SERVICIO DE ACCESO A LA RED DE CREDIBANCO S.A.
SERVICIO DE ACCESO A LA RED DE CREDIBANCO S.A.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: El servicio de acceso a la red de CredibanCo “SAR”, contempla la entrega de un medio de acceso, esto con el fin de permitirle al COMERCIO realizar transacciones financieras y no financieras, para las que esté habilitado. El COMERCIO tendrá a su disposición el Centro de Atención al Comercio (CAC) donde podrá realizar peticiones, quejas y reclamos, así como solicitar papelería para la impresión de comprobantes de venta en caso que la tecnología empleada así lo requiera. El servicio de acceso a la red implica la entrega de terminales tales como, pero sin limitarse a, datáfonos de tecnología DIAL, LAN, INALAMBRICOS, AUTONOMOS y MPOS, además de dispositivosy accesorios periféricos como Pin Pads y cualquier otra tecnología análoga o equivalente. La propiedad de los datáfonos o medios de acceso será de CREDIBANCO y se instalarán en el número que sea acordado entre las partes y en los puntos de venta que el COMERCIO determine y que sean de propiedad del mismo; dichos dispositivos estarán bajo la responsabilidad del COMERCIO. Los medios de acceso que por su naturaleza sean móviles tales como INALAMBRICOS, AUTONOMOS y MPOS, podrán ser utilizados en distintos lugares del territorio nacional que requiera el COMERCIO, acorde a sus limitaciones de comunicación.
Sin perjuicio de lo anterior, aquelloscomercios que hayan adquirido MPOS (terminales MiPago) antes del quince (15) de febrero de 2016 serán propietarios del medio de acceso, dado que fueron adquiridos a título de compra.
El servicio de acceso a la red no constituye servicio de telecomunicaciones entre CREDIBANCO y el COMERCIO.
Se considerará transacción, para efectos de los cálculosde productividad de losterminales, las operaciones realizadas a través de los medios de acceso objeto del presente documento, relacionadas con la venta de los bienes o servicios ofrecidos por el COMERCIO, pago de servicios públicos y privados, transacciones no financieras, y todas aquellas en que la transacción haya sido objeto de validación por parte de la entidad emisora del plástico, de las diferentes franquicias, marcas privadas, o bonos regalo electrónicos para las cuales haya sido programado el terminal.
VALOR DEL SERVICIO: En el evento que el COMERCIO no llegare a alcanzar el número mínimo mensual de transacciones en función del tipo de mediode acceso que se le haya entregado, éste deberá realizar un pago fijo por terminal improductivo, por xxxxx en el cual no haya alcanzado el número de transacciones mínimas, cuya tarifa se establece a continuación:
TIPO DE TECNOLOGÍA | NÚMERO DE TRANSACCIONES | VALOR 2021 SIN IVA | VALOR 2021 CON IVA |
DIAL / LAN | 45 | $34.605 | $41.180 |
INALAMBRICO | 130 | $60.036 | $71.443 |
INALAMBRICO - AUTONOMO | 55 | $31.933 | $38.000 |
MPOS | 30 | $23.731 | $28.240 |
Anualmente CREDIBANCO efectuará un incremento a losvalores conforme al porcentaje de IPC
- índice de precios al consumidorestablecido por el DANE para el año inmediatamente anterior, o de acuerdo a las disposiciones de la administración respectode la fijación de tarifas para cada año. Sin prejuicio de lo anterior, CredibanCo podrá acordar modificaciones a las tarifas antes mencionadas, teniendo en cuenta, sus políticas internas, el comportamiento de las ventas del COMERCIO, la tecnología del datafono instalado y el cumplimiento de las metas establecidas. Lo anterior se formalizará mediante el mecanismo idóneo y acordado entre las partes.
PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento que CREDIBANCO determine aplicar un porcentaje de aumento superior al IPC, éste será notificado mediante comunicación remitida a la dirección, correo electrónico o número celular que el COMERCIO haya registrado en el formato Solicitud de Afiliación, con 15 días calendario de antelación a la fecha en que ha de hacerse efectivo el aumento. El COMERCIO podrá dar por terminado el servicio objeto del presente documento en caso de encontrar no justificado el incremento realizado por CREDIBANCO, para lo cual deberá comunicarse al Centro de Atención a Datáfonos (CAD) manifestando su interés de terminar el contrato, y solicitar el bloqueo del terminal. En tal caso CREDIBANCO dejará de prestar el servicio de acceso a la red y el COMERCIO realizará la restitución a CREDIBANCO de los terminales que haya recibido por parte de CREDIBANCO. La mencionada restitución no aplica para los MPOS que hayan sido adquiridos por el COMERCIO antes delquince (15) de febrero de 2016.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los terminales físicos que operen bajo la modalidad de Multicomercio, los cuales soportan las operaciones realizadas por diferentes comercios en convenio o alianza con el COMERCIO, tendrán las mismas condiciones de productividad y valor del servicio enunciadas en este documento, y requerirán de la debida aceptación por escrito del comercio que tiene bajo su custodia el terminal. Ese documento, que es independiente al presente reglamento, deberá sersuscrito por ambas partes y hará parte integral delmismo.
En la fecha en la que se suscribe el Formulario de solicitud de Afiliación a la red de CredibanCo, por parte delrepresentante legal del COMERCIO, se entiende aceptado el presente reglamento, y la cantidad y tecnología de terminales que sean entregados por CredibanCo corresponde a la descrita en dicho formulario. Pudiendo variar durante el tiempo de vigencia de la correspondiente afiliación, y mediante la solicitud de terminales adicionales a CREDIBANCO. Por lo anterior, con posterioridad a su afiliación al servicio de acceso a la red, el COMERCIO podrá solicitar terminales adicionaleso cambiar la tecnología de las mismas, las cuales deberán ser solicitadas por el representante legal de la persona jurídica o por el propietario en caso de personas naturales o a través del Centro de Atención a Datáfonos (CAD), solicitud que formará parte integral del presente documento.
FORMA DE PAGO: El valor por la prestación de servicio de acceso a la red será facturado mes vencido por XXXXXXXXXX y deberá ser pagado por el COMERCIO a través de cualquiera de los siguientes medios: (1) Débito automático de la cuenta bancaria autorizada por el COMERCIO que registra en la Solicitud de Afiliación a la red CREDIBANCO. (2) Pagos en Línea, para ello el COMERCIO podrá ingresar a la página de CREDIBANCO xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxxxx/xxxx-xx-xxxxxxxx-xxx- servicios-credibanco, luego deberá dar clic en PAGOS EN LÍNEA, digitar el número de identificación del COMERCIO, seleccionar la factura a pagar, seleccionar la forma de pago (PSE con cargo a cuenta bancaria), y finalmente seleccionar la forma de pago (con cargo a tarjeta de crédito de las franquicias VISA, MASTER, AMERICAN EXPRESS Y DINERS). (3) Consignación en efectivo a través de cualquier oficina del Banco Davivienda o de sus corresponsales bancarios, a través de formato de convenios empresariales donde el COMERCIO registrará los siguientes datos: nombre delconvenio CREDIBANCO, códigode convenio 1056407, referencia 1 corresponde al número de la factura a pagar, valor total y exacto de la factura, y diligenciar los datos del COMERCIO.
Podrán en un futuro definirse otras opciones de pago las cuales serán informadas al COMERCIO junto a las instrucciones para su utilización.
Los retardos en el pago del valor estarán sujetos a la máxima tasa de interés moratorio permitida por la ley para el periodode liquidación delcaso.
Si el COMERCIO no cancela el valor correspondiente en los primeros CINCO (5) días hábiles del mes siguiente a su causación como arriba se establece, CREDIBANCO podrá ordenar de inmediato el bloqueo y/o retiro del(los) terminales(s) correspondiente(s) del COMERCIO, con excepción de los MPOS adquiridos antes del quince (15) de febrero de 2016 los cuales serán únicamente bloqueados más no retirados al ser dispositivos de propiedad del COMERCIO.
CREDIBANCO podrá interponerlas acciones legales a que haya lugar y reportar como morosos al COMERCIO, su propietario y representantes legales en las centrales de riesgoen lostérminos de la ley, para lo cual realizará la correspondiente notificación con por lo menos 20 días de antelación a la fecha en que realizará el reporte, cuando la cancelación delvalor no se dé dentro de las condiciones aquí acordadas.
La no emisión o generación de las facturas por parte de CREDIBANCO por fuera de las fechas aquí establecidas, no podrá interpretarse como un desistimiento o renuncia a su cobro, por lo cual CREDIBANCO podrá emitir en cualquier tiempo la respectiva factura para su pago por parte del COMERCIO.
SOPORTE Y MANTENIMIENTO: El servicio de acceso a la red contempla el soporte de los terminales entregados al COMERCIO, el cual será brindado por CREDIBANCO y/o por un proveedor por éste designado en la dirección donde fueron entregados. CREDIBANCO no garantiza que los terminalesy las comunicaciones que se hagan a travésde estos, se encuentren libres de errores, fallas, interrupciones o cualquier otro tipo de situaciones semejantes.
El mantenimiento comprende actividades tendientes a diagnosticar y corregir fallas mediante la revisión, reparación, ajuste y/o sustitución de las partes o equipos/software que CREDIBANCO considere dentro del periodo de prestación del servicio de acceso a la red, siempre y cuando las fallas no hayan sido ocasionadas por las causales que exoneran a CREDIBANCO de asumir tal costo. Se excluye de este servicio los terminales de tecnología MPOS que hayan sido adquiridos por el COMERCIO antes del quince (15) de febrero de 2016, los cuales tendrán las garantías establecidas en los Términos y Condiciones de MiPago disponibles para consulta en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx-xxxx- comercios/mi-pago
Son OBLIGACIONES del COMERCIO:
a) Responder tanto por el daño como por la pérdida de todos o de cualquiera de los dispositivos y accesorios periféricos entregados para la prestación del servicio de acceso a la red, excepto en los casos que tengan origen en eventos de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose como caso fortuito o fuerza mayor, el imprevisto que no es posible resistir, advertir o prever; siendo excluidos todos los casos de negligencia e incompetencia; en cuyo caso el COMERCIO reconocerá a CREDIBANCO, por causa de la pérdida total, el valor de reposición que tengan a la fecha del daño o pérdida, teniendo en consideración el tiempo de vida útil del bien o equipo. Para el efecto CREDIBANCO tendrá en cuenta el valor promedio en libros. No obstante el valor de reposición en ningún caso podrá ser inferior al 10% del costo de adquisición para CREDIBANCO. El valor de reposición deberá ser cancelado dentro de los cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que ocurriere la pérdida.
Se entiende que esta es una obligación clara, expresa y actualmente exigible, y en consecuencia CREDIBANCO está en posibilidad de reclamar su cumplimiento de acuerdo con lo previsto en la ley para este tipo de obligaciones.
b) Para terminales fijos el COMERCIO no podrá cambiar la ubicación de los dispositivosy accesorios periféricos entregados, salvo previo consentimiento escrito otorgado por CREDIBANCO. Los terminales que debido a su naturaleza sean móviles podrán ser desplazados para su uso, y deberán ser manejados por el personal autorizado por el COMERCIO quien es responsable por su uso, manejo o destinación, siendo utilizados exclusivamente para los fines determinados por CREDIBANCO.
c) Restituirle a CREDIBANCO los equipos junto a los accesoriosperiféricos entregados al COMERCIO, en las oportunidades previstas en este anexo y en perfecto estado de funcionamiento, salvo el normal desgaste por el paso del tiempo, sin que pueda retenerlos por ninguna causa más aún si CREDIBANCO requiere hacer mantenimiento a los equipos. Se excluye de este numeral los terminales de tecnología MPOS que hayan sido adquiridos por el COMERCIO antes del quince (15) de febrero de 2016.
La obligación de restitución de terminales, desde la perspectiva pecuniaria, se tasa en el valor de reposición delequipo en los términos definidos anteriormente.
En el cumplimiento de esta obligación, se estima solidariamente responsable al propietario y al (los) representante(s) legal(es) en ejercicio al momento de la terminación del servicio objeto delpresente documento.
d) Pagar el (los) valor(es) mensual(es) de conformidad con lo previsto para el efecto en el presente reglamento.
e) Solicitar a CREDIBANCO en los términos que defina y con un mes de anticipación el bloqueo del terminal en caso que decida suspender el servicio de acceso a la red, esto de acuerdo al parágrafo del acápite Valor del Servicio.
En caso de que el COMERCIO decida dar por terminadas sus actividades comerciales, deberá de manera inmediata restituir a CREDIBANCO los terminales junto a los accesorios periféricos entregados, cancelar el valor pendiente por el servicio de acceso a la red, y además manifestar su determinación de dar por terminado de inmediato el servicio de acceso a la red. Si el COMERCIO no restituye de inmediato a CREDIBANCO los medios de acceso, autoriza a reportar al COMERCIO a las centrales de riesgo como incurso en incumplimiento de un reglamento o acuerdo con CREDIBANCO, es decir de las obligacionesderivadas de este. Si elcomerciodesea nuevamente acceder al servicio de acceso a la red, deberá realizar un nuevo proceso de solicitud de terminales.
PARÁGRAFO: No serán objeto de restitución los terminales de tecnología MPOS entregados al COMERCIO antes del quince (15) de febrero de 2016 al ser un dispositivo adquirido por el COMERCIO mediante compra realizada a CREDIBANCO.
DISTRIBUCIÓN DEL RIESGO: CREDIBANCO asumirá el deterioro normal de los equipos así como su mantenimiento en los términos de este documento, exceptuando los terminales de tecnología MPOS adquiridos antes del quince (15) de febrero de 2016, los cuales tendrán las garantías establecidas en los Términos y Condiciones de MiPago, que encontrarán en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxxxx/xx-xxxx. El COMERCIO mantendrá en su cabeza el riesgo derivado del mal uso o la pérdida total o parcial de los terminales y los accesorios periféricos instalados. En cualquier caso, El COMERCIO deberá responder frente a CREDIBANCO por el daño parcial o total de los equipos derivado de las siguientes situaciones: (a) Operación de los equipos bajo condiciones ambientales, eléctricas y/o de temperatura diferentes a los rangos de tolerancia indicados en las especificaciones técnicas del fabricante del equipo, que CREDIBANCO mantiene a disposición del COMERCIO;
(b) Mantenimiento, reparación, modificación, configuración o reinstalación de los equipos
aceptado y por tanto vinculante a los COMERCIOS, mediante la suscripción del formulario de afiliación a la red de CredibanCo.