NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 68-081-00707
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NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 00-000-00000
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No. 14-00197
CONTRATANTE | EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA |
NIT | 829.001.846.6 |
CONTRATISTA | JAHSALUD IPS |
NIT | 900328199-0 |
REP. LEGAL | XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX |
IDENTIFICACION | CC N° 91.217.257 DE BUCARAMANGA |
OBJETO | PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD BAJO LA MODALIDAD DE SERVICIOS TERCERIZADOS A TRAVES DE UN OPERADOR EXTERNO PARA PODER OFERTAR EN CONJUNTO LOS SERVICIOS DE SALUD PARA EL APOYO DE LOS PROCESOS ASISTENCIALES EN EL AREA DE URGENCIAS EN LOS CENTROS DE SALUD CON CAMAS XXXXXXX, XXXXXXXX Y CENTRO, CONSULTA EXTERNA MEDICA, CONSULTA EXTERNA ENFERMERIA, PROMOCION Y PREVENCION DE ODONTOLOGIA, LABORATORIO INTEGRAL, PROMOTORIA EXTRAMURAL EN LOS CENTROS DE SALUD CON CAMAS XXXXXXX Y XXXXXXXX Y LOS CENTROS DE SALUD SIN CAMAS FLORESTA, CARDALES, ESPERANZA, CDV,VERSALLES,PROGRESO, CAMPIN, CENTROS DE SALUD RURALES SAN XXXXXX DE CHUCURI, XXXXXXX XXX XXXX, FORTUNA Y LLANITO |
VALOR | TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS UN PESOS MCTE, ($ 3.450.325.401.00=). |
PLAZO | NUEVE (9) MESES |
Entre los suscritos a saber: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA. Creada por medio de Acuerdo Municipal 072 de 1999. Representada Legalmente por XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, identificado con CC 79.314.687 expedida en la ciudad de Bogotá, en calidad de Gerente, por lo tanto Representante legal de la Empresa Social del Estado de Barrancabermeja de conformidad con el Decreto 056 xx Xxxxx 09 de 2012 con acta de posesión 0049 xx Xxxxx 09 de 2012, quién para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTE, por una parte y por la otra JAHSALUD IPS, con NIT. 900328199-0, representada legalmente por el señor XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX, identificado con CC N° ° 91.217.257 de Bucaramanga, y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido suscribir el presente contrato de Prestación de Servicios teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a) Que se hace necesario contratar el servicios de salud bajo la modalidad de servicios tercerizados a través de un operador externo en la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, con el ánimo de cumplir con los parámetros establecidos en la ley. b) Que se emitió la Disponibilidad No. 14-00152, para el cumplimiento presupuestal del contrato. c) Que el servicio a contratar, no se trata de aquellos que se prestan en forma continúa como asuntos propios de la entidad, sino del ejercicio de una actividad específica teniendo en cuenta lo anterior, El presente contrato se regirá por las siguientes clausulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD BAJO LA MODALIDAD DE SERVICIOS TERCERIZADOS A TRAVES DE UN OPERADOR EXTERNO PARA PODER OFERTAR EN CONJUNTO LOS SERVICIOS DE SALUD PARA EL APOYO DE LOS PROCESOS ASISTENCIALES EN EL AREA DE URGENCIAS EN LOS CENTROS DE SALUD CON CAMAS XXXXXXX, XXXXXXXX Y CENTRO, CONSULTA EXTERNA MEDICA, CONSULTA EXTERNA ENFERMERIA, PROMOCION Y PREVENCION DE ODONTOLOGIA, LABORATORIO INTEGRAL, PROMOTORIA EXTRAMURAL EN LOS CENTROS DE SALUD CON CAMAS XXXXXXX Y XXXXXXXX Y LOS CENTROS DE SALUD SIN CAMAS FLORESTA, CARDALES, ESPERANZA, CDV,VERSALLES,PROGRESO, CAMPIN, CENTROS DE SALUD RURALES SAN XXXXXX DE
CHUCURI, XXXXXXX XXX XXXX, FORTUNA Y LLANITO. Teniendo en cuenta las características y cantidades fijadas en la propuesta, la cual hace parte integral del presente contrato. SEGUNDA OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo de lo pactado en la cláusula precedente, el contratista desarrollara el objeto con plena autonomía técnica y administrativa y manifiesta conocer perfectamente la naturaleza de las actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherente, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad y se compromete con la ESE BARRANCABERMEJA a cumplir con las obligaciones emanadas del presente contrato, con un alto grado de profesionalismo, eficiencia y responsabilidad. De acuerdo a las prioridades establecidas por la Gerencia de la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, el contratista se obliga: ALCANCES DE LOS APOYOS A LOS PROCESOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
A. CONSULTA EXTERNA POR MEDICINA GENERAL :
1. Apoyar el manejo pertinente, seguro y cálido a los usuarios que requieren del servicio de salud para la recuperación, dando cumplimiento a los requisitos xx Xxx, Cliente y de la ESE BARRANCABERMEJA.
2. Realizar la historia clínica completa de todos los pacientes referidos/as o que demandan asistencia, registrándolo en los instrumentos correspondientes y diligenciando los formatos que aplique para el evento en manejo, incluidas las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad enunciadas por la resolución 412 de 2000 y normas que las han modificado.
3. Realizar la consulta para evaluar, clasificar, detectar, registrar, tratar, orientar y referir si fuere necesario, siguiendo las Normas Nacionales de atención al menor de cinco años y la Guía de Diagnóstico y Tratamiento para Atención Primaria de Salud y la Estrategia de Atención Integral de Enfermedades Prevalentes de la Infancia – AIEPI -.También las guías institucionales para manejar las patologías que representan las 10 primeras causas de morbilidad y guías y flujogramas de pacientes con enfermedades crónicas como hipertensión arterial, diabetes mellitus, prevención de la enfermedad renal crónica.
4. Realizar consulta de ingreso y control prenatal a toda gestante que demande atención, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica de detección temprana de alteraciones del embarazo vigente.
5. Promover el parto institucional en los centros de salud correspondiente.
6. Realizar consulta al joven de 10 a 29 años de acuerdo a lo establecido en la norma técnica de detección de alteraciones en el desarrollo del joven.
7. Realizar consulta al adulto mayor a partir de los 45 años y cada quinquenio en delante de acuerdo a lo establecido en la norma técnica de detección temprana de alteraciones en el adulto mayor.
8. Realizar consulta de ingreso al niño menor de 10 años de acuerdo a lo establecido en la norma técnica de detección temprana de alteraciones en el desarrollo del menor de 10 años.
9. Participar en la evaluación de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad (Resolución 412 de 2000), enfermedades de interés en salud pública y crónicas no infecciosas.
10. Prestar servicios de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, fomentando el autocuidado y la detección oportuna de los signos de alarma como mecanismo en el mejoramiento del estado de salud de los usuarios, su entorno familiar y comunitario, mediante la adherencia a los programas que permita el cumplimiento adecuado de las metas definidas, de conformidad con los requisitos xx Xxx, del cliente y de la ESE BARRANCABERMEJA.
11. Brindar el apoyo a la atención oportuna, humanizada, pertinente y segura a los usuarios que demandan los servicios de consulta externa médica, prioritaria, dando cumplimiento a los requisitos xx Xxx, del Cliente y de la ESE BARRANCABERMEJA
12. Promover la planificación familiar durante la gestación, en adultos jóvenes, adolescentes, hombres y mujeres.
13. Valorar los casos de morbilidad detectada en el entorno y solicitar las intervenciones de los demás miembros del equipo y/o de las otras instituciones competentes según corresponda.
14. Asistir, interconsultar y/o remitir los casos de morbilidad derivados de los riesgos de daño a la salud identificados.
15. Responder por el diligenciamiento completo de la historia clínica y hacer las anotaciones respectivas de las actividades de consulta externa y promoción y prevención que se generen en desarrollo del proceso, registrando peso, talla, signos vitales de cada paciente, fecha, hora, conservando siempre la pertinencia y coherencia por cada actuación y en general siguiendo los lineamientos de la Resolución 1995 de 1999.
16. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población que le ha sido asignada.
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17. Tener siempre en
cuenta la formulación de medicamentos POS en genérico (según acuerdo 228 xx xxxxx 26 de 2002 y acuerdo 282 de diciembre 22 de 2004) existentes en la farmacia de la ESE BARRANCABERMEJA y según lo contratado con cada entidad compradora de servicios.
18. Garantizar el diligenciamiento con LETRA LEGIBLE de manera adecuada, oportuna y total la papelería que requiera el ESE BARRANCABERMEJA y sus clientes en el ejercicio de la prestación de servicios, según el caso: CUPS, SOAT, CIE, RIPSS y las demás que las actualicen o modifiquen registrando en ellos firma y sello.
19. En el desarrollo del contrato aplicar lo establecido en el Decreto 4747 de Diciembre 7 de 2007 y en la Resolución No. 3047 xx Xxxxxx 14 de 2008 y los decretos reglamentarios que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
20. El contratista debe tener recetario oficial individual para el manejo de los medicamentos de control.
21. Realizar y reportar los informes estadísticos establecidos por la normatividad legal vigente
22. Educar sobre el uso correcto y racional de los servicios de salud.
23. Orientar sobre hábitos saludables en el hogar, relacionados con los riesgos de daño a la salud detectados.
24. Promover el desarrollo de actividades físicas y el descubrimiento de potencialidades y capacidades para la vida.
25. Identificar situaciones de riesgo y casos de violencia intrafamiliar y/o de género.
26. Planificar y ejecutar plan de intervención para la prevención y control de la violencia Intrafamiliar.
27. Promover la convivencia armónica en el hogar.
28. Racionalizar el uso de los insumos médicos, médico quirúrgicos y dar el uso correcto y cuidadoso a todos los elementos del servicio
29. Realizar la referencia de pacientes de manera oportuna y ajustada a los lineamientos institucionales y los del CRUE local y departamental.
30. Utilizar el Recetario Oficial en los medicamentos definidos como de control especial.
31. Colaborar con el manejo pertinente a los usuarios que requieren de atención en salud para la recuperación de su salud, ofreciendo atención oportuna y humanizada cumpliendo con los parámetros de calidad que con llevan al cumplimiento de la misión Institucional, los requisitos xx Xxx y del cliente.
32. Promover la lactancia materna e identificar actitud hacia la lactancia.
33. Prestar con diligencia, calidad humana, racionalidad tecnicocientifica la atención a los pacientes referidos o de demanda espontanea salvaguardando y honrando lo preceptuado por la ley 23 de 1981(ETICA MEDICA)
34. Participar en todas las actividades que se planteen para la captación de pacientes para las actividades de P y P e involucrarse en la estrategia de atención primaria en salud que desarrolla la institución de acuerdo con su perfil.
35. El Contratista debe garantizar que los profesionales que desarrollen el objeto del contrato se encuentren debidamente regist rados para el ejercicio de la profesión ante la Oficina de Acreditación, Vigilancia y Control de la Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxxxxx.
36. Desarrollar con la mayor oportunidad de Integridad física (lesiones, violencia familiar), Integridad sexual, Enfermedades laborales y/o accidentes de trabajo, Lesiones de tránsito, Valoración del daño físico, Xxxx de muestra para exámenes auxiliares.
37. En el desarrollo del objeto contractual suministrar y utilizar los elementos de protección tales como bata, guantes, mascarillas, delantales protectores y gafas necesarios para dar cumplimiento al Manual de bioseguridad de la entidad contratante.
38. No cobrar honorarios por procedimientos prestados a pacientes dentro de la institución.
39. Cumplir con la clasificación de los residuos hospitalarios que se generan en los servicios según lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios.
40. Asumir los descuentos por la totalidad de las glosas Médicas y Administrativas, que se generen por la falta de pertinencia o racionalidad, o por no cumplir con los requerimientos o normas administrativos del ministerio o de las EPS o el no diligenciamiento adecuado de la papelería en letra legible a cargo de los profesionales del contratista.
41. Atender y solucionar dentro de los tres días hábiles siguientes a la radicación de las queja, las objeciones presentadas por el contratante relacionadas con la calidad, calidez y oportunidad de los profesionales en la atención de los usuarios.
42. Reportar oportunamente las anormalidades en el desarrollo del objeto contractual y proponer las alternativas de solución.
43. Asumir el costo y hacer el PAGO en favor de la ESE, de los servicios NO PRESTADOS por el TERCERIZADOR, que causen DETRIMENTO PATRIMONIAL servicios que serán valorizados y cuyo pago será descontado en forma inmediata de la factura del mes correspondie nte con el solo soporte del informe del SUPERVISOR.
44. Desarrollar el objeto a la luz de lo ordenado en el decreto 1011 xx xxxxx 3 de 2006 para lo cual se verificará la documentación que al respecto entrega el contratista.
45. Tomar las medidas necesarias para garantizar la custodia y preservación de los bienes del contratante bajo su uso (controles de manejo, revisiones de equipos, pólizas de manejo etc) so pena de responder como contratista, por el daño o pérdida de los implementos utilizados, ya sea en reposición o al precio comercial del bien, descuento que autoriza a efectuar de los honorarios por percibir; autorización que se entiende expresa y escrita aplicable en cada caso.
46. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa.
47. Responder por cualquier afectación patrimonial generada en desarrollo del objeto contractual e imputada a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. En consecuencia se compromete a mantener indemne a la ESE BARRANCABERMEJA.
48. En el desarrollo del proceso el contratista deberá encontrarse identificado a efectos de asegurar los derechos de los usuario s de los servicios de salud.
49. Responder por el diligenciamiento y entregar el último día de cada mes de los formatos de recolección de información necesarios para alimentar el sistema de costos asistenciales.
50. Dar cumplimiento a las Disposiciones del Código de Ética.
51. El Contratista debe garantizar que se ejecuten los procesos, deben contar con una póliza que ampare la responsabilidad civil médica.
52. Participar en la implementación del Sistema Integral de Calidad del Contratante.
53. Aplicar las actividades documentadas dentro del sistema de Gestión de la Calidad y las no documentadas que sean pertinentes y coherentes con el objeto del contrato, además de lo relacionado con la seguridad del paciente.
54. Contar con un programa de salud ocupacional y panorama de riesgos.
55. Contar con un programa de capacitación permanente que requiera el contratista para desarrollar el objeto contractual.
56. Contar con estrategias de evaluación periódica a fin de garantizar los resultados esperados en la ejecución del contrato e implementar acciones de mejoramiento continuo.
57. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita.
58. Cumplir con los indicadores de gestión de la gerencia de la ESEB y con los indicadores estipulados de manera normativa por la Supersalud.
B. CONSULTA MÉDICA URGENCIAS:
1. Ejecutar las actividades asistenciales propias del proceso de Consulta de Urgencias garantizando su desarrollo durante 24 horas del día todos los días del mes, respondiendo por la continuidad en el servicio por tratarse de atención inmediata en salud, que deberá ser oportuna, eficaz, eficiente y continua a los pacientes institucionales, o de entidades con las cuales la ESE BARRNACABERMEJA tenga contrato.
2. Responder por la elaboración por escrito del triage a los pacientes de urgencias, para priorizar la atención, o referir a la respectiva IPS o a consulta externa, según el caso.
3. Garantizar disponibilidad continua durante el mes en la ejecución del proceso del servicio de urgencias, atención de partos en todas las etapas y evolución de pacientes hospitalizados.
4. Desarrolla actividades de acompañamiento de los pacientes remitidos en ambulancia al nivel mediana y alta complejidad que requieran cuidado médico permanente, diligenciando el record de traslado de paciente, el cual será entregado al regresar en el área de facturación; al igual que la evolución del paciente durante el traslado.
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5. Responder por el
diligenciamiento completo de la historia clínica y hacer las anotaciones respectivas de las actividades de urgencias, procedimientos y hospitalización que se generen en desarrollo del proceso, registrando peso, talla, signos vitales de cada paciente, fecha, hora, conservando siempre la pertinencia y coherencia por cada actuación y en general siguiendo los lineamientos de la Resolución 1995 de 1999.
6. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población que le ha sido asignada.
7. Tener siempre en cuenta la formulación de medicamentos POS en genérico (según acuerdo 228 xx xxxxx 26 de 2002 y acuerdo 282 de diciembre 22 de 2004) existentes en la farmacia de la ESE BARRANCABERMEJA y según lo contratado con cada entidad compradora de servicios.
8. Garantizar el diligenciamiento con LETRA LEGIBLE de manera adecuada, oportuna y total la papelería que requiera el ESE BARRANCABERMEJA y sus clientes en el ejercicio de la prestación de servicios, según el caso: CUPS, SOAT, CIE, RIPSS y las demás que las actualicen o modifiquen registrando en ellos firma y sello.
9. En el desarrollo del contrato aplicar lo establecido en el Decreto 4747 de Diciembre 7 de 2007 y en la Resolución No. 3047 xx Xxxxxx 14 de 2008 y los decretos reglamentarios que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
10. El contratista debe tener recetario oficial individual para el manejo de los medicamentos de control.
11. El Contratista debe garantizar que los profesionales que desarrollen el objeto del contrato se encuentren debidamente regist rados para el ejercicio de la profesión ante la Oficina de Acreditación, Vigilancia y Control de la Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxxxxx.
12. En desarrollo del subproceso el contratista deberá garantizar la coordinación del servicio para: la distribución mensual equitativa de las actividades y descansos de los que realizan la actividad asistencial en las áreas de Urgencias, Hospitalización, salas de partos y referencia de pacientes; revisión diaria de las historias clínicas de los diferentes servicios para que el 100% de las mismas sean diligenciadas correctamente verificando variables como: nombres y apellidos completos, identificación, edad, genero, procedencia, signos vitales, anamnesis, examen físico, diagnóstico, tratamiento con énfasis en educación sobre estilos de vida saludables, controles y referencia según el caso, el uso de sello y firma en todas las anotaciones; implementación y cumplimiento de las guías de manejo de la resolución 412 de 2000; socialización y puesta en marcha de las estrategias relacionadas con el sistema obligatorio de garantía de la calidad .
13. Desarrollar actividades de educación en hábitos de vida saludable relacionados con la patología del programa que esté generando la hospitalización o urgencia.
14. Desarrollar con la mayor oportunidad de Integridad física (lesiones, violencia familiar), Integridad sexual, Enfermedades laborales y/o accidentes de trabajo, Lesiones de tránsito, Valoración del daño físico, Xxxx de muestra para exámenes auxiliares.
15. En el desarrollo del objeto contractual suministrar y utilizar los elementos de protección tales como bata, guantes, mascarillas, delantales protectores y gafas necesarios para dar cumplimiento al Manual de bioseguridad de la entidad contratante.
16. No cobrar honorarios por procedimientos prestados a pacientes dentro de la institución.
17. Cumplir con la clasificación de los residuos hospitalarios que se generan en los servicios según lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios.
18. Asumir los descuentos por la totalidad de las glosas Médicas y Administrativas, que se generen por la falta de pertinencia o racionalidad, o por no cumplir con los requerimientos o normas administrativos del ministerio o de las EPS o el no diligenciamiento adecuado de la papelería en letra legible a cargo de los profesionales del contratista.
19. Atender y solucionar dentro de los tres días hábiles siguientes a la radicación de las queja, las objeciones presentadas por el contratante relacionadas con la calidad, calidez y oportunidad de los profesionales en la atención de los usuarios.
20. Reportar oportunamente las anormalidades en el desarrollo del objeto contractual y proponer las alternativas de solución.
21. Asumir el costo y hacer el PAGO en favor de la ESE, de los servicios NO PRESTADOS por el TERCERIZADOR, que causen DETRIMENTO PATRIMONIAL servicios que serán valorizados y cuyo pago será descontado en forma inmediata de la factura del mes correspondie nte con el solo soporte del informe del SUPERVISOR.
22. Desarrollar el objeto a la luz de lo ordenado en el decreto 1011 xx xxxxx 3 de 2006 para lo cual se verificará la documentación que al respecto entrega el contratista.
23. Tomar las medidas necesarias para garantizar la custodia y preservación de los bienes del contratante bajo su uso (controles de manejo, revisiones de equipos, pólizas de manejo etc.) so pena de responder como contratista, por el daño o pérdida de los implementos utilizados, ya sea en reposición o al precio comercial del bien, descuento que autoriza a efectuar de los honorarios por percibir; autorización que se entiende expresa y escrita aplicable en cada caso.
24. Utilizar los equipos únicamente razones estrictamente relacionadas con el desarrollo del subproceso.
25. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa.
26. Responder por cualquier afectación patrimonial generada en desarrollo del objeto contractual e imputada a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. En consecuencia se compromete a mantener indemne a la ESE BARRANCABERMEJA.
27. En el desarrollo del proceso el contratista deberá encontrarse identificado a efectos de asegurar los derechos de los usuarios de los servicios de salud.
28. Garantizar el diligenciamiento de los formatos de producción y la hoja de control de dosis unitaria para la administración de medicamentos.
29. Responder por el diligenciamiento y entregar el último día de cada mes de los formatos de recolección de información necesarios para alimentar el sistema de costos asistenciales.
30. Dar cumplimiento a las Disposiciones del Código de Ética.
31. El Contratista debe garantizar que se ejecuten los procesos, deben contar con una póliza que ampare la responsabilidad civil médica.
32. Participar en la implementación del Sistema Integral de Calidad del Contratante.
33. Aplicar las actividades documentadas dentro del sistema de Gestión de la Calidad y las no documentadas que sean pertinentes y coherentes con el objeto del contrato, además de lo relacionado con la seguridad del paciente.
34. Contar con un programa de salud ocupacional y panorama de riesgos.
35. Contar con un programa de capacitación permanente que requiera el contratista para desarrollar el objeto contractual.
36. Contar con estrategias de evaluación periódica a fin de garantizar los resultados esperados en la ejecución del contrato e implementar acciones de mejoramiento continuo.
37. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita
38. Realizar la consulta para evaluar, clasificar, detectar, registrar, tratar, orientar y referir si fuere necesario, siguiendo las Normas Nacionales de atención al menor de cinco años y la Guía de Diagnóstico y Tratamiento para Atención Primaria de Salud y la Estrategia de Atención Integral de Enfermedades Prevalentes de la Infancia – AIEPI -.También las guías institucionales para manejar las patologías que representan las 10 primeras causas de morbilidad y guías y flujo gramas de pacientes con enfermedades crónicas como hipertensión arterial, diabetes mellitus, prevención de la enfermedad renal crónica.
39. Cumplir con los indicadores de gestión de la gerencia de la ESEB y con los indicadores estipulados de manera normativa por la Supersalud
C. HOSPITALIZACION, CONSULTA EXTERNA Y URGENCIAS POR ENFERMERIA :
1. Apoyo en tareas como planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar la atención directa del placiente, la familia y la comunidad en pro de una atención oportuna, eficaz y el buen funcionamiento del servicio.
2. Participar en la planificación y organización de los programas desarrollos institucionales y comunitarios para lograr la misión de la empresa.
3. Participar en los programas de promoción y prevención de la salud a grupos específicos de la comunidad para contribuir con su experiencia en los objetivos.
4. Participar en los programas de desarrollo comunitario del área de influencia de la institución.
5. Elaborar informes estadísticos y de sus actividades con su correspondiente análisis y propuestas de mejoramiento.
6. Dar cumplimiento a las actividades programadas, teniendo en cuenta además de las funciones administrativas y asistenciales.
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7. Participar en todas
las actividades que se planteen para la captación de pacientes para las actividades de P y P e involucrarse en la estrategia de atención primaria en salud que desarrolla la institución de acuerdo con su perfil. De igual manera las actividades de PYP deben ir de acuerdo a las matrices de programación.
8. Dar cumplimiento a las Disposiciones del Código de Ética.
9. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita.
10. Participar en la evaluación de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
D. LABORATORIO CLINICO :
1. Actividades relativas a realizar los análisis en las diferentes áreas que integran el laboratorio clínico e informar los resultados.
2. Realizar pruebas de control de calidad de los análisis clínicos a fin de garantizar la veracidad en los resultados.
3. Orientar e informar a los pacientes sobre los requisitos para la toma de una buena muestra y sobre la forma de recolección de las mismas.
4. Preparar y controlar los reactivos, las sustancias de referencias, solucione y responder por el adecuado uso de los equipos y elementos asignados.
5. Suministrar los datos estadísticos requeridos.
6. Supervisar los procedimientos de la toma de muestra, coloración, montaje y lavado del material.
7. Las demás actividades que sean acordes al objeto contractual sugerido por la respectiva autoridad del proceso.
8. Dar cumplimiento a las Disposiciones del Código de Ética
9. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita
10. Participar en la evaluación de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad
E. ODONTOLOGIA:
1. Realización de consultas y tratamientos odontológicos de primer nivel de atención como lo establece la norma, actividades diagnósticas y de Urgencia Odontológica, Endodoncia, Exodoncia sencillas
2. realizar acciones de promoción de la salud y prevención en salud oral a los usuarios de la ESE BARRANCABERMEJA, que requieran según los lineamientos de la Norma Técnica para la Atención Preventiva de Salud Oral de la Resolución 412 de 2000, y de acuerdo a las matrices de programación
3. Dar cumplimiento a las Disposiciones del Código de Ética
4. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita
5. Participar en la evaluación de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad
6. Realizar todas las actividades de Promoción y Prevención de acuerdo a la Resolución 0412 de 2000, y de acuerdo a las matrices de programación. Aplicar las normas y protocolos de atención de enfermería estipulados por la institución para el manejo de los programas de promoción y prevención, ubicar las familias asignadas, recopilar la información de cada uno de los miembros de la familia, realizar seguimiento periódico a las familias asignadas, direccionando los pacientes para los diferentes programas de atención, orientándolo para que adelante los trámites necesarios y reciba el servicio de salud requerido en forma oportuna y eficiente.
F. TRASLADO INTERNO Y EXTERNO DE PACIENTES :
1. Participar en el traslado interno y externo de usuarios de las diferentes unidades operativas de la ESE BARRANCABERMEJA.
2. Diligenciar la hoja de traslado y demás registros de uso institucional
3. Recibir al paciente, copia de la historia clínica y recomendaciones médicas y de enfermería, cumplir con las órdenes médicas durante el transporte.
4. Entregar el paciente en la institución destino según protocolos, y demás acciones afines
G. REFERENECIA Y CONTRA REFERENCIA:
1. Transporte de pacientes en ambulancia a los centros hospitalarios o a sus domicilios con las debidas medidas de seguridad y manejar el equipo de radiocomunicaciones.
2. Asistencia y participación en las jornadas de capacitación o actualización programadas por la ESE o por la coordinación del área de Urgencias.
3. Colaboración al camillero en ascenso y descenso del paciente a la ambulancia y permanecer en contacto permanente con la consola.
4. Información oportuna al responsable directo del proceso sobre la renovación de póliza de seguro obligatorio y el pago de los impuestos del vehículo a su cargo.
5. Cuidado y preservación de la vida de los pacientes a quienes transporta
6. Cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en los manuales y reglamentos de la Institución.
7. Utilización adecuada de los recursos y bienes asignados al servicio a su cargo.
8. Cumplimiento a las políticas, procesos y procedimientos establecidos por el Sistema de Gestión de Calidad en la ejecución del subproceso.
H. PROMOTORIA DE SALUD:
1. Motivar, informar y educar a la comunidad sobre los programas de detección temprana, protección específica y enfermedades de interés en salud pública y demás programas institucionales para inducir a la demanda de los servicios.
2. Promover la coordinación entre las instituciones que operan en su zona de influencia.
3. Prestar servicios básicos de salud a la comunidad
4. Realiza visitas domiciliarias para detectar las necesidades de salud conforme a las normas establecidas. Remite casos especiales a los programas específicos de acuerdo al nivel de atención.
5. Diligenciar los registros que le competan de forma completa, adecuada y oportuna acorde con los instructivos institucionales.
I. PSICOLOGIA:
1. Realizar consulta al joven de 10 a 29 años según lo establece la norma técnica de detección temprana de alteraciones en el joven.
2. Evaluar los factores que están relacionados con el comportamiento del adolescente para hacer la intervención de manera individual o grupal, como lo establece la estrategia de servicios amigables en salud. (Uso y abuso de tabaco, alcohol y drogas, Alteraciones en el desarrollo emocional afectivo, Violencia intrafamiliar, Cambios conductuales
Comportamiento escolar y social (pares, compañero o compañera, familia), Comportamiento alimentario: apetito, hábitos de comer, Violencia juvenil, delincuencia).
3. .Realizar valoración a toda gestante que demande atentación según lo establece la norma técnica de detección temprana de alteraciones en el embarazo.
4. Participar en la evaluación de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad (Resolución 412 de 2000), enfermedades de interés en salud pública y crónicas no infecciosas.
º
NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 00-000-00000
5. Prestar
servicios de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, fomentando el autocuidado y la detección oportuna de los signos de alarma como mecanismo en el mejoramiento del estado de salud de los usuarios, su entorno familiar y comunitario, mediante la adherencia a los programas que permita el cumplimiento adecuado de las metas definidas, de conformidad con los requisitos xx Xxx, del cliente y de la ESE BARRANCABERMEJA.
6. Diligenciar
7. Orientar sobre hábitos saludables en el hogar, relacionados con los riesgos de daño a la salud detectados.
8. Promover el desarrollo de actividades físicas y el descubrimiento de potencialidades y capacidades para la vida.
9. Identificar situaciones de riesgo y casos de violencia intrafamiliar y/o de género.
10. Planificar y ejecutar plan de intervención para la prevención y control de la violencia Intrafamiliar.
11. Promover la convivencia armónica en el hogar.
12. Participar en todas las actividades que se planteen para la captación de pacientes para las actividades de P y P e involucrarse en la estrategia de atención primaria en salud que desarrolla la institución de acuerdo con su perfil
13. Responder por el diligenciamiento completo de la historia clínica y hacer las anotaciones respectivas de las actividades de consulta externa y promoción y prevención siguiendo los lineamientos de la Resolución 1995 de 1999.
14. Garantizar el diligenciamiento con LETRA LEGIBLE de manera adecuada, oportuna y total la papelería que requiera el ESE BARRANCABERMEJA y sus clientes en el ejercicio de la prestación de servicios, según el caso: CUPS, CIE, RIPSS y las demás que las actualicen o modifiquen registrando en ellos firma y sello.
TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1) La Entidad Contratante se obliga a efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. 2) Solicitar los informes de la gestión adelantada con ocasión del objeto contractual. 3) Pagar en forma oportuna de conformidad a la cláusula Quinta del presente contrato. 4) Suministrar toda la información y documentación que requiera el contratista. CUARTA: TERMINO DE DURACION: El presente Contrato de Prestación de Servicios tendrá una duración de Nueve (9) Meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio la cual debe ser posterior a la aprobación de las garantías exigidas. QUINTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS UN PESOS MCTE, ($
3.450.325.401.00=)., pagaderos de acuerdo al avance y ejecución del contrato, mediante la presentación de actas parciales de cumplimiento, y una última acta de recibo final y liquidación, cuenta de cobro y/o factura. La facturación correspondiente a los servicios de salud bajo la modalidad de servicios tercerizados a través de un operador externo en la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, prestados por parte del CONTRATISTA, previamente aprobada por la ESE BARRANCABERMEJA. SEXTA. SUPERVISION Y VIGILANCIA: la Supervisión del presente contrato, estará a cargo del Profesional Especializado Promoción y Prevención, Profesional Especializado Servicios Ambulatorios y Profesional Especializado Financiero. Obligación del supervisor: 1. Velar por el adecuado cumplimiento del objeto contractual dentro del plazo y en las condiciones pactadas por las partes. 2. La vigilancia y control de la ejecución del contrato. 3. Hacer recomendaciones y sugerencias al contratista con respecto a la ejecución del contrato. 4. Expedir actas parciales, final y liquidación del servicio prestado. 5. Ser intermediario entre las partes contratantes. SEPTIMA: SUJECCION PRESUPUESTAL: El valor del presente Contrato se cancelará con cargo al rubro presupuestal GF-1020200-03 para la vigencia fiscal de 2014 contemplados en la Disponibilidad Presupuestal Nº 0152-14. OCTAVA: GARANTIA UNICA: EL CONTRATISTA, prestará garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato en una Compañía de seguros legalmente autorizada por la Superintendencia Bancaria a la suscripción del contrato, contra los siguientes eventos y cuantías: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por el Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato y seis (06) meses más. CALIDAD DEL SERVICIO: Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato con una vigencia igual al tiempo de su ejecución del y seis (6) meses más, tiempo previsto para la liquidación del contrato. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, el valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, será equivalente a 200 S.M.M.L.V. al momento de expedición de la póliza. La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el plazo de ejecución del contrato. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Al equivalente al Veinte 20% del valor del contrato para garantizar el pago de los salarios, prestaciones sociales, reclamaciones o indemnizaciones. Este amparo deberá extenderse por una vigencia igual a la del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de terminación del contrato. NOVENA CLAUSULAS EXCEPCIONALES: De acuerdo en lo previsto en el inciso 3, numeral 2, del artículo 14 de la ley 80 de 1993, EL CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de dicha Ley. Así mismo, LA ESE BARRANCABERMEJA podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente contrato, si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA.- PENA PECUNIARIA: En caso de incumplimiento parcial o definitivo de EL CONTRATISTA, este pagará al CONTRATANTE a titulo xx xxxx, una suma equivalente xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato que se imputará al de indemnización por los perjuicios que reciba LA ESE BARRANCABERMEJA por el incumplimiento. DECIMA PRIMERA.- CESION: El Contratista no podrá ceder en todo o en parte el contrato sin previa autorización escrita del CONTRATANTE. DECIMA SEGUNDA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES El Contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley y específicamente en los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 y el artículo 18 de la ley 1150 de 2007. DECIMA TERCERA.- EXENCION DEL PAGO DE LAS ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES. Aplicación Ordenanza 060 de 2012, por medio del cual se modifica la Ordenanza 01 xx Xxxxx 22 de 2010, Estatuto Tributario Departamental, “Artículo Primero: Adiciónese los siguientes literales al artículo 220 de la Ordenanza 01 de 2012, así: (…) Parágrafo: Los hechos generadores que no pueden ser gravados con ningún título Departamental, previstos en la presente Ordenanza, son aquello en los cuales el origen de los recursos es el proveniente del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), Sistema General de Participación (SGP) en el componente de salud y las transferencias al sector salud y cuyo fin sea el de atender a la población del régimen subsidiado o adelantar acciones de salud pública o la atención a la población pobre no asegurada”. Por lo anterior, queda claro y establecido que la Empresa Social del Estado Barrancabermeja determina dentro de su contratación cuales son los bienes y servicios que se encuentran dentro de lo misional, por lo cual este contrato se encuentra en la exención establecida mediante la Ordenanza 060 de 2012. DECIMA CUARTA-LIQUIDACION. La liquidación del presente contrato se realizará de acuerdo con lo previsto en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11º de la ley 1150 de 2007, y 54 del manual de contratación de la entidad y el artículo 136 del CCA y dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. DECIMA QUINTA- SOLUCION A CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. En caso de presentarse controversias o diferencia, se recurrirá a los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en la Ley 80 de 1993 y a los siguientes mecanismos alternativos de solución de conflictos: a) Acuerdos b) Transacción c) Conciliación d) Amigable Composición, de acuerdo con los procedimientos legales establecidos para tal efecto. DECIMA SEXTA.- PERFECCIONAMIENTO. EJECUCIÓN Y LIQUIDACION: El presente Contrato requiere para su perfeccionamiento: a) Acta de Comité de Contratación. b) La firma de los contratantes. c) Certificado de Disponibilidad Presupuestal. d) Copia del NIT del CONTRATISTA. Para su ejecución requerirá: a) Registro Presupuestal. b) Aprobación de garantía. c) acta de inicio. Para su liquidación: a) Acta de Recibido final a Satisfacción por parte del supervisor del contrato. En constancia de todo lo anterior, se firma por las partes en Barrancabermeja a los veintiocho (28) días del mes xx Xxxxx de 2014.
CONTRATANTE CONTRATISTA
(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX
Gerente Rep. Legal JAHSALUD IPS
Proyecto: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Abogado Asesor Externo