CONTRATO MODIFICATORIO
Préstamo No. 2929/OC-AR Modificación No. 5
CONTRATO MODIFICATORIO
entre la
REPÚBLICA ARGENTINA
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Programa de Inversiones Municipales
LEG/SGO/CSC/EZSHARE-0000000000-00000
CONVE-2021-54561132-APN-SAE
CONTRATO MODIFICATORIO
CONTRATO MODIFICATORIO celebrado entre la REPÚBLICA ARGENTINA (en adelante denominada el “Prestatario”), y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (en adelante denominado el “Banco”, y, en conjunto con el Prestatario, las “Partes”).
CONSIDERANDO
(1) Que el Prestatario, mediante la Nota No-2020-29165231-APN-SSRFID#SAE, de la Subsecretaria de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de Presidencia de la Nación, con fecha 30 xx xxxxx de 2020, solicitó al Banco la reformulación de nueve contratos xx xxxxxxxx (en adelante, los “Contratos xx Xxxxxxxx Reformulados”), incluyendo el Contrato xx Xxxxxxxx No. 2929/OC-AR, suscrito el 29 xx xxxxx de 2014 y modificado mediante Contratos Modificatorios celebrados el 30 de septiembre de 2015, el 27 de noviembre de 2017, el 16 xx xxxxx de 2019 y el 20 de octubre de 2020 (dicho contrato y sus modificaciones en adelante, el “Contrato xx Xxxxxxxx”), para el “Programa de Inversiones Municipales” (en adelante, el “Programa”), a fin de reorientar saldos disponibles y no comprometidos de dichos contratos xx xxxxxxxx para financiar la implementación de un “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo”, por un monto total de quinientos millones de Dólares (US$500.000.000).
(2) Que mediante la Resolución DE-70/20, de fecha 22 xx xxxxx de 2020, el Banco aprobó la solicitud de reformulación efectuada por el Prestatario referida en el párrafo (1) anterior, a fin de permitir la reorientación de saldos disponibles y no comprometidos de los referidos contratos xx xxxxxxxx, incluyendo un monto de hasta setenta millones de Dólares (US$70.000.000) xxx Xxxxxxxx No. 2929/OC-AR;
(3) Que, para formalizar la reorientación de recursos antes referida, las Partes acordaron mediante contrato modificatorio de fecha 20 de octubre de 2020 (en adelante, el “Contrato Modificatorio para la Reformulación”) modificar los Contratos xx Xxxxxxxx Reformulados, incluyendo el Contrato xx Xxxxxxxx, para acordar las disposiciones que serán aplicables a los recursos reorientados de acuerdo con dicho Contrato Modificatorio para la Reformulación.
(4) Que según se dispuso en el Contrato Modificatorio para la Reformulación, las modificaciones ahí acordadas son “exclusivamente para propósitos de la reorientación de los recursos de los contratos xx xxxxxxxx reformulados, a fin de financiar el Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo, siendo que serán formalizadas por los instrumentos jurídicos separados, si y conforme las Partes lo estimen pertinente, eventuales ajustes a los referidos contratos xx xxxxxxxx para pactar cómo se completará la ejecución de cada uno los proyectos originalmente previstos en los contratos xx xxxxxxxx.”
(5) Que las Partes, teniendo en cuenta el redireccionamiento de recursos xxx Xxxxxxxx No. 2929/OC-AR referido en el párrafo (2) anterior, instrumentado mediante el Contrato Modificatorio para la Reformulación, que constituyó la cuarta modificación al Contrato xx Xxxxxxxx, estiman necesario acordar modificaciones adicionales al Contrato xx Xxxxxxxx, las cuales se pactan en el presente contrato modificatorio, que constituye - por tanto - la quinta
modificación al Contrato xx Xxxxxxxx (en adelante, el “Contrato Modificatorio”).
ARTÍCULO PRIMERO
Las Partes acuerdan modificar el Contrato xx Xxxxxxxx No. 2929/OC-AR, de la siguiente manera:
1. Modifícase el numeral 3 de la Introducción de las Estipulaciones Especiales del Contrato xx Xxxxxxxx, titulado “Organismo Ejecutor”, para que lea del siguiente modo:
“Las partes convienen que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos xxx xxxxxxxx otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio de su Ministerio de Obras Públicas (MOP), el que, para los fines de este Contrato, será denominado “Organismo Ejecutor”.”
2. Modifícase la Cláusula 2.01 de las Estipulaciones Especiales del Contrato xx Xxxxxxxx, para que lea del siguiente modo:
“CLÁUSULA 2.01. Costo del Programa. El costo total del Programa se estima en el equivalente de doscientos ocho millones de Dólares (US$208.000.000,00).”
3. Modifícase la Cláusula 6.04 de las Estipulaciones Especiales del Contrato xx Xxxxxxxx para que lea del siguiente modo:
“CLÁUSULA 6.04. Comunicaciones y Notificaciones. (a) Todos los avisos, solicitudes, comunicaciones o informes que las Partes deban realizar en virtud de este Contrato en relación con la ejecución del Programa, con excepción de las notificaciones mencionadas en el siguiente literal (b), se efectuarán por escrito y se considerarán realizados desde el momento en que el documento correspondiente sea recibido por el destinatario en la respectiva dirección que enseguida se anota, o por medios electrónicos en los términos y condiciones que el Banco establezca e informe al Prestatario, a menos que las Partes acuerden por escrito otra manera.
Del Prestatario:
Dirección Postal:
Secretaría de Asuntos Estratégicos de Presidencia de la Nación: Balcarce 50
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx X0000XXX, XXXX, Xxxxxxxxx
Correo Electrónico: xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Del Organismo Ejecutor: Dirección postal:
Ministerio de Obras Públicas Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000 Xxxx 00 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx X0000XXX, XXXX, Xxxxxxxxx
Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Del Banco:
Dirección Postal:
Banco Interamericano de Desarrollo Representación del Banco en Argentina Xxxxx Xxxxxxxxx 000, pisos 19 y 20
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina Facsímil: (00-00) 0000-0000
Correo electrónico: XXXXxxxxxxxx@xxxx.xxx
(b) Cualquier notificación que las Partes deban realizar en virtud de este Contrato sobre asuntos distintos a aquéllos relacionados con la ejecución del Programa, incluyendo las solicitudes de desembolsos, deberá realizarse por escrito y ser enviada por correo certificado, correo electrónico o facsímil, dirigido a su destinatario a cualquiera de las direcciones que enseguida se anotan y se considerarán realizados desde el momento en que la notificación correspondiente sea recibida por el destinatario en la respectiva dirección, o por medios electrónicos en los términos y condiciones que el Banco establezca e informe al Prestatario, a menos que las Partes acuerden por escrito otra manera de notificación.
Del Prestatario:
Dirección Postal:
Secretaría de Asuntos Estratégicos de Presidencia de la Nación: Balcarce 50
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx X0000XXX, XXXX, Xxxxxxxxx
Correo Electrónico: xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Del Banco:
Dirección Postal:
Banco Interamericano de Desarrollo 0000 Xxx Xxxx Xxxxxx, X.X. Washington, D.C. 20577
EE.UU.
Facsímil: (000) 000-0000
Correo electrónico: XXXXxxxxxxxx@xxxx.xxx”
4. Modifícase el apartado 3.01 del Anexo Único del Contrato xx Xxxxxxxx para que lea del siguiente modo:
“3.01 El costo estimado del Programa es el equivalente de doscientos ocho millones de Dólares (US$208.000.000), según la siguiente distribución por componentes y fuentes de financiamiento:
Costo y financiamiento del Programa (en US$)
Componente | Financiamiento Banco* | Aporte Local | Total |
Componente 1. Inversión | 174.000.000 | 27.550.000 | 201.550.000 |
Formulación de proyectos e inspección de obras | 20.000 | 550.000 | 570.000 |
Obras y Equipamiento | 173.980.000 | 27.000.000 | 200.980.000 |
Componente 2. Gestión del Programa | 6.000.000 | 450.000 | 6.450.000 |
Unidad Ejecutora | 5.600.000 | 400.000 | 6.000.000 |
Auditoría | 240.000 | 30.000 | 270.000 |
Seguimiento y Evaluación | 160.000 | 20.000 | 180.000 |
TOTAL | 180.000.000 | 28.000.000 | 208.000.000 |
*El monto xxx Xxxxxxxx es hasta por el monto de doscientos cincuenta millones de Dólares (US$250.000.000), según se indica en la Cláusula 1.01 de este Contrato. De conformidad con lo dispuesto en el contrato modificatorio suscrito entre el Banco y la República Argentina de fecha 20 de octubre de 2020, la suma de hasta US$70.000.000 (setenta millones de Dólares) xxx Xxxxxxxx ha sido reorientada para financiar, en parte, el “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo”, por lo que el monto del financiamiento del Banco disponible para el presente Programa es hasta por la suma de US$180.000.000 (ciento ochenta millones de Dólares) que se indica en el cuadro anterior .”
5. Modifícanse los apartados 4.01 y 4.02 del Anexo Único del Contrato xx Xxxxxxxx para que lean del siguiente modo:
“4.01 El Ministerio de Obras Públicas, a través de la Secretaría de Obras Públicas, será el Organismo Ejecutor del Programa.
4.02 El Ministerio Obras Públicas, mediante la Secretaría de Obras Públicas (SPO) desempeñará la coordinación y ejecución técnica, mientras que la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales (DiGePPSE) centralizará y supervisará, la gestión y ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y financiera–contable, comprendiendo las cuestiones fiduciarias y legales, sobre el cumplimiento de cuestiones ambientales y sociales, los procedimientos de contrataciones, como así también la planificación, programación, monitoreo y auditoría del Programa.”
ARTÍCULO SEGUNDO
Dentro de los sesenta (60) días siguientes a la entrada en vigencia de este Contrato Modificatorio, el Prestatario, por intermedio del Organismo Ejecutor, se compromete a presentar, previa a su aprobación y para la no-objeción del Banco, las modificaciones que se requieran al Reglamento Operativo del Programa como consecuencia de las modificaciones previstas en el Artículo Primero anterior.
ARTÍCULO TERCERO
Las Partes ratifican todas las demás disposiciones establecidas en el Contrato, las que se mantienen en su integridad y plena vigencia, salvo las modificaciones estipuladas en el presente Contrato Modificatorio.
ARTÍCULO CUARTO
El Prestatario se compromete a comunicar al Banco por escrito, dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de suscripción de este Contrato Modificatorio, si considera que éste contiene información que se pueda calificar como una excepción al principio de divulgación de información previsto en la Política de Acceso a Información del Banco, en cuyo caso el Prestatario se compromete a señalar dicha información en las disposiciones pertinentes del Contrato Modificatorio. De conformidad con la mencionada política, el Banco procederá a poner a disposición del público en su página “Web” el texto del Contrato Modificatorio, una vez que éste haya entrado en vigencia y haya expirado el plazo antes mencionado, excluyendo solamente aquella información que el Prestatario haya calificado como una excepción al principio de divulgación de información previsto en dicha política.
ARTÍCULO QUINTO
Las Partes dejan constancia que la vigencia de este Contrato Modificatorio se inicia en la fecha de su suscripción por el Prestatario.
EN FE DE LO CUAL, el Prestatario y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante autorizado, firman el presente Contrato Modificatorio, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.
REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
[Ver: Firma Electrónica]
Xxxxxxx Xxxxx Secretario de Asuntos Estratégicos
Fecha: [Ver: Firma Electrónica]
Xxxx Xxxx Xxxx Representante del Banco en Argentina
Fecha: 20 xx xxxxx de 2021
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Xx. Xxxxx Xxxxxxxx
Hoja Adicional de Firmas Convenio
Número: CONVE-2021-54561132-APN-SAE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 17 xx Xxxxx de 2021
Referencia: Contrato Modificatorio N° 5 - Préstamo BID N° 2929/OC-AR - “Programa de Inversiones Municipales".
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Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2021.06.17 15:12:53 -03:00
Xxxxxxx Xxxxx Secretario
Secretaría de Asuntos Estratégicos
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Date: 2021.06.17 15:12:54 -03:00