PLIEGO DE prescripciones técnicas PARTICULARES PARA CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO E INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE EDIFICIOS MUNICIPALES, ASÍ COMO EL MONTAJE Y DESMONTAJE DE LA ELECTRICIDAD...
PLIEGO DE prescripciones técnicas PARTICULARES PARA CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO E INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE EDIFICIOS MUNICIPALES, ASÍ COMO EL MONTAJE Y DESMONTAJE DE LA ELECTRICIDAD DE FIESTAS PATRONALES, NAVIDAD Y EVENTOS EN EL VELLÓN
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Pliego de Prescripciones técnicas Particulares Procedimiento: Contrato de Servicios por Procedimiento Abierto
Asunto: mantenimiento y reparación del alumbrado público e instalación eléctrica de edificios municipales, así como el montaje y desmontaje de la electricidad de fiestas patronales, navidad y eventos en El Vellón Documento firmado por: La Alcaldesa
Condiciones generales Artículo 1. Objeto xxx Xxxxxx
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Prestación del Servicio de mantenimiento y reparación del alumbrado público e instalación eléctrica de edificios municipales, así como el montaje y desmontaje de la electricidad de fiestas patronales, navidad y eventos en El Vellón. Esta prestación tiene como finalidad principal, asegurar la continuidad tanto de las instalaciones de alumbrado púbico del ayuntamiento como de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales y mantener el nivel técnico de las mismas, previniendo posibles averías y realizando, cuando proceda, inspecciones, reparaciones, reposiciones, reemplazamientos, suministros, mejoras y modificaciones
Artículo 2. Instalaciones actuales
El contratista acepta las instalaciones actuales, tanto las existentes como las que puedan ampliarse durante la vigencia del contrato, y todos y cada unos de sus componentes, en las condiciones de la fecha de licitación, haciéndose cargo de estas, alas que prestará el servicio correspondiente de acuerdo con las especificaciones xxx xxxxxx
Esta aceptación le obliga a mantener los elementos de toda clase de instalaciones sin que puedan ser sustituidos por otros de diferente tipo, sin previa autorización de los servicios técnicos municipales, la cual tendrá que ser solicitada por el contratista de forma razonada y por escrito
En caso de que exista alguna deficiencia que afecte a la seguridad, el contratista queda autorizado para tomar las medidas necesarias, en previsión de posibles accidentes.
Artículo 3. Obligaciones Generales
De forma explícita, aunque no excluyente, la prestación del servicio de conservación de las instalaciones de alumbrado público, por parte del adjudicatario incluye:
Mano de obra, equipos y medios materiales en número suficiente para poder cubrir todas las exigencias establecidas para el mantenimiento correctivo y preventivo y la reparación de averías establecidas en el presente pliego, con la periodicidad mínima establecida en él o con las mejoras ofertadas en su caso por el contratista
Se incluyen dentro del canon los siguientes materiales y tareas:
1.- Fusibles de protección de los puntos de luz de hasta 10 A y fusible xx xxxxx generales de protección de hasta 250 amperios
2.- Interruptores automáticos magnetotérmicos y diferenciales, con cualquier función y cualquier tipología de hasta 25 amperios
3.- Pilotos de señalización, lámparas y leds de alumbrado de emergencia, rotulación xx xxxxxxx, cebadores tubos fluorescentes, tornillos, tuercas, bridas, tacos, varillas roscadas, etc. y demás elementos de fijación y sujeción para tuberías y cables, clemas, bornas y demás pequeño material eléctrico, pegamentos, colas, cintas aislantes y demás pequeño material necesario para la correcta sustitución o reparación de piezas.
4.- Todas las lámparas, equipos de encendido, equipos electrónicos (reactancias, arrancadores y condensadores) y de protección que se necesiten en cualquier cantidad, para los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo, quedando sólo excluidas las asociadas a daños por terceros con autor conocido
5.- Cableado de suministro de energía de los distintos puntos de luz, así como el correspondiente a la red de tierras.
6.- Reparación de columnas y báculos 7.- Picas xx xxxxx de tierra
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8.- Regulación, mantenimiento y conservación de los equipos de regulación, ya sean en cabecera o en cada uno d ellos puntos de luz.
9.- Mantenimiento y conservación de los equipos, así como contratación y mantenimiento de las líneas de datos necesarias para el correcto funcionamiento del sistema de telegestión, si lo hubiera
10.- Aparamenta, envolventes y equipos de los centros de mando
11.- Control de la totalidad de las lámparas en servicio, mediante ronda de inspección nocturna, cómo mínimo una vez cada 7 días
12.- recepción de avisos permanentes durante todo el año, durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Estableciéndose un tiempo máximo para la actuación/reparación de la incidencia de 24 horas
13.- Verificación semestral de las instalaciones de alumbrado público con especial atención a los centros de mando con todo su aparamento y telegestión
14.- Verificación semestral de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales 15.- reparación de averías
16.- Servicio de asistencia permanente para las urgencias relacionadas con el normal funcionamiento de las instalaciones
17.- Reparación, reposición y limpieza de cualquier elemento del alumbrado público dañado por actos vandálicos, incluyendo las puertas d ellos centros de mando y armarios de regulación del alumbrado
Artículo 4. Administración del Servicio
El contratista será responsable del servicio, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que la prestación esté en condiciones de satisfacer sus exigencias operativas.
El contratista dispondrá de una estructura administrativa funcional con una lógica y precisa asignación de responsabilidad y autoridad para crear una organización segura y responsable, adecuada a los objetivos deseados y capaces de redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información establecida en este pliego.
Sus misiones fundamentales son:
1.- Recoger la información de las inspecciones preventivas realizadas, de los trabajos efectuados, de los controles hechos y de las causas de las anomalías reparadas
2.- recoger y ordenar las informaciones de vecinos, policía, vigilantes nocturnos o inspectores, relativas a anomalías en el servicio de alumbrado público e instalaciones eléctricas de las edificaciones municipales
3.- realizar las estadísticas por tipos de trabajos, reclamaciones recibidas, averías habidas, características de las instalaciones, y en general, todas aquellas que permitan una adecuación permanente del servicio a las exigencias de la conservación 4.- Elaborar y mantener al día un inventario cualitativo de las instalaciones de alumbrado público en servicio en la forma y con los programas informáticos que determine el Ayuntamiento
5.- programar el entrenamiento del personal para que realice las inspecciones, los trabajos, etc., de forma racional, adecuada y con la máxima productividad
6.- Preparar y redactar las órdenes de trabajo
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El personal técnico y administrativo que efectúe todos los trabajos indicados funcionará con el más estrecho contacto entre los locales municipales y las oficinas del contratista.
Artículo 5. Disposición de Personal
El contratista dispondrá del personal para cubrir todas las exigencias del contrato y cumplirá con sus empleados la legislación y los convenios vigentes que le afecten
El licitador tendrá que facilitar, siempre que le sea requerido por el Ayuntamiento, toda la información que permita comprobar la plantilla e identificar a los responsables de cada trabajo. En todo caso el Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir la sustitución del personal que no demuestre la capacidad adecuada a la clasificación laboral que se le exige o al trabajo específico que debe realizar.
El contratista deberá nombrar un delegado general para que le represente ante el Ayuntamiento en todo lo que concierne al servicio, el cual tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que exige su prestación sin que las mismas puedan verse afectadas por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Este delegado deberá asistir sin excusa, a las reuniones que se invite para tratar asuntos relativos al servicio, siempre que su convocatoria se haya realizado con 48 horas de antelación o, en su defecto, delegar en una persona con similar poder de decisión. El delegado o persona delegada en casos excepcionales justificados, será el único interlocutor válido para todos los asuntos relativos al servicio.
El contratista, indicará en su oferta que técnico titulado superior o de grado medio será el responsable de las decisiones técnicas que deban ser tomadas en la prestación del servicio, sin que ello afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Este técnico debe de tener acreditada competencia en la conservación y mantenimiento de las instalaciones objeto xxx xxxxxx, y su misión fundamental será colaborar con los técnicos municipales en el análisis de la problemática del servicio a fin de adecuar en todo momento los programas, operaciones e inspecciones a sus exigencias cambiantes. Esta adecuación se refiere tanto a los trabajos programados y normativa de inspecciones, como a los proyectos operativos de conservación, a los programas de entrenamiento personal, etc.
El contratista detallará en su oferta el personal dedicado a la prestación del servicio y, en caso de dedicación parcial al contrato, la parte del tiempo que dedicará al mismo.
Se exige que el personal mínimo de la contrata sea: 1 ingeniero
1 encargado
1 oficial electricista: dedicación mínima 1 visita semanal de 3 horas
1 ayudante electricista: dedicación mínima una visita semanal de 3 horas
El contratista deberá indicar en su oferta la dedicación de dicho personal a los trabajos de mantenimiento del contrato, debiéndose incrementar durante las fiestas patronales y navidad
El contratista habrá de respetar a sus empleados los siguientes puntos:
1.- Señalización y otras medidas accesorias de protección de sus operarios y de todo el público en general, siempre que los trabajos a realizar puedan representar un peligro
2.- uniforme: todos los operarios que estén realizando trabajos en la red de alumbrado han de ir con uniformes que permitan una rápida y clara identificación. Dicha ropa satisfará lo dispuesto en el Real Decreto 1407/1992 y Real Decreto 773/1997 así como la norma de prevención de riesgos laborales
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3.- El contratista será responsable de la cortesía de sus operarios, solucionando cualquier problema que se plantee al respecto
4.- Estricta limpieza de los materiales usados
Artículo 6 Disposición de equipos
El contratista tendrá que disponer del material de medida necesario para efectuar las comprobaciones pertinentes. Este material, podrá ser revisado periódicamente para asegurar que las inspecciones sean lo mas objetivas posibles.
De acuerdo con ello los equipos de inspección o medición dispondrán como mínimo de los instrumentos de medida que se indican a continuación:
Equipos:
1.- telurómetro
2.- medidor de aislamiento, según ITC MIE-BT 19
3.- multímetro o tenaza, para las siguientes magnitudes:
- tensión alterna y continúa hasta 500 V
- Intensidad alterna y continúa hasta 20 A
- Resistencia
4.- Medidor de corrientes de fuga, con resolución mejor o igual a 1 MA 5.- detector de tensión
6.- Analizador registrador de potencia y energía para corriente alterna trifásica, con capacidad de medida de las siguientes magnitudes: potencia activa, tensión alterna, intensidad alterna, factor de potencia
7.- equipo verificador de la sensibilidad de disparo de los interruptores deferenciales, capaz de verificar las características intensidad-tiempo
8.- Equipo verificador de la continuidad de conductores
9.- Medidor de impedancia de bucle, con sistema de medición independiente o con compensación del valor de la resistencia de los cables de prueba y con resolución mejor o igual que 0,1
10.- herramientas comunes y equipo auxiliar
11.- Luxómetro con rango de medida adecuado para el alumbrado de emergencia 12.- analizador de redes, de armónicos y de perturbaciones de red
13.- electrodos para la medida del aislamiento de los suelos Otros equipos:
1.- localizador 1 trazador de averías subterráneas (indicar modelo ofertado) 2.- Grupo electrógeno, mínimo 3 CV
3.- máquinas perforadoras-percutoras
Todos los aparatos de medida deberán estar en perfectas condiciones de uso y serán comprobados periódicamente por el contratista a fin de asegurar que permiten realizar mediciones correctas de acuerdo con errores admisibles, según el tipo de instrumento.
Artículo 7. Disposición de vehículos
El contratista habrá de disponer como mínimo del siguiente parque móvil que se pondrán al servicio de la contrata siempre que sea necesario:
1.- 1 camión cesta/pluma con un alcance mínimo de 12 metros de altura 2.- 1 vehículo ligero
El licitador deberá detallar en su oferta los vehículos puestos a disposición del servicio
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Artículo 8. Condiciones de los vehículos
Todos los vehículos deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento de acuerdo con lo que preceptúa el vigente código de la circulación, las ordenanzas municipales y el reglamento de ordenación de los transportes mecánicos por carretera
Además, todos los vehículos que lleven grúas deberán obtener anualmente un certificado de conformidad con el RD 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo
En cuanto a la señalización y balizamiento, los camiones y vehículos utilizados en el servicio llevarán las señales exigidas por los organismos, cumpliendo el RD 485/1997 de 14 xx xxxxx sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
Los vehículos estarán perfectamente pintados en todo momento y limpios. La responsabilidad civil del vehículo será del contratista.
Como criterio general sólo se emplearán escaleras que no estén montadas sobre vehículos en aquellas operaciones en las que no podrá justificarse su utilización sobre este por motivos operativos o económicos, como puede ser, por ejemplo, la limpieza de faroles.
En las revisiones de material rodante, se comprobará el correcto uso de todo el material de balizamiento y señalización por parte del personal que compone la dotación de cada vehículo
Artículo 9. stock de recambios
Para asegurar el buen servicio de conservación del alumbrado público, el contratista estará obligado a tener en sus almacenes en stock de materiales suficientes para poder atender cualquier avería o accidente que se produzca
Artículo 10. Eliminación de lámparas y equipos
Es obligación del adjudicatario el reciclaje de las lámparas y equipos desechados. La eliminación consistirá en el reciclaje controlado de todas las lámparas y equipos, tanto del cambio masivo, cómo puntual, de acuerdo con el RD 110/2015, de 20 de febrero sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como la normativa autonómica aplicable en esta materia. El contratista deberá acreditar mediante
certificado la retirada por gestor autorizado y a una instalación de reciclado autorizado
Artículo 11. Recepción de avisos, servicio xx xxxxxxx
El contratista tendrá que proponer un sistema de localización permanente, para poder atender averías que afecten a las instalaciones, así como la disposición de los medios y materiales necesarios para su reparación
Se habilitará un sistema para su registro y solución
Artículo 12. Documentación a preparar
El contratista entregará mensualmente, los partes de trabajo que se realicen de la inspección de lámparas de calles tanto diurnas, como nocturnas, puntos de luz, incidencias etc.
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También se entregarán y actualizarán los inventarios de centros de mando, mediciones de caída de tensión, mediciones de tensión con aparatos registradores etc.
CAPÍTULO II. DEL ALUMBRADO PÚBLICO
Ámbito del Contrato
Artículo 13. Extensión territorial
El presente contrato incluye el mantenimiento de las instalaciones de alumbrado público existentes en el término municipal de El Vellón y El Espartal. No se prevé ningún incremento del importe del precio del contrato durante la vigencia del mismo, siempre que este sea inferior al 5% anual de los puntos actualmente decepcionados y mantenidos por el ayuntamiento
En El Vellón:
10 centros de mando
509 puntos de luz tipología VSAP de 70,100, 150 y 250 W y LED luminarias y bloques ópticos
El Espartal:
2 centros de mando
111 puntos de luz, tipología LED luminarias y bloques ópticos Artículo 14. Instalaciones futuras
El contratista se hará cargo de las instalaciones futuras que se realicen en el alumbrado público, si se hacen por terceros, el contratista podrá revisarlas y si aprecia alguna anomalía lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento, y estás instalaciones, durante el periodo de garantía, será la empresa que las instaló la encargada de su reparación
Artículo 15. Conservación y Mantenimiento integral
Todas las operaciones integradas en la conservación y mantenimiento integral se encuentran incluidas dentro del precio del contrato
Mantenimiento correctivo es aquel que tiene por objeto la subsanación de la instalación motivados por fallos en la infraestructura eléctrica, mañana, tarde y noche los 365 días al año, como por ejemplo, reparación de averías urgentes, que son las
afectan a la seguridad de los vecinos del municipio y a las propias instalaciones, y las no urgentes que se raparán dentro de las 48 horas desde su comunicación por el ayuntamiento.
Artículo 16.- Mantenimiento Conductivo
Es aquel que tiene por finalidad el correcto funcionamiento de todos los puntos de luz y de las instalaciones, reparando las averías que puedan producirse, tanto de día como de noche.
Artículo 17.- Mantenimiento Preventivo
Tiene por objeto anticiparse a la aparición de problemas en las instalaciones de alumbrado, y mantener la red de alumbrado impidiendo el envejecimiento, reponiendo luminarias fundidas y limpiando las existentes.
Artículo 17. Mantenimiento Modificativo
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Tiene por objeto mejorar la seguridad, solventar zonas oscuras en calles, mejorar la eficiencia energética etc.
Artículo 18. Mantenimiento Técnico
Tiene por objeto adecuar las instalaciones a la legalidad, a través de inspecciones etc. Así cómo la legalización y control de las instalaciones eléctricas durante las fiestas patronales y navidad
Artículo 19. Régimen Jurídico
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El Vellón a 20 xx Xxxx de 2023 La Alcaldesa-Presidente
Firmado Electrónicamente
Fdo. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
ALCALDESA
AYTO. DE EL VELLÓN
Fecha:28/05/2024 a las 13:15 HASH:DD269642110E96FFACD324C152F3C19BD0D302E3 CSV:ef12c5a3-0b4e-4fe5-989c-a33df8616e66-218031