CONDICIONADO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA SUBASTA PARA EL ARRENDAMIENTO DE PARTE DE LA FINCA RUSTICA EN PARCELA 1 POLIGONO 16 PARAJE ESTAJAO DE ALFARO.
Expte Contratación-Asuntos Generales 2011/15
CONDICIONADO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA SUBASTA PARA EL ARRENDAMIENTO DE PARTE DE LA FINCA RUSTICA EN PARCELA 1 POLIGONO 16 PARAJE ESTAJAO XX XXXXXX.
OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es el arrendamiento de parte de la finca rústica, propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicada en la parcela nº 1 del polígono 16, paraje Estajao xx Xxxxxx.
DESCRIPCIÓN DE LA FINCA:
- Parcela rustica 1 parte del Polígono 16, de 10,4 Ha., calificación Regadío, en el Estajao.
Linda al Norte y Este con resto de finca matriz, Sur y Oeste con acequia xxx Xxxxxx.
Esta inscrita en el Registro de la propiedad en el Tomo 231 Libro 149 Folio 25 finca 13.168, inscr. 1ª.
SITUACIÓN ACTUAL
La parcela 16/1 del Estajao tiene una superficie de cultivo de 30 de las cuales 20,3 se encuentran arrendadas hasta abril del 2016, a X. Xxxxx Xxxxxx con 7,39 Ha.,, D. Xxxxxxxxx Xxxxx con 8,36 Ha. , y X. Xxxxxxx Xxxxxx con 4,56 Ha.
El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a 86.320 €, por lo que el precio del arrendamiento asciende a CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS (5.200 Euros) al año más anejos de legitimo abono (agua, comunidad de regantes, etc.).
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
II. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento de parte de la finca rústica, propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicada en la parcela nº 1 del polígono 16, paraje Estajao xx Xxxxxx, será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa habrá un único criterio de adjudicación, el precio mas alto, de conformidad con el artículo 92 del Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las Entidades Locales y el articulo 124 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y la Disposición final primera.
III. PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxx.xxx.
IV. TIPO DE LICITACION
Se establece un tipo mínimo de licitación de CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS (5.200 euros) anuales, que podrá ser mejorado al alza por el licitador.
La renta se actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.
V. ORGANO DE CONTRATACIÓN
A la vista de la duración del contrato, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, será el Pleno Municipal.
VI. PLAZO DE ARRENDAMIENTO
El plazo de arrendamiento será de 24 años con objeto de unificar con el arrendamiento del resto de la finca.
La rescisión del contrato por causa imputable al arrendatario llevará consigo la indemnización equivalente a la renta que le quedara por pagar hasta la fecha de nueva adjudicación que el Ayuntamiento se compromete a tramitar en el plazo de seis meses. Todo ello sin perjuicio de la pérdida de la fianza depositada, a la que dará lugar, en todo caso, la citada rescisión.
VII. CAPACIDAD
Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
VIII. ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán concurrir a esta licitación por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos establecidos por este Pliego, y no estén comprendidas en alguno de los supuestos de prohibición señalados en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y Ley Orgánica 5/85, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en especial en sus artículos 159.b) y 178.2.d).
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
IX. PRESENTACION DE LA OFERTA
El plazo de presentación de proposiciones será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la inserción del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de La Rioja y en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento. Si el ultimo día de plazo de presentación de proposiciones fuese sábado o festivo, se ampliara hasta el primer día hábil siguiente.
Las proposiciones se presentarán en el Ayuntamiento xx Xxxxxx, Unidad Administrativa de Secretaría General, c/ Las Pozas nº 14, C.P. 26540, hasta las 14 horas del último día del plazo, o a través de los procedimientos indicados en el articulo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Si la Proposición se envía por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (000-000000) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación ésta no será admitida en ningún caso. A estos efectos contemplados en este apartado el sábado tendrá la consideración de inhábil.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez admitida una proposición, no podrá retirarse, salvo que la retirada de la proposición sea plenamente justificada y motivada.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición [sin perjuicio de lo establecido en los artículos 131 y 132 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público]. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Condicionado.
La oferta para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Arrendamiento de parte de la finca rústica, ubicada en Parcelas nº 1 Polígono 16 xx Xxxxxx Paraje Estajao”.
La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Documento Nacional de Identidad del proponente o, en su caso, de su representante.
Si concurriera una empresa, la escritura de constitución o modificación, en original o copia autenticada, debidamente inscrita en el Registro mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil aplicable.
3) Escritura de poder si se actúa en representación de otra persona, ya sea original o fotocopia debidamente compulsada
Declaración expresa y responsable por parte del empresario, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
5) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA
a) Oferta económica
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en nombre propio [o en representación de la empresa _________________, con CIF n.º ____________], enterado del expediente para el arrendamiento de parte de la finca rústica, ubicada en Parcela nº 1 Xxxxxxxx 00 xx Xxxxxx Paraje Estajao, anunciado en el Boletín Oficial de La Rioja y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros anuales.
Todo ello de acuerdo con el condicionado de cláusulas administrativas particulares aprobado para llevar a cabo la adjudicación del contrato para el arrendamiento de parte de la finca rústica, ubicadas en Parcelas nº 1 Polígono 16 xx Xxxxxx Paraje Estajao, cuyo contenido declaro conocer plenamente, de modo que la presentación de la presente proposición supone la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Bajo su responsabilidad declara no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad previstas en el art. 49 de la Ley 30/2.007 de 31 de octubre, de Contratos del Sector Público, y arts. 159.b) y 178.2.d) de la Ley Orgánica 5/85, de 10 xx xxxxx del Régimen Electoral General
Lugar, fecha y firma".
En ____________, a ___ de ________ de 2012.
Firma del candidato, Fdo.: _________________».
X. GARANTIAS
El que resulte adjudicatario de este contrato constituirá una garantía definitiva por el importe del 25% del precio del remate por una anualidad, excluido el I.V.A., y que consistirá en afectar un depósito en metálico que se formalizará en la Caja General de Depósitos del Ayuntamiento dentro de los diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. El incumplimiento de este requisito por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a que la Administración Municipal declare decaída la adjudicación a su favor, pudiendo ofertarse la adjudicación al siguiente licitador que en términos económicos tenga mejor oferta y que acepte voluntariamente; este ofrecimiento seguirá realizándose al resto de participantes en la subasta por orden económico decreciente hasta agotar el número de solicitudes; en caso de empate, se procederá a sorteo ante la presencia de los participantes o en su caso de sus representantes.
La constitución de dicha garantía definitiva garantizará las obligaciones del adjudicatario derivadas del presente Condicionado, y específicamente el plazo para efectuar el pago del arrendamiento y formalizar el contrato privado, así como la obligación de abonar el importe de los anuncios ocasionados con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
XI. MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación actuara bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa- Presidenta o concejal en quien delegue, y estará compuesta además por los vocales, con voz y voto, que se señalan a continuación: el Sr. Secretario General de la Corporación o quien legalmente la sustituya, la Sra. Interventora General o quien legalmente la sustituya, el letrado municipal o quien legalmente la sustituya, el Xxxxxx Xxxxxxxx o quien legalmente le sustituya y un Concejal Representante de cada Grupo Político Municipal. Asimismo, el Secretario de la Mesa de Contratación, con voz y sin voto, será un funcionario municipal.
La composición individualizada, con expresión de la identidad de sus componentes, se hará pública en el perfil del contratante de este Ayuntamiento, con una antelación de, al menos, siete días, al momento de apertura de documentación administrativa.
XII. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación, previo los informes técnicos que considere oportunos, valorará en su conjunto la oferta y previa negociación de los aspectos económicos y técnicos, requerirá al licitador para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
XIII.. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidato o licitador y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
XIV. OBLIGACIÓN DEL ARRENDATARIO
- El arrendatario se obliga a destinarlo a uso exclusivo de plantación de árboles, con exclusión de todo otro uso.
- Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los habitantes de los Municipios colindantes.
- No podrá por consiguiente, cederlo, realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte.
- El arrendatario se obliga a cumplir el período total del contrato, si desiste del contrato con antelación deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferior a un año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
- Abonar el canon anual dentro de los quince primeros días de cada año, salvo en el primer ejercicio que deberá abonarse a los quince días de la fecha de formalización del contrato.
- No superar los límites de la explotación.
- Solicitar autorización para la apertura de caminos y pistas de acceso a la explotación.
- Finalizado el periodo de arrendamiento se debe dejar la finca en perfectas condiciones sin ningún tipo de infraestructuras ni restos vegetales, salvo que el Ayto. considere que algo de lo existente se puede dejar en la finca por ser aprovechable.
XV. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO
- El arrendador se obliga a entregar todo lo que es objeto de arriendo en perfecto estado para el uso a que se destina y presto para ser ocupado y utilizado.
- Facilitar la realización de la actividad dentro del respeto al entorno humano y natural.
XVI. FORMALIZACION DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Condicionado. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar a Escritura pública el contrato siendo en ese caso de su cuenta los gastos que se originen.
XVII. REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
En cuanto a su preparación y adjudicación se regirá por lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/85 de 2 xx xxxxx, en el Texto Refundido de las normas vigentes en Régimen Local R.D.L. 781/86 de 18 xx xxxxx, Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales , Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas , en la Ley 1/2003 de 3 xx xxxxx, de la Administración Local de La Rioja, así como en la Ley 30/2.007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público en los que se refiere a principios generales que informan el ordenamiento jurídico y para este supuesto al presente condicionado.
En cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por las normas de derecho privado que le sean aplicables en cada caso en defecto de sus normas especiales, si las hubiese, al considerarse un negocio excluido el ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, según se señala en el artículo 4.1.p) de la Ley 30/2.007 de 30 de octubre.
Los litigios derivados de este contrato se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en la ciudad xx Xxxxxx (La Rioja).
En Alfaro, a 0 xx Xxxxx xx 0.000
Xx Xxxxxxxxx,
Xxx. : Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Condicionado de Cláusulas Administrativas Particulares fue aprobado por Pleno en sesión de 28 de febrero de 2.012.
EL SECRETARIO GENERAL,
Fdo. X. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx