MINUTA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VEHICULO AUTOMOTOR Proceso: CONTRATACIÓN CODIGO: FR.33.CO
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MINUTA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VEHICULO AUTOMOTOR
Proceso: CONTRATACIÓN |
CODIGO: XX.00.XX |
VERSIÓN: 01 |
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VIGENCIA: 31/12/2018 |
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Entre los suscritos a saber, XXXXXX, mayor de edad y residente de Popayán, quien se identifica con la Cédula de Ciudadanía No. XXXXXXexpedida en XXXXXX, quien obra como Representante Legal de LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE POPAYÁN S.A. EMTEL E.S.P.; para los efectos del presente Contrato se denominará EL ARRENDATARIO, de una parte, y, XXXXXX, también mayor de edad, quien se identifica con la Cédula de Ciudadanía No. XXXXXX, con Licencia de Conducción Vigente No. XXXXXX quien en adelante se denominará El ARRENDADOR, convenimos celebrar el presente Contrato de arrendamiento de Vehículo Automotor, que se rige por la legislación comercial colombiana y además por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO en alquiler un Vehículo Automotor de las siguientes características:
Placa: XXXXXX
Marca: XXXXXX
Color: XXXXXX
Modelo: XXXXXX
Tipo de servicio: XXXXXX
SEGUNDA: El vehículo se encuentra en perfecto estado de funcionamiento, externa e internamente en buen estado, además de una llanta de repuesto y herramientas de desvare cómo gato, cruceta, etc.
TERCERA.- VALOR: El plazo de ejecución del contrato será de XXXXXX meses.
CUARTA.- PLAZO El arrendamiento del vehículo automotor descrito en la cláusula primera será de XXXXXX ($XXXXXX) mensuales, de acuerdo al informe de labores realizadas, previa presentación de cuenta de cobro y certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor.
QUINTA.- DESTINACIÓN: El Arrendatario destinará el vehículo automotor al transporte de (personal y de carga) de LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE POPAYÁN S.A. EMTEL E.S.P., de acuerdo a las necesidades de la empresa, en la ciudad de Popayán, Timbio y Piendamo, de tal manera, que el arrendatario no podrá subarrendar, ni permitir que terceros lo utilicen.
SEXTA.- CONDUCCIÓN: El vehículo automotor será conducido por EL ARRENDADOR o por quien éste delegue, lo cual no genera subordinación, ni vínculo contractual.
SÉPTIMA.- SEGUROS Y REQUISITOS ADICIONALES: EL ARRENDADOR, tiene obligación de tener vigente y al día: Licencia de transito del vehículo
SOAT vigente
Revisión Técnico Mecánica vigente
Licencia de conducción vigente clasificada en la categoría para el tipo de vehículo a rentar
Seguro contractual y extracontractual
Extracto de contrato conforme al artículo 23 del Decreto número 174 de 2001 y Resolución 3068 de 2014 del Ministerio de Transporte
OCTAVA.- SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: Las erogaciones que demande la ejecución del presente contrato se imputarán con cargo al Presupuesto de la vigencia 201X rubro XXXXXX Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXXXX
NOVENA.- OBLIGACIONES: Por parte del CONTRATISTA: 1) Llevar a cabo todo y cada una de los recorridos programados por el supervisor del contrato. 2) El mantenimiento eléctrico y mecánico que requiera el automotor, deberá realizarse fuera del horario establecido para el cumplimiento de las actividades programadas. 3) En caso de no contar con disponibilidad del vehículo, el propietario deberá reemplazarlo, por otro que cumpla las mismas condiciones con el fin de evitar traumatismos con la prestación del servicio. 4) EL ARRENDADOR deberá suministrar un teléfono celular al conductor, para comunicación directa con la empresa, el cual deberá permanecer encendido en el horario normal de trabajo y en horarios de disponibilidad programados. 5) La empresa determinará horas nocturnas y fines de semana que serán de obligatorio cumplimiento por EL ARRENDADOR, en los cuales el conductor deberá tener activo el celular. 6) Reportar mensualmente al supervisor del contrato, las planillas de control de las comisiones asignadas semanalmente. 7) En caso del faltante del vehículo por fallas mecánicas o cualquier otro motivo, EL ARRENDADOR debe reemplazarlo por otro de las mismas características garantizando el cumplimiento al objeto del contrato por el tiempo que sea necesario. 8) Todos los gastos por concepto de combustible, mantenimiento y reparación que requiera el vehículo para la ejecución del contrato y los gastos en que incurra el conductor, correrán por cuenta EL ARRENDADOR. 9) El Vehículo debe contar con el certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes vigentes, tarjeta de operación, copia de pago de rodamiento, resolución de habilitación de la empresa por el Ministerio de Transporte, SIMIT, seguro obligatorio contra accidentes de tránsito (SOAT) y las demás exigencias xx xxx y las establecidas en el presente contrato. 10) Mantener informada al Supervisor del Contrato cualquier circunstancia que afecte la debida ejecución del contrato. 11) El contratista debe de estar al día en el pago de todos los impuestos a su cargo, en relación con el vehículo a alquilar y los que eventualmente deban reemplazarlo. 12) EL ARRENDADOR deberá presentar la Hoja de Vida del Conductor del vehículo y demás soportes legales que lo acreditan para el ejercicio de conducción vehicular. 13) Brindar una eficiente prestación del servicio al usuario, sabiendo que puede escoger libremente al conductor, pero EMTEL S.A. E.S.P. podrá requerir el cambio cuando considere que éste obstaculiza de cualquier manera las tareas de la empresa. En el evento de presentarse cambio de conductor, éste se hará previo conocimiento y Visto Bueno del Supervisor, aclarando que él deberá acreditar los mismos requisitos, e informar del mismo a la Sección Jurídica. 14) La Seguridad Social (Salud, Pensión y ARL) del conductor del vehículo estará a cargo de EL ARRENDADOR, y en ningún caso generará vinculo entre él y la parte Contratante, quedando EMTEL S.A. E.S.P., eximido de toda responsabilidad por lo que le pueda suceder al motorista.
DÉCIMA: El incumplimiento de cualquier obligación o prohibición descritas en este contrato, da derecho al Arrendatario a declarar rescindido éste contrato de arrendamiento.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍAS: El ARRENDADOR, constituirá una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, debiendo incluir como riesgos amparados: a) DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud del Contrato, la cual deberá ser otorgada por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, y con una vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses más. b) PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, del personal que labore en la ejecución de las labores contratadas, y se constituirá durante el tiempo de ejecución del mismo y una vez terminado se prorrogará tres (3) años más y será equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato. c) E) RESPONDABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Equivalente al cinco (5%) del valor del contrato con vigencia igual al contrato y treinta (30) días más, Que ampare su responsabilidad civil frente a terceros derivada de la ejecución del Contrato, por una cuantía equivalente a 200 SMLMV con una vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses más.
DECIMA SEGUNDA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado una vez suscrito por la partes. El Contrato requiere para su ejecución de la existencia del registro presupuestal, la constitución y aprobación de las garantías solicitadas por la empresa y suscripción del acta de inicio.
Para constancia, el presente documento se firma, por quienes intervinieron en él, dado en Popayán a los XXXXXX (x) días del mes de XXXXXX de 201x.
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XXXXXX XXXXXX
Gerente EMTEL S.A E.S.P. Arrendatario
Arrendador
Elaboró: Nombre y Cargo
Revisó: Nombre y Cargo