CONTRATO DE ADHESION Nº CASA CENTRAL CORDOBA 560 – CP. 4000 DGL SAN MIGUEL DE TUCUMÁN TUCUMÁN / ARGENTINA CASTILLO SACIFIA (CUIT 30-52940352-2) 25 DE MAYO 320 – CP 4000 - DOMICILIO LEGAL SAN MIGUEL DE TUCUMÁN TUCUMAN / ARGENTINA 0810 888 5678 COPIA...
CONTRATO DE ADHESION Nº
CASA CENTRAL CORDOBA 560 – CP. 0000 XXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXX / XXXXXXXXX
XXXXXXXX SACIFIA (CUIT 30-52940352-2) 00 XX XXXX 000 – CP 0000 - XXXXXXXXX XXXXX
XXX XXXXXX XX XXXXXXX
XXXXXXX / XXXXXXXXX 0810 888 5678
COPIA DNI
RECIBO SUELDO
FACTURA SERVICIO
COPIA TARJETA
COPIA DE RESUMEN
LIBRE DEUDA L. C
./ L.
E. /D
.N .I
.
DOCUMENTACION ENTREGADA
Documentación Titular Garante Adicional Observaciones
Entre XXXXXXXX SACIFIA, CUIT Nº 30-52940352-2, en adelante EL EMISOR, por una parte, y quién/quienes �rma/n al pie, en adelante EL USURIO, por la otra, se formaliza el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el CONTRATO, conforme a las siguientes estipulaciones. Las presentes condiciones generales y la Solicitud de Tarjeta Credicash �rmada por el Usuario Titular, por su/s Garante/s y Usuario/s Adicional/es, si los hubiere, constituirán plena prueba del acuerdo celebrado con EL EMISOR, quien le/s entregará la Tarjeta de Crédito CREDICASH, en adelante LA TARJETA, a �n de que pueda/n realizar cualesquiera de las operaciones detalladas en la CLAUSULA 2 del presente. LA TARJETA es de uso exclusivo, personal e intransferible, extendida a nombre de el USUA- RIO el que se obliga a utilizarla en un todo de acuerdo con los términos y condiciones que rigen su uso. Para la mejor comprensión de los términos que se emplearán se hace constar, que tienen el siguiente signi�cado: -Usuario: cuando se utiliza “el USUARIO” sin aditamentos se estará re�riendo indistintamente al Usuario Titular y a el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Titular: es la persona física habilitada para el uso de LA TARJETA, quién en su carácter de Titular se hace responsable de todos los cargos y consumos asignados a LA TARJETA, realizados personalmente o por el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Adicional: es todo toda aquella persona designada por el Usuario Titular aceptada por EL EMISOR, quien recibirá una Tarjeta CREDICASH, y cuyas operaciones serán cargadas al Resumen de Cuenta de el USUARIO Titular. -Tarjeta de Crédito CREDICASH o LA TARJETA: es el instrumento material que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, emergente de la relación que surge del CONTRATO y que EL EMISOR provee a el USUA- RIO a �n de que opere según lo que se estipula en la CLAUSULA 2. -Márgen de Crédito: es el importe máximo de saldo deudor que puede registrar la cuenta de LA TARJETA por el total de las operaciones realiza- das por el USUARIO más los cargos, comisiones, intereses e impuestos que corresponda aplicar. -Márgen de Cuota: es el importe máximo del saldo deudor mensual que con autorización de EL EMISOR podrá registrar en conjunto y por todo concepto la cuenta de el USUARIO. El Márgen de Crédito y/o el de Cuota podrán ser aumentados a solicitud expresa de el USUARIO Titular, quedando reservado a EL EMISOR el derecho de concederlo o rechazarlo sin expresar razones. Ambos xxxxx- nes serán informados en el Resumen de Cuenta mensual. CLAUSULA 1: VALIDEZ-VIGENCIA-RENOVACION: La vigencia del presente será de dos (2) años, a contar desde la fecha de recepción de la/s tarjeta/s por el Usuario titular, o por quien este autorice en el Formu- xxxxx de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente contrato, renovándose automáticamente por iguales períodos en forma sucesiva salvo decisión en contrario de el USUARIO Titular comunicada en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de renovación. CLAUSULA 2: FORMAS DE OPERAR: LA TARJETA podrá ser utilizada por el USUARIO a los efectos de: 1- realizar compras o contratar servicios en los Establecimientos Adheridos; 2- acceder a adelantos en efectivo (según las condiciones �jadas en la CLAUSULAS 3 y 4 del presen- te); y 3- adherirse al servicio de débito automático en cuenta, el que se formalizará en los locales de la Tarjeta Credicash o en las empresas prestadoras del servicio. Para operar, el USUARIO deberá acreditar la identidad con la exhibición del DNI/LE/LC/CI y suscribir el comprobante correspondiente. CLAUSULA 3: ADELANTOS EN EFECTIVO-PRESTAMOS DE DINERO: EL USUARIO podrá solicitar adelantos en efectivo y/o présta- mos de dinero suscribiendo la documentación indicada por EL EMISOR, los que podrán ser suspendidos, limitados o reducidos por EL EMISOR a su libre discreción, y se liquidarán en el Resumen de Cuenta a la tasa efectiva mensual que será informada en el mismo. EL EMISOR podrá �jar
una comisión en concepto de gastos administrativos por las sumas adelantadas, las que serán adicionadas al monto de capital prestado. CLAUSULA 4: ADELANTOS POR CAJERO AUTOMATICO: EL EMISOR podrá habilitar a el USUARIO para acceder a este servicio median- te LA TARJETA para lo cual proporcionará un Código de Identi�cación Personal (en adelante PIN). El uso del PIN queda bajo exclusiva responsa- bilidad de el USUARIO aún en caso de su eventual divulgación a terceros. EL USUARIO autoriza a EL EMISOR a debitar del Resumen de Cuenta las extracciones que se realicen por este medio, como así también las comisio- nes y cargos que se consignan en Anexo I del Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente. En caso de reclamos por discrepancias en las operaciones realizadas por cajeros automáticos, se tendrán por válidos los registros del sistema de EL EMISOR. CLAUSULA 5: RESPONSABILIDAD POR MERCADERIAS O SERVICIOS ADQUIRIDOS: EL EMISOR deja constancia que no será responsable en modo alguno por los resultados y/o cumplimientos de las transacciones realizadas entre el USUARIO y los Establecimientos Adheri- dos. Así mismo, aclara que no recomienda adquisición ni contratación alguna, por lo que las diferencias que pudieran existir entre dichas partes, tales cuales, por ejemplo, la no recepción del objeto adquirido, su recepción con deterioros o faltantes, falta de prestación del servicio contratado, etc. etc., no autorizan a el USUARIO a cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de los resúmenes. CLAUSULA 6: RESUMEN DE CUENTA: Las operaciones que el USUARIO realice a través de LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de conformidad con el CONTRATO y con la ley, se informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviara al domicilio y/o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, el Usuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de Cuenta no exime al USUARIO de la obligación de pagar las sumas que correspondan en los plazos �jados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el USUARIO antes de dicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modi�car dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, noti�cando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta con antelación a su entrada en vigencia. CLAUSULA 7: IMPUGNACION DEL RESUMEN: EL EMISOR tendrá por aprobado y reconocido el contenido del Resumen de Cuenta si dentro de los 30 días corridos desde la fecha de su recepción por el Usuario Titular no se formalizara reclamo alguno de su parte mediante nota simple girada a EL EMISOR impugnando el/los ítem/s con descripción concreta del/los error/es encontrados. Toda consulta o reclamo será resuelta dentro de los plazos que establezcan las normas vigentes contados a partir de la fecha de recepción de la misma, excepto cuando medien causas ajenas a EL EMISOR las que serán debidamente justi�cadas. CLAUSULA 8: PERIOCIDAD Y RESPONSABILIDAD POR LOS PAGOS: Cada Usuario Titular y/o Usuario/s Adicionales y/o Garante/s quedan obligados al pago total del saldo deudor que se re�eje en el Resumen de Cuenta, constituyéndose recíprocamente en co-deudores solidarios, lisos, xxxxxx y principales pagadores sin bene�cio de excusión ni división. En cada resumen de cuenta se informará la fecha de vencimiento de la obligación de pago, como así también la fecha exacta del próximo vencimiento. Los pagos podrán realizarse en los locales xx
XXXXXXXX SACIFIA, TARJETAS CREDICASH o en los lugares habilitados al efecto. La responsabilidad del/los Garante/s no tiene fecha de vencimien- to manteniéndose vigente hasta el día que en forma fehaciente decida/n dejarla sin efecto para el futuro, garantizando todas las operaciones de cualquier naturaleza que el USUARIO realice. La responsabilidad del Garante se extiende a las operaciones realizadas por los Adicionales actuales y futuros. CLAUSULA 9: PAGO MINIMO: EL EMISOR podrá autorizar el pago de un importe considerado como “Pago Mínimo”, así como el diferimiento o �nanciación de parte de las operaciones efectuadas con LA TARJETA. El Pago Mínimo será el resultante de la aplicación de un porcentaje, que se informa en Anexo I del presente aplicado sobre los consumos y/o cargos y/o comisiones generados hasta la fecha de cierre de cada resumen mensual. En el resumen se indicará siempre el importe correspondiente del Pago Mínimo, que deberá hacerse efectivo en los plazos establecidos. El usuario tiene el derecho de efectuar, en cualquier momento del plazo del crédito, la pre cancelación total o pre cancelaciones parciales. CLAUSULA 10: CIERRE: Se determina como fecha de cierre contable de las operaciones los días 21 de cada mes. CLAUSULA 11: INTERESES: XXXXXXXX SACIFIA �xxxx como carácter general o especí�co para cada cuenta, la parte �nanciable del saldo deudor y del interés que deberá abonar el Usuario por hacer uso de la �nanciación el que se aplica desde la fecha de cierre del resumen hasta el de su efectivo pago. La tasa de interés compensatorio vigente a la fecha del presente contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódica- mente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 25% al promedio de tasas del sistema �nanciero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que publique mensualmente el BCRA, elabora- do sobre la base de la información correspondiente al segundo mes anterior. Si el pago del Usuario no cubre el importe que se indica en el resumen de cuenta como Pago Mínimo, o el pago que cubre el Pago Mínimo se efectúa con posterioridad a la fecha de su vencimiento y en el supuesto de que en tal circunstancia XXXXXXXX SACIFIA decida mantener la vigencia de la cuenta, se liquidarán intereses punitorios sobre la parte no cancelada o sobre la parte cancelada fuera del término del referido rubro, desde la fecha en que el pago mínimo debió ser efectuado y hasta su efectivo pago, los que aparecerán volcados en los respectivos resúmenes de cuenta. La tasa de interés punitorio vigente a la fecha del presente Contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 50% a la tasa de interés compensatorio aplicada. La falta de pago en los términos pactados, sea total o parcial, hará incurrir en xxxx al Usuario sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, debiendo abonar en tal caso el impor- te correspondiente a su deuda con más sus intereses compensatorios, comisiones y gastos administrativos pendientes. Producida la xxxx, y en caso de que el titular no cubriera el pago mínimo establecido en el resumen la deuda devengará además del interés compensatorio pactado, el interés punitorio pertinente, a partir de la fecha de cierre de facturación del resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. A dichos intereses deberán adicionarse los impuestos que los graven. La aceptación pura y simple de cualquier pago no implica renuncia de los intereses devengados, pues aún cuando no actúe reserva expresa, todo pago se imputa primero a intereses y luego al capital. La aceptación de pagos parciales por XXXXXXXX SACIFIA, no podrá ser interpretada como quita, espera y/o novación, ni implicará una modi�ca- ción de las condiciones de pago. Cualquier modi�cación en la normativa del BCRA referente a intereses que se contraponga a las disposiciones de este contrato se entenderá que se aplica por sobre las del presente, sustituyendo cualquier cláusula en contrario.
CLAUSULA 12: COMISIONES, CARGOS OPERATIVOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta indicada en la CLAUSULA 6 del presente, EL EMISOR podrá percibir de el USUARIO otros cargos y comisiones que se detallan en el Anexo I del presente los que no incluyen IVA. Todos los cargos, comisio- nes e impuestos son debidos por el USUARIO y deberán ser abonados con el vencimiento del Resumen de Cuenta que los genere. Todos los impuestos actuales y futuros que pudieren gravar el CONTRATO, las operaciones de compra o pagos de bienes y servicios contratados por el USUARIO y la utilización de LA TARJETA, estarán a su cargo. Las comisio- nes, cargos y demás condiciones pactadas vigentes al momento del inicio de la relación contractual son las que se indican en el Anexo I del presen- te y podrán variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx. En caso de que el Usuario titular no estuviere de acuerdo con las modi�caciones que pudiere disponer EL EMISOR podrá rescindir el presente sin causa y sin costo alguno mediante comunicación fehaciente. CLAUSULA 13: ROBO, XXXXX, O EXTRAVIO DE LA TARJETA: LA TARJETA es propiedad de EL EMISOR. Siendo el USUARIO mero deposi- tario de ella, y por ende, responsable de su guarda y custodia. En caso de robo, hurto o extravío de LA TARJETA o cualquier apoderamiento o uso ilegítimo de ella por un tercero, el USUARIO deberá dar inmediato aviso por escrito o telefónico a EL EMISOR a los teléfonos indicados en el Resumen de Cuenta, comunicación que luego deberá ser rati�cada por escrito acompañando constancia de la denuncia efectuada ante la autori- dad competente. En tales casos, el USUARIO será responsable por todos los gastos que se realicen mediante la utilización de LA TARJETA, hasta las 00.00 horas del día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la denuncia a EL EMISOR. CLAUSULA 14: SEGURO DE VIDA POR XXXXX XXXXXX: El USUARIO podrá solicitar que el EMISOR contrate en su bene�cio, un seguro de vida destinado a cubrir el saldo de deuda existente en caso de fallecimiento del titular en alguna de las compañías de seguros con las que opera el Emisor según consta en el Anexo de Condiciones Particula- res que forma parte del presente contrato. Si así lo hiciere, presta su conformidad con los cargos que se le debitarán en virtud de dicho concepto, cuyos valores vigentes a la fecha del presente contrato se indican en el mencionado Anexo. Las condiciones generales y particulares del seguro contratado se encuentran a disposición del USUARIO en el domicilio del EMISOR. El asegurado será el TITULAR de la Tarjeta y el bene�ciario del seguro el EMISOR. Los usuarios adicionales no estarán amparados por dicha cobertura. El Seguro tendrá un límite de cobertura que el EMISOR informará mensualmente al USUARIO a través del resumen de cuenta. Su vigencia requiere no encontrarse en xxxx al momento del deceso, debiéndose cumplir adicionalmente las siguientes condiciones: 1-que en la última emisión del resumen de cuenta se haya debitado la prima, y 2-que el fallecimiento sea posterior al alta efectiva en la compañía de seguros. CLAUSULA 15: XXXX: La falta de pago de los importes exigibles en la fecha de vencimiento indicada en el Resumen de Cuenta producirá la xxxx automática sin necesidad de interpelación previa judicial o extraju- dicial alguna considerándose a toda la deuda como plazo vencido, dando origen entre otras medicas a la inhabilitación inmediata de la TARJETA de el USUARIO y a una comisión y/o cargos por gestión de cobranza según lo que se indica en el Anexo I del presente. La inhabilita- ción de LA TARJETA impedirá, durante su plazo, el ejercicio por parte de el USUARIO de los derechos previstos con el CONTRATO y no lo eximirá del deber de cumplir con sus obligaciones. Producida la xxxx, la deuda devengará los intereses compensatorios y punitorios pactados según la Cláusula 11 del presente, a partir de la fecha de cierre de facturación del Resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. EL EMISOR tendrá derecho a designar a agencias de cobranzas o estudios jurídicos para la gestión de las cobranzas de las cuentas en xxxx. Los saldos
acreedores que eventualmente se generen a favor de el USUARIO no generarán intereses quien autoriza a aplicarlos al pago de cuotas futuras a devengarse. CLAUSULA 16: VIA EJECUTIVA: El Resumen de Cuenta aceptado en forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, EL EMISOR podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescrip- to por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona. CLAUSULA 17: EXTINCION DEL CONTRATO: EL EMISOR podrá resolver el CONTRATO si el USUARIO no cumpliera con sus obligaciones o si hubiera formulado declaraciones falsas respecto a sus datos personales, ingresos, parentesco, situación patrimonial o laboral. Se aplicará también la inhabilitación inmediata de la TARJETA y aún la rescisión contractual en los siguientes casos: 1- Quiebra, Concurso o embargo de�nitivo de bienes de el USUARIO, pedido por los acreedores o por el USUARIO. 2- Domicilio falso o inexistente de el USUARIO o Garante/s. 3- Sanción del BCRA o aparición de el USUARIO en los listados de inhabilitados para operar en cuentas corrientes bancarias. 4- Uso de LA TARJETA sin �rma de el USUA- RIO al dorso. 5- Atraso en el pago del/los Resúmen/es de Cuenta superior a 90 días. 6- Utilización de LA TARJETA para un �n diferente al explicitado en la Cláusula 2. 7- Muerte o incapacidad absoluta de el USUARIO Titular. El Usuario Titular podrá dar por rescindido el CONTRATO mediante comunicación fehaciente a EL EMISOR sin expresión de causa sin que ello de lugar a indemnización alguna de la contraparte. Los derechos y obliga- ciones de las partes se mantendrán hasta tanto sea cancelado todo el saldo pendiente de el USUARIO. De igual manera el USUARIO Titular tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el CONTRATO o de la disponibilidad efectiva de LA TARJETA, noti�cando de manera fehaciente esta decisión a EL EMISOR. La revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para el USUARIO en la medida que no haya hecho uso de LA TARJETA. CLAUSULA 18: CESION: EL EMISOR podrá ceder sus derechos y obligaciones emergentes del contrato, incluyendo su cesión o transferen- cia a titulo �duciario sin requerir la conformidad de el USUARIO o Garan- te/s, la que en su caso se noti�cará en forma escrita mediante nota simple, o a través del Resumen de Cuenta. CLAUSULA 19: DATOS: El USUARIO y Garante/s prestan su consenti- miento para que los datos proporcionados en virtud de el CONTRATO así como los atrasos o incumplimientos crediticios en los que incurrieren sean informados y registrados en las bases de datos de empresas y/o instituciones especializadas en bases de datos de evaluación crediticia provinciales o nacionales. Así mismo prestan su consentimiento para que los mismos sean suministrados a las autoridades competentes que los requieran o sean utilizados a efectos de contactarlos con �nes comercia- les, extrajudiciales o judiciales. CLAUSULA 20: INFORMACION SOBRE EL TITULAR Y SUS ADICIONALES: 1.-Información Crediticia: quien/es suscribe/n el presente, autorizan a que EL EMISOR efectúe a su respecto cualquier investigación crediticia que considere necesaria, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia, bancos o entidades �nancieras, informes o reportes con respecto a su historial crediticio. 2.- Información telefónica: con la �nalidad de asegurar la calidad de sus servicios al cliente, XXXXXXXX podrá escuchar y/o grabar todas las llamadas telefónicas sin necesidad de dar aviso de ello a el USUARIO y/o sus adicionales en cada oportunidad. CLAUSULA 21: NORMAS DE ENCUBRIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO. En lo referente a “Encubrimiento y lavado de activo de origen delictivo” y sus normas reglamentarias y complementarias que quien/es suscribe/n el presente declara/n bajo juramento que la documentación y la información suministrada en el Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash es verdadera y correcta, de
igual manera que acepta/n que EL EMISOR podrá solicitarle/s informa- ción actualizada a su respecto, la cual deberá ser proporcionada en cada oportunidad que sea solicitada. Queda establecido que quien/es suscriben el presente queda/n obligados a informar por escrito cualquier modi�cación que se produjera, dentro de los 30 días de ocurrida. EL EMISOR podrá suspender y/o cancelar la TARJETA en caso de detectar inconsistencias, falsedades o datos incompletos o insu�cientes en la información suministrada. CLAUSULA 22: NOTIFICACIONES: El Usuario Titular presta confor- midad para que toda noti�cación que corresponda realizar en virtud de el CONTRATO sea efectuada, de acuerdo con la normativa vigente, en forma escrita mediante nota simple o a través del Resumen de Cuenta, los que serán considerados medios fehacientes y su�cientes de noti�ca- ción. Todas las noti�caciones se considerarán validas si son dirigidas al domicilio y/o a la dirección de correo electrónico indicados por el Usuario Titular en el CONTRATO o los que en el fututo �je fehacientemente. EL USUARIO acepta que EL EMISOR, previa comunicación por escrito a su domicilio, podrá realizar cambios a las condiciones pactadas detalladas en el Anexo I del presente contrato. El Usuario Titular tendrá la obligación de noti�car fehacientemente cualquier modi�cación de los datos propor- cionados en el CONTRATO los que tendrán validez desde los 15 días posteriores a que fueran informados a EL EMISOR. CLAUSULA 23: DOMICILIO Y JURISDICCION: El EMISOR constitu- ye domicilio legal en calle 25 xx Xxxx nº 320 de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, acordando las partes, EMISOR y USUARIO, la competencia de los tribunales ordinarios del domicilio de éste último. El USUARIO y Xxxxxxx declaran la exactitud de los datos consignados en la Solicitud de Tarjeta Credicash, le dan el carácter de declaración jurada, y declaran haber leído detenidamente y aceptar en un todo el CONTRATO. De conformidad se suscriben a un solo efecto y entregan tantos ejemplares como partes intervienen en el presente. CLAUSULA 24: PRE CANCELACIÓN: Usted podrá precancelar total o parcialmente la �nanciación que le otorga LA TARJETA. RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia"elaborado por el Banco Central de la República Argen- xxxx sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obliga- dos a �n de comparar los costos y características de los productos y servicios �nancieros ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xx- gimen_de_transparencia.asp
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
Entre XXXXXXXX SACIFIA, CUIT Nº 30-52940352-2, en adelante EL EMISOR, por una parte, y quién/quienes �rma/n al pie, en adelante EL USURIO, por la otra, se formaliza el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el CONTRATO, conforme a las siguientes estipulaciones. Las presentes condiciones generales y la Solicitud de Tarjeta Credicash �rmada por el Usuario Titular, por su/s Garante/s y Usuario/s Adicional/es, si los hubiere, constituirán plena prueba del acuerdo celebrado con EL EMISOR, quien le/s entregará la Tarjeta de Crédito CREDICASH, en adelante LA TARJETA, a �n de que pueda/n realizar cualesquiera de las operaciones detalladas en la CLAUSULA 2 del presente. LA TARJETA es de uso exclusivo, personal e intransferible, extendida a nombre de el USUA- RIO el que se obliga a utilizarla en un todo de acuerdo con los términos y condiciones que rigen su uso. Para la mejor comprensión de los términos que se emplearán se hace constar, que tienen el siguiente signi�cado: -Usuario: cuando se utiliza “el USUARIO” sin aditamentos se estará re�riendo indistintamente al Usuario Titular y a el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Titular: es la persona física habilitada para el uso de LA TARJETA, quién en su carácter de Titular se hace responsable de todos los cargos y consumos asignados a LA TARJETA, realizados personalmente o por el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Adicional: es todo toda aquella persona designada por el Usuario Titular aceptada por EL EMISOR, quien recibirá una Tarjeta CREDICASH, y cuyas operaciones serán cargadas al Resumen de Cuenta de el USUARIO Titular. -Tarjeta de Crédito CREDICASH o LA TARJETA: es el instrumento material que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, emergente de la relación que surge del CONTRATO y que EL EMISOR provee a el USUA- RIO a �n de que opere según lo que se estipula en la CLAUSULA 2. -Márgen de Crédito: es el importe máximo de saldo deudor que puede registrar la cuenta de LA TARJETA por el total de las operaciones realiza- das por el USUARIO más los cargos, comisiones, intereses e impuestos que corresponda aplicar. -Márgen de Cuota: es el importe máximo del saldo deudor mensual que con autorización de EL EMISOR podrá registrar en conjunto y por todo concepto la cuenta de el USUARIO. El Márgen de Crédito y/o el de Cuota podrán ser aumentados a solicitud expresa de el USUARIO Titular, quedando reservado a EL EMISOR el derecho de concederlo o rechazarlo sin expresar razones. Ambos xxxxx- nes serán informados en el Resumen de Cuenta mensual. CLAUSULA 1: VALIDEZ-VIGENCIA-RENOVACION: La vigencia del presente será de dos (2) años, a contar desde la fecha de recepción de la/s tarjeta/s por el Usuario titular, o por quien este autorice en el Formu- xxxxx de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente contrato, renovándose automáticamente por iguales períodos en forma sucesiva salvo decisión en contrario de el USUARIO Titular comunicada en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de renovación. CLAUSULA 2: FORMAS DE OPERAR: LA TARJETA podrá ser utilizada por el USUARIO a los efectos de: 1- realizar compras o contratar servicios en los Establecimientos Adheridos; 2- acceder a adelantos en efectivo (según las condiciones �jadas en la CLAUSULAS 3 y 4 del presen- te); y 3- adherirse al servicio de débito automático en cuenta, el que se formalizará en los locales de la Tarjeta Credicash o en las empresas prestadoras del servicio. Para operar, el USUARIO deberá acreditar la identidad con la exhibición del DNI/LE/LC/CI y suscribir el comprobante correspondiente. CLAUSULA 3: ADELANTOS EN EFECTIVO-PRESTAMOS DE DINERO: EL USUARIO podrá solicitar adelantos en efectivo y/o présta- mos de dinero suscribiendo la documentación indicada por EL EMISOR, los que podrán ser suspendidos, limitados o reducidos por EL EMISOR a su libre discreción, y se liquidarán en el Resumen de Cuenta a la tasa efectiva mensual que será informada en el mismo. EL EMISOR podrá �jar
una comisión en concepto de gastos administrativos por las sumas adelantadas, las que serán adicionadas al monto de capital prestado. CLAUSULA 4: ADELANTOS POR CAJERO AUTOMATICO: EL EMISOR podrá habilitar a el USUARIO para acceder a este servicio median- te LA TARJETA para lo cual proporcionará un Código de Identi�cación Personal (en adelante PIN). El uso del PIN queda bajo exclusiva responsa- bilidad de el USUARIO aún en caso de su eventual divulgación a terceros. EL USUARIO autoriza a EL EMISOR a debitar del Resumen de Cuenta las extracciones que se realicen por este medio, como así también las comisio- nes y cargos que se consignan en Anexo I del Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente. En caso de reclamos por discrepancias en las operaciones realizadas por cajeros automáticos, se tendrán por válidos los registros del sistema de EL EMISOR. CLAUSULA 5: RESPONSABILIDAD POR MERCADERIAS O SERVICIOS ADQUIRIDOS: EL EMISOR deja constancia que no será responsable en modo alguno por los resultados y/o cumplimientos de las transacciones realizadas entre el USUARIO y los Establecimientos Adheri- dos. Así mismo, aclara que no recomienda adquisición ni contratación alguna, por lo que las diferencias que pudieran existir entre dichas partes, tales cuales, por ejemplo, la no recepción del objeto adquirido, su recepción con deterioros o faltantes, falta de prestación del servicio contratado, etc. etc., no autorizan a el USUARIO a cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de los resúmenes. CLAUSULA 6: RESUMEN DE CUENTA: Las operaciones que el USUARIO realice a través de LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de conformidad con el CONTRATO y con la ley, se informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviara al domicilio y/o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, el Usuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de Cuenta no exime al USUARIO de la obligación de pagar las sumas que correspondan en los plazos �jados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el USUARIO antes de dicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modi�car dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, noti�cando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta con antelación a su entrada en vigencia. CLAUSULA 7: IMPUGNACION DEL RESUMEN: EL EMISOR tendrá por aprobado y reconocido el contenido del Resumen de Cuenta si dentro de los 30 días corridos desde la fecha de su recepción por el Usuario Titular no se formalizara reclamo alguno de su parte mediante nota simple girada a EL EMISOR impugnando el/los ítem/s con descripción concreta del/los error/es encontrados. Toda consulta o reclamo será resuelta dentro de los plazos que establezcan las normas vigentes contados a partir de la fecha de recepción de la misma, excepto cuando medien causas ajenas a EL EMISOR las que serán debidamente justi�cadas. CLAUSULA 8: PERIOCIDAD Y RESPONSABILIDAD POR LOS PAGOS: Cada Usuario Titular y/o Usuario/s Adicionales y/o Garante/s quedan obligados al pago total del saldo deudor que se re�eje en el Resumen de Cuenta, constituyéndose recíprocamente en co-deudores solidarios, lisos, xxxxxx y principales pagadores sin bene�cio de excusión ni división. En cada resumen de cuenta se informará la fecha de vencimiento de la obligación de pago, como así también la fecha exacta del próximo vencimiento. Los pagos podrán realizarse en los locales xx
XXXXXXXX SACIFIA, TARJETAS CREDICASH o en los lugares habilitados al efecto. La responsabilidad del/los Garante/s no tiene fecha de vencimien- to manteniéndose vigente hasta el día que en forma fehaciente decida/n dejarla sin efecto para el futuro, garantizando todas las operaciones de cualquier naturaleza que el USUARIO realice. La responsabilidad del Garante se extiende a las operaciones realizadas por los Adicionales actuales y futuros. CLAUSULA 9: PAGO MINIMO: EL EMISOR podrá autorizar el pago de un importe considerado como “Pago Mínimo”, así como el diferimiento o �nanciación de parte de las operaciones efectuadas con LA TARJETA. El Pago Mínimo será el resultante de la aplicación de un porcentaje, que se informa en Anexo I del presente aplicado sobre los consumos y/o cargos y/o comisiones generados hasta la fecha de cierre de cada resumen mensual. En el resumen se indicará siempre el importe correspondiente del Pago Mínimo, que deberá hacerse efectivo en los plazos establecidos. El usuario tiene el derecho de efectuar, en cualquier momento del plazo del crédito, la pre cancelación total o pre cancelaciones parciales. CLAUSULA 10: CIERRE: Se determina como fecha de cierre contable de las operaciones los días 21 de cada mes. CLAUSULA 11: INTERESES: XXXXXXXX SACIFIA �xxxx como carácter general o especí�co para cada cuenta, la parte �nanciable del saldo deudor y del interés que deberá abonar el Usuario por hacer uso de la �nanciación el que se aplica desde la fecha de cierre del resumen hasta el de su efectivo pago. La tasa de interés compensatorio vigente a la fecha del presente contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódica- mente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 25% al promedio de tasas del sistema �nanciero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que publique mensualmente el BCRA, elabora- do sobre la base de la información correspondiente al segundo mes anterior. Si el pago del Usuario no cubre el importe que se indica en el resumen de cuenta como Pago Mínimo, o el pago que cubre el Pago Mínimo se efectúa con posterioridad a la fecha de su vencimiento y en el supuesto de que en tal circunstancia XXXXXXXX SACIFIA decida mantener la vigencia de la cuenta, se liquidarán intereses punitorios sobre la parte no cancelada o sobre la parte cancelada fuera del término del referido rubro, desde la fecha en que el pago mínimo debió ser efectuado y hasta su efectivo pago, los que aparecerán volcados en los respectivos resúmenes de cuenta. La tasa de interés punitorio vigente a la fecha del presente Contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 50% a la tasa de interés compensatorio aplicada. La falta de pago en los términos pactados, sea total o parcial, hará incurrir en xxxx al Usuario sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, debiendo abonar en tal caso el impor- te correspondiente a su deuda con más sus intereses compensatorios, comisiones y gastos administrativos pendientes. Producida la xxxx, y en caso de que el titular no cubriera el pago mínimo establecido en el resumen la deuda devengará además del interés compensatorio pactado, el interés punitorio pertinente, a partir de la fecha de cierre de facturación del resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. A dichos intereses deberán adicionarse los impuestos que los graven. La aceptación pura y simple de cualquier pago no implica renuncia de los intereses devengados, pues aún cuando no actúe reserva expresa, todo pago se imputa primero a intereses y luego al capital. La aceptación de pagos parciales por XXXXXXXX SACIFIA, no podrá ser interpretada como quita, espera y/o novación, ni implicará una modi�ca- ción de las condiciones de pago. Cualquier modi�cación en la normativa del BCRA referente a intereses que se contraponga a las disposiciones de este contrato se entenderá que se aplica por sobre las del presente, sustituyendo cualquier cláusula en contrario.
CLAUSULA 12: COMISIONES, CARGOS OPERATIVOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta indicada en la CLAUSULA 6 del presente, EL EMISOR podrá percibir de el USUARIO otros cargos y comisiones que se detallan en el Anexo I del presente los que no incluyen IVA. Todos los cargos, comisio- nes e impuestos son debidos por el USUARIO y deberán ser abonados con el vencimiento del Resumen de Cuenta que los genere. Todos los impuestos actuales y futuros que pudieren gravar el CONTRATO, las operaciones de compra o pagos de bienes y servicios contratados por el USUARIO y la utilización de LA TARJETA, estarán a su cargo. Las comisio- nes, cargos y demás condiciones pactadas vigentes al momento del inicio de la relación contractual son las que se indican en el Anexo I del presen- te y podrán variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx. En caso de que el Usuario titular no estuviere de acuerdo con las modi�caciones que pudiere disponer EL EMISOR podrá rescindir el presente sin causa y sin costo alguno mediante comunicación fehaciente. CLAUSULA 13: ROBO, XXXXX, O EXTRAVIO DE LA TARJETA: LA TARJETA es propiedad de EL EMISOR. Siendo el USUARIO mero deposi- tario de ella, y por ende, responsable de su guarda y custodia. En caso de robo, hurto o extravío de LA TARJETA o cualquier apoderamiento o uso ilegítimo de ella por un tercero, el USUARIO deberá dar inmediato aviso por escrito o telefónico a EL EMISOR a los teléfonos indicados en el Resumen de Cuenta, comunicación que luego deberá ser rati�cada por escrito acompañando constancia de la denuncia efectuada ante la autori- dad competente. En tales casos, el USUARIO será responsable por todos los gastos que se realicen mediante la utilización de LA TARJETA, hasta las 00.00 horas del día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la denuncia a EL EMISOR. CLAUSULA 14: SEGURO DE VIDA POR XXXXX XXXXXX: El USUARIO podrá solicitar que el EMISOR contrate en su bene�cio, un seguro de vida destinado a cubrir el saldo de deuda existente en caso de fallecimiento del titular en alguna de las compañías de seguros con las que opera el Emisor según consta en el Anexo de Condiciones Particula- res que forma parte del presente contrato. Si así lo hiciere, presta su conformidad con los cargos que se le debitarán en virtud de dicho concepto, cuyos valores vigentes a la fecha del presente contrato se indican en el mencionado Anexo. Las condiciones generales y particulares del seguro contratado se encuentran a disposición del USUARIO en el domicilio del EMISOR. El asegurado será el TITULAR de la Tarjeta y el bene�ciario del seguro el EMISOR. Los usuarios adicionales no estarán amparados por dicha cobertura. El Seguro tendrá un límite de cobertura que el EMISOR informará mensualmente al USUARIO a través del resumen de cuenta. Su vigencia requiere no encontrarse en xxxx al momento del deceso, debiéndose cumplir adicionalmente las siguientes condiciones: 1-que en la última emisión del resumen de cuenta se haya debitado la prima, y 2-que el fallecimiento sea posterior al alta efectiva en la compañía de seguros. CLAUSULA 15: XXXX: La falta de pago de los importes exigibles en la fecha de vencimiento indicada en el Resumen de Cuenta producirá la xxxx automática sin necesidad de interpelación previa judicial o extraju- dicial alguna considerándose a toda la deuda como plazo vencido, dando origen entre otras medicas a la inhabilitación inmediata de la TARJETA de el USUARIO y a una comisión y/o cargos por gestión de cobranza según lo que se indica en el Anexo I del presente. La inhabilita- ción de LA TARJETA impedirá, durante su plazo, el ejercicio por parte de el USUARIO de los derechos previstos con el CONTRATO y no lo eximirá del deber de cumplir con sus obligaciones. Producida la xxxx, la deuda devengará los intereses compensatorios y punitorios pactados según la Cláusula 11 del presente, a partir de la fecha de cierre de facturación del Resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. EL EMISOR tendrá derecho a designar a agencias de cobranzas o estudios jurídicos para la gestión de las cobranzas de las cuentas en xxxx. Los saldos
acreedores que eventualmente se generen a favor de el USUARIO no generarán intereses quien autoriza a aplicarlos al pago de cuotas futuras a devengarse. CLAUSULA 16: VIA EJECUTIVA: El Resumen de Cuenta aceptado en forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, EL EMISOR podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescrip- to por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona. CLAUSULA 17: EXTINCION DEL CONTRATO: EL EMISOR podrá resolver el CONTRATO si el USUARIO no cumpliera con sus obligaciones o si hubiera formulado declaraciones falsas respecto a sus datos personales, ingresos, parentesco, situación patrimonial o laboral. Se aplicará también la inhabilitación inmediata de la TARJETA y aún la rescisión contractual en los siguientes casos: 1- Quiebra, Concurso o embargo de�nitivo de bienes de el USUARIO, pedido por los acreedores o por el USUARIO. 2- Domicilio falso o inexistente de el USUARIO o Garante/s. 3- Sanción del BCRA o aparición de el USUARIO en los listados de inhabilitados para operar en cuentas corrientes bancarias. 4- Uso de LA TARJETA sin �rma de el USUA- RIO al dorso. 5- Atraso en el pago del/los Resúmen/es de Cuenta superior a 90 días. 6- Utilización de LA TARJETA para un �n diferente al explicitado en la Cláusula 2. 7- Muerte o incapacidad absoluta de el USUARIO Titular. El Usuario Titular podrá dar por rescindido el CONTRATO mediante comunicación fehaciente a EL EMISOR sin expresión de causa sin que ello de lugar a indemnización alguna de la contraparte. Los derechos y obliga- ciones de las partes se mantendrán hasta tanto sea cancelado todo el saldo pendiente de el USUARIO. De igual manera el USUARIO Titular tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el CONTRATO o de la disponibilidad efectiva de LA TARJETA, noti�cando de manera fehaciente esta decisión a EL EMISOR. La revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para el USUARIO en la medida que no haya hecho uso de LA TARJETA. CLAUSULA 18: CESION: EL EMISOR podrá ceder sus derechos y obligaciones emergentes del contrato, incluyendo su cesión o transferen- cia a titulo �duciario sin requerir la conformidad de el USUARIO o Garan- te/s, la que en su caso se noti�cará en forma escrita mediante nota simple, o a través del Resumen de Cuenta. CLAUSULA 19: DATOS: El USUARIO y Garante/s prestan su consenti- miento para que los datos proporcionados en virtud de el CONTRATO así como los atrasos o incumplimientos crediticios en los que incurrieren sean informados y registrados en las bases de datos de empresas y/o instituciones especializadas en bases de datos de evaluación crediticia provinciales o nacionales. Así mismo prestan su consentimiento para que los mismos sean suministrados a las autoridades competentes que los requieran o sean utilizados a efectos de contactarlos con �nes comercia- les, extrajudiciales o judiciales. CLAUSULA 20: INFORMACION SOBRE EL TITULAR Y SUS ADICIONALES: 1.-Información Crediticia: quien/es suscribe/n el presente, autorizan a que EL EMISOR efectúe a su respecto cualquier investigación crediticia que considere necesaria, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia, bancos o entidades �nancieras, informes o reportes con respecto a su historial crediticio. 2.- Información telefónica: con la �nalidad de asegurar la calidad de sus servicios al cliente, XXXXXXXX podrá escuchar y/o grabar todas las llamadas telefónicas sin necesidad de dar aviso de ello a el USUARIO y/o sus adicionales en cada oportunidad. CLAUSULA 21: NORMAS DE ENCUBRIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO. En lo referente a “Encubrimiento y lavado de activo de origen delictivo” y sus normas reglamentarias y complementarias que quien/es suscribe/n el presente declara/n bajo juramento que la documentación y la información suministrada en el Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash es verdadera y correcta, de
igual manera que acepta/n que EL EMISOR podrá solicitarle/s informa- ción actualizada a su respecto, la cual deberá ser proporcionada en cada oportunidad que sea solicitada. Queda establecido que quien/es suscriben el presente queda/n obligados a informar por escrito cualquier modi�cación que se produjera, dentro de los 30 días de ocurrida. EL EMISOR podrá suspender y/o cancelar la TARJETA en caso de detectar inconsistencias, falsedades o datos incompletos o insu�cientes en la información suministrada. CLAUSULA 22: NOTIFICACIONES: El Usuario Titular presta confor- midad para que toda noti�cación que corresponda realizar en virtud de el CONTRATO sea efectuada, de acuerdo con la normativa vigente, en forma escrita mediante nota simple o a través del Resumen de Cuenta, los que serán considerados medios fehacientes y su�cientes de noti�ca- ción. Todas las noti�caciones se considerarán validas si son dirigidas al domicilio y/o a la dirección de correo electrónico indicados por el Usuario Titular en el CONTRATO o los que en el fututo �je fehacientemente. EL USUARIO acepta que EL EMISOR, previa comunicación por escrito a su domicilio, podrá realizar cambios a las condiciones pactadas detalladas en el Anexo I del presente contrato. El Usuario Titular tendrá la obligación de noti�car fehacientemente cualquier modi�cación de los datos propor- cionados en el CONTRATO los que tendrán validez desde los 15 días posteriores a que fueran informados a EL EMISOR. CLAUSULA 23: DOMICILIO Y JURISDICCION: El EMISOR constitu- ye domicilio legal en calle 25 xx Xxxx nº 320 de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, acordando las partes, EMISOR y USUARIO, la competencia de los tribunales ordinarios del domicilio de éste último. El USUARIO y Xxxxxxx declaran la exactitud de los datos consignados en la Solicitud de Tarjeta Credicash, le dan el carácter de declaración jurada, y declaran haber leído detenidamente y aceptar en un todo el CONTRATO. De conformidad se suscriben a un solo efecto y entregan tantos ejemplares como partes intervienen en el presente. CLAUSULA 24: PRE CANCELACIÓN: Usted podrá precancelar total o parcialmente la �nanciación que le otorga LA TARJETA. RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia"elaborado por el Banco Central de la República Argen- xxxx sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obliga- dos a �n de comparar los costos y características de los productos y servicios �nancieros ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xx- gimen_de_transparencia.asp
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
Entre XXXXXXXX SACIFIA, CUIT Nº 30-52940352-2, en adelante EL EMISOR, por una parte, y quién/quienes �rma/n al pie, en adelante EL USURIO, por la otra, se formaliza el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el CONTRATO, conforme a las siguientes estipulaciones. Las presentes condiciones generales y la Solicitud de Tarjeta Credicash �rmada por el Usuario Titular, por su/s Garante/s y Usuario/s Adicional/es, si los hubiere, constituirán plena prueba del acuerdo celebrado con EL EMISOR, quien le/s entregará la Tarjeta de Crédito CREDICASH, en adelante LA TARJETA, a �n de que pueda/n realizar cualesquiera de las operaciones detalladas en la CLAUSULA 2 del presente. LA TARJETA es de uso exclusivo, personal e intransferible, extendida a nombre de el USUA- RIO el que se obliga a utilizarla en un todo de acuerdo con los términos y condiciones que rigen su uso. Para la mejor comprensión de los términos que se emplearán se hace constar, que tienen el siguiente signi�cado: -Usuario: cuando se utiliza “el USUARIO” sin aditamentos se estará re�riendo indistintamente al Usuario Titular y a el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Titular: es la persona física habilitada para el uso de LA TARJETA, quién en su carácter de Titular se hace responsable de todos los cargos y consumos asignados a LA TARJETA, realizados personalmente o por el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Adicional: es todo toda aquella persona designada por el Usuario Titular aceptada por EL EMISOR, quien recibirá una Tarjeta CREDICASH, y cuyas operaciones serán cargadas al Resumen de Cuenta de el USUARIO Titular. -Tarjeta de Crédito CREDICASH o LA TARJETA: es el instrumento material que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, emergente de la relación que surge del CONTRATO y que EL EMISOR provee a el USUA- RIO a �n de que opere según lo que se estipula en la CLAUSULA 2. -Márgen de Crédito: es el importe máximo de saldo deudor que puede registrar la cuenta de LA TARJETA por el total de las operaciones realiza- das por el USUARIO más los cargos, comisiones, intereses e impuestos que corresponda aplicar. -Márgen de Cuota: es el importe máximo del saldo deudor mensual que con autorización de EL EMISOR podrá registrar en conjunto y por todo concepto la cuenta de el USUARIO. El Márgen de Crédito y/o el de Cuota podrán ser aumentados a solicitud expresa de el USUARIO Titular, quedando reservado a EL EMISOR el derecho de concederlo o rechazarlo sin expresar razones. Ambos xxxxx- nes serán informados en el Resumen de Cuenta mensual. CLAUSULA 1: VALIDEZ-VIGENCIA-RENOVACION: La vigencia del presente será de dos (2) años, a contar desde la fecha de recepción de la/s tarjeta/s por el Usuario titular, o por quien este autorice en el Formu- xxxxx de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente contrato, renovándose automáticamente por iguales períodos en forma sucesiva salvo decisión en contrario de el USUARIO Titular comunicada en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de renovación. CLAUSULA 2: FORMAS DE OPERAR: LA TARJETA podrá ser utilizada por el USUARIO a los efectos de: 1- realizar compras o contratar servicios en los Establecimientos Adheridos; 2- acceder a adelantos en efectivo (según las condiciones �jadas en la CLAUSULAS 3 y 4 del presen- te); y 3- adherirse al servicio de débito automático en cuenta, el que se formalizará en los locales de la Tarjeta Credicash o en las empresas prestadoras del servicio. Para operar, el USUARIO deberá acreditar la identidad con la exhibición del DNI/LE/LC/CI y suscribir el comprobante correspondiente. CLAUSULA 3: ADELANTOS EN EFECTIVO-PRESTAMOS DE DINERO: EL USUARIO podrá solicitar adelantos en efectivo y/o présta- mos de dinero suscribiendo la documentación indicada por EL EMISOR, los que podrán ser suspendidos, limitados o reducidos por EL EMISOR a su libre discreción, y se liquidarán en el Resumen de Cuenta a la tasa efectiva mensual que será informada en el mismo. EL EMISOR podrá �jar
una comisión en concepto de gastos administrativos por las sumas adelantadas, las que serán adicionadas al monto de capital prestado. CLAUSULA 4: ADELANTOS POR CAJERO AUTOMATICO: EL EMISOR podrá habilitar a el USUARIO para acceder a este servicio median- te LA TARJETA para lo cual proporcionará un Código de Identi�cación Personal (en adelante PIN). El uso del PIN queda bajo exclusiva responsa- bilidad de el USUARIO aún en caso de su eventual divulgación a terceros. EL USUARIO autoriza a EL EMISOR a debitar del Resumen de Cuenta las extracciones que se realicen por este medio, como así también las comisio- nes y cargos que se consignan en Anexo I del Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente. En caso de reclamos por discrepancias en las operaciones realizadas por cajeros automáticos, se tendrán por válidos los registros del sistema de EL EMISOR. CLAUSULA 5: RESPONSABILIDAD POR MERCADERIAS O SERVICIOS ADQUIRIDOS: EL EMISOR deja constancia que no será responsable en modo alguno por los resultados y/o cumplimientos de las transacciones realizadas entre el USUARIO y los Establecimientos Adheri- dos. Así mismo, aclara que no recomienda adquisición ni contratación alguna, por lo que las diferencias que pudieran existir entre dichas partes, tales cuales, por ejemplo, la no recepción del objeto adquirido, su recepción con deterioros o faltantes, falta de prestación del servicio contratado, etc. etc., no autorizan a el USUARIO a cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de los resúmenes. CLAUSULA 6: RESUMEN DE CUENTA: Las operaciones que el USUARIO realice a través de LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de conformidad con el CONTRATO y con la ley, se informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviara al domicilio y/o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, el Usuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de Cuenta no exime al USUARIO de la obligación de pagar las sumas que correspondan en los plazos �jados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el USUARIO antes de dicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modi�car dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, noti�cando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta con antelación a su entrada en vigencia. CLAUSULA 7: IMPUGNACION DEL RESUMEN: EL EMISOR tendrá por aprobado y reconocido el contenido del Resumen de Cuenta si dentro de los 30 días corridos desde la fecha de su recepción por el Usuario Titular no se formalizara reclamo alguno de su parte mediante nota simple girada a EL EMISOR impugnando el/los ítem/s con descripción concreta del/los error/es encontrados. Toda consulta o reclamo será resuelta dentro de los plazos que establezcan las normas vigentes contados a partir de la fecha de recepción de la misma, excepto cuando medien causas ajenas a EL EMISOR las que serán debidamente justi�cadas. CLAUSULA 8: PERIOCIDAD Y RESPONSABILIDAD POR LOS PAGOS: Cada Usuario Titular y/o Usuario/s Adicionales y/o Garante/s quedan obligados al pago total del saldo deudor que se re�eje en el Resumen de Cuenta, constituyéndose recíprocamente en co-deudores solidarios, lisos, xxxxxx y principales pagadores sin bene�cio de excusión ni división. En cada resumen de cuenta se informará la fecha de vencimiento de la obligación de pago, como así también la fecha exacta del próximo vencimiento. Los pagos podrán realizarse en los locales xx
XXXXXXXX SACIFIA, TARJETAS CREDICASH o en los lugares habilitados al efecto. La responsabilidad del/los Garante/s no tiene fecha de vencimien- to manteniéndose vigente hasta el día que en forma fehaciente decida/n dejarla sin efecto para el futuro, garantizando todas las operaciones de cualquier naturaleza que el USUARIO realice. La responsabilidad del Garante se extiende a las operaciones realizadas por los Adicionales actuales y futuros. CLAUSULA 9: PAGO MINIMO: EL EMISOR podrá autorizar el pago de un importe considerado como “Pago Mínimo”, así como el diferimiento o �nanciación de parte de las operaciones efectuadas con LA TARJETA. El Pago Mínimo será el resultante de la aplicación de un porcentaje, que se informa en Anexo I del presente aplicado sobre los consumos y/o cargos y/o comisiones generados hasta la fecha de cierre de cada resumen mensual. En el resumen se indicará siempre el importe correspondiente del Pago Mínimo, que deberá hacerse efectivo en los plazos establecidos. El usuario tiene el derecho de efectuar, en cualquier momento del plazo del crédito, la pre cancelación total o pre cancelaciones parciales. CLAUSULA 10: CIERRE: Se determina como fecha de cierre contable de las operaciones los días 21 de cada mes. CLAUSULA 11: INTERESES: XXXXXXXX SACIFIA �xxxx como carácter general o especí�co para cada cuenta, la parte �nanciable del saldo deudor y del interés que deberá abonar el Usuario por hacer uso de la �nanciación el que se aplica desde la fecha de cierre del resumen hasta el de su efectivo pago. La tasa de interés compensatorio vigente a la fecha del presente contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódica- mente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 25% al promedio de tasas del sistema �nanciero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que publique mensualmente el BCRA, elabora- do sobre la base de la información correspondiente al segundo mes anterior. Si el pago del Usuario no cubre el importe que se indica en el resumen de cuenta como Pago Mínimo, o el pago que cubre el Pago Mínimo se efectúa con posterioridad a la fecha de su vencimiento y en el supuesto de que en tal circunstancia XXXXXXXX SACIFIA decida mantener la vigencia de la cuenta, se liquidarán intereses punitorios sobre la parte no cancelada o sobre la parte cancelada fuera del término del referido rubro, desde la fecha en que el pago mínimo debió ser efectuado y hasta su efectivo pago, los que aparecerán volcados en los respectivos resúmenes de cuenta. La tasa de interés punitorio vigente a la fecha del presente Contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 50% a la tasa de interés compensatorio aplicada. La falta de pago en los términos pactados, sea total o parcial, hará incurrir en xxxx al Usuario sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, debiendo abonar en tal caso el impor- te correspondiente a su deuda con más sus intereses compensatorios, comisiones y gastos administrativos pendientes. Producida la xxxx, y en caso de que el titular no cubriera el pago mínimo establecido en el resumen la deuda devengará además del interés compensatorio pactado, el interés punitorio pertinente, a partir de la fecha de cierre de facturación del resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. A dichos intereses deberán adicionarse los impuestos que los graven. La aceptación pura y simple de cualquier pago no implica renuncia de los intereses devengados, pues aún cuando no actúe reserva expresa, todo pago se imputa primero a intereses y luego al capital. La aceptación de pagos parciales por XXXXXXXX SACIFIA, no podrá ser interpretada como quita, espera y/o novación, ni implicará una modi�ca- ción de las condiciones de pago. Cualquier modi�cación en la normativa del BCRA referente a intereses que se contraponga a las disposiciones de este contrato se entenderá que se aplica por sobre las del presente, sustituyendo cualquier cláusula en contrario.
CLAUSULA 12: COMISIONES, CARGOS OPERATIVOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta indicada en la CLAUSULA 6 del presente, EL EMISOR podrá percibir de el USUARIO otros cargos y comisiones que se detallan en el Anexo I del presente los que no incluyen IVA. Todos los cargos, comisio- nes e impuestos son debidos por el USUARIO y deberán ser abonados con el vencimiento del Resumen de Cuenta que los genere. Todos los impuestos actuales y futuros que pudieren gravar el CONTRATO, las operaciones de compra o pagos de bienes y servicios contratados por el USUARIO y la utilización de LA TARJETA, estarán a su cargo. Las comisio- nes, cargos y demás condiciones pactadas vigentes al momento del inicio de la relación contractual son las que se indican en el Anexo I del presen- te y podrán variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx. En caso de que el Usuario titular no estuviere de acuerdo con las modi�caciones que pudiere disponer EL EMISOR podrá rescindir el presente sin causa y sin costo alguno mediante comunicación fehaciente. CLAUSULA 13: ROBO, XXXXX, O EXTRAVIO DE LA TARJETA: LA TARJETA es propiedad de EL EMISOR. Siendo el USUARIO mero deposi- tario de ella, y por ende, responsable de su guarda y custodia. En caso de robo, hurto o extravío de LA TARJETA o cualquier apoderamiento o uso ilegítimo de ella por un tercero, el USUARIO deberá dar inmediato aviso por escrito o telefónico a EL EMISOR a los teléfonos indicados en el Resumen de Cuenta, comunicación que luego deberá ser rati�cada por escrito acompañando constancia de la denuncia efectuada ante la autori- dad competente. En tales casos, el USUARIO será responsable por todos los gastos que se realicen mediante la utilización de LA TARJETA, hasta las 00.00 horas del día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la denuncia a EL EMISOR. CLAUSULA 14: SEGURO DE VIDA POR XXXXX XXXXXX: El USUARIO podrá solicitar que el EMISOR contrate en su bene�cio, un seguro de vida destinado a cubrir el saldo de deuda existente en caso de fallecimiento del titular en alguna de las compañías de seguros con las que opera el Emisor según consta en el Anexo de Condiciones Particula- res que forma parte del presente contrato. Si así lo hiciere, presta su conformidad con los cargos que se le debitarán en virtud de dicho concepto, cuyos valores vigentes a la fecha del presente contrato se indican en el mencionado Anexo. Las condiciones generales y particulares del seguro contratado se encuentran a disposición del USUARIO en el domicilio del EMISOR. El asegurado será el TITULAR de la Tarjeta y el bene�ciario del seguro el EMISOR. Los usuarios adicionales no estarán amparados por dicha cobertura. El Seguro tendrá un límite de cobertura que el EMISOR informará mensualmente al USUARIO a través del resumen de cuenta. Su vigencia requiere no encontrarse en xxxx al momento del deceso, debiéndose cumplir adicionalmente las siguientes condiciones: 1-que en la última emisión del resumen de cuenta se haya debitado la prima, y 2-que el fallecimiento sea posterior al alta efectiva en la compañía de seguros. CLAUSULA 15: XXXX: La falta de pago de los importes exigibles en la fecha de vencimiento indicada en el Resumen de Cuenta producirá la xxxx automática sin necesidad de interpelación previa judicial o extraju- dicial alguna considerándose a toda la deuda como plazo vencido, dando origen entre otras medicas a la inhabilitación inmediata de la TARJETA de el USUARIO y a una comisión y/o cargos por gestión de cobranza según lo que se indica en el Anexo I del presente. La inhabilita- ción de LA TARJETA impedirá, durante su plazo, el ejercicio por parte de el USUARIO de los derechos previstos con el CONTRATO y no lo eximirá del deber de cumplir con sus obligaciones. Producida la xxxx, la deuda devengará los intereses compensatorios y punitorios pactados según la Cláusula 11 del presente, a partir de la fecha de cierre de facturación del Resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. EL EMISOR tendrá derecho a designar a agencias de cobranzas o estudios jurídicos para la gestión de las cobranzas de las cuentas en xxxx. Los saldos
acreedores que eventualmente se generen a favor de el USUARIO no generarán intereses quien autoriza a aplicarlos al pago de cuotas futuras a devengarse. CLAUSULA 16: VIA EJECUTIVA: El Resumen de Cuenta aceptado en forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, EL EMISOR podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescrip- to por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona. CLAUSULA 17: EXTINCION DEL CONTRATO: EL EMISOR podrá resolver el CONTRATO si el USUARIO no cumpliera con sus obligaciones o si hubiera formulado declaraciones falsas respecto a sus datos personales, ingresos, parentesco, situación patrimonial o laboral. Se aplicará también la inhabilitación inmediata de la TARJETA y aún la rescisión contractual en los siguientes casos: 1- Quiebra, Concurso o embargo de�nitivo de bienes de el USUARIO, pedido por los acreedores o por el USUARIO. 2- Domicilio falso o inexistente de el USUARIO o Garante/s. 3- Sanción del BCRA o aparición de el USUARIO en los listados de inhabilitados para operar en cuentas corrientes bancarias. 4- Uso de LA TARJETA sin �rma de el USUA- RIO al dorso. 5- Atraso en el pago del/los Resúmen/es de Cuenta superior a 90 días. 6- Utilización de LA TARJETA para un �n diferente al explicitado en la Cláusula 2. 7- Muerte o incapacidad absoluta de el USUARIO Titular. El Usuario Titular podrá dar por rescindido el CONTRATO mediante comunicación fehaciente a EL EMISOR sin expresión de causa sin que ello de lugar a indemnización alguna de la contraparte. Los derechos y obliga- ciones de las partes se mantendrán hasta tanto sea cancelado todo el saldo pendiente de el USUARIO. De igual manera el USUARIO Titular tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el CONTRATO o de la disponibilidad efectiva de LA TARJETA, noti�cando de manera fehaciente esta decisión a EL EMISOR. La revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para el USUARIO en la medida que no haya hecho uso de LA TARJETA. CLAUSULA 18: CESION: EL EMISOR podrá ceder sus derechos y obligaciones emergentes del contrato, incluyendo su cesión o transferen- cia a titulo �duciario sin requerir la conformidad de el USUARIO o Garan- te/s, la que en su caso se noti�cará en forma escrita mediante nota simple, o a través del Resumen de Cuenta. CLAUSULA 19: DATOS: El USUARIO y Garante/s prestan su consenti- miento para que los datos proporcionados en virtud de el CONTRATO así como los atrasos o incumplimientos crediticios en los que incurrieren sean informados y registrados en las bases de datos de empresas y/o instituciones especializadas en bases de datos de evaluación crediticia provinciales o nacionales. Así mismo prestan su consentimiento para que los mismos sean suministrados a las autoridades competentes que los requieran o sean utilizados a efectos de contactarlos con �nes comercia- les, extrajudiciales o judiciales. CLAUSULA 20: INFORMACION SOBRE EL TITULAR Y SUS ADICIONALES: 1.-Información Crediticia: quien/es suscribe/n el presente, autorizan a que EL EMISOR efectúe a su respecto cualquier investigación crediticia que considere necesaria, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia, bancos o entidades �nancieras, informes o reportes con respecto a su historial crediticio. 2.- Información telefónica: con la �nalidad de asegurar la calidad de sus servicios al cliente, XXXXXXXX podrá escuchar y/o grabar todas las llamadas telefónicas sin necesidad de dar aviso de ello a el USUARIO y/o sus adicionales en cada oportunidad. CLAUSULA 21: NORMAS DE ENCUBRIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO. En lo referente a “Encubrimiento y lavado de activo de origen delictivo” y sus normas reglamentarias y complementarias que quien/es suscribe/n el presente declara/n bajo juramento que la documentación y la información suministrada en el Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash es verdadera y correcta, de
igual manera que acepta/n que EL EMISOR podrá solicitarle/s informa- ción actualizada a su respecto, la cual deberá ser proporcionada en cada oportunidad que sea solicitada. Queda establecido que quien/es suscriben el presente queda/n obligados a informar por escrito cualquier modi�cación que se produjera, dentro de los 30 días de ocurrida. EL EMISOR podrá suspender y/o cancelar la TARJETA en caso de detectar inconsistencias, falsedades o datos incompletos o insu�cientes en la información suministrada. CLAUSULA 22: NOTIFICACIONES: El Usuario Titular presta confor- midad para que toda noti�cación que corresponda realizar en virtud de el CONTRATO sea efectuada, de acuerdo con la normativa vigente, en forma escrita mediante nota simple o a través del Resumen de Cuenta, los que serán considerados medios fehacientes y su�cientes de noti�ca- ción. Todas las noti�caciones se considerarán validas si son dirigidas al domicilio y/o a la dirección de correo electrónico indicados por el Usuario Titular en el CONTRATO o los que en el fututo �je fehacientemente. EL USUARIO acepta que EL EMISOR, previa comunicación por escrito a su domicilio, podrá realizar cambios a las condiciones pactadas detalladas en el Anexo I del presente contrato. El Usuario Titular tendrá la obligación de noti�car fehacientemente cualquier modi�cación de los datos propor- cionados en el CONTRATO los que tendrán validez desde los 15 días posteriores a que fueran informados a EL EMISOR. CLAUSULA 23: DOMICILIO Y JURISDICCION: El EMISOR constitu- ye domicilio legal en calle 25 xx Xxxx nº 320 de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, acordando las partes, EMISOR y USUARIO, la competencia de los tribunales ordinarios del domicilio de éste último. El USUARIO y Xxxxxxx declaran la exactitud de los datos consignados en la Solicitud de Tarjeta Credicash, le dan el carácter de declaración jurada, y declaran haber leído detenidamente y aceptar en un todo el CONTRATO. De conformidad se suscriben a un solo efecto y entregan tantos ejemplares como partes intervienen en el presente. CLAUSULA 24: PRE CANCELACIÓN: Usted podrá precancelar total o parcialmente la �nanciación que le otorga LA TARJETA. RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia"elaborado por el Banco Central de la República Argen- xxxx sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obliga- dos a �n de comparar los costos y características de los productos y servicios �nancieros ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xx- gimen_de_transparencia.asp
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
Entre XXXXXXXX SACIFIA, CUIT Nº 30-52940352-2, en adelante EL EMISOR, por una parte, y quién/quienes �rma/n al pie, en adelante EL USURIO, por la otra, se formaliza el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el CONTRATO, conforme a las siguientes estipulaciones. Las presentes condiciones generales y la Solicitud de Tarjeta Credicash �rmada por el Usuario Titular, por su/s Garante/s y Usuario/s Adicional/es, si los hubiere, constituirán plena prueba del acuerdo celebrado con EL EMISOR, quien le/s entregará la Tarjeta de Crédito CREDICASH, en adelante LA TARJETA, a �n de que pueda/n realizar cualesquiera de las operaciones detalladas en la CLAUSULA 2 del presente. LA TARJETA es de uso exclusivo, personal e intransferible, extendida a nombre de el USUA- RIO el que se obliga a utilizarla en un todo de acuerdo con los términos y condiciones que rigen su uso. Para la mejor comprensión de los términos que se emplearán se hace constar, que tienen el siguiente signi�cado: -Usuario: cuando se utiliza “el USUARIO” sin aditamentos se estará re�riendo indistintamente al Usuario Titular y a el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Titular: es la persona física habilitada para el uso de LA TARJETA, quién en su carácter de Titular se hace responsable de todos los cargos y consumos asignados a LA TARJETA, realizados personalmente o por el/los Usuario/s Adicional/es. -Usuario Adicional: es todo toda aquella persona designada por el Usuario Titular aceptada por EL EMISOR, quien recibirá una Tarjeta CREDICASH, y cuyas operaciones serán cargadas al Resumen de Cuenta de el USUARIO Titular. -Tarjeta de Crédito CREDICASH o LA TARJETA: es el instrumento material que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, emergente de la relación que surge del CONTRATO y que EL EMISOR provee a el USUA- RIO a �n de que opere según lo que se estipula en la CLAUSULA 2. -Márgen de Crédito: es el importe máximo de saldo deudor que puede registrar la cuenta de LA TARJETA por el total de las operaciones realiza- das por el USUARIO más los cargos, comisiones, intereses e impuestos que corresponda aplicar. -Márgen de Cuota: es el importe máximo del saldo deudor mensual que con autorización de EL EMISOR podrá registrar en conjunto y por todo concepto la cuenta de el USUARIO. El Márgen de Crédito y/o el de Cuota podrán ser aumentados a solicitud expresa de el USUARIO Titular, quedando reservado a EL EMISOR el derecho de concederlo o rechazarlo sin expresar razones. Ambos xxxxx- nes serán informados en el Resumen de Cuenta mensual. CLAUSULA 1: VALIDEZ-VIGENCIA-RENOVACION: La vigencia del presente será de dos (2) años, a contar desde la fecha de recepción de la/s tarjeta/s por el Usuario titular, o por quien este autorice en el Formu- xxxxx de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente contrato, renovándose automáticamente por iguales períodos en forma sucesiva salvo decisión en contrario de el USUARIO Titular comunicada en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de renovación. CLAUSULA 2: FORMAS DE OPERAR: LA TARJETA podrá ser utilizada por el USUARIO a los efectos de: 1- realizar compras o contratar servicios en los Establecimientos Adheridos; 2- acceder a adelantos en efectivo (según las condiciones �jadas en la CLAUSULAS 3 y 4 del presen- te); y 3- adherirse al servicio de débito automático en cuenta, el que se formalizará en los locales de la Tarjeta Credicash o en las empresas prestadoras del servicio. Para operar, el USUARIO deberá acreditar la identidad con la exhibición del DNI/LE/LC/CI y suscribir el comprobante correspondiente. CLAUSULA 3: ADELANTOS EN EFECTIVO-PRESTAMOS DE DINERO: EL USUARIO podrá solicitar adelantos en efectivo y/o présta- mos de dinero suscribiendo la documentación indicada por EL EMISOR, los que podrán ser suspendidos, limitados o reducidos por EL EMISOR a su libre discreción, y se liquidarán en el Resumen de Cuenta a la tasa efectiva mensual que será informada en el mismo. EL EMISOR podrá �jar
una comisión en concepto de gastos administrativos por las sumas adelantadas, las que serán adicionadas al monto de capital prestado. CLAUSULA 4: ADELANTOS POR CAJERO AUTOMATICO: EL EMISOR podrá habilitar a el USUARIO para acceder a este servicio median- te LA TARJETA para lo cual proporcionará un Código de Identi�cación Personal (en adelante PIN). El uso del PIN queda bajo exclusiva responsa- bilidad de el USUARIO aún en caso de su eventual divulgación a terceros. EL USUARIO autoriza a EL EMISOR a debitar del Resumen de Cuenta las extracciones que se realicen por este medio, como así también las comisio- nes y cargos que se consignan en Anexo I del Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente. En caso de reclamos por discrepancias en las operaciones realizadas por cajeros automáticos, se tendrán por válidos los registros del sistema de EL EMISOR. CLAUSULA 5: RESPONSABILIDAD POR MERCADERIAS O SERVICIOS ADQUIRIDOS: EL EMISOR deja constancia que no será responsable en modo alguno por los resultados y/o cumplimientos de las transacciones realizadas entre el USUARIO y los Establecimientos Adheri- dos. Así mismo, aclara que no recomienda adquisición ni contratación alguna, por lo que las diferencias que pudieran existir entre dichas partes, tales cuales, por ejemplo, la no recepción del objeto adquirido, su recepción con deterioros o faltantes, falta de prestación del servicio contratado, etc. etc., no autorizan a el USUARIO a cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de los resúmenes. CLAUSULA 6: RESUMEN DE CUENTA: Las operaciones que el USUARIO realice a través de LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de conformidad con el CONTRATO y con la ley, se informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviara al domicilio y/o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, el Usuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de Cuenta no exime al USUARIO de la obligación de pagar las sumas que correspondan en los plazos �jados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el USUARIO antes de dicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modi�car dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, noti�cando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta con antelación a su entrada en vigencia. CLAUSULA 7: IMPUGNACION DEL RESUMEN: EL EMISOR tendrá por aprobado y reconocido el contenido del Resumen de Cuenta si dentro de los 30 días corridos desde la fecha de su recepción por el Usuario Titular no se formalizara reclamo alguno de su parte mediante nota simple girada a EL EMISOR impugnando el/los ítem/s con descripción concreta del/los error/es encontrados. Toda consulta o reclamo será resuelta dentro de los plazos que establezcan las normas vigentes contados a partir de la fecha de recepción de la misma, excepto cuando medien causas ajenas a EL EMISOR las que serán debidamente justi�cadas. CLAUSULA 8: PERIOCIDAD Y RESPONSABILIDAD POR LOS PAGOS: Cada Usuario Titular y/o Usuario/s Adicionales y/o Garante/s quedan obligados al pago total del saldo deudor que se re�eje en el Resumen de Cuenta, constituyéndose recíprocamente en co-deudores solidarios, lisos, xxxxxx y principales pagadores sin bene�cio de excusión ni división. En cada resumen de cuenta se informará la fecha de vencimiento de la obligación de pago, como así también la fecha exacta del próximo vencimiento. Los pagos podrán realizarse en los locales xx
XXXXXXXX SACIFIA, TARJETAS CREDICASH o en los lugares habilitados al efecto. La responsabilidad del/los Garante/s no tiene fecha de vencimien- to manteniéndose vigente hasta el día que en forma fehaciente decida/n dejarla sin efecto para el futuro, garantizando todas las operaciones de cualquier naturaleza que el USUARIO realice. La responsabilidad del Garante se extiende a las operaciones realizadas por los Adicionales actuales y futuros. CLAUSULA 9: PAGO MINIMO: EL EMISOR podrá autorizar el pago de un importe considerado como “Pago Mínimo”, así como el diferimiento o �nanciación de parte de las operaciones efectuadas con LA TARJETA. El Pago Mínimo será el resultante de la aplicación de un porcentaje, que se informa en Anexo I del presente aplicado sobre los consumos y/o cargos y/o comisiones generados hasta la fecha de cierre de cada resumen mensual. En el resumen se indicará siempre el importe correspondiente del Pago Mínimo, que deberá hacerse efectivo en los plazos establecidos. El usuario tiene el derecho de efectuar, en cualquier momento del plazo del crédito, la pre cancelación total o pre cancelaciones parciales. CLAUSULA 10: CIERRE: Se determina como fecha de cierre contable de las operaciones los días 21 de cada mes. CLAUSULA 11: INTERESES: XXXXXXXX SACIFIA �xxxx como carácter general o especí�co para cada cuenta, la parte �nanciable del saldo deudor y del interés que deberá abonar el Usuario por hacer uso de la �nanciación el que se aplica desde la fecha de cierre del resumen hasta el de su efectivo pago. La tasa de interés compensatorio vigente a la fecha del presente contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódica- mente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 25% al promedio de tasas del sistema �nanciero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que publique mensualmente el BCRA, elabora- do sobre la base de la información correspondiente al segundo mes anterior. Si el pago del Usuario no cubre el importe que se indica en el resumen de cuenta como Pago Mínimo, o el pago que cubre el Pago Mínimo se efectúa con posterioridad a la fecha de su vencimiento y en el supuesto de que en tal circunstancia XXXXXXXX SACIFIA decida mantener la vigencia de la cuenta, se liquidarán intereses punitorios sobre la parte no cancelada o sobre la parte cancelada fuera del término del referido rubro, desde la fecha en que el pago mínimo debió ser efectuado y hasta su efectivo pago, los que aparecerán volcados en los respectivos resúmenes de cuenta. La tasa de interés punitorio vigente a la fecha del presente Contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 50% a la tasa de interés compensatorio aplicada. La falta de pago en los términos pactados, sea total o parcial, hará incurrir en xxxx al Usuario sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, debiendo abonar en tal caso el impor- te correspondiente a su deuda con más sus intereses compensatorios, comisiones y gastos administrativos pendientes. Producida la xxxx, y en caso de que el titular no cubriera el pago mínimo establecido en el resumen la deuda devengará además del interés compensatorio pactado, el interés punitorio pertinente, a partir de la fecha de cierre de facturación del resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. A dichos intereses deberán adicionarse los impuestos que los graven. La aceptación pura y simple de cualquier pago no implica renuncia de los intereses devengados, pues aún cuando no actúe reserva expresa, todo pago se imputa primero a intereses y luego al capital. La aceptación de pagos parciales por XXXXXXXX SACIFIA, no podrá ser interpretada como quita, espera y/o novación, ni implicará una modi�ca- ción de las condiciones de pago. Cualquier modi�cación en la normativa del BCRA referente a intereses que se contraponga a las disposiciones de este contrato se entenderá que se aplica por sobre las del presente, sustituyendo cualquier cláusula en contrario.
CLAUSULA 12: COMISIONES, CARGOS OPERATIVOS E IMPUESTOS: Sin perjuicio de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta indicada en la CLAUSULA 6 del presente, EL EMISOR podrá percibir de el USUARIO otros cargos y comisiones que se detallan en el Anexo I del presente los que no incluyen IVA. Todos los cargos, comisio- nes e impuestos son debidos por el USUARIO y deberán ser abonados con el vencimiento del Resumen de Cuenta que los genere. Todos los impuestos actuales y futuros que pudieren gravar el CONTRATO, las operaciones de compra o pagos de bienes y servicios contratados por el USUARIO y la utilización de LA TARJETA, estarán a su cargo. Las comisio- nes, cargos y demás condiciones pactadas vigentes al momento del inicio de la relación contractual son las que se indican en el Anexo I del presen- te y podrán variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx. En caso de que el Usuario titular no estuviere de acuerdo con las modi�caciones que pudiere disponer EL EMISOR podrá rescindir el presente sin causa y sin costo alguno mediante comunicación fehaciente. CLAUSULA 13: ROBO, XXXXX, O EXTRAVIO DE LA TARJETA: LA TARJETA es propiedad de EL EMISOR. Siendo el USUARIO mero deposi- tario de ella, y por ende, responsable de su guarda y custodia. En caso de robo, hurto o extravío de LA TARJETA o cualquier apoderamiento o uso ilegítimo de ella por un tercero, el USUARIO deberá dar inmediato aviso por escrito o telefónico a EL EMISOR a los teléfonos indicados en el Resumen de Cuenta, comunicación que luego deberá ser rati�cada por escrito acompañando constancia de la denuncia efectuada ante la autori- dad competente. En tales casos, el USUARIO será responsable por todos los gastos que se realicen mediante la utilización de LA TARJETA, hasta las 00.00 horas del día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la denuncia a EL EMISOR. CLAUSULA 14: SEGURO DE VIDA POR XXXXX XXXXXX: El USUARIO podrá solicitar que el EMISOR contrate en su bene�cio, un seguro de vida destinado a cubrir el saldo de deuda existente en caso de fallecimiento del titular en alguna de las compañías de seguros con las que opera el Emisor según consta en el Anexo de Condiciones Particula- res que forma parte del presente contrato. Si así lo hiciere, presta su conformidad con los cargos que se le debitarán en virtud de dicho concepto, cuyos valores vigentes a la fecha del presente contrato se indican en el mencionado Anexo. Las condiciones generales y particulares del seguro contratado se encuentran a disposición del USUARIO en el domicilio del EMISOR. El asegurado será el TITULAR de la Tarjeta y el bene�ciario del seguro el EMISOR. Los usuarios adicionales no estarán amparados por dicha cobertura. El Seguro tendrá un límite de cobertura que el EMISOR informará mensualmente al USUARIO a través del resumen de cuenta. Su vigencia requiere no encontrarse en xxxx al momento del deceso, debiéndose cumplir adicionalmente las siguientes condiciones: 1-que en la última emisión del resumen de cuenta se haya debitado la prima, y 2-que el fallecimiento sea posterior al alta efectiva en la compañía de seguros. CLAUSULA 15: XXXX: La falta de pago de los importes exigibles en la fecha de vencimiento indicada en el Resumen de Cuenta producirá la xxxx automática sin necesidad de interpelación previa judicial o extraju- dicial alguna considerándose a toda la deuda como plazo vencido, dando origen entre otras medicas a la inhabilitación inmediata de la TARJETA de el USUARIO y a una comisión y/o cargos por gestión de cobranza según lo que se indica en el Anexo I del presente. La inhabilita- ción de LA TARJETA impedirá, durante su plazo, el ejercicio por parte de el USUARIO de los derechos previstos con el CONTRATO y no lo eximirá del deber de cumplir con sus obligaciones. Producida la xxxx, la deuda devengará los intereses compensatorios y punitorios pactados según la Cláusula 11 del presente, a partir de la fecha de cierre de facturación del Resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. EL EMISOR tendrá derecho a designar a agencias de cobranzas o estudios jurídicos para la gestión de las cobranzas de las cuentas en xxxx. Los saldos
acreedores que eventualmente se generen a favor de el USUARIO no generarán intereses quien autoriza a aplicarlos al pago de cuotas futuras a devengarse. CLAUSULA 16: VIA EJECUTIVA: El Resumen de Cuenta aceptado en forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, EL EMISOR podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescrip- to por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona. CLAUSULA 17: EXTINCION DEL CONTRATO: EL EMISOR podrá resolver el CONTRATO si el USUARIO no cumpliera con sus obligaciones o si hubiera formulado declaraciones falsas respecto a sus datos personales, ingresos, parentesco, situación patrimonial o laboral. Se aplicará también la inhabilitación inmediata de la TARJETA y aún la rescisión contractual en los siguientes casos: 1- Quiebra, Concurso o embargo de�nitivo de bienes de el USUARIO, pedido por los acreedores o por el USUARIO. 2- Domicilio falso o inexistente de el USUARIO o Garante/s. 3- Sanción del BCRA o aparición de el USUARIO en los listados de inhabilitados para operar en cuentas corrientes bancarias. 4- Uso de LA TARJETA sin �rma de el USUA- RIO al dorso. 5- Atraso en el pago del/los Resúmen/es de Cuenta superior a 90 días. 6- Utilización de LA TARJETA para un �n diferente al explicitado en la Cláusula 2. 7- Muerte o incapacidad absoluta de el USUARIO Titular. El Usuario Titular podrá dar por rescindido el CONTRATO mediante comunicación fehaciente a EL EMISOR sin expresión de causa sin que ello de lugar a indemnización alguna de la contraparte. Los derechos y obliga- ciones de las partes se mantendrán hasta tanto sea cancelado todo el saldo pendiente de el USUARIO. De igual manera el USUARIO Titular tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el CONTRATO o de la disponibilidad efectiva de LA TARJETA, noti�cando de manera fehaciente esta decisión a EL EMISOR. La revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para el USUARIO en la medida que no haya hecho uso de LA TARJETA. CLAUSULA 18: CESION: EL EMISOR podrá ceder sus derechos y obligaciones emergentes del contrato, incluyendo su cesión o transferen- cia a titulo �duciario sin requerir la conformidad de el USUARIO o Garan- te/s, la que en su caso se noti�cará en forma escrita mediante nota simple, o a través del Resumen de Cuenta. CLAUSULA 19: DATOS: El USUARIO y Garante/s prestan su consenti- miento para que los datos proporcionados en virtud de el CONTRATO así como los atrasos o incumplimientos crediticios en los que incurrieren sean informados y registrados en las bases de datos de empresas y/o instituciones especializadas en bases de datos de evaluación crediticia provinciales o nacionales. Así mismo prestan su consentimiento para que los mismos sean suministrados a las autoridades competentes que los requieran o sean utilizados a efectos de contactarlos con �nes comercia- les, extrajudiciales o judiciales. CLAUSULA 20: INFORMACION SOBRE EL TITULAR Y SUS ADICIONALES: 1.-Información Crediticia: quien/es suscribe/n el presente, autorizan a que EL EMISOR efectúe a su respecto cualquier investigación crediticia que considere necesaria, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia, bancos o entidades �nancieras, informes o reportes con respecto a su historial crediticio. 2.- Información telefónica: con la �nalidad de asegurar la calidad de sus servicios al cliente, XXXXXXXX podrá escuchar y/o grabar todas las llamadas telefónicas sin necesidad de dar aviso de ello a el USUARIO y/o sus adicionales en cada oportunidad. CLAUSULA 21: NORMAS DE ENCUBRIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO. En lo referente a “Encubrimiento y lavado de activo de origen delictivo” y sus normas reglamentarias y complementarias que quien/es suscribe/n el presente declara/n bajo juramento que la documentación y la información suministrada en el Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash es verdadera y correcta, de
igual manera que acepta/n que EL EMISOR podrá solicitarle/s informa- ción actualizada a su respecto, la cual deberá ser proporcionada en cada oportunidad que sea solicitada. Queda establecido que quien/es suscriben el presente queda/n obligados a informar por escrito cualquier modi�cación que se produjera, dentro de los 30 días de ocurrida. EL EMISOR podrá suspender y/o cancelar la TARJETA en caso de detectar inconsistencias, falsedades o datos incompletos o insu�cientes en la información suministrada. CLAUSULA 22: NOTIFICACIONES: El Usuario Titular presta confor- midad para que toda noti�cación que corresponda realizar en virtud de el CONTRATO sea efectuada, de acuerdo con la normativa vigente, en forma escrita mediante nota simple o a través del Resumen de Cuenta, los que serán considerados medios fehacientes y su�cientes de noti�ca- ción. Todas las noti�caciones se considerarán validas si son dirigidas al domicilio y/o a la dirección de correo electrónico indicados por el Usuario Titular en el CONTRATO o los que en el fututo �je fehacientemente. EL USUARIO acepta que EL EMISOR, previa comunicación por escrito a su domicilio, podrá realizar cambios a las condiciones pactadas detalladas en el Anexo I del presente contrato. El Usuario Titular tendrá la obligación de noti�car fehacientemente cualquier modi�cación de los datos propor- cionados en el CONTRATO los que tendrán validez desde los 15 días posteriores a que fueran informados a EL EMISOR. CLAUSULA 23: DOMICILIO Y JURISDICCION: El EMISOR constitu- ye domicilio legal en calle 25 xx Xxxx nº 320 de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, acordando las partes, EMISOR y USUARIO, la competencia de los tribunales ordinarios del domicilio de éste último. El USUARIO y Xxxxxxx declaran la exactitud de los datos consignados en la Solicitud de Tarjeta Credicash, le dan el carácter de declaración jurada, y declaran haber leído detenidamente y aceptar en un todo el CONTRATO. De conformidad se suscriben a un solo efecto y entregan tantos ejemplares como partes intervienen en el presente. CLAUSULA 24: PRE CANCELACIÓN: Usted podrá precancelar total o parcialmente la �nanciación que le otorga LA TARJETA. RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia"elaborado por el Banco Central de la República Argen- xxxx sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obliga- dos a �n de comparar los costos y características de los productos y servicios �nancieros ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xx- gimen_de_transparencia.asp
LUGAR: FECHA:
FIRMA DE LOS RESPONSABLES
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FIRMA ADICIONAL/GARANTE
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
XXXX XXXXX XXXXXXXX - APODERADO