CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO- PAGARÉS.
CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO- PAGARÉS.
1. ELEMENTOS PRINCIPALES DEL CONTRATO:
1.1. DEFINICIONES:
1.1.1. ADMINISTRADOR DEL SISTEMA DE INTERCAMBIOS COMERCIALES (ASIC): Dependencia del Centro Nacional de Despacho de que tratan las leyes 142 y 143 de 1994, encargada del registro de fronteras comerciales, de los contratos de energía a largo plazo; de la liquidación,facturación, cobro y pago del valor de los actos, contratos, transacciones y en general de todas las obligaciones que resulten por el intercambio de energía en la bolsa, para generadores y comercializadores; de las Subastas de Obligaciones de Energía Firme; del mantenimiento de los sistemas de información y programas de computación requeridos; y del cumplimiento de las demás tareas que sean necesarias para el funcionamiento adecuadodel Sistema de Intercambios Comerciales (SIC).
1.1.2. AGENTES: Son los generadores, los comercializadores y los transmisores nacionales, transmisores regionales y operadores de red debidamente registrados ante XM.
1.1.3. AGENTE ACREEDOR: Es el agente a cuyo favor se expidan el o los pagarés.
1.1.4. AGENTE DEUDOR: Es el fideicomitente en cuyo nombre se emite el pagaré.
1.1.5. CERTIFICACIÓN: Certificado de las obligaciones vencidas y/o retiro de agente expedido por XM.
1.1.6. LIQUIDADOR Y ADMINISTRADOR DE CUENTAS (LAC): Entidad encargada de la Liquidación y Administración de Cuentas por los cargos de uso de las redes del Sistema Interconectado Nacional que le sean asignadas y de calcular el ingreso regulado de los transportadores, deacuerdo con las disposiciones contenidas en la regulación vigente.
1.1.7. MERCADO DE ENERGÍA MAYORISTA (MEM): Es el mercado de grandes bloques de energía eléctrica, en que vendedores y compradores intercambian energía y potencia en el sistema interconectado nacional, con sujeción al Reglamento de Operación.
1.1.8. XM: Entidad que cumple la función de ASIC y LAC.
1.2. PARTES CONTRACTUALES:
1.2.1. EL FIDEICOMITENTE: Es el AGENTE DEUDOR que suscribe el contrato en virtud de la regulación.
1.2.2. LA FIDUCIARIA: Entidad fiduciaria con la cual se hace el encargo fiduciario.
1.3. OBJETO PRINCIPAL:
En virtud del encargo fiduciario, EL FIDEICOMITENTE instruye y faculta de forma irrevocable a la FIDUCIARIA, para que por su cuenta y en su nombre otorgue pagarés a favor de las personas
que XM certifique como acreedores del FIDEICOMITENTE, por sus obligaciones liquidadas y facturadas con XM. Las sumas que se incorporen en los pagarés serán las certificadas por el XM.
1.4. MANIFESTACIONES DEL FIDEICOMITENTE:
El FIDEICOMITENTE manifestará en el contrato principalmente que:
1.4.1. Se encuentra debidamente facultado para realizar el encargo fiduciario y anexará las actas de asamblea o junta directiva, estatutos sociales o certificados de existencia y representación que así lo demuestren en su caso particular.
1.4.2. El encargo objeto del contrato se hace de forma irrevocable y es a favor de terceros distintos al FIDEICOMITENTE.
1.5. OBLIGACIONES
1.5.1. LA FIDUCIARIA:
a) Emitir pagarés por cuenta y nombre del FIDEICOMITENTE, sólo en los eventos en los que EL AGENTE ACREEDOR lo solicite a través del Representante Legal o su apoderado, y XM le indique la existencia de la deuda y le entregue certificación sobre el monto que se adeuda al respectivo acreedor.
b) Expedir los pagarés con fundamento en los datos y valores certificados por XM.
c) Expedir el pagaré el día que EL AGENTE ACREEDOR se presente personalmente o a través de persona debidamente facultado para estos efectos, con la respectiva certificación.
d) Entregar en las oficinas de la Fiduciaria, el pagaré solo a las personas que se encuentren debidamente facultadas por EL AGENTE ACREEDOR del mismo.
e) Recibir, archivar y custodiar las certificaciones remitidas por XM.
f) Verificar que toda solicitud de expedición de pagaré se fundamente en una certificación emitida por XM.
g) Remitir a XM en los meses de enero y julio un informe de rendición de cuentas de la gestión encomendada en el semestre anterior.
h) Remitir a XM certificación de la existencia del contrato xx xxxxxxx con el agente.
i) Informar a XM el inicio de cualquier procedimiento enderezado a buscar su remoción o la ocurrencia de cualquier hecho que sugiera el propósito del FIDEICOMITENTE de dar por terminado el contrato xx xxxxxxx.
j) Los demás deberes señalados en el contrato y en la ley.
1.5.2. FIDEICOMITENTE:
a) Xxxxxxx a la FIDUCIARIA, poder por escritura pública, que la faculte a suscribir los pagarés objeto del contrato. El FIDEICOMITENTE no podrá revocar este poder mientras esté vigente el contrato entre el FIDEICOMITENTE y la FIDUCIARIA, dada su naturaleza irrevocable.
b) Pagar el valor de la remuneración a la entidad FIDUCIARIA.
c) Renovar la vigencia del contrato de manera que, a 30 de noviembre de cada año, el contrato tenga un plazo de por lo menos 2 años contados a partir del 1 de enero del año siguiente.
d) Las demás que determine la FIDUCIARIA y que no sean contrarias a los elementos señalados en este documento y la ley.
1.6. DERECHOS:
1.6.1. DERECHOS FIDEICOMITENTE:
a) Exigir el cumplimiento del encargo.
b) Exigir la rendición de cuentas del encargo.
c) Impugnar los actos de LA FIDUCIARIA que sean contrarios o excedan el encargo.
d) Ejercer acción de responsabilidad contra la FIDUCIARIA, en caso de incumplimiento.
e) Solicitar la renovación del contrato cada vez que se requiera, realizando el pago anticipado de la comisión fiduciaria.
f) Pedir la remoción de LA FIDUCIARIA ante la Superintendencia Financiera por incumplimiento de sus obligaciones, de lo cual deberá dar aviso a XM, velando siempre porque exista una nueva FIDUCIARIA con la que puedan cumplirse las obligaciones a su cargo.
g) Las demás consagradas en el contrato y en la ley.
1.6.2. DERECHOS DE LA FIDUCIARIA:
a) Recibir la remuneración pactada en el encargo fiduciario de manera anticipada.
b) Recibir la información por parte de XM.
1.7. MODIFICACIONES CONTRACTUALES:
Toda modificación al contrato, sus anexos o terminación anticipada del mismo, deberá contar con el acuerdo del FIDEICOMITENTE y debe dar cumplimiento a lo establecido en la regulación vigente.
Las modificaciones autorizadas en virtud de este numeral son exclusivamente formales y/o menores. Así las cosas, no será posible introducir por esta vía elementos extraños y/o nuevos al contrato que modifiquen la esencia del acuerdo. En todo caso, el proyecto de modificación será sometido a consideración de XM para su aprobación.
1.8. RETIRO DEL AGENTE (FIDEICOMITENTE) XXX XXXXXXX DE ENERGÍA MAYORISTA:
1.8.1. EL FIDEICOMITENTE hará parte del encargo fiduciario hasta tanto se acredite por medio de certificado expedido por XM, que éste se encuentra retirado xxx xxxxxxx de manera voluntaria.
1.8.2. Cuando EL FIDEICOMITENTE sea retirado como agente xxx xxxxxxx por incumplimiento de obligaciones con XM, el encargo fiduciario no perderá su vigencia ni se dará por terminado de manera anticipada mientras subsistan obligaciones a cargo de EL AGENTE DEUDOR.
1.9. INSTRUCCIONES PARA LA EXPEDICIÓN DEL PAGARÉ:
1.9.1. LA FIDUCIARIA creará tantos pagarés como solicitudes de expedición de pagarés presenten los acreedores con fundamento en las certificaciones de deuda emitidas y remitidas por XM a LA FIDUCIARIA, durante la vigencia del Contrato xx Xxxxxxx.
1.9.2. Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento de la obligación a cargo del agente, XM remitirá la certificación de las obligaciones vencidas a la entidad Fiduciaria y a cada uno de los agentes acreedores y deudores.
1.9.3. LOS ACREEDORES que decidan adelantar la gestión de su cartera, podrán solicitar a LA FIDUCIARIA, dentro de los doce (12) meses siguientes a la primera certificación de la obligación vencida, que le sea expedido el Pagaré a su orden.
1.9.4. El valor del pagaré no podrá ser superior al último valor que haya sido certificado por XM al AGENTE ACREEDOR y a LA FIDUCIARIA.
1.9.5. LA FIDUCIARIA deberá expedir el Pagaré solicitado el día en que EL AGENTE ACREEDOR se presente, sea directamente o por medio de apoderado, en las oficinas para su entrega. A tal efecto EL AGENTE ACREEDOR solicitará su expedición a LA FIDUCIARIA con al menos 3 días hábiles de anticipación al día en que se presente en las oficinas para su efectiva entrega.
1.9.6. Si conforme a las normas de facturación y ajustes que rigen el Mercado Mayorista de Energía y la liquidación de cargos de STN y STR, se determina que existe una disminución o aumento en el monto de la deuda del FIDEICOMITENTE, XM conforme a la normatividad, emitirá CERTIFICACIÓN dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al respectivo vencimiento, en la cual señalará el nuevo monto de la obligación y la remitirá dentro de este mismo término a la FIDUCIARIA.
1.9.7. En los casos en los que XM le certifique a LA FIDUCIARIA una disminución en la deuda, ésta última procederá de la siguiente manera:
a) Si a la fecha no se ha expedido el pagaré, LA FIDUCIARIA lo emitirá cuando sea solicitado por EL AGENTE ACREEDOR, de conformidad con la última certificación remitida por XM.
b) Si a la fecha el pagaré ya fue expedido y no ha sido entregado, LA FIDUCIARIA está facultada por EL FIDEICOMITENTE para anular el título y expedir uno nuevo según la última certificación, siempre y cuando EL AGENTE ACREEDOR o el tenedor legítimo del mismo lo solicite y devuelva el pagaré original a LA FIDUCIARIA.
c) La emisión del pagaré podrá ser solicitada por el AGENTE ACREEDOR dentro del término señalado en el numeral 1.9.3 del presente documento.
1.9.8. En los casos en los que se le certifique a LA FIDUCIARIA, un aumento en la deuda, se procederá de la siguiente manera:
a) Si a la fecha el Pagaré no ha sido expedido, LA FIDUCIARIA lo emitirá a solicitud del AGENTE ACREEDOR y de conformidad con la última certificación emitida por XM.
b) Si a la fecha de la nueva certificación, el pagaré ya fue expedido, LA FIDUCIARIA, a solicitud del AGENTE ACREEDOR,emitirá pagaré por la suma restante.
c) Estas expediciones deben ser solicitadas por el AGENTE ACREEDOR dentro del término señalado en el numeral 1.9.3 del presente documento.
1.9.9. El pagaré se expedirá conforme al modelo que se adjunta al presente contrato y no será susceptible de modificación por la FIDUCIARIA ni por EL FIDEICOMITENTE.
1.9.10. El número del pagaré corresponderá al consecutivo que la FIDUCIARIA creará para el respectivo contrato xx xxxxxxx.
1.9.11. En el pagaré se deberá incorporar el nombre completo o razón social, según el caso, del respectivo AGENTE ACREEDOR, el cual debe corresponder a lo certificado por XM.
1.9.12. El valor del pagaré será incorporado en letras y números y debe corresponder a la suma certificada por XM según la última certificación expedida sobre el particular.
1.9.13. Los demás espacios se completarán conforme a la información de la sociedad FIDUCIARIA, el agente, el acreedor y el poder otorgado a través de escritura pública.
1.10. CAUSALES DE TERMINACIÓN:
El contrato xx xxxxxxx podrá terminar por las siguientes razones:
1.10.1. Cumplimiento de su objeto.
1.10.2. La imposibilidad de cumplir con su objeto.
1.10.3. Por el no pago de la comisión fiduciaria.
1.10.4. Por el vencimiento de su vigencia
1.10.5. Por el retiro del agente, según lo dispuesto en el numeral 1.8.1.
1.10.6. Por la aprobación de remoción del FIDUCIARIO por parte de la Superintendencia Financiera.
1.10.7. Cualquier otra causa señalada en la ley colombiana para las sociedades comerciales siempre que sea compatible con la naturaleza del presente contrato.
1.11. VIGENCIA DEL CONTRATO Y RENOVACIONES
El presente contrato tiene un plazo de [*] años, contados a partir del 1 de enero del [*], y podrá ser renovado por voluntad de las partes de manera indefinida. En todo caso, el FIDEICOMITENTE deberá cubrir el pago de la totalidad de la comisión fiduciaria de por lo menos la duración mínima del contrato.
Deberá contemplarse que, a más tardar el 30 de noviembre de cada año, el Fideicomitente deberá garantizar que el contrato xx xxxxxxx tenga por lo menos dos (2) años de vigencia contados a partir del 1 de enero del año siguiente.
1.12. ANEXOS
Son anexos del contrato:
1.11.1. Certificado de existencia y representación legal de EL FIDEICOMITENTE (EL AGENTE)
1.11.2. Acta o documento donde consten las facultades del representante legal del Agenteque suscribe el contrato y/o su apoderado
1.11.3. El modelo de pagaré.
1.11.4. Modelo de poder a ser otorgado por escritura pública.