CONCILIO GENERAL DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE PANAMÀ ESCUELA BÁSICA GENERAL EL BUEN PASTOR – CATEDRAL DE VIDA CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2024
CONCILIO GENERAL DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE PANAMÀ ESCUELA BÁSICA GENERAL EL BUEN PASTOR – CATEDRAL DE VIDA CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2024
Entre los suscritos a saber, LA ESCUELA EL BUEN PASTOR, entidad educativa reconocida mediante Resuelto No.1653 del 13 de octubre de 1988 emitido por el Ministerio de Educación de la República de Panamá con domicilio en Pueblo Nuevo Vista Hermosa, Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx y bajo la cobertura xxx Xxxxxxxx General de Las Asambleas de Dios de Panamá, persona jurídica sin fines de lucro, organizada y existente bajo las leyes de la República de Panamá, inscrita en el Registro Público a la ficha 000-00-000, representado por la Directora XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX mujer de nacionalidad panameña, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad personal No.0- 000-000, quien cuenta con facultades y capacidad legal para comparecer en virtud de autorización expresa para tal motivo en su condición de Directora de la ESCUELA EL BUEN PASTOR – CATEDRAL DE VIDA, (a quien en adelante se denominará LA ESCUELA), por una parte y por la otra el (la) señor
(a) mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad personal/pasaporte No. (quien en adelante se denominará ACUDIENTE) actuando en nombre y representación del (de la) menor portador
(a) del de la cédula de identidad personal/pasaporte No. (quien en adelante se denominará ESTUDIANTE). En conjunto se denominarán LAS PARTES quienes, de común acuerdo, suscriben el presente CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS con base en las siguientes:
CONSIDERACIONES LEGALES:
PRIMERA: Que LA ESCUELA EL BUEN PASTOR – CATEDRAL DE VIDA es un centro de enseñanza privado, inspirado en valores cristianos evangélicos, que se organiza bajo la cobertura ministerial xxx Xxxxxxxx General de las Asambleas de Dios de Panamá.
SEGUNDA: Que, mediante el presente contrato, se formaliza la relación jurídico – contractual que regula la prestación del servicio educativo ofrecido y la inclusión del ESTUDIANTE a los servicios y plataformas educativos que ofrece LA ESCUELA para el año escolar DOS MIL VEINTICUATRO (2024).
TERCERA: Que LAS PARTES entienden y aceptan que el presente contrato es de SERVICIOS EDUCATIVOS; que se comprometen fielmente a cumplirlo, manifestando su aceptación y reiterando su deseo de someterse a las obligaciones recíprocas, reconociéndose los derechos que le son propios a cada uno, inspirados en el principio de la buena voluntad de las partes, la buena fe y lealtad.
En virtud de las anteriores consideraciones LAS PARTES, han convenido en celebrar el presente
CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS, que se regirá en atención a las siguientes:
CLAÚSULAS
PRIMERA – EL OBJETO: El presente contrato tiene por objeto procurar la formación integral, académica, de principios y valores acorde a la ética y la moral cristiana del ESTUDIANTE, mediante la recíproca y permanente complementación de esfuerzos del ACUDIENTE y LA ESCUELA en la búsqueda del pleno desarrollo de la personalidad del ESTUDIANTE y de un rendimiento académico satisfactorio en el ejercicio del programa curricular correspondiente al grado en el cual se matricula.
SEGUNDA – DEFINICIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato de servicios educativos formaliza la vinculación del ESTUDIANTE al servicio educativo que ofrece LA ESCUELA y establece las regulaciones que deben cumplir LAS PARTES basado en lo que establece el Ministerio de Educación de Panamá:
• Ley 3 de 1 de febrero de 2011: Regula la participación de los padres en el proceso de enseñanza – aprendizaje.
• Ley 34 de 5 de julio de 1995: Por la cual se deroga, adicionan y subrogan artículos de la ley 47 de 1946 orgánica de educación.
• Decreto 162 de 22 de julio de 1996, modificado por el Decreto 142 de 4 de septiembre de 1997: por el cual se establece el régimen interno para los estudiantes en los colegios oficiales y particulares.
• Resuelto 1183 de 23 xx xxxxx de 2008: regular el procedimiento para el ingreso a los centros educativos oficiales y particulares del país.
LAS PARTES se comprometen a cumplir con lo que establece el Ministerio de Educación de Panamá, respecto a las obligaciones legales y pedagógicas tendiente a hacer efectiva la prestación del servicio educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera también un deber.
• Resuelto 1404 – A de 27 xx xxxxx de 2020 emitido por Ministerio de Educación ya sea presencial o a distancia, esta última em modalidad semipresencial, no presencial, virtual y tele presencial, o cualquier otra que en el futuro pueda ser dispensada, que cumpla con las características, requisitos y formalidades exigidas por las autoridades de la República de Panamá.
• Resuelto 2324 de 28 de julio de 2020: que adopta y reglamenta las normas de conducta y los lineamientos para las clases a distancia en la modalidad virtual en los centros educativos oficiales y particulares del país.
FUERZA MAYOR: Debido a que la inusual situación provocada por la pandemia mundial del COVID- 19 que han provocado grandes cambios en la forma de vida de la sociedad panameña y mundial, incidiendo directamente en la vida escolar, y el proceso educativo en sí mismo, el presente contrato rige tanto para la modalidad virtual, semipresencial o presencial.
Si por nuevas situaciones imprevistas de fuerza mayor o por disposiciones especiales emanadas de las autoridades panameñas, ha de modificarse su contenido en parte, se redactará una adenda acorde a las disposiciones especiales que puedan surgir.
Queda entendido entre LAS PARTES que de acuerdo a los artículos 94 y 95 de la Constitución Política de la República de Panamá, la educación oficial es una opción gratuita en todos sus niveles, mientras que la educación particular o privada es opcional, es impartida por entidades privadas y por ente tiene costos definidos en este contrato de servicios.
TERCERA – DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL PADRE DE FAMILIA Y ACUDIENTE: En
cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el presente contrato, el ACUDIENTE tiene los siguientes derechos:
• Exigir la regulación de la prestación del servicio educativo.
• Que el servicio educativo se rija por los programas oficiales.
• Exigir el cumplimiento de los programas educativos de LA ESCUELA.
• Participar en el proceso educativo.
• Buscar y recibir orientación sobre la educación del ESTUDIANTE.
En virtud de las cláusulas del presente contrato, así como las disposiciones legales contenidas en el marco regulatorio del servicio educativo en nuestro país el ACUDIENTE tendrá las siguientes obligaciones:
• Respetar la identidad cristiana evangélica de LA ESCUELA.
• Cumplir con el plan educación, así como el Reglamento Interno de LA ESCUELA.
• Realizar la matrícula del ESTUDIANTE para el nuevo año escolar, en los días y horas señalados para ello, siempre y cuando LA ESCUELA autorice la matrícula para el nuevo año escolar, según la cláusula NOVENA del presente contrato.
• No permitir que mi acudido utilice el uniforme de la Escuela en actividades que atenten contra la moral y Fe Cristiana (sorteo de la lotería, tarimas, marchas) etc...
• Presentarse correctamente uniformado.
• El xxxxx xx xxxxxxx de los varones debe ser estilo ejecutivo (corte parejo), no debe existir doble tono, ni decoración, ni estilo a las modas.
• Pagar estricta y puntualmente las cuotas del servicio educativo, siguiendo las orientaciones dadas a conocer por LA ESCUELA, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes según se especifica en la cláusula SEXTA.
• Proporcionar al ESTUDIANTE el ambiente adecuado para su desarrollo integral.
• Xxxxx por el progreso del ESTUDIANTE en todos los órdenes.
• Acudir a las citas y llamadas que haga la directora, miembros del equipo directivo y administrativo, coordinadores, departamento de orientación psicopedagógica y/o los docentes de LA ESCUELA en el día y hora fijada.
• Asistir a todas las reuniones de padres de familia y/o acudientes, especialmente cuando sean citados por entrega de calificaciones del ESTUDIANTE.
• En caso de que el ESTUDIANTE tenga alguna necesidad educativa especial, el ACUDIENTE debe proveer a LA ESCUELA el diagnóstico profesional idóneo detallando la condición especial del ESTUDIANTE, para que LA ESCUELA realice las adecuaciones pertinentes.
• Cumplir con el horario de jornada escolar establecido por LA ESCUELA ya sea en el caso de modalidad virtual, semipresencial o presencial.
• Informar a LA ESCUELA de cambios de dirección, número de teléfono (fijo o celular), correo electrónico, lugar de trabajo o cualquier otro cambio del entorno familiar.
• Xxxxx por la salud del ESTUDIANTE manteniéndolo en casa cuando no se encuentre bien de salud o esté incapacitado por enfermedad.
• Justificar mediante incapacidad expedida por médico idóneo o nota en la cual se indique la razón por la cual el ESTUDIANTE no se presentó a LA ESCUELA O en el caso de clases virtuales, por qué no se conectó a la plataforma educativa en el horario establecido.
• Notificar el retiro definitivo del ESTUDIANTE mediante documento escrito dirigido a la Dirección de LA ESCUELA, por medio de la secretaria, al menos con quince (15) días hábiles de anticipación de que el ESTUDIANTE se retire de LA ESCUELA y deje de asistir a clases. En todos los casos se cancelará la cuota del mes correspondiente completa. Mientras no se realice este trámite no se hará efectivo el retiro, y, por lo tanto, deberá abonar todas las cuotas, pues sigue siendo considerado como ESTUDIANTE activo de LA ESCUELA.
ANEXO A
NIVELES | NIÑAS | VARONES |
Pre Kinder y Kinder | Camisa con insignia estilo chompa Pantalón largo blue-jeans sin diseños Medias blancas Zapatillas blancas con cordones- Sweter celeste Educación Física: ( PK° a 9°) Pantalón largo buzo xxxx xxxxxx sin xxxx xxxxxxx. Zapatillas blancas con cordones Suéter blanco con logo Medias blancas no tobillera | Camisa con insignia estilo chompa Pantalón largo blue-jeans sin diseños Medias blancas Zapatillas blancas con cordones- Swueter celeste Educación Física: ( PK° a 9°) Pantalón largo buzo xxxx xxxxxx sin xxxx xxxxxxx. Zapatillas blancas con cordones Suéter blanco con logo Medias blancas no tobillera |
1° a 3° | Camisa blanca con insignia estilo chompa Corpiño blanco(largo) a la cintura Falda pantalón Zapatos negros Medias blancas sin diseños a media pierna No tobilleras- Sweter xxxxxxx | Xxxxxx blanca con insignia estilo chompa Camiseta blanca Pantalón corto celeste Zapatos negros Medias blancas no tobilleras Sweter celeste |
4° a 6° | Camisa blanca con insignia estilo chompa Corpiño blanco(largo) a la cintura Falda pantalón Zapatos negros Medias blancas sin diseños a media pierna No tobilleras- Sweter xxxxxxx | Xxxxxx blanca con insignia Camiseta blanca Pantalón largo celeste Zapatos negros Medias blancas no tobilleras Sweter celeste |
7° a 9° | Camisa blanca con insignia estilo chompa Corbatín rojo Corpiño blanco(largo) a la cintura Falda pantalón Zapatos negros Medias blancas sin diseños a media pierna No tobilleras Los sweater celeste es para usar todos los xxxxxxx | Xxxxxx xxxxxx con insignia Camiseta blanca Pantalón largo celeste oscuro Zapatos negros Medias blancas no tobilleras Los sweater celeste es para usar todos los viernes |
Educación Fisica (PISCINA) 3° a 9° | Una bata de playa Vestido de baño entero de color oscuro Toalla Chancletas Gorra de piscina | Sweter blanco Vestido de baño estilo pantalón corto con mallita Toalla Chancletas |
1º a 9° | El Sweter celeste es para uso de los dìas viernes y para las salidas extracurriculares. | El Sweter celeste es para uso de los dìas viernes y para las salidas extrariculares. |
• Velar por que el ESTUDIANTE mantenga un buen comportamiento y disciplina, mantenga el uso correcto del uniforme anexo A, asista puntualmente a LA ESCUELA o a sus clases virtuales y respete las normas de LA ESCUELA.
• En el caso de las clases presenciales, el ACUDIENTE se debe asegurar que el ESTUDIANTE permanezca dentro de los predios de LA ESCUELA desde el inicio de clases hasta finalizar la jornada escolar, cumpliendo con las actividades lectivas programadas para su nivel. El ESTUDIANTE sólo se podrá retirar de LA ESCUELA con solicitud mediante documento escrito por el ACUDIENTE y debidamente aprobado por la dirección de LA ESCUELA. Si el ESTUDIANTE se retira del área de LA ESCUELA sin autorización, será bajo su propio riesgo asumiendo la sanción disciplinaria correspondiente. El ACUDIENTE debe retirar al ESTUDIANTE de LA ESCUELA una vez terminada la jornada escolar. LA ESCUELA no se hace responsable del cuidado del ESTUDIANTE, fuera del horario estipulado (7:00 a.m.- 2:00 p.m)
• En el caso de las clases no presenciales será responsabilidad del ACUDIENTE asegurar que el ESTUDIANTE cuente con los medios necesarios para participar activamente en las clases no presenciales. La modalidad virtual incluye la grabación de todas las clases por parte del profesor de la asignatura. El ACUDIENTE deberá asegurarse que el ESTUDIANTE cumpla con el horario establecido desde el inicio de clases hasta finalizar la jornada escolar no presencial o virtual, cumpliendo con las actividades lectivas programadas para su nivel.
• Utilizar vestimenta adecuada cuando el ACUDIENTE se presente a LA ESCUELA
manteniendo las normas de cortesía y buena educación.
CUARTA – DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato el ESTUDIANTE tiene los siguientes derechos:
• Recibir una educación integral acorde con los principios que inspiran el plan educativo de
LA ESCUELA.
• Ser valorado y respetado.
• Participar en el desarrollo del servicio educativo a través de los proyectos y programas establecidos por LA ESCUELA.
• Participar en las instancias estudiantiles establecidas en el Reglamento Interno de LA ESCUELA.
Así mismo, el ESTUDIANTE tendrá las siguientes obligaciones:
• Cumplir, respetar y acatar el Reglamento Interno de LA ESCUELA y los principios que orientan el plan educativo de LA ESCUELA.
• Respetar y valorar a todas las personas que constituyen la comunidad educativa.
• Asistir puntual y respetuosamente a las clases y actividades que programe LA ESCUELA
incluidas las que se refieren a la vida cristiana y enseñanza de las Sagradas Escrituras.
QUINTA – DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LA ESCUELA: En cumplimiento de las normas vigentes para LA ESCUELA y en concordancia con el objeto del presente contrato, LA ESCUELA tiene los siguientes derechos:
• Exigir el cumplimiento del Reglamento Interno de LA ESCUELA por parte del ESTUDIANTE y de los derechos y deberes académicos que se derivan del servicio.
• Exigir al ACUDIENTE el cumplimiento de sus obligaciones como responsable del
ESTUDIANTE.
• Exigir y recuperar los costos incurridos en el servicio, el pago de los derechos correspondientes a la matrícula, cuota y otros servicios. Por tanto, queda claro que LA ESCUELA no expedirá constancia de calificaciones ni renovará la matrícula al ESTUDIANTE cuyo ACUDIENTE no haya cumplido en tiempo y forma su compromiso de para con LA ESCUELA.
• Reservarse el derecho de no renovación de la matrícula según estipulaciones del Reglamento Interno de LA ESCUELA y por razones de comportamiento o necesidades que requieran tratamiento especial.
Así mismo, LA ESCUELA tendrá las siguientes obligaciones:
• Ofrecer una educación integral de acuerdo con los fines de la educación panameña, los principios y valores de la ética y la moral cristiana y el carácter propio del plan educativo de LA ESCUELA.
• Desarrollar planes y programas establecidos en el plan educativo de LA ESCUELA.
• Cumplir y exigir el cumplimiento del Reglamento Interno de LA ESCUELA.
• Prestar en forma regular el servicio educativo contratado dentro de las prescripciones legales.
SEXTA – PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA: Cualquier que sea la modalidad autorizada por el Ministerio de Educación de Panamá, el ACUDIENTE se compromete a realizar el pago puntual de la matrícula y otros servicios, junto al costo anual en concepto de colegiatura, que puede ser pagado anual o en diez (10) cuotas mensuales, según los siguientes parámetros:
• La matrícula y otros servicios (Plataforma, Psicología, Campamento, Robótica) se pagan en las fechas determinadas por LA ESCUELA las cuales serán anunciadas, siempre y cuando LA ESCUELA autorice la matrícula para el nuevo año escolar, según la cláusula NOVENA del presente contrato. Es necesario haberla cancelado para concluir el proceso de matrícula.
• En caso de no cumplir con la fecha establecida de pago de la matrícula y otros servicios, LA ESCUELA podrá disponer de los cupos, a no ser que exista justificación escrita y que la dirección de LA ESCUELA lo apruebe. Por lo cual, se considerará una matrícula extra temporal con un recargo de (B/.30.00) treinta balboas.
• El pago de la cuota mensuales que no se realice dentro del periodo estipulado por LA ESCUELA, tendrá un recargo del quince por ciento (15%) de su valor.
• Si el ACUDIENTE no realiza los pagos de las cuotas mensuales en el tiempo y la forma especificada en la presente cláusula, LA ESCUELA procederá a verificar las cuotas mensuales con el fin de garantizar o no la continuidad de los servicios de acceso a la plataforma de comunicación y a los diversos informes de resultados académicos.
• Si el ACUDIENTE incumple su compromiso en más de tres (3) cuotas mensuales consecutivas, se rescindirá el presente contrato, perdiendo el servicio educativo según la cláusula DÉCIMA del presente contrato.
Declara LA ESCUELA y así lo acepta el ACUDIENTE, los montos de matrícula y anualidad que se señalan en esta cláusula cubren única y exclusivamente el valor del servicio de enseñanza brindada por LA ESCUELA. Cualquier daño ocasionado accidental o intencionalmente a los bienes muebles e inmuebles de propiedad de LA ESCUELA por parte del ESTUDIANTE debe ser resarcido por el ACUDIENTE, haciéndose responsable por los perjuicios económicos y patrimoniales resultante de las acciones, omisiones o falta de cumplimiento de instrucciones por parte del ESTUDIANTE, de acuerdo con lo que establece el Código Civil de Panamá.
Declara LA ESCUELA y así lo acepta el ACUDIENTE, que siempre que el Ministerio de Educación autorice que el servicio educativo para el año lectivo dos mil veinticuatro (2024) sea proporcionado a distancia, en la modalidad virtual y presencial se harán los ajustes correspondientes a la suma cancelada por el ACUDIENTE en concepto de matrícula, conforme a lo detallado en el anexo B que forma parte integral de este contrato.
ANEXO B
ESCUELA EL BUEN PASTOR -CATEDRAL DE VIDA
COSTOS DE MATRICULAS Y CUOTAS MENSUALES EN LAS DIFERENTES MODALIDADES 2024
Modalidad Presencial | Laboratorios | ||||||||
Niveles | Admisión | Seguro Escolar | Material didáctico | Música Pk° a 9° Piscina 3º a 9º | Informática | Ciencias | Total, de Matricula | Cuota mensual | Anualidad |
Pre kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 0.00 | 230.00 | 125.00 | 1,250.00 |
Kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 0.00 | 230.00 | 125.00 | 1,250.00 |
1º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 260.00 | 130.00 | 1,300.00 |
2º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 260.00 | 130.00 | 1,300.00 |
3º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 260.00 | 130.00 | 1,300.00 |
4º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 265.00 | 130.00 | 1,300.00 |
5º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 265.00 | 130.00 | 1,300.00 |
6º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 265.00 | 130.00 | 1,300.00 |
7º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 270.00 | 135.00 | 1,350.00 |
8º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 270.00 | 135.00 | 1,350.00 |
9º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 25.00 | 30.00 | 30.00 | 270.00 | 135.00 | 1,350.00 |
2024
Modalidad Semipresencial | Laboratorios | |||||||
Niveles | Admisión | Seguro Escolar | Material didáctico | Informática | Ciencias | Total, de Matricula | Cuota mensual | Anualidad |
Pre kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | - | 193.00 | 110.00 | 1,110.00 |
Kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | - | 193.00 | 110.00 | 1,110.00 |
1º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 211.00 | 115.00 | 1,150.00 |
2º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 211.00 | 115.00 | 1,150.00 |
3º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 211.00 | 115.00 | 1,150.00 |
4º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 115.00 | 1,150.00 |
5º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 115.00 | 1,150.00 |
6º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 115.00 | 1,150.00 |
7º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 120.00 | 1,200.00 |
8º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 120.00 | 1,200.00 |
9º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | 18.00 | 18.00 | 216.00 | 120.00 | 1,200.00 |
2024
Modalidad Virtual | Laboratorios | |||||||
Niveles | Admisión | Seguro Escolar | Material didáctico | Informática | Ciencias | Total, de Matricula | Cuota mensual | Anualidad |
Pre kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 175.00 | 101.00 | 1,010.00 |
Kínder | 140.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 175.00 | 101.00 | 1,010.00 |
1º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 175.00 | 105.00 | 1,050.00 |
2º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 175.00 | 105.00 | 1,050.00 |
3º | 140.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 175.00 | 105.00 | 1,050.00 |
4º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 180.00 | 105.00 | 1,050.00 |
5º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 180.00 | 105.00 | 1,050.00 |
6º | 145.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 180.00 | 105.00 | 1,050.00 |
7º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 185.00 | 109.00 | 1,090.00 |
8º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 185.00 | 109.00 | 1,090.00 |
9º | 150.00 | 15.00 | 20.00 | - | - | 185.00 | 109.00 | 1,090.00 |
SÉPTIMA: MENSUALIDADES Y FECHAS DE PAGOS: Con respecto a las cuotas mensuales, el año escolar de cada nivel de estudio están determinados por el costo de los beneficios y la escolaridad que provee la escuela.
Habrá un descuento xxx xxxx por ciento (10%) aplicable a las cuotas mensuales por la cancelación del año escolar hasta la primera semana del mes del inicio del año escolar.
Los descuentos por familia serán de la siguiente manera: el segundo y tercer hermano tendrá derecho a un descuento del tres por ciento (3%) aplicable a la cuota mensual.
Las cuotas mensuales de cada familia se considerarán PAZ Y SALVO únicamente cuando los hermanos que forman la cuenta están al día, por el cual les dará el derecho de recibir el servicio educativo y boletines.
Los pagos pueden realizarse de las siguientes maneras: transferencia por banca en línea, en el edificio administrativo de LA ESCUELA por tarjeta DR., tarjeta de CR. VISA o MASTERCARD, etc.
Los pagos realizados por transferencia bancaria deben hacerlas por los menos tres (3) días antes de la fecha límite del pago mensual según el calendario de pagos suministrado por la administración.
OCTAVA – DEVOLUCIONES: El acudiente podrá solicitar la devolución del costo de la escolaridad bajo las siguientes condiciones:
a. Hasta dos (2) meses antes de iniciada las clases se reembolsarán todo lo pagado al momento de la inscripción, exceptuando el rubro de admisión.
b. Pasado ese tiempo, hasta antes del inicio de clases, se reembolsará solamente los siguientes rubros: piscina, seguro escolar.
c. Una vez iniciadas las clases no se hará reembolsos.
NOVENA – PLAN EDUCATIVO Y REGLAMENTO INTERNO: El Plan Educativo y el Reglamento Educativo de LA ESCUELA se consideran parte integral del presente contrato. El ACUDIENTE y el ESTUDIANTE declaran conocerlos y se obligan a cumplirlos.
DÉCIMA – CAUSALES DE RESCINSIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se podrá dar por terminado, por una de las siguientes causas:
a) Por expiración del término fijado, es decir, al terminar el año lectivo.
b) Por mutuo acuerdo de LAS PARTES.
c) Por fallecimiento del ESTUDIANTE o fuerza mayor.
d) Por suspensión de actividades de LA ESCUELA por más de sesenta (60) días o por la clausura definitiva de LA ESCUELA.
e) Por incumplimiento de los compromisos adquiridos en la entrevista de admisión.
f) Por no cumplir con el pago de las cuotas mensuales cuando el impago sobrepase las tres (3) cuotas consecutivas.
g) Por causales determinadas en el Reglamento Interno de LA ESCUELA.
h) Cuando el ACUDIENTE suministre a LA ESCUELA informaciones o documentos falsos.
i) Si el ACUDIENTE fallece o pierde la guarda y crianza del ESTUDIANTE. Quien reciba la custodia del ESTUDIANTE le corresponde firmar un nuevo contrato y asumir todas las obligaciones pendientes.
UNDÉCIMA – DURACIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONTRATO: El contrato tendrá una duración de un
(1) año, de acuerdo con el calendario aprobado por LA ESCUELA y el Ministerio de Educación de Panamá. LA ESCUELA ser reserva el derecho de renovación del presente contrato.
DUODÉCIMA – AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN DEL ESTUDIANTE: El ACUDIENTE tiene derecho
a autorizar o no a LA ESCUELA el uso de imagen del ESTUDIANTE, menor de edad, sabiendo que el uso del material fotográfico y audiovisual realizado por LA ESCUELA es exclusivamente de las actividades que lleve a cabo LA ESCUELA, las cuales podrán ser autorizadas para:
• Difusión de actividades y eventos a través de la página web, blog, canal de video y redes sociales propios de LA ESCUELA.
• Uso interno en memorias y proyectos de LA ESCUELA.
• Documentos y material gráfico impreso como carteles, folletos, agenda escolar y manuales.
LA ESCUELA se compromete a que la utilización de estas imágenes en los medios oficiales de LA ESCUELA, en ningún caso supondrá un daño a la honra e intimidad del ESTUDIANTE menor, ni será contraria a los intereses del ESTUDIANTE menor.
En el caso de NO AUTORIZACIÓN del uso de imagen del ESTUDIANTE, escriba a continuación NO
AUTORIZO seguido de su firma
.
En fe de lo anterior firman LAS PARTES en la ciudad de Panamá el día del mes de del año .
Profesora. Xxxxxx xx Xxxxxxxx Por el ACUDIENTE
Directora del Plantel.