Ayuntamiento de
Ayuntamiento de
Alhama xx Xxxxxx
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, ECONOMICAS Y JURIDICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS PROYECTOS DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS , PROGRAMAS ACUÁTICOS, EJECUCION DE LOS MISMOS Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS ANTERIORES EN LAS PISCINAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA XX XXXXXX.
I.- Objeto de la contratación, tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
Se persigue mediante el presente procedimiento contratar con empresas o entidades especializadas en la gestión de actividades físico-deportivas, la elaboración de proyectos para la ejecución de la programación de cursos de actividades físico- deportivas en el medio acuático y del programa de actividades acuáticas municipales, así como la propia ejecución de estos, excluidas aquellas actividades de esta índole prestadas directamente por la Concejalía de Deportes de Alhama xx Xxxxxx o a través de convenios suscritos entre esta Concejalía y entidades deportivas diversas.
Son objeto de contratación concretamente los servicios y prestaciones que se especifican concretamente en el Pliego de Condiciones Técnicas que rige esta contratación.
Las horas señaladas en los apartados económicos sirven de referencia para presentar las ofertas; pudiendo incrementarse o disminuirse dependiendo del número de alumnos inscritos y de los cursos que se impartan.
Tramitación: ANTICIPADA
Procedimiento de adjudicación: ABIERTO CON BASE EN VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION.
El presente contrato se tramitará por el procedimiento de TRAMITACION ANTICIPADA.
El contrato se pretende formalizar en este ejercicio, sin embargo la ejecución se llevará a cabo en el ejercicio 2010, así pues y siguiendo lo previsto en la Ley, se somete
la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio 2010.
II- Duración del contrato
La contratación de estos servicios se efectúa por DOS anualidades desde la fecha de que se establezca como inicio de las prestaciones en el contrato administrativo que, en su día se realice, siendo prorrogable anualmente por acuerdo expreso de las partes antes de su vencimiento, y sin que la vigencia inicial junto con las prórrogas pueda exceder de cuatro años.
La aprobación de la prórroga del contrato y autorización de los gastos de carácter plurianual, en su caso, queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente, de acuerdo a los respectivos presupuestos.
III.- Precio de la contratación
El precio máximo total para este contrato se fija en 257.883,70 € anuales IVA incluido , (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON SETENTA CENTIMOS DE EURO) a la baja,
financiándose con cargo a la partida presupuestaria 342.22799 del Presupuesto Municipal
El precio máximo se desglosa, según el servicio prestado, del modo siguiente :
ACTIVIDAD | Nº MÁXIMO DE HORAS A REALIZAR | PRECIO MÁXIMO HORA | CANTIDAD MÁXIMA | IVA APLICADO | CANTIDAD MÁXIMA + IVA |
SOCORRISTAS PISCINA XX XXXXXX Y PISCINA CLIMATIZADA | 4.000 | 11’00 | 44.000 | 16% | 51.040 |
SEVICIO DE INFORMACIÓN PISCINA CLIMATIZADA Y SERVICIO TAQUILLA PISCINA XX XXXXXX | 3.950 | 9’00 | 35.550 | 16% | 41.238 |
SERVICIO DE MONITORES PISCINA CLIMATIZADA Y PISCINA XX XXXXXX | 9.750 | 13’00 | 126.750 | 7% | 135.622’5 |
SERVICIO DE FISIOTERAPIA Y ACTIVIDAD FÍSICA Y SALUD | 1.850 | 14’00 | 25.900 | EXENT O DE IVA | 25.900 |
LIMPIEZA MATERIAL PISCINA CLIMATIZADA | 320 | 11’00 | 3.520 | 16% | 4.083’20 |
Los licitadores deberán presentar oferta para la totalidad de los servicios, debiendo indicar, de forma clara, la cantidad que corresponda por la prestación de cada uno de los servicios, por hora.
IV.- Forma de pago.
La facturación por los servicios prestados se efectuará mensualmente. El abono se realizará previa presentación por el CONTRATISTA de factura detallada en la que incluyan los conceptos por los que se extiende y aquellos otros que solicite el Ayuntamiento, la cual deberá ser previamente conformada por los Técnicos de la Concejalía de Deportes.
El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición del documento que acredite la realización total o parcial del contrato tal y como establece el artículo 200.4 LCSP.
V.-Revisión de precios
Conforme al art. 77 de la LCSP, durante el primer año de su ejecución no habrá lugar a la revisión de precios del CONTRATO. Para los años sucesivos de vigencia del CONTRATO el CONTRATISTA podrá solicitar revisión de precios del mismo aplicando al precio de dicho año la variación experimentada en el índice general nacional de precios al consumo durante los doce meses anteriores. El órgano de contratación, mediante resolución motivada, podrá excluir la procedencia de la revisión de precios.
La aprobación de la prórroga del contrato y autorización de los gastos de carácter plurianual, en su caso, queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente, de acuerdo a los respectivos presupuestos.
VI.- Publicidad.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 126.1 del LCSP, éste procedimiento abierto será publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (BORM), con una antelación mínima de quince días hábiles al señalado como último para la recepción de proposiciones.
VII.- | Garantías. |
La garantía provisional será de 7.071,60 €, equivalente al 3% del presupuesto máximo de licitación (IVA excluido) y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de LCSP (salvo retención en el precio).
En caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida por el órgano de contratación y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal .
Notificada la adjudicación del contrato, el adjudicatario estará obligado a constituir, en el plazo de quince (15) días hábiles una fianza definitiva del 5 por ciento (cinco por ciento) del importe de adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 84 LCSP ( salvo retención en el precio) .De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 88
LCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90 LCSP .
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el valor del mismo, se reajustará la garantía en el plazo señalado anteriormente, contado desde la fecha en que se modifique el contrato.
VII.- Capacidad Jurídica y Condiciones Técnicas de los Licitadores
A) Capacidad jurídica de los licitadores:
Podrán presentar ofertas todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para contratar y acrediten solvencia económica, financiera y técnica y profesional, según los requisitos de la Ley de Contratos del Sector Público y no estén incursas en causas de prohibición para contratar con las administraciones públicas, según lo previsto en el artículo 49 de la LCSP.
Las asociaciones con finalidad deportiva, podrán asimismo presentar oferta, siempre que reúnan los requisitos necesarios para contratar con la Administración.
B) Condiciones técnicas exigidas a los licitadores:
Además de las condiciones generales de capacidad y solvencia establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público necesarias como requisitos mínimos de los contratistas, se exigirán las especiales condiciones técnicas siguientes:
1.- Contar con una estructura empresarial organizativa suficiente que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la adjudicación de estos
servicios, tanto en cuanto a la responsabilidad técnica como económica frente a la Administración.
2.- Designar un responsable administrativo, y otro técnico, con residencia en Alhama xx Xxxxxx, que cuenten con experiencia y titulación académica adecuada, los cuales deberán mantenerse durante la vigencia del contrato.
3.- Disponer del personal necesario y con la titulación adecuada para la elaboración de los proyectos y su ejecución.
A estos efectos, debe tenerse en cuenta que la jornada laboral del personal que ejecuta las actividades, estará formada por las horas efectivas de trabajo, más un 10% que se computará en los propios programas, para los trabajos complementarios de coordinación y preparación de clases.
4.- Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la responsabilidad derivada de las actividades objeto de este contrato.
5.- Realizar un Plan Anual Formativo del personal (coordinador técnico así como monitores y otros profesionales) a cargo de la empresa, con un mínimo de 10 horas anuales, para cada actividad ofertada.
6.- Mantener un domicilio social o delegación en Alhama, con teléfono de contacto, así como una infraestructura de personal responsable y de coordinación.
7.- Disponer del equipamiento básico necesario para el desarrollo de las actividades y programas contratados.
VIII.- Proposiciones y documentos.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
Alhama xx Xxxxxx, hasta las 13:00 horas del décimoquinto día hábil a contar desde el siguiente a aquel en el que aparezca publicado el anuncio en el BORM.
El licitador deberá presentar la documentación con los requisitos de fehaciencia exigidos en la normativa vigente. En el caso de documentos administrativos, sus copias compulsadas gozarán de la misma validez y eficacia que los originales, siempre que exista constancia de que sean auténticas.
Los documentos a incluir deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación vigente e incluso fotocopias, pero en este caso la adjudicación provisional quedará sometida a la condición suspensiva de presentar esta documentación en original o copia autenticada.
También podrán presentarse proposiciones por correo, o en cualquiera de los Registros que establece a este efecto el artículo 38 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para los casos en que el licitador opte por la presentación en Correos o en Registro diferente al del Ayuntamiento, deberá justificar el día y la hora de imposición
o presentación de la documentación en la Oficina de Correos o Registro elegido, y anunciará al Ayuntamiento la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Ayuntamiento con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
En todo caso, transcurridos diez días desde la finalización del plazo concedido para la presentación de ofertas, sin que se haya recibido esta documentación en el Ayuntamiento no será admitida la proposición.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición.
Las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán ir redactadas en castellano, sin enmiendas ni tachaduras. Deberán ir firmadas por quien las presenta.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. No se podrá presentar ninguna propuesta en unión temporal con otros si se ha efectuado individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
Las proposiciones se presentarán en UN SOBRE CERRADO, que deberá llevar en su cubierta la inscripción: "OFERTA PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON BASE EN VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION DEL SERVICIO DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES ACUATICAS, PROGRAMAS ACUATICOS Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS ANTERIORES EN LAS
PISCINAS MUNICIPALES DE ALHAMA XX XXXXXX”. También se indicará el nombre de la empresa que presenta la proposición y deberán ir firmados por el proponente. Dentro del sobre anterior, se depositarán tres sobres cerrados, con la misma inscripción señalada para el sobre general y con el siguiente contenido:
A) En el SOBRE Nº 1:
1) Resguardo de la garantía provisional
2) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del licitador y, en su caso, su representación., así como su capacidad.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones
normativamente exigibles.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 44 LCSP.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 48 LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia anteriormente (clasificación empresarial), debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Toda esta documentación se presentará en original o copia debidamente compulsada.
3) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49 LCSP, que comprenderá expresamente la
circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 62 LCSP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta, que en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se les concederá un plazo de 15 días hábiles.
4) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
5) Documentación acreditativa de la solvencia económico-financiera, técnica y profesional.
B) En el SOBRE Nº 2
La propuesta técnica, que constituirá la documentación siguiente:
1.-Una memoria especificativa de la empresa licitadora, su personalidad jurídica y constitución legal, así como las actividades que desarrolla habitualmente, junto con las observaciones que se estimen convenientes.
2.- Acreditación técnica del equipo de trabajo que constituye la empresa, mediante la presentación de su currículum personal y profesional.
3.- Una memoria explícita que desarrolle en líneas generales los contenidos de cada programa diseñado para el año próximo, según el folleto ya editado por nuestra Concejalía.
4.- Un proyecto técnico de intervención para los programas que permita visualizar el modelo y criterios de actuación, así como las líneas de actuación en cada uno de los programas acuáticos, de socorrismo y/o información a los que concurran.
5.- Organigrama del personal técnico y administrativo destinado a estos servicios, teniendo en cuenta los requerimientos xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
6.- Documentación acreditativa de la experiencia de la empresa en la gestión de actividades físico-deportivas y servicios que actualmente tuviera contratados, como medio de acreditar su solvencia técnica y profesional.
7.-Mejoras técnicas y económicas, debidamente descritas y valoradas económicamente, que sean ofrecidas gratuitamente por el licitador y no figuren en su Proyecto de Trabajo.
8.- Una nómina modelo de los trabajadores según su categoría y titulación profesional, donde se refleje con claridad el salario íntegro y el importe líquido a jornada completa y media jornada al que se compromete la empresa y, en su caso, a las mejoras retributivas que se oferten, por categorías. Del mismo modo para aquellos
trabajadores cuyo contrato no llegue a media jornada laboral se deberán señalar las especificaciones anteriores por cada hora de trabajo.
C) EN EL SOBRE Nº 3 Proposición económica.
Se presentará oferta económica, según modelo que se adjunta. Incluirá todo tipo de impuestos y gastos que se produzcan como consecuencia del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA.
La Proposición económica deberá ser formulada estrictamente conforme al modelo que se inserta a continuación:
“PROPOSICION ECONÓMICA
Xxx/Dña. , mayor de edad, con NIF , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
con domicilio en , Tel , Fax , y CIF
DECLARA:
Primero. Que enterado del Concurso público convocado por el Ayuntamiento de Alhama xx Xxxxxx para la contratación por procedimiento abierto con base en varios criterios de adjudicación del SERVICIO DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES ACUATICAS, PROGRAMAS ACUATICOS Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS ANTERIORES EN LAS PISCINAS MUNICIPALES
DE ALHAMA XX XXXXXX , presenta oferta firme para participar en el procedimiento de contratación referido.
Segundo. Que conoce los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Condiciones Técnicas, que expresamente asume y acata en su totalidad.
Tercero. Que la empresa a la que representa tiene competencia y medios suficientes para cumplir el contrato en las condiciones establecidas en el Pliego mencionado y presupuesto económico que acompaña.
Cuarto. Que se compromete a ejecutar el contrato con sujeción a los Pliegos, en los siguientes precios……………(consignar cantidades en letra y número detallando cada clase de actividad o servicio, precio hora, y cantidad total sin IVA y con IVA),
(Lugar, fecha y firma)”
La proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que contengan errores omisiones o tachaduras, que puedan alterar o establecer dudas sobre su importe o contenido del compromiso que oferte el licitador. Se presentará escrita en letras y en números.
En el caso de existir contradicción entre la oferta manifestada en letras y la manifestada en números, se estará a la primera de ellas.
IX.- Mesa de Contratación;
La Mesa de Contratación estará formada por ;
♦ Presidente: Alcalde o Concejal en quien delegue.
♦ Un Vocal en representación de cada uno de los grupos políticos.
♦ Vocal: Un Técnico Municipal perteneciente al área de deportes.
♦ Vocal: El Secretario General de la Corporación o empleado público que le sustituya.
♦ Vocal: La Interventora de la Corporación o empleado público que le sustituya.
♦ Secretario de la Mesa: será el Técnico de Administración General o empleado público que le sustituya.
X.- Apertura y examen de las proposiciones. Propuesta de Adjudicación Provisional.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, y por parte de los servicios jurídico-administrativos municipales, se procederá a la apertura del Sobre 1, realizándose el examen de la documentación presentada y poniéndose de manifiesto la existencia o no de defectos materiales en la misma, para su resolución por parte de la Mesa de Contratación.
Si se pusieran de manifiesto defectos materiales en la documentación presentada, que sean subsanables, la Mesa concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador interesado lo subsane.
La Mesa de Contratación procederá a la apertura de los Sobres 2 y 3 en la Sala de Juntas de la Casa Consistorial, en acto público respecto del sobre 3, el décimo día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones a las 13,30 horas. Si fuera sábado se efectuará el primer día hábil siguiente a la misma hora y lugar.
Terminado el acto anterior, se levantará el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado lo acontecido, y será firmada por el Presidente y el Secretario.
La Mesa de Contratación, previos los informes técnicos que considere precisos, en su caso, elevará al órgano de contratación las proposiciones presentadas por los licitadores, con el Acta- Propuesta que estime pertinente, que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios en este Pliego.
En el caso de que la propuesta señalara a algún empresario como elegido para ser adjudicatario provisional del contrato, aquella no creará derecho alguno en favor de
dicho empresario, el cual no lo adquirirá hasta que se le haya adjudicado el contrato, por Acuerdo del órgano de contratación.
XI.- Adjudicación provisional y definitiva.
El órgano de contratación, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación y adjudicará provisionalmente el contrato, al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego.
La adjudicación se realizará tras analizar las características de las ofertas presentadas, teniendo especialmente en cuenta las especificaciones técnicas, el precio ofertado, la adecuación de la oferta a las necesidades expuestas y las mejoras ofertadas.
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el BORM o en el perfil del contratante.
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional se realizará al transcurrir 15 días hábiles desde que se publique aquella. Durante este plazo el adjudicatario provisional deberá presentar la documentación a la que se refiere el artículo 135.4 de la LCSP.
De no proceder la adjudicación definitiva por no cumplir el adjudicatario provisional las condiciones necesarias antes expuestas, antes de procederse a una nueva convocatoria, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador siguiente a aquel, por el orden que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que sea posible y el licitador haya prestado su conformidad.
La adjudicación definitiva del contrato se publicará en el Perfil del contratante del Ayuntamiento de Alhama xx Xxxxxx y en el BORM.
La formalización del contrato se realizará mediante documento administrativo, en plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde la notificación de la adjudicación definitiva. No obstante, el contrato podrá formalizarse en Escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento (artículo 140 LCSP).
Los Pliegos de Xxxxxxxxx, se considerarán parte integrante del contrato que se firme, como unas cláusulas más del mismo, haciéndose referencia a éstos en el contrato.
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de publicación.
XII. Criterios de Valoración
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato, en orden decreciente de importancia, serán los siguientes:
Mejoras ofertadas por los licitadores:
A)
En este apartado se valorarán las mejoras opcionales de los licitadores, que a juicio de la Comisión mejoren sustancialmente la oferta, pudiendo consistir, entre otras las siguientes:
- Oferta de Bolsa de Horas Adicionales de Trabajo, hasta un máximo de 5 puntos.
puntos.
- Servicio de Vigilancia en la Piscina xx Xxxxxx, hasta un máximo de 4
- Mejora generalizada de las condiciones retributivas de los trabajadores,
respecto de lo establecido en Convenio Colectivo, reflejadas en el recibo xx xxxxxxx, según las diferentes categorías profesionales, a jornada completa y proporcional en caso de jornada parcial, hasta un máximo de 4 puntos.
- Organización de Actividades Complementarias ( debe adjuntarse proyecto concreto de las mismas), hasta un máximo de 4 puntos.
- Plan de Formación continua y reciclaje de los trabajadores, hasta un
máximo de 4 puntos.
- Aportación de material audio visual para la realización de los programas (cassettes, amplificador, equipos de sonido entrega de premios, vídeo, proyector, diapositivas, trasparencias, etc.), especificándose el tipo de material y su valoración económica, hasta un máximo de 3 puntos.
- Aportación de material didáctico para los cursos. Debe especificarse el tipo de material y su valoración económica, hasta un máximo de 3 puntos
- Equipación de ropa para monitores y trabajadores. Hasta un máximo de 3 puntos.
- Publicidad de los programas a realizar editando un número de 5000 publicaciones en las que sólo aparecerá publicidad institucional, según las siguientes especificaciones: tamaño 15x17, 20 paginas más portada interior a dos colores, portada tirada y retirada a todo color. Todo en papel couché brillo de 150 gramos, hasta un máximo de 1 puntos.
Puntuación máxima por este concepto: ………31 Puntos.
B) Proyecto de intervención para el programa de actividades físico- deportivas y para el programa de actividades acuáticas:
Se valorará conforme a los criterios siguientes:
- La calidad el proyecto y su enfoque.
- La adecuación de los proyectos ofertados a las necesidades de actividad físico-deportiva de la localidad de Alhama xx Xxxxxx.
- Aspectos innovadores de los proyectos que redunden en una mayor rentabilidad.
- Puntuación máxima por este concepto: 15 puntos
C) Oferta económica:
La rebaja en el precio ofertado se valorará de la forma siguiente:
Porcentaje de Baja respecto Tipo Licitación PUNTOS
Del 1% al 2% 1Punto
Del 2’01% al 5% 3 Puntos
Del 5’01% al 10% 4 Puntos
Más del 10% 5 Puntos
Para la determinación del porcentaje de baja que deba aplicarse en la escala anterior, se hallará previamente el porcentaje de baja que resulte en cada uno de los precios ofertados respecto a los señalados en el tipo de licitación y la media aritmética de todos ellos constituirá el porcentaje de baja aplicable en la escala anterior.
La baja deberá realizarse en relación al precio/hora del servicio y no en la cantidad global.
Puntuación máxima por este concepto: 5 puntos
D) Organización empresarial y profesional:
Por la acreditación de una estructura organizativa, empresarial y profesional
que sea adecuada para la gestión de los servicios contratados, dotada de los elementos técnicos, humanos y económicos necesarios. Se valorará hasta un máximo por este concepto de 3 puntos.
La puntuación máxima posible suma un total de 54 puntos.
XIII.- Régimen Sancionador
La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento del contrato y la ejecución de los proyectos, siendo responsable de los daños y perjuicios que puedan causar su personal dependiente.
La empresa adjudicataria se compromete a sancionar a los trabajadores que no cumplan con sus obligaciones laborales. Deberá emitir un informe firmado por el responsable y por el trabajador que incumpla alguna de sus obligaciones.
Las consecuencias que pudieran derivar del eventual incumplimiento del contrato, son las previstas en la vigente LCSP.
La imposición de sanciones requerirá la apertura de expediente sancionador, con audiencia al interesado.
Las infracciones pueden ser:
- leves, sancionables con apercibimiento y/o multa, de 150 a 200€ ;
- las graves sancionables con multas de 500€ a 3000€
- las muy graves con multas de 3000 a 12000€ y la resolución del contrato.
En cualquier caso, la imposición de sanción, es independiente de la reclamación de los daños y perjuicios que se hayan causado a la Administración municipal y/o a los usuarios.
Son infracciones leves:
1.-El retraso, negligencia o descuido de carácter leve en el cumplimiento de las obligaciones.
2.-Incumplimiento de los horarios en la ejecución de los programas.
3.-Falta de puntualidad, al menos dos veces en el mes, en la asistencia a la prestación del programa por el personal de la empresa.
4.-El trato falto de consideración y respeto hacia algún usuario por parte de algún trabajador.
5.- Incumplimiento por la empresa de sus obligaciones de ejecución que de lugar a la suspensión del programa por más de un día y no superior a cinco días.
Son infracciones graves:
1.- Las infracciones de los apartados 1 y 2 de las faltas leves, cuando tengan carácter grave, en el funcionamiento de los servicios.
2.- El incumplimiento de la ejecución material por parte de la empresa, que haya dado lugar a la suspensión definitiva del proyecto en dicho período.
3.- El incumplimiento de la empresa o su personal a las obligaciones establecidas en la adjudicación y condiciones de su contratación.
4.-Las ofensas verbales o físicas o trato vejatorio al usuario.
5.- La reiteración en dos o más faltas leves de la misma naturaleza en el transcurso de un año, existiendo un expediente sancionador firme.
Son infracciones muy graves:
1.- La ejecución de los proyectos de forma distinta a la aprobada o con vulneración de los criterios establecidos al efecto por la Concejalía de Deportes.
2.- La reiteración en la comisión de dos o más faltas graves de la misma naturaleza, en el transcurso de un año, existiendo un expediente sancionador firme.
3.- En general, las acciones y omisiones que supongan infracciones muy graves a lo pactado y a la normativa reguladora del servicio objeto de la contratación.
XIV.- Facultades de Inspección y Control.
La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan, corresponderá al Concejal de Deportes, quien podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente pliego y demás documentos contractuales.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del presente procedimiento, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas, así como a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas, oferta por el mismo presentada, mejoras y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado.
Al finalizar la prestación del servicio, por parte de los Técnicos de la Concejalía de Deportes se redactará informe de finalización del mismo en el que justifique la buena prestación de éste, para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentario expediente.
XV.- Leyes Especiales.-
Será de cumplimiento obligatorio por parte del adjudicatario, las normas vigentes en materia laboral, tributaria, prevención xx xxxxxx laborales, así como la normativa vigente en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
XVI.- Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación,
efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego , y para lo no previsto en él, será de aplicación La Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del sector Público.
XVII.- Orden Jurisdiccional.-
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con lo establecido en el presente contrato.
DILIGENCIA: Se pone para hacer constar que el presente documento que consta de 16 páginas, rubricadas y selladas por el Secretario General de este Ayuntamiento, ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2009.
Alhama xx Xxxxxx, 21 de diciembre de 2009.
EL SECRETARIO,
Fdo. Xxxxx Ré Xxxxxxx