Contract
CONTRATO Nº | 08 de 2014 |
CLASE DE CONTRATO | |
CONTRATISTA | XXXXXX XXXXXX Y COMPAÑÍA S.A.S. – SIGLA CALICHE IMPRESORES |
NIT | 800.110.570-0 |
VALOR | NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($90.873.876.oo) Incluido IVA y demás impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar. |
PLAZO DE DURACIÓN | Hasta el 29 xx xxxxxx de 2014 o hasta agotar los recursos lo que ocurra primero, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. |
OBJETO | Contratar la edición, corrección de estilo, diseño y diagramación de 11 cartillas escritas en español; así mismo, el diseño y diagramación de 3 cartillas escritas en inglés; la impresión de 12 cartillas (11 en español y 1 en inglés), de acuerdo con las especificaciones técnicas y número de ejemplares requeridos por UIAF; y, finalmente, la conversión de todas las cartillas (tanto las de español como las xx xxxxxx) a 14 e-books (libros electrónicos) en formato e-pub”, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas en el Alcance del Objeto del presente documento. |
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.645.054 expedida en Bogotá, quien actúa en nombre y representación de la UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO - UIAF, en su carácter de
Subdirectora Administrativa y Financiera, designada para ejercer el cargo por Resolución No. 131 del 01 xx xxxxxx de 2013 y posesionada mediante Acta No. 390 del 01 xx xxxxxx de 2013, debidamente facultada para suscribir el presente documento, en virtud de la Resolución de Delegación No.184 de 2012, sobre delegación contractual, en concordancia con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y quien para efectos del presente contrato se denominará UIAF, y por la otra XXXXXX XXXXXX Y COMPAÑÍA S.A.S. – SIGLA CALICHE IMPRESORES identificada con el Nit. 800.110.570-0,
representada legalmente por el señor XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número 12.113.339 xx Xxxxx, de conformidad con lo señalado en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio xx Xxxxx de fecha 21 xx xxxxx de 2014, quien mediante poder especial amplio y suficiente otorgó poder para la suscripción del presente contrato al señor XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.403.110 de Bogotá, para que en su nombre y en representación de la empresa XXXXXX XXXXXX Y COMPAÑÍA S.A.S. – SIGLA CALICHE IMPRESORES suscriba el presente contrato, poder que se encuentra debidamente firmado y autenticado ante la Notaría Tercera del Circulo xx Xxxxx de fecha 09 xx xxxx de 2014, y quien declara bajo la gravedad del juramento, que ni él ni el representante legal de la empresa ni la empresa que representa se encuentran incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar señaladas en la Constitución Política y en la Ley; ni están reportados en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y quien en adelante se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de suministro, el cual se rige por la
Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2012 y demás normas que regulen la contratación estatal y en las materias no reguladas por ella, por las disposiciones civiles y comerciales vigentes, previas las siguientes consideraciones: 1. Que la Unidad realizó los estudios previos, el aviso de convocatoria y el proyecto xx xxxxxx de condiciones del presente proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, los cuales fueron publicados en la página del SECOP y de la Unidad del 11 al 22 xx xxxxx de 2014. 2. Que la Unidad no recibió ninguna solicitud de limitación a Mipymes, razón por la cual el proceso no se limitó a Mipymes. 3. Que la Unidad no recibió observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones por parte de ninguna empresa, 4. Que la Unidad expidió la Resolución No. 082 del 324 xx xxxxx de 2014 por medio de la cual se ordenó la apertura del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, la cual fue publicada en la página del SECOP y de la Unidad el día 24 xx xxxxx de 2014, 5. Que la Unidad realizó el pliego de condiciones definitivo y los estudios previos del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, publicados en la página del SECOP y de la Unidad el día 24 xx xxxxx de 2014, 6. Que la Unidad dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014 recibió diez (10) manifestaciones de interés en participar en el proceso siendo estas las empresas Fundación Tridha, Mottif S.A.S., Inventtio, Xxxxxx xxxxxx y Compañía S.A.S., Fundación Poliedro, Arkimax Internacional Ltda., Disonex S.A., Rasgo y Color .S.A.S., Editorial Nomos S.A. y Partner Mercadeo y Medios Gráficos S.A.S., 7. Que la Unidad, dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones, y teniendo en cuenta que no se presentaron más xx xxxx (10) manifestaciones de interés en participar en el proceso, no fue necesario realizar audiencia de sorteo y consolidación de oferentes, de lo que se dejó constancia mediante acta, la cual fue publicada en las páginas del SECOP y de la Unidad el día 29 xx xxxxx de 2014. 8. Que la Unidad dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, recibió observaciones al pliego de condiciones definitivo por parte de la por parte de la señora Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y de la empresa Fundación Poliedro, a las cuales se dio respuesta dentro de los términos establecidos y se publicaron en las páginas del SECOP y de esta Unidad, el día 30 xx xxxxx de 2014. Así mismo, recibió observaciones a documento de respuesta publicado por la Unidad y relacionado con la respuesta a las observaciones realizadas al pliego de condiciones definitivo, a las cuales dio respuesta y que se publicaron en el SECOP y en la página de la Unidad los días 00 xx xxxxx x 0 xx xxxx xx 0000. 9. Que la Unidad dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, realizó la audiencia de asignación de riesgos y aclaración al pliego de condiciones definitivo, a la cual no se presentó ningún oferente, como así consta en acta que fue publicada en le SECOP y en la página de la unidad el día 29 xx xxxxx de 2014. 10. Que la Unidad dentro del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, realizó la Adenda No. 1, la cual fue publicada en la página del SECOP y de la Unidad el día 28 xx xxxxx de 2014. 11. Que la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, realizó el cierre del proceso y recibió tres (3) propuestas, una presentada por la empresa Fundación Poliedro, otra por parte de la empresa Xxxxxx Xxxxxx y Compañía S.A.S. y otra por parte de la empresa Mottif S.A.S., dejando constancia de lo anterior en acta que fue publicada en las páginas del SECOP y de esta Unidad, el día 06 xx xxxx de 2014. 12. Que el Comité Evaluador de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, dentro del plazo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones del
proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 08 de 2014, realizó las evaluaciones de las tres (3) propuestas presentadas, realizando requerimientos de documentación a las tres empresas proponentes, las cuales dieron respuesta en los términos establecidos por la Unidad, pero las empresas Fundación Poliedro y Mottif S.A.S. no allegaron la documentación requerida referente al Registro único de Proponentes - RUP, razón por la cual las dos (2) ofertas fueron rechazadas, como así consta en el informe de verificación de requisitos habilitantes. 13. Que La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF público en el SECOP y en la página de la Entidad el informe de verificación de requisitos habilitantes, informe que se publicó del 09 al 13 xx xxxx de 2014, y en el que se dio como oferente seleccionado hasta ese momento a la empresa Xxxxxx Xxxxxx y Compañía
S.A.S. – sigla Caliche Impresores, dentro del citado plazo, la Unidad recibió una observación al informe de verificación de requisitos habilitantes por parte de la empresa Xxxxxx Xxxxxx y Compañía
S.A.S. – sigla Caliche Impresores, a la cual se dio respuesta que se publicó en la página del SECOP y de la Unidad el día 14 xx xxxx de 2014. 14. Que una vez resueltas las observaciones a las evaluaciones presentadas por la empresa Xxxxxx Xxxxxx y Compañía S.A.S. – sigla Caliche Impresores, y de acuerdo a las conclusiones de las evaluaciones, la empresa Xxxxxx Xxxxxx y Compañía S.A.S. – sigla Caliche Impresores identificada con el Nit. 800.110.570-0 obtuvo un puntaje de 600, por lo que el comité evaluador y de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, recomendó adjudicar el contrato del presente proceso a la citada empresa, por cumplir con los requerimientos y las necesidades establecidas en el pliego de condiciones. Con fundamento en lo anteriormente señalado se suscribe el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: Contratar la edición, corrección de estilo, diseño y diagramación de 11 cartillas escritas en español; así mismo, el diseño y diagramación de 3 cartillas escritas en inglés; la impresión de 12 cartillas (11 en español y 1 en inglés), de acuerdo con las especificaciones técnicas y número de ejemplares requeridos por UIAF; y, finalmente, la conversión de todas las cartillas (tanto las de español como las xx xxxxxx) a 14 e-books (libros electrónicos) en formato e- pub”, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas en el Alcance del Objeto del presente documento. SEGUNDA.- ALCANCXE DEL OBJETO: Para la ejecución del objeto del contrato el contratista se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas señaladas en el anexo No. 1 del presente documento el cual hace parte integral del presente contrato. TERCERA.- VALOR: El valor del presente contrato es la suma de NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($90.873.876.oo) IVA incluido y demás impuestos a que haya lugar. PARÁGRAFO: Si el IVA generado en los costos de impresión en caso de que la UIAF obtenga el respectivo ISBN tramitado ante la Cámara Colombiana del Libro, no será cobrado por la empresa Contratista y por ende no será cancelado por la UIAF. CUARTA.- PLAZO: El plazo de ejecución del contrato se pacta hasta el 29 xx xxxxxx de 2014 o hasta agotar los recursos lo que ocurra primero QUINTA.- VIGENCIA: La vigencia del presente contrato será el plazo del contrato y cuatro (4) meses más, para efectos de liquidación del mismo. SEXTA.- FORMA DE PAGO: LA UIAF pagará los valores de las facturas presentadas por el contratista seleccionado conforme se vayan entregando las cartillas y demás elementos señalados en el objeto del presente proceso de selección y su alcance, y de acuerdo al cronograma de entrega descrito en el mismo, y dentro de los quince días siguientes a la presentación de la facturas, previo el recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato designa por parte de la UIAF y una vez se certifique el pago de salud, pensión, riesgos profesionales, cajas de compensación SENA, ICBF y demás, cuando a ello haya lugar. Si la factura no ha
sido correctamente elaborada o no se acompañan de los documentos requeridos para el pago, el término para éste solamente empezará a contarse desde la fecha en que se presenten en debida forma o se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. No se realizaran anticipos ni adelantos para la ejecución del contrato. Todos los pagos estarán sujetos al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC y al cumplimiento de los procedimientos presupuestales. El pago lo realizará directamente la Dirección xxx Xxxxxx, con abono en cuenta al Contratista adjudicado, previo cumplimiento de los requisitos descritos anteriormente. SÉPTIMA.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El presente contrato se encuentra respaldado presupuestalmente por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.9114 del 07 xx xxxxx de 2014 por valor de Ciento Ocho Millones Trescientos Veintidós Mil Ochocientos Noventa y Cinco Pesos M/cte. ($108.322.895.00), expedido por el Responsable de Presupuesto de la Unidad, con cargo al presupuesto de funcionamiento de la presente vigencia fiscal 2014. La UIAF solo pagará los precios del contrato y por tanto no reconocerá suma alguna por concepto de impuestos no incluidos en el valor total ofrecido en la propuesta, así mismo no se aceptaran salvedades de naturaleza alguna. OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Suscribir el contrato. 2) Entregar lo requerido en el cronograma del alcance del objeto en los términos allí previstos, en las condiciones y plazos allí requeridos. 3) Constituir las pólizas y garantías de acuerdo a los requerimientos de los Pliegos de Condiciones. 4) Contar con autorización para la suscripción del contrato en caso de ser necesario. 5) Cumplir con las especificaciones técnicas – alcance del objeto descrito en los pliegos de condiciones y de su oferta, en los términos allí previstos. 6) Dar cumplimiento a los requerimientos exigidos por el supervisor y los documentos del contrato. 7) Cumplir con la normatividad existente en lo referente a seguridad industrial y salud ocupacional de sus trabajadores. 8) Pagar los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato. 9) No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF o participantes directas ó indirectamente en cualquier momento u oportunidad, antes, durante o después de la suscripción del presente contrato. 10) Entregar la documentación pertinente al objeto del contrato. 11) Mantener programas e implementar medidas de seguridad industrial. 12) Cumplir con el plan de calidad. 13) No suministrar a terceros la información técnica, administrativa y/o financiera del contrato. 14) Asistir a las citaciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF en forma verbal o por escrito. El retardo o la xxxx en el cumplimiento se entenderá cuando la administración o la supervisión del contrato haya señalado plazos fijos, ciertos y determinados para cumplir aún sin requerir solicitud escrita. 15) Para la ejecución del contrato, al momento de la liquidación del mismo, y en las facturas que xxxxxxx a la UIAF para el cobro de trabajos realizados, entregar los paz y salvos donde conste el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de compensación familiar, Sena e ICBF), y/o certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal según el caso, en la que conste el cumplimiento de tales obligaciones. 16) El proponente debe acreditar una cuenta de ahorros o corriente a s u n o m b r e para efectos del pago del contrato. 17) Prestar el servicio objeto del presente contrato de conformidad con las solicitudes que le formule la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF. 18) Deberá dar cumplimiento a las obligaciones determinadas en los documentos precontractuales al igual que las ofertadas en su correspondiente ofrecimiento. 19) Cumplir con el objeto del presente contrato con
plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del CONTRATISTA con la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF. 20) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales y en general se obliga a cumplir con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007. 21) Responder por sus actuaciones y omisiones derivados de la celebración del presente contrato, y de la ejecución del mismo, de conformidad con lo establecido en la ley 80 de 1993. 22) Informar por escrito al Unidad situación de irregularidad que se presente durante la ejecución del presente contrato. 23) Designar un supervisor del contrato, el cual tendrá relación directa con el supervisor designado por la UIAF para la ejecución del contrato. 24) Contar con una línea rápida. (PBX o línea de gran capacidad) 25) Contar con comunicación vía Internet. 26) Contar con servicio de FAX. 27) Tener establecido horario de atención extendido, 24 horas, siete días a la semana, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos. 28) Tener oficina, sucursal o agencia en la ciudad de Bogotá. 29) Designar un supervisor del contrato el cual debe interactuar con el supervisor de la UIAF, con el fin de cumplir cabalmente con el objeto del presente contrato, y
30) Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. PARAGRAFO: CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA garantiza total confidencialidad sobre la información recibida la cual no será compartida o divulgada a terceras personas no relacionadas con el desarrollo de las labores encomendadas por LA UIAF. Cualquier información que sea requerida sólo será suministrada previa autorización escrita y expresa dada por LA UIAF. NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA UIAF: LA UIAF se obliga a: 1. Informar por escrito al CONTRATISTA cualquier situación de irregularidad que se presente durante la ejecución del presente contrato. 2. Efectuar los registros y operaciones contables y presupuestales para cumplir cabalmente con el pago de los bienes que el Contratista haya suministrado con base en el contrato. 3. El Contratante pagará el valor del contrato que resulte del presente proceso a favor del contratista en la ciudad de Bogotá, de acuerdo a la forma de pago establecida en este documento. 4. El Contratante verificará a través de su supervisor que el Contratista preste los servicios de conformidad a las características y requerimientos exigidos en l os pliegos de condiciones y en la correspondiente oferta. 5. Verificar la calidad del servicio de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente estudio y en la oferta del contratista. 6. Xxxxx por el cumplimiento por parte del contratista de todas las obligaciones contraídas. 8. Llevar de mutuo acuerdo cualquier cambio en las condiciones técnicas que surjan durante el término de ejecución del contrato, previa solicitud escrita plenamente justificada por parte del CONTRATISTA. 9. Verificar por intermedio del Supervisor el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de la obligación de efectuar los aportes de que trata el Artículo 1 de la Ley 828 de 2.003. DÉCIMA. ACTAS: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA y el supervisor del contrato por parte de la UIAF suscribirán las siguientes actas: 1) Acta de inicio, la cual será suscrita una vez la UIAF expida el correspondiente registro presupuestal y se apruebe la garantía única. 2) Acta de liquidación del contrato, en la cual se dejará constancia del cumplimiento del mismo, y 3) Las demás que se requieran para el buen desarrollo y dentro de la ejecución del contrato. DÉCIMA RPIMERA. SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato por parte de la UIAF estará a cargo del Asesor Código 2028 Grado 22 de la Subdirección de Análisis Estratégico, y entre otras velará por el correcto desarrollo y ejecución del contrato, así como las obligaciones establecidas en las normas contractuales y en el pliego de condiciones del presente proceso de selección. DÉCIMA SEGUNDA. MULTAS. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las
obligaciones por parte del CONTRATISTA, se generará a cargo de la misma a partir del momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho de acuerdo con el informe presentado por el supervisor del contrato y hasta tanto se dé el cumplimiento de tales obligaciones, multas diarias y sucesivas equivalentes al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor del presente contrato, sin sobrepasar el 20% de su valor. Para hacer efectivas las multas se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y las demás normas que regulen la materia. DÉCIMA TERCERA. SANCIÓN PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total se hará exigible a cargo del CONTRATISTA, a título xx xxxx, una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. PARÁGRAFO ÚNICO: El valor de la cláusula penal será descontado de cualquier saldo que resultare a favor del CONTRATISTA por razón de este contrato, si lo hubiere; lo cual es autorizado expresamente con la firma del presente contrato. En caso contrario, se hará efectiva la garantía, y si esto no fuere posible, se cobrará por vía judicial. DÉCIMA CUARTA. GARANTÍA: Teniendo en cuenta la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, de acuerdo con lo establecido en los estudios previos, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor de la UIAF y a satisfacción de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013 y demás normas legales que rigen la materia, lo siguiente: Una garantía única en cualquiera de las formas que establece el Decreto 1510 de 2013 que ampare los siguientes riesgos: a) Garantía de cumplimiento: La garantía que cubre el cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones deberá ser equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. b) Calidad del Servicio: La garantía de buena calidad del servicio debe ser equivalente al 20% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo, y cuatro (4) meses más. c) Garantía de calidad de los bienes: La garantía de buena calidad de los bienes debe ser equivalente al 20% del valor total del contrato y la vigencia será igual al plazo de ejecución del mismo, y cuatro (4) meses más. d) Garantía de salarios y prestaciones sociales: La garantía de salarios y prestaciones sociales debe ser equivalente al 5% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del contrato y tres años más. DÉCIMA QUINTA. CLAUSULAS EXCEPCIONALES: Son aplicables al presente contrato las cláusulas excepcionales de terminación, modificación e interpretación, previstas en los Artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993, así como la caducidad consagrada en el Artículo 18 de la misma norma, siempre y cuando le sean aplicables al presente contrato. DÉCIMA SEXTA. LIQUIDACIÓN: Sin perjuicio de las acciones de reclamación previstas en la ley y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, el presente Contrato se liquidará dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo de su ejecución. DÉCIMA SÉPTIMA. EXCLUSIÓN RELACIÓN LABORAL: Este Contrato por su naturaleza, no constituye vínculo de trabajo entre la UIAF y EL CONTRATISTA, ni entre la UIAF y las personas con las que EL CONTRATISTA cuente para la realización del objeto del contrato. DÉCIMA OCTVA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder, ni
subcontratar, total o parcialmente, la ejecución del objeto contractual sin el consentimiento y la aprobación previa y escrita de la UIAF, el cual podrá reservarse las razones que le asistan para negar la autorización de la cesión. Para efectos de la cesión, el cesionario deberá cumplir con los requisitos previstos en los Estudios Previos que antecedieron al presente contrato. DÉCIMA NOVENA. SOLUCION DE CONFLICTOS: Todas las controversias que se presenten entre las partes, relacionadas, entre otros,
con la existencia, celebración, ejecución, liquidación y en general cualquier asunto relativo a este Contrato, serán decididas por la jurisdicción que le sea aplicable a este tipo de contratos, pero antes de ello, las partes intentarán solucionar las controversias surgidas con ocasión del contrato a través de la utilización de mecanismos de solución de conflictos como el acuerdo, la transacción, la conciliación o la amigable composición, de conformidad con lo señalado en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA. DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente Contrato los siguientes documentos: 1) Los estudios previos de oportunidad y conveniencia, 2) El pliego de condiciones y sus anexos, 3) Las adendas, 4) La Propuesta presentada por EL CONTRATISTA a la UIAF. 5) Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9114 del 7 xx xxxxx de 2014, 6) Los estudios de evaluación elaborados por las aéreas correspondientes, 7) La Resolución de Adjudicación, 8) Los documentos y/o anexos del presente contrato y que hacen parte integral del mismo. 9) Adicionalmente, los documentos que suscriban las partes en virtud del presente Contrato. VIGÉSIMA PRIMERA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CONTRATO: Para el perfeccionamiento del presente contrato se requerirá de las firmas de las partes y del correspondiente registro presupuestal. Para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio por parte de los supervisores del contrato y de la aprobación de la garantía única por parte de la UIAF. VIGÉSIMA SEGUNDA. VEEDURÍAS CIUDADANAS: En cumplimiento de lo establecido en la ley las veedurías ciudadanas podrán ejercer el control social sobre el presente proceso y contrato. VIGÉSIMA TERCERA. INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá a la UIAF libre de cualquier daño o perjuicio originado por reclamaciones de terceros y aquellas que se deriven de sus actuaciones o de las subcontratistas o dependientes. PARÁGRAFO: La Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF en ningún caso será responsable por los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por EL CONTRATISTA, como tampoco de los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que dependan del mismo. Por lo tanto, la relación contractual de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF será única y exclusivamente con el proponente favorecido y la fuente de sus obligaciones serán las que se originen en la Ley y el contrato que se celebre como resultado de este proceso de selección y de la oferta que presente. VIGÉSIMA CUARTA. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: LA CONTRATISTA estará exenta de responsabilidad por el atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, solamente cuando sea consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito comprobados conforme a la Ley. VIGÉSIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONTRATO: Las modificaciones al contrato deberán realizarse por escrito antes del vencimiento del plazo señalado en la cláusula cuarta del presente contrato. VIGÉSIMA SEXTA. DE LA TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL: De conformidad con lo establecido en el numeral segundo del artículo 14 de la ley 80 de 1993, el presente contrato, además de sus estipulaciones, se rige por lo previsto en los artículos 15, 16 y 17 del citado estatuto contractual. VIGÉSIMA SÉPTIMA. CADUCIDAD DEL CONTRATO: Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo de LA CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización LA CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del contrato. VIGÉSIMA OCTAVA. TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: 1. Por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la UIAF, previa certificación expedida por el supervisor del contrato, 2. Por declaración de caducidad o terminación unilateral, en los términos previstos en los artículos 17 y 18 de la Ley 80 de 1993, 3. Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo, 4. Por fuerza mayor o caso fortuito, que hagan
imposible continuar su ejecución, 5. Por no constituir, modificar y/o prorrogar, sin justa causa, la garantía única de cumplimiento dentro del término que se le señale para el efecto, 6. Por cualquier causa prevista en la normatividad vigente. 7. Expiración del término de duración o de sus prórrogas, 8. Por incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones nacidos de la Ley o del contrato por una de las partes, 9. Por orden de autoridad judicial o administrativa. PARÁGRAFO ÚNICO: En cualquiera de los eventos de terminación, se procederá a la liquidación del contrato. VIGÉSIMA NOVENA. GASTOS: Los gastos que se ocasionen para la legalización y perfeccionamiento del presente contrato serán sufragados por EL CONTRATISTA. TRIGESIMA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos, las partes acuerdan como domicilios contractuales la ciudad de Bogotá para firma del contrato, acta de inicio, ejecución y desarrollo del contrato.
Para constancia se firma en Bogotá, en dos (2) ejemplares, el día 15 xx xxxx de 2014.
XXXX XXXXXX XXXXXX Y COMPAÑÍA S.A.S. SIGLA CALICHE IMPRESORES
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Subdirectora Administrativa y Financiera
ORIGINAL FIRMADO