VERSIÓN PÚBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP
VERSIÓN PÚBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP
CONTRATO MARN No. 002/2020
“SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO MÓVIL CON DISPOSITIVOS MODEM USB”, EJERCICIO FISCAL 2020
NOSOTROS: XXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, de de edad,
Arquitecto, del domicilio de , departamento de , con Documento Único de Identidad número , expedido en el municipio y departamento de , con Número de Identificación Tributaria ; actuando en nombre y representación del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, que puede
abreviarse MARN, en mi calidad de Ministro de dicha Cartera de Estado, el cual posee Número de Identificación Tributaria ; personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista: a) Decreto Ejecutivo número veintisiete, publicado en el Diario Oficial número ochenta y ocho Tomo trescientos treinta y cinco, de fecha dieciséis xx xxxx de mil novecientos noventa y siete, en cuyo artículo uno consta la creación del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el cual estará a cargo de un Ministro y un Viceministro nombrados por el Presidente de la República; y b) Certificación extendida por el licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, el día tres xx xxxxx de dos mil diecinueve, donde consta el Acuerdo Número Uno, de fecha uno xx xxxxx del año dos mil diecinueve, por medio del cual el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en su carácter de Presidente de la República de El Xxxxxxxx, nombra al compareciente como Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a partir del día uno xx xxxxx de dos mil diecinueve; publicado dicho acuerdo en el Diario Oficial de Edición Especial número Cien, Tomo Cuatrocientos Veintitrés de fecha uno xx xxxxx del año dos mil diecinueve, y quien en nombre del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), estoy facultado para celebrar actos como el presente, y quien en el curso de este instrumento me denominare Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que se abrevia “El MARN”, o “El Contratante”; y XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, salvadoreño, de años de edad, Ingeniero , del domicilio de , departamento de , portador del Documento Único de Identidad ; y con Número de Identificación Tributaria , actuando en mi calidad de Apoderado General Administrativo, Fiscal, Laboral y para Licitaciones en El Xxxxxxxx, de la Sociedad ESCUCHA (PANAMA) S.A., SUCURSAL EL XXXXXXXX, con Número
de Identificación Tributaria , sociedad debidamente constituida en base a las leyes de la República de Panamá e inscrita en el Registro Público de Panamá, Ficha , Documento Redi número , y que opera en El Xxxxxxxx, por medio de una sucursal legalmente establecida e inscrita en el Registro de Comercio bajo
el número , del Libro , del Registro de Sociedades de la República de El Xxxxxxxx, con fecha ; calidad que se acredita con Testimonio de Escritura Pública de Poder General Administrativo, Fiscal, Laboral y para Licitaciones, número , otorgado en la ciudad de Panamá, Capital de la República y Cabecera del Circuito Notarial del mismo nombre, a los , e inscrito al número
, del Libro , del Registro de Otros Contratos Mercantiles, a los días del mes de de dos , celebrado ante los oficios de la Notario Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por parte de la licenciada Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, autorizada por la Sociedad ESCUCHA (PANAMA), S.A., para comparecer ante notario a fin de protocolizar el Acta de Reunión de Junta Directiva de dicha sociedad, llevada a cabo en la ciudad de Panamá, el día de de ; presidida por Xxxxxx Xxxxxx, como Director Presidente; y Xxxxxxxx Xxxxxx, actuando como Director Secretario, ambos titulares de dichos cargos, encomendándole expresamente para que pueda realizar a nombre de la sociedad actos o contratos, como el aquí contenido, estando en dicha Escritura plenamente establecida y comprobada la existencia legal de la sociedad, por lo que estoy plenamente facultado para otorgar actos como el presente; quien en lo sucesivo me denominaré “La Contratista”, y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar, y en efecto, otorgamos el presente contrato de “SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO MÓVIL CON DISPOSITIVOS MODEM USB” EJERCICIO
FISCAL 2020, de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP; su Reglamento, que en adelante se denominará RELACAP; y a las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: “La Contratista”, se compromete a brindar el “SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO MÓVIL CON DISPOSITIVOS MODEM USB” EJERCICIO FISCAL 2020, en los sitios de
Cobertura Nacional descritos en la Oferta presentada por la Contratista y aceptada por el MARN. SEGUNDA. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte
integral del Contrato, y se tienen por incorporados al mismo con plena aplicación, en lo que no se oponga al presente contrato, los siguientes documentos: (a) Solicitud de Obras, Bienes y Servicios No. 323-2019; (b) Términos de Referencia;
(c) Oferta Técnica y Económica; (d) Informe de Evaluación de Ofertas; (e) Garantía; y (f) otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá éste último. TERCERA. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: “La Contratista”, se obliga a brindar el “SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO MÓVIL CON DISPOSITIVOS MODEM USB” EJERCICIO FISCAL 2020, en los sitios de Cobertura Nacional descritos en la oferta presentada, según se detalla a continuación:
Cantidad | Unidad de Medida | Detalle | Precio Mensual del servicio (11 Modem USB) | Precio total del servicio por 12 meses (11 Modem USB) |
1 | Servicio | Internet inalámbrico móvil modem USB incluído (para 11 modems USB) | US$110.00 | US$1,320.00 |
IVA | US$14.30 | US$171.60 | ||
CESC | US$5.50 | US$66.00 | ||
MONTO TOTAL OFERTADO CON IVA Y CESC | US$129.80 | US$1,557.60 |
El servicio se brindará de conformidad a lo establecido en la Oferta Técnica y Económica presentada por “La Contratista” y aceptada por el MARN. CUARTA. PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: El plazo de ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato, es por el periodo de un año, comprendido del uno de enero hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinte. QUINTA. FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones
emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo al Fondo General de la Nación (GOES), para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. El MARN, se compromete a cancelar a “La Contratista”, la cantidad de UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE 60/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1,557.60), incluye IVA y CESC,
distribuidos en doce (12) cuotas, pagaderas de forma mensual, fija, vencida y sucesiva, por el monto de CIENTO VEINTINUEVE 80/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$129.80), incluye IVA y CESC; previa
recepción del servicio, a entera satisfacción del Administrador del Contrato, y la presentación del Comprobante de Cobro, los que deberán ser presentados para trámite de Quedan, en la Unidad Financiera Institucional (UFI), de las Oficinas del MARN, ubicada en kilómetro 5 ½, carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio MARN (instalaciones ISTA), San Xxxxxxxx. Los pagos se realizarán dentro de los sesenta (60) días calendario, después de haber retirado el Quedan correspondiente, previa presentación de Acta de Recepción en original y Factura, consignando el descuento del uno por ciento (1%), en concepto de retención de anticipo al pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, de conformidad a lo establecido en artículo ciento sesenta y dos, inciso tercero, del Código Tributario, en atención a la Resolución número 12301-NEX-2146-2007, provista por la Dirección General de Impuestos Internos, del Ministerio de Hacienda, mediante la cual se designa al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como Agente de Retención. Las Facturas serán de Consumidor Final y deberán emitirse a nombre de “Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”. El pago será efectuado a la cuenta bancaria a elección de “La Contratista”, la cual será notificada al MARN, mediante
Declaración Jurada. El abono a la cuenta será realizado por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a la implementación del Sistema de Pagos de la Cuenta Única xxx Xxxxxx. La clasificación económica de “la Contratista”, es Mediana Empresa. SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para
garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, “La Contratista”, otorgará a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, la cual podrá ser otorgada mediante Fianza o Garantía Bancaria, emitida por una Institución Bancaria, Compañía Aseguradora o Afianzadora, debidamente autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero de la República de El Xxxxxxxx, de conformidad al artículo treinta y cinco, de la LACAP, por el diez por ciento (10%), del valor total contratado, equivalente a CIENTO CINCUENTA Y CINCO 76/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉICA (US$155.76); la cual tendrá una vigencia de quince (15) meses, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato; y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, del MARN, dentro de los diez (10) días hábiles, después de la recepción del Contrato debidamente legalizado. SÉPTIMA. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales, estará a cargo del Administrador de Contrato, señor Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Técnico de Soporte Informático, de la Gerencia de Tecnología de Información y Comunicación, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, y ciento veintidós, de la LACAP; cuarenta y dos, inciso tercero; setenta y cuatro, setenta y cinco, inciso segundo; setenta y siete, ochenta, y ochenta y uno, del RELACAP; y otras establecidas en el presente contrato, según sea el caso. OCTAVA. ACTA DE RECEPCION: Corresponderá al Administrador de Contrato, en coordinación con “La Contratista”, la elaboración y firma de las Actas de Recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete, del RELACAP. NOVENA. MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en su plazo y vigencia, o cualquiera de sus Cláusulas, antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B, de la LACAP, emitiendo el MARN la correspondiente Resolución Modificativa, debiendo “La Contratista”, en caso de ser necesario modificar o ampliar el plazo y monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, según lo indique el MARN, y formará parte integral de este Contrato. DÉCIMA. PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado, de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres, de la LACAP, en tal caso, se deberá modificar o ampliar el plazo y monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato u otras, según el caso en particular, debiendo emitir el MARN la correspondiente resolución de prórroga. DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN: Salvo autorización expresa del MARN, “La Contratista”, no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La Transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida, dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además, a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA SEGUNDA.
CONFIDENCIALIDAD: “La Contratista” se compromete a guardar la confidencialidad de toda información revelada por el MARN, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras personas, salvo que el MARN lo autorice en forma escrita. “La Contratista”, se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por el MARN, se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. DÉCIMA TERCERA. SANCIONES: En caso de incumplimiento, “La Contratista”, expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP, ya sea por imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por el MARN, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. DÉCIMA CUARTA. OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN CONTRACTUAL: Sin perjuicio de lo establecido en la LACAP y el RELACAP, el MARN se reserva el derecho de dar por terminado el contrato sin responsabilidad de su parte, a iniciativa propia, por las causas establecidas en las leyes de El Xxxxxxxx, y especialmente, en los siguientes casos: (1) Si “La Contratista”, incumpliere cualquier obligación proveniente del presente contrato;
(2) si se comprueba que ha cometido fraude para la obtención del presente contrato; y (3) si “La Contratista”, prestare sus servicios en forma deficiente. En dichos casos, el MARN hará efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA QUINTA. TERMINACION BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a “La Contratista”, y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda a la ejecución del servicio parcialmente ejecutado. DÉCIMA SEXTA. SOLUCION DE CONFLICTOS: Es entendido y aceptado que este contrato se antepone a toda comunicación previa, entendimiento o acuerdo, ya sea verbal o escrito entre las partes. En caso de ambigüedad, duda, o disputa en la interpretación de este contrato y sus anexos, el texto del contrato prevalecerá. En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicial, señalando para tal efecto, como domicilio especial, la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a “La Contratista”, el MARN nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a “La Contratista”, quien releva al MARN de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose “La Contratista”, a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El MARN se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, y el RELACAP, demás legislación aplicable, y a los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del MARN, con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso, girar las instrucciones por escrito que al respecto considere conveniente, “La
Contratista”; expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el MARN. DÉCIMA OCTAVA. MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este Contrato. DÉCIMA NOVENA. NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referente a la ejecución de este contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyo efecto señalan como lugar para recibir notificaciones las siguientes: MARN en kilómetro cinco y medio, carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio Dos del MARN (instalaciones ISTA), San Xxxxxxxx; teléfono ; y ESCUCHA (PANAMA) S.A., SUCURSAL XX XXXXXXXX, xx x xxxxx , xxxxxxx , Xxx Xxxxxxxx, teléfonos: . En fe de lo cual firmamos el presente contrato, en dos originales, de igual valor y tenor, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los tres días del mes de enero de dos mil veinte.
Arq. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xxxxxxxxx Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales “El Contratante” | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Apoderado General Administrativo, Fiscal, Laboral y para Licitaciones ESCUCHA (PANAMA) S.A., SUCURSAL EL XXXXXXXX “La Contratista” |