INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, JURÍDICA, AMBIENTAL, SOCIAL Y PREDIAL AL CONTRATO DE CONCESIÓN PORTUARIA No – 002 DE 2011 SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES INCO HOY AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ANI Y LA...
ANEXO 10
REQUERIMIENTOS TECNICOS
OBJETO:
INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, JURÍDICA, AMBIENTAL, SOCIAL Y PREDIAL AL CONTRATO DE CONCESIÓN PORTUARIA No – 002 DE 2011 SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES INCO HOY AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ANI Y LA SOCIEDAD PORTUARIA PUERTO BAHIA.
SEPTIEMBRE 2015
OBJETIVOS
A continuación se presentan el objeto que se requieren contratar:
Interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica al Contrato De Concesión Portuaria N° – 002 De 2011 Suscrito Entre El Instituto Nacional De Concesiones INCO Hoy Agencia Nacional De Infraestructura ANI Y La Sociedad Portuaria Puerto Bahía S.A
Ciudad | Nombre Concesionario o beneficiario | Tipo de Permiso | Tipo de Servicio | Tipo de carga especializada | Infraestructura Portuaria |
Terminal de Líquidos tipo hidrocarburos que | |||||
contiene: un muelle de transferencia de líquidos | |||||
tipo hidrocarburos y zona de tanques de | |||||
almacenamiento ( dique A y B – cada dique | |||||
Gráneles Líquidos | contiene 5 tanques de almacenamiento de 333.000 | ||||
Bahía xx Xxxxxxxxx | Sociedad Portuaria Puerto Bahía | Contrato de Concesión | Público | (hidrocarburos) y Gráneles Sólidos Carga General Carga | barriles de capacidad cada uno ) , zona de llenadero xx xxxxx tanques y edificaciones para control administrativo y operativo |
Contenedorizada. | Terminal Multipropósito (Carga general, Gráneles, carga rodante, Contendores) que contiene : muelle de carga general y zona de patios de almacenamiento, bodegas y edificaciones administrativas y de operación |
FUNCIONES
La consultoría a realizar tiene por objeto llevar a cabo la interventoría y seguimiento del Plan de Inversiones, vigilancia en la operación, y en caso de ser necesario reversión de los contratos de concesión y homologaciones portuarias descritas en los estudios previos.
La interventoría a contratar de acuerdo con el alcance y objeto de cada una de las concesiones y/o homologaciones portuarias, para cada uno de los módulos, incluye pero no se limita a las siguientes obligaciones
1.1.1 Etapa de seguimiento
Es la etapa donde se realiza el seguimiento a la ejecución del contrato de concesión, así como al seguimiento de cada una de las obligaciones contractuales. Esta etapa incluye pero no se limita a cada una de las siguientes obligaciones:
a. Obligaciones Técnicas
Las que se encuentran en el ANEXO 4 – Metodología y Plan de Cargas de Trabajo
b. Obligaciones Financieras y Contables de la Interventoría.
Las que se encuentran en el ANEXO 4 – Metodología y Plan de Cargas de Trabajo
c. Obligaciones Administrativas de la Interventoría
Las que se encuentran en el ANEXO 4 – Metodología y Plan de Cargas de Trabajo
d. Obligaciones Jurídicas de la Interventoría
Las que se encuentran en el ANEXO 4 – Metodología y Plan de Cargas de Trabajo
Estudio del contrato suscrito para la ejecución del proyecto (Contrato de Concesión), pliego de condiciones y demás documentos
Además de estudiar el proyecto, el Interventor analizará el contrato, el pliego de condiciones, los anexos, los contratos adicionales u otrosí y cualquier otro documento oficial concerniente a las obras a ejecutar que son objeto de esta interventoría.
El Interventor informara la ANI si el contratista inicia la ejecución de las obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y demás requerimientos por parte de autoridades competentes para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales.
Revisión avance de proyecto
El Interventor revisará bajo su responsabilidad, las actas de avance de proyecto, las modificaciones a las cantidades de obra, el valor de la obra ejecutada y los acumulados, y toda la información adicional esté correcta, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada.
Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará obras que estén por fuera del contrato original, sus anexos y modificaciones y que no hayan sido previamente aprobadas por la ANI y debidamente incluidas mediante actas de autorización para modificación de cantidades de obra, o contrato adicional, según sea el caso.
Otras funciones
Con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del proyecto y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprende, además de la gestión técnica, financiera, administrativa y jurídica del contrato suscrito para la realización de las obras objeto de esta interventoría, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar a la ANI en todos los asuntos de orden técnico, financiero, administrativo, y jurídico que se susciten durante el desarrollo de los trabajos, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen entre otras las siguientes funciones:
• Exigir al Contratista la ejecución directa o indirecta de manera idónea y oportuna del contrato, sus anexos y modificaciones.
• Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato de concesión, las condiciones contractuales técnicas, financieras, administrativas y jurídicas del mismo, durante la ejecución de contrato de interventoría.
• Efectuar todos los estimativos y presupuestos que la Agencia Nacional de Infraestructura solicite.
• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las solicitudes y consultas de la ANI, en materia técnica, financiera, administrativa y jurídica.
DATOS BASICOS
1. Plazo
El plazo de ejecución del contrato será de seis (6) meses a partir de la suscripción del acta de Inicio del Contrato de Interventoría.
2. Lugar de Ejecución
Contrato | Ubicación |
Contrato de Concesión Portuaria No 002 de 2011 | El Terminal Marítimo concesionado Sociedad Portuaria Puerto Bahía , cuyo lugar de ejecución del contrato está ubicada en la Bahía xx Xxxxxxxxx, en la isla de Barú en el sitio denominado "La Pulga' entre la desembocadura del Canal del Dique y Bahía Honda, corregimiento de Santa Xxx, del Distrito Turístico y Cultural xx Xxxxxxxxx de Indias, departamento xx Xxxxxxx. |
3. Alcance técnico
El interventor deberá realizar el control de todas las actividades inherentes al Contrato de Concesión y sus documentos modificatorios, velando por el estricto cumplimiento de lo establecido en las especificaciones técnicas del contrato, y normas técnicas aplicables vigentes y sus documentos modificatorios y la normatividad vigente en cuanto a los aspectos técnicos, legales, administrativos, y financieros.
El contratista deberá hacer interventoría a todas las actividades descritas en el Contrato de Concesión Portuaria, a sus anexos y modificaciones, hasta la fecha en que termine el Contrato de Interventoría o la Concesión revierta a la Nación, lo que ocurra primero.
La consultoría a realizar tiene por objeto llevar a cabo la interventoría y seguimiento del Plan de Inversiones, vigilancia en la operación, y en caso de ser necesario reversión del contrato de concesión portuaria.
La interventoría a contratar de acuerdo con el alcance y objeto de la Concesión Portuaria, tendrá pero no se limitara las siguientes obligaciones Generales:
4. Obligaciones Generales
(i) Gestión Administrativa: Gestión Administrativa: Realizar los procesos y actividades para la gestión administrativa del Contrato de concesión y del contrato de Interventoría, que pudieran implicar interacción con el concesionario y/o la Agencia Nacional de Infraestructura. Lo anterior implica el establecimiento de un sistema de coordinación y comunicación eficiente entre las partes incluyendo la entrega, el registro, control y archivo de información de forma oportuna y organizada, la digitalización de correspondencia y documentación del proyecto, la recepción y verificación de informes, entre otros.
(ii) Gestión Técnica: Realizar los procesos y actividades relacionadas con la medición, pruebas, evaluación y verificación de procedimientos, intervenciones y desempeño de los concesionarios en el área técnica durante las actividades
(iii)Gestión Financiera: Realizar los procesos y actividades relacionadas con la supervisión de los contratos en aspectos financieros entre el contratista y la Agencia Nacional de Infraestructura.
(iv) Gestión Jurídica: Realizar los procesos y actividades enfocadas en la verificación, aplicación y cumplimiento de los aspectos regulatorios y contractuales relacionados con el contrato de concesión portuaria No. 002 de 2011, así como apoyar a la Agencia Nacional de Infraestructura en todos los aspectos jurídicos que se susciten en el desarrollo de dicho contrato. En virtud de ello, informar oportunamente sobre cualquier incumplimiento del
Concesionario en relación con las obligaciones contractuales y normativas a su cargo, recomendando el procedimiento a seguir y la tasación de la multa respectiva en caso que aplique.
(iv)Gestión Ambiental: Desarrollar las actividades y procesos enfocados a verificar el cumplimiento de las obras, los programas y medidas de manejo ambiental establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental acogido y aprobado por la Autoridad Ambiental competente. Así mismo, verificar el cumplimiento de las obligaciones y requerimientos establecidos por la Autoridad Ambiental competente en la Licencia Ambiental, de los permisos por demanda, uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales y en los actos administrativos de seguimiento y control. Por otra parte, deberá verificar el cumplimiento a las obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo la obligación del cumplimiento de la Normatividad Ambiental vigente.
En caso de no dar cumplimiento a las obligaciones anteriormente descritas, la Interventoría deberá informar y requerir oportunamente al Concesionario con copia a la Gerencia Ambiental y Social de la ANI, dicho incumplimiento, estableciendo términos y tiempos específicos. En caso de persistir la situación, deberá solicitar las sanciones correspondientes.
(v) Gestión Social: Realizar seguimiento a los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones sociales contenidas en los instrumentos de Gestión Social aplicables a proyectos de infraestructura de transporte desarrollados por la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI (Plan Social Básico, Plan Social Básico Contractual, Plan de Compensaciones Socioeconómicas, Plan de Reasentamiento y el Plan de Gestión Social del Plan de manejo ambiental, con el fin de lograr la minimización y mitigación de los impactos sociales que genere la ejecución del proyecto. Incluye la verificación del cumplimiento xx xxxxx en materia de atención al usuario, seguimiento del trámite que da el Contratista a peticiones, quejas o inquietudes de las comunidades con respecto al manejo social del proyecto y en general la verificación de la aplicación de la normativa aplicable y las directrices que sobre la materia dicte el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
(vi) Gestión de Seguros: Realizar los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones relacionadas con la consecución y mantenimiento de los seguros, pólizas y garantías exigidos para el proyecto, verificando entre otros la correcta y oportuna expedición de las mismas y validez jurídica considerando lo definido en los contratos de concesión portuaria.
(vii) Gestión de Riesgos: Diseñar e implantar un sistema dedicado a la identificación y previsión de los principales riesgos asociados con el Contrato, que permita prever, organizar y realizar acciones frente a la posibilidad de materialización de riesgos y minimización de impactos, que pudieran poner en riesgo la viabilidad y buena ejecución de los contratos de concesión portuaria.
5. Presupuesto
Para determinar el valor del contrato de Consultoría a celebrar, se ha tenido en cuenta el perfil, la experiencia del contratista, la responsabilidad de las actividades que va a asumir y el plazo de las actividades que tendrá a su cargo. El presupuesto estimado para el cumplimiento del proyecto de consultoría se especifica en el formato correspondiente al presupuesto oficial.
El valor del presupuesto oficial asciende a la suma de DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE
($280.865.232) IVA incluido y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
Con base en el presupuesto oficial para los seis (6) meses, se establece el siguiente valor mensual:
ítem | Unidad | Valor * |
Interventoría de Concesión Portuaria que incluye pero no se limita a la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Jurídica, Ambiental, Social Y Predial al Contrato de Concesión Portuaria No – 002 de 2011 suscrito entre el Instituto Nacional de Concesiones INCO hoy Agencia Nacional de Infraestructura ANI y la Sociedad Portuaria Puerto Bahía. | Mes | $46.810.872 |
El valor del presente contrato corresponde a un valor global fijo ofertado por virtud del cual en interventor se obliga a ejecutar el Contrato en su integridad, en los términos y condiciones descritos en el presente Contrato y en los anexos “Metodología y Plan de cargas” y “Requerimiento Técnico”, por lo tanto la Agencia no reconocerá valores mayores a los establecidos en este en este documento.
De acuerdo con las obligaciones establecidas en la Cláusula Décima del Contrato de Concesión, el Concesionario deberá expedir una certificación a través de la cual garantice que cuenta con los recursos suficientes para respaldar el pago de la interventoría externa que se genere con ocasión del proceso de selección que adelante el INCO hoy Agencia Nacional de Infraestructura. El CONCESIONARIO deberá pagar el valor de la interventoría externa en los términos y condiciones del contrato que para el efecto suscriba el INCO hoy ANI. En el evento en que el pago de interventoría externa se realice en forma extemporánea, EL CONCESONARIO se hará responsable del pago de los correspondientes intereses xx xxxx.
En cumplimiento de lo anterior, el concesionario mediante comunicación 2015-409-039761-2 del 03 de julio de 2015 ha remitido comunicación indicando que:
“(…) para garantizar la disponibilidad de recursos, les adjuntamos una instrucción expresa de SPPB y una certificación de Fiduciaria Bogotá S.A. Sociedad Fiduciaria, en las que manifiesta expresamente que dentro de las cuentas, creadas en virtud del contrato de xxxxxxx xx xxxxxxx de SPPB, existen fondos suficientes para la contratación de la interventoría de la ANI, que se desarrollará en virtud del Contrato de Concesión Portuaria No. 002 de 2011.
De conformidad con sus instrucciones SPPB, expide y aporta una certificación de disponibilidad por una suma de Doscientos Ochenta Millones Ochocientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Treinta y Dos Pesos M/Cte ($280.865.232), este monto corresponde al presupuesto ajustado para un periodo de seis (6) meses de dedicación de profesionales de interventoría lo cual permite optimizar el presupuesto inicial propuesto por la ANI en la comunicación del 11 xx xxxxx de 2015”
El contrato de interventoría objeto del presente concurso de méritos se encuentra pactado a precio global, por lo tanto La Agencia no reconocerá valores mayores a los establecidos en este documento.
En el valor del presupuesto oficial del presente proceso de selección, se encuentran contemplados los ajustes xx Xxx. Por lo anterior, los valores propuestos cubrirán todos los costos fijos y variables de la Interventoría, incluyendo el salario mínimo legal, los incrementos de IPC, además de todos los costos directos e indirectos, generales, financieros, beneficios, impuestos y de cualquier otro tipo en que incurra el Interventor para el correcto cumplimiento y ejecución de la totalidad de las obligaciones a cargo del Interventor, de acuerdo con este Pliego, el Contrato y sus Anexos.
6. Forma de pago
La Agencia Nacional de Infraestructura a través del CONCESIONARIO pagará un valor mensual de CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE. ($46.810.872) IVA Incluido.
a) Una vez adelantado el trámite pertinente, el pago mensual que debe hacerla Agencia como retribución a las labores de interventoría, están condicionados a la previa aprobación que ésta de los informes, diagnósticos o productos que deba presentar el Interventor a la Agencia durante el correspondiente periodo mensual y a la presentación de las certificaciones de los pagos de aportes parafiscales, quedando el pago de la última cuenta supeditado a la aprobación del informe final de Interventoría.
b) El valor del Contrato corresponderá a un precio global fijo ofertado por virtud del cual el Interventor se obliga a ejecutar el Contrato en su integridad, en los términos y condiciones descritos en el presente documento y en los demás documentos del proceso.
c) La discriminación de ciertos factores del presupuesto que debe entregar el interventor para la firma del acta de inicio, no implica que se haya acordado a precios unitarios, ni deben reconocerse obligaciones por concepto de gastos rembolsables, tampoco implicará que le sea reconocida cualquier variación en los precios o en la cantidad de unidades ofrecidas en la Propuesta.
d) La discriminación de precios que debe entregar el interventor para la firma del acta de inicio, sólo será tenida en cuenta y utilizada para adelantar las labores de liquidación de presentarse una terminación anticipada del contrato, caso en el cual se pagarán y reconocerán los servicios
prestados, costos de personal y los ítems de otros costos hasta la fecha de terminación, únicamente al valor establecido en dicha discriminación.
e) En el evento en que una vez suscrita el Acta de Inicio del contrato de Interventoría, según los términos del contrato durante el primer mes, no se encuentre aprobada la totalidad del Equipo de Trabajo requerido en el Plan de Cargas y en la Hoja de Datos, el pago mensual se reducirá en la proporción equivalente al Equipo de Trabajo que no haya sido aprobado por la ANI durante el periodo a retribuir, tomando como base el presupuesto desagregado el cual deberá ser entregado por el Interventor para la firma del Acta de Inicio. La reducción de la retribución de que trata el presente literal, no impedirá la imposición de multas en los términos del presente documento.
f) Igualmente, si durante la ejecución del Contrato de Interventoría, se evidencia que no se cuenta con la totalidad del personal requerido contractualmente, el pago mensual se reducirá en la proporción equivalente al Equipo de Trabajo aprobado por la ANI durante el periodo a retribuir, tomando como base el presupuesto desagregado entregado por el Interventor para la firma del Acta de Inicio. La reducción de la retribución de que trata el presente literal, no impedirá la imposición de multas en los términos del presente documento.
g) El primer y último pago se realizarán de acuerdo al número de días reales del mes de ejecución del contrato de interventoría, es decir, será proporcional a los días ejecutados teniendo como base mes de 30 días.
h) Estos pagos se realizarán mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntará la certificación bancaria con vigencia no mayor a 30 días[AMAF1].
i) Una vez aprobado el informe mensual por parte de la Agencia, previo cumplimiento del contratista de los requisitos para la presentación de la cuenta, y la verificación y aprobación por parte de la Entidad del informe mensual de actividades, así como del cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales y de seguridad social; los pagos al contratista serán efectuados por el CONCESIONARIO dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicación que haga la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI en las oficinas del CONCESIONARIO[AMAF2] de la Autorización de pago.
El incumplimiento en los días de pago generará un interés xx xxxx a la Tasa Máxima Legal Vigente a partir del día siguiente al incumplimiento y hasta el día de pago[AMAF3].
j) El CONCESIONARIO hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
k) El pago final está condicionado a la entrega del informe final del contrato de interventoría, previa
aprobación por parte del supervisor del contrato y a la prórroga de la garantía única en caso de que haya lugar a ello.
7. Personal Profesional Mínimo
La experiencia del personal profesional no será objeto de calificación. El proponente ganador una vez adjudicado el contrato deberá presentar hoja de vida de todos y cada uno de los profesionales que conformaran su equipo de trabajo, el cual debe cumplir con las exigencias indicadas en el Anexo correspondiente. La aprobación del personal presentado por el interventor será requisito previo para la suscripción del acta de inicio. El acta de inicio se realizara una vez el proponente ganador presente como mínimo la hoja de vida con sus soportes correspondientes a los siguientes profesionales dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la adjudicación del proceso de selección:
CARGO | DEDICACIÓN |
Director de Interventoría | 20% |
Ingeniero Residente | 100% |
El personal restante necesario para ejecutar el contrato de interventoría (“Personal Obligatorio”) deberá presentarse por el Interventor a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio y estar aprobado a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su presentación, so pena de iniciar las acciones sancionatorias establecidas en el Contrato de Interventoría. En el evento que la entidad tenga observaciones, aplicarán los mismos términos indicados.
El personal profesional requerido en este numeral deberá ser presentado con las hojas de vida, certificaciones y soportes necesarios para acreditar las profesiones, postgrados y la experiencia mínima solicitada, de conformidad con lo señalado en el siguiente numeral
La experiencia y titulación de cada uno de los profesionales requeridos, se encuentra en la Hoja de Datos.
8. Hoja de Datos
HOJA DE DATOS | |
PROCESO CONCURSO DE MERITO ABIERTO No. | |
OBJETO | Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Jurídica, Ambiental, Social Y Predial Al Contrato De Concesión Portuaria No – 002 De 2011 Suscrito Entre El Instituto Nacional De Concesiones INCO Hoy Agencia Nacional De Infraestructura ANI Y La Sociedad Portuaria Puerto Bahía. |
ALCANCE INTERVENTORIA | Los objetivos de la interventoría se relacionan a continuación: (i) Gestión Administrativa: Realizar los procesos y actividades para la gestión administrativa del Contrato de Interventoría, que pudieran implicar interacción con el concesionario y/o la Agencia Nacional de Infraestructura. Lo anterior implica el establecimiento de un sistema de coordinación y comunicación eficiente con estas contrapartes incluyendo la entrega y archivo de información de forma oportuna y organizada, la digitalización de correspondencia y documentación del proyecto, la recepción y verificación de informes, entre otros. (ii) Gestión Técnica: Realizar los procesos y actividades relacionadas con la medición, pruebas, evaluación y verificación de procedimientos, intervenciones y desempeño del concesionario en el área técnica durante las actividades (iii) Gestión Financiera: Realizar los procesos y actividades relacionadas con la supervisión del contrato en aspectos financieros entre el contratista y la Agencia Nacional de Infraestructura. (iv) Gestión Jurídica: Realizar los procesos y actividades enfocadas en la verificación, aplicación y cumplimiento de los aspectos regulatorios y contractuales relacionados con el contrato de concesión portuaria, así como apoyar a la Agencia Nacional de Infraestructura en todos los aspectos jurídicos que se susciten en el desarrollo de dicho contrato. En virtud de ello, informar oportunamente sobre cualquier incumplimiento del Concesionario en relación con las obligaciones contractuales y normativas a su cargo, recomendando el procedimiento a seguir y la tasación de la multa respectiva en caso que aplique. (viii) Gestión de Seguros: Realizar los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones relacionadas con la consecución y mantenimiento de los seguros, pólizas y garantías exigidos para el proyecto, verificando entre otros la correcta y oportuna expedición de las mismas y validez jurídica considerando lo definido en los contratos de concesión portuaria. |
PLAZO | El plazo de ejecución del contrato será de seis (6) contados meses a partir de la suscripción del acta de Inicio del Contrato de Interventoría. |
PRESUPUESTO OFICIAL | El valor del presupuesto oficial asciende a la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($278.746.247) IVA incluido. |
FORMA DE PAGO | La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANI cancelará el valor del contrato en pagos mensuales, cada uno dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación y aprobación de las facturas correspondientes, previa presentación del informe de Interventoría el cual deberá contar con la revisión y aprobación del Supervisor del contrato, así mismo, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales y de seguridad social, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y la ley 1150 de 2007. |
En el evento que el contrato termine anticipadamente por la razón señalada en el numeral 9 del presente documento, el último mes de ejecución se pagará en proporción a los días de servicios efectivamente prestados.[MCAL4] a) Una vez adelantado el trámite pertinente, el pago mensual que debe hacerla Agencia como retribución a las labores de interventoría, están condicionados a la previa aprobación que ésta de los informes, diagnósticos o productos que deba presentar el Interventor a la Agencia durante el correspondiente periodo mensual y a la presentación de las certificaciones de los pagos de aportes parafiscales, quedando el pago de la última cuenta supeditado a la aprobación del informe final de Interventoría. b) El valor del Contrato corresponderá a un precio global fijo ofertado por virtud del cual el Interventor se obliga a ejecutar el Contrato en su integridad, en los términos y condiciones descritos en el presente documento y en los demás documentos del proceso. c) La discriminación de ciertos factores del presupuesto que debe entregar el interventor para la firma del acta de inicio, no implica que se haya acordado a precios unitarios, ni deben reconocerse obligaciones por concepto de gastos rembolsables, tampoco implicará que le sea reconocida cualquier variación en los precios o en la cantidad de unidades ofrecidas en la Propuesta. d) La discriminación de precios que debe entregar el interventor para la firma del acta de inicio, sólo será tenida en cuenta y utilizada para adelantar las labores de liquidación de presentarse una terminación anticipada del contrato, caso en el cual se pagarán y reconocerán los servicios prestados, costos de personal y los ítems de otros costos hasta la fecha de terminación, únicamente al valor establecido en dicha discriminación. e) En el evento en que una vez suscrita el Acta de Inicio del contrato de Interventoría, según los términos del contrato durante el primer mes, no se encuentre aprobada la totalidad del Equipo de Trabajo requerido en el Plan de Cargas y en la Hoja de Datos, el pago mensual se reducirá en la proporción equivalente al Equipo de Trabajo que no haya sido aprobado por la ANI durante el periodo a retribuir, tomando como base el presupuesto desagregado el cual deberá ser entregado por el Interventor para la firma del Acta de Inicio. La reducción de la retribución de que trata el presente literal, no impedirá la imposición de multas en los términos del presente documento. f) Igualmente, si durante la ejecución del Contrato de Interventoría, se evidencia |
que no se cuenta con la totalidad del personal requerido contractualmente, el pago mensual se reducirá en la proporción equivalente al Equipo de Trabajo aprobado por la ANI durante el periodo a retribuir, tomando como base el presupuesto desagregado entregado por el Interventor para la firma del Acta de Inicio. La reducción de la retribución de que trata el presente literal, no impedirá la imposición de multas en los términos del presente documento. g) El primer y último pago se realizarán de acuerdo al número de días reales del mes de ejecución del contrato de interventoría, es decir, será proporcional a los días ejecutados teniendo como base mes de 30 días. h) Estos pagos se realizarán mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntará la certificación bancaria con vigencia no mayor a 30 días. i) Una vez aprobado el informe mensual por parte de la Agencia, previo cumplimiento del contratista de los requisitos para la presentación de la cuenta, y la verificación y aprobación por parte de la Entidad del informe mensual de actividades, así como del cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales y de seguridad social; los pagos al contratista serán efectuados por el CONCESIONARIO dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicación que haga la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI en las oficinas del CONCESIONARIO de la Autorización de pago. El incumplimiento en los días de pago generará un interés xx xxxx a la Tasa Máxima Legal Vigente a partir del día siguiente al incumplimiento y hasta el día de pago. j) El CONCESIONARIO hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. k) El pago final está condicionado a la entrega del informe final del contrato de interventoría, previa aprobación por parte del supervisor del contrato y a la prórroga de la garantía única en caso de que haya lugar a ello. |
PERSONAL Y PLAN DE CARGAS DE TRABAJO
CARGO | DEDICACION |
Director de Interventoría | 20% |
Financiero | 50% |
Subdirector Técnico | 20% |
CARGO | DEDICACION |
Especialista en Estructuras | 20% |
Ingeniero Ambiental | 20% |
Abogado Especialista | 30% |
Contador | 50% |
Profesional Social | 20% |
Ingeniero Residente | 100% |
Auxiliar ANI | 100% |
Conductor - Mensajero | 100% |
REQUISITOS DEL PERSONAL
A continuación se enuncian los requisitos técnicos y de experiencia de la totalidad del personal requerido:
CARGO | FORMACION ACADEMICA | EXPERIENCIA | |
Experiencia General | |||
Matrícula profesional vigente (o título profesional en caso de que esté legalmente permitido el ejercicio de la respectiva profesión desde la fecha de graduación) como: Ingeniero civil, Ingeniero de Vías y/o Transporte, Ingeniero Industrial, Economista, Administrador Marítimo o Administrador de empresas. | Deberá tener una experiencia general mínima de ciento cuarenta y cuatro (144) meses, contado a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. Para los profesionales extranjeros la experiencia general se computará a partir de la fecha de la acreditación para el ejercicio de la profesión, conforme a la legislación interna de cada país | ||
Director Interventoría | de | Estudios de posgrado: título de especialización, maestría o doctorado en cualquier de las siguientes áreas: Ingeniería Civil, Ingeniería de Puertos, Gerencia de Proyectos o Evaluación de Proyectos o Evaluación Financiera, Gerencia de Obras, Administración de Empresas, Economía, Finanzas, Gerencia Financiera, Gerencia de Proyectos Portuarios o relacionados con el modo Portuario. | Experiencia Especifica: mínimo de ciento veinte (120) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: Ejercicio profesional en la empresa privada, como (i) Director de Interventoría o Supervisión de contratos de concesión de puertos; (ii) Director, Subdirector o Gerente de estudios y/o diseño y/o construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o operación de Infraestructura portuaria o puertos; (iii) |
Director de Supervisión o Interventoría de proyectos de diseño y/o construcción de Infraestructura Portuaria; (iv) Director, Subdirector o Gerente de proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria; o (v) Director, Subdirector o Gerente de Interventoría o Supervisión de proyectos de concesión y/o construcción y/o rehabilitación de infraestructura de transporte en los modos Carretero, Férreo o Aéreo; o (vi) Director, Subdirector o Gerente de Interventoría o Supervisión de proyectos de estudios y/o diseño proyectos de infraestructura de transporte en los modos Carretero, Férreo o Aéreo. Ejercicio profesional en entidades estatales y/o en organismos multilaterales, como funcionario del nivel directivo o asesor, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con (i) diseño y/o construcción y/o rehabilitación y mejoramiento y/o mantenimiento y operación de proyectos de proyectos de Infraestructura Portuaria; (ii) proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria; o (iii) proyectos de Infraestructura de Transporte en los modos Carretero, Férreo o Aéreo. | ||
Experiencia General: | ||
Mínimo ciento veinte (120) meses de experiencia contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. | ||
Experiencia Especifica: | ||
Subdirector de Interventoría | Matrícula profesional vigente (o título profesional en caso de que esté legalmente permitido el ejercicio de la respectiva profesión desde la fecha de graduación) de ingeniero civil o de vías y/o transporte | Mínimo de ochenta y cuatro (84) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: Ejercicio profesional en la empresa privada, como experiencia en campo, en cualquiera de las siguientes modalidades: |
(i) Director, Subdirector, Gerente, Subgerente o Ingeniero residente de proyectos de construcción o de rehabilitación o de mejoramiento de Infraestructura Portuaria; (ii) |
Director, Subdirector, Gerente, Subgerente, Especialista o Ingeniero residente de Supervisión o de Interventoría de proyectos de construcción o rehabilitación o mejoramiento de Infraestructura portuaria; (iii) Director, Subdirector, Gerente, Subgerente o Ingeniero residente de proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria o de Supervisión o Interventoría de proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria; (iv) Funcionario del nivel directivo o asesor o ejecutivo o profesional especializado, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades operativas relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de Proyectos de Infraestructura Portuaria, o de concesión de Infraestructura Portuaria. Ejercicio profesional en entidades estatales y/o en organismos multilaterales, como funcionario del nivel directivo o asesor o ejecutivo o profesional especializado, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos de diseño y/o construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de Proyectos de Infraestructura Portuaria, o de concesión de Infraestructura Portuaria. | ||
Coordinador Financiero | Título profesional en Economía, Administración de empresas, ingeniería industrial, administración financiera, administración y finanzas o contaduría pública. Título de Postgrado en modalidad de especialización o maestría en áreas afines | Experiencia General: Deberá tener una experiencia general mínima de ciento veinte (120) meses contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. Para los profesionales extranjeros la experiencia general se computará a partir de la fecha de la acreditación para el ejercicio de la profesión, conforme a la legislación interna de cada país. Experiencia especifica: mínimo de ochenta y cuatro (84) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida, en cualquiera de las siguientes opciones experiencia relacionada con funciones de banca de inversión, modelación |
Ingeniero Residente | Matrícula profesional vigente (o título profesional en caso de que | Experiencia General: |
esté legalmente permitido el ejercicio de la respectiva profesión desde la fecha de graduación) de ingeniero civil o de vías y/o transporte. | Mínimo sesenta (60) meses de experiencia contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. Experiencia Especifica: | |
mínimo de (36) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:, | ||
Ejercicio profesional en la empresa privada, como experiencia en campo, en cualquiera de las siguientes modalidades: (i) Ingeniero residente de proyectos de construcción o de rehabilitación o de mejoramiento de Infraestructura Portuaria; (ii) Ingeniero residente de Supervisión o de Interventoría de proyectos de construcción o rehabilitación o mejoramiento de Infraestructura portuaria; (iii) Ingeniero residente de proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria o de Supervisión o Interventoría de proyectos de concesión de Infraestructura Portuaria; (iv) Funcionario del nivel profesional, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades operativas relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento y/o diseño de Proyectos de Infraestructura Portuaria, o de concesión de Infraestructura Portuaria. (v) Ingeniero Residente de Interventoría o Supervisión de proyectos, proyectos de estudios y/o diseño de proyectos de infraestructura de transporte en los modos Carretero, Férreo o Aéreo. | ||
Ejercicio profesional en entidades estatales y/o en organismos multilaterales, como funcionario del nivel profesional, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos de diseño y/o construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de Proyectos de Infraestructura Portuaria, o de concesión de Infraestructura Portuaria y/o proyectos, proyectos de estudios y/o diseño de proyectos de infraestructura de transporte en los modos Carretero, Férreo o Aéreo. |
Ingeniero Ambiental | Poseer título de ingeniero civil o de vías y transporte o ingeniero forestal o ingeniero sanitario certificado mediante diploma de pregrado o acta de grado con tarjeta profesional vigente, con título de especialización o Maestría o Doctorado en el área ambiental Ó Poseer título de Ingeniero Ambiental certificado mediante diploma de pregrado o acta de grado con tarjeta profesional vigente | Experiencia General: Mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. Experiencia Especifica: Mínimo de treinta y seis (36) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida. La experiencia específica se acreditará como profesional en el área ambiental, en proyectos de Interventoría y/o Construcción y/o Mantenimiento y/o Modernización para Proyectos y/o Concesiones en Infraestructura de Transporte y/o en Proyectos de Infraestructura portuaria |
Poseer título de Ingeniero Civil o de Vías y Transporte certificado mediante diploma de pregrado o acta de grado con tarjeta profesional vigente, con título de especialización o Maestría o Doctorado en el área de Estructuras | Experiencia general: Mínimo noventa y seis (96) meses de experiencia contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. Experiencia especifica: | |
Especialista en Estructuras | Mínimo de sesenta (60) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida. La experiencia específica se acreditará como La experiencia especifica se acreditará en estudios estructurales para proyectos de infraestructura vial, ferrocarriles, oleoductos y/x xxxxxxx y/o la interventoría de los proyectos de infraestructura, puentes, xxxxxxxx, viaductos vehiculares y/o en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: | |
Ejercicio profesional en la empresa privada en la disciplina para la cual fue propuesto y/o | ||
Ejercicio profesional en entidades estatales y/o en organismos multilaterales, como funcionario del nivel directivo o asesor o ejecutivo o profesional especializado, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la disciplina para la que fue propuesto. |
Abogado especialista | Poseer título de Abogado, expedido por la respectiva Universidad debidamente acreditada conforme a la legislación del Estado. Copia de la matricula o tarjeta profesional vigente para profesionales Colombianos. Los profesionales extranjeros, deberán cumplir ésta exigencia para la ejecución del contrato conforme a las normas vigentes. Deberá contar con título de especialización o maestría o doctorado en temas relacionados con Derecho Administrativo, Contratación Estatal, Derecho Público y/o Gestión Pública | Experiencia general: Mínimo Noventa y seis (96) meses contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. Experiencia especifica: Mínimo de sesenta (60) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida., en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: Ejercicio profesional en la empresa privada en actividades de asesoría contractual en temas relacionados con temas portuarios. Ejercicio profesional en entidades estatales y/o en organismos multilaterales, como funcionario del nivel directivo o asesor o ejecutivo o profesional especializado o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la ejecución de tareas relacionadas con aspectos contractuales en proyectos portuarios. |
Título profesional en Contaduría pública. O Título de Postgrado en modalidad de especialización o maestría en áreas afines. | Experiencia General: No menor de (48) meses contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión. Experiencia Específica: | |
Contador | Mínimo de treinta y seis (36) meses acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de presentación de la hoja de vida. | |
La experiencia específica se acreditará como Profesional Administrativo y Contable o Revisoría Fiscal o Tributaria, en proyectos de Estructuración y/o Interventoría y/o Construcción y/o Mantenimiento y/o Modernización para Proyectos y/o Concesiones en Infraestructura de Transporte y/o en Proyectos de Infraestructura portuaria; y/o Banca de Inversiones; y/o Mercado de |
Capitales; y/o Manejo de Modelos Financieros; y/o Project Finance para proyectos públicos y/o privados. | ||
Poseer título de trabajador Social, Psicólogo, Sociólogo y/o Antropólogo, expedido por la respectiva Universidad debidamente acreditada conforme a la legislación de cada Estado. | Experiencia General Deberá tener una experiencia general mínima de cuarenta y ocho (48) meses contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. | |
Profesional Área Social | Para los profesionales extranjeros la experiencia general se computará a partir de la fecha de la acreditación para el ejercicio de la profesión, conforme a la legislación interna de cada país. Experiencia Especifica: | |
Mínimo de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión hasta la fecha de cierre del plazo del presente concurso de méritos en manejo social con comunidades en proyectos de Interventoría y/o Construcción y/o Mantenimiento y/o Modernización para Proyectos y/o Concesiones en Infraestructura de Transporte y/o en Proyectos de Infraestructura portuaria. | ||
Auxiliar ANI | Poseer diploma xx xxxxxxxxx | Deberá tener una experiencia general mínima de treinta y seis (36) meses, en la empresa privada o en entidades oficiales o en organismos multilaterales, como auxiliar administrativo desarrollando actividades administrativas y contables. |
Conductor – Mensajero | Poseer diploma xx xxxxxxxxx. | Experiencia acreditada no inferior a veinticuatro (24) meses contados a partir de la fecha de expedición de la licencia de conducción, la cual debe encontrarse vigente. |
RECURSOS FISICOS
Alquiler Vehículos de más de 2000 cm3 y Pago de Peajes, viajes y subsidios de Transporte | Alquiler de los vehículos necesarios para cumplir con sus funciones, para los cuales deberá relacionarse la marca, modelo, tipo y capacidad. El mismo deberá ser camioneta doble cabina y doble tracción de mínimo 2000 cc modelo 2014 o posterior. El color de los vehículos será blanco y tendrá identificaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura y de la interventoría de acuerdo a lo solicitado posteriormente por la Agencia. El vehículo deberá estar disponible siempre de que la Agencia Nacional de Infraestructura lo solicite para las respectivas labores de supervisión y/o visitas programadas. |
Papelería, Fotocopias, Heliografías, Edición de Informes, otros | EL interventor deberá contar con todos los recursos de papelería, fotocopias, Heliografías, planos etc. para la correcta presentación de los informes. |
Batimetría, ensayos de laboratorio y mediciones de campo | El interventor deberá realizar por lo menos un estudio de batimetría al año de conformidad con las características y en las zonas que indique el supervisor ANI. Así como también deberá realizar las pruebas de laboratorio que se requieran de acuerdo al desarrollo de la necesidad que establezca el Supervisor ANI. |
Comunicaciones | El Interventor proveerá tres (01) equipos nuevos de telefonía celular de última tecnología con plan de voz ilimitados e internet de alta velocidad, uno será asignado a la Gerencia de proyectos portuarios de la Agencia y los otros se tendrá en disposición para los profesionales del equipo de trabajo, los cuales deben asegurar la comunicación en tiempo real. El Interventor debe garantizar una comunicación efectiva de voz y datos para el desarrollo de sus actividades |