Contract
CONTRATO DE CUENTA DE AHORRO COMERCIAL /CUENTA CORRIENTE COMERCIAL (DBA, SOCIEDADES, CORPORACIONES, COMPAÑÍAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (“CRL” O “LLC”), COOPERATIVAS, XXXXXXXX, COMITES POLITICOS Y ASOCIACIONES NO INCORPORADAS)
DISPOSICIONES GENERALES
Depositante: El termino Depositante, incluye, sin que se entienda una limitación a las siguientes personas: titular, representantes autorizados, accionistas principales, conductores, así como cualquier persona natural o jurídica relacionada a la entidad, organización o negocio
El Depositante (DBA o "Individuos Haciendo Negocios Como", corporaciones con fines de lucro, corporaciones sin fines de lucro, sociedades o asociaciones no incorporadas), y la(s) persona(s) autorizada(s) convienen y suscriben el presente Contrato de Cuenta de Depósito de Ahorro Comercial o Cuenta Corriente Comercial (“Contrato”) con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads (en adelante, la "Cooperativa") conforme a los siguientes términos y condiciones:
PROPÓSITO DE LAS CUENTAS
La Cuenta se utilizará exclusivamente para propósitos comerciales o de negocios, no para propósitos personales, familiares o del hogar. El Depositante y las firmas autorizadas o su s representantes acuerdan utilizar la Cuenta y los servicios descritos a continuación para fines legítimos y conforme a los términos de este Contrato, las leyes y reglamentos aplicables, incluyendo las leyes y reglamentos sobre prevención xx xxxxxx de dinero. La Cuenta también estará sujeta a los reglamentos de la Cooperativa que estén en vigor de tiempo en tiempo y aquellos que se adopten en el futuro.
La relación entre el Depositante y la Cooperativa se caracteriza por ser la de un acreedor y deudor, no se catalogará como una relación fiduciaria.
PROHIBICIÓN A UTILIZAR CUENTA PARA APUESTAS Y JUEGOS ILEGALES POR INTERNET
El Unlawful Internet Gambling Enforcement Act of 2006 y el Reglamento GG adoptado al amparo de la misma disponen, entre otras cosas, que se divulgue en cuentas comerciales que la Cooperativa no procesará en o a través de la Cuenta transacciones de juego o apuestas restringidas. Las "transacciones restringidas" incluyen y no se limitan a, transacciones de crédito, transferencias electrónicas de fondos, cheques o giros aceptados por una persona relacionada a apuestas y juegos ilegales (xx xxxx y casinos) por Internet. Los juegos y apuestas ilegales por Internet se refieren a colocar apuestas, recibir apuestas y, a sabiendas, transmitir apuestas por cualquier medio que incluya el uso en todo o en parte de la Internet cuando dichas transacciones son prohibidas bajo ley federal o local aplicable en el estado en que la transacción se inicia, recibe o es efectuada.
Usted certifica que todas las transacciones que origine o reciba en su cuenta comercial serán legales en y fuera de Puerto Rico, así como en cualquier otra jurisdicción en la que utilice su cuenta y que no participa ni promueve negocios de apuestas o juegos xx xxxx en Internet. La Cooperativa puede rehusar autorizar una transacción identificada como apuesta en la Internet y como consecuencia restringir o cancelar su cuenta comercial.
APERTURA DE LAS CUENTAS
Para abrir una Cuenta en la Cooperativa, el titular de la Cuenta (en adelante el "Depositante") deberán, entre otras cosas, cumplimentar una solicitud de apertura de cuenta, firmar una tarjeta para registrar su firma con la Cooperativa y proveer toda la documentación acreditativa de la operación y naturaleza y condición financiera del Depositante y sus negocios, incluyendo copia de los estados financieros, declaración sobre volumen de negocios y/o la planilla de contribución sobre ingreso para el año precedente a la apertura de la cuenta y cualquier otro documento que a esos fines la Cooperativa solicite. La firma del Depositante, ya fuere mediante una tarjeta de firma o firma electrónica, se convertirá en la firma autorizada en la Cuenta. Durante el proceso de apertura de la Cuenta y/o posteriormente durante la vigencia de la misma, la Cooperativa, podrá solicitar un informe de crédito, verificar la vigencia de las autorizaciones para operar su negocio con las entidades gubernamentales pertinentes, etc., según permitido por las leyes y reglamentos aplicables. De la misma manera, durante la vigencia de la Cuenta, el Depositante proveerá aquella documentación e información que la Cooperativa requiera sobre el Depositante, sus negocios y operaciones, incluyendo la presentación periódica de información financiera.
DBA “doing business as”o “haciendo negocios como”
En el caso de DBA (“doing business as” o “haciendo negocios como”), se le ofrecerá una cuenta corriente comercial y el Depositante deberá presentar una declaración jurada utilizando el modelo provisto por la Cooperativa haciendo constar, entre otras cosas, que hace negocios bajo una
razón social o bajo su nombre, que su negocio no está incorporado, que es el único propietario y que ninguna otra persona tiene interés, derecho, participación o título alguno sobre dicho negocio. Dicha declaración incluirá además, una certificación a los efectos de que se abre la Cuenta para fines comerciales y no para propósitos personales o familiares y de que se compromete a relevar de responsabilidad e indemnizar a la Cooperativa contra cualquier pérdida o gasto incurrido, incluyendo honorarios de abogado, por cualquier reclamación que surja por la aceptación, pago o crédito de cheques e instrumentos girados a la orden de o endosados por el titular de la Cuenta. En el caso de DBA, esta Cuenta sólo podrá establecerse con un solo titular (Cuenta Individual).
Fallecimiento-Individuo en la Cuenta DBA: De ocurrir el fallecimiento de uno de los Depositantes de una cuenta de individuos haciendo gestiones bajo un nombre comercial, el Depositante sobreviviente notificará inmediatamente a la Cooperativa. La Cooperativa codificará la Cuenta y congelará los fondos existentes en la misma para evitar que se realicen transacciones no autorizadas. El balance que exista en la cuenta estará sujeto a lo dispuesto por el Depositante fallecido en la Designación de Beneficiario y en su defecto, a las disposiciones sobre herencias del Código Civil de Puerto Rico, a lo que disponga la Ley de Contribuciones sobre Herencias y Donaciones y a los reglamentos promulgados por el Secretario de Hacienda de Puerto Rico sobre el particular.
Los fondos en depósito no podrán ser retirados hasta tanto los herederos o personas con interés sobre los fondos efectúen las gestiones legales correspondientes, incluyendo aquellas relativas a contribuciones, caudales relictos y donaciones conforme se requiere por el Secretario de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Las disposiciones legales vigentes permiten la excepción de desembolsar a solicitud de persona autorizada hasta un máximo de seis mil dólares ($6,000) para cubrir gastos fúnebres del socio fallecido. Para ello (el) los heredero(s) deberá(n) someter la petición de entrega de los haberes del socio fallecido que indique la relación del peticionario con el socio; acta de defunción; y factura de la funeraria. El pago correspondiente se hará a nombre de la funeraria que ofreció los servicios. Se aclara que de dicha disposición legal de ser enmendada aplicará la disposición legal sucesora.
ASOCIACIONES NO INCORPORADAS
Esta Cuenta de Cuenta de Ahorro Comercial está disponible únicamente para no socios que son asociaciones y grupos no incorporados sin un fin comercial permanente que no están organizados como una entidad legal, no están afiliados a organizaciones comerciales nacionales o que tengan presencia fuera de Puerto Rico, no son titulares de propiedad inmueble utilizada en negocio o industria para la producción de ingresos en Puerto Rico. Las asociaciones y grupos no incorporados incluyen grupos pro fondos - tales como, clases graduandas de escuela superior, asociación o grupo que recoge fondos a beneficio de persona que necesita un tratamiento médico u operación, etc.
En el caso de las clases graduandas, la apertura de esta Cuenta será realizada por las personas
designadas por el Director o Principal de la Escuela mediante certificación oficial. Dichas personas designadas proveerán mediante declaración jurada la información y documentación requerida respecto a la constitución de la directiva de la clase graduanda, el reglamento e información de integrantes de dicha directiva, y nombre de personas que serán las firmas autorizadas si alguna. En este caso, el titular de la Cuenta será(n) el (las) persona(s) designadas en la referida certificación. Estos deberán proveer la información y documentos que sean solicitados por la Cooperativa para verificar la identidad de cada uno de conformidad con las políticas y procedimientos de la Cooperativa. Se verificará además, la identidad de cada una de las personas designadas como firmas autorizadas en la Cuenta.
Respecto de grupos que recogen fondos para causas benéficas sin fines de lucro como por ejemplo a beneficio de persona que necesita un tratamiento médico u operación, el titular de la Cuenta será el Beneficiario o Tutor Legal de éste y/o cualquier otra persona designada por el Beneficiario. Durante el proceso de apertura de cuenta se presentará una declaración jurada: (1) suscrita por el beneficiario o tutor legal de éste y la(s) Persona(s) designada(s) como firma(s) autorizadas, (2) con toda la información de identificación de dicha(s) persona(s), (3) en la que el beneficiario autoriza se recolecten fondos para su beneficio, (4) se incluya una descripción del propósito de la recaudación e identificación de la documentación acreditativa de la condición médica o necesidad que causa la apertura de la Cuenta. Para la apertura de la Cuenta, será necesaria la comparecencia física en la Cooperativa del Beneficiario de la cuenta o su Tutor Legal y de cada las firmas autorizadas. En el caso de que el paciente no pueda estar presente por su condición de salud, deberán traer declaración jurada indicando que desean abrir la cuenta pro- fondos, las personas autorizadas y propósito de la misma En dicha ocasión, se entregará la información y documentación que evidencie propósito de la Cuenta y de gastos médicos, entre otros. Si el Beneficiario estuviese hospitalizado, se proveerá la información certificada del hospital o unidad de cuidado o residencia en que convalece. Se proveerá además, toda otra información y documentación que de tiempo en tiempo la Cooperativa requiera para la apertura y mantenimiento de la Cuenta. El beneficiario o su Tutor Legal, como titular de la Cuenta, y las firmas autorizadas serán responsables de cualquier imposición contributiva sobre los fondos depositados en la Cuenta y los intereses que ésta genere, así como de las transacciones efectuadas en la misma.
En todo caso en que la Cooperativa detecte que la información provista para la apertura y/o propósito de la cuenta es uno fraudulento se referirá a las autoridades del orden público locales y federales que corresponda.
SOCIEDADES
En el caso de sociedades, el titular de la Cuenta será la Sociedad. El Depositante deberá presentar documento acreditativo de la constitución de la sociedad e información de cada miembro de la misma y/o una declaración jurada donde comparezcan todos los socios de la referida sociedad, haciendo constar la existencia de ésta, la naturaleza de la misma, cuando se constituyó, etc. y la resolución correspondiente autorizando al establecimiento de la Cuenta,
identificando las firmas autorizadas y liberando de responsabilidad a la Cooperativa de cualquier reclamación, demanda, gastos, pérdidas o daños que resulten del hecho de la Cooperativa aceptar y honrar la firma de cualquier oficial o socio de dicha sociedad, u otra persona que aparezca en dicha resolución vigente al tiempo de la Cooperativa actuar; o por el hecho de que la Cooperativa rehúse honrar o aceptar cualquier firma que no aparezca certificada o que se haya dejado sin efecto en virtud de una resolución posterior o en vigor al momento de la Cooperativa actuar. Dependiendo de la naturaleza de la sociedad, el Depositante deberá presentar además, evidencia de registro en el Departamento de Estado o Registro Mercantil.
COOPERATIVAS
En el caso de las Cooperativas se ofrecerá una cuenta de Certificado de Depósitos donde se pueda manejar las transacciones relacionadas a la inversión que estará realizando la Cooperativa como asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspirantes económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada. Dichas cuentas se regirán por la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002. En dicha cuenta se registrarán los datos de las personas autorizadas, según resolución de firma presentada.
Información sobre Rendimiento Anual y Tasa de Interés:
Para propósitos de esta divulgación el porcentaje de rendimiento anual y la tasa de interés indicados son correctos durante treinta (30) días calendario. Para obtener información actualizada sobre la tasa de interés, favor comunicarse al teléfono (000) 000-0000. (añadir)
Las tasas divulgadas son tasas fijas y asumen que los fondos permanecerán en su Certificado hasta su vencimiento.
"Ningún empleado, gerente o su asistente podrán negociar con el Depositante una tasa de interés fuera de los parámetros establecidos o divulgado en el memorando vigente emitido por el Presidente Ejecutivo".
Cómputo y Acreditación de Intereses:
El pago de los intereses que devengue su certificado de depósitos es mandatario y se hará con la frecuencia y de la manera en que se establezca al momento de la apertura de la cuenta.
Los intereses serán computados y a opción del Depositante pagados mensualmente, trimestral o al vencimiento, según se determine en el Certificado de Depósitos. Los intereses serán pagaderos por cheques.
A continuación, se informa los intereses en certificados de depósitos para Cooperativas:
Términos Certificados de Depósitos a COOPERATIVAS | ||||||||
Cantidad | 30 días | 90 días | 180 días | 365 días | 2 años | 3 años | 4 años | 5 años |
$100,000 o más | .75% | .75% | .75% | 1.15% | 1.20% | 1.30% | 1.40% | 1.50% |
XXXXXXXX
En el caso de las xxxxxxxx, las mismas típicamente están organizadas como corporaciones sin fines de lucro. Son entidades sin fines de lucro que agrupan miembros individuales de ciertas profesiones o grupos con un interés en común. En la apertura de cuentas corriente sin fines de lucro x xxxxxxxx o a cualesquiera entidades sin fines de lucro, la información y documentos a solicitar son los que la Cooperativa solicitara dependiendo del tipo de estructura de organización. De igual manera, el hecho de que sean sin fines de lucro no varía su naturaleza “comercial” para propósitos del tipo de cuenta de depósito que pueden abrir en la Cooperativa.
COMITÉ POLITICOS
En el caso de las aperturas de cuentas para financiar las campañas para aspirantes, candidatos, partidos políticos y comités políticos la Cooperativa se dejara se dejan regir bajo la Ley 222-2011, “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”. Bajos dichas cuentas se depositara todo donativo o contribución, recibida directa o indirectamente por el comité será depositadas en la cuenta xx xxxxxxx.
Todo comité mantendrá a su nombre una cuenta xx xxxxxxx identificada con el nombre completo del candidato en la cual no se podrá utilizar siglas. Toda contribución recibida directa o indirectamente por el comité será depositada en la cuenta xx xxxxxxx
Los desembolsos hecho por un comité se hará mediante cheque girado contra la cuenta xx xxxxxxx, excepto cuando se trate de un desembolso de “xxxxx cash”. Por tal razón, es un requisito imprescindible para un aspirante candidato, partido político o comité político que reciba dinero con fines electorales tener una cuenta en una institución financiera, y que cuando realice gastos con fines electorales mayores de doscientos cincuenta ($250.00) dólares (cantidad limite que la Ley 222-2011 establece como “xxxxx cash”) lo haga mediante la emisión de cheque girado contra dicha cuenta. Todo desembolso hecho por un comité se hará mediante cheque girado contra la cuenta xx xxxxxxx, transferencia electrónica o a través de una tarjeta de débito de la cuenta bancaria, excepto cuando se trate de un desembolso de “xxxxx cash”. La responsabilidad de mantener la documentación que generó el “xxxxx cash” es exclusivamente del comité.
La Cooperativa puede otorgar una tarjeta débito para lo cual deberá suscribir un Contrato de Tarjeta Debito Comercial y la tarjeta debito estará limitada a $250 diarios. Bajo dicha tarjeta debito no podrán tener acceso a una tarjeta debito hasta el límite diario que es $500.) Esta cuenta será utilizada para depositar los donativos que recibe el comité y de la cual pueda realizar sus gastos.
Bajo dicha cuenta no se pueden realizar transferencia de fondos a otras cuenta, incluyendo las cuentas que tenga el candidato o viceversa, se incluye las cuentas de familiares o terceras personas. No puede haber intermediario s de terceras personas para transferir fondos a la cuenta del comité.
Bajo dicha cuenta se puede emitir una tarjeta debito a la persona designada como tesorera por el comité. Esta persona será la responsable de manejo de las transacciones que se generen con la tarjeta débito. Para recibir dicho servicio se tendrá que completar una solicitud.
Bajo dicha cuenta se puede ofrecer el servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas. Se deberá registrar a la persona designada como tesorera por el comité para el manejo de este servicio. Este servicio se rige por el contrato de Coop en Línea. Tu cuenta Móvil y Pagos de Facturas.
CORPORACIONES
En el caso de corporaciones con o sin fines de lucro, el titular de la Cuenta es la corporación. Los representantes autorizados de la corporación presentarán evidencia documental del número de seguro social patronal de la corporación o entidad jurídica, certificado de good standing o de registro, la correspondiente resolución corporativa que incluya pero sin limitarse, las autorizaciones necesarias para el establecimiento de la Cuenta en la Cooperativa, la información de los oficiales de la entidad y la información de identificación de las personas designadas como firmas autorizadas. Además la resolución corporativa que detalle dicha información incluirá un compromiso de liberar a la Cooperativa de responsabilidad por cualquier reclamación, demanda, gastos, pérdidas o daños que resulten del hecho de la Cooperativa aceptar y honrar la firma de cualquier oficial, u otra persona que aparezca en dicha resolución vigente al tiempo de la Cooperativa actuar; o por el hecho de que la Cooperativa rehúse honrar o aceptar cualquier firma que no aparezca en la resolución corporativa o que se haya dejado sin efecto en virtud de una resolución posterior o en vigor al momento de la Cooperativa actuar. En el caso de corporaciones con fines de lucro, el Depositante deberá también presentar información y documentación sobre la identidad de los accionistas o beneficiarios de la corporación. En el caso de las corporaciones sin fines de lucro, se presentará dicha información respecto de cada uno de los miembros de la Junta de Directores.
COMPAÑÍAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (“CRL” O “LLC”)
En el caso de Compañías de Responsabilidad Limitada (“CRL” o “LLC”), el titular de la Cuenta es la compañía. Los representantes autorizados de la CRL o LLC presentarán evidencia documental del número de seguro social patronal de la compañía, copia del Contrato de Compañía de Responsabilidad Limitada, certificado de organización, copia de licencia o permiso requerido para dedicarse al tipo de negocio o actividad comercial de la CRL, certificado de good standing o de registro, la correspondiente resolución que incluya pero sin limitarse, a la autorización a la persona designada a abrir la cuenta a nombre de la CRL y los nombres de los miembros y/o administradores de la CRL o LLC, y los nombres e información de las firmas autorizadas en dicha cuenta. Además, la resolución que detalle dicha información incluirá un compromiso de liberar a la Cooperativa de responsabilidad por cualquier reclamación, demanda, gastos, pérdidas o daños que resulten del hecho de la Cooperativa aceptar y honrar la firma de cualquier oficial, u otra
persona que aparezca en dicha resolución vigente al tiempo de la Cooperativa actuar; o por el hecho de que la Cooperativa rehúse honrar o aceptar cualquier firma que no aparezca en la resolución corporativa o que se haya dejado sin efecto en virtud de una resolución posterior o en vigor al momento de la Cooperativa actuar.
En todo caso se verificará la identidad, de acuerdo a los procedimientos aplicables para las personas que establecen una cuenta comercial a nombre de la entidad o persona jurídica y de las firmas autorizadas en la misma.
Verificación de Identidad del Beneficiario Final o “Dueño” de la Entidad Titular de la Cuenta Definición: “Beneficial Owner” significa una de los siguientes:
1. Cada individuo que, directa o indirectamente sea dueño del 25% o más del interés o participación en la entidad jurídica. La Cooperativa deberá identificar hasta cuatro (4) individuos.
2. Un individuo con responsabilidad significativa para controlar, administrar y dirigir a la entidad jurídica. Incluye principal oficial ejecutivo o administrador (CEO, CFO, COO, Socio Administrador, Presidente, Vice Presidente o Tesorero). Si este fuera el caso la Cooperativa Ba sólo deberá identificar a un sólo individuo.
3. Si es un fideicomiso quien, directa o indirectamente posee el 25% o más del interés o participación en la entidad jurídica titular de la cuenta, el “Beneficial Owner” será el Fiduciario o “Trustee” del fideicomiso.
La Cooperativa deberá conocer a los individuos que controlan la entidad titular de la cuenta. La Cooperativa tendrá que identificar quienes son (los) individuo(s) que controlan la entidad que se propone establecer una cuenta en la Cooperativa.
En el caso en donde en la cuenta comercial resulte que el titular de la cuenta sea una entidad (no una persona natural), la Cooperativa tendrá que identificar y verificar la identidad del “beneficial owner:” siguiendo los procesos de verificación de identidad. No es requerido que el “beneficial owner” comparezca físicamente a la Cooperativa a presentar dicha información. Es permisible que la misma sea sometida a la Cooperativa por vía del representante autorizado de la entidad titular de la cuenta. Este representante autorizado no necesariamente tiene o debe ser un “beneficial owner”. Se considerará representante autorizado aquella persona designada en una resolución corporativa o certificación suscrita por oficiales autorizados de la entidad.
En el caso de las entidades sin fines de lucro, debido a que en las mismas no hay un “dueño”, accionista o socio principal, la Cooperativa sólo tendrá que cumplir con el proceso de identificar y verificar la identidad del individuo con responsabilidad significativa para controlar, administrar y dirigir a la entidad jurídica. Incluye principal oficial ejecutivo o administrador (CEO, CFO, COO, Socio Administrador, Presidente, Vice Presidente o Tesorero).
El representante autorizado deberá completar el modelo de certificación que provee la
reglamentación y que ha sido adoptado por la Cooperativa certificando que a su mejor conocimiento dicha información es correcta y veraz;
REPRESENTACIONES DEL DEPOSITANTE
Para fines de la apertura y mantenimiento de la Cuenta en la Cooperativa, el Depositante y las firmas autorizadas, afirman y representan:
• que utilizará la Cuenta para los propósitos divulgados a la Cooperativa;
• que los negocios o actividades comerciales que lleva a cabo son negocios lícitos para los cuales tiene las autorizaciones y licencias y permisos aplicables requeridos por ley y reglamento, local y/o federal;
• la Cuenta será utilizada para propósitos comerciales legítimos, según divulgados a la Cooperativa. De haber un cambio en los propósitos de la apertura de la cuenta , o de la naturaleza de la operación comercial y/o de las personas que controlan la misma, deberán
proveer dicha información de inmediato a la Cooperativa;
• que toda la información y documentación provista a la Cooperativa para la apertura y mantenimiento de la Cuenta respecto a su operación comercial, forma de hacer negocios, constitución de sociedad o corporación o compañía de responsabilidad limitada o asociación
no incorporada, o grupo pro fondos, información financiera, línea de negocios, entre otros, es cierta, correcta y veraz;
• que no utilizarán la Cuenta para negocios de terceras personas;
• que no permitirán que la Cuenta se utilice para fines ilícitos, incluyendo y sin limitarse al lavado de dinero;
• que mantendrán procedimientos de controles internos para limitar riesgos de fraude y proteger fondos de la Cuenta, mantendrán, pólizas de seguro con la cubierta adecuada para cubrir dichos riesgos acorde con el volumen de transacciones y conmensurable a su operación
comercial;
• que mantendrán sistemas de contabilidad a tono con la complejidad de sus operaciones y con los sistemas y tecnología adecuados a sus operaciones comerciales;
• que durante la vigencia de este Contrato no efectuarán negocios ni transacciones de forma directa o indirecta con ninguna, persona o país, entidad comercial o entidad con o sin fines de lucro (religiosa, caritativa o de naturaleza alguna) identificada en la lista denominada Specially
Designated Nationals (“SDN List”) publicada y administrada por el Office of Foreign Assets Control ("OFAC");
• que periódicamente la Cooperativa revisará el SDN List para garantizar cumplimiento con dicha representación y con la legislación y reglamentación aplicable.
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA APERTURA DE UNA CUENTA NUEVA
La ley federal (Estados Unidos) le requiere a las instituciones financieras que obtengan, cotejen y mantengan récord de la información que identifica a cada persona que establece una cuenta en la institución. Esto con el propósito de ayudar al gobierno a evitar el financiamiento del terrorismo y las actividades xx xxxxxx de dinero. ¿Qué significa esto para usted? Cuando usted abra una cuenta, nosotros le preguntaremos su nombre, dirección, fecha de nacimiento, y otra información que nos permita identificarlo a usted y a cualquier otra persona autorizada a hacer
transacciones en la Cuenta. En el caso de personas jurídicas se solicitará documentación corporativa o de constitución de la sociedad o asociación, según aplique. Dicho procedimiento será de aplicación tanto en la apertura de una cuenta de depósito como en cualquier otro servicio o producto u otro tipo de cuenta que se establezca en la Cooperativa. Nosotros también podremos solicitar ver su licencia de conducir o pasaporte o tarjeta de identificación vigente con su foto y firma emitida por una entidad gubernamental y otros documentos de identificación del titular de la cuenta y de las firmas autorizadas. La Cooperativa se reserva la facultad de requerir cualquier documento pertinente a la identidad del titular de la Cuenta, la identidad de las firmas autorizadas y/o la procedencia de los fondos. El Depositante y/o las firmas autorizadas en la Cuenta, se comprometen a presentar, a solicitud de la Cooperativa, evidencia sobre su ocupación, sus fuentes de ingresos personales, de la persona jurídica y/o negocio a beneficio de quien se establece la Cuenta, licencias, permisos y la procedencia o naturaleza de los fondos a depositar o depositados en la Cuenta, entre otra información. Se obliga además, a brindar información sobre sus referencias con otras instituciones depositarias.
DIVULGACIONES DE TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA CUENTA
La Cuenta estará sujeta a los términos y condiciones aquí establecidas y los establecidos en las Declaraciones Juradas suscritas, los cuales se hacen formar parte de este Contrato. El Depositante reconoce y acepta que los términos, cargos y condiciones aplicables a la Cuenta están sujetos a cambios sin previo aviso y a discreción de la Cooperativa.
La Cuenta estará sujeta a los cargos por servicios, reproducción y entrega de documentos e información que la Cooperativa determine y notifique de tiempo en tiempo. La Cooperativa podrá adoptar nuevos cargos o modificar a los ya existentes, según lo estime apropiado. Cualquier cambio en los cargos descritos en las divulgaciones correspondientes a esta Cuenta o la aplicación de nuevos cargos le serán notificados previamente. Los cargos vigentes los notificará la Cooperativa al Depositante al aceptar la Cuenta y se considerarán aceptados por la mera apertura de la misma.
Suministro de Documentos: El Depositante y/o las firmas autorizadas, se comprometen a suministrar a solicitud de la Cooperativa, toda aquella información personal y financiera de la Entidad o Empresa, así como la de sus representantes, autorizados y beneficiarios finales. Esta información incluye, sin que se entienda como una limitación a: evidencia de su fuente de ingresos personales, así como el de la Entidad o negocio que representa, las licencias y permisos profesionales, ocupaciones como también de la Entidad o negocio que representa, la procedencia de los fondos que se depositaran en la Cuenta y toda aquella otra información personal y/o de la Entidad o negocio que representa. La misma deberá ser suministrada en un tiempo razonable que no excederá los cinco (5) días laborales de ser solicitada por la Cooperativa.
Visitas y/o Entrevistas a discreción de la Cooperativa: La Cooperativa coordinará por lo menos en una base anual la visita y/o entrevista a las facilidades de la Empresa o negocio que les aplique. El Depositante y/o las firmas autorizadas aceptan colaborar en el proceso de visita y/o
entrevista, proveyendo toda aquella información solicitada sobre su Empresa o Negocio. El Depositante y/o las firmas autorizadas reconocen y autorizan a la Cooperativa a indagar con fuentes externas la operación de la Empresa o negocio. Entre las indagaciones que la Cooperativa podrá efectuar se incluyen: informe de crédito con las agencias crediticias, referencias bancarias, verificación con las agencias de gobierno estatal y federal las licencias y permisos para operar su Empresa o negocio. Los resultados de la visita y/o entrevista, así como la indagación con fuentes externas, podrán dar base para la cancelación de la Cuenta y el Depositante y/o firmas autorizadas reconocen que la Cooperativa se reserva el derecho de indicar la fuente de información que basó su decisión.
La Cooperativa podrá cobrar los cargos correspondientes mediante débitos directos a la Cuenta sin previo aviso al Depositante y con prelación a cualquier débito o retiro de fondos (ahorro) efectuados por el Depositante o la(s) firmas (s) autorizada(s) contra la Cuenta. El Depositante deberá mantener fondos suficientes para cubrir los cargos que la Cooperativa haga bajo cualquier cláusula de este Contrato.
Deber de informar cambios en la estructura de la Empresa o Negocio: El Depositante y/o firmas autorizadas notificarán a la Cooperativa mediante la presentación de una Resolución Corporativa y/o declaración jurada cualquier cambio en los oficiales, en las firmas autorizadas y en los beneficiarios finales. En cuyo se completara los documentos requeridos: como cambio de la Tarjeta de Firma, cambios en la información registrada entre otros. La Cooperativa queda por la presente exonerada de responsabilidad en aceptar la firma de personas cuyo cambio no ha sido notificado a tenor con lo antes mencionado.
Deber de informar negocios nuevos bajo el mismo nombre comercial: El Depositante acuerda notificar a la Cooperativa cualquier actividad comercial adicional incorporada a su entidad o negocio que no fuera previamente informada. La Cooperativa se reserva la discreción de requerir la presentación de licencias y permisos que acrediten estar legalmente autorizados. El Depositante acepta que la cuenta será cancelada si a requerimiento de la Cooperativa no informa de la nueva actividad comercial y/o no suministra los documentos solicitados.
Limitación de Servicios: El Depositante reconoce que los productos y servicios en la Cuenta son de la exclusiva pertenencia de la Cooperativa y ésta se reserva extender o restringir servicios a su entera discreción. El Depositante acepta, acuerda y reconoce que la Cooperativa en su determinación de extender, limitar o cancelar el servicio en su Cuenta, no estará obligada a compensar por danos y angustias mentales, danos a la reputación, ni a los negocios y actividades del Depositante, ya sean directos, indirectos, especiales o punitivos.
Transacciones Prohibidas: No se autoriza la emisión de cheques pagaderos al portador o a personas y/o entidades que estén restringidas por el gobierno federal, en especial la lista denominada Specially Designated Nationals que publica y administra la Oficina de Control de Activos Foráneos (conocida por sus siglas ingles OFAC).
Responsabilidad Contributiva: El Depositante reconoce, además, que la Cuenta está sujeta a los cargos que impone, de tiempo en tiempo, la Cooperativa y al pago del cargo por concepto del impuesto sobre venta y uso (IVU) aplicable a transacciones bancarias de la Cuenta. Acorde con el Departamento de Hacienda los cargos bancarios sujetos al pago de IVU son, entre otros, los: cargos bancarios por mantenimiento mensual de la cuenta, avisos de débito, avisos de crédito, entre otros. Dicho listado variara según dicha agencia gubernamental vane de tiempo en tiempo los mismos. En aquellos casos en que el Depositante este exento al pago del IVU, deberá presentar a la Cooperativa evidencia a esos efectos.
Estado de Cuenta: La Cooperativa enviará al Depositante a su última dirección conocida un estado de cuenta mensual reflejando la cantidad de su Cuenta durante el período cubierto por el estado. El estado de cuenta reflejará el balance anterior, los depósitos y retiros efectuados durante el período cubierto por el estado, los cargos efectuados a la Cuenta, los intereses devengados, si algunos, el balance actual y cualquier otra información que la Cooperativa considere pertinente. Con el estado de cuenta la Cooperativa acompañará los cheques honrados por la Cooperativa y cualquier otra evidencia de cargos a la Cuenta durante el período cubierto por el estado. En ausencia de aviso escrito a la Cooperativa objetando cualquier depósito o retiro alegadamente efectuado, dentro de treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en que el estado se deposite en el correo, o se le entregue personalmente al Depositante, el estado se considerará correcto en su totalidad y aceptado por el Depositante, el cual renuncia a cualquier derecho de impugnar el estado una vez transcurrido el período antes mencionado. El no levantar cualquier objeción dentro del período mencionado liberará a la Cooperativa de cualquier responsabilidad. La Cooperativa ofrece los “Estados de cuenta electrónicos (“E-Statements y Merchant Statements”): Función de Coop en Línea mediante la cual los Depositantes podrán optar por recibir sus estados de cuenta electrónicamente (“E-statements”).
GRAVAMEN ESTATUTARIO
La Cuenta está regida por las disposiciones de la Ley 255 del 28 de octubre de 2002. Al amparo de la ley, los fondos depositados en la Cuenta están gravados hasta el límite de las deudas que tengan el Depositante en la Cooperativa, mientras dichas deudas subsistan en todo o en parte. Los fondos depositados en la Cuenta no podrán ser transferidos, cedidos o pignorados en garantía o colateral de préstamos y/u obligaciones a favor de institución o persona alguna, a excepción de esta Cooperativa. Conforme a la legislación aplicable, las acciones de capital, depósitos y demás haberes que los socios o depositantes posean en la Cooperativa quedarán gravadas hasta el límite de la deuda, si alguna, que éstos mantengan con la Cooperativa. Dichas acciones de capital, depósitos y demás haberes no estarán sujetos a embargo para satisfacer una deuda distinta a la contraída con la Cooperativa hasta el monto de la obligación contraída con la Cooperativa al momento de la sentencia. Cualquier cantidad de dinero que adeude un socio o no socio a la Cooperativa se considerará una deuda reconocida y como tal será recobrable en cualquier tribunal con jurisdicción competente.
OBLIGACIONES DEL DEPOSITANTE QUE SEA SOCIO DE LA COOPERATIVA
El Depositante que sea socio de la Cooperativa, como por ejemplo un DBA, individuo o entidad o corporación sin fines de lucro, además de cumplir con las disposiciones de este Contrato, se obliga a cumplir con lo siguiente: (a) cumplir con todas las responsabilidades y deberes de un socio de una cooperativa de ahorro y crédito, según establecidas en la Ley 255 de 28 de octubre de 2002, según enmendada, conocida como la "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002" (Ley 255), el reglamento adoptado a su amparo, el Reglamento General de la Cooperativa, el Código de Ética y demás reglamentos y normas que adopte la Cooperativa de tiempo en tiempo; (b) a cumplir con la obligación de efectuar las aportaciones periódicas a la cuenta de acciones, según lo disponga el Reglamento General de la Cooperativa; (c) a velar por los intereses de la Cooperativa y por el buen crédito y confianza pública de la misma; (d)a cumplir con todo contrato, convenio, compromiso u obligación social o pecuniaria que contraiga con la cooperativa; y (e) a desempeñar responsablemente las funciones de los comités a los que pertenezca.
Socio: Significa toda persona que sea admitida como miembro de una cooperativa de acuerdo con la Ley 255 de 28 de octubre de 2002, según enmendada y el Reglamento General de la Cooperativa; disponiendo dicha ley que no se admitirán como socios a personas jurídicas con fines de lucro.
Reglamento General: El Reglamento General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads dispondrá de conformidad con los principios y características cooperativistas, sin que se entienda como una limitación la manera de convocar y celebrar asambleas ordinarias y extraordinarias de socios; la organización por distrito y el mismo podrá enmendarse y está sujeto al cumplimiento de sus disposiciones.
Cualquier interrogante relacionada al Reglamento General, usted como depositante de nuestra Cooperativa podrá acceder nuestra página cibernética a xxx.xxxxxx.xxx o visitar nuestras facilidades y obtener copia del mismo.
OBLIGACIONES DEL DEPOSITANTE O CLIENTE NO SOCIO
El Depositante que no sea socio de la Cooperativa se obliga a cumplir con las disposiciones de este Contrato y con las representaciones efectuadas a la Cooperativa para fines de abrir y mantener la Cuenta. Además reconoce y acepta que en caso de que se notifique a la Cooperativa de que existen disputas o reclamaciones entre las personas naturales o jurídicas que son titulares de la Cuenta y/o las personas autorizadas a hacer transacciones en la Cuenta, la Cooperativa tendrá la facultad, a su sola discreción, de cerrar la Cuenta y consignar los fondos en el tribunal. El Depositante reconoce y acepta que la Cooperativa no será responsable de cualquier daño o pérdida que directa o indirectamente sufra el Depositante por la Cooperativa ejercer dicha facultad.
Además, el Depositante reconoce y acepta que será responsable por cualquier costo, honorario, cargo, gasto y/o pérdida en que incurra la Cooperativa como resultado de cualquier disputa entre los titulares de la Cuenta y/o las firmas autorizadas y/o personas con interés en la misma, esto incluye y no se limita a cargos razonables por honorarios de abogado y/o contador público autorizado. El Depositante autoriza a que dicho costo, honorario, cargo, gasto y/o pérdida sean debitados directamente de la Cuenta sin notificación ni aviso previo, si los mismos no son reembolsados por el Depositante a la fecha de ser requerido el pago por la Cooperativa.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA
La Cooperativa asignará a la Cuenta un número de identificación. El Depositante deberá incluir el número de identificación en todos y cada uno de los efectos depositados, así como en las hojas de depósito y hojas de retiro de fondos y en cualquier instrucción o comunicación, escrita o verbal con la Cooperativa. La Cooperativa se reserva la facultad de requerir cualquier información o documento pertinente a la identidad del titular o firmas autorizadas de la Cuenta y/o de la procedencia de los fondos.
FIRMAS AUTORIZADAS
El Depositante acuerda que sólo podrán efectuar transacciones en la Cuenta aquellas personas cuyas firmas estén debidamente registradas en los documentos y/o formularios correspondientes. Dichas personas deberán cumplir con el procedimiento establecido por la Cooperativa para el registro de firmas autorizadas y someter aquella información y/o documentos que la Cooperativa entienda necesarios.
El Depositante y las firmas autorizadas reconocen y aceptan que son solidariamente responsables ante la Cooperativa por cualquier cargo u obligación incurrida en la Cuenta.
Para propósitos de este Contrato, se entenderán por persona(s) o firmas(s) autorizada(s) aquella(s) cuyo(s) nombre(s) y firma(s) aparece(n), en: la declaración jurada, resolución corporativa o certificación presentada por el Depositante, según aplique, en la tarjeta de firmas y/o en aquellos contratos y/o documentos que el Depositante, de tiempo en tiempo, suscriba. Disponiéndose que conforme a lo antes expuesto, toda persona o firma autorizada estará facultada para a nombre del DBA, de la entidad comercial, grupo o asociación no incorporada , corporación, compañía de responsabilidad limitada, según aplique, a endosar para depositar a la Cuenta, a efectuar retiros de dinero contra la misma, depositar para acreditar a la Cuenta y a ejercer, endosar libramientos y otros documentos que evidencian obligaciones de pago contra la Cuenta, ceder en garantía, dar prenda o pignorar todo o parte de las cantidades depositadas y que se depositen en el futuro en la Cuenta, garantizar obligaciones con la Cooperativa; además, tendrán todas las facultades, derechos, deberes y responsabilidades de un Depositante, según lo expuesto en el presente Contrato. El Depositante exonera de toda responsabilidad a la Cooperativa por los pagos, transferencias y retiros de fondos u obligaciones que se hagan en esta forma contra la Cuenta.
Para todo retiro de fondos, deberá constar la firma o firmas autorizadas, de la manera especificada en las Tarjetas de Firmas, y los pagos hechos por la Cooperativa por razón de los mismos serán válidos sin que la Cooperativa tenga que realizar investigación alguna con respecto al uso o manejo de fondos, pudiendo la Cooperativa a su discreción, pagar o rehusar pagar dichos retiros, y/o exigir una confirmación por escrito del Depositante, según lo estime conveniente. En ausencia de instrucciones específicas sobre este particular, la Cooperativa podrá permitir retiros de la Cuenta con una de las firmas autorizadas.
Cualquier cambio o modificación para dejar sin efecto la autorización de una persona o firma autorizada en la Cuenta, será notificado a la Cooperativa mediante comunicación escrita, declaración jurada, certificación o resolución corporativa suscrita por el Depositante. La notificación de los cambios o modificaciones de las personas o firmas autorizadas deberá hacerse en un término de tiempo razonable que le permita a la Cooperativa tomar las medidas pertinentes a la modificación o cambio. La falta de notificación oportuna y razonable implicará una renuncia por parte del Depositante de cualquier reclamación contra la Cooperativa.
El Depositante acuerda que, después que la Cooperativa hubiera recibido notificación escrita de cualquier modificación en la Cuenta, incluyendo el cambio o revocación de firmas autorizadas, por un período no menor de tres (3) días laborales, la Cooperativa continuará estando autorizada para aceptar cualquier documento o instrumento que lleve cualquiera de la(s) anterior(es) firma(s) autorizada(s) de la Cuenta. Sin embargo, la Cooperativa no estará obligada a aceptar cambios en las firmas autorizadas de la Cuenta sino hasta tanto haya recibido la declaración jurada, certificación o resolución suscrita por el Depositante y las tarjetas de firmas debidamente cumplimentadas y firmadas por todas las nuevas firmas autorizadas de la Cuenta, así como aquella información y documentación respecto a la identidad de dichas personas que la Cooperativa entienda pertinente. En caso de que el Depositante solicite un cambio en el título de la Cuenta o un cambio respecto a cualquiera de las firmas autorizadas, la Cooperativa tendrá discreción para exigir el cierre de la Cuenta y la apertura de una cuenta nueva.
El Depositante notificará a la Cooperativa de cualquier cambio en los oficiales y en las firmas autorizadas que se haga en el futuro, y la Cooperativa quedará debidamente protegida y exonerada de toda responsabilidad al aceptar como oficiales y/o firmas autorizadas de dicho Depositante aquellos que figuren en las declaraciones juradas, certificaciones y/o resoluciones, según, aplique, que al efecto, dicho Depositante le remita a la Cooperativa.
El Depositante reconoce y acepta que la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad alguna si rehúsa honrar una hoja de retiro o instrucción de débito del Depositante si la Cooperativa entiende o cree de buena fe que dicha firma o instrucción no es genuina.
La Cooperativa sólo aceptará hojas para retiro con la(las) firma(s) que corresponda con la(s) firma(s) debidamente registrada(s) en la tarjeta de firma de la Cuenta, pero tendrá discreción para aceptar la(s) misma(s) o efectos, aun cuando la(s) firma(s) en los mismos no corresponda(n) con la(s) firma(s) debidamente registrada(s) en la Cuenta, si la misma(s) fuera(n) significativamente
similar(es).
El Depositante acuerda y acepta que la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad cuando permita el retiro o débito de fondos de buena fe y luego dicha acción resultase fraudulenta y/o ilegalmente firmada, cuando dicha firma al momento de presentación y pago coincida razonablemente o se asemeje a juicio de la Cooperativa a la o las firmas registradas en los récords de la Cooperativa, excepto cuando con antelación al pago, el Depositante haya notificado cambios en la designación de firmas autorizadas con la antelación requerida y mediando los formularios y/o resoluciones, certificaciones y/o declaración jurada requerida. En dicho caso, la responsabilidad de la Cooperativa se limitará a resarcir al Depositante el importe del efecto. La Cooperativa no tendrá responsabilidad alguna si el Depositante notificó la pérdida, extravío o sustracción de las hojas de retiro, luego de haberse efectuado el retiro de fondos.
Fallecimiento-Corporación: En el caso del fallecimiento de un firmante autorizado de una cuenta de una corporación o entidad jurídica, la corporación o entidad jurídica someterá a la Cooperativa una resolución especial para sustituir al firmante autorizado fallecido.
GARANTÍA
El Depositante acuerda ceder y entregar en garantía a la Cooperativa las cuentas y haberes que sean requeridos por la Cooperativa, para garantizar el pago de todas las obligaciones presentes y futuras del Depositante para con la Cooperativa. Con el fin de constituir y perfeccionar y mantener vigente y efectiva dicha garantía, el Depositante acuerda ejecutar, complementar y entregar los instrumentos o documentos que la Cooperativa pueda requerir. La cesión, gravamen mobiliario, prenda e interés de garantía continuarán en plena vigencia y efecto hasta tanto se hayan pagado las obligaciones en su totalidad. La Cooperativa no extenderá crédito a corporaciones con fines de lucro, excepto según sea permitido por la Ley 255 de 28 de octubre de 2002, según enmendada, y la legislación sucesora, el reglamento emitido a su amparo y las políticas prestatarias de la Cooperativa.
DÍAS LABORABLES
La Cooperativa estará disponible para operaciones aquellos días y horas que la Junta de Directores de la Cooperativa disponga en armonía con las disposiciones legales aplicables. Los días hábiles de la Cooperativa son de lunes a viernes, excluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y días feriados locales y federales. Aunque la Cooperativa ofrezca servicios al público algunos sábados y días feriados, éstos no se consideran días hábiles o laborables.
Las transacciones en la Cuenta se reflejarán y serán efectivas en los días laborables de la Cooperativa y durante horas laborables. Las transacciones recibidas fuera de dichas horas o días laborables, se entenderán recibidas y procesables al siguiente día laborable. Si la Cooperativa ofrece servicios bancarios limitados los sábados y días feriados, tales días no se considerarán como días laborables para los efectos de este Contrato y las transacciones realizadas en tales días se procesarán con fecha del siguiente día laborable.
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COMUNICACIONES TELEFONICAS
El Depositante entiende y acepta que la Cooperativa, a discreción de ésta, podrá comunicarse con éste vía telefónica a los números de teléfono o celular que el Depositante o las firmas autorizadas provean. El Depositante acuerda contestar estas llamadas, si alguna. El Depositante será responsable de cualquier cargo que le imponga el proveedor de servicios telefónicos del Depositante.
LIBRETA DE CUENTA
En los casos que se provea una Libreta de Cuenta el Depositante verificará y se asegurará que el nombre de la Cuenta y el número de identificación estén correctamente impresos. La responsabilidad de la Cooperativa en caso de error en la denominación y número de identificación de la Cuenta estará limitada a proveer una nueva libreta.
La Libreta de Cuenta deberá ser presentada cada vez que se efectúe un depósito o un retiro para la entrada correspondiente. Todo pago a cualquier persona que presente la libreta previa comprobación de la firma en la hoja de retiro será considerado válido. La Cooperativa estará exenta de responsabilidad con el Depositante por el importe del retiro o débito pagado, a menos que la Cooperativa hubiera recibido una notificación escrita del Depositante, dentro de un término razonable de tiempo con anticipación a la transacción, informando que la libreta de cuenta estaba extraviada, robada, destruida y/o que, de forma ilegal o injustificada, estaba en poder de personas no autorizadas.
En el trámite de depósitos, el cajero verificará todos los efectos que aparezcan detallados en la hoja de depósito y registrará en la referida libreta el total que aparezca en la hoja de depósito. Cualquier diferencia que resulte al verificar más tarde el depósito, se debitará o acreditará a la Cuenta. La entrada en los libros de la Cooperativa prevalecerá sobre aquellas entradas que aparezcan en la Libreta de Cuenta. Se establece que el balance en la libreta de cuenta está correcto si el mismo está de acuerdo con los libros de la Cooperativa.
En caso de que la Libreta de Cuenta resulte extraviada, destruida o robada, el Depositante y/o las firmas autorizadas deberán notificar inmediatamente tal hecho por escrito a la Cooperativa. Una vez notificado, se le entregará al Depositante una libreta sustituta antes de realizar cualquier otra transacción. La Cooperativa podrá solicitar, declaraciones juradas, pruebas y/o fianzas satisfactorias antes de emitir y entregar una nueva libreta de cuenta. Al emitir la nueva libreta, la original será anulada y, si encontrada o recobrada, deberá ser entregada inmediatamente a la Cooperativa para su cancelación. La Cooperativa podrá cobrar cargos por expedir una nueva Libreta de Cuenta. En caso de que la Cuenta se cierre, la Libreta de Cuenta será entregada a la Cooperativa para su cancelación.
BALANCE MININO/PAGO DE INTERESES Y CARGOS EN LA CUENTA
La Cuenta de Ahorros Comercial paga intereses y requiere el pago de distintos cargos para
transacciones y/o documentos o certificaciones en la Cuenta. El balance mínimo requerido para abrir la cuenta de ahorro comercial o la cuenta corriente comercial si es DBA (“Haciendo Negocios Como”) es de $200.00 y se podrán depositar en acciones. Si es una cuenta corriente comercial corporativa y sin fines de lucro el balance requerido para su apertura será de $200.00 y los mismos serán depositados en la cuenta de ahorros, los cuales serán congelados mientras la cuenta corriente comercial este en vigencia en la Cooperativa. Los cargos o las tasas de intereses aplicables podrán ser revisados o estar sujetos a cambios sin previo aviso y a discreción de la Cooperativa. Utilizamos el Método de Balance Diario para calcular los intereses devengados en su Cuenta. Bajo dicho método, el interés se calcula aplicando la tasa diaria periódica a la suma del principal para cada día del período de cómputo. Los intereses se computan diariamente y se acreditan mensualmente. El período de intereses de su Cuenta es mensual. El balance mínimo a depositar al momento de la apertura de la cuenta corriente comercial es de $200.00.
Si la cuenta corriente comercial fuese cerrada, la garantía de los $200.00 en ahorros podrá ser retirada a partir de los 30 días, luego de ser cerrada la cuenta corriente comercial.
Para evitar la imposición de cargo en la cuenta corriente comercial requiere mantener un balance mínimo de $1,000.00 diarios Independientemente de los balances en la Cuenta, la Cooperativa aplicará los cargos establecidos en esta divulgación.
La Cooperativa podrá cobrar los cargos correspondientes mediante débitos directos a la Cuenta sin previo aviso al Depositante y con prelación a cualquier débito o retiro de fondos (ahorro) efectuados por el Depositante o la(s) firmas (s) autorizada(s) contra la Cuenta. El Depositante deberá mantener fondos suficientes para cubrir los cargos que la Cooperativa haga bajo cualquier cláusula de este Contrato.
Cargos Aplicables y Penalidades:
A su cuenta le serán aplicados los siguientes cargos:
Cargo por Cheque Devuelto por Fondos Insuficientes o por Fondos No Cobrados: $10.00
por cada Cheque Devuelto y $10.00 por devoluciones subsiguientes.
Cargo por Cheque Pagado en Sobregiro: $5.00 por cheque en la cuenta corriente comercial.
Cargo por Suspensión de Pago: $10.00 por solicitud.
Cargo por cortes de cuenta: $2.00 por corte
Cargo por copias de documentos solicitadas en reclamación: $1.50 por copia.
Cargo por hora búsqueda de documentos: $10.00
Cargo por hoja de débito: $1.00 por cada una.
Cargo por Servicios: $10.00 en la cuenta corriente comercial si no se mantiene los balances mínimos requeridos por mes.
Cargo por Transferencia para cubrir sobregiros utilizando la cuenta de ahorros o línea de crédito: $1.00 por cada una.
Cargo diarios por sobregiro en la cuenta corriente por el balance en negativo que se adjudicaran a fin de mes: 14% de interés.
DEPÓSITOS Y RETIROS
El Depositante deberá cumplir con el requisito de depósito mínimo inicial para abrir la Cuenta, según requerido por la Cooperativa. El depósito mínimo requerido será aplicable de tiempo en tiempo, según notificado por la Cooperativa. En la recepción de depósitos o cobros en la Cuenta, la Cooperativa actúa únicamente como agente del Depositante y no asume ninguna responsabilidad fuera de ejercer un debido cuidado.
Para efectuar depósitos, el Depositante usará los impresos para la Cuenta que indique la Cooperativa. Deberá escribir, en forma clara y legible, su nombre, número de Cuenta, la fecha y la cantidad del depósito que se acreditará a la Cuenta. Cuando en el impreso no se supla toda la información mencionada anteriormente o cuando el nombre del Depositante y/o el número de la Cuenta indicado no concuerde exactamente con el que aplica a esta Cuenta o cuando sea razonable concluir que la información escrita en el impreso es parcial o totalmente ilegible, la Cooperativa podrá dejar de acreditar a la Cuenta el montante del depósito hasta tanto determine con certeza cualesquiera de esos particulares. El Depositante libera de responsabilidad a la Cooperativa por depósitos no acreditados al Depositante por las causas antes mencionadas.
Los depósitos pueden efectuarse de forma electrónica. Además, los depósitos podrán efectuarse por correo o personalmente. Los efectos para depósito a su Cuenta deberán endosarse para depósito y estar acompañados de la libreta de cuenta en el caso de ser necesario y de la hoja de depósito que a esos efectos se provea. Los depósitos efectuados personalmente o por correo deberán ser mediante cheque u otra orden de pago. El Depositante asume todos los riesgos que implica remitir depósitos o instrumentos por correo para depósito y acuerda que la Cooperativa no asume responsabilidad alguna por depósitos remitidos por correo.
El Depositante acepta que la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad alguna sobre aquellos depósitos para su Cuenta que no cumplan con los requisitos establecidos en la Regulación CC.
La Cooperativa no aceptará para depósito efectos librados contra bancos que no estén localizados en los Estados Unidos de América, sus territorios o posesiones o que no sean
cobrables a través del sistema de cobro de cheques de la Reserva Federal.
La Cooperativa queda autorizada a compensar con prelación a cualquier débito a la Cuenta, a su opción y sin aviso o notificación alguna al Depositante, el balance en sobregiro contra cualquier otro fondo que el Depositante tenga a su favor en la Cooperativa.
Los depósitos de efectos estarán disponibles de acuerdo con la Divulgación de Disponibilidad de Fondos que de tiempo en tiempo adopte la Cooperativa tomando en consideración, entre otras cosas, las reglas y circulares adoptadas por el Sistema de la Reserva Federal. La referida divulgación se hace formar parte de este Contrato..
Al efectuar depósitos y retiros personalmente por parte del Depositante, deberá presentar al cajero la hoja de retiro o una hoja de débito o un cheque debidamente completado y firmada, y en caso que así se haya emitido una libreta de cuenta. El Depositante y/o la(s) firmas(s) autorizada(s) podrá(n) efectuar retiros contra la Cuenta hasta el total del balance en la Cuenta, según dicho balance esté disponible en ese momento, disponiéndose que un retiro de fondos que reduzca el balance de la Cuenta a menos del balance diario mínimo requerido implicará el cierre de la Cuenta, previo al pago del cargo correspondiente por infringir el requisito de balances mínimos requeridos, si alguno. El balance reflejado en los récords de la Cooperativa representará evidencia "prima facie" del balance adeudado al Depositante. La Cooperativa no estará obligada a permitir retiros de la Cuenta cuando no haya fondos disponibles que cubran la cantidad del retiro o cuando dichos fondos garanticen obligaciones del Depositante para con la Cooperativa.
La Cooperativa no permitirá sobregiros en la Cuenta. No obstante, la Cooperativa a su opción, podrá aceptar sobregiros en la Cuenta a su entera discreción y tal acto no se entenderá como una renuncia de la norma establecida. En los casos en que la Cooperativa honre pagos que sobregiren la Cuenta, la Cooperativa podrá imponer los cargos por servicio que de cuando en cuando se adopten para el pago de efectos que sobregiren la Cuenta para resarcir a la Cooperativa por el manejo especial que requiera tal pago. La Cooperativa impondrá además intereses por el importe del sobregiro en la Cuenta a las tasas que de cuando en cuando determine la Cooperativa, sujeto a las disposiciones xx xxx o reglamentos aplicables. Los cargos, así como los intereses por los sobregiros en la Cuenta, se cargarán a la Cuenta y el Depositante será responsable de cubrir el balance en sobregiro de la Cuenta, aun cuando sea aumentado por el cargo por servicios y por intereses. La Cooperativa queda autorizada a compensar, a su opción, el balance en sobregiro en la Cuenta contra cualesquiera otros fondos que el Depositante tenga a su favor en la Cooperativa. La Cooperativa podrá cobrar los cargos correspondientes mediante débitos directos a la Cuenta sin previo aviso al Depositante y con prelación a cualquier débito o retiro de fondos (ahorro) efectuados por el Depositante o la(s) firmas (s) autorizada(s) contra la Cuenta.
Ninguna transacción de retiro de fondos será aceptada sin la presentación de la hoja de retiro, hoja débito o mediante un cheque debidamente completada y firmada por las firmas autorizadas y la libreta de cuenta en el caso que así sea requerida.
Se presumirá que toda firma autorizada que presente la libreta de cuenta, un cheque y la hoja de depósito o retiro de fondos a la Cooperativa está autorizada por el Depositante para efectuar retiros de fondos y cualesquiera otras transacciones, y la Cooperativa no tendrá responsabilidad alguna por dichos retiros y transacciones a menos que el Depositante haya notificado la cancelación de la autoridad para firmar por dicha persona acorde con lo requerido por este Contrato, incluyendo y sin limitarse a remitir la documentación aplicable previo a la transacción en cuestión.
La Cooperativa no será responsable por transacciones que no puedan completarse por estar los fondos sujetos a reclamaciones judiciales o restricciones similares. La Cooperativa tampoco será responsable por dilaciones que ocurran debido a errores cometidos por o imputables al Depositante, tales como: errores en la identificación del Depositante o de la Cuenta, errores en la hoja de retiro, volantes de depósito o incumplimiento con los requisitos establecidos para las distintas transacciones en la Cuenta.
La Cooperativa se reserva el derecho de no aceptar depósitos para la Cuenta. La Cooperativa se reserva, además, el derecho de requerir identificaciones, verificaciones de firmas u otros documentos legales o gestiones que la Cooperativa entienda necesarias y apropiadas antes de hacer efectivo un retiro de fondos de la Cuenta y/o de aceptar depósitos a la misma.
El Pagador-Receptor ("Teller") de la Cooperativa comprobará el efectivo depositado. Cuando el depósito contenga efectos, el receptor no comprobará ni la certeza de la entrega de los efectos ni el valor nominal de los efectos que recibe. La Cooperativa comprobará estos extremos no más tarde del día siguiente a aquel en que reciba el depósito y la determinación que haga la Cooperativa en cuanto a ambos o cualquiera de ellos tendrá la presunción de correcta. No obstante lo anterior, en caso de que se determine que los cheques u otros efectos depositados fueron falsificados, emitidos o negociados indebidos y/o de forma fraudulenta, la Cooperativa podrá debitar de la Cuenta la cantidad correspondiente.
La Cooperativa no tendrá obligación alguna de permitir retiros o transferencias de fondos pendientes de cobro. "Fondos pendientes de Cobro" serán aquellos depósitos que no se realicen mediante dinero en efectivo.
La Cooperativa no asume responsabilidad alguna por los actos, omisiones o negligencia de corresponsales, agentes o subagentes debidamente seleccionados a quienes encomiende el cobro de los efectos, ni asume responsabilidad por la pérdida de los valores en tránsito. La Cooperativa, al igual que sus corresponsales, agentes o subagentes, podrá enviar los valores directa o indirectamente a cualquier banco o cooperativa de ahorro y crédito, inclusive al banco girado y podrá aceptar el giro de éste o crédito que abra o conceda como pago condicional en sustitución de efectivo, sin responsabilidad para con el Depositante con motivo de cualquier pérdida que pueda surgir por razón de aceptar el pago en tal forma.
El Depositante endosará todos los efectos de acuerdo con las disposiciones de la reglamentación aplicable y conforme a la divulgación correspondiente. En el caso de efectos para depósito, la Cooperativa queda autorizada, a su opción, a suplir el endoso ausente cuando sea necesario.
La Cooperativa no será responsable en ningún caso de falsificación de firma en las hojas de retiro y/o depósito de fondos, ni en aquellos casos en que el Depositante fue negligente en la custodia de dichas hojas y de los documentos relativos a la Cuenta.
Cualquier efecto recibido para depósito o retiro de la Cuenta por el Depositante o cambiado por terceros sobre el endoso del Depositante será tratado como un efecto no cobrable y será mantenido contra la Cuenta hasta que se reciba el pago final de dicho efecto en efectivo o crédito incondicional aceptable para la Cooperativa. La Cooperativa podrá rechazar cualquier transferencia, retiro sobre la Cuenta o efectuar el pago sobre cualquier documento girado sobre la Cuenta contra los fondos así mantenidos para cobro.
La Cooperativa no aceptará para depósito o cambio documentos con doble endoso. El endoso de cualquier documento endosado para depósito en la Cuenta será tratado como auténtico en todo aspecto. La Cooperativa, tendrá discreción para rechazar el pago de cualquier documento, si el endoso se hace con lápiz, si no está hecho debidamente o si es ilegible.
El Depositante no colocará ningún endoso o cualesquiera marcas al dorso de cualquier efecto emitido o depositado por el Depositante que afecte adversamente la legibilidad del endoso según requerido por el Reglamento CC de la Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal. El Depositante deberá cumplir con lo dispuesto en la Divulgación sobre Disponibilidad de Fondos de la Cooperativa, la cual se incorpora y se hace formar parte de este Contrato.
La Cooperativa no tendrá obligación alguna para con el Depositante en relación con la devolución tardía de cualquier documento depositado en la Cuenta, cuando la tardanza sea ocasionada por las anotaciones hechas en los documentos por o en nombre del Depositante o por endosante anterior en el área del documento reservada para el endoso del banco depositario. El Depositante acuerda indemnizar a la Cooperativa y mantenerla libre de, y en contra de, cualesquiera reclamos, daños, pérdidas o responsabilidad de cualquier clase, incluyendo honorarios de abogado, por concepto de errores o demoras en la devolución de cualquier documento girado sobre la Cuenta, cuando la demora o error sean ocasionados por las anotaciones colocadas en un documento por o en nombre del Depositante o por un endosante anterior o cualesquiera otra persona o entidad, que haya oscurecido el endoso del banco depositario debidamente colocado, o de debitar el retiro hasta tanto determine con certeza cualesquiera de esos particulares. El Depositante libera de responsabilidad a la Cooperativa por depósitos no acreditados o débitos no autorizados en las Cuentas por las causas mencionadas.
No se considerará que la Cooperativa haya recibido ningún documento o efecto enviado por correo sino hasta que la Cooperativa los haya recibido físicamente en sus oficinas, durante horas laborables bancarias. Los depósitos recibidos durante horas laborables bancarias serán
acreditados a la Cuenta al cierre de dicho día bancario. Los documentos o efectos recibidos después del cierre del día bancario se considerarán recibidos al día bancario siguiente.
La Cooperativa, cuando recibe cheques o efectos para depósito o cobro, actúa como agente cobrador del Depositante, y registrará los mismos sujeto a que se reciba su pago final del banco o cooperativa pagadora. En tal caso, la responsabilidad de la Cooperativa estará limitada a ejercer el debido cuidado ordinario. Al recibo del pago final, el efecto se convierte en un efecto cobrado. Si no se recibe el pago final, o si algún efecto depositado en efectivo se carga por cualquier razón de vuelta a la Cooperativa, ésta queda autorizada a cargar en cualquier momento, sin notificación previa, a cualesquiera de las Cuentas del Depositante, la cantidad del efecto, el cargo por efecto devuelto o cheque devuelto, impuesto por la Cooperativa y cualquier otro cargo relacionado aplicable.
La Cooperativa podrá ignorar toda información o leyenda que aparezca en los cheques o efectos depositados para el cobro que no sea la firma, la identificación del banco o cooperativa librado y del librador, la cantidad del cheque o efecto, los endosos y demás información codificada de acuerdo con las prácticas bancarias.
La Cooperativa, queda autorizada a cargar, en cualquier momento y sin notificación previa, el monto de los efectos depositados para los cuales la Cooperativa no reciba el pago final, o si los mismos son devueltos por alguna razón, contra cualquiera de las cuentas del Depositante en la Cooperativa.
El Depositante endosará todos los efectos de acuerdo con las normas establecidas por la reglamentación aplicable en Puerto Rico y conforme a la divulgación correspondiente. En el caso de efectos para depósito, la Cooperativa queda autorizada, a su opción, para suplir el endoso ausente cuando sea necesario.
El Depositante acuerda indemnizar a la Cooperativa y mantenerla libre de, y en contra de, cualesquiera reclamos, daños, pérdidas o responsabilidad de cualquier clase, incluyendo honorarios de abogado, que surjan por motivo de errores o demoras en la devolución de cualquier efecto girado sobre la Cuenta, y/o cuando la demora o error sean ocasionados por razones no imputables a la Cooperativa.
El Depositante acuerda y acepta que la Cooperativa tiene establecidos periodos de retención y disponibilidad de fondos depositados por disposición xx xxx federal y otros a discreción de la Cooperativa. Durante los periodos de retención, el Depositante no podrá efectuar retiros contra las partidas que no sean pagaderas en la propia Cooperativa.
El Depositante deberá verificar, por lo menos mensualmente, las transacciones en la Cuenta, su estado de cuenta y la libreta de cuenta y deberá notificar a la Cooperativa cualquier error o transacción irregular observada.
El Depositante no podrá suspender el pago de cheques certificados, cheques de gerente o
Revisado 09-2020 23
cheques que se rigen por un acuerdo de garantía de cheques.
Cuando la Cooperativa, mediando cuidado ordinario, cambia o coloca un cheque o efecto, previo depósito a su cuenta, para propósitos de clearing no es responsable por la insolvencia, negligencia, conducta ilegal, error o incumplimiento de otra institución depositaria o persona, o por la pérdida o destrucción de un efecto que esté en posesión de otros o en tránsito. Si un cheque o efecto depositado se pierde o no sigue la ruta y tránsito correspondiente durante el proceso de cobro:
• la Cooperativa no tendrá responsabilidad por las acciones o inacciones de cualquier banco o cooperativa ;
• la Cooperativa podrá cargar a la Cuenta la cantidad del efecto y reversar cualquier interés que haya sido acreditado en la Cuenta relativo al depósito efectuado.
• el Depositante se obliga a cooperar con la Cooperativa en la identificación del cheque u efecto depositado.
Si se ha perdido o destruido algún cheque o efecto depositado durante el procesamiento o cobro (ya sea en la Cooperativa o en cualquier otro punto del sistema de cobro), el Depositante acuerda en cooperar completamente con la Cooperativa para identificar el cheque o efecto depositado tomando prontamente las siguientes medidas: proporcionar a la Cooperativa una copia por ambos lados del cheque o efecto depositado; solicitar al emisor del cheque que suspenda el pago del cheque o efecto depositado y que le emita un cheque o efecto de reemplazo (si el cheque o efecto depositado no se ha pagado); verificar sus archivos y otra información, y llevar a cabo cualquier investigación adicional razonable para determinar la identidad del emisor, etc. Si el Depositante no coopera, la Cooperativa, en cualquier momento y sin notificación previa, puede revocarle o de otra manera, ajustarle el crédito concedido a la Cuenta por el cheque o efecto depositado perdido o destruido.
El Depositante periódicamente presentará la libreta de cuenta a la Cooperativa para el registro de transacciones relativas a depósitos electrónicos que se reciban en la Cuenta.
DISPONIBILIDAD DE FONDOS EN LA CUENTA
El crédito de los depósitos efectuados en la Cuenta estará sujeto a la reglamentación aplicable. En las divulgaciones aplicables a la Cuenta, se establece la Política sobre Disponibilidad de Fondos de la Cooperativa.
TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS Y ACCESO A CAJEROS AUTOMÁTICOS
La Cooperativa establece bajos en las aperturas de cuentas de comerciales relacionadas a clases graduandas, cuentas pro fondos, xxxxxxxx, grupos cívicos que no les no proveerá acceso a su cuenta por transferencias electrónicas mediante cajeros automáticos ni débitos electrónicos.
En el caso de las cuentas comerciales, DBA, corporaciones y comités políticos la Cooperativa podrá ofrecer la tarjeta débito a un oficial debidamente autorizado por el Depositante, o el
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Depositante complete y suscriba la solicitud de tarjeta de débito comercial (la “Solicitud”) identificando el número de tarjetas solicitadas y los nombres de las personas o empleados del Depositante que serán tenedores de las tarjetas de débito. Si la Cooperativa autoriza la referida solicitud, las Tarjetas serán provistas por la Cooperativa para acceder a sus cuentas en los Cajeros Automáticos y terminales de POS. Esto requerirá el completar el contrato o Convenio de Tarjeta Débito Comercial.
ACUERDO DE SERVICIO DE COOP EN LINEA, TU CUENTA MOVIL Y PAGOS DE FACTURAS EN CUENTAS COMERCIALES
1. Disposiciones Generales
Este acuerdo establece los términos y condiciones que rigen el uso de los servicios y/o el realizar transacciones a través de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas de forma electrónica para consumidores de la Cooperativa. Al completar el proceso de registro en línea, Usted habrá confirmado que revisó y aprobó los términos de este acuerdo (de aquí en adelante denominado “Acuerdo de Servicio”), los cuales se proveen de forma electrónica. Además, acepta que todos los avisos futuros, notificaciones, divulgaciones, estados y cualquier comunicación relacionada con los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas de la Cooperativa podrán proveérsele en formato electrónico. El usar cualquiera de los servicios antes mencionados y/o el acceso a cualquier cuenta en la Cooperativa a través de los mismos constituye una confirmación adicional de su aceptación de los términos y condiciones según se disponen, y de su cumplimiento con los mismos. Al completar el proceso de inscripción, Usted reconoce y acepta haber recibido los documentos de notificación.
En adición, se compromete a cumplir con los términos y condiciones de todos los demás acuerdos suscritos por Usted con la Cooperativa, y con todos los documentos de notificación aplicables a las cuentas y otros servicios a los que pueda acceder mediante el uso de cualquiera de los recursos de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas de la Cooperativa que sean parte de este acuerdo, incluidos los Términos de Uso en la página web de la Cooperativa. De surgir una situación en la que exista conflicto entre este Acuerdo de Servicio y los acuerdos específicos de cada cuenta, prevalecerá el acuerdo de la cuenta específicamente afectada. Por este medio Usted acuerda mantener y usar los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas, ajustándose a los términos y condiciones que estipula este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas, así como a aquellos que rigen cada una de sus cuentas, los cuales podrían incluir —sin limitarse a ellos— el pago de cargos relacionados con el uso y el mantenimiento de dichas cuentas.
Es su responsabilidad exclusiva proveerle a la Cooperativa su información de contacto correcta, incluyendo una dirección de correo electrónico válida. El proveer información incorrecta podría resultar en transacciones no autorizadas en su cuenta y/o demoras en lograr acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas. La Cooperativa no se hace responsable por las demoras en el uso de los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y
Pagos de Facturas que pudieran ser causadas por Usted proveer información de contacto incorrecta.
2. Definiciones
A menos que se especifique lo contrario en el Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura, los siguientes términos se usan con las definiciones generales aquí provistas:
a) “Cuentas” – En general, incluye cualquier tipo de relación financiera entre socio y/o cliente y la Cooperativa, que sea accesible a través de los servicios de Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil, y/o el de Pago de Facturas. Generalmente, incluye cuentas de depósitos personales comerciales, préstamos comerciales, líneas de crédito y/o alguna otra relación financiera. Para propósitos de este Acuerdo, no todas las cuentas antes mencionadas serán elegibles para ser accesibles a través de los servicios de Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil, y/o Pago de Facturas.
b) “Clientes”- Incluye un Depositante con cuenta comercial en la Cooperativa, un cliente Comercial. incluye, sin que se entienda una limitación a las siguientes personas: titular, representantes autorizados, accionistas principales, conductores, así como cualquier persona natural o jurídica relacionada a la entidad, organización o negocio
c) “Términos Usted y Su”-Para los propósitos de este acuerdo, los términos “Usted” y “su” se refieren al Depositante o cliente comercial usuario de Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil de la “Cooperativa, “nosotros” y “nuestro” se refieren a Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Road.
d) “Día Laborable” – Incluye los días de lunes a viernes, y excluye los sábados, los domingos y días feriados locales y federales.
e) “Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura” – Por lo general, incluye todos los servicios y/o componentes de la aplicación de Internet de la Cooperativa que, sujetos a las medidas de seguridad impuestas por la Cooperativa, brinda acceso al cliente comercial través del Internet, para que pueda escoger entre una variedad de servicios financieros que ofrece la Cooperativa. Como regla general, el cliente necesitará una computadora personal o algún otro artefacto electrónico con acceso a Internet, que cumpla con un mínimo de los requerimientos de sistema mínimos abajo detallados en la Sección 9. Servicios Disponibles. A menos que se especifique lo contrario en este Acuerdo de Servicio, los servicios de la Cooperativa por Internet suelen incluir el módulo de servicio para Pago de Facturas. Este servicio permite que los Depositantes verifiquen sus balances y transacciones, hagan transferencias y pagos por Internet y gestionen otras funciones y dotaciones relacionadas con las cuentas comerciales.
f) "Cuentas vinculadas de la Cooperativa”: Se refiere a todas las cuentas de la Cooperativa que haya vinculado a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pago de Facturas.
g) “Estados de cuenta electrónicos (“E-Statements y Merchant Statements”): Función de Coop en Línea mediante la cual los Depositantes podrán optar por recibir sus estados de cuenta electrónicamente (“E-statements”). Los Depositantes podrán imprimir en el menú, el botón de opciones y escoger la opción de E-statement y luego identificar las cuentas a visualizar. Cuando enviamos los estados de cuenta electrónicamente, enviamos también un correo electrónico para avisarle que el estado de cuenta está disponible para su revisión en Coop en Línea. Para recibir estas alertas, debe tener una dirección de correo electrónico válida. Los estados electrónicos se ofrecen en PDF. Para poder ver, imprimir o guardar copias de sus estados de cuenta, deberá asegurarse de que la computadora o el aparato que está utilizando tiene un lector de documentos PDF. Al escoger esta opción, Usted dejará de recibir los estados de su cuenta en papel.
h) “Servicio de Pago de Facturas”: Módulo de Coop en Línea que permite que los Depositantes hagan pagos por Internet a través de nuestro Servicio de Coop en Línea.
i) “Transferencias”: Función de Coop en Línea que permite que los Depositantes transfieran fondos a través de Coop en Línea. Existen dos (2) tipos de transferencias: transferencias entre las propias cuentas de la Cooperativa de un Depositante y transferencias entre cuentas de La Cooperativa. Para poder transferir entre cuentas de diferentes Depositantes hay que cumplir con unos requisitos, y un formulario que ha de ser completado en una de nuestras sucursales.
j) “Alertas & Notificaciones”: Módulo de Coop en Línea que permiten que los Depositantes configuren alertas relacionadas con la cuenta y/o reciban notificaciones sobre actividades importantes en la cuenta, como alertas de seguridad, alertas de transacciones y alertas de fraude. Algunas alertas, como aquéllas relacionadas con balances y transacciones en la cuenta, tienen que ser configuradas por el Depositante. Las notificaciones de confirmación de depósitos, transferencias y pagos, así como las alertas de fraude, no se activan automáticamente.
k) “Personas Autorizadas”: Se refiere al firmante principal, o al representante autorizado del negocio.
3. Recopilación y uso de la información
Al inscribirse en Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura deberá aceptar los términos y condiciones, seleccionar sucursal de apertura de cuenta, entrar número de cuenta y seguro social, entrar su nombre, inicial, apellidos, dirección postal, fecha de nacimiento, usuario y
contraseña, número de teléfono, correo electrónico y oprimir el botón de someter la solicitud. Esta información sólo se utilizará para validar que Usted está solicitando acceso a Coop en Línea en el momento del registro. Luego, que la Cooperativa valide la información la cuenta será activada.
4. Límites de acceso a los servicios de Coop en Línea
El acceso a Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura está diseñado para ofrecerle información sobre sus cuentas de depósito, préstamos y métodos de pagó de facturas de utilidad entre otros. Además, los servicios ofrecidos en los módulos dependerán de los productos que Usted tenga disponible y pueda tener derecho acceder.
5. Relación con otros acuerdos
La utilización de los Servicios de Coop en Línea descritos en este Acuerdo de Servicio también podrían verse afectada por un Acuerdo de Depósito u otro acuerdo entre nosotros con relación a sus cuentas vinculadas de la Cooperativa.
Al vincular una cuenta a los Servicios Electrónicos de la Cooperativa, no estará cambiando los acuerdos que ya tiene con nosotros con relación a dicha cuenta. Por ejemplo, si vincula una cuenta de cheques a Coop en Línea, los términos y condiciones de su acuerdo o acuerdos de Depositantes y/o acuerdo o acuerdos de usuario para su cuenta de cheques no cambiarán.
Por lo tanto, revise los acuerdos y tablas de cargos relacionados con las cuentas de la Cooperativa para obtener información sobre cualquier cargo aplicable, límites en la cantidad de transacciones que puede realizar, reglas de responsabilidad de transferencias electrónicas y otras restricciones que pudieran afectar su utilización de una cuenta a través de los Servicios Electrónicos de la Cooperativa.
Si existiera algún conflicto entre este Acuerdo de Servicio y los acuerdos específicos de cada cuenta, el acuerdo de la cuenta específica que se vea afectada prevalecerá. Por este medio, Usted acepta mantener y utilizar los Servicios Electrónicos de la Cooperativa de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo de Servicio, así como aquéllos que rigen cada una de sus cuentas, los cuales podrían incluir, pero no se limitan al pago de cargos relacionados con el uso y/o mantenimiento de dichas cuentas.
6. Eliminación de los Usuarios
Eliminar a los usuarios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas borrará su información personal del sistema de Coop en Linea permanentemente. Si a Usted le interesara volver a adquirir los servicios de Coop en Línea en el futuro, La Cooperativa no garantiza que su nombre de usuario vaya a estar disponible. La eliminación de usuarios no se puede revertir una vez se haya completado el proceso.
Esto incluye todas las transacciones pendientes, futuras y recurrentes, lo que incluye transferencias y pagos. Sin embargo, no afectará las transacciones que ya se hayan realizado y enviado al procesador central. Luego, de eliminar la información de usuario, Usted podrá volver a solicitar acceso.
7. Comunicaciones Electrónicas
La Ley de Firmas Electrónicas en el Comercio Global e Internacional (E-Sign “-“Electronic Signatures in Global and National Commerce Act), nos permite entregarle electrónicamente, luego de obtener su consentimiento afirmativo, todas las notificaciones y los documentos de notificación relacionados con los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas y así cumplir con estatutos o regulaciones que exijan proveer tal información por escrito.
a) Consentimiento
i. Usted reconoce y acepta que los términos y condiciones de este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura se le están entregando de forma electrónica, y que cualquier aceptación de tales términos y condiciones por parte suya constituye consentimiento de tales términos y condiciones, así como el reconocimiento de haber recibido las divulgaciones aplicables y que acusa recibo de las divulgaciones. Su consentimiento también aplicará a cualquier persona nombrada en su cuenta, producto o servicio.
ii) Usted acuerda que todas las futuras notificaciones sobre los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura se enviarán electrónicamente a la dirección de correo electrónico que Usted haya provisto durante el proceso de inscripción.
b) Derecho a revocar su consentimiento
i) Para el servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas, si Usted revocara su consentimiento, la Cooperativa podría dejar de proveerle comunicaciones electrónicamente, y podríamos dar por terminado su acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas. La revocación del consentimiento será efectiva una vez haya cancelado la suscripción. Su consentimiento se mantendrá vigente hasta tanto no se haya revocado de la forma descrita en esta sección.
c) Derecho a recibir documentos
i) Usted podrá imprimir o sacar una copia de nuestras comunicaciones usando el botón “Imprimir” (o usando de algún modo su funcionalidad para imprimir) o guardando una copia. Haga esto tan pronto revise las comunicaciones, pues, una vez sometidas, no necesariamente las guardamos en un lugar al cual pueda acceder. Si lo solicitara, le
enviaremos una copia en papel de cualquier comunicación que le hayamos enviado electrónicamente. Para solicitar copia en papel, puede visitar la Cooperativa. En dicho caso, aplicarán los cargos si alguno, identificados en las divulgaciones del servicio.
d) Notificación de cambios
En el caso de que cambiara su dirección de correo electrónico o algún otro dato de contacto, deberá notificarnos tales cambios inmediatamente, mediante uno de los siguientes métodos:
i) Dentro del módulo de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas hay una opción para cambios de correo electrónico o llamando a la Cooperativa e indique los cambios a la información de contacto. Si dejara de actualizar o cambiar su dirección de correo electrónico u otra información de contacto, entiende y acepta que de todos modos se considerarán las comunicaciones como enviadas a Usted, siempre que se le hayan hecho llegar mediante el servicio electrónico de la Cooperativa o mediante correo electrónico a la dirección que la Cooperativa tenga registrada para Usted.
e) Requerimientos de hardware y software
Antes de aceptar el envío electrónico de documentos informativos, debe verificar que cuenta con el hardware y el software necesarios para acceder al sistema y extraer de él los documentos y las divulgaciones en formato electrónico. Los requerimientos de sistema mínimos que necesitará cumplir son los siguientes:
i) Coop en Línea
• Una computadora y un navegador (browser) de Internet compatible con el certificado SSL y cifrado de 256 bits y un lector de documento PDF y Excel.
• Un módem o con acceso a Internet a través de su proveedor de servicio.
• Un navegador de Internet que le permita acceder a su servicio de Coop en Línea. Los navegadores compatibles son Microsoft Internet Explorer™, versión 7.0 o más
avanzada; Chrome, última versión, Mozilla Firefox versión 16.0 o más avanzada, Microsoft Edge o y Apple Safari, versión 15.0 o más avanzada. Otros navegadores pudieran tener acceso limitado.
ii) Tu Cuenta Móvil y Coop en Línea
• Acceso a Internet a través de su proveedor de servicio móvil.
• Un equipo móvil con sistema operativo IPhone, Androide u otros
• Un lector de documentos PDF instalado en su equipo móvil.
La Cooperativa no se responsabiliza por el grado de compatibilidad de su equipo ni por los costos o gastos asociados con la instalación, el uso y el mantenimiento del equipo con su proveedor de servicio de Internet. Como tal, es su responsabilidad mantener un equipo que sea compatible con las especificaciones del servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas.
También serán su responsabilidad los costos y gastos asociados con la instalación, el uso y el mantenimiento de su equipo y con su proveedor de acceso a Internet o de servicio inalámbrico
.
8. Medidas de Seguridad e Infraestructura
Las medidas de seguridad aplicables al proceso de registro a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas requieren que Usted escoja una contraseña (“password”), la cual permitirá acceso exclusivo a sus cuentas a través de Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil. No comparta esta contraseña con nadie y mantenga esa información en un lugar seguro, para que otros no puedan acceder a ella. Usted es responsable de mantener la confidencialidad de su cuenta y de su contraseña, y de restringir el acceso a su computadora y a su aparato móvil. Firmantes autorizados en las cuentas no están autorizados a usar sus accesos y recursos de los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura para la cuenta específica. La Cooperativa renuncia a cualquier obligación, expresa o implícita, de investigar o verificar si el uso de los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas o el acceso a ellos, fue llevado a cabo por la persona no autorizada por Usted o siguiendo las medidas de seguridad adoptadas por Xxxxx.
Al usar esta página web, Usted lo hace consciente y reconociendo que las transmisiones por el Internet nunca son completamente privadas ni seguras. Aunque la Cooperativa toma medidas de seguridad estrictas para proteger el contenido de sus comunicaciones y datos confidenciales, la Cooperativa no se hace responsable por cualquier ataque malicioso a la plataforma de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura que puedan poner en riesgo la seguridad de la información, si tales eventos estuvieran razonablemente fuera del alcance de los controles de seguridad de la Cooperativa. Además Usted reconoce y acepta, que el mensaje o la información enviados a través de la plataforma de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura ser leídos por otros empleados de la Cooperativa y/o terceras partes no afiliadas, según permitido por la ley aplicable.
Si Usted sospecha que su servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil o Pagos de Factura ha sido comprometido y/o se percata de transacciones no autorizadas, es su responsabilidad cambiar su contraseña inmediatamente, a través del módulo administrativo de Coop en Línea, y llamar a la Cooperativa para instrucciones adicionales. Como medida de seguridad adicional, la Cooperativa podría requerirle que conteste algunas preguntas de seguridad adicionales, que refuercen la confirmación de su identidad cuando acceda al servicio. En este Acuerdo de Servicio y en su Acuerdo de Cuenta de Depósito encontrará información adicional relacionada con los procedimientos aplicables en caso de ocurrir transacciones no autorizadas.
A. Seguridad en Coop en Línea
Nombre de usuario: debe ser único; el sistema distingue entre mayúsculas y minúsculas. Es un requisito para registrarse y entrar al sistema.
. Contraseña: la contraseña debe constar de por lo menos ocho (8) caracteres, que deben incluir un (1) número, un (1) carácter especial (!@#$%^&*.,<>) y una
(1) letra minúscula. Es un requisito para registrarse y entrar al sistema.
i. Imagen: durante el proceso de registro, tendrá que escoger una imagen. Esta imagen en particular aparecerá cuando entre al sistema.
ii. Pregunta y respuesta secretas: tendrá que escoger una pregunta y respuesta secretas, sólo Usted las conocerá.
iii. Cambios de contraseña: Le recomendamos que cambie su contraseña regularmente. Si Usted olvida su contraseña o desea cambiarla, deberá hacerlo al entrar al sistema (“login”) haciendo clic en “Olvidé mi contraseña” en la página principal de Coop en Línea o comunicándose con el Call Center al 000 000- 0000.
iv. Desconexión automática: Coop en Línea se desconecta automáticamente si el sistema no detecta actividad durante cinco (5) minutos.
v. Bloqueo de contraseña: Si Usted entra una contraseña incorrecta tres (3) veces seguidas, el sistema lo bloqueará automáticamente. La única manera de recuperar su acceso será a través de un Representante de Servicio al depositante de la Cooperativa.
B. Seguridad en la infraestructura
vi. Conexión segura: Al acceder a los Servicios de Coop en Línea, Usted automáticamente entrará a una sesión segura. En la barra de direcciones del navegador que esté utilizando, podrá ver que la dirección comienza con “https://” y que a la derecha o izquierda (puede variar según su navegador) aparece la imagen de un candado cerrado. Toda la información intercambiada entre Usted y nosotros estará cifrada para que ningún tercero la pueda leer ni modificar.
vii. Sistema de cifrado: Utilizamos un protocolo de cifrado avanzado (“TLS”) para garantizar la seguridad de su información. Este proceso hace que toda la información que se transmite a través de los Servicios de Coop en Línea de La Cooperativa sea de manera confidencial.
viii. Protección: La conexión de nuestros sistemas está protegida por firewalls y programas antivirus, los cuales siempre estarán actualizados.
ix. Certificados de seguridad: Para verificar la página del certificado de seguridad, haga clic en la imagen del candado cerrado a la derecha.
9. Servicios Disponibles
Dependiendo de la naturaleza de su relación financiera con la Cooperativa, los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas a los que podrían tener acceso incluyen:
X. Xxxx en Línea
1. Bilingüe (inglés y español)
2. Suscripción
3. Seguridad digital reforzada
a) Imagen de seguridad
b) Pregunta y respuesta de seguridad secretas
c) Palabra o clave secreta “password”
4. Cuentas de depósito
a) Balance en tiempo real
b) Descarga de historial de transacciones (EXCEL)
c) Imágenes de cheques
d) Estados de Cuenta electrónicos a partir de la activación para recibir estados en línea, hasta un máximo de 24 meses.
e) El almacenamiento de 24 meses de estados bancarios en línea pueden ser interrumpido si Usted cancela esta opción.
5. Transferencias
a) Entre sus propias cuentas de depósito en La Cooperativa
b) Entre cuentas de depósito de Depositantes de La Cooperativa (requiere completar solicitud en sucursal)
c) Programación de transferencias (sólo desde una computadora)
d) Añadir/modificar cuentas (sólo desde una computadora)
6. Crédito de consumo (préstamos comerciales)
a) Cantidad original xxx xxxxxxxx
b) Balance actual xxx xxxxxxxx
c) Fecha del próximo pago
d) Pago mensual
7. Pago de Facturas
a) Anadir destinatarios
8. Transacciones
b) Registradas
c) Programadas
d) Historial
9. Servicios para mis cuentas
a) Copia de cheques
b) Copia del estado de cuenta
c) Autorización para que La Cooperativa me contacte (por medio de Chat)
d) Cancelar tarjeta de debito
e) Cancelación de pago en cheques “stop payments”
10. Configuración de alertas y notificaciones para la cuenta
11. Configuración
a) Cambiar contraseña
b) Pregunta secreta
c) Nombre asignado a los productos (Nickname)
d) Medios de notificación
• Correo electrónico
• Mensajes de texto
12. Servicio de Pago de Facturas
▪ Pago de préstamos
a) Seleccionar una cuenta xx xxxxxxxx vinculada
b) Pagar con una cuenta comercial de la Cooperativa
c) Programar pago (auto-pago)
A su discreción, cada cierto tiempo la Cooperativa podría añadir, enmendar o suspender servicios ofrecidos a través de sus servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura. Estos términos y condiciones regirían todos los futuros servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura. La Cooperativa estará actualizando este acuerdo, para informarle de cualquier cambio al Acuerdo de Servicio Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y pagos de Factura. Al utilizar cualquier servicio nuevo que estuviera disponible, estará acordando cumplir todas las directrices contenidas en el Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura así como con cualquier enmienda relacionada con el nuevo servicio.
10. Pago de Facturas
Al iniciar un Pago de Facturas, estará autorizando a la Cooperativa a hacer un débito de su cuenta de depósito de la Cooperativa con las especificaciones establecidas y a remitir los fondos al destinatario a nombre suyo. Deberá tener suficientes fondos disponibles o crédito en la cuenta para hacer un pago o transferencia o realizar cualquier otra transacción relacionada con el pago. Usted se compromete a pagar las facturas por lo menos tres (3) días antes de la fecha de vencimiento, sin incluir cualquier periodo xx xxxxxx. De lo contrario, la Cooperativa no asumirá ninguna responsabilidad y no garantiza que el pago se podrá procesar, transferir o enviar antes de la fecha de vencimiento. Usted entiende que comenzamos a procesar las instrucciones de Pago de Facturas en tres (3) días laborables antes de la fecha de pago programada, según el pago en particular. Usted será responsable de autorizar los pagos de manera que las facturas se paguen a tiempo y el destinatario reciba su pago no más tarde de la fecha de vencimiento que aparece en el estado que el destinatario le haya entregado. La Cooperativa no será responsable de cargos por xxxx ni ningún tipo de penalidad que el acreedor pueda imponerle ni de daños o inconvenientes de cualquier tipo que Usted pueda sufrir como resultado de pagos que se pierdan en el correo o que se hagan luego de la fecha de vencimiento si dicha demora en el pago es atribuible a un aviso tardío de parte suya. La Cooperativa sólo se hará responsable de los cargos relacionado con pagos tardíos si el pago se programó de conformidad con este Acuerdo y las acciones de La Cooperativa constituyen un incumplimiento de los Términos y Condiciones.
A. Pagos
1. Pagos no recurrentes: Pagos únicos que se debitarán de su cuenta en la misma fecha en la que Usted los procese. Nos deberá dar instrucciones sobre la cantidad exacta que se pagará cada vez que acceda al servicio.
Podrá solicitar que se haga un pago una sola vez o de forma recurrente automáticamente en la manera que Usted nos indique. Siempre y cuando sea una deuda con la Cooperativa. Nos reservamos el derecho de limitar la frecuencia y la cantidad monetaria de las transacciones realizadas desde sus cuentas. Usted reconoce que algunos pagos podrían variar durante el tiempo que el Servicio de Pago de Facturas esté en vigor. Usted acepta de forma expresa que estará obligado a notificarnos si ocurre cualquier cambio en la cantidad del pago fijo, la frecuencia del pago o el número de cuenta con el destinatario. Deberá notificarnos del cambio diez (10) días antes de la fecha de efectividad del pago para que la fecha de efectividad del ajuste se procese antes de la fecha designada para el procesamiento del pago. La Cooperativa no será responsable de discrepancias en ningún pago fijo realizado antes de recibir y procesar dicha notificación de cambio.
Los pagos recurrentes programados para un día feriado estatal, feriado federal o fin de semana, se reprogramarán para el próximo día laborable luego del fin de semana, feriado estatal o feriado federal.
B. Método de Pago de Facturas
La Cooperativa se reserva el derecho de seleccionar el método mediante el cual remitirá los fondos al destinatario a nombre suyo. Estos métodos de pago podrán incluir, pero no se limitan a pago electrónico, pago electrónico convertido en cheque.
Al utilizar el método de pago electrónico, por lo general, La Cooperativa hará el débito de su cuenta dentro de veinticuatro (24) horas luego de recibir sus instrucciones para el pago o cuando la Cooperativa determine que es conveniente completar el pago de acuerdo con sus instrucciones.
La Cooperativa se compromete a actualizar periódicamente la información que Usted puede obtener a través de los servicios de Coop en Línea de la Cooperativa. Sin embargo, Usted reconoce y acepta que la Cooperativa no tiene ninguna obligación de actualizar dicha información a una hora específica del día ni sujeto a un horario específico. Los balances que aparecen en su cuenta podrían incluir depósitos sujetos a nuestra verificación. El balance reflejado en los Servicios de Coop en Línea podría no coincidir con los balances en sus libros como resultado de depósitos en proceso, cheques pendientes de pago u otros retiros, pagos o cargos.
Usted podrá pagar facturas y préstamos de la Cooperativa a través del enlace de hacer pagos en nuestros Servicios de Coop en Línea. Todas las transacciones realizadas a través de Coop en Línea antes de las 5:00 p.m. cualquier día laborable se reflejarán en su cuenta el mismo día que se realice la transacción. Las transacciones realizadas después de las 5:00 p.m. cualquier día laborable o en un xxxxxx, xxxxxxx o día feriado para la Cooperativa se reflejarán en su cuenta el próximo día laborable. Su estado de cuenta mensual reflejará todas las transacciones procesadas por La Cooperativa y las fechas cuando se procesaron las mismas.
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11. Acceso a los Servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura
Para poder tener acceso al de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura deberá primero registrarse en Coop en Línea y proveer un correo electrónico. Cualquier limitación expresada a continuación, contará con acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura los siete (7) días de la semana, las veinticuatro (24) horas del día, excepto en momentos cuando se dé mantenimiento o actualizaciones al sistema. Usted acepta y acuerda que la disponibilidad y habilidad de la Cooperativa para proveer acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura dependerá de, entre otros factores, la disponibilidad y operación continua del sistema computarizado y la línea de procesamiento de comunicaciones de la Cooperativa, de su proveedor de servicio de Internet, de su navegador.
En caso de que se interrumpiera temporalmente o cesara el acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura por Razón Divina u otra razón, la Cooperativa no asumirá responsabilidad legal por tal interrupción. En las situaciones en que los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura se interrumpan, podrá continuar efectuando sus transacciones a través de las máquinas ATM en cualquier sucursal, o de la Cooperativa.
12. Transferencias
A. Realización de Transferencias
En Coop en Línea por Internet, puede establecer las instrucciones para realizar las siguientes transferencias únicas y/o programadas (auto-pagos):
1. Entre sus cuentas.
2. A las cuentas de otros Depositantes de la Cooperativa
Podrá hacer transferencias a través del menú de “Transferencia” en nuestros Servicios de Coop en Línea. Podrá transferir fondos entre sus cuentas de la Cooperativa a través de Coop en Línea de La Cooperativa antes de las 5:00 p.m. cualquier día laborable y la transferencia se reflejará en su cuenta el mismo día que se realice la transacción. Las transacciones realizadas después de las 5:00 p.m. cualquier día laborable o en un xxxxxx, xxxxxxx o día feriado para la Cooperativa se reflejarán en su cuenta el próximo día laborable. Su estado de cuenta mensual reflejará todas las transacciones procesadas por la Cooperativa y las fechas cuando se procesaron las mismas.
Podrá transferir fondos a otras cuentas de Depositantes de la Cooperativa a través del Servicio de Coop en Línea de la Cooperativa antes de las 5:00 p.m. cualquier día laborable y la transferencia se reflejará en su cuenta el mismo día que se realice la transacción. Las transacciones realizadas después de las 5:00 p.m. cualquier día laborable o en un xxxxxx, xxxxxxx o día feriado para la Cooperativa se reflejarán en su cuenta el próximo día laborable. Su estado de cuenta mensual
reflejará todas las transacciones procesadas por la Cooperativa y las fechas cuando se procesaron las mismas.
Según sus instrucciones, la transferencia se hará debitando los fondos de la cuenta designada y acreditándolos a la cuenta que Xxxxx haya seleccionado. Sólo se podrán programar transferencias e incluir información sobre otros Depositantes de la Cooperativa a través del Servicio de Coop en Línea por Internet, accediendo a la sección de Administrar > Otras cuentas. Los distintos tipos de transferencias podrán realizarse a través de los Servicios de Coop en Línea. Se requerirá completar un documento en una de nuestras sucursales para transferir a otros Depositantes.
Usted autoriza a la Cooperativa a retirar, debitar o cobrar los fondos necesarios de su cuenta designada para completar todas sus transferencias designadas. Usted se compromete a solicitar que hagamos un retiro sólo cuando haya o vaya a haber suficiente balance disponible en sus cuentas en el momento de la transferencia.
El que completemos una transferencia dependerá de la disponibilidad de fondos suficientes (lo que incluye cualquier plan de protección contra sobregiros) en el momento en que se refleje la transacción. Si no hubiera suficientes fondos disponibles para completar la transferencia, podremos cobrar un cargo por insuficiencia de fondos (“NSF”), instrumento devuelto, sobregiro o cargo similar.
La Cooperativa no tiene ninguna obligación de informarle si no completa un pago o transferencia porque no hay suficientes fondos en su cuenta para procesar la transacción. En dicho caso, Xxxxx será responsable de hacer otros arreglos o de reprogramar el pago en Coop en Línea. La Cooperativa se reserva el derecho de modificar los criterios de elegibilidad y/o suspender su acceso a realizar transferencias en cualquier momento.
B. Cancelación de Transferencias
Usted no puede cancelar una Transferencia Única inmediata luego de haberse sometido mediante el servicio de Coop en Línea o Tu Cuenta Móvil y de haberse transmitido la información a nosotros.
C. Suspensión de pago con cheque
Las suspensión de pago se rigen por los términos y condiciones que establecidos en el Contrato de Cuenta de Ahorro Comercial/Cuenta Corriente Comercial y estarán sujetas a los cargos por servicio vigentes al momento de la solicitud. La suspensión de pago entrará en vigor el día laborable siguiente al día en que se solicite dicha suspensión y, a partir de ese momento, continuará en vigor por seis (6) meses. Usted se compromete a firmar y devolver a La Cooperativa dicha confirmación de su solicitud de suspensión de pago dentro de catorce (14) días.
En resumen, el servicio Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil Y Pagos de Factura es un servicio para facilitar el acceder a su de la Cooperativa pueden acogerse voluntariamente. La responsabilidad de la Cooperativa se limita a realizar su mayor esfuerzo para mantener el servicio activo, funcionando de forma apropiada y corregir cualquier error ya sea con el sistema o que se aparte de la intención original del socio o cliente (siempre y cuando la misma este dentro de los balances disponibles en la cuenta y conforme a la ley).
D. Cargos
No cobramos por el servicio Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura, ni por transferencia de balances entre cuentas siempre y cuando las transferencias no estén relacionadas las Cuentas de Xmas Club y Xxxx Xxxx. En dicho caso, se le impondrá una penalidad de $10.00. Tampoco cobramos por pagos efectuados utilizando el servicio Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura.
E. Efectuar Pagos
A través del servicio Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil Usted puede efectuar pago de cualquiera de sus préstamos u otros préstamos a nombre de otro socio siempre y cuando el titular complete el documento Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil Autorización de Transferencia provisto por la Cooperativa (siempre y cuando no estén en atrasos). Además puede pagar su tarjeta de Crédito Master Card (siempre y cuando no esté en atrasos) o pagar las siguientes utilidades: Agua, Luz, Teléfono, Celular (Claro, AT&T, Open Mobile etc.). Usted debe asegurarse de ingresar el número de cuenta correctamente. La Cooperativa no se hace responsable de pagos efectuados a cuentas ingresadas incorrectamente. Todo pago debe recibirse a más tardar a las 5:00 PM (Hora del Este) y su acreditación será al próximo día laborable, excepto los pagos de utilidades los cuales serán reportados a las agencias pertinentes por medio de débitos a su cuenta y deberán ser emitidos con (3) tres días de anticipación del vencimiento de la factura. Sujeto a su responsabilidad.
F. Límites e historial de transacciones a través de Pago de Facturas en su E-Statement
Por razones de seguridad la Cooperativa podría limitar la cantidad de las transacciones o el número de transacciones permitidas en este servicio. Usted podrá ver todos los pagos que se han procesado individualmente. El sistema mantendrá el historial de todos los pagos que Usted haya hecho durante los veinte y cuatro (24) meses previos. Usted podrá imprimir las confirmaciones a través de la página de Internet. También recibirá una confirmación de los pagos con el número de referencia por correo electrónico.
G. Cancelaciones de pagos
La forma conveniente de cancelar un pago es llamando a la Cooperativa el mismo día de programado el pago.
Tenemos que recibir su solicitud de cancelación el mismo día de programado el pago. Se requerirá que presente su solicitud por escrito. Si Usted llama o escribe para cancelar un pago pendiente, se le cobrará un cargo por suspensión de pago (“stop payment”), según se establece en su Contrato de Cuenta de Ahorro Comercial/ Cuenta Corriente Comercial.
Si Usted intenta cancelar un pago de conformidad con las instrucciones que aparecen anteriormente y no lo cancelamos, nosotros nos haremos responsables de sus pérdidas o daños.
H. Notificaciones de confirmación de Pago de Facturas
Se le enviarán notificaciones automáticas al hacer sus pagos. Usted tendrá que activar estas alertas. Nosotros no las activaremos automáticamente por Usted. Las confirmaciones de pago se le enviarán a la dirección de correo electrónico que haya establecido como su dirección de correo electrónico primaria para Coop en Línea. Estas confirmaciones ofrecen información sobre sus pagos.
I. Alertas y Notificaciones de los Servicios de Coop en Línea
La Cooperativa ofrece varios tipos de alertas y notificaciones, como de seguridad, cuentas, transacciones y fraude, las cuales se envían por correo electrónico y/o texto de forma instantánea según el tipo de alerta, notificación, medio de preferencia y frecuencia.
1. Notificaciones generales y de seguridad
Estas notificaciones se le enviarán por correo electrónico de forma automática tras actividades importantes en su cuenta, como nuevas inscripciones o registros, restauraciones de nombre de usuario y contraseña e información importante enviada por la Cooperativa. Usted podrá optar por añadir notificaciones instantáneas por medio de correo
electrónico.
2. Alertas, notificaciones de cuenta y transacciones
Usted recibirá notificaciones automáticas de confirmación por correo electrónico para las transferencias únicas realizadas a través de nuestro Servicio de Coop en Línea y para los pagos únicos realizados a través de cualquiera de nuestros módulos de pago de Coop en Línea.
3. Las alertas y notificaciones estarán sujetas a lo siguiente:
a. Podremos añadir nuevas alertas y notificaciones de vez en cuando o cancelar alertas viejas. Por lo general, le notificaremos cuando cancelemos alertas, pero no tenemos la obligación de hacerlo.
b. Las alertas se le enviarán a la dirección de correo electrónico que haya establecido como su dirección de correo electrónico primaria para Coop en Línea. Sus alertas se actualizarán para reflejar los cambios que Usted notifique con relación a su dirección de correo electrónico primaria y secundaria o número de teléfono celular.
c. Haremos todo lo posible por enviar las alertas con prontitud e información exacta, pero existe una multitud de factores fuera de nuestro control (como fallas del sistema o errores en el envío) que podrían retrasar o imposibilitar el envío de las mismas. No garantizamos el envío ni la exactitud de las alertas. El contenido de una alerta podría ser obsoleto para cuando se envíe o reciba la alerta debido a otra actividad en su cuenta o a retrasos en el envío de información entre varios sistemas. Usted acepta que no seremos responsables de ningún retraso en el envío, falta de envío o error en el envío de cualquier alerta; de ningún error en el contenido de una alerta; ni de ninguna acción que Usted o un tercero pueda realizar o no realizar como resultado de una alerta.
d. Como las alertas no están cifradas, nunca incluiremos su código de acceso o número de cuenta completo. Sin embargo, las alertas sí podrían incluir su nombre y alguna información sobre sus cuentas. Según el tipo de alerta, se podría incluir información como el balance de su cuenta, información de transacciones o la fecha de vencimiento de algunas de sus transacciones. Cualquier persona con acceso a sus alertas podrá ver el contenido de estos mensajes.
J. Representación y Garantías
La Cooperativa no representa ni garantiza, expresa o implícitamente, la exactitud de la información o de los materiales (incluidos texto, gráficas, enlaces u otros) contenidos en los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas y expresamente rechaza toda responsabilidad por errores u omisiones que estos puedan presentar. Ni la Cooperativa ni sus proveedores representan o garantizan, directa o implícitamente, que los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas sean adecuados para un uso particular. Usted reconoce que ha recibido de la Cooperativa información adecuada en relación con los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas que Usted ha decidido, libre y voluntariamente, suscribirse a este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas y obtener acceso a la Coop en Línea de acuerdo con los términos y condiciones aquí expresadas.
Usted representa y garantiza a la Cooperativa que no usará ni tendrá la intención de usar el servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas con el propósito, directo o
indirecto, de proveer servicios (incluidos, pero sin estar limitados a ellos, financieros, administrativos o de procesamiento de datos, entre otros relacionados) en nombre de alguna otra parte o entidad. Cualquier enlace a páginas de organizaciones que no estén afiliadas a la Cooperativa se provee tan solo como una sugerencia temática que podría ser de interés para Usted. La Cooperativa no provee garantía alguna en relación con la exactitud, la integridad o la confiabilidad de esas páginas, o en relación con cuán adecuado sea para un propósito específico, ni garantiza que esas páginas no afiliadas y de terceros estén desprovistas de defectos, reclamaciones, o de virus u otros potenciales riesgos. Estos enlaces no representan un patrocinio ni generan responsabilidad por las opiniones, ideas, productos, informaciones o servicios que en sus páginas brinden.
13. Limitación de Responsabilidad
La Cooperativa no será responsable por la información o las instrucciones incorrectas que Usted provea. Usted comprende que la Cooperativa tiene que depender de la información que Usted provea. Usted autoriza a la Cooperativa a tomar acción a partir de toda instrucción que provenga, o que aparente provenir a un grado razonable, de Usted mediante los servicios y aplicaciones de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas. La Cooperativa no está obligada a tomar medidas posteriores para confirmar o autenticar tales instrucciones, y tomará acción sobre ellas tan pronto las reciba, sin buscar confirmación posterior.
Ni la Cooperativa ni ningún otro proveedor de información serán responsables por deficiencias en el grado de exactitud, de la totalidad, de la disponibilidad o de la conveniencia de dicha información, ni por inversiones o decisiones que se tomen basadas en ella. Salvo que quede expreso en las provisiones de este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura y/o en algún otro acuerdo aplicable a la relación entre Usted y la Cooperativa, o que lo determine la Ley. Usted acuerda que ni la Cooperativa ni ningún otro proveedor de información será responsable por pérdida o daño alguno, directo o indirecto, causado por los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil o Pagos de Factura, o que de alguna forma surja o se relacione con el uso y el acceso a Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil o Pagos de Factura por parte suya. Usted queda en la obligación de indemnizar a la Cooperativa y eximirlo de cualquier responsabilidad ante cualquier demanda o reclamación presentada contra la Cooperativa, que busque imputar responsabilidad en la Cooperativa, en violación de las disposiciones de esta sección. El término “La Cooperativa”, cual usado en esta sección, incluye a la Cooperativa, sus, directores, oficiales, empleados de cada uno de estos. Salvo que la Ley exija lo contrario, de ninguna manera es la Cooperativa legalmente responsable ante Usted por concepto de daños especiales, indirectos o consecuentes, los cuales incluyen, pero sin limitarse a ellos, pérdida de ganancias u honorarios de abogados, aún si estuviésemos nosotros advertidos de antemano sobre la posibilidad de tales daños.
La Cooperativa no asume responsabilidad, y a esta no se le podrá adjudicársele, por daños o virus que puedan perjudicar su equipo electrónico o alguna otra propiedad, en relación con su
acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura o por su uso o por descargas que de estos hiciera.
Si nosotros no completáramos una transferencia desde su cuenta, o hacia ella, en el tiempo estipulado o con la cantidad adecuada, según acordado con Usted, podría adjudicársenos responsabilidad por concepto de daños, según estipule la Ley para estos casos. Si el servicio no pudiera completar algún pago iniciado por Usted, por alguna de las razones enumeradas a continuación, la Cooperativa no asumirá responsabilidad y Usted deberá hacerse responsable por cualquier pérdida, cargo o penalidad que de ello resultase:
▪ Sí, siempre que no medie culpa del servicio de Pago de Facturas, su cuenta de pagos no contara con suficientes fondos para completar la transacción o si la transacción excede el límite de crédito de su cuenta con línea de sobregiro (el pago podría ser rechazado si no hay suficientes fondos que lo cubran);
▪ Si el servicio de Pago de Facturas no estuviese funcionando adecuadamente y Usted esté al tanto de la falla o la Cooperativa le haya avisado sobre ella antes de efectuar la transacción;
▪ Si el dinero en su cuenta estuviese sujeto a un proceso legal o a otra reclamación que restrinja dicha transacción;
▪ Si Usted no le ha suministrado a la Cooperativa la información correcta de la cuenta de pagos o el nombre, la dirección, el teléfono o la información de cuenta correcta del destinatario; y/o
▪ Si circunstancias fuera del control del servicio (incluidas, pero sin limitarse a ellas, fuegos, inundaciones, terremotos u otra interferencia de una fuerza ajena) impidiesen la ejecución adecuada de la transacción, y la Cooperativa hubiese tomado las precauciones razonables para evitar tales circunstancias.
La lista de ejemplos arriba detallada busca ilustrar algunos casos en los que no se nos adjudicaría responsabilidad por no lograr completar una transferencia, pero no tiene la intención de incluir todas las posibles circunstancias.
14. Comunicación con la Cooperativa
En caso de necesitar asistencia relacionada con los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura o si necesita comunicarse con la Cooperativa para obtener una copia de este acuerdo, de notificaciones o de divulgaciones, debe llamar a la Cooperativa, al (000) 000-0000, 0- 000-000-0000 o al Call Center al 000 000-0000 en horario extendido. También puede enviarnos un mensaje vía fax, al (000) 000-0000, o escribir a la siguiente dirección:
Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads Servicio al Cliente – Coop en Línea y Tu Cuenta Móvil PO Xxx 00
Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxx 00738-0031
Podrá comunicarse electrónicamente con nosotros a través de “Contáctanos” (un botón en la página web) que se encuentra en nuestro Portal xxxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxx/. Se considerará que hemos recibido la información el día laborable siguiente al día en que los presente. Tras su comunicación, la Cooperativa tomará acción dentro de un periodo de tiempo razonable y de conformidad con los términos de este Acuerdo de Servicio. No deberá utilizar este medio cuando necesite comunicarse con nosotros de inmediato. Para comunicarse con nosotros de inmediato, deberá llamar a la Cooperativa o visitar cualquiera de nuestras sucursales. Por este medio, Usted nos autoriza a registrar, utilizar y/o copiar cualquier formulario electrónico que Usted envíe. Usted acepta y reconoce que, por razones de seguridad en la gestión de la información, no se utilizará ningún otro medio electrónico, lo que incluye el correo electrónico, para solicitar o realizar transacciones. Usted acepta y reconoce que La Cooperativa no será responsable de cualquier información sobre transacciones recibida a través del correo electrónico.
Para información adicional relacionada con la Cooperativa puede visitar alguna de nuestras sucursales o acceda a los servicios de Coop en Línea o llámenos a los números arriba enumerados. También puede visitar xxx.xxxxxx.xxx o alguna de nuestras sucursales.
15. Términos del Acuerdo
Este acuerdo permanecerá en vigor hasta que una de las partes cancele el servicio. Si se determinara que cualquier disposición de este Acuerdo de Servicio es inválida o inexigible, las demás disposiciones del Acuerdo de Servicio permanecerán en pleno vigor. La Cooperativa se reserva el derecho de invocar cualquier remedio legal disponible en caso de que Usted no cumpla con las disposiciones de este Acuerdo de Servicio. Estos remedios podrían incluir la suspensión de su acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas y/o el cierre de las cuentas relacionadas y/o afectadas. El acceso al servicio y el uso de contraseñas a través de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura estará limitado al usuario autorizado por la Cooperativa. La Cooperativa utilizará todos los remedios legales disponibles en contra de cualquier persona que intente utilizar y/o utilice este servicio sin la autorización adecuada o de una forma que no sea la prevista.
No obstante, sus cuentas en la Cooperativa, permanecerán activas a pesar de la cancelación de los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura. Si Usted notifica su intención de cancelar su uso de los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura, o si la cuenta se cancelara por alguna razón, Usted asume responsabilidad por las transacciones autorizadas previamente a la cancelación del servicio.
La Cooperativa se reserva el derecho de cancelar el servicio inmediatamente:
• Si Usted no cumple con los términos y condiciones establecidos por la Cooperativa en este Acuerdo de Servicio de y Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura.
• La Cooperativa entiende que ha habido un uso no autorizado de los servicios de Coop en Línea;
• Usted solicita la cancelación;
• O su cuenta está inactiva (por lo menos un año sin acceder a los servicios de Coop en
Línea de la Cooperativa). La Cooperativa podría notificarle con antelación, en caso de cancelación de su servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura, pero no estamos obligados a hacerlo.
16. Disposiciones Misceláneas
La Cooperativa se reserva el derecho de enmendar, actualizar, modificar o descontinuar el servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura en cualquier momento, así como de enmendar o modificar los términos de este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura en cualquier momento, con previa notificación escrita a Usted.
La Cooperativa se reserva el derecho de enmendar, actualizar, modificar o descontinuar los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura en cualquier momento y de enmendar o modificar los términos de este Acuerdo de Servicio en cualquier momento tras notificárselo por escrito. El uso y el acceso a los servicios de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura de la Cooperativa estarán sujetos a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (excepto por los principios de conflicto xx xxxxx) y cualquier otra ley o reglamento federal aplicable. Usted no transferirá este Acuerdo de Servicio a ninguna persona sin el consentimiento previo por escrito de la Cooperativa.
La Cooperativa se reserva el derecho de invocar cualquier recurso legal a su disposición, en caso de que Usted no cumpla con las disposiciones de este Acuerdo de Servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura. Estos remedios pueden incluir la suspensión del acceso al servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Factura y/o el cierre de cuentas relacionadas y/o afectadas.
El acceso al servicio de Coop en Línea, Tu Cuenta Móvil y Pagos de Facturas y el uso de las contraseñas, queda limitado al usuario autorizados por la Cooperativa. La Cooperativa puede usar todos los recursos legales a su disposición contra cualquier persona que tratase y/o usase este servicio sin la debida autorización o con alguna intención para la cual no se ha desarrollado ni previsto.
El Depositante acusara recibo de haber recibido el contrato relacionado a este servicio.
INFORMES A TERCERAS PERSONAS CON RESPECTO A LA CUENTA
La confidencialidad de la Cuenta está sujeta a leyes aplicables de Puerto Rico y de los Estados Unidos. Sin embargo, la Cooperativa podrá divulgar información sobre la Cuenta, sin el consentimiento previo del Depositante hasta lo que sea permisible bajo las leyes aplicables.
Además, el Depositante expresamente autoriza a la Cooperativa a divulgar información a terceros, de conformidad con cualquier ley aplicable, reglamento y/u orden y a entidades gubernamentales si la Cooperativa entiende que se ha violado alguna ley o reglamento.
DIVULGACION POLITICA DE PRIVACIDAD
Política General: En la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads, nuestra misión es cumplir con los deseos de nuestros Depositantes. Como institución financiera usted nos ha confiado información financiera sensitiva, nosotros respetamos la privacidad de nuestros clientes y estamos comprometidos a tratarla de forma responsable. Los Principios de Privacidad en la Información de Nuestros Clientes sirven como política para todos los empleados de la Cooperativa al momento de recolectar, utilizar, retener y asegurar la información individual de cada.
Reconocimiento de Expectativa de Privacidad: En la Cooperativa creemos firmemente en la confidencialidad y protección de la información de nuestros Depositantes y la reconocemos como una de nuestras responsabilidades más fundamentales. A pesar de que la información es crucial para proveer un servicio de calidad, reconocemos la confianza de nuestros clientes como uno de nuestros más preciados activos y de su derecho a esperar que esa información se mantenga privada y asegurada. La Cooperativa mantendrá estándares estrictos de confidencialidad para salvaguardar su información y asegurar que se mantenga privada y protegida en todo momento.
Restricciones en la Divulgación de Información Financiera: La Cooperativa no comparte con instituciones o entidades externas, información que es privada de nuestros Depositantes a menos que (1) usted lo solicite o autorice; (2) la información es provista para ayudar a completar una transacción iniciada por usted; (3) la información es provista a una agencia de crédito respetable; o (4) la divulgación está permitida o es al amparo de la ley (subpoena, investigaciones fraudulentas, es requerida por los reguladores de la Cooperativa, asesores legales, entre otros). A manera de excepción, y según permitido por la ley, podríamos proveerle información a compañías que provean un producto o servicio que sea de beneficio para nuestros clientes. Cuando en ocasiones decidamos compartir esa información, sólo será aquella necesaria para lograr los propósitos antes mencionados. Además, le requeriremos a dichas compañías, mediante Contrato, que mantengan estricta confidencialidad de la información y limiten su utilización exclusivamente a los fines para los cuales fue provista.
No utilizaremos ni compartiremos-interna o externamente- información médica personalmente identificable para ningún fin diferente al reclamo de la póliza de un cliente, según se le informe al cliente al obtener la información.
De igual forma, la Cooperativa no proveerá información personal o sobre su cuenta en nuestra institución a otras entidades para propósitos de tele mercadeo independiente, o mercadeo directo por correo de productos o servicios no financieros ofrecidos por éstos.
Mantenimiento de Información: La Cooperativa ha establecido procedimientos para asegurar que su información financiera es exacta, actual y completa, de acuerdo a los estándares de la industria. Si usted entiende que nuestros registros contienen información incorrecta o incierta, favor notificarlo a la Cooperativa. Su inquietud será investigada y corregiremos cualquier inexactitud con la mayor brevedad posible.
Limitaciones en el Acceso de Información por el Personal: Cada empleado de la Cooperativa está obligado a seguir el Código de Ética y Normas de Conducta Institucional que establece que información de todos nuestros Depositantes es considerada privada y privilegiada y será utilizada únicamente con el propósito de proveerle el servicio de mayor excelencia disponible. El acceso por el personal a información personal del Depositante está limitado a aquellos que tengan una razón de negocios para así saberla. Aquel personal que viole nuestros principios de confidencialidad estará sujeto a la imposición de medidas disciplinarias.
Medidas de Seguridad Establecidas: La Cooperativa está comprometida en asegurar su información personal y financiera. Salvaguardamos su información de acuerdo a los procedimientos y estándares de seguridad reconocidos en la ley y esta política. Nuestro sistema de información está localizado en un ambiente seguro al acceso por terceras personas. El personal esta adiestrado para comprender y cumplir con nuestras medidas de seguridad operacional.
Reclamaciones: La Cooperativa reconoce y respeta la expectativa de privacidad de sus Depositantes. Deseamos que nuestros Depositantes comprendan nuestro compromiso de privacidad sobre la información que nos comparten, como resultado de nuestro compromiso, hemos desarrollado estos principios de privacidad los cuales hacemos disponible a nuestros Depositantes. Aquellos Depositantes que tengan preguntas relacionadas a la privacidad de su información financiera pueden llamar al (000) 000-0000 al Call Center al 000 000-0000 en horario extendido o pueden dirigirla a través de nuestro correo electrónico xxxx@xxxxxx.xxx.
Derecho de Exclusión: El Depositante tiene derecho a requerirle a la Cooperativa que no comparta cierta información de su cuenta con terceros no afiliados no excluido de la Ley. Una vez el Depositante ha ejercido su derecho a excluir y así lo ha notificado a la Cooperativa, esta tiene que cesar en compartir esa información dentro de un tiempo razonable. El tiempo razonable para procesar una solicitud de exclusión, será de (30) treinta días contados a partir del recibo del derecho de exclusión en la Cooperativa.
AVISO | ¿QUE HACE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO XXXXXXXX ROADS CON SU INFORMACION PERSONAL? |
¿PORQUE? | Las instituciones financieras escogen la manera de compartir su información personal. Bajo las leyes federales, eso significa información de identificación personal. La legislación federal le concede al consumidor el derecho a limitar parte, pero no toda la información compartida. La legislación federal nos requiere informarle la manera en que obtenemos, compartimos y protegemos su información personal. Xxx cuidadosamente esta divulgación para que comprenda lo que hacemos. |
►¿QUE? | El tipo de información personal que obtenemos y compartimos depende de los productos o servicios usted tenga con nosotros. Esta información puede incluir: • Número de Seguro Social e Informaciónsobre Empleo e Ingresos • Saldos de Cuentas,Balances e Historial de transacciones e información de crédito • Bienes y experiencia de inversión | |
¿COMO? | Todas las instituciones financieras necesitan compartir información personal de sus clientes para llevar a cabo sus actividades comerciales cotidianas. En la sección que se indica a continuación enumeramos los motivos por los cuales las instituciones financieras pueden compartir la información personal de sus clientes; las razones por los cuales la Cooperativa Xxxxxxxxx Roads decide compartir dicha información; y si usted puede limitar que se comparta dicha información. | |
Razones por las que podemos compartir su información personal | ¿ Cooperativa Xxxxxxxx Roads Comparte la información? | ¿Puede usted limitarla? |
Para realizar nuestras actividades comerciales cotidianas: como por ejemplo procesar sus transacciones, mantener su(s) cuenta(s), responder a órdenes judiciales e investigaciones legales o reportar información a las agencias informes de crédito. | SI | NO |
Para realizar nuestro mercadeo- con proveedores de servicios que utilizamos para ofrecer nuestros productos y servicios a usted (por favor, consulte a continuación para limitar las formas en que nos comunicamos con usted) | SI | NO |
Para mercadeo conjunto con otras instituciones financieras | SI | NO |
Para las actividades comerciales cotidianas de nuestras afiliadas-información sobre sus transacciones y experiencias | SI | NO |
Para las actividades comerciales cotidianas de nuestras afiliadas- información sobre su capacidad de crédito | SI | SI |
Para que las empresas no afiliadas le dirijan a usted su mercadeo- para cuentas de tarjeta de crédito | SI | SI |
Para que las empresas no afiliadas le dirijan a usted su mercadeo-para cuentas que no sean cuentas de tarjeta de crédito ni Cuentas Patrocinadas, como por ejemplo, seguros, inversiones, depósitos y préstamos. | NO | No compartimos |
Para limitar que se comparta su información? | Envíe el formulario de abajo Tenga en cuenta lo siguiente: Si es un cliente nuevo, podemos comenzar a compartir información suya 45 días del envío de esta divulgación. Cuando usted ya no sea cliente nuestro, continuaremos compartiendo su información según se describe en esta divulgación. No obstante, usted puede comunicarse con nosotros en cualquier momento para limitar la información compartida |
Para limitar las comunicaciones de mercadeo directo | Envié el formulario de abajo: Tenga en cuenta lo siguiente: El mercadeo directo es el envió de mensajes por correo electrónico, por correo postal, por teléfono o por la página Facebook creada por la Cooperativa. Sus opciones de declinación de contacto telefónico y de correo postal se |
llevaran a su expediente de cuenta, con sujeción a las leyes vigentes. Aunque usted limite el mercadeo directo, es posible que aún nos comuniquemos con usted para prestar servicio a su cuenta o según lo permita de otro modo la ley. | |
Preguntas | Llame al (000) 000-0000 o libre cargos 0-000-000-0000 o Call Center 000 000-0000 |
✂
FORMULARIO DE SOLICITUD DE EXCLUSION | ||
Marque cualquiera o todas las que quiera limitar: ⬜ No comparta información sobre mi capacidad de crédito con sus afiliadas para propósitos de negocio diario. ⬜ No permita que sus afiliadas utilicen mi información personal para propósitos de mercadeo. ⬜ Aplique esta (s) selección (es) sólo a mi nombre el caso que solo desee que se aplique a mí y no a mis firmantes. De lo contrario no lo marque | ||
Nombre | Enviar a: | |
Dirección | Cooperativa de Ahorro y Crédito | |
Cuidad, País | Xxxxxxxxx Roads | |
Código Postal | PO Xxx 00 | |
Xxx. xx Xxxxxx- | Xxxxxxx, XX 00000 | |
Sucursal |
DE USTED COMPLETAR ESTE DOCUMENTO FORMARA PARTE DE SU EXPEDIENTE DE CUENTA.
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QUIENES SOMOS | |
¿Quién provee esta información? | Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads |
QUE HACEMOS | |
¿Cómo protege la Cooperativa mi información personal? | Para proteger su información personal contra acceso y uso no autorizado, utilizamos medidas de seguridad que cumplen con la ley federal. Estas medidas incluyen salvaguardas en la programación de computadoras, expedientes y local asegurados. Además, limitamos el acceso sólo a empleados para proveerle productos, servicios o para cumplir con reglamentos locales y federales. |
¿Cómo la Cooperativa obtiene mi información personal? | Nosotros recopilamos información personal cuando usted por ejemplo: • Apertura una cuenta o deposita en su cuenta • Paga sus préstamos o solicita un préstamo • Utiliza su tarjeta de crédito o débito • Solicita una póliza de seguro También podemos recopilar su información personal por medio de otras fuentes o compañías tales como agencias de crédito, afiliadas y otras entidades. |
¿Por qué no puedo limitar toda la información? | La legislación federal le permite limitar solamente: • Compartir información con afiliadas para propósitos de operaciones diarias-información para determinar su capacidad crediticia. • La información compartida con afiliadas para propósitos de mercadeo • La información compartida con no-afiliadas para propósitos de mercadeo |
¿Qué ocurre si limito la información en cuentas abiertas de forma conjunta con otra persona? | Su decisión aplicará a todas las personas en su cuenta. |
DEFINICIONES | |
Afiliadas | Compañías relacionadas por propiedad o control común. Pueden ser compañías financieras o no financieras. (como compañías de seguros) |
No afiliadas | Compañías no relacionadas por propiedad o control común. Pueden ser compañías financieras o no financieras. • Las compañías no afiliadas con las cuales compartimos información pueden incluir compañías de servicios financieros como agencias de seguros o agentes de préstamos hipotecarios, compañías no financieras como comercios minoristas, empresas de viajes y grupos de membresía, y otras compañías como grupos sin fines de lucro. |
Mercadeo conjunto | Un acuerdo formal entre entidades financieras no afiliadas que le comercializan conjuntamente productos o servicios financieros a usted. • Nuestros socios de mercadeo conjunto incluyen compañías de servicio financieros. |
OTRA INFORMACION IMPORTANTE |
Política de “No Llamar ”Esta notificación constituye la Política de “No Llamar” de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads bajo la ley de protección telefónica al Consumidor (Telephone Consumer Protection Act). No realizamos ofrecimientos de mercadeo a través de números telefónicos ni de números telefónicos que aparezcan en las listas estatales y federales de “No Llamar”, a menos que la ley lo permita. Los empleados de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads reciben capacitación sobre como documentar y procesar opciones de mercadeo telefónico. Los consumidores que soliciten no recibir ofrecimientos de mercadeo telefónicos provenientes de la Cooperativa serán colocados en la lista de “No Llamar” de y no recibir llamadas en ninguna campaña futura, lo cual incluye las campaña de afiliadas
Monitoreo y grabación de llamadas. Si usted se comunica con nosotros por teléfono, podríamos monitorear o grabar la llamada.
Esto aplica a socios residentes en Puerto Rico y en los Estados Unidos.
DIVULGACION SOBRE LAS NORMAS DE DISPONIBILIDAD DE FONDOS
A. NUESTRA POLÍTICA:
La política de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads será la de aplazar la disponibilidad de los fondos que en forma de cheques usted deposite en su cuenta. Los fondos se retendrán de la forma que más adelante se indica, y durante este periodo, usted no podrá hacer uso de los mismos y la Cooperativa tendrá la discreción de pagar las órdenes de pago que sea libradas contra dichos fondos.
B. DETERMINACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE FONDOS:
La disponibilidad de los fondos representados por cheques depositados en la cuenta se determinará de acuerdo al lugar en dónde está localizado el banco o cooperativa de ahorro y crédito girada en el cheque. El periodo de retención comienza en el día en que la Cooperativa tome posesión de los efectos contenidos en su depósito y concluye según el lugar o naturaleza de los efectos depositados. A pesar que la Cooperativa puede disponerlos inmediatamente, no se interpretará como una renuncia a los derechos que tiene bajo los reglamentos en vigor.
El periodo del plazo varia, de acuerdo con el tipo de depósito.
Depósitos en sucursales, máquinas ATH en sucursales. | Depósito hechos en máquinas ATH fuera de las sucursales de la Cooperativa |
Si el depósito se hace antes de las 2:00 p.m. o antes de la hora límite de efectividad de transacciones de la sucursal en un día laborable, la Cooperativa considerará ese día como el día del depósito. | Si el depósito se hace un día laborable antes de la hora indicada en cada máquina, la Cooperativa considerará ese día como el día del depósito. |
. Si el Depósito se hace después de las 2:00 p.m., después de la hora límite de efectividad de transacciones de la sucursal en un día laborable o en un día no laborable, la Cooperativa considerará que el depósito fue hecho el próximo día laborable. | Si el depósito se hace luego de la hora indicada en cada máquina o en un día no laborable, la Cooperativa considerará que el depósito fue hecho el próximo día laborable. |
El día de recibo del depósito será el día laborable durante el cual la Cooperativa ofrezca al público sus servicios normales desde la hora en que abren las operaciones de recibo de depósitos hasta la hora en que las mismas se cierran para los efectos de dicho día laborable, y siempre y cuando el depósito se entregue personalmente a un Pagador-Receptor o a un funcionario de la Cooperativa antes de las 3:00pm. En el caso de depósitos efectuados en las urnas de la Cooperativa, recibidos a través del correo postal o después de las 3:00 pm, la fecha de recibo será el siguiente día laborable cuando el personal de la institución procese el contenido de las mismas.
Todos los días, excepto xxxxxxx, xxxxxxxx y días feriados se considerarán laborables para efectos de calcular la disponibilidad de fondos. A pesar de que la Cooperativa puede ofrecer servicios fines de semana y días feriados, para efectos de esta política, éstos no se consideran días laborables.
C. DISPONIBILIDAD DE FONDOS
Para determinar si el cheque es local o no, deberá fijarse en el número xx xxxx y tránsito que consta de nueve dígitos y se encuentra en la parte inferior del cheque.
CHEQUE PERSONAL CHEQUE COMERCIAL
NOMBRE DEL CLIENTE
Dirección, Ciudad y Estado
Páguese a la
20
Orden de $ _
(Nombre y Dirección
del Banco)
123456789
0000000000
0000
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA
Dirección, Ciudad y Estado 20
Páguese a la
Orden de $ _
(Nombre y Dirección
del Banco)
⇑ Número xx Xxxx y Tránsito ⇑ Número xx Xxxx y Tránsito
DISPONIBILIDAD INMEDIATA:
Los fondos representados por los siguientes efectos tendrán disponibilidad inmediata, luego del depósito: efectivo, transferencias electrónicas, depósitos directos o cheques de nuestra institución. La disponibilidad inmediata de las transferencias electrónicas será siempre y cuando la Cooperativa tenga toda la información requerida para el depósito.
DISPONIBILIDAD AL PRÓXIMO DÍA DE SU DEPÓSITO:
Los fondos representados por los siguientes efectos estarán disponibles al siguiente día laborable luego del depósito: cheques que sean pagaderos a su favor (primer endoso), tales como: xxx Xxxxxx de los EU, cheques del Banco de la Reserva Federal, del Federal Home Loan Bank y Giros Postales del Correo de los EU, cheques emitidos por el ELA de PR, sus agencias e instrumentalidades o de las municipalidades
de PR y los cheques bancarios, de gerente y certificados pagaderos a su favor y las transferencias cablegráficas, incluyendo crédito preautorizados como beneficio de Seguro Social o pagos de nómina. La disponibilidad inmediata de las transferencias cablegráficas (Wire Transfer) será siempre y cuando la Cooperativa tenga toda la información requerida para el depósito.
Los depósitos que no sean efectuados en persona o a un empleado de la Cooperativa, podrían estar disponibles el segundo día laborable. Ejs. las enviadas por correo, valijas de depósito nocturno y las efectuadas a través de las urnas de depósito.
Los depósitos que no sean de disponibilidad inmediata, tendrán disponibilidad de fondos de acuerdo con la localización del banco girado; sin embargo, la regulación les concede doscientos veinticinco dólares ($225.00) del monto de cheques disponibles para disponibilidad inmediata al próximo día laborable.
DISPONIBILIDAD AL SEGUNDO DÍA:
Si los fondos depositados serán extendidos del segundo día laborable, se proveerá disponibilidad de
$450.00 de un depósito en cheque local o la suma de todos los depósitos en cheques efectuados por el cliente en el día, lo que sea menor. La cantidad tiene que estar disponible no más tarde de las 5:00 PM del segundo día.
DISPONIBILIDAD TERCER DÍA:
Remanente de Cheques locales, al momento de iniciar operaciones;
DISPONIBILIDAD SÉPTIMO DÍA:
Como regla general los siguientes depósitos estarán disponibles el séptimo día laborable siguiente a la fecha en que fueron depositados:
🙒 Cheques no locales que son los cheques librados contra otros bancos;
🙒 Depósitos de efectivo o cheques realizados en un ATM que no es propiedad de la Cooperativa.
D. ITINERARIO DE DISPONIBILIDAD EN DEPÓSITOS DE CHEQUES:
Depósitos con cheques del Gobierno Federal, Estatal, Municipal, cheques certificados, giros y pertenecen al dueño de la cuenta, tendrán disponibilidad al próximo día laborable después del depósito.
(a) Depósitos con cheques personales - los fondos serán retenidos según se detalla a continuación:
Depósitos en Cuentas de Ahorro: Depósitos en Cuenta Corriente:
Cheques locales 3 días Cheques locales 3 días
(b) En los casos anteriores, el socio tendrá disponible los primeros $225.00 al próximo día laborable del depósito y si se extiende por más de dos (2) días, se concederá disponibilidad de $450.00 al segundo día laborable del depósito o su totalidad lo que sea menor.
E. DISPONIBILIDAD DE FONDOS APLAZADA POR PERIODOS MAYORES:
Los fondos en cheques que usted deposite podrán ser retenidos por periodos mayores en los casos que se indican más adelante. La Cooperativa notificará por escrito al Depositante en caso de que invoque
alguna de estas condiciones para la retención de fondos y se le indicará cuando los mismos estarán disponibles:
🙗 Si tuviéramos motivos fundados de que el cheque que depositará no va a ser pagado.
🙗 Si usted deposita en cheques un total mayor a los $5,525 dólares, el exceso de esta cantidad podrá tener un periodo de tiempo adicional para su disponibilidad.
🙗 Si usted está redepositando un cheque que anteriormente ha sido devuelto.
🙗 Si usted ha sobregirado su cuenta en repetidas ocasiones durante los últimos seis (6) meses.
🙗 Si existiera una emergencia fuera del control de la Cooperativa tal como una falla de comunicación o en los equipos computarizados o malas condiciones de tiempo como un huracán, un terremoto o una pandemia.
F. NOTIFICACIÓN DE APLAZAMIENTO DE DISPONIBILIDAD:
En cualquiera de los casos antes mencionados, la Cooperativa le notificará de su intención de demorar la disponibilidad de fondos del depósito que está efectuando. Le indicaremos la razón y la fecha para cuando los fondos estarán disponibles; no más tarde de nueve (9) días laborales del depósito. Bajo la excepción de emergencia estos días contarán a partir de finalizar la emergencia.
G. DISPONIBILIDAD DE FONDOS PARA CUENTAS NUEVAS:
Si usted es un cliente nuevo en Xxxxxxxxx Roads, las siguientes reglas especiales regirán su Cuenta durante los primeros treinta (30) días a partir de la fecha de la apertura:
🙒 Los fondos que son recibidos en su cuenta mediante procesos electrónicos (depósito directo), estarán disponibles para ser retirados el mismo día en que los mismos son recibidos.
🙒 Fondos concernientes a depósitos en efectivo, transferencias cablegráficas, giros postales, cheques de viajero, de gerente, del Gobierno Federal y del ELA, sus agencias o instrumentalidades o de un municipio pagadero a usted, estarán disponibles el próximo día laborable después del depósito.
🙒 Los fondos de otros depósitos en cheque estarán disponibles en el noveno (9) día laborable después del día de su depósito.
🙒 Bajo la Regulación CC provee una excepción a la retención de un cheque que exceda los $5,000 con disponibilidad al siguiente día siempre y cuando el cheque depositado sea un cheque de gerente, xxx Xxxxxx, etc. en una cuenta nueva. Los primeros $5,525 del cheque estarán disponibles al siguiente día y al segundo día tendrá disponibilidad de $450 el remanente o exceso no más tarde del día 9 de negocios de ser depositado.
H. RETENCIÓN DE OTROS FONDOS:
Si la Cooperativa aceptara depósitos de cheques que sean girados contra otro banco, podemos darle disponibilidad inmediata a estos fondos, pero nos reservamos el derecho de aplazar la disponibilidad de fondos de otras cuentas que usted tenga en la Cooperativa por la cantidad del depósito.
J. DEPÓSITOS EFECTUADOS A TRAVÉS XXX XXXXXX AUTOMÁTICO (ATM):
Si el Cajero Automático está localizado en nuestros predios y es propiedad de la Cooperativa, los fondos depositados en o antes de la hora indicada en la máquina, se considerará ese día como el día del depósito para efectos de esta política. Si el depósito se hace luego de esa hora, la Cooperativa considerará que el depósito fue hecho el próximo día laborable.
Si el Cajero Automático está localizado fuera de los predios de la Cooperativa y es de nuestra propiedad, los fondos depositados en o antes de la hora y fecha indicada en la máquina, se considerará ese día como el día del depósito para efectos de esta política. Si el depósito se hace luego de esa hora o fecha, la Cooperativa considerará que el depósito fue hecho el día que tomó posesión de los mismos.
INTINERARIO DE DISPONIBLIDAD EN DEPOSITOS DE CHEQUES
Depósitos de Cheques xxx Xxxxxx de EEUU; Giros del Servicio Postal de EEUU; Cheques del Banco Reserva Federal y del Banco de la Vivienda Federal; Cheques girado por el estado o una dependencia del gobierno local; Cheques de Gerente, Cajero o Certificado; Cheques emitidos por sucursales de la misma institución financiera Cheques de Viajero que pertenezcan al dueño de la Cuenta, tendrán disponibilidad al próximo día laborable después del depósito.
Depósitos con cheques personales y con segundos endosos los fondos serán retenidos según se detalla a continuación:
Tabla para verificar cuándo estarán disponibles los fondos depositados
Tipo de Depósito | Disponibilidad de Fondos, luego del depósito | Disponibilidad de Fondos si el depósito fue hecho el Lunes |
Efectivo (hechos en persona), Depósitos Directos | Inmediata | Inmediata |
Transferencias Electrónicas-EFT- E- Checks | Inmediata | Inmediata |
Cheques de nuestra institución (on-us) | Inmediata | Inmediata |
Cheques del Banco de la Reserva | El primer día laborable después del depósito | Martes |
Cheques girados contra el Federal Home Loan Bank y Giros Postales del Correo de EEUU | El primer día laborable después del depósito | Martes |
Cheques del ELA, o municipios o agencias gubernamentales | El primer día laborable después del depósito | Martes |
Transferencias | El primer día laborable | Martes |
Cablegráficas (al Extranjero)- Wire Transfer | después del depósito | |
Cheques de Gerentes, Cheques de Viajeros, Cheques Certificados a favor del Depositante | El primer día laborable después del depósito | Martes |
Cheques Locales Puerto Rico: (Bancos en PR) Cheques con los primeros cuatro dígitos: 0215, 2215 | $225 1er. Día laborable después del depósito $450 2do. Día laborable después del depósito Remanente – 3er. Día después del depósito | Martes Miércoles Jueves |
Todo cheque que no esté disponible al siguiente día, es un cheque local | $225 1er. Día laborable después del día del depósito $450 2do. Día laborable después del día del depósito Remanente – 3er. Día luego del depósito | Martes Miércoles Jueves |
Cheques No Locales (son aquellos librados contra otros bancos que no son locales) | $225 1er. Día laborable después del día del depósito $450 6to. Día laborable después del depósito Remanente – 7mo. Día laborable luego del depósito | Martes Martes de la próxima semana Miércoles de la próxima semana |
Los fondos en cheques que usted deposite podrán ser retenidos por periodos mayores en los casos que se indican más adelante. La Cooperativa notificará por escrito al Depositante en caso de que se invoque alguna de estas excepciones para la retención de fondos y se le indicará cuando los mismos estarán disponibles. En cualquiera de los casos antes mencionados, la Cooperativa le notificará de su intención de demorar la disponibilidad de fondos del depósito que está efectuando. Le indicaremos la razón y la fecha para cuando los fondos estarán disponibles; no más tarde de nueve (9) días laborables del depósito. Bajo la excepción de emergencia, los días contarán a partir de finalizar la emergencia.
Excepciones – La Ley establece seis (6) excepciones que la Cooperativa puede invocar para posponer la disponibilidad de los fondos depositados en una cuenta.
1. Cuentas Nuevas – El Reglamento CC establece que los fondos incluidos en un depósito en cuentas nuevas pueden no estar disponibles para retiro conforme a la Política de Disponibilidad de Fondos regular.
Esta excepción puede ser invocada solamente durante los primero 30 días después de haberse abierto la cuenta, siempre que el titular no haya tenido una cuenta transaccional con la Cooperativa durante los pasados 30 días. Los fondos que son mediante procesos electrónicos (depósito directo), Cheques de nuestra Cooperativa y depósitos en efectivo estarán disponibles para ser retirados el mismo día en que los mismos son recibidos.
2. Depósito Mayor – Depósitos en cheques cuya suma exceda los $5,525 el exceso de esta cantidad podrá tener un periodo de tiempo adicional para su disponibilidad y los mismos puedan ser retenidos, sujeto a notificación por escrito.
3. Cheque Re-depositado – Aquel cheque que previamente fue devuelto, siempre que la razón de la devolución no haya sido por endoso o post fechado y la misma haya sido subsanada, sujeto a notificación por escrito.
4. Sobregiros Repetidos – Depósitos a cuentas que hayan experimentado sobregiros durante 6 días bancarios o más en los últimos 6 meses o el cliente ha mantenido en su cuenta un balance negativo por
$5,525.00 o más en los pasados seis meses o estaría en sobregiro por esa cantidad de haberse cobrado los cheques o aplicarse otros cargos, sujeto a notificación por escrito.
5. Duda Razonable – Cuando la Cooperativa tiene duda razonable del cobro de un efecto depositado, sujeto a notificación por escrito.
6. Emergencia – Cuando existe una emergencia como lo es una tormenta u otro fenómeno natural, guerra, pandemia o que el sistema de computadoras de la Cooperativa sufra de una avería mayor.
RECLAMACIONES DE TERCEROS
Si una persona o entidad realiza una reclamación contra los fondos de la Cuenta, o si la Cooperativa cree que existe un conflicto entre los firmantes autorizados o que hay una disputa acerca de asuntos como la titularidad de la Cuenta o a la autoridad para retirar los fondos de la misma, la Cooperativa, sin asumir responsabilidad ante el Depositante, podrá tomar una o más de las siguiente medidas:
1. Continuar dependiendo de los registro de la Cooperativa para determinar la titularidad o la identidad del Depositante y/o de la(s) firma(s) autorizada(s) en la Cuenta.
2. Atender la reclamación según la documentación u evidencia que la Cooperativa crea conveniente requerir para determinar la acción a seguir con tal reclamación.
3. Congelar todos o parte de los fondos de la Cuenta hasta que la resolución de la disputa satisfaga a la Cooperativa.
4. Cerrar la Cuenta y enviar un cheque por el saldo disponible en la Cuenta pagadero al Depositante.
5. Consignar fondos en un tribunal, previa aplicación de deudas y cargos del Depositante para con la Cooperativa.
La Cooperativa podrá debitar de la Cuenta los gastos (incluidos los honorarios y gastos de abogados) y honorarios en que incurra.
FACULTADES Y DERECHOS DE LA COOPERATIVA
La Cooperativa estará autorizada a debitar contra las cuentas que mantenga en la Cooperativa cualquier suma de dinero que el Depositante adeude a la Cooperativa por concepto de cheques sin fondo o cualquier otra deuda u obligación que al presente exista o se pueda contraer en el futuro con la Cooperativa en cuyo caso, la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad alguna por razón de la insuficiencia de fondos que resulte con motivo de tales cargos en la Cuenta.
La Cooperativa queda autorizada para renunciar a nombre del Depositante, a demandas de pago, avisos de vencimiento y/o falta de pago y protesto de todos y cualesquiera efectos que reciba al cobro, o como parte de los depósitos del Depositante.
La Cooperativa podrá ejercer, sin previo aviso, sobre los fondos depositados en la Cuenta, el derecho de compensación por cualquier deuda y cualesquiera otras obligaciones del Depositante y cualesquiera de la(s) firma(s) autorizada(s), en cuyo caso, la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad alguna por razón de la insuficiencia de fondos que resulte con motivo de tales cargos en la Cuenta.
Compensación: En garantía para el pago de las obligaciones del Depositante bajo este Contrato, así como con relación a cualquier otra obligación o deuda del Depositante líquida, vencida y exigible, la Cooperativa tendrá, y por este Contrato el Depositante le otorga, un derecho de compensación (“setoff”) con relación a todo dinero, valores y cualquier otra propiedad del Depositante que esté al presente depositada en la Cooperativa o que se deposite en el futuro o que de otra forma esté o advenga bajo la posesión o control de la Cooperativa. La Cooperativa, a su discreción, en cualquier momento, con o sin notificación al Depositante, podrá aplicar en concepto de pago o reducción de cualquier obligación del Depositante, todo o parte de dichas sumas, valores o propiedad y el Depositante, con pleno conocimiento del derecho de compensación que aquí se confiere, reconoce que cualquier sobregiro que se produzca por razón de la Cooperativa haber ejercitado tal derecho es imputable exclusivamente a su actuación al girar contra fondos sujetos a compensación
PREVENCIÓN DE FRAUDE
El Depositante acuerda tomar medidas de seguridad razonables para asegurar la integridad de sus procedimientos internos respecto a su cuenta y los retiros y depósitos efectuados en la misma. La Cooperativa requiere que el Depositante tome medidas para prevenir el fraude y proteger los fondos de la cuenta y adopte controles internos incluyan, como mínimo, lo siguiente:
• Designe a la persona que mantendrá la custodia de la libreta de cuenta.
• Verifique periódicamente las transacciones en la cuenta.
• Establezca una segregación de funciones a varios individuos, aquellos que reconcilien las transacciones, retiros, depósitos y las transacciones en la cuenta. Deben ser personas distintas a aquellos que son firmas autorizadas en la cuenta.
• Deberá notificar de inmediato a la Cooperativa de cualquier transacción no autorizada, retiro no autorizado contra la Cuenta.
• Mantenga controles sobre las hojas de depósito y hojas de retiro.
• No firme hojas de retiro en blanco.
• Obtenga una póliza de seguro que cubra riesgos, fidelidad, responsabilidad pública etc., sobre este tipo de cuenta.
• Notifique de inmediato a la Cooperativa cuando le remueva la facultad a una persona de ser firma autorizada en la Cuenta y cumpla con lo que requiere este Contrato.
• No participe de juegos y apuestas ilegales por el internet
Como parte de los procedimientos de prevención de fraude de la Cooperativa, cuando ésta sospecha que pueden ocurrir o estén ocurriendo actividades irregulares, no autorizadas o ilegales en relación con la Cuenta, la Cooperativa podrá "congelar" (o retener) el balance de fondos de Cuenta (y de otras cuentas que el Depositante mantenga en la Cooperativa) pendiente de una investigación de dichas actividades sospechosas y cualquier retiro de fondos de la Cuenta requerirá autorización previa de la Cooperativa. Si la Cooperativa congela la Cuenta, se le notificará conforme sea aplicable.
El Depositante se obliga y compromete a realizar todas sus transacciones de conformidad con las políticas y procedimientos de la Cooperativa. La Cooperativa no será responsable de transacciones que el Depositante y/o las firmas autorizadas lleven a cabo de forma irregular con empleados de la Cooperativa. Toda transacción que se aparte de las políticas, normas y procedimientos de la Cooperativa y las establecidas en este Contrato para el manejo de la Cuenta no serán reconocidas como transacciones válidas, y el Depositante y las firmas autorizadas reconocen y aceptan asumir la responsabilidad y la pérdida que se derive de forma directa o indirecta de dichas transacciones y/o de sus actos.
El Depositante acuerda y acepta que en caso de que efectúe una reclamación a la Cooperativa por fraude o malversación de fondos efectuada por las firmas autorizadas o empleados o agentes del Depositante, éste deberá, en primera instancia, presentar su reclamación ante su compañía de seguro antes de presentar cualquier reclamación a la Cooperativa. El Depositante acepta y acuerda que la responsabilidad de la Cooperativa, si alguna, se reducirá en proporción al monto que le pague su compañía de seguro. Si el Depositante carece de las pólizas de seguro requeridas asumirá la pérdida y las consecuencias de sus actos.
RECLAMO SOBRE TRANSACCIONES NO AUTORIZADAS O INCORRECTAS
El Depositante acuerda seguir el siguiente procedimiento en caso de reclamo de transacciones no autorizadas y/ no realizadas por usted y/o una firma autorizada en la Cuenta:
1. Someterá por escrito bajo pena de perjurio su reclamo juramentado ante notario público describiendo su queja (es opcional).
2. Radicará una querella en la policía(es opcional)
3. Cumplimentará los formularios aplicables de la Cooperativa y le someterá a la Cooperativa la información, formularios y documentación que le solicite.
4. Cooperará en todos los aspectos con la investigación de la Cooperativa y aquella investigación y procedimientos de la Policía y agencias del orden público.
Es de aplicación a esta sección lo establecido en el Apartado de Prevención de Fraude. La Cooperativa podrá reversar cualquier crédito efectuado a la Cuenta si el Depositante: (i) no presenta la documentación firmada por éste y/o la información antes descrita, (ii) y/o, si no coopera con la investigación de la Cooperativa sobre las alegadas transacciones no autorizadas
(iii) si no coopera con los esfuerzos de la Cooperativa para recuperar los fondos de las alegadas transacciones no autorizadas y/o (iv) si como resultado de la investigación, la Cooperativa determina que la transacción reclamada era una transacción correcta.
LÍMITES DE RESPONSABILIDAD
La Cooperativa ejercerá cuidado ordinario sobre la Cuenta. En caso de incumplimiento o negligencia crasa por parte de la Cooperativa, o por motivo de no ejercer cuidado ordinario con cualquiera de las disposiciones de este Contrato, la Cooperativa responderá solamente por los daños materiales que sufra el Depositante. La responsabilidad de la Cooperativa no excederá de la cantidad del efecto, reducida por aquella cantidad que no hubiese podido obtenerse aún cuando la Cooperativa no hubiese actuado de forma intencional o negligente. El Depositante acepta que la Cooperativa no estará obligada a compensar por daños y angustias mentales, daños a la reputación, ni a los negocios y actividades del Depositante, daños indirectos, especiales o punitivos, aunque la Cooperativa haya sido avisada sobre la posibilidad de la ocurrencia de los mismos.
Un error clerical o un error involuntario u honesto no serán considerados como un incumplimiento de la Cooperativa con sus obligaciones bajo este Contrato.
La Cooperativa no será responsable por el incumplimiento de cualquier disposición de este Contrato si el mismo es causado parcial o totalmente por circunstancias ajenas al control y responsabilidad de la Cooperativa, incluyendo, pero sin limitarse a: fuego, accidentes, suspensión del servicio de energía eléctrica, fallas mecánicas en los equipos utilizados para proveer servicios, terrorismo, fallas en las comunicaciones y sistemas de comunicación, explosiones, inundaciones, huracanes, o cualquier circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de que ocurra cualquiera de estos eventos, la responsabilidad de la Cooperativa se limitará a reanudar la prestación de los servicios tan pronto sea posible y a proveer un medio de comunicación razonable para orientar y darle instrucciones al Depositante sobre el procedimiento a seguir mientras el servicio permanece interrumpido debido a la emergencia, todo esto de ser posible dentro de las circunstancias.
Los derechos de la Cooperativa bajo este Contrato se entenderán acumulativos, no mutuamente excluyentes, y por consiguiente la elección de un derecho por parte de la Cooperativa no afectará
ni limitará ningún otro derecho o remedio al alcance de la Cooperativa.
El Depositante, acepta que cualquier causa de acción que surja o se derive de este Contrato prescribirá si éste no la ejerce, o reclama antes de cumplirse un año de ocurrida la misma. Esta declaración y aceptación obligará al Depositante, a la entidad comercial, así como a sus accionistas, directores, oficiales, empleados y agentes, sucesores, cesionarios, etc.
Si la Cooperativa fuera notificada o recibiera cualquier proceso, citación, notificación, orden, requerimiento, ejecución, limitación, entredicho, embargo, gravamen u otro proceso legal (denominado de aquí en adelante conjunta o separadamente el “Proceso”), o cualquier forma de reclamos que a discreción de la Cooperativa pueda afectar la Cuenta, la Cooperativa tendrá discreción, sin incurrir en responsabilidad para con el Depositante, para retener el pago, retiro o transferencia de fondos de la Cuenta hasta tanto el reclamo o proceso sea anulado o terminado a satisfacción de la Cooperativa.
En dicho caso, el Depositante acepta que la Cooperativa no tendrá obligación de notificar al Depositante ningún proceso respecto a cualquier cuenta de éste en la Cooperativa. La Cooperativa podrá cargar a la Cuenta del Depositante, sin previo aviso o consentimiento del Depositante, cualquier gasto, costo, incluyendo honorarios razonables de abogado (y honorarios legales de apelación), que la Cooperativa pueda incurrir por responder o cumplir con cualquier proceso en relación con el Depositante o cualquier cuenta de éste con la Cooperativa.
El Depositante acuerda defender, indemnizar y librar de toda responsabilidad a la Cooperativa, así como a sus directores, oficiales, empleados y agentes, de cualquier y toda reclamación, daño, sentencia, penalidad, costo y gasto (incluyendo aquellos gastos y honorarios de abogado) que resulten por razón de la Cooperativa haber actuado de conformidad con las cláusulas de este Contrato y de haber ejercido los derechos y prerrogativas que este Contrato le concede.
EMBARGOS
El Depositante reconoce que ante el diligenciamiento de una orden o requerimiento de embargo emitido por un tribunal o autoridad competente (incluyendo sin limitación, el Departamento de Hacienda y el Servicio xx Xxxxxx Internas Federal), la Cooperativa congelará y/o entregará los fondos disponibles en la Cuenta, los cuales serán aquellos no gravados por las deudas del Depositante con la Cooperativa al momento de dicho diligenciamiento. La congelación y/o entrega de dichos fondos se llevará a cabo según los términos de la orden o requerimiento de embargo y sin necesidad de emitir notificación previa al Depositante.
La Cooperativa no tendrá obligación alguna de impugnar, controvertir o cuestionar los términos de una orden o requerimiento de embargo, ni de alegar cualquier defensa que pueda tener el Depositante frente a la persona o entidad promotora de la orden o requerimiento de embargo. La Cooperativa cumplirá estrictamente con los términos de cualquier orden o requerimiento de embargo, hasta tanto sea diligenciado con un relevo o una resolución emitida por el tribunal o autoridad que emitió la orden o requerimiento de embargo dejando sin efecto el mismo. La
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presentación a la Cooperativa de evidencia del pago de la deuda o descargo de la obligación que dio lugar a la orden o requerimiento de embargo no será suficiente para que la Cooperativa deje sin efecto la orden de embargo o congelamiento de fondos.
Si la orden o requerimiento de embargo fuera emitida contra los fondos de cualesquiera de los titulares de una cuenta indistinta (“y/o”), o de una cuenta conjunta (“y”), la Cooperativa procederá con el congelamiento y/o entrega de los fondos según los términos de la orden o requerimiento, sin necesidad de hacer determinación alguna sobre la titularidad de los fondos o la procedencia de la orden o requerimiento.
NOTIFICACIONES Y AVISOS
El Depositante notificará por escrito a la Cooperativa de cualquier cambio de dirección. Dicho cambio será efectivo el día laboral siguiente a la fecha de recibo en la Cooperativa de la notificación escrita. En ausencia de tal notificación, cualquier correspondencia enviada a la última dirección reflejada en los archivos de la Cooperativa, se entenderá hecha correctamente. El Depositante conviene y acepta que la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad por la demora o por el extravío de correspondencia o documentos remitidos a éste como resultado de su incumplimiento con la obligación de notificar el cambio de la dirección para el recibo de notificaciones, avisos y cualquier comunicación de la Cooperativa.
El Depositante deberá dirigir cualquier notificación a la Cooperativa a la siguiente dirección:
Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads P O Box 31
Xxxxxxx, PR 00738
AUSENCIA DE SEGURO FEDERAL DE DEPÓSITO
Los fondos depositados en la Cuenta no están asegurados por el gobierno de los Estados Unidos de América. En caso de cierre de la institución el recobro de dichos fondos no está garantizado por el gobierno de los Estados Unidos de América.
SEGURO DE DEPÓSITO DE LA CORPORACIÓN PÚBLICA PARA LA SUPERVISIÓN Y SEGURO DE COOPERATIVAS DEPUERTO RICO
Los fondos depositados en la Cuenta están asegurados por la Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico ("COSSEC") hasta el límite dispuesto por dicha entidad, que a la fecha de este Contrato es $250,000.
TERMINACIÓN
Este Contrato estará vigente hasta tanto alguna de las partes notifique a la otra la intención de cancelar el mismo. En cualquier momento, cualquiera de las partes podrá dar por terminado este Contrato mediante notificación escrita a la otra por correo ordinario, correo electrónico o facsímil. No obstante, la Cooperativa se reserva el derecho a cerrar la Cuenta y dar por terminada sus
Revisado 09-2020 61
obligaciones bajo el Contrato, incluyendo el negarse a recibir depósitos en la Cuenta, en cualquier momento y sin notificación previa ante cualquiera de los siguientes eventos o circunstancias: (a) Falsificación en las firmas autorizadas o fraude en la Cuenta; (b) Violación, incumplimiento u omisión en la ejecución o cumplimiento con cualquier ley, reglamento, término, acuerdo, representación o garantía incluida en este Contrato u otro acuerdo suscrito con la Cooperativa; (c) Incumplimiento con cualquier obligación de pago para con la Cooperativa; (d) Emisión por parte de un tribunal o autoridad gubernamental competente de una orden de embargo, confiscación, pignoración o gravamen, de parte o la totalidad del balance (saldo) de la Cuenta, y/o de cualesquiera otros activos o haberes del Depositante en posesión o custodia de la Cooperativa; y
(e) el cierre, insolvencia o quiebra del Depositante.
La Cooperativa se reserva el derecho a cerrar la Cuenta si determina que se ha cometido alguna falsificación en las firmas autorizadas, fraude en la Cuenta, no se ha cumplido con cualquiera de las normas de este Contrato, y/o si la Cuenta ha sido manejada de forma inadecuada
En los casos en que la Cooperativa remita notificación sobre cierre de la Cuenta, la Cooperativa enviará aviso al Depositante, por correo ordinario, facsímil o correo electrónico a la última dirección del Depositante requiriéndole que retire el dinero, si alguno, de la Cuenta dentro del término que la Cooperativa designe en la comunicación escrita. Si el Depositante no retira el balance (saldo) de la Cuenta, si alguno quedare, dentro del término señalado en el aviso, la Cooperativa podrá, sin incurrir en responsabilidad para con el Depositante, cerrar la misma mediante envío de cheque por el balance (saldo) de la Cuenta a la última dirección del Depositante conocida por la Cooperativa. En todo caso, la Cooperativa dará cumplimiento a las normas que regulan estas situaciones.
Luego del envío de notificación de terminación del Contrato o cierre de la Cuenta, la Cooperativa no estará en la obligación de aceptar depósitos ni transacciones en la Cuenta. El Depositante será responsable por todas las transacciones en proceso, obligaciones bajo este Contrato y todos aquellos cargos por servicios prestados hasta la fecha de terminación o cierre de la Cuenta. Todos los cargos adeudados por el Depositante deberán pagarse inmediatamente, disponiéndose, que la Cooperativa podrá ejercer el derecho de compensación contra la Cuenta para satisfacer cualquier pago u obligación pendiente del Depositante.
Cierre de la Cuenta: La Cooperativa se reserva el derecho de cerrar la Cuenta en cualquier momento, enviando un aviso al Depositante, por correo ordinario a la última dirección conocida. La Cooperativa podrá, sin incurrir en responsabilidad para con el Depositante, cerrar la Cuenta y enviar un cheque por el balance de la misma a la última dirección conocida del Depositante. La inactivación de la corporación en el Departamento de Estado o ante cualquier otra agencia estatal o federal correspondiente, conllevará la cancelación de la cuenta.
La Cooperativa queda autorizada a devolver sin pagar, por motivo de cuenta cerrada, cualquier libramiento o cheque que se presenta al cobro, luego de haberse cerrado la Cuenta y el Depositante expresamente releva a la Cooperativa de toda responsabilidad que pueda originarse
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por tal devolución. Además, la Cooperativa podrá, sin previo aviso, negarse a recibir depósito al crédito de la Cuenta.
La Cooperativa se reserva no reabrir una cuenta que ha sido cancelada por un cumplimiento con los acuerdos contractuales.
ENMIENDAS
La Cooperativa se reserva el derecho de, en cualquier momento, enmendar, modificar o revocar este Contrato, lo cual tendrá la vigencia que se indique en la notificación al efecto.
SEPARABILIDAD
Si una o más de las disposiciones de este Contrato se declarasen inválidas, ilegales o que no sean ejecutables de manera alguna, las restantes disposiciones del mismo se mantendrán en pleno vigor y se interpretarán como si las disposiciones inválidas, ilegales o que no sean ejecutables nunca formaron parte de este Contrato.
INTERPRETACIÓN
En este Contrato el uso del singular incluirá el plural, el uso del plural incluirá el singular, y el uso de los pronombres de cualquier género incluirá los otros.
Los encabezamientos de las secciones y cláusulas en este Contrato se incluyen para referencia y conveniencia y no constituirán parte alguna de este Contrato.
LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES
La Cuenta estará sujeta a la legislación y reglamentos aplicables, así como a los reglamentos de la Cooperativa que estén en vigor de tiempo en tiempo y que se adopten en el futuro.
Este Contrato y todos los documentos inherentes, relacionados y/o derivados del mismo serán regidos e interpretados de acuerdo con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El Depositante acuerda someterse a la jurisdicción y competencia del foro elegido por la Cooperativa y renuncia expresamente a objetar la selección del foro a base de falta de conveniencia o competencia. El Depositante renuncia a cualquier derecho que tenga a juicio por jurado en cualquier acción o procedimiento para ejercer o defender sus derechos bajo, o que de alguna manera se relacionen con este Contrato.
ACEPTACIÓN
Todos los términos y condiciones estipulados en este Contrato se entenderán válidos y aceptados por el Depositante y la(s) firma(s) autorizada(s) mediante la firma de este documento, o mediante la ejecución de actos afirmativos que indiquen la aceptación del mismo, tales como uso y movilización de la Cuenta mediante depósitos de fondos o retiro de los mismos. Tanto el
Depositante, como las firmas autorizadas y sucesores en interés, se obligan solidariamente a cumplir con todos los términos, condiciones y obligaciones contemplados en este Contrato.
En testimonio de lo cual, el Depositante por el presente reconoce que ha leído y entendido el Contrato, y acepta todos sus términos y condiciones y acusa recibo de haber recibido los mismos.