Carta Acuerdo entre el Servicio de Catastro e Información Territorial, Colegios de Escribanos I y II y Colegio de Profesionales de la Agrimensura I y II
Carta Acuerdo entre el Servicio de Catastro e Información Territorial, Colegios de Escribanos I y II y Colegio de Profesionales de la Agrimensura I y II
En la ciudad xx Xxxxxxx a los 31 días del mes xx xxxx del 2010, se reúnen, el Sub Administrador Provincial del Serv icio de Catastro e Información Territorial CP Xxxxxxx Santiago Xxxxxxxxxx, la Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe Primera Circunscripción Esc. Xxxxxx Xxxxxxxxxx, la Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción Esc.Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, el Presidente del Colegio de Profesionales de la Agrimensura Distrito Norte Agrim. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx y la Presidente del Colegio de Profesionales de la Agrimensura Distrito Sur Agrim. Xxxxxxx Xxxxxxxxx, quienes en el carácter indicado suscriben la presente Carta Acuerdo sujeta a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Este acuerdo tiene por finalidad avanzar en el cumplimiento efectivo de la Ley Nacional 26.209 mediante: 1) la efectivización de la gestión de certificados catastrales, todo ello en el marco de lo normado por los artículos 22, 48 y 49 Ley 2.996 con las modificaciones de la 10.547 y Decretos Nº 4.972/91 – Nº 1.919/95 y Nº 3.151/01 y artículo 17 de la ley Nacional de Catastro 26.209; 2) completar en un término perenterio, los trámites pendientes de registración de planos de mensuras, relacionados a la emisión por parte del SCIT de certificados catastrales de inmuebles cuyo estado parcelario no se encontraba constituido, mediante la presentación de una orden de trabajo de mensura.---------------------------------------------------------------------- SEGUNDA: Cuando se presente una solicitud de certificado catastral, de un inmueble cuyo estado parcelario no esté constituido mediante plano de mensura inscripto y vigente, podrá presentarse una orden de trabajo de mensura, la que deberá contener la constancia del inicio del expediente en el Colegio de Profesionales de la Agrimensura (sello del Colegio y Nº de Expediente), firmada por comitente/es y profesional/es de la agrimensura y copia del título del inmueble correspondiente. En este caso el SCIT emitirá, de acuerdo a los antecedentes obrantes en sus registros, certificado catastral certificado catastral para este inmueble por única vez y generará un Código de certificado catastral (94) con un origen especial “O”, que facilitará su fiscalización, para evitar reiteraciones. A los fines de su cumplimentación se acompaña modelo de formulario de Orden de Trabajo del Colegio de Profesionales de la Agrimensura. Dicha orden es la obligación ante el SCIT del profesional Agrimensor, de registrar el plano de mensura en el SCIT para regularizar la situación parcelaria del inmueble, en un plazo no mayor de 24 meses.-----------------------------------------------------------------------
Orden de Trabajo
En todos los casos que se requiera plano de mensura, que no implique subdivisión se puede solicitar el certificado catastral, con una orden de trabajo.- - - - - - - - - - - - - - - - -
Para los casos que existe plano de mensura inscripto, que no estén incorporados en el archivo del SCIT deberá presentarse copia del mismo certificada.- - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERA: En los casos que se citan a continuación la orden de trabajo no resulta viable.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Cuando exista transferencia con deducción de lo vendido y no se cuente con plano de remanente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
b) Cuando existan títulos remanentes originados por diferencias de planos.- - - - - - - - - -
c) En el caso de que conste en el título de remanente por obra pública, según Decreto 336/93.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
d) Cuando de los antecedentes catastrales se desprenda que el inmueble está afectado por un accidente topográfico, (vías férreas, arroyos, canales).- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Cuando existiera en el título la indicación de deducción de superficie ocupado por vías de comunicación (autopistas, vías férreas, rutas).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Para los casos de trámites de actos de usucapión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Cuando se trate de títulos provenientes de un plano de mensura para anexar y se quiera modificar el destino de su origen.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
h) Cuando se trate de títulos para anexar en zona rural y se quiera modificar su origen.-
i) 1- Para la Primera Circunscripción: Cuando el título no cita ninguna medida ni superficie.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2- Para la Segunda Circunscripción: Cuando al título le falte alguno de los siguientes elementos: arranques o medidas, o los mismos sean incorrectos.
J) Cuando el valor fiscal del inmueble supere los $ 150.000.-Dicha limitación no regirá para cualquier transferencia o constitución de Derechos Reales a título gratuito y tampoco será aplicable para la constitución de Hipotecas.-------------------------------------
Lo enumerado anteriormente, será requerido independientemente de la emisión de certificados anteriores.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
XXXXXX:
En el caso de otorgamiento de escrituras con certificados catastrales con orden de trabajo dicha circunstancia deberá constar en el cuerpo de la misma.-------------
QUINTA: Se extiende a 24 meses, contados a partir de la fecha de emisión del certificado catastral respectivo, el plazo de 180 días otorgado originalmente por parte del SCIT a los Profesionales de la Agrimensura, para proceder a completar la gestión necesaria para la registración de los planos de mensura relacionados a órdenes de trabajo emitidas bajo los términos del Acta Acuerdo registrada como Convenio Nº 3.476 el 3/12/2008 al folio 040, Tomo VII en el Registro de Tratados. El SCIT remitrá a los Colegios intervinientes el listado de expedientes pendientes de registración mensualmente. El presente plazo de 24 meses, corresponde a la obligación del Profesional de la Agrimensura ante el SCIT y no lo exime de responsabilidades ante otros.---------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: Se acuerda un plazo de 24 meses computados a partir de la firma del presente, para proceder a completar por parte de los Profesionales de la Agrimensura la registración de los planos de mensura relacionados a órdenes de trabajo anteriores a la fecha del Convenio mencionado en la cláusula anterior, que facilitaron la emisión de Certificados Catastrales. El SCIT remitirá el listado de expedientes pendientes de registración a los colegios intervinientes. El presente plazo, corresponde a la obligación del Profesional de la Agrimensura ante el SCIT y no lo exime de responsabilidades ante otros.---------------------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: Los Colegios de Escribanos y Agrimensores, según la materia de su incumbencia, arbitrarán los medios y controles necesarios a fin de velar por el cumplimiento de lo acordado y de corroborarse contravenciones, informará a los Colegios para que en función de su incumbencia procedan a corregirlas, reservándose el derecho de dar por finalizado el presente convenio por su incumplimiento.--------------
OCTAVA: La presente acta compromiso tendrá una vigencia de un año que podrá ser renovado por automáticamente de no mediar declaración escrita de dar por finalizado por alguna de las partes. Así mismo en cualquier momento cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el presente convenio debiendo notificar fehacientemente con treinta días de anticipación de esa decisión a la otra parte .------------------------------------
NOVENA: Las partes constituyen domicilio: el Servicio de Catastro e Información Territorial en calle Xxxxxxxx 2260 de la ciudad de Santa Fe, El Colegio de Escribanos I Circunscripción en xxxxx Xxx Xxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, el Colegio de Escribanos II Circunscripción en xxxxx Xxxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, el Colegio de los Profesionales de la Agrimensura Distrito Norte en xxxxx Xxx Xxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx y el Colegio de los Profesionales de la Agrimensura Distrito Sur en xxxxx Xx. Xxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx.-------------------------------------------
En prueba de conformidad, se firman seis (6) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha enunciados en el encabezamiento.---------------------------------