Contrato de prestación de Servicio Educativo Año Escolar 2021
Contrato de prestación de Servicio Educativo Año Escolar 2021
Conste por el presente, el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO - AÑO ESCOLAR 2021, que suscribe la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR “WINNER SCHOOL” con
RUC Nº20524633788, autorizada mediante la RD. Nro 3434- UGEL 06 y RD. Nro 06663- UGEL 06, debidamente representada por su Promotor el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con documento nacional de identidad N° 00000000, señalando ambos con domicilio en Calle 2; Mz. L; Lote 16 Urbanización Huachipa Norte I ET-Lurigancho – LIMA, a quien en adelante se denominará “EL COLEGIO” y de otra parte el PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL, a quien en adelante se le denominará “EL PADRE DE FAMILIA”, cuyo nombre y demás generales xx xxx se señalan al final de este documento, de acuerdo a condiciones y términos siguientes:
I. Del colegio:
1. El Colegio es una institución educativa de carácter privado, que imparte educación escolarizada en los niveles de inicial, primaria y secundaria, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación (Ley N° 28044), Ley de Centros Educativos Privados (Ley N° 26549), Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva (D.S N° 009-2006-ED), Ley de Promoción de la Inversión en la Educación (D. Leg. N° 882), el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337), Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes (D.S. 004-2018-MINEDU), el Reglamento Interno de el Colegio, entre otros.
2. El Colegio desarrolla sus actividades en mérito a las siguientes autorizaciones: RD. Nro 3434- UGEL 06 y RD. Nro 06663- 2017 UGEL 06 y Licencia de Funcionamiento emitida por la Municipalidad Distrital de Lurigancho N° 2338.
II. Del objeto materia del contrato:
1. Por el presente acto jurídico el Padre de Familia solicita y contrata el servicio educativo que ofrece el Colegio para el año escolar 2021, en beneficio de el Estudiante cuyos datos se describen en la parte final, aceptando libremente las condiciones, derechos y obligaciones que en este documento se estipulan.
2. En las mismas condiciones el Colegio, por su parte accede a la solicitud de el Padre de Familia y se obliga a otorgar el servicio educativo en el año escolar 2021 a favor de el Estudiante.
III. Horario del servicio educativo y número máximo de estudiantes por aula:
1. El horario de clases durante el año escolar 2021 es el siguiente:
a. Horario escolar Servicio Presencial (lunes a viernes):
HORARIO | INICIAL | PRIMARIA | XXXXXXXXXX XX 0 XXX X 0XXX | 0XX X 0XX XXX |
Ingreso | 08:30 horas | 07:45 horas | 07:45 horas | 07:45 horas |
Salida | 13:30 horas | 14:30 horas | 02:30 horas | 03:40 horas |
b. Horario escolar de Servicio Virtual (lunes a viernes):
HORARIO | INICIAL | PRIMARIA | SECUNDARIA |
Ingreso | 08:30 horas | 08:00 horas | 08:00 horas |
Salida | 12:10 horas | 13:00 horas | 13:40 horas |
c. Horario escolar Servicio Semi Presencial (lunes a viernes):
HORARIO | INICIAL | PRIMARIA | XXXXXXXXXX XX 0 XXX X 0XXX | 0XX X 0XX XXX |
Ingreso | 08:30 horas | 07:45 horas | 07:45 horas | 07:45 horas |
Salida | 13:00 horas | 02:30 horas | 02:30 horas | 03:40 horas |
La modificación ocasional de este horario por alguna particularidad será debidamente informada por el Colegio a través de sus medios oficiales de comunicación.
2. El número de estudiantes por aula es:
Inicial 3 años | Inicial 4 años | Inicial 5 años | Primaria | Secundaria |
25 por aula | 25 por aula | 30 por aula | 30 por aula | 30 por aula |
IV. De las condiciones económicas del servicio educativo:
1. El Colegio, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes puso en conocimiento de el Padre de Familia, antes de finalizar el año lectivo 2020, mediante el Boletín Informativo 2021, antes y durante el proceso de matrícula 2021, toda la información respecto al costo y características del servicio educativo, a continuación, reiteramos la información.
2. El costo por el servicio educativo se dará en atención al servicio que se presta (presencial, semipresencial o virtual), y será de la siguiente manera:
A) Matricula más 10 cuotas por pensión de estudios
NIVEL | CUOTA DE INGRESO (SOLO POR EL AÑO 2021) | MATRICULA | |||||
CATEGORIA VIRTUAL | CATEGORIA PRESENCIAL O SEMI PRESENCIAL | ||||||
INICIAL | S/. 0.00 | S/ | 320.00 | S/ | 224.00 | S/ | 320.00 |
PRIMARIA | S/. 0.00 | S/ | 340.00 | S/ | 286.00 | S/ | 371.00 |
SECUNDARIA | S/. 0.00 | S/ | 350.00 | S/ | 296.50 | S/ | 381.00 |
3. MATRICULA: Se abonará entre los días 15 de diciembre del 2020 al 26 de febrero del 2021, en las siguientes cuentas bancarias a nombre de El Colegio (Servicios Educativos Kids & Kids EIRL):
A) BANCO DE CREDITO DEL PERU AHORROS
N°193-98561620-0-90,
Cuenta Interbancaria (CCI) Nro. 00219319856162009014
B) BBVA AHORROS
Nro. 0011-0257-02-00211543
Cuenta Interbancaria (CCI) Nro. 011-0257-000200211543-30
BBVA CTA. CTE
Nro. 0000-0000-0000000000
Cuenta Interbancaria (CCI) Nro. 011-257-000100012020-32
V. CRONOGRAMA DE PAGO: El pago de las cuotas mensuales que EL PADRE DE FAMILIA debe realizar a favor de EL COLEGIO, debe ser de acuerdo con el siguiente cronograma:
Mes | Vencimiento |
Marzo | 31/03/2021 |
Abril | 30/04/2021 |
Mayo | 31/05/2021 |
Junio | 30/06/2021 |
Julio | 31/07/2021 |
Agosto | 31/08/2021 |
Setiembre | 30/09/2021 |
Octubre | 31/10/2021 |
Noviembre | 30/11/2021 |
Diciembre | 20/12/2021 |
5. El Padre de Familia, se obliga expresamente a cumplir con el pago puntual de las condiciones económicas descritas en el presente numeral IV, reconociendo que el presupuesto de el Colegio se financia fundamentalmente, con las pensiones de enseñanza, que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente, administrativo, seguridad y mantenimiento, así como la adquisición de bienes y servicios en beneficio del estudiante.
6. El Padre de Familia, reconoce que el pago de, matrícula escolar y cuotas mensuales no tienen exoneración y una vez canceladas, por ningún motivo podrán ser devueltas por el Colegio, salvo los procedimientos que establece las normas vigentes.
7. El Colegio, solo podrá modificar los costos educativos descritos en el presente contrato, si la política económica del Gobierno afectara a el Colegio, en caso se modifiquen, los nuevos costos serán comunicados a el Padre de Familia con no menos de un mes de anticipación.
VI. Medidas que el colegio podrá adoptar ante el incumplimiento de las obligaciones económicas asumidas por el padre de familia:
1. Citar a el Padre de Familia mediante los sistemas de comunicación oficial de el Colegio
para una entrevista personal con la Administración.
2. Enviar mensajes de texto al celular que el Padre de Familia, haya registrado en el
Colegio, recordándole la deuda atrasada.
3. Requerir mediante notificación a través de los medios legales (carta notarial u otro similar) el cumplimiento de las obligaciones económicas.
4. Ante el incumplimiento de pago de las cuotas mensuales, se acordará una penalidad de un S/.
0.50 sol por día de atraso y también según el cronograma antes mencionado, se procederá al cobro de interés moratorio establecidos por el Banco Central de Reserva del Perú.
5. Reportará la falta de pago de dos o más cuotas mensuales por el servicio educativo a la central de riesgo INFOCORP.
6. Retendrá los certificados correspondientes a periodos no pagados. No renovará el contrato de
prestación de servicio a favor de el Estudiante para el año siguiente 2022, por reiterada morosidad o falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo 2021.
7. El Colegio podrá demandar judicialmente a el Padre de Familia el pago de deudas pendientes.
VII. La propuesta pedagógica del plan de estudios y los sistemas de evaluación:
1. El Colegio ofrece un plan curricular que tiene como base al Currículo Nacional de la Educación Básica CNEB (RM N°281-2016-MINEDU).
2. El sistema de evaluación, las normas para la promoción, recuperación o repitencia de grado responden a las normas vigentes emitidas por el Ministerio de Educación.
3. El Colegio informará a el Padre de Familia mediante la libreta de notas u otros medios de comunicación oficial los resultados del proceso educativo y formativo de el Estudiante. En caso de presentar deficiencia, el Padre de Familia asume la responsabilidad de realizar el seguimiento respectivo a el Estudiante, si el Estudiante no supera la deficiencia advertida, el Padre de Familia, suscribirá un compromiso para tomar medidas correctivas (consejería, recomendaciones, terapias, diagnósticos, etc.) que garanticen el monitoreo, participación efectiva, control y recuperación de el Estudiante. Si mediado el compromiso señalado en el numeral que antecede, el Estudiante no supera la deficiencia poromisión de el Padre de Familia, el Colegio informará a la UGEL y demás autoridades competentes dicha omisión de participación asertiva y activa en el proceso educativo de el Estudiante y además aplicará las medidas señaladas en este contrato, así como en el Reglamento Interno de el Colegio, el no cumplimiento de la precitada clausula por parte de el Padre de Familia será causal de resolución del contrato de servicio educativo.
4. Sin perjuicio de lo mencionado en el numeral precedente, el Colegio se obliga a brindar información que requiera el Padre de Familia respecto del proceso educativo de el Estudiante de conformidad al reglamento interno de el Colegio.
5. Para coadyuvar al mejor desarrollo de el Estudiante, el Colegio brinda diferentes servicios mediante los siguientes Departamentos: a) Departamento de Psicopedagogía, b) Área de Tópico,
c) Departamento de Planificación Tutorial, d) Departamento de Odontología, e) Departamento de Normas.
6. El Padre de Familia se compromete a participar activamente en las actividades académicas y formativas programadas por el Colegio (estar presente en el momento de la matrícula, en la entrega de informes académicos, asistir a las reuniones convocadas por los directivos, profesores y/o Departamento Psicopedagogía, tutores, etc.).
7. En el servicio educativo virtual contamos con Nuestro PROYECTO EDUCATIVO WINNER SCHOOL que tiene como OBJETIVO cumplir nuestra MISIÓN EDUCATIVA de formación integral del estudiante, con el objetivo de lograr un PENSAMIENTO REFLEXIVO Y CRÍTICO. Para ello consolida en 2 pilares educativos:
• ASINCRONICO: Donde nuestros estudiantes contarán una PLATAFORMA INSTITUCIONAL y podrán acceder VIDEOTUTORIALES realizado por el STAF de nuestros DOCENTES.
• SINCRONICO: Donde nuestros estudiantes REFORZARÁN Y PROFUNDIZARÁN el aprendizaje mediante sus Clases ONLINE en vivo 100% Interactivas.
VIII. SOBRE LA PROPUESTA DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA Y PACÍFICA EN EL COLEGIO:
1. Se entiende por Convivencia Democrática y Pacífica, el espacio en el cual todos los alumnos pueden tener un ambiente armónico, tolerante y respetuoso de las diferencias y buen trato, que haga posible el que todos cuenten con los mismos derechos y deberes, respetando los acuerdos de Convivencia en aula los cuales deben de ser publicados física yvirtualmente.
2. Se considera acoso escolar (bullying), aquellos que presenten algún tipo de violencia que esté caracterizada por conductas intencionales, hostigamiento, falta de respeto, maltrato psicológico, verbal o físico por parte de uno o varios estudiantes contra la víctima, con el objeto de intimidar o excluir, atentando así contra su dignidad y derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia. Característica importante es la reiteración y permanencia en el tiempo de dichos actos contra lavíctima.
3. Asimismo, constituye acoso escolar (bullying), el uso deliberado de la fuerza física o agresión psicológica ya sea en grado de amenaza o acción efectiva; contra otra persona, un grupo o comunidad, que causa o pueda causar lesión, muerte, daños psicológicos, y/o trastornos del desarrollo o privacidad.
4. Los actos señalados en los numerales 1, 2 y 3 precedentes, están expresamente prohibidos en el Colegio ya sea que se realicen personalmente o por cualquier otro medio, incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos u otros análogos.
5. Está prohibida la agresión física, verbal o psicológica de personas adultas a estudiantes de nuestra Institución dentro y/o fuera del colegio, tomando justicia por sus propias manos, esta acción constituye un acto grave que será informado de inmediato a las autoridades competentes para su investigación y sanción de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio Público.
6. El protocolo de atención en casos de maltrato y acoso escolar se encuentra establecido en el Reglamento Interno de el Colegio a disposición de el Padre de Familia en la página web xxx.xxxxxxxxxxxx-xxxx.xxx
7. El Padre de Familia debe leer y comentar con el Estudiante la Ley N° 29719, que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas y el Plan de Convivencia del colegio y debe motivar a el Estudiante para que sea un miembro pacífico y respetuoso en bienestar de la comunidad escolar.
8. EL PADRE DE FAMILIA debe corregir conductas y/o mensajes discriminatorios, difamatorios, de hostigamiento e intimidación que pudiera realizar EL ESTUDIANTE.
9. El Padre de Familia debe supervisar el uso adecuado de información electrónica y medios de comunicación como: correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles (WhatsApp), y website empleados por el Estudiante.
10. El Padre de Familia debe asistir al llamado de algún representante de el Colegio y brindar toda su colaboración para contravenir cualquier acto de acoso o maltrato escolar.
11. El Padre de Familia reconoce que todo acto de acoso, hostigamiento, violencia y, en especial, los casos de reincidencia en estos serán inscritos en el Libro de Registro de Incidencias de el Colegio, según lo establecido en la Ley N° 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas para seguir el proceso de acuerdo con la ley. De igual manera será registrado en el programa del Ministerio de Educación SISEVE e incluso de acuerdo con la gravedad de los hechos podrá ser informado al Ministerio Público y/o Policía Nacional del Perú.
12. El Padre de Familia, se compromete a participar en las actividades formativas programadas por el Colegio (actividades academicas, escuela de padres y otros) así como, en las actividades recreativas programadas por el Colegio. En caso el Padre de Familia tenga hijos en diferentes secciones y/o niveles, el Padre de Familia deberá discernir a cuál de las reuniones u actividades asistir.
13. El Padre de Familia se compromete a cumplir con las obligaciones y recomendaciones dadas por las diferentes áreas de el Colegio, de ser el caso para efectuar terapias externas cuando sean específicamente recomendadas a favor de el Estudiante y presentar los informes de acompañamientos externos de el Estudiante suscritos por los especialistas en las fechas solicitadas por el Departamento Psicopedagógico de el Colegio.
14. El Padre de Familia se obliga a respetar el marco doctrinal y axiológico que sustenta la educación de el Colegio.
15. El Padre de Familia reconoce que, si uno de los padres tiene la tenencia legal del ESTUDIANTE, ello no limita de modo alguno el derecho del otro padre o madre de acceder a la información sobre el estado académico, conductual y administrativo de el Estudiante, salvo exista resolución judicial que indique lo contrario, la misma que para su cumplimiento deberá ser puesta en conocimiento de el Colegio mediante oficio de la autoridad que la emite.
16. El Padre de Familia, se compromete a no involucrar a el Colegio, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asuntos de tenencia, alimentos, régimen de visitas o litigios entre padres y/o familiares, siendo consciente de que el Colegio carece de autoridad para decidir en estos casos y, en particular, carece de autoridad para impedir a alguno de los padres el retiro de el Estudiante del local escolar, salvo exista resolución judicial que indique lo contrario, la misma que para su cumplimiento deberá ser puesta en conocimiento de el Colegio mediante oficio de la autoridad que la emite.
17. El Padre de Familia se obliga a cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.
18. El Padre de Familia reconoceque el Colegio noofrece elserviciodemovilidadescolar, por lo tanto, se encuentra exento de toda responsabilidad.
19. El Padre de Familia autoriza a el Colegio a fin de que su menor hijo, mediante el Departamento de Psicopedagogía, pueda ser entrevistado en el transcurso del año, a fin de coadyuvar a su desarrollo integral.
20. El Padre de Familia asiente que la selección de estudiantes que representarán a el Colegio en el año escolar 2021, en actividades deportivas, culturales y académicas en los diferentes eventos, es única y exclusiva decisión del equipo técnico responsable nombrado por el Colegio.
21. El Colegio dentro de los límites y alcances que la ley le faculte; actuará de oficio y comunicará, informará y/o denunciará a las autoridades correspondientes cuando se sientan amenazados o vulnerados los derechos de el Estudiante por causa directa o indirecta que incurra el Padre o Padres de Familia, Tutor(es) Legal(es), Apoderado o a causa de agentes externos, a fin de garantizar y velar por el desarrollo integral de el Estudiante.
IX. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:
1. El Padre de Familia autoriza a el Colegio para que conforme lo establecido en la Ley 29733 Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento Aprobado por D.S. 003-2013- JUS, directamente o a través de un tercero autorizado por este último, realice cualquier operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que permita la recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procedimiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los datos personales u sensibles que autoriza sean tratados, tanto del mismo Padre de Familia como del el Estudiante en las condiciones que se detallan en la presente cláusula, sin carácter limitativo, y para que sean utilizados a efectos de la ejecución de la relación contractual. el Padre de Familia declara conocer que los datos recopilados serán almacenados y resguardados por el Colegio en un banco de datos creado para dicho fin y que el tratamiento de los mismos se dará por el tiempo necesario para cumplir con los fines establecidos por el presente contrato, así mismo, el Padre de Familia declara que ha sido informado sobre los alcances y efectos de la presente autorización así como los derechos que puede ejercer de acuerdo a la antes mencionada ley.
2. El Padre de Familia autoriza a el Colegio, el uso de sus imágenes (fotografías y/o videos) y las de el Estudiante, según los propósitos establecidos por la Institución, en el sitio web, redes sociales, reportes, boletines, revistas, murales, banners, entre otros, como parte de actividades estrictamente escolares, pedagógicas y de seguridad de el Colegio.
X. Medios oficiales de comunicación:
1. El Padre de Familia reconoce como medios oficiales de comunicación de el Colegio los siguientes:
a. Página Xxxx: xxx.xxxxxxxxxxxx-xxxx.xxx
b. Facebook: Xxxxxx.xxxxxx.xxxx
c. Mensajería de texto de los números: 966654860 / 961550188
d. Correos electrónicos de dominios: xxxx-xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
e. Cualquier documento físico debidamente firmado y sellado.
2. El Padre de Familia se compromete a utilizar los medios oficiales de comunicación de manera adecuada.
XI. Vigencia del contrato:
La vigencia del presente CONTRATO es anual y corresponde al AÑO ESCOLAR 2021, siendo renovable por otro periodo igual, previo acuerdo expreso, en forma escrita, de las partes.
No habrá renovación del CONTRATO, en los siguientes casos:
a. Si el PADRE DE FAMILIA ha incumplido con una o más de las obligaciones asumidas en este contrato.
b. Si el Padre de Familia mantiene deudas por concepto de pensiones durante el año escolar 2021 y/o culmine el año escolar 2021 con deuda por algún otro concepto.
c. Si existe reiterada impuntualidad en el pago de las cuotas mensuales durante el año escolar 2021 según cronograma establecido en el presente contrato.
d. Si no se matriculó a el Estudiante en las fechas fijadas en el cronograma de matrícula del 2021.
e. Las demás establecidas en el Reglamento Interno de el Colegio.
XII. Jueces y tribunales:
Las partes acuerdan que cualquier litigio o controversia que pudiera surgir entre las partes derivada de este contrato, sea relativa a su interpretación y/o cumplimiento, incluidas las referidas a su nulidad o validez, que no pueda ser resuelta en forma directa mediante negociación de las partes, acudirán para llegar a una solución, a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima.
XIII. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD:
El Padre de Familia declara que este documento lo firma en forma libre y sin que medie ningún tipo de presión, así como declara tener pleno conocimiento de las condiciones y características del servicio que brinda el Colegio, las que encuentra a su entera satisfacción. En ese sentido, este contrato es obligatorio en todo lo expresado en él, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en dos ejemplares en señal de conformidad.
Del Colegio
Razón social | SERVICOS EDUCATIVOS KIDS & KIDS |
R. U. C. | 20524633788 |
Representante legal | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
DNI | 00000000 |
Dirección | XXXXX 0 XX X XX 00 XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX |
NOTA: Declaro haber leído el presente contrato y doy la conformidad respectiva con libre voluntad mediante la página web del colegio, ya que por motivo de pandemia no puedo hacer estos trámites de manera presencial.
Lima, de de 202 .
Firma
del Padre de Familia
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Promotor