ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ELABORACIÓN DE LA CATEGORIZACIÓN Y DIAGNÓSTICOS DE LAS VIVIENDAS DE LOS HOGARES HABILITADOS POR FONVIVIENDA, PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO DE MEJORAMIENTOS DE VIVIENDA CASA DIGNA VIDA DIGNA; Y LA EJECUCIÓN...
ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ELABORACIÓN DE LA CATEGORIZACIÓN Y DIAGNÓSTICOS DE LAS VIVIENDAS DE LOS HOGARES HABILITADOS POR FONVIVIENDA, PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO DE MEJORAMIENTOS DE VIVIENDA CASA DIGNA VIDA DIGNA; Y LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y ACCIONES DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA PRODUCTO DE DICHOS DIAGNÓSTICOS, EN LAS ZONAS O PREDIOS PRIORIZADOS CORRESPONDIENTES AL MUNICIPIO XX XXXXX – ANTIOQUIA.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A SATISFACER
1.1. ANTECEDENTES PARTICULARES DEL PROYECTO
El día 5 xx xxxxx de 2019, el CONTRATANTE, es decir, el Fideicomiso Programa Casa Digna Vida Digna y FINDETER suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 1 cuyo objeto es “El CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE en forma profesional e independiente, bajo su exclusiva responsabilidad, y con plena autonomía jurídica, técnica y administrativa, a prestar asistencia técnica al FIDEICOMISO-PROGRAMA “CASA DIGNA VIDA DIGNA”, con el objeto de ejecutar los recursos del subsidio familiar de vivienda urbana en la modalidad de mejoramiento de vivienda”.
El contrato de prestación de servicios suscrito entre FINDETER y el Fideicomiso Programa Casa Digna Vida Digna, dispuso en el numeral 2.2 Gestión Precontractual de la Cláusula Segunda – Obligaciones de FINDETER del Contrato de prestación de servicios: “(…) 2.2.1 Elaborar los estudios previos y términos de referencia para la contratación de los mejoramientos efectivos conforme a los parámetros indicados por el Fideicomiso para su respectiva aprobación por parte órgano competente del Fideicomiso y posterior publicación. 2.2.2. Recibir las propuestas presentadas por los proponentes, que le sean entregadas por el CONTRATANTE, y responder por su custodia y confidencialidad hasta el momento de su devolución al CONTRATANTE. 2.2.3 Verificar que el proponente cumpla con los requisitos definidos en los términos de referencia del respectivo proceso de selección, sus adendas y anexos, teniendo como soporte los documentos que se adjunten a la propuesta. 2.2.4 Realizar la evaluación de las propuestas presentadas por los proponentes conforme al procedimiento establecido en los términos de referencia de la convocatoria 2.2.5 Presentar al CONTRATANTE los informes de evaluación de las convocatorias, donde se establezca el orden de elegibilidad para la selección del CONTRATISTA por el órgano competente del Fideicomiso. El contenido mínimo de los informes será el que establezca el Manual Operativo. 2.2.6 Cuando lo estime pertinente, corroborar la información aportada, acudiendo a las personas, empresas o entidades de donde provenga la información aportada por el proponente. 2.2.7 Solicitar oportunamente al CONTRATANTE, cuando sea necesario, prorrogar o modificar los plazos establecidos para la entrega de los productos, justificando su solicitud. En todo caso, la decisión de realizar la prórroga o modificación será del Comité Técnico del Fideicomiso (…)”
El acta de Inicio del Contrato de prestación de servicios mencionado fue suscrita el 06 xx xxxxx de 2019.
De acuerdo al numeral 2.3.1 de la cláusula segunda (obligaciones de FINDETER) del contrato de prestación de servicios, es obligación de la entidad, suscribir un Convenio Tripartito con FONVIVIENDA y la Entidades Territoriales, que tiene como objeto: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento vivienda urbana, tendientes a superar las
condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento de vivienda Casa Digna Vida Digna regulado en el Decreto 867 de 2019 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan”
El día 23 de septiembre de 2020 se suscribió con el Municipio xx Xxxxx – Antioquia y la mepresa de Vivienda e Infraestructura de Antioquia - VIVA, el Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda y FINDETER el convenio de cooperación No 017 – 2020, cuyo objeto es “aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento de vivienda Casa Digna, Vida Digna regulado en el Decreto 867 de 2019 incorporado en el Decreto 1077 de 2015 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan ”
El día 15 de diciembre de 2020, se suscribió la prórroga al plazo de ejecución del convenio señalado, hasta el 31 de diciembre de 2021.
En atención a lo estipulado en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil que dio origen al Fideicomiso – Programa Casa Digna Vida Digna, esté realizará convocatoria para llevar a cabo (i) La elaboración de la categorización y de los diagnósticos para la asignación de los subsidios a los grupos familiares del programa de vivienda Casa Digna Vida Digna ubicados en diferentes municipios a nivel nacional y (ii) La ejecución de las actividades y acciones de mejoramiento de vivienda que resultaren necesarias.
1.2. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN
En 2015, se trazaron a nivel mundial los Objetivos de Desarrollo Sostenible del Milenio (ODS) como una hoja xx xxxx para la agenda de todos los países miembros; como una contribución para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y asegurar que todos los seres humanos disfruten xx xxx y prosperidad. Dentro de estos objetivos, se establece el número 11: Lograr que las ciudades y asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, teniendo como una de sus metas para el 2030: Asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.
Estos objetivos, se alinean con las bases del Plan de Desarrollo de Colombia propuesto para 2018- 2022, “Pacto por Colombia Pacto por la Equidad”, el cual busca “que entre todos construyamos un pacto por Colombia, un pacto por la equidad, un pacto para construir entre todos el país que queremos”
1. De esta manera, las bases del plan se dividen en una serie de Pactos estructurales de acuerdo con las temáticas a trabajar y las metas a cumplir. El tercer pacto por la equidad “Política social moderna centrada en la familia, eficiente, de calidad y conectada a mercados” hace referencia en el inciso E a la Vivienda y entorno digno e incluyente, basándose en que “De los 1.095.594 hogares urbanos estimados con déficit cualitativo, el 52,2% tienen deficiencias de alcantarillado; el 27,2%, de hacinamiento mitigable; el 24,9% de cocina; el 14,4%, de acueducto; y el 8,2%, de pisos” (Datos XXXX
- XXXX, 0000x) 2. Por lo que se evidencia que, a pesar de los esfuerzos realizados en materia de
1PAG 35 documentos Bases de Plan de Desarrollo 2018-2022 2PAG 279 documentos Bases de Plan de Desarrollo 2018-2022
vivienda de tipo cuantitativo, persisten los retos mayoritariamente en la reducción del déficit cualitativo.
El presente proceso se enmarca entonces en los objetivos planteados por las bases del Plan de Desarrollo, dentro de los cuales se establece: “a) Mejorar las condiciones físicas y sociales de viviendas, entornos y asentamientos precarios, a través de la implementación de políticas para el mejoramiento de vivienda y barrios para los hogares de menores ingresos, configurando el programa Casa Digna Vida Digna del Ministerio de Vivienda, de la mano de prosperidad Social ( PS) y Min Agricultura para la implementación de una estrategia integral de mejoramiento de vivienda y barrios de manera diferenciada”.
El programa Casa digna Vida Digna, contiene diferentes acciones encaminadas al mejoramiento de vivienda, entre las cuales se encuentra el proceso de Diseñar instrumentos que garanticen la operación del programa en sus distintas etapas (contratación, ejecución, supervisión y seguimiento), por lo cual el presente proceso pretende llevar a cabo la elaboración de la categorización y los diagnósticos como condición previa para la asignación de subsidios de grupos familiares al subsidio de mejoramiento de vivienda Casa Digna Vida Digna y luego para la ejecución de las actividades y acciones de mejoramiento de vivienda producto de los diagnósticos derivados de la presente convocatoria.
La implementación del Programa impacta de manera positiva en la salud de los beneficiados, ya que mediante el mejoramiento de las condiciones físicas y sociales de viviendas y su entorno, se genera el desarrollo de hábitos saludables de higiene y disminuye el riesgo de adquirir enfermedades garantizando otros derechos fundamentales consagrados Constitución Política de Colombia.
En el mismo sentido, se evidencia que una vivienda en óptimas condiciones permite que las personas fortalezcan su sentido de pertenencia frente a la comunidad, mejoren sus relaciones interpersonales y de esta forma se consolide un ambiente pacífico y agradable para los habitantes.
Esta política se sustenta en el compromiso adquirido con la implementación de la nueva Agenda Urbana en América Latina y el Caribe. Específicamente, en lo entendido a la consolidación de: “…una vivienda apropiada significa mucho más que un simple techo. De hecho, también significa privacidad, espacio adecuado, accesibilidad física, seguridad apropiada, seguridad de tenencia, estabilidad y confiablidad estructural, iluminación, ventilación y calefacción apropiadas; también implica infraestructura básica adecuada, como suministro de agua y servicios sanitarios y de manejo de residuos; cualidades ambientales adecuadas y factores relacionados con la salud; una buena ubicación respecto a instalaciones básicas y laborales.”3
Así las cosas, el Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) asignado por FONVIVIENDA en la modalidad de mejoramiento, es un beneficio en especie que se asigna a la población que presenta carencias habitacionales y que con las condiciones establecidas en el Decreto 867 de 2019 tiene el objeto de mejorar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de estructura
3xxxxx://xx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxxx/ ONU Hábitat. Viviendas y mejoramientos de asentamientos precarios.
de las viviendas de los hogares beneficiarios, a través de mejoras locativas o intervenciones de tipo estructural que pueden incluir obras de mitigación de vulnerabilidad.
Al respecto resulta pertinente resaltar que, en el marco de la presente convocatoria, el alcance del proyecto se enfocará únicamente en las mejoras locativas de las diferentes viviendas postuladas y debidamente categorizadas y diagnosticadas, de conformidad con el objeto a contratar.
2. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL OBJETO A CONTRATAR
2.1 OBJETO
Elaboración de la categorización y diagnósticos de las viviendas de los hogares habilitados por FONVIVIENDA, para la asignación del subsidio de mejoramientos de vivienda Casa Digna Vida Digna; y la ejecución de las actividades y acciones de mejoramiento de vivienda producto de dichos diagnósticos, en las zonas o predios priorizados correspondientes al municipio xx XXXXX - ANTIOQUIA.
2.2 ALCANCE DEL PROYECTO
En el presente capitulo se describen la metodología y los productos que se debe considerar en cada vivienda (proyecto de mejoramiento).
Para el cumplimiento del objeto del contrato, es necesario tener en cuenta dos (2) Fases para la ejecución de cada mejoramiento como se describe a continuación:
Tabla 1 Descripción del Alcance
FASE | DESCRIPCIÓN DEL ALCANCE |
Fase 1 | Categorización: Validación preliminar e Identificación del estado de la vivienda a partir del concepto del tipo de mejoramiento y el diligenciamiento del respectivo formato de inspección domiciliaria para categoría I, o formato de peritaje técnico para categoría II y III sólo en el caso de mejoramiento estructural, según sea el caso. Para este proceso se deberá ejecutar el plan de gestión social, y reputacional (PGSR), con base en los lineamientos establecidos por FINDETER. |
Diagnóstico: Identificación de las necesidades de las viviendas categorizadas y la proposición de soluciones. Se realiza el concepto del tipo de mejoramiento en la vivienda emitido por parte del CONTRATISTA y aprobado por el INTERVENTOR, levantamiento técnico arquitectónico, propuesta técnica de mejoramiento, presupuesto y cantidades de obra, registro fotográfico, cronograma de actividades del mejoramiento y acta de concertación. Para este proceso se deberá ejecutar el plan de gestión social y reputacional (PGSR), con base en los lineamientos establecidos por FINDETER. | |
Fase 2 | Ejecución de las obras de mejoramientos: Ejecución de las obras, plan de gestión social y reputacional (PGSR) con base en los lineamientos establecidos por FINDETER, entrega de los mejoramientos, cierre y liquidación. |
2.3. DESCRIPCIÓN DE LAS ZONAS DE INFLUENCIA
La zona de influencia en la que se realizará las actividades a contratar son los barrios del municipio xx Xxxxx ubicado en el Departamento de Antioquia.
2.4. LISTA DE POTENCIALES BENEFICIARIOS
El Municipio realizó el levantamiento de la información de los requisitos establecidos de cada uno de los potenciales beneficiarios, la cual fue registrada en el sistema de información (página web) disponible para el efecto. FONVIVIENDA determinará la lista de los anteriores potenciales beneficiarios habilitados con base en la verificación realizada (etapa de habilitación), de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna.
2.5. NÚMERO DE VIVIENDAS A INTERVENIR
El número de viviendas a intervenir será estructurado a partir de listado inicial de hogares habilitados por FONVIVIENDA para incluir dentro de la acción del presente objeto contractual. Contiene los datos específicos y de localización para el municipio beneficiario, y será entregado por el supervisor (FINDETER) al CONTRATISTA, y a la INTERVENTORIA seleccionada, una vez se suscriba el acta de inicio del contrato.
Frente a dicho listado podrán presentarse las siguientes situaciones de carácter especial: 1) EL CONTRATISTA deberá documentar los casos en que las viviendas priorizadas no puedan ser sujeto de mejoramiento conforme a la categorización inicial que debe realizar el contratista, esta situación debe ser informada al Interventor quien verificará la justificación presentada y consultará a FINDETER con el fin de gestionar con la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna, el reemplazo de la vivienda 2) Si como resultado de lo anterior, o por motivos disponibilidad presupuestal, en el marco de la ejecución del contrato se genera la posibilidad de adicionar nuevos potenciales beneficiarios, el CONTRATISTA alertará a la INTERVENTORIA sobre esta situación con el fin de que dicho suceso sea comunicado a FINDETER. En el caso en el que se presentare esta situación y una vez puesta en conocimiento, FINDETER adelantará las acciones pertinentes frente a la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna para efectos de adicionar, a la ejecución del contrato, nuevas viviendas, conforme a lo establecido en el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna.
El ahorro producido por la diferencia entre el Presupuesto Estimado (PE), incluido en los términos de referencia, y el valor de la propuesta para evaluación económica presentada por el CONTRATISTA, se tendrá como valor adicional para el desarrollo del objeto del contrato que se destinará en un número mayor de viviendas y/o intervenciones de obra. En todo caso, el porcentaje de descuento ofertado en la propuesta para evaluación económica será considerado en los pagos según se describe en la forma de pago del presente documento.
Nota: El número de viviendas a mejorar estará determinado hasta agotar el presupuesto estimado (monto agotable).
2.6. SUBSIDIO POR UNIDAD DE VIVIENDA
De acuerdo con el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna, dentro de la convocatoria se ejecutará la categoría I modalidad de intervención locativa,
para la cual el valor máximo del subsidio que otorga el Gobierno Nacional a cada hogar para el mejoramiento de la vivienda puede ser de hasta 12 SMMLV, conforme a la Tabla 2. Categorización de las intervenciones.
Tabla 2. Categorización de las intervenciones.
Categoría | Descripción |
I | Viviendas cuya intervención no es estructural y requiere mejoras locativas. Estas intervenciones no requieren licenciamiento. |
II | Viviendas que requieren una intervención estructural y mejoras locativas, y estas últimas pueden desarrollarse sin necesidad de efectuar previamente la intervención estructural. |
III | Viviendas que requieren una intervención estructural y mejoras locativas, y la intervención estructural, que puede incluir mitigación de vulnerabilidad sísmica, debe efectuarse previo a las mejoras locativas. Estas intervenciones requieren licenciamiento. |
Fuente: Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna, MCVT.
Realizada la categorización, para efectos del contrato a ejecutar en esta convocatoria, el CONTRATISTA sólo llevará a cabo las labores de diagnóstico a las viviendas que el haya identificado para mejoras locativas, es decir, sólo desarrollará los diagnósticos a las viviendas clasificadas en la categoría I.
El subsidio asignado a cada hogar en la categoría I en lo referente a mejoras locativas será la sumatoria de los subsidios del orden municipal, departamental y nacional y puede llegar hasta 12 SMMLV de 2021 es decir $10.902.312 o más, en caso de contar con otras fuentes de cofinanciación (Ver Nota al final de este numeral). Este monto debe cubrir el 100% de los costos de diagnóstico y de obra.
Adicionalmente, y en lo referente al presupuesto a pagar por las mejoras que serán realizadas, se resalta que el Municipio respectivo podrá realizar aportes superiores a los designados por FONVIVIENDA frente al subsidio por unidad de vivienda.
Nota: Cuando se presenten cofinanciaciones de las entidades territoriales o cualquier otra entidad otorgante, y estos aportes, superen el tope de los 12 SMMLV establecido en esta sección, el monto asignado por FONVIVIENDA no puede superar el tope de los 12 SMMLV por lo que deben respetarse los porcentajes de cofinanciación fijados en los convenios respectivos. Igualmente, esto no implica que el valor de la categorización y diagnóstico pueda superar 1 SMMLV de 2021, para esta convocatoria. En caso de las cofinanciaciones en su momento se determinará entre Fonvivienda y el cofinanciador la forma como serán aplicada dichos montos.
3. ENTREGABLES DURANTE EL DESARROLLO DEL CONTRATO
En el presente capitulo se describen los entregables que se deben considerar en el desarrollo del contrato, en adición a los documentos o productos que se generen y requieran en desarrollo del contrato descritos en los siguientes numerales: 4. METODOLOGÍA Y PRODUCTOS DE LOS PROYECTOS DE MEJORAMIENTO, 5. ACTAS POR CADA VIVIENDA, 6. VISITA DE VERIFICACIÓN DEL MEJORAMIENTO Y CERTIFICADO DE EXISTENCIA DEL MEJORAMIENTO
y 7. ACTAS GENERALES DEL CONTRATO y demás, de estos estudios previos.
El CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato deberá entregar los siguientes informes, tanto en la Fase 1 “Categorización y Diagnóstico” y Fase 2 “Ejecución de las obras de mejoramiento”, por lo cual a continuación se describirán los respectivos informes aclarando que su pertinencia dependerá de la actividad que se esté ejecutando.
3.1. Informe Mensual
El CONTRATISTA, deberá presentar un informe mensual, donde resuma las actividades realizadas durante el periodo, según el formato suministrado por el supervisor (FINDETER). Estos deberán ser aprobados por la INTERVENTORIA y contener como mínimo, la siguiente información:
a. Información general del contrato (Nombre del Contratista, representante legal, Nit, teléfono, mail, fecha de acta de inicio, fecha de terminación, duración del contrato en meses, número de viviendas a intervenir, valor del contrato, número del contrato, Municipio y Departamento a intervenir).
b. Tabla resumen del avance del estado de la categorización donde se evidencie la cantidad de viviendas categorizadas y el resultado de esta categorización.
c. Tabla resumen del avance del estado de los diagnósticos donde se evidencien la cantidad de viviendas diagnosticadas, así como su estado y sus requerimientos.
d. Estado de avance de ejecución del contrato y por unidad vivienda.
e. Análisis de los atrasos y las acciones implementadas y a implementar para la ejecución correcta y en el tiempo de la obra por vivienda, en caso de que se requiera, o lo solicite el INTERVENTOR o el supervisor.
f. Relación del personal empleado en la ejecución de la obra.
g. Capítulo de seguridad industrial.
h. Avance en el cumplimiento del plan de gestión social y reputacional.
i. Avance en el cumplimiento del plan manejo ambiental.
j. Capítulo de calidad de los materiales y accesorios empleados.
k. Actualización del cronograma general de ejecución del contrato.
l. Acreditación que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
m. Capítulo del plan de manejo de post mejoramiento.
Nota: Los informes o documentos relacionados en este subnumeral que contengan la descripción “cuando aplique”, serán presentados por el CONTRATISTA según la Fase que se encuentre en ejecución.
3.2. Informe Final
El CONTRATISTA, deberá presentar un informe final, donde resuma las actividades realizadas en la ejecución del contrato, según el formato suministrado por FINDETER. Estos deberán ser aprobados por la INTERVENTORIA y contener como mínimo, la siguiente información:
a. Información general del contrato (Nombre del Contratista, representante legal, Nit, teléfono, mail, fecha de acta de inicio, fecha de terminación, duración del contrato en
meses, No de viviendas a intervenir, valor del contrato, número del contrato, Municipio y Departamento a intervenir).
b. Tabla resumen del estado de la categorización donde se evidencie la cantidad de viviendas categorizadas y el resultado de esta categorización
c. Tabla resumen del estado de los diagnósticos donde se evidencien la cantidad de viviendas diagnosticadas, así como su estado y sus requerimientos
d. Estado de ejecución del contrato y por unidad de vivienda
e. Análisis de los atrasos, cambios en cantidades de obra y las acciones implementadas para la ejecución correcta y en el tiempo de la obra por vivienda, en caso de que se requiera, o lo solicite el INTERVENTOR o el supervisor.
f. Relación del personal empleado en la ejecución de la obra.
g. Capítulo de seguridad industrial.
h. Cumplimiento del plan de gestión social y reputacional.
i. Avance en el cumplimiento del plan de manejo ambiental.
j. Capítulo de calidad de los materiales y accesorios empleados.
k. Actualización del cronograma general de ejecución del contrato.
l. Acreditación que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
m. Cantidades de obra y costos de las intervenciones ejecutadas de todos los mejoramientos.
n. Capítulo del plan de manejo de post mejoramiento.
o. Acta de entrega y acta de recibo final del contrato.
p. Conclusiones y recomendaciones.
3.3. Diligenciamiento del sistema de información
El CONTRATISTA deberá utilizar las herramientas digitales dispuestas por FINDETER (sistema de información) para el seguimiento y control de la ejecución de los mejoramientos y cargue de la información solicitada, para que posteriormente pueda haber aprobaciones por parte del Interventor.
4. METODOLOGÍA Y PRODUCTOS DE LOS PROYECTOS DE MEJORAMIENTO
En el presente capitulo se describen la metodología y los productos que se debe considerar en cada vivienda (proyecto de mejoramiento).
4.1. FASE 1: CATEGORIZACION Y DIAGNÓSTICO
4.1.1. Categorización
Suscrita el acta de inicio por el CONTRATISTA y el Interventor, se procede a la evaluación inicial del estado físico de los inmuebles de los hogares potenciales habilitados para categorizar.
Este proceso se denomina categorización y consta de una visita inicial a cada una de las viviendas, a cargo del CONTRATISTA en compañía de la INTERVENTORIA (de manera simultánea) y consiste en
la identificación del estado de la vivienda habilitada. El resultado de esta visita es definir la categoría de intervención, que debe detallar:
1. Si la vivienda es objeto de mejoramiento, y
2. La clasificación de la vivienda según la categoría establecida en el artículo 2.1.1.7.9 del Decreto 867 y de conformidad con Tabla 2. Categorización de las intervenciones.
Para la presente convocatoria, el resultado apto para diagnóstico se establece cuando la visita arroja que la vivienda se encuentra clasificada en la categoría I mejoras locativas, determinando así, que el inmueble es susceptible de intervención.
Si en esta visita inicial se identifica que la vivienda se encuentra en alguna de las siguientes condiciones: construida con material transitorio o perecedero, no cuenta con disponibilidad de servicios públicos de acueducto y alcantarillado (prestados por sistemas convencionales o no convencionales), no cuenta con vías de acceso (pavimentadas o no pavimentadas), el predio no cumple con los usos del suelo del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), o se presenta cualquier otra circunstancia que sea debidamente justificada por el CONTRATISTA y aprobada por el Interventor; la vivienda no es susceptible de mejoramiento y el resultado de la categorización debe ser: hogar habilitado no apto para diagnóstico. Esta información se deberá diligenciar en los formatos establecidos por FINDETER los cuales serán entregados al CONTRATISTA al momento de iniciar la ejecución del contrato.
Así mismo, los hogares pasan al estado hogar habilitado no apto para diagnóstico cuando el primer acercamiento indica que la vivienda no es susceptible de mejoramiento, ya sea porque no requiere de ninguna de las mejoras detalladas en la sección “Priorización de las obras” de estos estudios previos, o porque la solución habitacional del hogar no es el mejoramiento sino la adquisición o construcción de una vivienda.
4.1.1.1. Procedimiento para la Categorización
En el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna, del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se establece el procedimiento para la categorización, el cual indica lo siguiente:
(…)
La categorización debe hacerse a partir del diligenciamiento del formato de inspección domiciliaria para categoría I, o formato de peritaje técnico para categoría II y III según se establece en el concepto de tipo de mejoramiento (…)
Nota: El ejecutor o INTERVENTOR podrán modificar los formatos, previa aprobación del operador. (…)4
El CONTRATISTA deberá diligenciar el formato suministrado por FINDETER que contenga el concepto de tipo de mejoramiento a realizar para cada una de las viviendas y el resultado del proceso,
4Manual Operativo del programa de mejoramiento de vivienda urbana “Casa Digna, Vida Digna”, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
el cual deberá determinar la categoría en la cual se encuentra cada una de ellas, el cual será revisado y aprobado por la INTERVENTORIA.
EL CONTRATISTA deberá documentar los casos qué viviendas priorizadas no puedan ser sujeto de mejoramiento. Esta situación debe ser informada al Interventor quien verificará la justificación presentada y consultará al Supervisor (FINDETER) con el fin de gestionar con la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna, la posibilidad de reemplazar la vivienda.
Si resultado de lo anterior, o por motivos presupuestales, en el marco de la ejecución del contrato se requiere adicionar nuevas viviendas, el CONTRATISTA alertará a la INTERVENTORIA sobre esta situación con el fin de que dicho suceso sea comunicado al Supervisor (FINDETER). En el caso en el que se presentare esta situación y una vez puesta en conocimiento, el Supervisor (FINDETER) adelantará las acciones pertinentes frente a la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna para realizar los ajustes respectivos.
4.1.2. Diagnóstico
Una vez el CONTRATISTA haya categorizado la vivienda y el resultado haya sido “Hogar habilitado apto para diagnóstico”, podrá iniciar la elaboración de los diagnósticos solo para las viviendas que requieran mejoras locativas.
El diagnóstico consiste en la identificación de las necesidades de las viviendas de los hogares habilitados aptos para diagnóstico y la proposición de soluciones. Se deben determinar las modalidades de intervención (numeral Priorización de Obras del presente documento) y las obras a desarrollar, para lo cual se requiere una propuesta por parte del CONTRATISTA.
Para el diagnóstico, el CONTRATISTA previamente debe realizar levantamiento arquitectónico identificando las carencias o falencias de la vivienda para presentar una propuesta técnica de mejoramiento que incluirá presupuesto, cantidades de obra, registro fotográfico, cronograma de actividades del mejoramiento y acta de concertación suscrita con el hogar habilitado apto para diagnóstico, para la posterior aprobación por parte del INTERVENTOR. Por último, el supervisor (FINDETER) deberá realizar la verificación de diagnósticos. Este diagnóstico se adelantará en forma paralela con la categorización y el CONTRATISTA deberá definir si estima conveniente adelantar visitas adicionales.
Nota: Las viviendas de los hogares identificados en el estado “Hogar habilitado no Apto para diagnóstico” y clasificadas en Categoría II y III, no serán objeto de diagnóstico en la presente convocatoria y tampoco pasarán a la Fase 2- Ejecución de obras de mejoramiento.
El CONTRATISTA iniciará la elaboración de los diagnósticos solo a las viviendas de los hogares identificados en el estado “Hogar habilitado Apto para diagnóstico” y clasificadas en Categoría I.
4.1.2.1. Procedimiento para el Diagnóstico
Para la presente convocatoria, una vez categorizada la vivienda, el diagnóstico se deberá enmarcar dentro de la siguiente categoría establecida en el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna del MVCT:
(…)
Diagnóstico para viviendas Categoría I
En estas viviendas las obras deben enmarcarse en la modalidad de mejoras locativas. El ejecutor debe describir las necesidades del hogar con las condiciones por subsanar en la Tabla 5. De acuerdo con esta descripción, debe presentar la propuesta técnica del mejoramiento de obras a desarrollar, atendiendo la priorización establecida en la Tabla 5.
Cabe anotar que para esta categoría se debe diligenciar el formato de inspección domiciliaria para mejoramiento locativo (…)
4.1.2.1.1. Priorización de las obras
El CONTRATISTA deberá enmarcar su propuesta de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna, del MVCT como mejoras locativas:
(…) MEJORAS LOCATIVAS
Las obras que se enmarcan en esta modalidad tienen la finalidad de mejorar las condiciones sanitarias, satisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de vida de los hogares beneficiarios. Esta modalidad de intervención tiene asociadas obras que no requieren de una licencia de construcción o acto de reconocimiento. Para esto, el ejecutor e INTERVENTOR deben diligenciar el formato de inspección domiciliaria para mejoramiento locativo (…)
Como resultado del diagnóstico el CONTRATISTA, debe plantear las necesidades de las viviendas a mejorar y establecer condiciones por subsanar y las obras a desarrollar, para lo cual debe acudir a la Tabla 3. Priorización de las condiciones por subsanar y obras asociadas.
Tabla 3. Priorización de las condiciones por subsanar y obras asociadas.
Fuente: Manual Operativo del Programa de Mejoramientos de Vivienda Urbana Casa Digna Vida Digna MCVT
(…)
El ejecutor debe llegar a un acuerdo con los posibles beneficiarios, por medio de un acta de concertación, en la que se determine el orden de priorización que mejor atiende las necesidades del hogar.
En estos casos, no es requisito indispensable ejecutar las obras en el orden planteado por la tabla 5, y las mismas pueden combinarse entre sí, de acuerdo con la concertación realizada entre el hogar y el ejecutor, validada por el INTERVENTOR.
Nota: en todo caso, en la ejecución de obras a desarrollar se deberá tener en cuenta lo referente a adecuaciones de espacio para personas con movilidad reducida, o condiciones espaciales para madres comunitarias, o adecuaciones que, por su carácter sociocultural, requieran los grupos étnicos o demás población.
(…)
• En caso de identificar una persona con discapacidad en el grupo familiar, las prioridades en las obras de mejoramiento deben estar enfocadas al cubrimiento de las necesidades específicas de estas personas de acuerdo con su condición. Debe diagnosticarse la necesidad tomando en cuenta la forma de movilizarse de la persona con discapacidad dentro de su hogar y tratar en la medida que sea posible la accesibilidad en la vivienda.
• Igualmente, todas las viviendas a mejorar deben procurar por incluir en el mismo principio básico de accesibilidad, que en cualquier momento un miembro de la familia puede adquirir una discapacidad, entre otros: dimensiones de las puertas, acabado de pisos con adherencia, desniveles, acceso a la vivienda, entre otros.
El CONTRATISTA deberá tener en cuenta para realizar el diagnóstico los siguientes aspectos de carácter general, técnicos y sociales, entre otros.
4.1.2.1.3. Aspectos generales
a. A partir de las visitas, el CONTRATISTA deberá realizar levantamiento arquitectónico, propuesta técnica de mejoramiento, presupuesto y cantidades de obra, registro fotográfico, cronograma de actividades del mejoramiento y acta de concertación.
b. Diligenciar en el sistema de información establecido por FINDETER toda la información resultado del diagnóstico de acuerdo con los lineamientos que se establezcan con el código del sistema de información.
4.1.2.1.4. Aspectos técnicos
Durante la Fase de diagnóstico el CONTRATISTA, deberá cumplir con la ejecución de las siguientes actividades
a. Levantamiento Arquitectónico
b. Propuesta técnica de mejoramiento
c. Presupuesto y cantidades de obra.
d. Registro fotográfico
e. Cronograma de actividades del mejoramiento
f. Acta de concertación
g. Para un mayor control de las viviendas diagnosticadas el CONTRATISTA deberá instalar un papel
adhesivo que se colocará en un lugar visible en la vivienda para poderla identificar, en el formato que establezca el supervisor (FINDETER).
4.1.2.1.5. Aspectos sociales (Remitirse al anexo “Lineamiento Plan de Gestión Social y Reputacional)
El propósito de la gestión social se encamina hacia el fortalecimiento del tejido social de los hogares beneficiarios del programa, de manera puntual a través de las estrategias de información clara y oportuna, relacionamiento estratégico, empoderamiento y sostenibilidad de los mejoramientos, así como las acciones que potencien los beneficios y minimicen los impactos sociales que se puedan generar durante la ejecución del contrato.
Para lograr lo anterior, el CONTRATISTA debe desarrollar los siguientes componentes con sus respectivos productos:
1. Componente lectura territorial
2. Componente comunicación, divulgación y acompañamiento social
3. Componente capacidad de mano de obra en la zona
4. Componente seguimiento y evaluación
La totalidad del componente de lectura territorial debe ejecutarse dentro de los primeros meses de ejecución del contrato, ya que esta será la base sobre la cual el CONTRATISTA formulará el plan de gestión social con las correspondientes metodologías a implementar durante la fase I y II. El PGS debe estar aprobado a más tardar antes de iniciar fase II.
Adicionalmente se deben asegurar las siguientes acciones:
a. Informar a las comunidades de los polígonos a intervenir el alcance del programa, etapas y el tipo de intervenciones que cubre el programa.
b. Informar al hogar sobre el proceso técnico que se realizará hasta llegar al concepto de viabilidad de la intervención y asignación del subsidio.
c. Informar al hogar sobre los criterios que aplican para categorizar la intervención en las categorías I, II y III.
d. Preparar a los equipos técnicos en pautas para el relacionamiento con los hogares.
e. Gestionar las situaciones con los postulados/hogares de acuerdo con la ruta de atención establecida por el Programa.
f. Acompañar y apoyar al equipo técnico en el proceso de priorización de las condiciones para el mejoramiento y concertación de las mismas.
g. Gestionar el diligenciamiento de los formatos sociales
h. Mantener una articulación con los equipos técnicos que permitan el desarrollo efectivo y eficiente del Programa.
i. Conocer y aplicar la Guía para el Acompañamiento Social del programa elaborada por el MVCT y las directrices de este.
j. Realizar en conjunto con el Ente Territorial el Plan de Trabajo concertado para la Intervención Social.
k. Identificación hogares potenciales para historias de vida a realizar por parte del MVCT, sobre los diagnosticados como aptos.
l. Aplicar las directrices contenidas en la “Ruta de Atención para el Manejo de Casos Especiales antes y durante las obras”.
m. Retroalimentar el Ente Territorial respecto a las necesidades/oportunidades identificadas en
los hogares que puedan articularse con los programas de emprendimiento y/o fortalecimiento que se adelanten por parte del ET.
Nota 1: Es necesario enfatizar con la comunidad y demás actores involucrados los diferentes momentos del proyecto, de manera que haya claridad sobre el momento en el que se está, motivo por el cual el trabajo comunitario en fase 1 tendrá carácter eminentemente preparatorio y de generación de insumos y condiciones favorables para una futura ejecución de obras. Por ello es muy importante la corroboración de la aceptación del proyecto y no oposición de la comunidad a su ejecución.
Nota 2: Se debe tener en cuenta que todas las acciones a implementar deben ser debidamente documentadas y presentadas al INTERVENTOR para su revisión y aprobación, y verificación por parte de FINDETER, quienes tendrán la potestad de solicitar subsanaciones y/o ajustes las cuales deberán ser subsanas en el plazo establecido.
4.1.3. Productos a entregar en la Fase 1
El CONTRATISTA deberá entregar al INTERVENTOR los siguientes productos por vivienda apta para diagnóstico, es decir categorizadas como Categoría I, los cuales deberán ser cargados en el sistema:
a) Concepto del tipo de mejoramiento en la vivienda emitido por parte del CONTRATISTA e INTERVENTOR
Valoración emitida por el CONTRATISTA e INTERVENTOR en donde se establece la categoría de la vivienda y la modalidad de intervención (mejoramiento locativo o estructural) y se incluye el formato de inspección de mejoras locativas o formato de peritaje técnico según sea el caso.
b) Levantamiento arquitectónico
Se deberá presentar un levantamiento arquitectónico del estado actual de la vivienda con los siguientes planos:
• Planta arquitectónica, en la cual se deberá identificar plenamente el área a intervenir. Conforme al formato establecido por el supervisor (FINDETER)
• Plano esquemático indicando, las instalaciones hidráulicas y sanitarias, eléctricas, y de gas (puntos estufa, calentador)
c) Propuesta técnica de mejoramiento
A partir de la categorización, se deberá presentar una propuesta técnica de mejoramiento que presente los siguientes entregables:
• Planta arquitectónica de la propuesta de mejoramiento: se deberá identificar plenamente el área a intervenir, las intervenciones a realizar (ej. muros, ventanas, acabados, pisos, etc.) y las medidas necesarias para estimar las cantidades de obra.
• Diseño de instalaciones hidrosanitarias (de requerirse):
El diseño del sistema hidrosanitario tiene por objeto lograr un abastecimiento óptimo del agua potable a la vivienda y la evacuación apropiada de las aguas residuales domésticas. Se deberá entregar en las áreas a intervenir:
⮚ Plano en planta de la red de acueducto – agua potable.
⮚ Plano en planta de la red sanitaria – aguas residuales.
• Instalaciones eléctricas (de requerirse):
El diseño de instalaciones eléctricas hace referencia a las instalaciones internas típicas para establecer, la cantidad y distribución de las tomas eléctricas, rosetas y conductores para cada espacio, siguiendo lo establecido en el reglamento RETIE. Se deberá entregar:
⮚ Plano general de las instalaciones eléctricas. El diseño debe contener la fuente de alimentación, el trazado de la acometida, la ubicación de las cajas, tablero, etc.
⮚ Análisis del proyecto: en el cual se identifique la demanda de energía eléctrica para la vivienda objeto de mejoramiento (iluminación y equipos), y establecer los alcances y limitaciones del diseño. Además, se debe verificar que el proveedor del servicio cuente con la capacidad de alimentar la demanda energética de la vivienda.
• Plano en planta esquemática indicando las instalaciones a gas (puntos estufa, calentador) (de requerirse)
• Plano en planta de cubierta indicando reparaciones (de requerirse)
Nota 1: Después de finalizado el mejoramiento, se deberá entregar los planos records de cada mejoramiento con los ajustes definitivos a la INTERVENTORIA para su aprobación respectiva.
Nota 2: Todos los planos deberán estar rotulados y firmados por el profesional responsable de los diseños y de la información contenida en ellos, identificando su nombre y número de matrícula profesional.
d) Xxxxxxxxxxx y cantidades de obra
Deberá presentar el presupuesto y las cantidades de obra para cada una de las viviendas de acuerdo con la propuesta técnica mejoramiento, según el subsidio otorgado para cada hogar, basado en la LISTA DE PRECIOS UNITARIOS contemplados en la propuesta económica. De igual manera, al elaborar el presupuesto deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas establecidas en los estudios previos. Este presupuesto deberá ser diligenciado en el sistema de información establecido. Si se requiere alguna actividad o ítem adicional que no se encuentre en el listado, es necesario que se realice el APU correspondiente, el cual debe ser revisado y aprobado por el Interventor y verificado por el supervisor (FINDETER) antes del inicio de la actividad a ejecutar.
e) Registro fotográfico
El registro fotográfico deberá evidenciar las condiciones de todas las áreas a intervenir y de los aparatos sanitarios existentes, especialmente cuando se propone reposición por mal estado, caso en el cual en dichas fotografías debe apreciarse claramente esta situación. El registro fotográfico (con un
mínimo de 300pp) deberá presentarse antes, durante y a la terminación de la obra, de la vivienda intervenida.
f) Cronograma de actividades del mejoramiento
Se deberá presentar un cronograma de ejecución del mejoramiento por cada una de las viviendas a intervenir, que indique la fecha de inicio y terminación del mejoramiento.
g) Acta de concertación
Proceso entre el hogar, CONTRATISTA, INTERVENTORIA y el representante del ente territorial que realiza la postulación del hogar, donde se define y se autoriza la priorización de intervenciones de acuerdo con las condiciones de vivienda identificadas en el levantamiento técnico. Se deberá firmar un acta de concertación donde quede especificada la conformidad y la conciliación del hogar respecto a la propuesta técnica de mejoramiento.
h) Plan de Gestión Social y Reputacional (PGSR)
Documento que consigna las actividades, productos, metodologías, instrumentos y planificación inicial para cumplir el propósito de la gestión social, el cual debe estar aprobado por INTERVENTORÍA antes de iniciar actividades de Fase II. El plazo para entrega del PGSR y la planeación de la entrega de los productos de Lectura Territorial serán definidos en la reunión cero estipulada en los lineamientos anexos. Para el desarrollo del Plan de gestión social y reputacional se debe tener en cuenta los lineamientos del Anexo.
4.1.4. Aprobación y verificación de diagnósticos
Una vez realizado el diagnóstico del mejoramiento, la INTERVENTORIA del contrato deberá emitir un concepto sobre la verificación del cumplimiento de los requisitos y validación del contenido de los productos dentro de los tres (3) días siguientes.
En caso de que el Interventor encuentre que deben realizarse ajustes o precisiones sobre el informe, serán solicitados por escrito al CONTRATISTA dentro del mismo término. Los ajustes o precisiones que se requieran deberán ser realizados por el CONTRATISTA, dentro del plazo establecido en la comunicación del Interventor en la que se indique tal situación en un término máximo tres (3) días. No obstante, este término podrá ser inferior de conformidad con la magnitud de los ajustes requeridos, momento en el cual la INTERVENTORIA podrá establecer la respectiva fecha límite.
Una vez recibidos los ajustes, la INTERVENTORIA tendrá máximo tres (3) días adicionales para su revisión. Si persisten las observaciones realizadas por la INTERVENTORIA en su informe inicial de revisión, el CONTRATISTA podrá ser sujeto de ser convocado a un procedimiento por presunto incumplimiento.
Una vez el Interventor encuentre que el Diagnóstico, presentado por el CONTRATISTA, está conforme con sus obligaciones, requisitos y contenidos especificados en estos estudios previos, emitirá el
respectivo concepto de aprobación, ingresándolo al sistema de información establecido por FINDETER con toda la información correspondiente al diagnóstico aprobado.
Una vez recibido el concepto por parte de la INTERVENTORIA, FINDETER, procederá a realizar una visita de chequeo en compañía del CONTRATISTA e Interventor a cada una de las viviendas, con el fin de verificar que el diagnóstico formulado y la propuesta técnica de diseño concuerdan con el estado actual de la vivienda. Las visitas por parte del Supervisor se realizarán de forma mensual o según se acuerde con el INTERVENTOR, considerando la disponibilidad del Supervisor.
Si como resultado de la visita se evidencian inconsistencias se requerirá al Interventor los ajustes que considere necesario. De requerirse ajustes al CONTRATISTA por parte de la INTERVENTORIA, el mismo deberá dar respuesta en el plazo establecido en el requerimiento, el cual no podrá superar el plazo establecido para esta actividad, es decir, tres (3) días.
En caso de que persistan las observaciones realizadas, el CONTRATISTA podrá ser sujeto de presunto incumplimiento.
Una vez FINDETER valide el Diagnóstico, informará a FONVIVIENDA sobre los diagnósticos declarados como DIAGNÓSTICOS EFECTIVOS con el fin de que esta entidad pueda asignar el subsidio a cada vivienda.
El CONTRATISTA deberá tener en cuenta que solo se le pagarán por parte de la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna, aquellos Diagnósticos Efectivos, es decir “…los diagnósticos que cuenta con el visto bueno del Interventor y operador del programa, el cual permite que los hogares pasen del estado por verificar a efectivo. Esto se da posterior a la visita de chequeo del operador...”5
Posterior a que FINDETER informe a la Fiduciaria Bogotá en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Programa Casa Digna Vida Digna que el diagnóstico es efectivo, FONVIVIENDA asignará el subsidio por el valor establecido en el diagnóstico aprobado. Es importante señalar que no se podrá dar inicio a la Fase 2 - Ejecución de obras de mejoramiento por vivienda, hasta tanto se asigne el subsidio por vivienda por parte de FONVIVIENDA.
4.2. FASE 2 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO
En esta Fase se deben ejecutar las actividades y obras de mejoramientos de la vivienda de acuerdo con el diagnóstico efectivo aprobado y socializado previamente con el jefe de hogar beneficiario.
Las obras de mejoramiento que se ejecuten en desarrollo de esta Fase 2 deberán realizarse en condiciones de funcionabilidad y calidad, cumpliendo como mínimo con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo No.3- Especificaciones Técnicas de estos Estudios Previos y con la normativa técnica aplicable y vigente.
5Definición de Diagnóstico Efectivo. Manual Operativo del programa de Mejoramientos de vivienda urbana “Casa Digna, Vida Digna”, MCVT.
Las Instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas, incluyendo materiales, puntos y aparatos, deben cumplir en lo pertinente con el Reglamento Técnico de Instalaciones Sanitarias RAS 2000, Norma NTC 1500 Código Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxx 000 xx 0000, Xxxxxxx 3102 de 1997, Decreto 1052 de 1998, Resolución 1096 de 2000 y actualizaciones) y el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE (Resolución No 18 0398 de 2004 del Ministerio de Minas y Energía y actualizaciones). En todo caso las bajantes, desagües y tuberías de ventilación deberán quedar protegidas en ductos o incrustadas en los muros, placas o en el cielo raso.
El CONTRATISTA deberá dar inicio a la ejecución de obras de cada hogar máximo quince (15) días calendario después de asignado el subsidio por parte de FONVIVIENDA y deberá contemplar los siguientes aspectos:
4.2.1. Aspectos técnicos
a) Adelantar los trámites de permisos, en caso de que se requieran.
b) Realizar apertura de las actas de vecindad con registro fotográfico, donde se señale el estado de las edificaciones e infraestructura adyacente que pueda verse afectada durante la ejecución del mejoramiento. Dichas actas deberán estar firmadas por los propietarios o representantes de las respectivas edificaciones, el CONTRATISTA, el profesional social del CONTRATISTA y la INTERVENTORIA. Las actas de vecindad deberán ser elaboradas antes del inicio de las actividades constructivas.
c) Firma del Acta de Inicio de obra del mejoramiento, la cual deberá estar suscrita entre el CONTRATISTA, el Interventor y el hogar beneficiario, mediante la cual se da inicio a las actividades de obra para el mejoramiento de la vivienda.
d) Abrir una bitácora por cada vivienda objeto de mejoramiento, donde se registrarán las diferentes actividades y acciones técnicas y sociales que se desarrollen con las familias beneficiarias; entrega de materiales, las órdenes, instrucciones, inconvenientes y recomendaciones al personal de construcción, integrantes y representantes de cada hogar que se deban tener en cuenta durante la ejecución de obra.
e) Garantizar el transporte de los materiales y equipos, así como los despachos y entrega oportuna al beneficiario en el sitio definido, cumpliendo los plazos establecidos en el cronograma.
f) Efectuar las reparaciones que sean necesarias a las áreas intervenidas y aledañas, que como consecuencia de los procesos constructivos sufran daños o alteraciones para su funcionamiento y/o estética.
g) Ejecutar las actividades y acciones de mejoramiento tanto en calidad, cantidades de obra y tiempo, con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios, sin exceder el valor del subsidio de mejoramiento otorgado al hogar por FONVIVIENDA.
h) Realizar las pruebas técnicas en conjunto con la INTERVENTORIA, que de acuerdo con el nivel de intervención se requieran, para garantizar la funcionalidad de las obras ejecutadas.
i) Entregar los planos récord de la intervención, suscritos por los responsables.
j) Firmar el acta de recibo del mejoramiento por parte del INTERVENTOR, CONTRATISTA y hogar beneficiario donde se relacione su alcance, se acredite el cumplimiento de la intervención, de las normas aplicables y donde conste el recibo a satisfacción por parte del beneficiario, la cual debe incluir un registro fotográfico de la intervención realizada.
k) El CONTRATISTA deberá presentar una base de datos que contenga toda la información requerida para la expedición del certificado de existencia del mejoramiento, conforme el formato establecido por FINDETER.
4.2.2. Aspectos sociales (Remitirse al anexo “Lineamiento Plan de Gestión Social y Reputacional)
Una vez desarrollada la lectura territorial de las zonas priorizadas el CONTRATISTA debe implementar el plan de gestión social aprobado. Para ello se deben tener en cuenta los siguientes componentes con sus respectivos productos:
1. Componente comunicación, divulgación y acompañamiento social
2. Componente capacidad de mano de obra en la zona
3. Componente seguimiento y evaluación
En el evento que se generen situaciones que ameriten la actualización de riesgos y del PGSR, se podrá proponer por parte del ejecutor, INTERVENTOR o supervisión; su factibilidad será evaluada por INTERVENTORÍA y supervisión.
4.2.3. Productos a entregar Fase 2
Además de los productos requeridos durante el desarrollo del contrato de estos estudios previos, el CONTRATISTA deberá entregar en el marco de la ejecución de la Fase 2 lo siguiente:
• Realizar cierre de las actas de vecindad donde se señale el estado de las edificaciones e infraestructura adyacente que pudieron verse afectadas durante la ejecución del mejoramiento. Dichas actas deberán estar firmadas por los propietarios o representantes de las edificaciones correspondientes.
• Realizar entrega de una carpeta individual por cada vivienda que contenga, acta de vecindad con su respectivo cierre, acta inicio de obra del mejoramiento, copia de la bitácora, planos récord, plan de gestión social y reputacional, y acta de recibo del mejoramiento, y fotos del antes y el después de las mejoras locativas realizadas.
El CONTRATISTA deberá acarrear con los gastos de reparación y/o cualquier tipo de reclamación de aquellos predios que presenten afectaciones durante la intervención, donde se demuestre que los daños son causa de las actividades constructivas de mejoramiento, estos costos no serán reconocidos por la entidad CONTRATANTE.
Los productos antes mencionados y demás requeridos para la ejecución de las actividades de esta Fase deberán estar suscritos, verificados y aprobados por la INTERVENTORIA, para su posterior ingreso en el sistema de información dispuesto por FINDETER.
5. ACTAS POR CADA VIVIENDA
Por cada vivienda, se deberán entregar las siguientes actas:
5.1. Apertura acta de vecindad
Es el documento suscrito por los propietarios o representantes de las respectivas edificaciones, el CONTRATISTA, el profesional social del CONTRATISTA y la INTERVENTORIA, donde se señala el estado de las edificaciones e infraestructura adyacente que pueda verse afectada durante la ejecución del mejoramiento. FINDETER, deberá verificar que dichas actas se encuentren ingresadas en el sistema de información dispuesto para tal fin.
La apertura de las actas de vecindad6 se deberá realizar antes del inicio de las actividades constructivas y se levantaran en los hogares que defina la INTERVENTORÍA.
5.2. Acta de Inicio de obra del mejoramiento
Es el documento suscrito entre el CONTRATISTA, el INTERVENTOR y el hogar beneficiario, mediante el cual se da inicio a las actividades de obra para el mejoramiento de la vivienda. FINDETER, debe verificar que las actas de inicio se encuentren cargadas en el sistema de información dispuesto para tal fin.
El acta de inicio de obra del mejoramiento se suscribe una vez, se confirme por parte de FINDETER la asignación del subsidio al hogar por parte de FONVIVIENDA.
El acta de inicio incluye la información relacionada con las actividades a ejecutar y el cronograma de obra previamente aprobado por el INTERVENTOR e indicará fechas de inicio y terminación para el control efectivo de las actividades realizadas por las partes.
Al respecto se aclara que el acta de inicio de obra del mejoramiento no afectará el plazo contractual, el cual será contado a partir de la firma del acta de inicio del contrato.
5.3. Cierre Acta de Vecindad
Es el documento suscrito por los propietarios o representantes de las respectivas edificaciones, el CONTRATISTA, el profesional social del CONTRATISTA y la INTERVENTORIA, donde se señale el estado de las edificaciones e infraestructura adyacente que pudieron verse afectadas durante la ejecución del mejoramiento. FINDETER, deberá verificar que dichas actas se encuentren cargadas en el sistema de información dispuesto para tal fin.
El cierre de las actas de vecindad7 se deberá realizar posterior a la finalización de las actividades constructivas.
6 Realizar actividad de acuerdo a los lineamientos de gestión social y reputacional.
7 Realizar actividad de acuerdo a los lineamientos de gestión social y reputacional
5.4. Acta de recibo del mejoramiento
Cuando el CONTRATISTA informe al INTERVENTOR la terminación de las obras, estos deben realizar una visita final a la vivienda mejorada.
Si las obras son aprobadas por el INTERVENTOR, este debe suscribir un acta de recibo con el hogar y el CONTRATISTA. Si no es el caso, el INTERVENTOR debe remitir al CONTRATISTA un documento con las observaciones al mejoramiento. A partir de la entrega de este documento el CONTRATISTA contará con un plazo máximo de cinco (5) días para la subsanación de las observaciones presentadas.
Una vez subsanadas, el INTERVENTOR deberá realizar nuevamente una visita, donde se verificarán la subsanación de las observaciones emitidas, y en caso de ser aprobadas, suscribir un acta de recibo con el hogar y el CONTRATISTA.
Si la INTERVENTORÍA no aprueba las subsanaciones efectuadas por el CONTRATISTA, dentro de los diez (10) días siguientes al anterior plazo, se entenderá que no será posible suscribir el acta de recibo de mejoramiento de la vivienda y se iniciará la aplicación de los apremios contractuales.
Para pasar a la visita de verificación del mejoramiento a cargo de FINDETER, se deberá contar con el acta de recibo del mejoramiento debidamente suscrita. El acta deberá estar ingresada en el sistema de información dispuesto para tal fin.
NOTA: Una vez aprobadas las subsanaciones efectuadas por el contratista, el hogar no podrá negarse a suscribir el acta de recibo del mejoramiento, sin embargo, en caso de que ello ocurra, el INTERVENTOR queda facultado para expedir el acta, dejando la anotación pertinente
6. VISITA DE VERIFICACIÓN DEL MEJORAMIENTO Y CERTIFICADO DE EXISTENCIA DEL MEJORAMIENTO
Posterior al cargue en el sistema del acta de recibo del mejoramiento y una vez recibido el informe por parte de la INTERVENTORIA, FINDETER procederá a realizar una visita en compañía del CONTRATISTA e Interventor a cada una de las viviendas, con el fin de verificar que la obra ejecutada tenga concordancia con la propuesta técnica del mejoramiento y esté acorde con el acta de recibo del mejoramiento.
Si como resultado de la visita se evidencian inconsistencias se dará traslado al Interventor para que requiera los ajustes que se consideren necesarios al CONTRATISTA, éste tendrá un plazo máximo de tres (3) días, para subsanar las observaciones sean documentales o de obra. En caso de ser necesario, se efectuará una nueva visita con el fin de verificar con el Interventor los ajustes realizados.
En caso de que persistan las observaciones realizadas, el CONTRATISTA podrá ser convocado a un procedimiento por presunto incumplimiento.
6.1. Certificado de Existencia del Mejoramiento
Para el cierre de los mejoramientos de cada vivienda, FINDETER deberá emitir un certificado de existencia del mejoramiento. Este es un documento suscrito entre el CONTRATISTA, INTERVENTOR
y el supervisor (FINDETER), en el cual se certifica la terminación de las obras, la concordancia con el diseño y con el acta de entrega de recibo del mejoramiento.
Se entiende como plazo final de ejecución del mejoramiento el momento en el que se expide el certificado de existencia de la vivienda emitido por FINDETER.
Este documento debe incluir registro fotográfico del antes y el después de las obras y debe detallar el presupuesto ejecutado en la obra.
7. ACTAS GENERALES DEL CONTRATO
7.1. Acta de Inicio
El CONTRATISTA, la INTERVENTORÍA y la CONTRATANTE a través de quien designe para el efecto, deben suscribir el acta de inicio, la cual debe contener, entre otros aspectos los siguientes:
1. Xxxxx y fecha de suscripción del acta.
2. Nombre e identificación completa de los intervinientes.
3. Plazo.
4. Fecha de terminación prevista.
5. Valor.
6. Información del CONTRATISTA e INTERVENTOR.
Los siguientes requisitos de ejecución deberán ser entregados a la INTERVENTORIA en un plazo no mayor a CINCO (5) días contados a partir de la suscripción del contrato:
a. Cronograma general del contrato.
b. Personal del CONTRATISTA
c. Afiliación al sistema de seguridad social integral para el personal
d. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato
e. Organigrama
f. Plan de aseguramiento de Calidad de la Obra
g. Plan de Manejo Ambiental.
h. Programas complementarios.
i. Sondeo covid-19
j. Protocolo de Bioseguridad
k. Aprobación de garantías. (Documento para legalización del contrato)
Nota 1: Legalizado el contrato, el CONTRATISTA deberá suscribir el Acta de Inicio dentro de los CINCO (5) días siguientes, so pena de da iniciar un proceso por presunto incumplimiento.
Nota 2: Como requisito previo a la suscripción del Acta de inicio del contrato el CONTRATISTA deberá asistir a las capacitaciones técnicas organizadas por FINDETER donde se socializarán los criterios generales para la presentación y entrega de los productos del diagnóstico.
7.1.1. Documentación previa a la entrega de la suscripción del Acta de Inicio del contrato
7.1.1.1. Cronograma general del contrato
El CONTRATISTA debe presentar el cronograma de ejecución de las actividades y su respectivo Diagrama xx Xxxxx, que involucre aquellas actividades de la Fase 1 (categorización y diagnóstico) y Fase 2 (ejecución de obras de los mejoramientos) por zona a intervenir, identificando hitos, duración, relaciones de precedencia y sucesión entre actividades, fechas de inicio y terminación tempranas y tardías, estructura detallada de trabajo (EDT) y definición de la ruta crítica del contrato. Como requisito previo a la suscripción del acta de inicio y en las eventuales solicitudes de prórroga, el CONTRATISTA deberá presentar un cronograma con escala temporal mensual y semanal (Project) del número de diagnósticos y mejoramientos que se realizarán durante la ejecución del contrato. Lo anterior, en el formato establecido por FINDETER.
Nota: El CONTRATISTA deberá remitir a la INTERVENTORÍA para su aprobación o rechazo a las solicitudes las solicitudes de reprogramación del cronograma y enviar al SUPERVISOR (FINDETER) para su verificación.
El CONTRATISTA deberá contemplar en su cronograma, con respecto a la Fase 1 “Categorización y Diagnósticos”, un avance mínimo del 15% durante el primer mes de ejecución.
7.1.1.2. Personal del CONTRATISTA
El CONTRATISTA deberá entregar previamente a la suscripción del acta de inicio, el documento soporte que acredita la calidad y experiencia del personal profesional requerido para la Fase 1- Categorización y Diagnóstico y para la Fase 2- Ejecución de las obras de Mejoramiento.
El Interventor verificará y aprobará el cumplimiento de los perfiles exigidos para los profesionales definidos en la oferta para ejecución de cada una de las Fases. Igualmente verificará los contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios suscritos entre el personal y el CONTRATISTA, así como los soportes de afiliación y pago de seguridad social integral vigente de todo el personal propuesto.
7.1.1.3. Afiliación al sistema de seguridad social integral
Soporte de afiliación y pago de seguridad social integral vigente de todo el personal propuesto en la Fase 1- Categorización y Diagnóstico y para la Fase 2- Ejecución de las obras de Mejoramiento y contar con aval por parte de la INTERVENTORIA.
7.1.1.4. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato
Corresponde a la descripción detallada del método que utilizará el CONTRATISTA para la ejecución de cada una de las Fases, frentes de trabajo y actividades de los mejoramientos.
La metodología para la ejecución del contrato deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, maquinaria, recurso humano y equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el Interventor, supervisor, el
Fideicomiso y su propio equipo, procesos, procedimientos, controles técnicos y administrativos, previa aprobación de la INTERVENTORÍA.
Este documento debe incluir la estructura de acuerdo con el organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, incluyendo, entre otros, los diagnósticos, las obras de mejoramiento de acuerdo a las intervenciones, formas de transportar el material desde los centros de acopio hasta cada una de las zonas, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, obras especiales, mampostería, acabados, pruebas a las instalaciones de redes internas y puesta en servicio en caso de que se requiera, así como el plan de manejo de seguridad industrial y salud ocupacional.
En el documento es necesario precisar como mínimo los siguientes aspectos:
a. Características sobresalientes de la metodología para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de los mejoramientos.
b. Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe explicar cómo desarrollaran la categorización, los diagnósticos, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.
7.1.1.5. Organigrama
El CONTRATISTA deberá elaborar y presentar un organigrama general de la estructura de organización del personal con sus cargos para la ejecución de los diagnósticos y de las obras de mejoramiento del contrato que deberá contener como mínimo:
a. Frentes de trabajo mínimos requeridos.
b. Las líneas de mando y coordinación.
c. Los niveles de decisión.
d. El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y requerido para la ejecución de los trabajos.
e. Las funciones del personal que interactuará con el Fideicomiso y el Interventor durante la ejecución del contrato.
f. Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.
Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que el CONTRATISTA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
7.1.1.6. Plan de aseguramiento de calidad de la obra
El CONTRATISTA deberá presentar como parte del plan de calidad la relación de las normas técnicas aplicables a los procesos, material, suministros, y productos terminados, así como las inspecciones, y pruebas para verificar el buen funcionamiento de algunos mejoramientos.
Para efectos de cumplir con este plan, el CONTRATISTA deberá tener en cuenta la guía de roles y de responsabilidades del supervisor e INTERVENTOR de FINDETER.
7.1.1.7. Plan de Manejo Ambiental
El alcance del manejo ambiental integra la evaluación correspondiente para establecer las medidas de prevención, mitigación y/o compensación de los impactos. Los lineamientos ambientales deben ser un instrumento de manejo y control que aseguren un desarrollo sostenible de la ejecución de las obras.
Para el desarrollo del plan de manejo ambiental se deben tener en cuenta los lineamientos que contemplan los siguientes componentes: componente biótico (manejo de la vegetación, la fauna y el paisaje), componente físico (control de emisiones atmosféricas, prevención de la contaminación de cuerpos de agua y redes de servicios públicos, disposición de residuos sólidos, movilidad y señalización, uso y almacenamiento adecuado de material de construcción, protección del suelo) y el componente seguimiento y evaluación.
7.1.1.8. Programas Complementarios
Presentar los programas complementarios de los siguientes aspectos:
a. Programa de seguridad industrial.
b. Programa de salud ocupacional.
7.1.1.9. Análisis de precios unitarios
El CONTRATISTA deberá entregar los análisis de precios unitarios soporte de los valores ofertados en la propuesta, los cuales deberán estar suscritos por un profesional responsable.
7.1.1.10. Sondeo Covid -19 (Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria o la exigencia de una autoridad sanitaria)
Encuesta a los hogares habilitados para caracterizar a los miembros del hogar y su condición de vulnerabilidad frente al Covid-19. Este formato será entregado por el INTERVENTOR, quien verificará su aplicación durante la Fase I.
Lo anterior, con el fin de mitigar los riesgos asociados al COVID-19 y generar seguridad a los actores involucrados en la ejecución del programa, así como a la comunidad beneficiaria.
7.1.1.11. Protocolo de Bioseguridad (Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria o la exigencia de una autoridad sanitaria)
Este documento debe incluir la presentación, aprobación e implementación de las medidas generales y específicas de protocolos de bioseguridad en cumplimiento de las medidas expuestas en la “XXXXXXXX XXXXXXXX Xx 0000000 XXX 0 XX XXXXX XX 0000, xxxx xxxxxx xx: MEDIDAS
PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN PARA REDUCIR LA EXPOSICIÓN Y CONTAGIO POR INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA CAUSADA POR EL CORONAVIRUS COVID-19” y “XXXXXXXX XXXXXXXX Xx 000 XXX 00 XX XXXXX XX 0000,xxxx xxxxxx xx “ORIENTACIÓN SOBRE MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN PARA REDUCIR LA EXPOSICIÓN Y CONTAGIO POR INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA CAUSADA POR EL SARS-CoV-2 (COVID-19) y de las
directrices y normas municipales, distritales y nacionales, en el marco de la prevención, y en la medida en que continúe vigente la declaratoria de emergencia durante la ejecución del proyecto o se declare una nueva.
En el marco de las actividades contractuales el CONTRATISTA deberá suministrar todos los materiales e insumos requeridos en la implementación del Protocolo de Bioseguridad, de igual forma el personal calificado y que serán los responsables de tal implementación, control y seguimiento.
El CONTRATISTA deberá presentar para aprobación de la INTERVENTORÍA y de la Entidad Territorial la discriminación del Protocolo de Bioseguridad, teniendo en cuenta como mínimo lo establecido en el anexo Lineamientos Protocolo de Bioseguridad.
7.1.1.12. Garantías
El CONTRATISTA deberá presentar las garantías exigidas para aprobación por parte de la CONTRATANTE.
7.2. Acta de terminación del contrato
Una vez cumplido el plazo estipulado para las Fases I y II del contrato, El CONTRATISTA y la INTERVENTORÍA a través de quien designe para el efecto, deben suscribir la correspondiente acta de terminación.
Nota: El CONTRATISTA, sin costo adicional para la CONTRATANTE, deberá mantener el personal que se requiera para efectos de llevar a cabo adecuadamente las actividades de cierre del contrato.
7.3. Acta de recibo final del contrato
Una vez presentado el informe final del contrato, el cual debe estar aprobado por el INTERVENTOR y verificado por el supervisor (FINDETER), el CONTRATISTA, LA INTERVENTORIA y EL CONTRATANTE, procederán a suscribir el Acta de Recibo Final del contrato, y se comenzará el trámite de liquidación de este.
8. NORMATIVA APLICABLE
Se enumera a continuación parte de la normativa técnica aplicable que debe ser tenida en cuenta para la ejecución y desarrollo de cada Proyecto por parte del CONTRATISTA y objeto de seguimiento por parte de la INTERVENTORIA correspondiente:
1. Constitución Política de 1991
2. Ley 388 de 1997 Ordenamiento Territorial.
3. Ley 1537 de 2012 - Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.
4. Ley 1618 de 2013 – Disposiciones para Garantizar el Pleno Ejercicio de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
5. Legislación de Seguridad Industrial Salud Ocupacional. Análisis y aplicación de las normas de Construcción y Adecuación en Salud Ocupacional, según Resolución 2400 de 1979.
6. Decreto 1575 DE 2007 por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
7. Decreto 1077 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio
8. Normas de Salubridad (entre otras: ley 09 de 1979, NTC 920-1 de 1997, NTC 1500 de 1979, NTC 1674 de 1981, NTC 1700 de 1982).
9. Normas Ambientales Ley 373 de 1997 Uso eficiente y racional del agua, Decreto 1753 de 1994, GTC 24 de 1989
10. Análisis y aplicación de normas ambientales, gestión ambiental y manejo de residuos.
11. Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos. Legislación ambiental Municipal y Nacional.
12. Resolución 2413 22/05/1979 Min. De Trabajo y seguridad social. Establece el Reglamento de Higiene y seguridad en la construcción.
13. Resolución 1409 de julio 23 de 2012, reglamento de seguridad de trabajo en alturas
14. Resolución 627 07/04/2006 Ministerio de Medio Ambiente por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental.
15. Resolución 0069 del 06 de Febrero de 2020 “Por la cual se establecen las condiciones para la distribución territorial y la aplicación de subsidio con enfoque diferencial del programa “ Casa Digna Vida Digan”
16. Resolución 007 del 15 de enero 2020
17. NORMAS AISC, AISI.
18. Código Eléctrico Nacional, norma ICONTEC 2050.
19. Demás normas aplicables para los diferentes aspectos del Proyecto de acuerdo con las particularidades del diseño, determinadas por factores del entorno (localización de cada Proyecto) y su regulación específica.
20. NTC 4595 de 1999 y su última actualización del año 2015.
21. NTC 1500 Código Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx
00. Decreto 417 de 17 xx xxxxx de 2020, Por el cual se declara el estado de Emergencia Económica, Social y Ecología en todo el Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx.
00. Resolución 958 de 2020
24. Resolución 000682 de 00 xx xxxxx 0000, Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 en el xxxxxx xx xx xxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxxxxxx
00. Circular 0001 del 00 xx xxxxx xxx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx x Xxxxxxxxxx.
26. Resolución 666 de 2020, por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad, para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus- COVID-
19. Modifcada por la Resolución 223 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección.
27. Xxxxxxxx xxxxxxxx Xx. 0000000 xxx 0 xx xxxxx xx 0000, xxxx xxxxxx xx: medidas preventivas y de mitigación para reducirla exposición y contagio por infección respiratoria aguda causada por el coronavirus covid-19”
28. Xxxxxxxx xxxxxxxx Xx 000 xxx 00 xx xxxxx xx 0000, xxxx xxxxxx xx “orientación sobre medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria
aguda causada por el sars-cov-2 (covid-19).
29. Resolución 222 de 2021 “por la cual se prorroga la emergencia sanitara por el nuevo coronavirus COVID-19, declarada mediante resolución 385 de 2020 y prorrogada a su vez por la Resoluciones 844, 1462 y 2230 de 2020”
30. Las demás normas aplicables para el cumplimiento del objeto a contratar.
LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO
Bello es un municipio colombiano, localizado al norte del Área Metropolitana del Valle de Aburrá: Asimismo, forma parte de la homónima subregión geográfica, en el departamento de Antioquia. Su área urbana está conurbada al sur con la ciudad de Medellín y al oriente con el municipio de Copacabana. Es el centro de desarrollo económico y social del norte de la región metropolitana. Limita al norte con el municipio de San Xxxxx de los Milagros y al occidente con San Xxxxxxxx.
Ilustración 1. Localización xx Xxxxx en Colombia. Fuente: Google Maps.
Ilustración 2. Localización xx Xxxxx Fuente: Google Maps.
9. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será de nueve (9) meses, contado a partir de la suscripción del acta de inicio del respectivo contrato.
El plazo del contrato será uno solo, no obstante, será discriminado como se presenta a continuación:
Fase 1: Categorización y Diagnóstico.
Esta Fase tendrá un plazo de ejecución de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio del contrato, este plazo podrá variar de acuerdo con la cantidad de diagnósticos efectivos generados.
En caso de requerir un tiempo adicional a los cuatro (4) meses, el CONTRATISTA deberá justificar el plazo adicional y remitir la solicitud, a más tardar treinta (30) días antes de la terminación del plazo vigente de la Fase I, para la respectiva revisión y aprobación del INTERVENTOR, y posterior verificación del SUPERVISOR (FINDETER).
Fase 2: Ejecución de las obras de mejoramiento
La ejecución de la Fase 2 se realizará de manera simultánea con la Fase 1 en la medida que FONVIVIENDA asigne los subsidios y se cumplan todos los requerimientos para la ejecución de los mejoramientos con el visto bueno de la INTERVENTORÍA, en todo caso, el plazo de ejecución de la Fase 2 no podrá superar el plazo total del contrato.
De acuerdo con lo mencionado, el CONTRATISTA deberá tener la cantidad de personal o frentes de trabajo simultáneos para las diferentes Fases, para dar cumplimiento con el plazo general del contrato.
10. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CONTRATO
10.1. METODOLOGÍA DE CÁLCULO – PRESUPUESTO ESTIMADO (PE)
10.1.1. Fase 1. Categorización y Diagnóstico
El método para la determinación del valor de la Fase 1 es por el valor calculado según la fórmula establecida para determinar el valor de cada diagnóstico efectivo.
Los costos del diagnóstico incluyen categorización, levantamiento técnico arquitectónico, propuesta técnica de mejoramiento, cálculo de presupuesto y cantidades de obra, registro fotográfico, elaboración del cronograma de actividades del mejoramiento, expedición de permisos cuando aplique, IVA o impuestos de los servicios cuando aplique, protocolo de bioseguridad y los demás requeridos para realizar esta Fase. En cualquier caso, los costos de la Fase de categorización y diagnóstico para la categoría I no pueden exceder el tope de 1,0 SMMLV de 2021 es decir $908.526 por cada vivienda. Así las cosas, el valor de la categorización y diagnóstico de cada vivienda se calculará conforme a la siguiente fórmula:
X = (Costos de obras de mejoramiento propuesto en el diagnóstico) x 1,0 smmlv año 2021
--------------------------------------------------------
11 smmlv año 2021
X= Valor de la Categorización y Diagnóstico por vivienda (<= 1 SMMLV), redondeado al peso mas cercano.
1 smmlv = $ 908.526
11 smmlv= $ 9.993.786
Nota: El “costo de obras de mejoramiento propuesto en el diagnóstico” debe estar redondeado al peso más cercano.
Adicionalmente, incluye sueldos del personal utilizado para la realización del trabajo, costos directos del personal y oficinas (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, desplazamiento aéreo, desplazamiento terrestre, hospedaje, , entre otros costos directos), así como el costo del plan de gestión social, implementación del protocolo de bioseguridad, el valor del IVA, tributos y estampillas que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, así como los gastos administrativos y de ejecución generados durante la ejecución de estos diagnósticos.
10.1.2. Fase 2. Ejecución de las obras de mejoramientos
Teniendo en cuenta que la ejecución de los mejoramientos implica la intervención de distintas viviendas bajo diferentes ítems de obra, para esta Fase el precio del contrato es a PRECIOS UNITARIOS sin formula de ajuste. En consecuencia, el valor definitivo del contrato para la Fase 2 considera costos directos e indirectos producto del diagnóstico efectivo aprobado por el INTERVENTOR y validado por FINDETER, resultados que se obtendrán al multiplicar las cantidades ejecutadas por EL CONTRATISTA y recibidas a satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos
pactados. En todo caso, El CONTRATISTA no podrá superar en su ejecución el valor del subsidio asignado al hogar de acuerdo con el diagnóstico aprobado.
Se contemplaron los siguientes costos indirectos, considerando la incidencia de éstos de acuerdo con el municipio de intervención.
Administración:
✓ Personal profesional, técnico y administrativo, basado en sus perfiles, dedicación y tiempo del proyecto.
✓ Gastos de oficina.
✓ Costos de administración: Equipos, vehículos, transportes (aéreo/terrestre/fluvial), trámites, alojamiento, alimentación, arriendos de oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, campamentos, señalización, implementación del plan de gestión social, implementación del plan de manejo ambiental, implementación de plan de gestión de calidad, elaboración e implementación de protocolo de bioseguridad, trámites y gestiones para permisos, cualquier tipo de pruebas que se requieran incluyendo los materiales e insumos necesarios para las mismas, pólizas y gastos de legalización y demás requeridos para la ejecución del proyecto.
✓ Informes mensuales, finales y aquellos exigidos por la INTERVENTORIA y por FINDETER.
✓ Impuestos y tributos aplicables.
Imprevistos:
✓ Se determinan teniendo en cuenta que las obras de mejoramiento se realizarán sobre viviendas construidas y actividades que se establecen en diagnostico que pueden ser modificadas de acuerdo con las características que se encuentren al momento de la ejecución, teniendo en cuenta. la experiencia de FINDETER, adquirida a través de la ejecución de proyectos de condiciones similares o equivalentes al que se pretende ejecutar. Así mismo se tienen en cuenta los imprevistos que pueden surgir con base en la matriz de riesgos del presente proceso. Adicionalmente con este imprevisto se espera que el CONTRATISTA solvente todas aquellas dificultades técnicas que surjan durante la ejecución de la obra.
Utilidad:
✓ Se establece de acuerdo con las condiciones macroeconómicas del país.
10.2. Costos generales del contrato
De acuerdo con lo anterior, el Presupuesto Estimado – PE Total para la ejecución del proyecto es de TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($ 3.541.571.636,00), M/CTE, incluido el AIU, el
valor del IVA (cuando aplique), el valor del IVA sobre la Utilidad, costos de implementación de protocolos de bioseguridad y otros costos, gastos financieros, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar del orden local o nacional.
• Valor mínimo y valor máximo del contrato
Tabla 4. Valor mínimo y máximo del contrato
DESCRIPCIÓN | Xxxxx Xxxxxx de la Propuesta para la Evaluación Económica | Valor Máximo de la Propuesta para la Evaluación Económica |
TOTAL, VALOR DE LA PROPUESTA PARA LA EVALUACIÓN ECONÓMICA | $3.364.493.055 | $ 3.541.571.636 |
Nota: El valor mínimo del presupuesto corresponde al descuento máximo que podrá otorgar el oferente dentro de su oferta económica, el cual se considera que garantiza el cumplimiento de las condiciones técnicas y de calidad requeridas para el proyecto, por lo cual, el valor de la oferta no podrá ser inferior al valor mínimo ni mayor al valor máximo so pena de rechazo de la propuesta
Para la presente convocatoria, se debe tener en cuenta que la sumatoria de los porcentajes de los componentes del AIU del proyecto no podrán superar el 28.05 %, so pena de rechazo de la misma
10.3. Impuestos
El proponente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones, estampillas o gravámenes que se causen con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del contrato y demás a que haya lugar del orden nacional y/o territorial.
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral GARANTÍAS del presente documento y todos los demás impuestos que se generen por la celebración del contrato.
Es responsabilidad exclusiva del PROPONENTE realizar las averiguaciones, los cálculos y estimaciones que considere necesarios para elaborar su propuesta económica y por ende, le asiste la obligación de consultar ante las diferentes entidades recaudadoras qué impuesto le es aplicable en caso de ser adjudicatario.
10.4. Personal
El CONTRATISTA, deberá suministrar y mantener para la ejecución del objeto contractual el personal mínimo solicitado hasta la terminación del proyecto y la entrega de los proyectos y liquidación del contrato, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas y profesionales y la experiencia general y específica exigida.
10.4.1. Perfiles y dedicación del personal mínimo requerido
El CONTRATISTA deberá presentar al Interventor para su aprobación, previo a la suscripción del acta
de inicio, el personal mínimo el cual deberá tener la dedicación necesaria para la ejecución de del contrato, junto con los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica de este personal.
El CONTRATISTA, deberá suministrar y mantener para la ejecución del objeto contractual el personal mínimo solicitado, hasta la entrega de los proyectos y liquidación de respectivo contrato, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas y profesionales y la experiencia general y específica exigida. El Interventor verificará y aprobará el cumplimiento de los perfiles exigidos para los profesionales definidos en la oferta para ejecución del contrato. Igualmente verificará los contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios suscritos entre el personal y el CONTRATISTA, así como los soportes de afiliación y pago de seguridad social El personal mínimo establecido será de carácter obligatorio, por lo cual los proponentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad al momento de elaborar su oferta económica.
Tabla 5. Personal mínimo requerido
Cant | Cargo a Desempeñar | Formación Académica | Experie ncia General | Experiencia Específica | Dedicación mínima en la duración total del Contrato | ||
Como / En: | Número de contratos requeridos | Requerimiento particular | |||||
PERSONAL MINIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||||||
1 | Director de proyecto | Arquitecto o Ingeniero Civil | 6 Años | Director de Obra en contratos de: Construcción o ampliación o adecuación o remodelación de vivienda o mejoramiento o intervención de viviendas. | 3 | La sumatoria de las viviendas construidas, ampliadas, adecuadas, remodeladas o mejoradas o intervenidas mediante los contratos aportados deberá ser igual o superior a 228 unidades de vivienda. | 20% |
1 | Ingeniero Residente de obra | Ingeniero Civil o Arquitecto | 3 años | Ingeniero civil o Arquitectos en contratos de: Construcción o ampliación o adecuación o remodelación de vivienda o mejoramiento o intervención de viviendas. | 3 | La sumatoria de las viviendas construidas, ampliadas, adecuadas, remodeladas o mejoradas o intervenidas mediante los contratos aportados deberá ser igual o superior a 228 unidades de vivienda. | 100% |
1 | Profesional de Programación, Control y Presupuesto | Arquitecto o Ingeniero Civil | 2 años | Profesional de programación de obra, elaboración de presupuestos y especificaciones técnicas para construcción de edificaciones o construcción de obra civil | 3 | N.A | 20% |
1 | Profesional XXXX | Profesional en seguridad y salud en el trabajo | 2 años | Profesional en seguridad y salud en el trabajo en proyectos de infraestructura | 3 | N.A | 100% |
1 | Profesional Social | Áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y/o ciencias humanas, o educativas, o económicas, o administrativas, o comunicativas | 2 Años | Profesional con experiencia en acompañamiento social en proyectos de infraestructura. | 1 | Trabajo con comunidades y aplicación de metodologías de participación ciudadana, | 100% |
2 | Profesional Social Auxiliar | Áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y/o ciencias humanas, o educativas, o económicas, o administrativas, o comunicativas | N/A | N. A | N. A | N/A | 100% |
1 | Ingeniero Eléctrico | Ingeniero electricista o eléctrico | 3 Años | Profesional con experiencia en contratos de: Construcción o ampliación o adecuación o remodelación o mejoramiento de viviendas | 2 | N. A | 10% |
3 | Técnico de Apoyo y/o profesional auxiliar* | Tecnólogos en construcciones civiles y/o ingeniero civil o arquitecto | N.A | N.A | N.A | N.A | 100% |
Nota 1: Todo el personal anteriormente descrito para el proyecto será de carácter obligatorio durante la ejecución del contrato, no obstante, en caso de necesitar personal adicional al mínimo requerido para la entrega de productos a desarrollar durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA deberá garantizar la presencia de estos, sin que llegaré a generar costos adicionales para la CONTRATANTE.
Nota 2: El CONTRATISTA es libre de utilizar los mismos profesionales para cada una de las fases, sin exceder el 100% de la dedicación mínima en la duración total del contrato para cada uno de los cargos a desempeñar, y siempre y cuando se cumplan los plazos establecidos para la ejecución de cada una de las fases.
Nota 3: En desarrollo del componente social, la INTERVENTORÍA seleccionada deberá garantizar que los Profesionales Sociales tengan domicilio en la zona de influencia de los proyectos; adicionalmente, este profesional deberá desarrollar y acompañar todas las actividades sociales a desarrollar descritas en el plan de gestión social y las demás que se requieran. En caso de imposibilidad, el CONTRATISTA debe evidenciarlo ante el Interventor.
Nota 4: En casos excepcionales producto de la situación de la pandemia por COVID 19, EL CONTRATISTA podrá documentar la necesidad de balancear el personal y los tiempos de ejecución de acuerdo con las necesidades, caso en el cual la INTERVENTORÍA emitirá un concepto que será presentado al Supervisor quien lo verificará y lo enviará al Comité Técnico del Fideicomiso para decidir en última instancia la procedencia de la solicitud del CONTRATISTA.
Nota 5: El personal mínimo requerido, sus hojas de vida y las certificaciones que la acompañen, NO deben presentarse con la propuesta. Estos documentos solo deben presentarse por el proponente que resulte seleccionado previo a la suscripción acta de inicio del contrato.
Nota 6: Los soportes del personal antes indicado, debe aportarse en el plazo establecido, en caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes.
Nota 7: El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el CONTRATISTA DE OBRA demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la INTERVENTORÍA deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje.
Nota 8: Vincular a la ejecución de las obras, como mínimo en un setenta por ciento (70%) mano de obra no calificada de la zona de influencia directa; preferiblemente habitantes de la localidad beneficiaria y con habitantes de las zonas aledañas; en caso de no ser posible la consecución de esta personal, la INTERVENTORÍA debe evidenciarlo.
Adicional al personal descrito en el cuadro anterior, el CONTRATISTA deberá contar con el siguiente personal mínimo para la ejecución de los trabajos:
Tres (3) Maestros de obra con una dedicación del 100% del plazo de ejecución de los trabajos y que podrá surtir algún cambio según determine LA INTERVENTORIA.
UN (1) Almacenista, con dedicación del 100% del plazo de ejecución de los trabajos, según distribución mencionada y que podrá surtir algún cambio según determine LA INTERVENTORIA, durante la ejecución de la Fase 2.
No obstante, la dedicación de tiempo estimada, de ser necesario una mayor dedicación, el CONTRATISTA deberá garantizar su permanencia, sin que se genere costo adicional para el CONTRATANTE.
Con el fin de racionalizar el personal del ejecutor, en el caso de que la cantidad de las viviendas con subsidio de mejoramiento asignado sea menor a la cantidad de viviendas estimadas dentro del contrato, el personal mínimo se establecerá teniendo en cuenta lo siguiente:
Tabla 6. Personal mínimo por número de viviendas
No. Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxx dedicación |
Hasta 100 | 25 % de la dedicación establecida en el numeral 10.4.1 “Perfiles y dedicación del personal mínimo requerido” |
101 – 200 | 50 % de la dedicación establecida en el numeral 10.4.1 “Perfiles y dedicación del personal mínimo requerido” |
201 – 300 | 75 % de la dedicación establecida en el numeral 10.4.1 “Perfiles y dedicación del personal mínimo requerido” |
301 – 400 | 100 % de la dedicación establecida en el numeral 10.4.1 “Perfiles y dedicación del personal mínimo requerido” |
*CONTRATACIÓN PRIMER EMPLEO DE PERSONAL DE OBRA CALIFICADA.
Para el caso el CONTRATISTA debe vincular el Profesional Social Auxiliar - profesional del primer empleo teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
• Profesional que se encuentre entre los 18 y los 28 años de edad.
• El profesional ofertado para el primer empleo no debe registrar afiliación ni cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integral de Seguridad Social de manera posterior a la fecha de graduación como profesional.
.
11. MODALIDAD Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN
11.1. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD
El presente proceso de contratación se adelanta mediante la modalidad de selección de “CONVOCATORIA PÚBLICA” de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2.1 del manual operativo del contrato de prestación de servicios celebrado entre Fidubogotá en su calidad de vocera del Fideicomiso Programa Casa Digna Vida Digna y la Financiera de Desarrollo Territorial – FINDETER-, según el cual:
“(…) Convocatoria Pública:
Es la regla general para la contratación. Esta es la modalidad mediante la cual a través de la página web del FIDEICOMISO se anuncia a los interesados para que, en igualdad de condiciones, presenten una oferta de acuerdo a los requerimientos exigidos en los Términos de Referencia y/o sus adendas. (…)
11.2. CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN HABILITANTES
11.2.1. Experiencia específica del proponente
• Para la presente convocatoria los proponentes deberán aportar máximo tres (03) contratos terminados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre del proceso, cuya experiencia corresponda a CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN O ADECUACIÓN O MEJORAMIENTO O REMODELACIÓN O INTERVENCIÓN DE VIVIENDA
Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia deberán estar recibidos a satisfacción (a manera de ejemplo: cumplido al 100% el objeto del contrato o ejecutado en su totalidad o sin pendientes de ejecución) previamente a la fecha de cierre del proceso, dando cumplimiento a las siguientes condiciones:
1. La sumatoria del valor de los contratos acreditados (terminados) deberá ser igual o superior a 1.0 vez el presupuesto estimado PE expresado en salarios mínimos SMMLV.
2. Un (1) de los contratos aportados, debe ser igual o mayor a 0.50 veces el PRESUPUESTO ESTIMADO (PE) del proceso expresado en SMMLV.
En los casos en que el contrato aportado contemple objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la ejecución de CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN O ADECUACIÓN O MEJORAMIENTO O REMODELACIÓN O INTERVENCIÓN DE VIVIENDA en 325
unidades de vivienda o un área cubierta construida o intervenida igual o mayor a ONCE MIL SETECIENTOS METROS CUADRADOS (11.700 m2), caso en el cual se tendrá en cuenta el valor total del contrato.
Nota 1: Todos los contratos válidos para la acreditación de la experiencia deben haber sido ejecutados en el territorio nacional de Colombia
Nota 2: Para efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
VIVIENDA: Edificación acondicionada para que habiten personas.
CONSTRUCCIÓN: Toda obra civil orientada al desarrollo de una vivienda nueva.
AMPLIACIÓN: Toda obra civil orientada al incremento del área construida, de una vivienda existente.
REMODELACIÓN O ADECUACIÓN O MEJORAMIENTO O INTERVENCIÓN: Se entiende por
remodelación o adecuación o mejoramiento o intervención, toda obra civil realizada a una vivienda existente tendiente a devolverla al estado inicial para la cual fue construida o con el propósito de mejorar sus especificaciones técnicas iniciales.
ÁREA CUBIERTA: la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
Nota 3: La experiencia específica del proponente deberá ser acreditada mediante los documentos establecidos como válidos en el numeral de REGLAS DE ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA.
Nota 4: La subsanación o aclaración de la experiencia específica del proponente solo podrá efectuarse sobre la experiencia aportada.
11.2.2. Requisitos financieros
Los requerimientos financieros de la convocatoria serán definidos en los Términos de Referencia de la Convocatoria.
11.2.3. Requisitos Jurídicos
Los requerimientos jurídicos de la convocatoria serán definidos en los términos de referencia de la convocatoria.
11.3. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN Y SELECCION
La asignación del puntaje a las propuestas, de acuerdo con los patrones preestablecidos en estos términos de referencia, será realizada por los evaluadores de designados. Se seleccionará la propuesta mejor calificada y que por ello resulte ser la más favorable para la entidad y para los fines que ella busca con esta contratación, para esto se tendrá en cuenta que el puntaje máximo de la evaluación será de cien (100) puntos, resultantes del siguiente factor y criterio de evaluación:
Tabla 7. FACTOR DE CALIFICACIÓN
FACTOR DE CALIFICACION | PUNTAJE |
Propuesta Económica | 40 |
Experiencia específica adicional | 20 |
Diagnóstico Efectivo adicional sin costo | 30 |
Apoyo a la industria nacional | 10 |
TOTAL | 100 |
Y la posterior aplicación del Criterio de evaluación factor cumplimiento contratos anteriores.
Nota: La información para los factores de calificación debe ir en el sobre 2 de la propuesta presentada por el oferente
11.3.1. Propuesta económica
La asignación del puntaje a las propuestas económicas se realizará de acuerdo con los patrones establecidos en estos estudios previos. El puntaje máximo para la evaluación económica será de cuarenta (40) puntos, resultantes del siguiente factor y criterio de evaluación:
Tabla 8. Puntaje propuesta económica
FACTOR DE CALIFICACION | PUNTAJE |
Evaluación Económica | Hasta 40 puntos |
TOTAL | Hasta 40 puntos |
11.3.1.1. Porcentaje de descuento (PD) y valor de la propuesta para evaluación económica (VPEE)
El proponente deberá indicar en su propuesta económica un porcentaje de descuento (PD), que será aplicable a cada uno de los ítems relacionados en las listas de Precios Unitarios Fase 2 Ejecución obras de mejoramiento. El valor máximo del porcentaje de descuento PD será de hasta 5%. Para efectos de la evaluación económica de la propuesta, se calculará un valor de la propuesta para evaluación económica (VPEE) con la siguiente ecuación:
VPEE=PE x (100%-PD)/100%
En donde:
VPEE= Valor de la propuesta para evaluación económica
PE=Presupuesto estimado
PD=Porcentaje de descuento aplicable a cada uno de los ítems relacionados en las listas de Precios Unitarios Fase 2 Ejecución obras de mejoramiento
Para los efectos del trámite de las actas de avance de obra y/o futuras modificaciones contractuales se tendrán en cuenta los valores unitarios de la LISTA DE PRECIOS UNITARIOS reducidos con el porcentaje de descuento PD.
EJEMPLO:
Tabla 9. Ejemplo porcentaje de descuento (PD) y valor de la propuesta para evaluación económica (VPEE)
DESCRIPCIÓN | VALOR TOTAL |
PRESUPUESTO ESTIMADO (PE) | $ 3.541.571.636 |
PORCENTAJE DE DESCUENTO (PD) | 5 % |
VALOR DE LA PROPUESTA PARA EVALUACIÓN ECONÓMICA VPEE=PE x (100%-PD)/100% | $ 3.541.571.636 (100 %-5 %) / 100 % = $ 3.364.493.055 |
DIFERENCIA (PE- VPEE) | $ 177.078.581 |
Nota 1: La determinación del valor de la propuesta para evaluación económica VPEE, con base en el porcentaje de descuento PD ofertado, solo aplicará para efectos de la evaluación y calificación de la propuesta, y no corresponde a los costos reales de los diagnósticos y mejoramientos que se podrán obtener después de culminar con la fase 1.
Nota 2: En todo caso, el contrato se suscribirá por el valor total del Presupuesto Estimado. Para la presente convocatoria, se debe tener en cuenta que el tope máximo del componente del A.I.U, es del 28.05%.
Nota 3: El oferente debe diligenciar y presentar su propuesta económica en el FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA.
Nota 4: El tope máximo para el porcentaje de descuento será del cinco por ciento (5%).
Nota 5: El ahorro producido por la diferencia entre el Presupuesto Estimado (PE), incluido en los términos de referencia, y el valor de la propuesta para evaluación económica presentada por el CONTRATISTA, se tendrá como valor adicional para el desarrollo del objeto del contrato que se destinará en un número mayor de viviendas y/o intervenciones de obra. En todo caso, el porcentaje de descuento ofertado en la propuesta para evaluación económica será considerado en los pagos según se describe en la forma de pago del presente documento.
11.3.2 Diagnósticos efectivos sin costo
Se asignará puntaje a las propuestas que ofrezcan un número de diagnósticos efectivos sin costo. Para estos diagnósticos efectivos sin costo, el proponente deberá asumir todos los costos y riesgos a que hace referencia la Fase 1 “Categorización y diagnósticos”. Una vez definidos, el CONTRATISTA no podrá alegar posteriormente un desequilibrio económico del contrato.
Los puntos derivados de los diagnósticos efectivos sin costos se calculan con la siguiente formula:
Puntos = Número de Diagnósticos Efectivos sin costo ofrecidos por el proponente x 3 x 100%
325
Nota 1: El denominador (325) corresponde al valor obtenido a partir de la división del Presupuesto Estimado (PE) entre 12 SMMLV.
Nota 2: El puntaje máximo (30 puntos) se obtiene al ofrecer un número máximo de diagnósticos efectivos sin costo igual al diez por ciento (10%) del denominador de la nota 1, es decir, máximo 33 diagnósticos sin costo.
Nota 3: Los diagnósticos sin costo deberán cumplir con las condiciones establecidas en los estudios previos.
Nota 4: El resultado de la aplicación de la fórmula se aproximará a la centésima, por exceso o por defecto.
Nota 5: El oferente debe diligenciar y señalar claramente en el FORMATO DIAGNÓSTICOS EFECTIVOS SIN COSTO de los términos de referencia el número de diagnósticos que ofrece en su oferta.
Nota 6: Diagnósticos Efectivos: “…los diagnósticos que cuenta con el visto bueno del Interventor y operador del programa, el cual permite que los hogares pasen del estado por verificar a efectivo. Esto se da posterior a la visita de chequeo del operador...”6.
Nota 7: Operador del Programa: “…Entidad encargada de realizar supervisión al contrato de INTERVENTORÍA. Adicionalmente, debe dar visto bueno al diagnóstico y finalización de obras de mejoramiento…”
11.3.3. Experiencia Específica Adicional
Para obtener este puntaje, el proponente debe demostrar experiencia específica adicional a la aportada para la evaluación de requisitos habilitantes, mediante máximo DOS (2) contratos que cumplan las siguientes condiciones:
• CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN O ADECUACIÓN O MEJORAMIENTO O REMODELACIÓN O INTERVENCIÓN DE VIVIENDA
Con contratos terminados y ejecutados únicamente en territorio colombiano, en los cuales la sumatoria de las viviendas construidas, ampliadas, adecuadas, remodeladas, mejoradas o intervenidas mediante los contratos aportados deberá ser igual:
Tabla 10 Experiencia especifica adicional
NÚMERO DE VIVIENDAS ADICIONALES DE EXPERIENCIA ESPECIFICA | PUNTOS |
Si el proponente presenta un número de 81 viviendas adicionales | 10 |
Si el proponente presenta un número de 162 viviendas adicionales | 20 |
TOTAL | 20 |
Nota 1: Todos los contratos válidos para la acreditación de la experiencia deben haber sido ejecutados en el territorio nacional de Colombia, so pena de no tenerse en cuenta para efectos de llevar a cabo la respectiva verificación.
Nota 2: Los contratos aportados para efectos de acreditar la experiencia específica adicional no podrán ser iguales a aquellos aportados para acreditar la experiencia específica mínima habilitante.
Nota 3: Los contratos aportados para efectos de acreditar la experiencia específica adicional deberán relacionarse en el formato definido para ello, el cual deberá ser presentado en el sobre No. 2, so pena de que no sean tenidos en cuenta al momento de otorgar puntaje.
Nota 4: Estas certificaciones deberán presentarse con las mismas condiciones, requisitos y criterios establecidos en el numeral REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO. Sin embargo, por
6Definición de Diagnóstico Efectivo. Manual Operativo del programa de Mejoramientos de vivienda urbana “Casa Digna, Vida Digna”, MCVT.
tratarse de un requisito de calificación que otorga puntaje, no operará criterio o regla alguna de subsanabilidad.
11.3.4. Incentivo a la industria nacional
Los criterios para evaluar el apoyo a la industria nacional son:
Tabla 11. Puntaje apoyo a la industria nacional
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | HASTA 10 PUNTOS |
Para los bienes, servicios y oferente nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de tratado o convenio internacional ratificado por Colombia que así lo determine. | 10 |
Cuando el proponente oferte servicios de origen extranjero | 5 |
MAXIMO PUNTAJE A OTORGAR | 10 |
Nota 1: El oferente debe diligenciar el ANEXO APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL de estos estudios para efectos del puntaje.
12. CONDICIONES DEL CONTRATO
12.1. FORMA DE PAGO
Para mejoras locativas, el valor máximo del subsidio que otorga el Gobierno Nacional a cada hogar es de 12 SMMLV. Así las cosas, el CONTRATISTA deberá realizar un número de obras a desarrollar hasta agotar el valor máximo del subsidio, de conformidad con el diagnóstico arrojado en la Fase 1. En todo caso, el máximo número de intervenciones (mejoramiento locativo) a desarrollar por vivienda es cinco (5), conforme a la tabla de “Priorización de las condiciones por subsanar y obras asociadas” del anexo técnico.
12.1.1. Fase 1. Categorización y Diagnóstico
La Fiduciaria Bogotá – FIDUBOGOTA en calidad de vocera y representante del Fideicomiso – Programa Casa Digna Vida Digna realizará un único pago por cada Diagnóstico Efectivo aprobado y reportado por el SUPERVISOR (FINDETER) al CONTRATANTE.
Los costos del diagnóstico incluyen categorización, levantamiento técnico arquitectónico, propuesta técnica de mejoramiento, presupuesto y cantidades de obra, registro fotográfico, cronograma de actividades del mejoramiento y acta de concertación, expedición de permisos cuando aplique y los demás requeridos para realizar esta Fase. En cualquier caso, los costos de la Fase de categorización y diagnóstico para la categoría I no pueden exceder el tope de 1,0 SMMLV de 2021 es decir $908.526. Así las cosas, el valor de la categorización y diagnóstico se calculará conforme a la siguiente fórmula:
X = (Costos de obras de mejoramiento propuesto en el diagnóstico) x 1,0 SMMLV año 2021
-------------------------------------------------------- 11 SMMLV año 2021
X= Valor de la Categorización y Diagnóstico por vivienda (<= 1 SMMLV), redondeado al peso mas cercano
1 SMMLV = $ 908.526
11 SMMLV = $ 9.993.786
Nota: El valor de “costo de obras de mejoramiento propuesto en el diagnóstico” debe estar redondeado al peso más cercano.
12.1.2. Fase 2 Ejecución de las obras de mejoramientos
La Fiduciaria Bogotá – FIDUBOGOTA en calidad de vocera y representante del Fideicomiso – Programa Casa Digna Vida Digna, pagará al CONTRATISTA el valor de la Fase 2, así:
Un único pago por cada mejoramiento totalmente ejecutado, aprobado por la INTERVENTORIA y con certificado de existencia del mejoramiento emitido por FINDETER. Se pagarán dentro de los DIEZ (10) DÍAS HÍABILES siguientes a la radicación de la respectiva factura en la FIDUCIARIA BOGOTA y con el cumplimiento de los requisitos indicados. Este tiempo se estipula siempre y cuando se reciban la totalidad de documentos y soportes; en caso de presentarse alguna inconsistencia se devolverá los documentos para que sean radicados de nuevo y se iniciará el proceso desde el principio.
Así mismo, se debe tener en cuenta que el encargado de recopilar la documentación (FONVIVIENDA y/o Ministerio) tomará 4 días hábiles en remitirla a la Fiduciaria.
Este pago corresponde a la sumatoria de los PRECIOS UNITARIOS de acuerdo con la lista de precios fijos, luego de aplicado el descuento ofertado por el CONTRATISTA. En todo caso, este valor no podrá superar el tope máximo del valor del subsidio de cada vivienda (12 SMLMV), incluido el AIU, el valor del IVA sobre la Utilidad, costos, gastos, tributos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar del orden local o nacional.
Nota: El valor del pago por cada mejoramiento debe estar redondeado al peso más cercano. Para la autorización del pago se debe tener previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Aprobación de las garantías correspondientes, señaladas en el numeral de Garantías del presente documento.
b) Certificado de existencia del mejoramiento emitido por FINDETER
c) Los demás requisitos establecidos para pago en los Términos de Referencia y el contrato
De cada uno de estos pagos por cada mejoramiento totalmente ejecutado, se efectuará una retención en garantía xxx xxxx por ciento (10%), la cual se devolverá al CONTRATISTA, una vez cumplidos los siguientes requisitos:
a) Aprobación de las garantías correspondientes, señaladas en el numeral de Garantías del presente documento.
b) Suscripción del Acta de liquidación del Contrato
Para todos los pagos, EL CONTRATISTA deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, o certificación del pago de los aportes de Pensión, Riesgos Laborales y de Caja de Compensación Familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución del proyecto, incluido el personal independiente que preste sus servicios para la ejecución del mismo.
El CONTRATISTA debe responder por el pago de todos los impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas, y multas establecidas por las diferentes autoridades ambientales, que afecten la celebración, ejecución y liquidación del contrato y las actividades que de él se deriven. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes
12.1.2.1 Listado de precios unitarios
Teniendo en cuenta que el desarrollo del contrato implica que se determinarán intervenciones diferentes por cada vivienda, bajo unos ítems representativos de obra, se determinó para esta convocatoria un listado con sus respectivos precios unitarios, los cuales se verán afectados con el porcentaje de descuento (PD) propuesto. Anexo. Listado de precios unitarios que hace parte integral de estos términos de referencia.
13. OBLIGACIONES
El CONTRATISTA se compromete a cumplir todas las obligaciones que estén establecidas o se deriven del clausulado del contrato, de los documentos técnicos del proyecto, de los Términos de Referencia, del “Esquema de Ejecución”, de su propuesta, del proceso de cierre contractual y aquellas que por su naturaleza y esencia se consideren imprescindibles para la correcta ejecución del contrato, en los términos previstos en los artículos 863 y 871 del Código de Comercio y 1603 del Código Civil. Así mismo, se consideran obligaciones del CONTRATISTA las siguientes:
13.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO
1. Conocer a cabalidad los anexos técnicos, estudios previos, términos de referencia, adendas y todos los documentos que hacen parte del proceso, para realizar la ejecución del contrato con eficiencia y eficacia. Además, el CONTRATISTA asume el conocimiento de los sitios vulnerables y no vulnerables donde se desarrollarán todas las actividades precontractuales y contractuales del contrato.
2. Presentar el cronograma general del contrato, la metodología de trabajo para la ejecución de las actividades objeto del contrato, organigrama, los cuales serán revisados y aprobados por la INTERVENTORIA antes de la suscripción del acta de inicio del contrato.
3. Entregar a la INTERVENTORIA, las hojas de vida del equipo de trabajo de acuerdo con lo establecido en el Numeral “Personal mínimo y dedicaciones mínimas” y mantener el personal mínimo exigido para la ejecución del contrato, así como la afiliación al sistema de seguridad social integral de todo el personal propuesto, estos documentos serán revisados y
aprobados por la INTERVENTORIA antes de la suscripción del acta de inicio del contrato.
4. Presentar el plan de aseguramiento de calidad de la obra, el plan de gestión del riesgo, y los diferentes programas complementarios, los cuales serán revisados y aprobados por la INTERVENTORIA antes de la suscripción del acta de inicio del contrato.
5. Deberá presentar los precios unitarios y el análisis de precios unitarios (APU), los cuales serán aprobados por la INTERVENTORIA y verificados por FINDETER antes de la suscripción del acta de inicio del contrato.
6. Constituir en el plazo establecido, las garantías respectivas del contrato y mantenerlas vigentes en los términos establecidos. Las garantías deberán presentarse y contar con la respectiva aprobación por parte del FIDEICOMISO, como requisito para la suscripción del acta de inicio del contrato.
7. suscribir el acta de inicio de obra dentro de los 5 días siguientes a la firma del contrato, previa aprobación de la póliza exigida y demás requisitos previos.
13.2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA POSTERIOR A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO
13.2.1. Generales
1. Acatar la Constitución, la Ley, los principios de la función administrativa y los principios de la gestión fiscal consagrados en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política, el Decreto 857 de 2019 del programa, Términos de Referencia y demás normas concordantes y reglamentarias, así como las norma sismo resistente colombiana NSR-10.
2. Adelantar las actividades necesarias para dar cumplimiento al objeto del contrato, ejecutando y entregando las obras contratadas de acuerdo con los criterios de calidad exigible y especificaciones mínimas de construcción que hacen parte de los términos de referencia, con sujeción al presupuesto estipulado y dentro del plazo establecido.
3. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
4. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, urbanismo, seguridad industrial e higiene que para el efecto disponga la Corporación Autónoma Regional y/o Municipio según corresponda.
5. Garantizar al CONTRATANTE que cumplirá a cabalidad con los requerimientos ambientales legales vigentes, reglamentarios y contractuales, y que no generará daño o perjuicio a la Contratante o a terceros por esta causa, por lo tanto, las sanciones que por este concepto imponga la Autoridad Ambiental se pagarán directamente por el CONTRATISTA, quien, mediante el presente documento, autoriza que le sea compensado del saldo insoluto del valor del contrato.
6. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato.
7. Utilizar la información entregada por FINDETER el Interventor y/o Fideicomiso – Programa Casa Digna Vida Digna, estrictamente para el proyecto asignado en desarrollo del contrato y no hacer uso de ella en otros proyectos ni permitir su copia a terceros.
8. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación objeto del contrato.
9. Utilizar la imagen de FINDETER y/o Fideicomiso – Programa Casa Digna Vida Digna y del
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de acuerdo con los lineamientos establecidos por estos. Salvo autorización expresa y escrita de las partes, ningún funcionario, podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.
10. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en el desarrollo del contrato.
11. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de la INTERVENTORIA y/o del Contratante.
12. Suscribir las actas que en desarrollo del contrato sean indispensables y todas aquellas que tengan la justificación técnica, jurídica o administrativa necesaria.
13. Para la intervención de las viviendas, el CONTRATISTA no deberá generar ningún cobro al hogar beneficiario del subsidio ni a la comunidad. La ejecución del proyecto se desarrollará únicamente con recursos del programa.
14. Radicar las facturas de cobro por los productos o trabajos ejecutados de acuerdo con los términos de referencia y obligaciones del contrato.
15. Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se vincule y a terceros en la ejecución del contrato.
16. Asumir el valor adicional del contrato de INTERVENTORIA cuando la mayor permanencia sea imputable al CONTRATISTA de obra.
17. Participar a través del representante legal y/o Director del Proyecto en el comité de seguimiento o comités de obra a los cuales podrá asistir el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, FINDETER y demás entidades involucradas en el desarrollo del Proyecto.
18. Participar y apoyar al Fideicomiso Programa Casa Digna, Vida Digna y/o FINDETER, y al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en todas las reuniones que sea convocado relacionadas con la ejecución del contrato.
19. Colaborar con el Fideicomiso Programa Casa Digna, Vida Digna y/o FINDETER, y al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en el suministro y respuesta de la información correspondiente ante cualquier requerimiento de los organismos de control del Estado Colombiano en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato objeto del presente documento.
20. Entregar al Fideicomiso Programa Casa Digna, Vida Digna toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de la ejecución del contrato, al finalizar el plazo de este, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes.
21. Velar porque la CONTRATANTE, y/o el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y/o FINDETER, se mantenga indemne de cualquier reclamación de terceras personas, subcontratista, proveedores y demás servicios que de forma indirecta hayan sido requeridas para la ejecución del contrato.
22. Solventar a su xxxxx las reclamaciones que en su caso le resulten por daños o perjuicios a propiedades o terceras personas derivadas de la ejecución del contrato por acciones u omisiones imputables al CONTRATISTA, sus dependientes subordinados o subcontratistas.
23. Presentar un informe final de ejecución que dé cuenta de las actividades y gestiones realizadas en desarrollo del contrato, de acuerdo con el formato establecido por FINDETER y los requerimientos solicitados en el numeral 3.3 de estos estudios previos.
24. El CONTRATISTA debe entregar como mínimo los productos del informe final del proyecto en original, una (1) copia física y dos (2) copias magnéticas.
25. Dar estricto cumplimiento a los aspectos sociales contenidos en el presente documento y sus anexos.
26. Ejecutar la obra con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás
elementos necesarios para el cabal cumplimiento del contrato.
27. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio vigentes y las demás pruebas que se requieran y/o soliciten para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se instalen en la obra. En cumplimiento de esta obligación, el CONTRATISTA deberá presentar a la INTERVENTORIA los documentos que permitan acreditar que los equipos utilizados para los diferentes ensayos tengan las siguientes capacidades:
i. Calibrar o verificar los equipos antes de su utilización o en intervalos especificados comparándolos con patrones de medición trazables a patrones de medición nacional o internacional. Cuando no existan tales patrones debe registrarse la base utilizada para la calibración o la verificación.
ii. Ajustar o reajustarse, según sea necesario.
iii. Identificarse para poder determinar el estado de calibración.
iv. Protegerse contra los daños y el deterioro durante la manipulación, el mantenimiento y el almacenamiento.
v. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio, pruebas de presión hidrostática y desinfección de tuberías, pruebas de estanqueidad y demás pruebas que apliquen de acuerdo con el proyecto que se soliciten por parte del Interventor y/o la CONTRATANTE para verificar la calidad de las obras, así como de los materiales y demás elementos que se instalen en la obra.
28. Acompañar al comité de sostenibilidad, descrito en los lineamientos de gestión social y reputacional, o en su defecto a las veedurías existentes para la ejecución del proyecto.
29. Presentar los informes mensuales conforme el numeral 3 PRODUCTOS REQUERIDOS, los cuales deberán ser aprobados por la INTERVENTORIA y contener la información establecida en el mismo numeral.
30. Presentar las Actas de recibo parcial de obra, las cuales deberán contener el informe mensual, debidamente aprobados por la INTERVENTORIA y avaladas por FINDETER.
31. Acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda a persona natural o jurídica. En caso de figura asociativa, la de esta y la de cada uno de los que la conforman
32. El programa de Mejoramiento de Xxxxxxxx NO asumirá costos de obras realizadas por personas diferentes a los CONTRATISTAS del programa para este proyecto, NO se asumirán costos de elementos que fueron instalados con anterioridad a la ejecución del proyecto en la respectiva ciudad.
33. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 738 del 26 xx xxxx de 2021, o las normas que los modifiquen, adicionen y/o sustituyan, en relación con los protocolos y elementos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
34. Implementar y hacer cumplir el protocolo de bioseguridad, teniendo en cuenta, lo establecido en la : XXXXXXXX XXXXXXXX Xx 0000000 XXX 0 XX XXXXX XX 0000, xxxx xxxxxx Xx: MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN PARA REDUCIR LA EXPOSICIÓN Y CONTAGIO POR INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA CAUSADA POR EL CORONAVIRUS COVID-19” y la CIRCULAR XXXXXXXX Xx 000 XXX 00 XX XXXXX XX 0000, xxxx xxxxxx Xx “ORIENTACIÓN SOBRE MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN PARA REDUCIR LA EXPOSICIÓN Y CONTAGIO POR INFECCIÓN RESPIRATORIA
AGUDA CAUSADA POR EL SARS-Cov-2 (COVID-19)
35. Resolver las dificultades técnicas que se presenten durante la ejecución de las obras.
36. Suscribir el Acta de terminación del contrato.
13.2.2. Obligaciones específicas
13.2.2.1. Obligaciones en la Fase 1 categorización y diagnóstico
1. Deberá contar con un equipo especializado quienes deberán verificar las condiciones actuales y reales de la vivienda, para realizar la formulación y planeación de la intervención en cada una de ellas y su respectivo levantamiento técnico.
2. Deberá contar con un equipo de profesionales sociales para el acompañamiento y la implementación del plan de gestión social a los hogares postulados en el programa.
3. Presentar el concepto tipo de mejoramiento en la vivienda, Levantamiento técnico del diagnóstico, propuesta técnica de mejoramiento, Presupuesto y cantidades de obra, Registro fotográfico, Cronograma de actividades del mejoramiento, Acta de concertación y todos los productos derivados de los mismos en los formatos y tiempos establecidos por la INTERVENTORIA y por FINDETER.
4. Fijar los lineamientos de interacción entre su equipo de profesionales y asegurar el cumplimiento del plan de trabajo de acuerdo con el cronograma aprobado por la INTERVENTORIA.
5. Deberá seguir los lineamientos establecidos para la priorización de las intervenciones en cada una de las viviendas sin exceder al valor máximo del subsidio dispuesto para ellas.
6. Cumplir con todas las actividades establecidas en el diagnóstico del mejoramiento de la vivienda.
7. El CONTRATISTA deberá ingresar en el sistema de información dispuesto por FINDETER, todos los productos de la Fase 1 y demás requeridos para la ejecución de las actividades de esta Fase, con el fin de que la INTERVENTORIA realice su aprobación y FINDETER su verificación.
8. Cumplir con todos los protocolos de bioseguridad que le sean aprobados por la entidad correspondiente.
9. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de bioseguridad, seguridad industrial y de tipo ambiental.
10. Presentar el plan de gestión social que será implementado en la fase de ejecución, para ello se deben tener en cuenta los lineamientos anexos.
13.2.2.2. Obligaciones en la Fase 2 ejecución de obras de mejoramiento
1. Adelantar los trámites de permisos, en caso de que se requieran.
2. Realizar apertura de las actas de vecindad con registro fotográfico, donde se señale el estado de las edificaciones e infraestructura adyacente que pueda verse afectada durante la ejecución del mejoramiento. Dichas actas deberán estar firmadas por los propietarios o representantes de las respectivas edificaciones, el CONTRATISTA, el profesional social del CONTRATISTA y la INTERVENTORIA. Las actas de vecindad deberán ser elaboradas antes del inicio de las actividades constructivas. Posterior a la ejecución de las obras se debe
adelantar el proceso de cierre de las mismas actas.
3. Firma del Acta de Inicio de obra del mejoramiento, la cual deberá estar suscrita entre el CONTRATISTA, el Interventor y el hogar beneficiario, mediante la cual se da inicio a las actividades de obra para el mejoramiento de la vivienda.
4. Abrir una bitácora por cada vivienda objeto de mejoramiento, donde se registrarán las diferentes actividades y acciones técnicas y sociales que se desarrollen con las familias beneficiarias; entrega de materiales, las órdenes, instrucciones, inconvenientes y recomendaciones al personal de construcción, integrantes y representantes de cada hogar que se deban tener en cuenta durante la ejecución de obra.
5. Mantener actualizada la bitácora, respecto al registro de la entrega de materiales a cada familia.
6. Garantizar el transporte de los materiales y equipos, así como los despachos y entrega oportuna al beneficiario en el sitio definido, cumpliendo los plazos establecidos en el cronograma.
7. Efectuar las reparaciones que sean necesarias a las áreas intervenidas y aledañas, que como consecuencia de los procesos constructivos sufran daños o alteraciones para su funcionamiento y/o estética.
8. Ejecutar las actividades y acciones de mejoramiento tanto en calidad, cantidades de obra y tiempo, con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios, sin exceder el valor del subsidio de mejoramiento otorgado al hogar por FONVIVIENDA.
9. Realizar las pruebas técnicas en conjunto con la INTERVENTORIA, que de acuerdo con el nivel de intervención se requieran, para garantizar la funcionalidad de las obras ejecutadas.
10. Entregar los planos récord de la intervención, suscritos por los responsables.
11. Firma del acta de recibo del mejoramiento por parte del INTERVENTOR, CONTRATISTA y hogar beneficiario donde se relacione su alcance, se acredite el cumplimiento de la intervención, de las normas aplicables y donde conste el recibo a satisfacción por parte del beneficiario la cual debe incluir un registro fotográfico de la intervención realizada.
12. El CONTRATISTA deberá presentar una base de datos que contenga toda la información requerida para la expedición del certificado de existencia del mejoramiento, conforme el formato establecido por FINDETER.
13. Garantizar la señalización y la seguridad en la obra. Para ello deberá mantener el acopio de materiales debidamente señalizados con cinta de demarcación a tres líneas y con soportes tubulares.
14. Garantizar la calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato conforme a las características fijadas en los términos de referencia (Anexo Especificaciones Técnicas).
15. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza. En cualquier caso, el almacenamiento de los residuos no podrá ser mayor de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la colocación de estos materiales.
16. Responder por la obtención legal y oportuna de todos los materiales y suministros, garantizando el uso xx xxxxxxx autorizadas de materiales de construcción, los cuales deben contar con todos los permisos y licencias requeridas para su explotación y exigencias de la autoridad ambiental competente. Manteniendo permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de los trabajos, además con el fin de que pueda intervenir simultáneamente las diferentes viviendas.
17. Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como consecuencia de los
defectos de estabilidad, y a las áreas contiguas que presenten deterioro, según los términos definidos en las garantías.
18. Demoler y reemplazar, por su cuenta y riesgo, en el término indicado por el Interventor o FINDETER y/o la CONTRATANTE, toda actividad ejecutada que resulte defectuosa según el análisis de calidad, o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.
19. Organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los requerimientos técnicos necesarios sino con las disposiciones legales, las normas especiales para la gestión y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Cualquier contravención a los preceptos anteriores será responsabilidad del CONTRATISTA, y el Interventor, por esta causa podrá ordenar la modificación de los procedimientos o la suspensión de los trabajos. Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones sobre recursos naturales de carácter regional, que se requieran, serán tramitados y obtenidos por cuenta y riesgo del CONTRATISTA previamente a la iniciación de las actividades correspondientes.
20. Reparar y/o reponer oportunamente y por su cuenta y riesgo, cualquier daño o perjuicio que ocasione a la infraestructura existente en el sitio de las obras (viviendas) con ocasión de la ejecución del proyecto. Además, deberá implementar métodos constructivos que mitiguen la afectación de otras redes e intervenciones de servicios públicos. El sistema constructivo propuesto por el CONTRATISTA deberá cumplir con las normas vigentes aplicables (Código Colombianos de Construcción Sismo resistente NSR-10 y demás normas que apliquen).
21. Elaborar, durante todo el proceso de construcción, el manual de funcionamiento y mantenimiento, en el cual se deberá especificar los materiales de obra de uso permanente en cada vivienda (pisos, muros, cubiertas, baldosas, aparatos sanitarios, cocina integral, así como el de los equipos instalados). Se deberá anexar el original de las garantías de todos los equipos. Este manual contendrá en una escala reducida, pero legible, los aparatos hidrosanitarios y de cocina. El manual deberá contar con la aprobación por parte de la INTERVENTORIA.
22. El CONTRATISTA no podrá ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin previa aprobación por la INTERVENTORIA y verificación por parte del supervisor designado por FINDETER. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa autorización, será asumido por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, de manera que la CONTRATANTE no reconocerá valores por tal concepto.
23. El CONTRATISTA deberá ingresar en el sistema de información dispuesto por FINDETER, todos los productos de la Fase 2 y demás requeridos para la ejecución de las actividades de esta Fase, con el fin de que la INTERVENTORIA realice la verificación y aprobación.
24. Solicitar y justificar con la debida antelación (mínimo un mes y medio) a la INTERVENTORIA la prorroga necesaria para la terminación de la obra o la modificación, cuando así se requiera.
25. Todas las actividades de replanteo y ajustes de las obras, resultado del diagnóstico efectivo correrán por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, y deberán ser aprobados por la INTERVENTORIA.
26. El CONTRATISTA de obra será el encargado y único responsable de entregar las obras de mejoramiento de cada vivienda funcionando en las condiciones contratadas.
27. El CONTRATISTA deberá velar y garantizar todas las obras objeto del mejoramiento hasta
por el término definido en las garantías, sin perjuicio de las acciones que establece la ley.
13.2.3. Obligaciones frente al personal requerido
1. Vincular a la ejecución de las obras, como mínimo en un setenta por ciento (70%) mano de obra no calificada de la zona de influencia directa; preferiblemente habitantes de la localidad beneficiaria y con habitantes de las zonas aledañas; en caso de no ser posible la consecución de esta personal, la INTERVENTORÍA debe evidenciarlo.
2. Vincular al proyecto un profesional que corresponda a primer empleo, en concordancia con lo establecido en la ley 1780 de 2016. Las condiciones para cumplir con este requisito son: Profesional que se encuentre los 18 y los 28 años de edad
3. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el CONTRATISTA de OBRA demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución de la consultoría, la INTERVENTORÍA deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje
4. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte al personal contratado en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
5. El Director de obra deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del Contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.
6. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas.
7. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental.
8. El CONTRATISTA deberá implementar, los frentes de trabajo simultáneos que considere necesarios para intervenir las diferentes viviendas. Cada frente de trabajo deberá contar con el equipo técnico suficiente, para dar cumplimiento a la totalidad de compromisos adquiridos en el contrato. Estas actividades, deberán estar especificadas de manera clara e independiente en la metodología de trabajo.
9. Por cada profesional o técnico propuesto que no cumpla con los mínimos requeridos o que no esté laborando, se descontará a manera de sanción del pago la suma de veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) por cada día calendario que no se tenga el personal mínimo requerido, previo requerimiento que sobre el particular efectué el Interventor. Realizado tres (3) requerimientos al CONTRATISTA, el Interventor solicitará al PATRIMONIO AUTONOMO el inicio de un proceso de incumplimiento parcial del contrato.
10. Las jornadas de trabajo requeridas, deberán acordarse y conciliarse con la INTERVENTORIA. indicando y dejando expresas las horas de inicio y terminación, así mismo las jornadas adicionales, dentro de la carta de compromiso. Las cuales deberán estar previamente concertadas con los habitantes de cada vivienda a intervenir y la comunidad vecina, toda vez que contiguo a la vivienda intervenida pueden existir predios y edificaciones vecinas.
11. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa.
12. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal
que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de ofertar y presentar la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con la CONTRATANTE.
13. Presentar a la INTERVENTORIA, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la INTERVENTORIA.
14. Presentar mensualmente al Interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones, novedades y soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal.
15. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:
i. Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra.
ii. Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual.
iii. Dotación xx xxxxxxx y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual.
13.2.4. Obligaciones sociales y ambientales
1. Garantizar el desarrollo de un plan de gestión social y reputacional, debe incluir los componentes de lectura territorial; comunicación, divulgación y acompañamiento social; capacidad de mano de obra en la zona; seguimiento y evaluación.
2. Cumplir con el desarrollo del proyecto y del plan de gestión social con todos sus componentes y productos de manera presencial, dando cumplimiento al distanciamiento social siempre y cuando se tenga condiciones de la emergencia sanitaria COVID-19 decretada por el Gobierno Nacional. Como excepción y en los casos que sea necesario o la efectividad sea mayor se podrán realizar de manera virtual previa aprobación de la interventoría.
3. Contar con los profesionales sociales competentes y residentes de la zona que conozcan la cultura del área de influencia directa de manera que se aseguren las habilidades y capacidades de relacionamiento social, así como el cumplimiento de las actividades estipuladas en los lineamientos del plan de gestión social y reputacional.
4. Asegurar el acompañamiento social durante la ejecución del contrato, con el fin de cumplir el propósito del PGSR y atender inquietudes de las comunidades asociadas al desarrollo de éste.
5. Tramitar todos los permisos ambientales que se requieran en el desarrollo del proyecto, para lo cual deberá liderar, gestionar, coordinar, oficiar, impulsar y dirigir ante las distintas autoridades del orden Nacional, y/o Distrital, las actuaciones pertinentes. Para tal efecto, dispondrá de todos los recursos físicos y humanos que sean necesarios y suficientes sin generar gastos adicionales para la CONTRATANTE, hasta la obtención del resultado esperado, el cual es la expedición del Acto Administrativo emitido por la Autoridad competente.
6. No deberá depositar materiales o cualquier tipo de insumo en el espacio público sin la debida autorización de la entidad competente.
7. Garantizar que la obra al finalizar las actividades propias del contrato quede totalmente limpia
de sustancias, elementos peligrosos y residuos especiales.
8. Garantizar que todas las sustancias con las que realizan las actividades propias del contrato estén etiquetadas con las especificaciones pertinentes y no se re envasen en ningún otro tipo de recipiente, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 del Decreto 1973 de 1995.
13.2.5. Obligaciones financieras
1. Responder por el pago de los impuestos nacionales y distritales que cause la legalización y ejecución del contrato.
2. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, Departamental y Municipales en donde se desarrolle el contrato, así como las erogaciones necesarias para la ejecución de este. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida para el proceso
3. Radicar las facturas correspondientes a las actas de recibo parcial de obra, junto con los soportes técnicos que sean cumplimiento de sus obligaciones, para revisión y aval de la INTERVENTORIA.
4. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORIA, el informe y/o productos que corresponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecución del contrato, entre otros, según obligaciones.
13.2.6. Obligaciones del CONTRATISTA en el proceso de cierre contractual
1. Suministrar a la INTERVENTORIA los documentos requeridos para llevar a cabo la liquidación del contrato.
2. Mantener actualizada la documentación requerida para efectos de llevar a cabo la liquidación del contrato.
3. Suscribir el Acta de entrega y recibo a satisfacción final del contrato.
4. Suscribir el Acta de liquidación del contrato.
5. Suscribir el Acta de cierre, balance financiero y ejecución del contrato.
6. Las demás que, por Xxx, los Términos de Referencia y Minuta del Contrato de Obra le correspondan o sean necesarias para el cabal cumplimiento de este.
14. INTERVENTORÍA DEL CONTRATO
La Interventoría será ejecutada por la persona natural o jurídica que designe LA CONTRATANTE para tal fin, lo cual será oportunamente informado al CONTRATISTA. El INTERVENTOR desempeñará las funciones previstas en el manual de Supervisión e Interventoría que se encuentra vigente, las Reglas de Participación y el Contrato.
El CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del Manual de Supervisión e Interventoría que se encuentre vigente
15. GARANTÍAS
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo de los oferentes frente a la entidad, por razón de la presentación de la propuesta, deberán constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia que ampare la seriedad de la propuesta en FORMATO ENTRE PARTICULARES con las siguientes características.
15.1. Garantía de seriedad de la propuesta
EL PROPONENTE se constituirá como TOMADOR Y XXXXXXXXX, y EL CONTRATANTE como ASEGURADO Y BENEFICIARIO.
La póliza de seriedad de la oferta deberá contener expresamente el NÚMERO y el OBJETO de la convocatoria.
Tratándose de proponente plural, deberá indicar sus integrantes y porcentaje de participación. Con la presentación oportuna de la propuesta, se entiende que la misma es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones durante toda la vigencia de la póliza, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse en las respectivas adendas a los Términos de Referencia.
Esta garantía deberá señalar expresamente que:
La aseguradora cubre a LA CONTRATANTE de las sanciones imputables al proponente, en los siguientes eventos:
a. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos de referencia o las reglas de participación se prorrogue, o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres (3) meses.
c. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
d. La no presentación por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por LA ENTIDAD para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una garantía de seriedad de la propuesta con las siguientes características:
1. FIDEICOMISO PROGRAMA CASA DIGNA VIDA DIGNA identificado con NIT: 830.055.897-7
2. Amparos: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, y tendrá un carácter indemnizatorio.
3. Valor asegurado: La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto estimado de la convocatoria.
4. Vigencia: Deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, y en caso de la prórroga del cierre, deberá constituirse a partir de la nueva fecha dispuesta para el cierre.
Con la presentación oportuna de la propuesta, se entiende que la misma es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones durante toda la vigencia de la póliza, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con los términos de referencia y sus respectivas adendas.
I. Presentada oportunamente la garantía, verificado que corresponde al proceso de selección, si no contiene los requerimientos de los términos de referencia, el proponente deberá aclarar o subsanarlos, para luego remitir las modificaciones dentro del término perentorio fijado en el cronograma del proceso, so pena del rechazo de la oferta.
II. El proponente debe aportar el soporte de pago de la prima correspondiente. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago, ni el soporte de transacción electrónica.
15.2. Garantía de cumplimiento
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONTRATISTA frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio previo efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos dentro de la garantía que el CONTRATISTA deberá constituir y presentar al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Casa Digna Vida Digna, expedidas por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, con los siguientes amparos, cobertura y vigencia.
Tabla 12. Garantía de cumplimiento
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | XXXXXXXX | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 30% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más | Contratista de Ejecución del Contrato |
De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 10% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. | |
Calidad del Servicio | 30% del valor total del contrato | Vigente por (1) un año contado desde la fecha de suscripción del acta de recibo final del contrato. | |
Estabilidad y calidad de obra | 30 % del valor del contrato | Vigente por (3) tres años contados desde la fecha de suscripción del acta de recibo final del contrato |
Tabla 13. Garantía de responsabilidad civil extracontractual.
XXXXXX | XXXXX XXX XXXXXX | XXXXXXXX | RESPONSABLE |
Responsabilidad Civil Extracontractual | 20% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato. | Contratista de Ejecución del Contrato |
La aprobación de las garantías por parte de LA CONTRATANTE es requisito previo para el inicio de la ejecución del contrato y sus respectivas etapas y/o fases del proyecto, razón por la cual, no podrá iniciar su ejecución o de la etapa sin la respectiva aprobación de estas.
Las garantías deberán aportarse para su aprobación acompañadas de los respectivos anexos y soportes de la ésta y el soporte de pago de la prima correspondiente. No es de recibo la certificación de No expiración por falta de pago.
16. CONDICIONES RESOLUTORIAS
Si como resultado de la verificación de las condiciones de ejecución del proyecto, se presentara alguno de los eventos listados a continuación, se entenderá que dicho presupuesto fáctico constituye el acaecimiento de una condición resolutoria y por lo tanto dará origen a la resolución del contrato y a la cesación de los efectos que de éste se deriven. Para todos los efectos de ejecución del contrato serán eventos que determinen la resolución del contrato:
✓ Cuando exista oposición de la comunidad a la ejecución del proyecto. Dicha oposición de la comunidad deberá tener la entidad suficiente para hacer imposible la ejecución total o parcial del proyecto, de tal forma que no pueda adoptarse una solución técnica viable económicamente. Es responsabilidad del CONTRATISTA evidenciar que persiste la oposición de la comunidad después de implementadas las acciones del Plan de Gestión Social y Equidad de Género que incluye las actividades de socialización, concertación y negociación, si hubiese lugar. Si al finalizar estas acciones permanece la oposición de los líderes y la comunidad, se deberá demostrar con la suficiencia de soportes, que no es posible continuar con la ejecución debido a esta situación. Es responsabilidad de la INTERVENTORÍA verificar y corroborar la información y la documentación de respaldo entregada por el CONTRATISTA frente a la oposición de la comunidad.
✓ Falta de servidumbres, permisos de paso y de otros requisitos prediales necesarios para la ejecución del proyecto (En los casos que aplique).
✓ Si la CONTRATANTE o FINDETER tienen conocimiento de que la adjudicación del contrato se obtuvo por medios fraudulentos o mediante engaño.
✓ Una vez suscito el contrato, en el evento de no cumplir con los plazos previstos para aportar las garantías establecidas o que las mismas no sean aprobadas por causas imputables al CONTRATISTA, se constituirá en causal resolutoria, sin perjuicio de que se haga efectiva la póliza de seriedad de la oferta. En aquel evento, se suscribirá el contrato con el proponente clasificado en segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente
Acaecida cualquier condición resolutoria de las anteriormente descritas, los derechos y obligaciones del CONTRATO se extinguirán en los términos del artículo 1536 del Código Civil, quedando resuelto el contrato, por lo tanto, el mencionado contrato se terminará de mutuo acuerdo de manera anticipada y entrará en etapa de cierre, balance financiero y de ejecución, sin que se cause ningún reconocimiento económico distinto al valor ejecutado del CONTRATO.
Nota: Cuando a criterio de la INTERVENTORÍA del proyecto la condición resolutoria surja por una acción u omisión imputable al CONTRATISTA, se entenderá que es responsable por la resolución del contrato y como consecuencia, LA CONTRATANTE podrá exigirle a su arbitrio enervar la causal que suscitó el acaecimiento de la condición resolutoria o la indemnización de perjuicios.
17. CLÁUSULAS ESPECIALES PARA TENER EN CUENTA
• Una vez reportado el diagnóstico efectivo de las viviendas a cargo del CONTRATISTA, FONVIVIENDA contará con máximo QUINCE (15) DÍAS para llevar a cabo la aprobación de los respectivos subsidios, so pena de que las actividades de mejora de la respectiva vivienda no sean ejecutadas.
• Si una vez realizado el diagnóstico efectivo de las viviendas a cargo del CONTRATISTA, o dentro de la ejecución de las obras contempladas en la Fase 2, el jefe de hogar de la vivienda a intervenir manifiesta encontrarse en desacuerdo con las actividades a ejecutar, se entenderá que las mejoras de la respectiva vivienda no serán ejecutadas.
Nota: En todo caso, y para efectos del presente proceso se entiende que el CONTRATISTA se encontrará cubierto hasta por el plazo del contrato descrito en el presente documento.
18. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
a. Mantener indemne a la Fiduciaria Bogotá como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO CASA DIGNA VIDA DIGNA, a FONVIVIENDA, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y a FINDETER y a sus directivos, socios, miembros de la Junta Directiva, trabajadores, colaboradores, clientes, representantes o apoderados de cualquier reclamación, pleito, queja, demanda, sanción, condena o perjuicio fundamentados en actos u omisiones del CONTRATISTA, en ejecución del contrato.
b. Desplegar todas las acciones necesarias para evitar que sus empleados, familiares de estos, acreedores, contratistas, proveedores, subcontratistas o terceros presenten reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra la Fiduciaria Bogotá como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO CASA DIGNA VIDA DIGNA, a FONVIVIENDA, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y a FINDETER, con ocasión de acciones u omisiones suyas derivadas de la ejecución del contrato.
Todos los gastos que implique la defensa de los intereses de la Fiduciaria Bogotá como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO CASA DIGNA VIDA DIGNA, a
FONVIVIENDA, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y a FINDETER deberán ser asumidos por el CONTRATISTA.
Si durante la vigencia del contrato o con posterioridad se presentan reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra la Fiduciaria Bogotá como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMISO CASA DIGNA VIDA DIGNA, a FONVIVIENDA, Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio y/o FINDETER, éstos podrán requerir al CONTRATISTA o vincularlo bajo cualquier figura procesal que resulte aplicable a su defensa o acordar con el CONTRATISTA la estrategia de defensa que resulte más favorable a los intereses de las Entidades mencionadas.
19. CLÁUSULA DE GESTIÓN DE RIESGOS
Se encuentra necesario incluir el requisito de gestión de riesgos para el CONTRATISTA obra en los siguientes términos:
GESTIÓN DE RIESGOS
El CONTRATISTA de obra previamente a la celebración del contrato ha hecho sus propios cálculos y estimaciones, con base en los cuales ha dimensionado su oferta. Tales estimaciones y cálculos deben haber considerado el contexto en el cual se ejecutará el contrato, así como todos los fenómenos, que puedan afectar la ejecución del contrato. En la ejecución del contrato, el CONTRATISTA de obra se obliga a realizar todas las actividades y buenas prácticas que dicta el estado del arte en el campo del objeto contractual, con el fin de realizar la gestión de los riesgos que puedan afectar la ejecución del contrato. Dicha gestión debe contemplar como mínimo las siguientes actividades:
a. La identificación de los riesgos.
b. El análisis cuantitativo y cualitativo mediante el cual estime la probabilidad y la consecuencia de la ocurrencia de los riesgos identificados, así como la priorización de cada uno de ellos.
c. Realizar el respectivo plan de respuesta a los riesgos identificados, en el que se determinen las acciones que se ejecutarán con el fin de mejorar las oportunidades y reducir las amenazas que se originen en los riesgos identificados.
d. Realizar las actividades de monitoreo y control aplicable con base en la priorización de riesgos realizada, con lo cual determinará si hay cambios en la priorización de los riesgos, si han surgido nuevos riesgos frente a los inicialmente identificados, como también si las acciones definidas en el plan de respuesta al riesgo evidencian la efectividad prevista.
Para la realización de la gestión de riesgos descrita, el CONTRATISTA de obra deberá presentar a LA INTERVENTORÍA para su aprobación un documento que contenga la siguiente información como mínimo:
i. Un plan de Gestión del Riesgo que debe incluir la metodología que utilizará, los roles y responsabilidades del equipo de trabajo con relación a la gestión del riesgo, la categorización que utilizará para priorizar los riesgos, la periodicidad con la que realizará las actividades de gestión de los riesgos durante la ejecución del contrato, las escalas de probabilidad y consecuencia y la matriz de riesgos con las que realizará los análisis cualitativos y cuantitativos de los riesgos, así como la política de gestión de riesgos a partir de la cual el CONTRATISTA de obra determina la tolerancia al riesgo que da lugar a la activación de las acciones de gestión de los riesgos.
ii. Un Registro de Riesgos que debe incluir los riesgos identificados, las posibles respuestas, las causas de los riesgos, así como la calificación del riesgo de acuerdo con la categorización definida en el Plan de Gestión del Riesgo.
iii. Un Plan de Respuesta de Riesgos que debe incluir las acciones previstas para mitigar los riesgos incluidos en el Registro de Riesgos.
20. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO
20.1. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con el proceso de la referencia, en la matriz xx xxxxxx contractuales que hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba, se establece la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el proceso a adelantar; la matriz es resultado de un ejercicio de identificación, valoración y distribución de dichos riesgos.
Para el presente proceso contractual, entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo de este, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual.
Así las cosas, con respecto a la matriz, se deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La matriz de riesgos contractuales hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba.
2. Los proponentes declaran que para la preparación y presentación de su oferta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz.
3. La estructura de matriz de riesgo previsibles se ha elaborado como resultado de un proceso de gestión del conocimiento y lecciones aprendidas, retroalimentado por el equipo técnico y jurídico de FINDETER, en el marco de la estrategia de asistencia técnica - gestión del conocimiento de FINDETER.
4. En el elemento de la asignación de riesgos, al indicar a una de las partes contractuales se entiende que ésta asume el 100% del riesgo.
De acuerdo con lo anterior, no procederán reclamaciones del CONTRATISTA, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos que se encuentren en cabeza de él, y, en consecuencia, la Contratante no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales propuesta por la CONTRATANTE, deberán anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados, y de ser pertinentes, sean incorporados en la matriz referida.
No será posible entonces alegar desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria, los documentos y estudios del proyecto, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el CONTRATISTA en dicha etapa.
Los mitigantes sugeridos al Contratista corresponden a tratamientos indicativos o sugeridos, sin perjuicio de que el Contratista pueda definir unos de mejor cobertura frente a la gestión de la probabilidad o impacto de los riesgos identificados.
Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia y con fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el proponente al realizar su oferta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su propuesta.
Una vez iniciado el contrato durante, es responsabilidad del Contratista junto a la gestión social, realizar la actualización de los controles de riesgos. La identificación de las probables oportunidades y riesgos que puede ocasionar la obra deben ser previstas y atendidas a tiempo, para evitar las conflictividades que puedan afectar el desarrollo, apropiación y sostenibilidad del proyecto. Para ello tener en cuenta el anexo correspondiente
21. NIVEL DE IMPACTO
El nivel de impacto de la contratación es alto, dado que se trata del cumplimiento de compromisos contraídos por las Entidades participantes en el marco del programa en desarrollo de su objeto.
22. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Las partes acuerdan liquidar el contrato dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su terminación. Para ello, se suscribirá el Acta correspondiente, en la cual constará el cierre contractual efectuado por el INTERVENTOR, balance financiero y de ejecución del contrato en todos los aspectos jurídicos, técnicos, económicos. Igualmente, se realizará un xxxxx xx xxxxxxx y se consignarán las prestaciones pendientes a cargo de las partes, con el fin de declararse x xxx y salvo por todo concepto. Así mismo, se incluirán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que logren las partes para poner fin a las divergencias que pudieran presentase. De otro lado, se incorporarán las salvedades que en su momento pudiera considerar EL CONTRATISTA.
En caso de que EL CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga EL CONTRATANTE, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, EL CONTRATANTE dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de común acuerdo, elaborará el Acta y dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del contrato, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes. Lo anterior, sin perjuicio de las
medidas que se estimen pertinentes frente a presuntos incumplimientos por parte de EL CONTRATISTA.
Cordialmente,
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Gerente de Vivienda y Desarrollo Urbano VoBo,
XXXX XXXX XXXXXX XXXXX
Vicepresidente Técnico
Preparó:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx- Profesional Gerencia de Vivienda Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx- Profesional Gestión Social
Revisó: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx – Profesional Gerencia Técnica
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx - Xxxxxxx Coordinación Contratación Derivada. Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx – Abogada Coordinación Contratación Derivada. Xxxx Xxxxxxx X. – Coordinador Contratación Derivada.
ANEXOS:
1. Matriz de Riesgo, Especificaciones Técnicas, lista de precios unitarios y Lineamientos del Plan de Gestión Social y Reputacional