PLIEGO DE CONDICIONES SOCIO ECONÓMICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA LICENCIA PARA LA OCUPACIÓN DE LA BARRA Y LA ZONA DE SERVICIO EN MESA DE LA CASETA MUNICIPAL DE LLANOS DE DON JUAN DURANTE LA FERIA DE AGOSTO DE 2.016.
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PLIEGO DE CONDICIONES SOCIO ECONÓMICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA LICENCIA PARA LA OCUPACIÓN DE LA BARRA Y LA ZONA DE SERVICIO EN MESA DE LA CASETA MUNICIPAL DE LLANOS DE XXX XXXX DURANTE LA XXXXX XX XXXXXX DE 2.016.
ARTÍCULO 1º.- Objeto.-
El objeto del presente pliego es regular las condiciones y reglas por las que se regirá el otorgamiento de UNA LICENCIA de uso común especial del dominio público para la OCUPACIÓN DE LA CASETA MUNICIPAL DE LLANOS DE XXX XXXX durante la
Xxxxx xx xxxxxx de 2016, sin que exista otro vínculo entre el Ayuntamiento con el adjudicatario de la licencia. En todo caso, no existirá relación jurídica alguna entre el Ayuntamiento y el personal al servicio o dependiente del adjudicatario de la licencia, ni proveedor.
El espacio a ocupar se concreta en propio de la barra de la Caseta Municipal y la zona destinada a servicio en mesa.
ARTICULO 2º.- Naturaleza Jurídica.-
Se trata del otorgamiento de una licencia para uso común especial de bienes de dominio público, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, así como en el artículo 57.3 del Reglamento de Bienes de la Entidades Locales de Andalucía. Consecuencia de lo anterior es que el presente contrato no comporta obligación de pago alguna para el Ayuntamiento xx Xxxx.
ARTÍCULO 3º.- Procedimiento adjudicación.-
El procedimiento de selección del adjudicatario, de conformidad con el artículo 57.3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, será mediante subasta por puja a la llana establecido en el artículo 18 de dicho Reglamento. No se admitirá postura inferior al tipo de salida.
ARTÍCULO 4º.- Capacidad para concurrir.-
Podrán participar en la puja las personas físicas y jurídicas que tengan plena capacidad de obrar y que no se hallen incursos en ninguna de las causas de prohibiciones para la contratación establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), de conformidad con el art. 32.2 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
No se admitirán proposiciones realizadas por diferentes empresas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, las que serían objeto de exclusión del procedimiento a todos los efectos.
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La acreditación de la capacidad de obrar de las personas jurídicas se acreditará en la forma establecida en el artículo 72 del TRLCSP.
ARTÍCULO 5º.- Duración de la licencia.
La explotación de la xx xxxxx será desde el día 19 a 21 xx xxxxxx de 2.016, ambos inclusive. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la autorización para la preparación de la barra en los tres días anteriores al inicio de la feria.
ARTICULO 6º.- Obligaciones del adjudicatario de la licencia.
Serán obligaciones básicas de los adjudicatarios de las licencias las siguientes:
a) Ocupar el terreno de la caseta municipal indicado en el artículo 1º de estos pliegos.
b) Responder frente a terceros de los daños que puedan ocasionarse en el recinto, para lo que deberá concertar seguro de responsabilidad civil por daños a terceros en los términos establecidos en el Decreto 109/2005, de 26 xx xxxxx, con cobertura mínima de 1.201.000 euros, presentando el recibo al corriente de pago, caso de ser adjudicatario.
c) Conservar el dominio público ocupado y, en especial, mantener la caseta municipal en perfecto estado de limpieza e higiene.
d) No transmitir la licencia bajo concepto alguno.
e) El adjudicatario deberá cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente en materia de seguridad, salubridad, manipulación de alimentos y de manera especial al cumplimiento de la Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y actividades recreativas de Andalucía y el Decreto 195/2007, de 26 xx xxxxx, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, así como aceptar las normas e instrucciones que le vengan dadas por los técnicos municipales.
f) Reponer, a su estado originario, el dominio público ocupado al término de la licencia.
g) El adjudicatario se obliga a destinar los medios personales y materiales necesarios para el buen funcionamiento de la barra, condicionándose a ello la licencia.
ARTICULO 7º.- Derechos del adjudicatario de la licencia.
Son derechos de los adjudicatarios de las licencias las siguientes:
a) Ocupar el terreno de la Caseta Municipal indicado en el artículo 1º de estos pliegos.
b) Ser mantenidos en el uso de los terrenos durante el plazo de la autorización, con las limitaciones establecidas en el presente pliego así como en la normativa de bienes de Andalucía.
c) Usar y disfrutar los servicios con que cuentan las instalaciones (agua y luz).
d) Explotar la barra y la zona de servicio en mesa de la Caseta Municipal.
ARTÍCULO 8º.- Precio de licitación.-
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El tipo de licitación se fija en DOSCIENTOS EUROS (200 €), en concepto de tasa por ocupación de dominio público, siendo ésta la cantidad mínima a partir del cual se iniciará la puja.
El precio del remate, una vez determinado tras la adjudicación de la presente licitación, se hará efectivo antes del inicio de la ocupación de los terrenos.
ARTÍCULO 9º.- Documentación que deberán presentar los interesados.-
Los interesados podrán presentar sus solicitudes hasta el día 29 de julio del presente año, en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxx, sito en calle Toledo, nº 2, así como en el Registro telemático.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (Disposición Adicional Decimoctava TRLCSP), en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama en el mismo día, consignándose el del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Deberá anunciarlo por
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por la Secretaria municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días naturales siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP
Al modelo de solicitud se acompañara, en sobre cerrado con la nomenclatura XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XX XXX XXXX 0000, la siguiente documentación:
1.- Acreditación de su personalidad, mediante la presentación copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento análogo. Sí se tratare de una persona jurídica deberá presentarse la escritura de constitución o documento análogo inscrito en el Registro que corresponda.
2.- Sí se actuare en representación de otra persona, deberá presentarse el correspondiente poder de representación mediante escritura pública.
3.- Declaración responsable de no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar del artículo 60 del TRLCSP conforme al Anexo II. Esta declaración además incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la
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justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Deberá incluir el compromiso de suscribir el seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de conformidad con el Decreto 109/2005, de 26 xx xxxxx, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Esta declaración se efectuará ante la Secretaria General previo pago de la tasa correspondiente de acuerdo con la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento xx Xxxx reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, o ante fedatario público.
4.- Certificado de manipulador de alimentos.
5.- Impuesto sobre Actividades Económicas. Estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que vengan realizando a la fecha de presentación de las proposiciones o último recibo adjuntando declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. La documentación acreditativa se realizará conforme dispone el artículo 15.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
6.- Solicitud de participación y aceptación xxx xxxxxx, conforme al Anexo I de este pliego.
ARTÍCULO 10º.- Procedimiento de adjudicación.-
1.- Previa verificación de la documentación administrativa y, en su caso, subsanadas las deficiencias, la presidencia de la mesa requerirá a los licitados para que, de viva voz, formulen sus posturas al alza de la inicial, sin que se admitan propuestas que no cubran el tipo de subasta. Los licitadores deberán realizar sus pujas de 100 en 100 euros. Las posturas continuarán hasta que dejen de hacerse posiciones, declarándose mejor rematante a la licitación que haya ofrecido postura más alta. En caso de igualdad de propuestas, se resolverá mediante sorteo.
Una vez finalizada la puja, la mesa de contratación remitirá propuesta de adjudicación a la Alcaldía.
2.- El órgano de contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la mesa de contratación, clasificará, por orden decreciente, las posiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales y, posteriormente, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde aquél en el que se haya recibido el requerimiento, aporte la siguiente documentación:
a) Póliza de seguro de responsabilidad civil, por daños a terceros, en los términos establecidos en el Decreto 109/2005, de 26 xx xxxxx, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas con cobertura de 1.201.000 euros.
b) Certificación expedida por el Ministerio de Economía y Hacienda y por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía en el que se haga constar los
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extremos previstos en el art. 13 del R.D. 1098/01 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas y en los términos del Art.15 (Positivas o Negativas) del texto normativo antes citado.
c) Certificación expedida por la Seguridad Social en el que se haga constar los extremos previstos en el art. 14 del R.D. 1098/01 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas y en los términos del art. 15 (Positivas o Negativas) del texto normativo antes citado.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, a recabar la misma documentación del siguiente licitador, siguiendo el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas (Art. 151.2 del TRLCSP). El licitador que no cumplimente lo establecido en este apartado en el plazo señalado y mediare dolo, culpa o negligencia, podrá ser declarado en prohibición de contratar según lo previsto en el artículo 60,2.d) TRLCSP.
3. El órgano de contratación será el encargado de adjudicar la licencia. Esta adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante. La notificación realizará por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el destinatario.
4.- El acto público de adjudicación será publicado en el perfil del contratante.
5.- Sí por cualquier motivo, el adjudicatario no procediese a la ocupación y explotación de la caseta, podrá concederse la autorización al participante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento de puja a la llana.
6.- Si el procedimiento quedara desierto, se procederá a su adjudicación directa prioritariamente a Cofradías y a Asociaciones sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO 11º.- Composición de la Mesa de Contratación.-
La mesa de contratación estará compuesta por las personas que establece el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 octubre, de Contratos del Sector Público, que deberá publicarse en el Perfil del contratante, pudiendo asistir a la misma los técnicos que considere la propia mesa al objeto de asesoramiento.
ARTÍCULO 12º.- Reversión de los terrenos.-
Al término del plazo de la autorización, revertirán a la Corporación los terrenos entregados, en la forma prevenida en el art. 68 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
ARTÍCULO 13º.- Extinción de la licencia.-
La licencia otorgada sobre el dominio público se extinguirá y revocará por las causas establecidas en el artículo 100 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las
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Administraciones públicas y en el artículo 32 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía. Así mismo, en aplicación del artículo. 92.4 de la Ley 33/2003, de 3 de Patrimonio de las Administraciones Públicas, las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por la Administración concedente en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menos caben el uso general.
En el supuesto de que el adjudicatario renunciase a la autorización, deberá indemnizar al Ayuntamiento la diferencia de precio con el siguiente licitador.
ARTÍCULO 14º.- Régimen jurídico.-
Las licencias se otorgarán con arreglo a la legislación de Bienes de las entidades Locales Andaluzas y el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En lo no previsto por las cláusulas contenidas en este Pliego y en sus anexos, se estará a lo previsto en la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público, Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y, en general, las demás disposiciones vigentes en materia de bienes y de contratación administrativa que sean de aplicación al presente contrato, así como a los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento.
ARTÍCULO 15º.- Jurisdicción competente.-
Todas las incidencias que surjan sobre interpretación, cumplimiento y ejecución del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, se someterán a resolución de los Tribunales que tengan jurisdicción en el territorio xx Xxxx, a cuya competencia se someten las partes contratantes.
ARTÍCULO 16º.- Perfil del contratante.-
El acceso público al perfil de contratante del Ayuntamiento, que incluirá los datos e informaciones referentes a la presente licitación, incluidos los correspondientes anuncios y la adjudicación del contrato. El modo de acceder al perfil del contratante es a través de la página web del consistorio xxx.xxxx.xx.
El Alcalde-Presidente.-
(fechado y firmado electrónicamente).-
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ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Don. , con DNI nº y
domicilio a efectos de notificaciones en calle.............................................................nº ,
código postal..................,localidad................................................ y teléfono..............................
EXPONE:
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación, mediante procedimiento de puja a la llana de una licencia de uso común especial para la CASETA MUNICIPAL DE LLANOS DE XXX XXXX(barra y zona de servicio en mesa) durante la Xxxxx xx XXXXXX 2016, DECLARA (señalar con una xxxx lo que proceda):
□ Nombre Propio.
□ Representante de:..........................................................................., con D.N.I. ó C.I.F. nº......
…............................y teléfono…...........................,Calle/plaza....................................................
nº...........Portal..........Piso...........C.P:..................Localidad................................................
Que tiene pleno conocimiento xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que ha de regir la adjudicación, por sistema de pujas a la llana, de una licencia de uso común especial para la barra en la caseta municipal, acepta íntegramente su contenido.
Por todo ello, estando interesado en participar en dicho procedimiento, SOLICITA, ser admitido en el mismo.
En..................................................., a.........de de 2016.
Fdo………………………………………………
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ANEXO II
MODELO PARA LA DECLARACIÓN A LOS EFECTOS DEL ART. 60 Y 73.1 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Don/ña…………………………………………………………………………..., mayor de edad, vecino de ……………………., con domicilio en …………………………
……………………………………………., titular del D.N.I. nº ,
expedido en fecha……./ ……./ ………….., actuando en representación de la entidad
……………………………………………………………….., con domicilio social en… ,
DECLARO bajo mi exclusiva responsabilidad que me encuentro al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y que no estamos incursos en ninguna de las causas y prohibiciones para poder contratar con la Administración señaladas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), y que me comprometo a la suscripción del seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de conformidad con el Decreto 109/2005, de 26 xx xxxxx, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, firmando la presente en ......................., a…….de de 2016
FIRMADO………………………………………………………
NOTA: La declaración deberá ser otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado (art. 73.1 TRLCSP)