
El IVA aplicable al canon de arrendamiento indicado en el párrafo anterior será el establecido legalmente en función de la actividad agropecuaria xx xxxxxx plantas a desarrollar en la finca arrendada.
Los licitadores podrán cubrir el tipo de licitación o bien podrán mejorarlo al alza, consignando el importe en letra y número el importe a abonar por la adjudicación.
CLÁUSULA 10. PAGO DEL CANON.
El pago del precio de adjudicación se efectuará anualmente en la cuenta corriente que designe al adjudicatario del contrato de arrendamiento el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, durante los diez días hábiles primeros de cada mes xx xxxxx de cada año de duración del contrato.
La demora en el pago por un plazo superior a dos meses dará lugar a la resolución del contrato.
CLÁUSULA 11. DURACIÓN DEL CONTRATO.
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El plazo de duración del contrato será de CUATRO (4) AÑOS a contar desde el día siguiente al de la fecha de formalización del contrato de arrendamiento en documento administrativo, no pudiéndose iniciar la ejecución del mismo sin la previa formalización del contrato en documento administrativo, según lo dispuesto en el artículo 156.5 del TRLCSP, y siendo de aplicación las normas contenidas en el citado artículo del TRLCSP.
No obstante, en caso de previo desahucio administrativo (artículos 44 y siguientes del RB), la fecha de inicio del contrato en orden a su duración será la del primer día del mes siguiente a aquel en que se ultime la citada actuación administrativa.
CLÁUSULA 12. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración Pública establecidas en el artículo 60 del TRLCSP..
La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan
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temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo, será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en la unión temporal indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato. En las uniones temporales en las que concurran empresarios nacionales o extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea deberán acreditar su clasificación, sin embargo, en las uniones temporales en las que concurran empresarios extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP y 9 a 16 del RGLCAP. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada al efecto mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 60 del TRLCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad civil o mercantil concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
CLÁUSULA 13. GARANTÍA PROVISIONAL.
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Para tomar parte en la presente contratación no se exige garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103.1 del TRLCSP.
CLÁUSULA 14. EXAMEN DEL EXPEDIENTE.
El expediente contractual que regula la presente contratación podrá ser examinado en el Negociado de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, ubicado en la Plaza del Progreso número 1, 1ª Planta, de 9 a 14 horas, a partir del día siguiente hábil a aquél en que aparezca el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en que se publicará el mismo, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones.
CLÁUSULA 15. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR.
15.1 Examen del expediente.
El expediente contractual que regula la presente contratación podrá ser examinado en el Negociado de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, ubicado en la Xxxxx
Xxxxxx 0
xxx Xxxxxxxx número 1, 1ª Planta, de 9 a 14 horas, a partir del día siguiente hábil a aquél en que aparezca el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en que se publicará el mismo, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones.
15.2 Lugar y plazo de presentación.
Las proposiciones, con la documentación preceptiva, se presentarán en el Registro de Licitaciones del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, ubicado en la Plaza del Progreso número 1, de lunes a viernes, los días laborables, en horario de 9 a 14 horas, conforme al modelo que como ANEXO VIII Modelo de presentación de proposición se acompaña al presente pliego, durante los QUINCE (15) DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si el último día para la presentación de ofertas acabara en xxxxxx, xxxxxxx o inhábil a efectos administrativos, se trasladará al siguiente día hábil que no sea sábado como último día de presentación.
Se ofrece el acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria, no admitiéndose la utilización de medios y soportes electrónicos, informáticos y telemáticos en la presentación de proposiciones y documentos, por lo que éstas deberán presentarse en soporte papel.
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Cuando las proposiciones se envíen por correo o se presenten en cualquiera de los organismos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), el interesado deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos o de su presentación en el organismo correspondiente y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (núm. 000000000) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
El Registro General acreditará la recepción del referido télex, fax o telegrama con indicaciones del día de su expedición y recepción, en el Libro de Registro correspondiente.
En casos justificados, el órgano de contratación podrá suspender la licitación o ampliar el plazo de presentación de proposiciones, mediante anuncio publicado por los mismos medios que lo haya sido la licitación.
15.3. Formalidades y documentación.
Las proposiciones constarán de DOS (2) SOBRES denominados A (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA) y B (OFERTA ECONÓMICA), separados e independientes, cerrados y firmados por el licitador o la persona que lo represente, pudiendo ir lacrados, formando una sola plica, en los que se indicarán los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
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- C.I.F. o N.I.F.
- Persona de contacto.
- Dirección postal.
- Número de teléfono.
- Número de fax.
- Dirección correo electrónico.
En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una U.T.E., en el sobre figurará los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido, enunciado numéricamente.
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
Por lo que se refiere a su contenido, este deberá comprender:
SOBRE A, denominado de DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, expresará la inscripción de: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA OPTAR AL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL ARRENDAMIENTOI DE FICA RÚSTICA MUNICIPAL SITA EN EL PARAJE “EL RASOI DE ABAJO” DEL MUNICIPIO DE XXXXXXXX XXX XXXXX (MADRID)".
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A efectos de licitar, la presentación de documentación acreditativa de capacidad de obrar será sustituida por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al modelo que se acompaña a este Pliego como ANEXO III Modelo de declaración responsable de reunir condiciones para contratar con la Administración.
El licitador a cuyo favor recaiga propuesta de adjudicación del contrato deberá aportar al órgano de contratación, en el plazo de CINCO (5) DÍAS desde que se le requiera, la documentación administrativa que se relaciona en esta cláusula. La no presentación de la documentación o la insuficiencia de la misma determinarán la exclusión de la licitación y realización de propuesta de adjudicación al siguiente licitador que realice propuesta económicamente más ventajosa para la Administración.
No obstante lo anterior, la Mesa de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar de los licitadores, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que aporten la documentación que se relaciona acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
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La documentación que aportará el licitador a cuyo favor se haga propuesta de adjudicación incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la persona fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2.- Si se trata de empresario individual, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
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Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para suscribir el contrato de arrendamiento a que se refiere el presente Xxxxxx. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder suscribir el contrato de arrendamiento a que se refiere el presente Xxxxxx.
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
1.5.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
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2.- Apoderamiento.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder bastante acreditativo de su representación, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, acompañado del Documento Nacional de Identidad o similar de la persona que ostente el poder.
3.- Declaración relativa de no estar incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con los Ayuntamientos de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
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Declaración responsable conforme al modelo que se acompaña a este Pliego como ANEXO IV Modelo de declaración de no estar incurso en prohibiciones para contratar con el sector público, haciendo constar que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa y sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCS, según redacción dada por la Disposición Final Novena de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del sector Público en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, acreditando este último presentando debidamente cumplimentado el documento que figura en el ANEXO V de este pliego bajo la rúbrica Modelo de declaración responsable de no tener deudas con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y ello sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
4.- Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el C.I.F. asignado a dicha
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unión antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
6.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.
7.- Dirección a efecto de practicar notificaciones.
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Escrito firmado por el que lo ha hecho en la proposición, en el que conste el número de teléfono, de fax y correo electrónico y la persona a la que se deberán dirigir las comunicaciones y requerimientos que sean preciso realizar durante todo el procedimiento a efectos de notificaciones conforme a lo dispuesto en el artículo, 66 de la LPAC. Las notificaciones efectuadas al correo electrónico o número de fax que figure tendrán plena validez a efectos de lo dispuesto en el artículos 40 y siguientes de la LPAC.
8.- Preferencia regulada en la disposición adicional cuarta del TRCLSP.
Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tienen en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la citada disposición adicional.
9.- Suscripción Seguro de Responsabilidad Civil.
El órgano de contratación (Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx xxxxx) exigirá al adjudicatario la suscripción de un Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 100.000 euros, conforme al modelo que se acompaña a este Pliego como ANEXO VII Modelo de declaración de póliza de seguro de responsabilidad civil.
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En ningún caso se presentarán en este sobre documentos o datos relativos a la oferta económica a tener en cuenta en la subasta. Su inclusión podrá dar lugar a la exclusión de la oferta.
SOBRE B denominado OFERTA ECONÓMICA, se ajustará al modelo contenido en la cláusula final del presente Xxxxxx y deberá tener la siguiente inscripción: “OFERTA ECONÓMICA PARA OPTAR AL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL ARRENDAMIENTO DE FINCA RÚSTICA MUNICIPAL SITA EN EL PARAJE “EL RASO DE ABAJO” DEL MUNICIPIO DE XXXXXXXX XXX XXXXX (MADRID)".
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, los datos que el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa.
15.4. Otras consideraciones a tener en cuenta.
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La documentación se presentará en originales o copias compulsadas, notarial o administrativamente; en el caso de que optara por copias compulsadas por los servicios municipales, deberán ser presentadas en las Dependencias de Contratación al menos con DOS (2) DÍAS de antelación a la fecha en que termine el plazo de presentación de proposiciones.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, así como del de prescripciones técnicas que le acompaña, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición para el arrendamiento de la finca rústica de las ofertada en este pliego. No se podrá suscribir ninguna propuesta de unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas (artículo 145.3 del TRLCSP).
No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
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Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura.
Además, las proposiciones irán referidas al objeto del contrato en su totalidad, no admitiéndose la división en lotes. Asimismo, no se admitirán variantes o alternativas.
CLÁUSULA 16. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
El criterio que servirá de base para la adjudicación mediante subasta de la finca rústica municipal descritas en la Cláusula Segunda del presente pliego será el canon de arrendamiento, que podrá ser mejorado el alza.
La adjudicación recaerá en el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa.
En caso de empate, tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas licitadoras acreditan esta circunstancia, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
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De persistir el empate se resolverá mediante celebración de sorteo entre los empatados, notificándose a los licitadores, previamente, el lugar, fecha y hora de celebración de dicho sorteo.
CLÁUSULA 17. MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de Contratación será la constituida de carácter permanente mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 591/2015, de fecha 29 xx xxxxx de 2015, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 166 con fecha 15 de julio, modificado mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 613/2015, de fecha 8 de julio de 2015.
Tanto el Presidente como los Vocales actuarán con voz y voto y el Secretario actuará a los meros efectos de levantar acta, con voz y sin voto.
La Mesa de Contratación contará, cuando lo estime oportuno, con la presencia y asesoramiento técnico oral y/o escrito de los servicios técnicos municipales, pudiendo requerir a éstos cuantos informes estime necesarios para adoptar la propuesta más conveniente.
CLÁUSULA 18. APERTURA DE PROPOSICIONES.
La apertura de las ofertas se efectuará en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas.
18.1 Concluido el plazo de presentación de proposiciones y una vez recibidas las anunciadas o transcurridos DIEZ (10) DÍAS NATURALES sin que se hayan recibido, la
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Mesa de Contratación se constituirá en sesión no pública con la presencia preceptiva de quienes ejerzan la Presidencia, la Secretaría y las Vocalías que tengan atribuido el asesoramiento jurídico y el control de la gestión económico-financiera y presupuestaria, a los efectos de proceder a la apertura del ‘SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA’, calificando provisionalmente la documentación administrativa presentada en tiempo y forma por los licitadores.
Cuando la Mesa no pueda constituirse válidamente en esta o sucesivas sesiones por inasistencia de alguno de sus miembros o quienes deban suplirlos, es decir, por inexistencia de quórum de asistencia legalmente establecido, se celebrará en segunda convocatoria la correspondiente sesión el día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar, salvo que expresamente se deje sin efecto la segunda convocatoria automática. Si se dispone la celebración a la misma hora de dos o más sesiones, la Presidencia de la Mesa fijará el orden de actuación y, en su caso, las interrupciones que procedan.
En todo caso, si la fecha de celebración de una sesión de la Mesa coincidiese en xxxxxx, xxxxxxx o día festivo en el término municipal de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, se pospondrá al primer día hábil siguiente distinto al sábado, a la hora y en el lugar indicados.
18.2 Una vez constituida y con carácter previo a cualquier otra actuación, la Secretaría de la Mesa dará cuenta, cuando proceda, de aquellos licitadores que hubieran presentado la proposición fuera del plazo establecido o incumpliendo las condiciones exigidas para ello, debiendo la Mesa, tras verificar documentalmente tales extremos, declarar expresamente la exclusión de las correspondientes proposiciones.
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A continuación, la Presidencia de la Mesa ordenará la apertura del sobre A de las proposiciones no excluidas, pronunciándose ésta sobre su calificación provisional.
Si, al término del examen de la documentación administrativa, la Mesa considera necesario enmendar defectos u omisiones subsanables en la documentación contenida en el sobre A o bien recabar documentos complementarios o aclaratorios de los ya aportados en dicho sobre, podrá acordar conceder a tales efectos a los licitadores un plazo no superior a 3 (TRES) DÍAS NATURALES, encomendando a la Secretaría de la Mesa su realización y la posterior dación de cuenta de su resultado.
A efectos meramente informativos, se publicará en el Perfil del Contratante, y a aquellos licitadores que hubiesen indicado en su proposición su número de fax o, en su defecto, su correo electrónico se les remitirá por tales medios los requerimientos de subsanación y de aclaración que procedan.
18.3 Concluido el plazo de subsanación, se fijará la fecha, hora y lugar de celebración de la sesión de la Mesa de Contratación en la que tendrá lugar el acto público de apertura del ‘SOBRE B: “OFERTA ECONÓMICA”’, publicándose a efectos meramente informativos en el Perfil del Contratante la convocatoria de la Mesa de Contratación.
Al inicio de la sesión y antes de proceder al acto público, la Secretaría de la Mesa dará cuenta a los miembros del resultado de los requerimientos de subsanación y de aclaración
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de la documentación administrativa, formulando propuesta sobre las proposiciones que han de ser admitidas y rechazadas y la causa o causas de su exclusión de éstas.
La Mesa deberá pronunciarse expresamente sobre tales extremos, aprobando o modificando la propuesta sometida a su consideración.
A continuación, y en acto público, la Presidencia de la Mesa o, a petición de ésta, la Secretaría de la misma dará cuenta sucinta a los presentes de:
a) La publicación del anuncio de licitación, el número de las proposiciones recibidas y la identidad de los licitadores.
b) En relación con las proposiciones que hubieran sido excluidas de la licitación o bien inadmitidas por razón de la calificación definitiva de la documentación administrativa, podrán los licitadores solicitar aclaraciones y se procederá por la Mesa a dar las explicaciones que estime pertinentes, sin que pueda ésta hacerse cargo de documentos que no se hubiesen ya entregado.
Las exclusiones e inadmisiones se comunicarán a los licitadores presentes o representados en el acto o, en su defecto, se notificarán por la Secretaría de la Mesa los correspondientes acuerdos de la Mesa de Contratación.
Seguidamente, la Presidencia de la Mesa ordenará la apertura del SOBRE B correspondiente a las OFERTAS ECONÓMICAS de cada uno de los licitadores que hubieran sido admitidos.
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Una vez examinada la documentación incluida en el SOBRE B, la Mesa de Contratación propondrá al Órgano de Contratación la adjudicación del arrendamiento de la finca rústica municipal objeto de la subasta a las personas físicas o jurídicas, respectivamente, que hubiera presentado las oferta económica más ventajosa.
18.5 Antes de finalizar el acto público, los licitadores podrán manifestar a la Mesa cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formalizarse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes, que serán resueltos por el órgano de contratación, previo informe de la Mesa.
18.6 Serán rechazadas las proposiciones cuyas ofertas económicas incurran en defectos no subsanables, tales como contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Mesa de Contratación estime fundamental para considerar la oferta; no guardar concordancia con la documentación examinada y admitida; variar sustancialmente el modelo establecido; comportar error manifiesto en el importe del canon, o el reconocimiento por parte del licitador de error o inconsistencia que la hagan inviable.
CLÁUSULA 19. GARANTÍA DEFINITIVA.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 95 del TRLCSP, el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa en la licitación del contrato estará obligado a constituir una garantía definitiva por importe del CINCO (5) POR CIENTO del importe de adjudicación, y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP,
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cumpliendo las condiciones establecidas en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP. Se adjunta como ANEXO I de este Pliego Modelo de certificado de seguro de caución y como ANEXO II Modelo de Aval.
La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los DIEZ (10) DÍAS hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento para su presentación así como para presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al licitador, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor, entendiéndose que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La garantía definitiva responderá de los conceptos recogidos en el artículo 100 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP y artículo 65.2 y 3 del RGLCAP. No obstante, no procederá la devolución de la garantía definitiva hasta que no concluya la vigencia del contrato y por el responsable de éste se informe favorablemente acerca de la correcta ejecución del mismo. La devolución será a petición del contratista.
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Cuando, como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de QUINCE (15) DÍAS, contado desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de su modificación.
La cantidad definitiva será en metálico, aval o seguro de caución a primer requerimiento y sólo se devolverá cuando se cumplan todas las obligaciones directas o indirectas derivadas del contrato y del cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario.
CLÁUSULA 20. REQUERIMIENTO AL LICITADOR DE LA OFERTA ECONOMICAMENTE MÁS VENTAJOSA.
El órgano de contratación, recibida la propuesta de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, en su caso, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosas en función del canon de salida de la fincas rústica subastada, para que, dentro xx XXXX (10) DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubieran recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
- Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, conforme a lo dispuesto en los artículos 13, 15 y 16 del RGLCAP.
- Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente
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acreditativa de estar al corriente con la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en los artículos 14, 15 y 16 del RGLCAP.
En el caso de profesionales colegiados que no estén afiliados y en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 23 de febrero de 1996 (BOE de 7 xx xxxxx) , de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se dictan instrucciones en orden a la aplicación de las previsiones en materia de Seguridad Social contenidas en la Disposición adicional decimoquinta y en la Disposición transitoria quinta, 3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aquéllos deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad de Previsión Social del Colegio Profesional correspondiente, acreditativa de su pertenencia a la misma de acuerdo con la citada Resolución. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
- Certificación administrativa de no existir deudas con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. Para la expedición de la certificación administrativa del Ayuntamiento, se presentará escrito solicitando la expedición de dicho documento en el Registro Municipal del Ayuntamiento, con una anterioridad de tres días a la fecha de finalización del plazo del requerimiento de la documentación.
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- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, conforme al modelo que se acompaña a este Pliego como ANEXO VI Modelo de declaración responsable sobre I.A.E.
- Documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula anterior.
- Certificado acreditativo de la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las responsabilidades que puedan derivarse del objeto del contrato con una cobertura mínima de 100.000 euros, sin franquicia, estando obligado a mantenerle en vigor durante el tiempo de duración del contrato, conforme al modelo que se acompaña a este Pliego como ANEXO VII Certificado de póliza de seguro de responsabilidad civil. Dicha póliza deberá cubrir los daños materiales, las lesiones personales y sus perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros o al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, por hechos acaecidos en relación con el objeto del contrato.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
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De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, o si del examen de la documentación aportada se infiera falta de capacidad de obrar o de solvencia suficiente para contratar con la Administración, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido de la licitación, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 21. ADJUDICACIÓN.
Recibida la documentación del requerimiento, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO (5) DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación de la adjudicación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, siendo de aplicación lo previsto en el artículo
151.4 del TRLCSP, en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos.
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En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 66 de la LPAC. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previsto en el artículo 41.5 de la LPAC será de CINCO (5) DÍAS.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de proposiciones. De no producirse la adjudicación en dicho plazo se estará a lo dispuesto en el artículo 161.4 del TRLCSP, sin que en ningún caso exista derecho a indemnización por ningún concepto.
Adjudicado el contrato, notificada la adjudicación y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los TRES (3) MESES siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx no estará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provisional, en su caso, que se conservarán para su entrega a los interesados.
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Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA 22. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará con su formalización que deberá realizarse en documento administrativo no más tarde de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por el licitador y candidato en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el documento administrativo de formalización del contrato se elevará a escritura pública cuando lo solicite el Ayuntamiento adjudicador del contrato o el arrendatario, en la Notaría que el Ayuntamiento designe, siendo x xxxxx del contratista los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar al Ayuntamiento una copia legitimada y una copia simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares reviste carácter contractual, por lo que en el mismo acto de formalización del contrato se le entregará al contratista una copia simple del mismo.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre el importe de la garantía definitiva.
Conforme establece el artículo 156.5 del TRLCSP no podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
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La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación, debiendo publicarse además en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización en un plazo no superior a CUARENTA Y OCHO (48) DÍAS a contar desde la fecha de formalización del contrato.
CLÁUSULA 23. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
No procede.
CLÁUSULA 24. REVISIÓN DEL CANON.
No se aplica revisión del canon del contrato objeto de este Pliego.
CLÁUSULA 25. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del contratista las siguientes obligaciones:
- El adjudicatari@ estará obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención,
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aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero y cualquiera otra normativa específica del objeto del contrato que le sea de aplicación, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. A la extinción del contrato de arrendamiento, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado trabajos en la finca arrendada objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
Además, son obligaciones esenciales del contratista las siguientes:
- En su caso, proporcionar al Ayuntamiento, en cualquier momento, los datos y copias de documentos de carácter laboral o de otro tipo que le sean requeridos.
- Ejercer por si el derecho de arrendamiento y no cederlo o traspasarlo a terceros.
- Cumplir durante la vigencia del contrato las obligaciones impuestas en materia tributaria y de seguridad social, así como las obligaciones impuestas en materia de prevención de riesgos laborales, que se deriven con motivo del arrendamiento, quedando el Ayuntamiento exento de la responsabilidad relativo a estos conceptos.
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- .Xxxxxx la fianza establecida en la cláusula décimo novena.
- Entregar al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx la finca con las instalaciones en ella existentes durante la duración del contrato, y en buenas condiciones de uso, en la fecha de finalización del contrato de arrendamiento objeto del presente Pliego de Condiciones.
- Las instalaciones de cualquier tipo de publicidad que pueda mostrarse en la finca arrendada precisará de la previa autorización expresa del Ayuntamiento.
- El arrendatario asumirá, en su caso, todas las obligaciones que pudieran responderle a tenor de la normativa vigente frente al personal que preste sus servicios en la explotación de la finca arrendada, tanto al inicio como a la terminación del contrato de arrendamiento en ningún caso, como ya se ha indicado, el Ayuntamiento se hará cago del personal afectado a la actividad.
- Deberá tener otorgadas y cumplir cuantas licencias, autorizaciones, normas y disposiciones sean exigibles o regulen el ejercicio de las actividades de cualquier tipo que instale en la finca arrendada, en concreto la de VIVEROI DE PLANTAS especialmente, las correspondientes a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
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CLÁUSULA 26. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
- La tasa de recogida de residuos sólidos urbanos y la tasa de eliminación y tratamiento de residuos sólidos urbanos que le corresponda.
- Los de anuncio que genere el procedimiento abierto y los preparatorios y de formalización del contrato, hasta un máximo de 3.000 euros.
- Los impuestos, tasas, tributos estatales, municipales y regionales, así como los que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento del contrato.
- Los gastos derivados de los suministros eléctricos, agua u otros que utilice en su explotación agraria. No obstante, los contratos pertinentes serán de titularidad del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx xxxxx.
Los gastos que se originen por la ejecución del contrato que se mencionan en el presente pliego y la totalidad de gastos que puedan originarse o producirse, directa o indirectamente, por el funcionamiento y mantenimiento del arrendamiento.
- En su caso, los de formalización pública del contrato de adjudicación.
CLÁUSULA 27 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
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El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx podrá desistir o renunciar a celebrar el contrato antes de la adjudicación compensando los gastos según los principios generales de la responsabilidad de la Administración.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
El desestimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desestimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx ostentará asimismo cuantas otras prerrogativas reconozca a las Administraciones Públicas la legislación vigente.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del TRLCSP.
CLÁUSULA 28. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
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El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, de conformidad con lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I del TRLCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del citado texto legal, siendo éstas obligatorias para el contratista. En todo caso, se dará audiencia al contratista.
Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 156 del TRLCSP.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
CLÁUSULA 29. PLAZO DE GARANTÍA.
El contrato se entenderá cumplido a la fecha de la finalización de su duración que será improrrogable.
CLÁUSULA 30. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.
Será de cuenta del arrendatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y/o al personal dependiente del mismo como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 31. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.
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El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx controlará que el contrato de arrendamiento se desarrolla de la forma convenida.
CLÁUSULA 32. RIESGO Y XXXXXXX.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
CLÁUSULA 33. CESIÓN DEL CONTRATO.
Los derechos de arrendamiento dimanantes del presente contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero.
CLÁUSULA 34. SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO.
Queda expresamente prohibida la subcontratación total o parcial de la finca objeto del contrato.
CLÁUSULA 35. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, por razones de interés público, podrá acordar la
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suspensión de la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 36. EJECUCION DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se ajustará a los preceptos del Código Civil que resulten de aplicación.
CLÁUSULA 37. NORMAS APLICABLES.
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Para lo no previsto en el presente Pliego, se aplicará el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 xx xxxxx de 1986, La Ley 33/2013, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Código Civil y, en su caso y siempre que resultara procedente, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en la parte que se mantiene vigente; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales; así como los reglamentos de desarrollo; sus normativas de desarrollo y demás preceptos aplicables a la contratación por parte de las Entidades locales; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. La participación en la licitación implica la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego.
En caso de discrepancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliego o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que pueden ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
CLÁUSULA 38. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos agotarán la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar recurso ante la Jurisdicción Civil o, en su caso, contencioso - administrativa, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición previsto en el artículo 123 de la LPAC.
El contratista renuncia a la jurisdicción de los Tribunales de su propio fuero y domicilio y se somete a la competencia y jurisdicción de los Tribunales de Madrid en todo aquello que haga
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referencia al cumplimiento del contrato, el cual tendrá naturaleza privada sin que en ningún caso se constituya relación de carácter laboral entre el personal del contratista y el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx
Las empresas extranjeras deberán aportar un documento en el que declaren someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de un modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
CLÁUSULA 39. MODELO DE PROPOSICIÓN.
Xxx/Doña …………………………………………, mayor de edad, con domicilio en
…………………... calle ………….. número …. titular del D.N.I. número …………., en nombre propio (o en representación de ………………….., con domicilio en ,
conforme acredito por …………..), en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterad@ del procedimiento abierto tramitado para adjudicar mediante subasta el arrendamiento de la finca rustica municipal sita en el paraje conocidos como “El Raso de Abajo”, Parcela 4 (4-A) del Polígono 8 del Término Municipal de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, según anuncio oficial inserto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número
, de fecha de de 2018 y en el Perfil de Contratante, se encuentra en situación de acudir como licitador del mismo.
Manifiesta que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares que sirve de base a la convocatoria de la subasta, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas las condiciones exigidas para contratar con la Administración y se compromete a arrendar la finca municipal del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx xxxxx sita en el paraje conocido como -------, Polígono-------, parcela-------, por el canon anual de
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euros (letra y número), más la cantidad de euros (letra y número), en concepto del I.V.A. repercutido (en su caso), lo que hace un total anual de euros (letra y número.
Lugar, fecha y firma
Xxxxxxxx xxx Xxxxx, 20 de febrero de 2018 La Concejalía de Hacienda
Xxxx Xxxxxx Santiago Xxxxxxxxx
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ANEXO I
Modelo de certificado de seguro de caución
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MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
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Certificado número (1) .......................................... ( en adelante, asegurador) con domicilio en .........................., calle .............................. y NIF/CIF número ........................, debidamente
representado por Don (2) ............................................................. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA
A (3) ................................................ NIF/CIF número ......................., en concepto de tomador del
seguro, ante el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), en adelante asegurado, hasta el importe de euros (4) , en los términos y condiciones establecidos en la Ley 30/2007, de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de (5) …………………., en concepto de garantía (6) para
responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
La entidad aseguradora declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de éste, en los términos establecidos en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En............................ a .............. de ....................... de ...............
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Firma: Asegurador
Número o Código:
Fecha:
Provincia:
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGI O ABOGACÍA DEL ESTADO
Instrucciones para la cumplimentación del modelo:
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada
(4) Importe en letras por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(6) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.
ANEXO II
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Modelo de aval
La entidad (razón social de la entidad o sociedad de garantía recíproca) ,
NIF.............., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ........................ número ……., C.P .............. y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
MODELO DE AVAL
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ....................... NIF número , en virtud
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de lo dispuesto por (Ley de Contratos del Sector Público; artículos 91, 83, 84 u 86, según se trata de garantía provisional, definitiva, especiales o complementarias) para responder de las Obligaciones Siguientes: (detallar si es Garantía Provisional, Definitiva, Especial o Complementaria el objeto del contrato), ante el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), por importe de: (en letra) ........................................euros (en cifra) .........................
La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano del Ayuntamiento de Mejorada Campo (Madrid), habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(lugar y fecha) (razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGI O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o Código: |
ANEXO III
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Modelo de declaración responsable de reunir condiciones para contratar con la Administración
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REUNIR CONDICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
A efectos de acreditar que la PERSONA FÍSICA O JURÍDICA representada
por ……………… reúne las condiciones legalmente previstas para contratar con la Administración en la licitación del contrato que tiene por objeto , declaro por
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la presente:
Que la PERSONA FÍSICA O JURÍDICA …………………..con DNI/CIF ,
representada con poder suficiente por D. …………………….., con DNI/pasaporte nº
……………, tiene plena capacidad de obrar para contratar con la Administración, figurando entre los fines, objeto o ámbito de actividad empresarial el correspondiente al objeto de la presente contratación, según está definido en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas que rigen la licitación.
Que caso de ser exigida para la ejecución del contrato, cuenta con habilitación empresarial o profesional precisa.
Que no está incurso en prohibición e incompatibilidad para contratar con la Administración, así como que está al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no existen deudas en período ejecutivo con los Ayuntamientos de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
Que caso de concurrir en Unión Temporal de Empresas, y resultar adjudicatario se compromete a presentar, por todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la cláusula de “Documentación Administrativa”, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la
constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir los obligaciones que del contrato de deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Que en caso de concurrir con otras empresas del mismo grupo de empresas entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo
42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
Que a efectos de la licitación, declara que acepta admitir la notificación de actos administrativos por vía de correo electrónico, con plena eficacia a todos los efectos administrativos de la notificación práctica, declarando a tal efecto como correo electrónico a efectos de notificación el ………………….
En,………………………,……………..de de 2018
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(Firma del apoderado y sello de la empresa)
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ANEXO IV
Modelo de declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar con el sector público
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DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. _, con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con D.N.I. número _, en
nombre propio (o en representación de la Entidad , con C.I.F. número _).
DECLARA:
I.- Que la persona a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,, redacción dada por la Disposición Final Novena de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. en los términos y condiciones previstos en el mismo.
II.- Que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), firmo la presente en Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a de _ de 2018.
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FIRMA
ANEXO V
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Modelo de declaración responsable de no tener deudas con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. _, con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con D.N.I. número _, en nombre propio (o en representación de la Entidad , con C.I.F. número _).
DECLARA:
Que la citada persona, sus Consejeros Directivos, administradores y representantes legales, así como el firmante, no tienen deudas en periodo ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid).
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), firmo la presente en Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a de _ de 2018.
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FIRMA
ANEXO VI
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Modelo de declaración responsable sobre I.A.E.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. _, con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con D.N.I. número _, en representación de la Entidad _, con C.I.F. número .
DECLARA:
Que la Sociedad denominada , a la que represento, está exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), por no alcanzar en el año la cifra de facturación de un millón de euros.
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), firmo la presente en Xxxxxxxx xxx Xxxxx a de de 2018.
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FIRMA
ANEXO VII
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Modelo de certificado de Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil
CERTIFICADO DE PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
D. _, en representación de la Compañía
, declara que la Empresa , tiene concertada con esta Entidad una Póliza de Cobertura de Responsabilidad Civil que está vigente, de cobertura desde hasta , y con un importe para cubrir Daños de Responsabilidad Civil por cuantía de .
Y para que así conste a los efectos de justificar la existencia de Póliza de Responsabilidad Civil requerida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato denominado " arrendamiento de finca municipal sita en el Paraje de El raso de Abajo, Xxxxxxxx 0, Xxxxxxx 0 (0-X), promovido por el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Madrid), se expide la misma.
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En Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a de de 2018 FIRMA
ANEXO VIII
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Modelo de presentación de proposición
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN
D. _, con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con D.N.I. número _, en nombre propio (o en representación de la Entidad , con C.I.F. número _).
PRESENTA DOS (2) SOBRES cerrados, “Sobre A denominado “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA””, “Sobre B denominado “OFERTA ECONÓMICA” para participar el procedimiento abierto y forma de subasta para el ARRENDAMIENTO DE FINCA RUSTICA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXX XXX XXXXX (MADRID), SITA EN EL PARAJE “ EL RASO DE ABAJO”.
En _, a de de 2018
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Fdo.: _».
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