REUNIDOS
Madrid, 2 de febrero de 2023
REUNIDOS
De una parte,
D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en nombre y representación de la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE MADRID, en su condición de Presidente, con CIF X-0000000X y domicilio en Madrid, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx, xxxxxx 0, XX 00000 (en adelante, la CÁMARA).
Y, de otra,
D. Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx en nombre y representación de CEIM CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL DE MADRID - CEOE, en su condición de Presidente, con CIF X00000000 y domicilio en Xxxxxx, X/ Xxxxx xx Xxxx, xxxxxx 00 (en adelante, CEIM).
Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para obligarse,
EXPONEN
I. Que la CÁMARA es una Corporación de Derecho Público regulada por la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación y por la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, que tiene por finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, así como la asistencia y prestación de servicios a las empresas que ejerzan dichas actividades.
II. Que conforme de dicha finalidad y de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación, la CÁMARA puede llevar a cabo actividades de carácter privado o que sean de utilidad para el desarrollo de la finalidad que tiene encomendadas, que se prestarán en régimen de libre competencia.
III. Que, en fecha 25 de octubre de 2022, los órganos de gobierno de la CÁMARA aprobaron el Plan Estratégico de dicha Corporación, en el que se contemplan medidas destinadas a promover y difundir los productos y servicios desarrollados por la CÁMARA, al objeto de poder incrementar los usuarios de los mismos, de forma que se consiga un mayor ingreso de la Corporación derivado de la prestación de tales servicios.
IV. Que CEIM es una Confederación de empresarios madrileños con más de treinta años de antigüedad, que representa, gestiona y defiende los intereses generales de 108 asociaciones sectoriales y territoriales que representan, a su vez, a 237.000 empresas de la Comunidad de Madrid y dan empleo a cerca de 3 millones de personas. CEIM, además, tiene, entre otras finalidades, la de fomentar y defender
el sistema de la libre iniciativa privada en el marco de la economía libre xx xxxxxxx, promover el desarrollo empresarial en beneficio del interés general y específicamente contribuir al desarrollo y bienestar de la Comunidad de Madrid y establecer, mantener y fomentar contactos y colaboraciones con las entidades nacionales y extranjeras de análoga naturaleza y finalidad, facilitando a las empresas y entidades asociadas similares relaciones.
V. Que, de conformidad con lo anterior, mediante Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid de fecha 22 de febrero de 2018, se procedió a la designación de CEIM como organización empresarial intersectorial y territorial más representativa, a los efectos de lo previsto en el artículo 9.1.b) de la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, participando, asimismo, CEIM, en calidad de organización empresarial más representativa en la Comunidad de Madrid en numerosos órganos de carácter consultivo de carácter autonómico, tales como el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, el Consejo de la Mujer, el Consejo Escolar, el Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria, el Consejo de Consumo, el Consejo para la Promoción del Comercio de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Cultura, el Consejo para la promoción de accesibilidad y supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas, el Consejo Regional de Mayores o el Consejo Asesor del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural y Agrario. Asimismo, CEIM forma parte, en representación del sector empresarial madrileño, de otros organismos públicos como el Consorcio Regional de Transportes Públicos de la Comunidad de Madrid, el Foro Regional para la Inmigración, el Instituto de Arbitraje de Consumo y el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros, habiendo sido designada, asimismo, como representante de las organizaciones empresariales madrileñas en el Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, mediante Decreto 21/2017, de 28 de febrero.
VI. Que, de acuerdo con lo anterior, y dado el carácter de CEIM como organización empresarial intersectorial y territorial más representativa de la Comunidad de Madrid, es de interés de la CÁMARA contratar determinados servicios de comercialización, difusión y promoción de sus servicios y productos, entendiéndose que su participación resulta clave dentro de las acciones contempladas en el Plan Estratégico de la CÁMARA, por su potencial difusión entre sus asociados y la posibilidad de aumentar los ingresos de dicha Corporación por la venta de los productos y servicios que se ofrecen al empresariado madrileño.
VII. Que, de acuerdo con lo señalado anteriormente y con las funciones propias de cada una de las partes, las partes acuerdan la suscripción del presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS de difusión, promoción y comercialización de los productos y servicios ofrecidos por la CÁMARA entre el tejido empresarial madrileño, de acuerdo con lo establecido en las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato consiste en la realización, por parte de CEIM, de actividades de prescripción, promoción y difusión de los productos y servicios comercializados por la CÁMARA entre el empresariado madrileño y, particularmente, entre sus asociados, obligándose la CÁMARA, como contraprestación, al pago de las cantidades previstas en la cláusula cuarta del mismo.
A estos efectos, se acompaña, como ANEXO I, a título informativo, el catálogo o portfolio de los productos y servicios sobre los cuales CEIM realizará las labores de comercialización, prescripción, promoción y difusión, en el que se recogen el nombre, descripción, y área o departamento al que pertenecen.
La CÁMARA podrá, en cualquier momento, informar a CEIM de las posibles modificaciones que puedan sufrir los productos y/o servicios que se recogen en el ANEXO I, así como informar de nuevos productos o servicios a prescribir o comercializar, con la antelación necesaria, en cada caso, para que CEIM pueda ofrecer a los destinatarios la información adecuada. Asimismo, la CÁMARA se obliga a remitir la información adicional que, en su caso, CEIM pudiera requerir para la correcta prestación de sus servicios.
SEGUNDA. COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
2.1. COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DE CEIM
Mediante la suscripción del presente contrato, CEIM se obliga a la realización de actividades de prescripción, promoción, difusión y presentación de los productos y servicios realizados y comercializados por la CÁMARA y, específicamente, a la prestación de los siguientes servicios:
• La realización, por CEIM, de las actividades de prescripción, promoción, difusión y presentación de los productos y servicios comercializados por la CÁMARA deberá realizarse entre todos sus asociados, ya sean asociaciones empresariales, entidades de carácter mercantil, empresarios individuales u otro tipo de entidades.
• CEIM deberá poner a disposición de la CÁMARA, de forma permanente, un equipo técnico de trabajo asociado a la prestación de los servicios recogidos en el presente contrato de forma que la CÁMARA tenga un interlocutor o responsable del contrato, con el que realizará las labores de seguimiento y de comunicación oportuna a efectos del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, independientemente de la comisión técnica recogida en la cláusula tercera.
En particular, CEIM se compromete a que dicho equipo de trabajo esté formado por:
✓ Interlocutor - responsable del contrato: Xxxxx Xxxxx Xxxx
✓ Equipo técnico - comercial:
✓ Xxxxx Xxxxx Xxxx
✓ Xxx Xxxxxxxx
✓ Xxxxxx Xxxxxxxx
• CEIM se compromete a incluir a la CÁMARA en las actividades, jornadas y encuentros que, con carácter ordinario, realice u organice referidos a los ámbitos de actividad objeto del contrato, en la forma en que las partes convengan en cada actuación concreta. A este respecto, XXXX deberá remitir a la CÁMARA información sobre todas las actividades que va a realizar, con antelación suficiente, de forma que la CÁMARA confirme la participación de algún especialista técnico en la materia y ambas partes acuerden el objeto de la intervención por parte de la persona designada por la CÁMARA, así como el contenido a desarrollar o exponer en este sentido.
• CEIM habrá de promocionar en la home de su página web, en un lugar destacado y visible, un banner con una conexión directa a la página web de la CÁMARA.
• En caso de que CEIM reciba alguna solicitud de producto o servicio de la CÁMARA o bien una solicitud de información adicional, CEIM deberá remitir dicha solicitud a la CÁMARA, de forma inmediata.
• CEIM habrá de promover o facilitar la participación de la CÁMARA en las reuniones de los órganos de gobierno de CEIM, así como en las de cualquiera de sus asociaciones empresariales o empresas asociadas para la presentación de sus servicios y actividades.
• CEIM habrá de facilitar o promover la participación regular de la CÁMARA, a través de su personal directivo o técnico correspondiente, en las comisiones consultivas o de trabajo de CEIM.
• CEIM será responsable del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en cuanto a las acciones a desarrollar en cumplimiento del presente contrato.
• CEIM no desarrollará actuaciones con otras entidades que tengan objeto similar al recogido en el presente contrato.
Las partes acuerdan que las acciones de difusión, promoción, prescripción y comercialización de productos y/o servicios de la CÁMARA habrán de realizarse por CEIM, entre otros, por los siguientes medios:
• Envío de 1 mailing semanal entre los asociados a CEIM para informar y promocionar las actividades previstas por la CÁMARA, siempre que la CÁMARA haya comunicado las actividades a realizar con la antelación suficiente
• Realización de promociones puntuales de servicios de la CÁMARA entre los asociados de CEIM
• Presentación de productos y/o servicios generales /específicos de la CÁMARA en distintas sedes de asociaciones miembros de CEIM / sede de CEIM: un mínimo de una vez al trimestre.
• Dinamización de noticias de la CÁMARA en redes sociales.
XXXX deberá remitir, trimestralmente, a la CÁMARA un informe que detalle las actuaciones realizadas, de conformidad con lo establecido en la presente cláusula, así como remitir la información oportuna que, en su caso, fuera requerida por la CÁMARA en relación con los servicios objeto del presente contrato.
2.2. COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DE LA CÁMARA
Por su parte, la CÁMARA deberá:
• Facilitar a CEIM toda la información oportuna, así como catálogos, tarifas y descuentos de los productos y servicios objeto del presente contrato, comprometiéndose a informar de forma inmediata a CEIM sobre las posibles variaciones que puedan realizarse en el portfolio que se acompaña al presente contrato como ANEXO I. Asimismo, la CÁMARA facilitará la participación de CEIM en las comisiones consultivas de dicha Corporación.
• Abonar a CEIM, en la forma y plazo previstos en este contrato, el precio por la prestación de los servicios contemplados en el mismo, de acuerdo con lo recogido en la cláusula cuarta.
• Informar a CEIM de cualquier actividad que pudiera llevarse a cabo con las asociaciones empresariales integradas en CEIM.
TERCERA. COMISIÓN TÉCNICA DE TRABAJO
Las partes constituirán una comisión técnica de trabajo conjunta, integrada por dos representantes de cada una de ellas, al objeto de proceder al análisis, comprobación y seguimiento de las obligaciones y compromisos de ambas partes, así como de la ejecución normal del presente contrato y de las actuaciones comerciales oportunas para promover los productos y servicios de la CÁMARA.
CUARTA. PRECIO Y FORMA DE PAGO
Por la prestación de servicios realizada por CEIM, de acuerdo a lo establecido en el presente contrato, la CÁMARA abonará una cantidad de CIENTO SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (172.500 €), IVA no incluido, que serán abonados de forma trimestral, a razón de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTICINCO EUROS (43.125
€), IVA no incluido, una vez recibido el informe comprensivo de las actuaciones desarrolladas para la promoción, difusión y comercialización de los productos y/o servicios de la Cámara en los tres meses anteriores recogido en la cláusula 2.1, previa la conformidad de la CÁMARA y tras la emisión de la factura correspondiente por parte de CEIM, mediante ingreso en la siguiente cuenta bancaria titularidad de CEIM:
XX00 0000 0000 0000 0000 0000
QUINTA. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
CEIM queda facultado para utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados y otros símbolos de la CÁMARA a los efectos de identificar los productos y servicios dentro del alcance de este contrato, comprometiéndose CEIM a no solicitar el registro de ningún nombre, marca comercial, o símbolos de la CÁMARA (o de otros tan similares que induzcan a confusión con los suyos), en cualquier lugar.
Dicha facultad cesará automáticamente cuando finalice por cualquier causa el presente contrato.
SEXTA. PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD
Las partes podrán convenir la realización de actividades publicitarias conjuntas para la difusión de los productos y servicios objeto de la presente contratación, no pudiendo realizar CEIM actividades de promoción publicitaria sin el debido consentimiento previo emitido por parte de la CÁMARA.
SÉPTIMA. DEBER DE INFORMACIÓN
CEIM informará a la CÁMARA de cualquier observación o reclamación, en su caso, efectuada por sus asociados respecto a los productos o servicios de la CÁMARA objeto del presente contrato. La CÁMARA, por su parte, se compromete a dar una respuesta adecuada a dichas observaciones o reclamaciones, en el plazo lo más breve posible, informando adecuadamente a CEIM.
OCTAVA. DURACIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de la fecha de su firma, las partes acuerdan que el presente contrato estará vigente desde el 2 de enero de 2023, pactando que el plazo de duración del presente contrato sea por el período de UN AÑO a contar desde dicha fecha, no procediéndose a la renovación de forma automática salvo pacto expreso de las partes con, al menos, un mes de antelación a dicha fecha de finalización.
Independientemente de lo anterior, cualquiera de las partes podrá instar la resolución anticipada del contrato de forma unilateral y sin necesidad de justa causa, siempre se formule de forma escrita y con una antelación mínima de un mes desde la fecha en que quiera darse por resuelto, procediéndose a la liquidación correspondiente.
NOVENA. INDEMNIZACIONES
Una vez finalizado el presente contrato, no existirá derecho de indemnización para ninguna de las partes, salvo aquellas que puedan tener su origen en reclamaciones de daños y perjuicios originadas por posibles incumplimientos de alguna de las partes.
De acuerdo con la naturaleza del presente contrato, la resolución del mismo, tanto por el transcurso del plazo de duración como por la resolución anticipada del mismo por cualquiera de las partes, no supondrá, en modo alguno para las partes, derecho a la obtención de indemnización o compensación alguna y, en particular, de la indemnización prevista en el artículo 28 de la Ley 12/1992, de 27 xx xxxx, reguladora del contrato de agencia.
DÉCIMA. CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
CEIM no podrá ceder o subcontratar los trabajos y servicios a ella encomendados de acuerdo con lo establecido en el presente contrato salvo autorización previa, expresa y por escrito, por parte de la CÁMARA.
UNDÉCIMA. IMPUESTOS Y GASTOS
Las partes quedarán obligadas a satisfacer, cada una por la actividad que realice, cuantos impuestos, gastos, derechos y/o arbitrios de cualquier clase que puedan devengarse con ocasión del presente contrato y/o del ejercicio de las actividades encomendadas y/o derivadas del mismo. En caso de actuaciones conjuntas, habrán de suscribir el documento oportuno que regule las cargas fiscales correspondientes por las partes.
DECIMOSEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS
Las partes quedan obligadas a cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como a cualquier otra normativa que durante la vigencia de este contrato pudiera desarrollarlo o sustituirlo.
En cumplimiento de lo dispuesto en dichas normas, las partes se informan mutuamente que los datos personales de los firmantes así como de las personas que trabajen en las respectivas partes y a los que la otra parte pueda tener acceso, serán objeto de tratamiento con la única finalidad de gestionar y ejecutar la presente relación contractual.
La base que legitima este tratamiento es la necesidad de ejecutar el presente contrato y hacer eficaz la relación. Los datos no serán cedidos ni comunicados a terceros con excepción de aquellos que sean imprescindibles para la propia ejecución del contrato y para el cumplimiento de las obligaciones legales (Administraciones Públicas, Auditoras, Entidades financieras, Compañías aseguradoras cuando proceda, entre otras).
La CÁMARA ha designado un Delegado de Protección de Datos con quien podrá contactarse en xxx@xxxxxxxxxxxx.xx.
El tratamiento de los datos se llevará a cabo con total confidencialidad y aplicando las medidas de seguridad que garanticen su confidencialidad, integridad y disponibilidad. Se conservarán mientras se mantenga vigente la relación y una vez finalizada, se conservarán únicamente el tiempo que sea necesario para satisfacer el cumplimiento de obligaciones legales, fiscales y administrativas a las que las partes vengan obligadas.
Las partes podrán solicitar el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad en el domicilio designado en el presente contrato indicando claramente el derecho que desean ejercitar.
Igualmente las partes quedan mutuamente informadas que tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx). No obstante las partes pondrán sus mejores medios y tratarán de resolver cualquier cuestión relativa a los datos personales de forma amistosa.
DECIMOTERCERA. RÉGIMEN JURÍDICO
Las partes se atendrán con carácter preferente a lo dispuesto en el presente contrato de prestación de servicios y, en su defecto a lo establecido en el Derecho Privado y demás normativa de aplicación con exclusión expresa, en todo caso, de la aplicación de la Ley 12/1992, de 27 xx xxxx, reguladora del contrato de agencia.
DECIMOCUARTA. JURISDICCIÓN
Ambas partes se someten a la hora de dirimir cualquier discrepancia, respecto a la interpretación, aplicación y cumplimiento de este contrato, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del orden civil de Madrid capital, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad con todo lo establecido en el presente contrato y en su ANEXO I, ambas partes lo firman por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
50820002F XXXXXXX XXXXX XXXXXXX (R:
Firmado digitalmente por 50820002F XXXXXXX XXXXX XXXXXXX (R: Q2873001H) Fecha: 2023.02.07
Q2873001H)
08:58:01 +01'00'
Firmado por Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx, presidente de CEIM (G28513307) el día 03/02/2023.
Fdo. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx
CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, CEIM CONFEDERACIÓN INDUSTRIA Y SERVICIOS DE MADRID EMPRESARIAL DE MADRID – CEOE
ANEXO I
PORTFOLIO INFORMATIVO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS 1
FORMACIÓN | Formación de Postgrado y Directivos Formación Continua para la Empresa Formación Profesional y para el Empleo Escuela de Hostelería Formación Online |
INTERNACIONAL | Encuentros Empresariales Jornadas y Talleres Servicio de gestión de devolución de IVA Registro de Operador Económico Autorizado Servicio de Asesoramiento en Financiación Internacional Servicio de Registro de Empresas Servicios a medida en destino Servicios PYMEXT Certificados de Libre Venta Certificados de empresa para licitaciones internacionales Servicio de gestiones consulares |
1 Este catálogo podrá ser ampliado o modificado en cualquier momento por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, informando con la antelación suficiente a CEIM, Confederación Empresarial de Madrid CEOE
SERVICIOS EMPRESARIALES | Servicios al Comercio Jornadas y Talleres Planes de Empresa (Servicio de Creación) Planes de Conciliación e Igualdad Certificados digitales CAMERFIRMA y bases de datos CAMERDATA |
CLUB CÁMARA DE MADRID | Socio, Socio Corporativo / Premium / Socio Protector |
COMERCIALIZACIÓN DE ESPACIOS | Alquiler de espacios: - Sede Huertas 00 - Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx - Xxxxx Xxxxxxx |
XXXXXXXXX | Promoción de arbitrajes Promoción cláusula arbitral en contratos Jornadas y talleres Alquiler xx xxxxx |
ASESORÍA JURÍDICA | Certificados |
SERVICIOS DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN | Servicios de metrología legal Análisis y contraste de metales preciosos |