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REF.: APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS SUSCRITO ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Y LA FUNDACIÓN XXXXXXX XXXX, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY N° 21.516, DE PRESUPUESTOS PARA EL SECTOR PÚBLICO, AÑO 2023.
RESOLUCIÓN EXENTA Nº 0075
SANTIAGO, 25 de enero de 2023
VISTOS:
La Ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; el D.F.L. N° 35 de 2018;
D.F.L. N° 5.200 de 1929, ambos del Ministerio de Educación; la Ley N° 21.395, de Presupuestos del Sector Público para el año 2022; la Resolución N° 6, 7 y 16 de 2019, de la Contraloría General de la República; el Decreto Supremo N° 2 de enero de 2023, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en trámite.
CONSIDERANDO:
1.- Que, la ley N°21.516, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2023, establece transferencias corrientes al sector privado, específicamente en la Partida 29, Capitulo 03, Programa 01, Subtitulo 24, Ítem 01, Asignación 210, Glosa 05, contemplándose la cantidad de $187.097.000.- (Ciento ochenta y siete millones noventa y siete mil pesos) para la Fundación Xxxxxxx Xxxx.
2.- Que, el aporte antes referido debe transferirse en conformidad a los términos del Convenio de Colaboración y Transferencia de Recursos celebrado, entre el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural y la Fundación Xxxxxxx Xxxx, el cual se aprueba mediante el presente acto administrativo.
RESUELVO:
1.- APRUÉBASE el Convenio de Colaboración y Transferencia de Recursos suscrito entre el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, RUT N° 00.000.000-0 y la Fundación Xxxxxxx Xxxx RUT N° 00.000.000-0, mediante el cual el Servicio, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.516, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2023, transferirá la suma de $187.097.000.- (Ciento ochenta y siete millones noventa y siete mil pesos) a la Fundación Xxxxxxx Xxxx, para financiar sus servicios y actividades, de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas que en el referido Convenio se establecen, y cuya transcripción íntegra y fiel es la siguiente:
CONVENIO DE COLABORACIÓN Y
TRANSFERENCIA DE RECURSOS ENTRE
SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Y
FUNDACIÓN XXXXXXX XXXX
En Santiago, comparecen: el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL, RUT N° 00.000.000-0,
representado por su Director Nacional (S), xxx XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, chileno, Abogado, Cédula Nacional de Identidad N°00.000.000-0, ambos domiciliados para estos efectos en Huérfanos N° 1515, comuna de Santiago, en adelante el “SERVICIO”, por una parte; y por la otra, la FUNDACIÓN XXXXXXX XXXX, RUT N° 00.000.000-0, representada por doña XXXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXXX, chilena, Cédula Nacional de Identidad N°9.096.956-7, ambos con domicilio en Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, en adelante la “FUNDACIÓN”, quienes celebran el siguiente Convenio de Colaboración y Transferencia de Recursos:
ANTECEDENTES:
1. Que, el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, tiene por objeto implementar políticas
y planes, diseñar y ejecutar programas destinados a dar cumplimiento a las funciones del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en materias relativas al folclor, culturas tradicionales, culturas y
patrimonio indígena, patrimonio cultural material e inmaterial; e infraestructura y patrimonial, como asimismo, a la participación ciudadana en los procesos de memoria colectiva y definición patrimonial.
2. Que, la Fundación Xxxxxxx Xxxx tiene como primordial objetivo, el desarrollo del Proyecto “Casa Museo Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx” cuyos fines son culturales y educativos y corresponde a un museo abierto al público, orientado a la divulgación del estilo de vida, la personalidad e hitos relevantes de la trayectoria de una de las más sobresalientes personalidades de la historia política de Chile.
El proyecto Casa Museo Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, propone la transformación de la casa habitación del ex mandatario, en un museo abierto al público, que exhibir ante los niños y jóvenes, el perfil de uno de los principales gestores del crecimiento de Chile y América Latina, mostrando sus condiciones como estadista y sus extraordinarias cualidades humanas.
Una Casa-Museo ambientada con objetos originales pertenecientes a un Jefe de Estado de la relevancia de xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, constituirá un recurso didáctico de difusión y de uso del patrimonio como fuente de inspiración educativa.
3. Que, Ley N° 21.516, de Presupuestos para el Sector Público, Año 2023, establece transferencias corrientes al sector privado, específicamente, en su Partida 29, Capítulo 03, Programa 01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 210, Glosa 05, dispone la transferencia a la Fundación Xxxxxxx Xxxx, la suma única y total de $187.097.000.- (Ciento ochenta y siete millones noventa y siete mil pesos), destinada a solventar los gastos derivados de las actividades que se señalan a continuación.
PRIMERO: OBJETO, ACCIONES A DESARROLLAR Y METAS DEL CONVENIO.
El Servicio y la Fundación convienen en ejecutar acciones de colaboración mutua con la finalidad de brindar apoyo a la labor cultural realizada por ambas partes.
Para ello, entre los días 01 de enero y 31 de diciembre de 2023, la Fundación Xxxxxxx Xxxx, realizará el siguiente programa de actividades:
Acciones a desarrollar y plazo:
Entre los días 01 de enero y 31 de diciembre de 2023, la Fundación Xxxxxxx Xxxx, realizará el siguiente programa de actividades:
PLAN DE GESTIÓN 2023:
Área | Actividad / Acción a desarrollar | Cantidad | Medio de verificación |
Mantener recorridos virtuales 360. Además de los presenciales. | Ver web. | ||
Área digital de Casa Museo EFM 2023 | Aumentar contenidos en el sitio web. Y mejorar el diseño de experiencia considerando que lo digital llegó para quedarse. Renovar la web de Casa Museo EFM. Para mejorar la experiencia de los usuarios, sobre todo los regionales y/o internacionales. Quienes no pueden visitarnos de manera presencial. | Durante todo el año. Con cada recorrido virtual dentro de Casa Museo EFM. | Revisar los contenidos en la web de Casa Museo EFM. |
Mantener en buenas condiciones la tecnología incorporada en la museografía del museo y los recursos educativos para establecimientos educacionales. | ||||||||
Área de Investigación. | Destacados del mes (Se entrega detalle completo de destacados del mes 2023 en anexo 2) | 11 | Revisar sitio web de Casa Museo EFM. Investigaciones publicadas en programa educativo. | |||||
Área de Extensión (Talleres, cursos, seminarios, coloquios, conversatorios, ciclos de cine, muestras temporales, exposiciones y otros). Cabe destacar en este punto del área de extensión que Casa Museo EFM va a incluir el 2023 Iniciativas de vinculación con establecimientos educacionales públicos de niveles parvulario y escolar. | Se entrega detalle completo en anexo 1, con actividades y el mes en que se realiza la acción. También se detallan los nombres de las instituciones con quienes realizaremos estos eventos. El anexo 1. (Ficha de actividades de extensión por mes 2023), que corresponde a las actividades por mes con mayor detalle. Especifica cuáles son estas actividades vinculadas con establecimientos educacionales públicos de niveles parvulario y escolar. | Todos los meses del año. | Listas de Inscritos y de asistencia. Fotografías de registro de las actividades. Revisión de historial de noticias en la web de Casa Museo EFM. | |||||
Mes del Medioambiente. Muestra temporal fotográfica de semillas. | Revisar el sitio web de Casa Museo Y/o fotografías de las muestras y sus Inauguraciones. | |||||||
Muestras temporales de Casa Museo EFM 2023. | Actividad Xxxxx Xxxxxx con Museo Histórico de Carabineros. (Exposición temporal fotográfica y ciclo de charlas en ambos museos.) | Tres año. | al | |||||
Exposición fotográfica temporal “Memoria de EFM Y BLG)”. Con Fundación Xxxxxxxx Xxxxxxxx. En conmemoración de su natalicio. | ||||||||
Velar por la conservación y difusión de | Observar fichas de salida y estado de la colección permanente. Mantener las fichas de cada objeto xxxxxxxxxxx.xxxxx | |||||||
nuestra colección patrimonial. Textiles, de | ||||||||
Colección Patrimonial de Casa | objetos patrimoniales, numismática, | Todo | el | |||||
Museo EFM. | condecoraciones, colección de pintura, | año. | ||||||
fragmentos lunares y más. | ||||||||
Programa Educativo. | Actividades de prekínder a cuarto año medio. | Libro de asistencia de Casa Museo con visitas de establecimientos educacionales. | ||||||
Manejo de | Archivos | del | Archivos, histórico | o | documental, | |||
Exmandatario. | fotográfico y audiovisual. |
Programas de formación de públicos
Área | Actividad / Acción a desarrollar | Cantidad | Medio de verificación |
Programa educativo. | Recorridos guiados con enfoque en curso que visite. | Durante todo el año. | Libro de visitas o encuestas a los profesores. Registro fotográfico de las visitas de los colegios. |
Listas de Inscritos. | |||
Evaluaciones de los | |||
talleres. Lista de | |||
asistencia. Revisión del | |||
Área de Extensión. | Se entrega anexo con detalle de las actividades por mes 2023. | Durante todo el año. | Libro de ingreso de Casa Museo. Fotografías de registro de las actividades. Apariciones de las |
actividades difundidas | |||
tanto en la web del museo | |||
como en la prensa en | |||
general. |
Públicos/Beneficiarios Preferentes
Tipo de público | Actividad / Acción a desarrollar | Cantidad | Medio verificación | |
Cuentacuentos (Mes del Libro 2023). Dia del Libro Infantil 2 xx xxxxx. “La Importancia de la Lectura y los Libros” | ||||
Obligatorio: Preescolares escolares. | y | Semana Educación Artística SEA en mayo de 2023. Charla que conmemora la llegada del hombre a la Luna en julio. Se conversará con un experto del observatorio ALMA sobre el Universo, viajes al espacio, exploraciones x xxxxx y otros temas. Mes del niño en agosto. Ciclo de cine con Fundación Japonistas) Taller de Manga u otra manualidad japonesa. | Lista de Inscritos. Evaluaciones de talleres. Lista de asistencia. Revisión del Libro de ingreso o de Comentarios. Fotografías de registro de las actividades. | |
Actividad relacionada a la cultura coreana en noviembre. | ||||
Cuento de fin de año para jóvenes en diciembre con |
actor, especialista en producción cultural para niños y jóvenes. Recorridos guiados por la casa del exmandatario para todos los establecimientos educacionales del país, (visitas pedagógicas). De prekínder a 4° medio. | |||
Obligatorio: Identidad de género. | Mes de la Mujer. Ciclo de cine de la Mujer. Goethe Instituto. Taller de Ajedrez solo para mujeres en el marco del día internacional de la Mujer 2023. | Mes xx xxxxx. Día Internacional de la Mujer. | Fotografías de registro de la actividad. Lista de Inscritos. |
Opcional: adultos mayores. | Mes del adulto Mayor. Actividades especiales para este público. Ciclo de cine. Taller xx xxxxx para el adulto mayor. (Tango o cueca) Tomar contacto con DIDECO PROVIDENCIA. | Mes de octubre. Día Internacional del Adulto Mayor. | Libro de visitas de Casa Museo EFM. Fotografías de registro de las actividades. |
Opcional: educadores. | Programa Educativo para profesores (Entregamos herramientas concretas para aulas) Haz tus clases en Casa Museo y descarga las fichas de trabajo para los estudiantes. Divididas por nivel educacional. Hay actividades de prekínder a Cuarto año Medio. | Durante todo el año. Actividad vinculada con establecimientos educacionales públicos de niveles parvulario y escolar. | Libro de Visitas Casa Museo EFM. Fotografías de la actividad. |
Actividad con Universidad Católica de Temuco. Charla por zoom sobre Políticas de Planificación familiar en el Gobierno de EFM. | |||
Opcional: vinculación territorial. | Itinerancia regional presencial con Universidad Católica de Temuco. Itinerancia regional. Actividad conjunta con Biblioteca Regional Xxxxxxxx Xxxxxxx de La Xxxxxx. Relación epistolar xx Xxxx Xxxxxxxx con la Poetiza chilena. | Durante todo el año. Con variadas entidades gubernamentales culturales y otros. |
Este Plan tiene dos anexos que no se incorporan en este convenio, sin embargo, forman parte integrante de él.
PRESUPUESTO:
GASTO EN PERSONAL | |
a) Vinculado a Gestión Cultural | $ 58.300.000 |
b) Vinculado a Administración | $ 31.270.000 |
SUBTOTAL | $ 89.570.000 |
GASTO EN BIENES Y SERVICIOS | |
a) Vinculado a gestión cultural / o de misión | $ 14.649.000 |
b) Vinculado a Administración | $ 78.978.000.- |
SUBTOTAL | $ 93.627.000.- |
GASTO EN ACTIVOS NO FINANCIEROS | |
a) Vinculado a gestión cultural o misión | $ 2.600.000 |
b) Vinculado a Administración | $ 1.300.000 |
SUBTOTAL | $3.900.000 |
TOTAL GENERAL | $ 187.097.000 |
ACCIONES DE COLABORACIÓN EN EL MARCO DE PROGRAMAS DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
La Fundación, de acuerdo a su especificidad programática y en el marco de sus actividades, colaborará con los programas ejecutados por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultual y con la consecución de sus fines, en las siguientes acciones:
a) Participar en las actividades del Día del Patrimonio, si correspondiera.
b) Remitir copia de las publicaciones físicas que haya llevado a cabo durante el año a la Unidad de Convenios Institucionales.
c) Inscribirse y mantener actualizada la información del Registro de Museos de Chile, plataforma virtual de los museos de Chile administrada por la Subdirección de Museos, que cuenta con un directorio en línea de todas las entidades museales del país, con sus características y servicios más relevantes y cuyo sitio web es xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
d) Participar de las instancias de transferencia de conocimientos y colaboración entre instituciones beneficiarias de programas y/o fondos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, cuando el Servicio lo solicite.
e) Considerar iniciativas de vinculación con establecimientos educaciones públicos de niveles parvulario y escolar.
d) Aquellas Instituciones que posean un espacio museal, según lo definido en la Política Nacional de Museos, tienen que realizar su inscripción en el Registro de Museos de Chile (xxx.xxxxxxxxxxx.xx), plataforma de los museos del país administrada por la Subdirección Nacional de Museos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. A su vez, deberán actualizar sus registros anualmente, según los plazos e indicaciones establecidos por la Subdirección Nacional de Museos.
METAS:
La Fundación deberá cumplir con la realización del 100% de las actividades previstas en el presente convenio, con opción de reemplazar, en circunstancias normales, el 10% de ellas por otras actividades equivalentes, previa aprobación del SERVICIO, a través de su contraparte técnica. Para el efecto, y en casos excepcionales y calificados por la Unidad de Convenios Institucionales -o la dependencia que le suceda en sus funciones- del Servicio, la Fundación podrá cancelar o modificar por motivos fundados una o más de las actividades indicadas, realizando otra en su reemplazo que siga los criterios y ejes editoriales de la programación anual. Dicha situación deberá ser informada con al menos 15 días corridos de anterioridad a la fecha prevista a su realización, o dentro de los 15 días corridos posteriores en caso fortuito o fuerza mayor, a la jefatura de la Unidad de Convenios Institucionales, para su aprobación. De todo lo anterior quedará constancia en los informes de actividades que se establecen en la cláusula tercera de este instrumento. En caso de no realizar otra actividad en reemplazo de la cancelada, la Fundación restituirá el monto correspondiente, al término del año calendario.
SEGUNDO: TRANSFERENCIA DE RECURSOS.
El Servicio, cumpliendo lo establecido en la Ley N°21.516, de Presupuestos Año 2023, para el Sector Público, referidos a transferencia al sector privado (específicamente en su Partida 29, Capítulo 03, Programa 01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 210, glosa 05), transferirá a la Fundación la suma única y total de
$187.097.000 (Ciento ochenta y siete millones noventa y siete mil pesos), destinada a solventar los gastos derivados de las actividades indicadas en la cláusula anterior.
La transferencia de recursos indicada en el párrafo precedente se realizará en la siguiente forma y oportunidades:
1) Una primera cuota de $93.548.500 (Noventa y tres millones quinientos cuarenta y ocho mil quinientos pesos), una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que apruebe el presente Convenio, junto con la carta de solicitud de transferencia y la certificación de aprobación del informe de actividades del año anterior. Esta transferencia se acreditará con el comprobante de ingreso de la entidad que recibe los recursos.
2) Una segunda cuota de $93.548.500 (Noventa y tres millones quinientos cuarenta y ocho mil quinientos pesos) cuando tenga un saldo no superior a $15.000.000.- como provisión para solventar el pago de compromisos habituales. La segunda cuota se transferirá previa presentación de la rendición de cuentas del mes anterior, más la aprobación del informe de actividades que corresponda. Esta transferencia se acreditará con el comprobante de ingreso de la entidad que recibe los recursos.
La transferencia de los recursos a que se refieren los numerales anteriores deberá realizarse y administrarse en una cuenta corriente especialmente destinada para estos efectos.
Lo indicado en el párrafo precedente será verificado en las rendiciones que se realicen mensualmente, las que deberán ser respaldadas a través de las respectivas cartolas, en que consten todos los movimientos de la cuenta corriente. Asimismo, la Fundación deberá acreditar, a través de los respectivos documentos fundantes, cada uno de los movimientos efectuados, permitiendo una oportuna, eficiente y transparente utilización y control de los fondos públicos que se transfieren en cumplimiento de la ley de presupuestos y del presente instrumento.
Los recursos transferidos podrán financiar gastos destinados a programación, mantención, administración y/o funcionamiento de la entidad receptora, y deberán ser destinados al cumplimiento del objeto de este convenio, tal es la ejecución del programa de acciones, actividades y metas asociadas descritas en la cláusula primera del presente acuerdo. En dicho marco, la entidad receptora podrá sufragar los siguientes tipos de gastos: a) Gastos de Operación: entendiendo por tales todos aquellos destinados a financiar las actividades objeto del presente convenio, en cuanto a su diseño, planificación, producción, realización, distribución, control y evaluación, entre otros: el
arriendo de equipos, el arriendo de inmuebles, incluidos aquellos en que la Fundación desarrolle sus labores; impuestos territoriales, consultorías externas; la contratación de todo tipo de servicios, tales como servicios básicos, servicios gráficos, publicitarios, asesoría legal, de fotocopiado, de seguros, de transporte, de envío y correos, de mantención, de capacitación*, de selección de personal, de evaluación, de producción, de promoción, de reparación, de habilitación, notariales y bancarios; compra de útiles de aseo, insumos computacionales, artículos de escritorio; gastos de viajes en Chile y en el extranjero, incluyendo pasajes, alojamientos, viáticos, tasas de embarque e impuestos; montajes y habilitación de espacios para exposiciones y presentaciones culturales. En exposiciones y presentaciones culturales, la Fundación podrá incurrir en gastos de alimentación, viáticos, traslado y fletes, compra de materiales de montaje y arrendamiento de equipos que resulten indispensables para el desarrollo de las actividades.
Respecto de capacitaciones, solo podrán ser financiadas con cargo a estos recursos aquellas que consideren condiciones de retribución a la Fundación por parte del personal beneficiario, lo que se acreditará con el respectivo convenio entre las partes.
a) Inversión: excepcionalmente la Fundación podrá financiar gastos destinados a la adquisición de activos que resulten indispensables para el desarrollo de las actividades materia del presente convenio, tales como: muebles, equipos, programas computacionales, obras de mantención de sedes de la Fundación.
b) Gastos en personal: referidos al personal de la Fundación y demás personas que se desempeñen en las actividades indicadas en la cláusula primera de este instrumento, quedando prohibido expresamente destinar los fondos transferidos a la Fundación al pago de honorarios o de cualquier otro tipo de remuneración a personas que tengan la calidad de funcionarios del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, personal contratado a honorarios por éste, o que mantengan vínculo de subordinación y dependencia con dicha entidad. Se incluyen también en este ítem los haberes y beneficios que la Fundación entrega a sus trabajadores, contenidos en los respectivos contratos de trabajo, anexos y modificaciones de los mismos, gastos para las capacitaciones* del personal dependiente de la Fundación en el marco de la ejecución del programa de actividades acordado, y bonos provenientes de convenio colectivo u otro instrumento legal que en el futuro lo reemplazare, únicamente en cuánto beneficien al personal que haya prestado labores al programa estipulado en la cláusula primera y siempre y cuando se ajusten a la normativa laboral vigente.
Cabe señalar que la remuneración del Director de la Fundación no podrán superior a la del sector público, tomando en consideración la remuneración bruta mensual recibida por los Directores de los Museos Nacionales dependientes del Servicio la cual se asimilará al grado específico de la escala única de sueldos del sector público, no pudiendo exceder de 138 UF. Cualquier monto adicional deberá ser abordado por la Fundación.
Será responsabilidad exclusiva de la Fundación, velar por el cumplimiento de la normativa laboral contenida en la legislación vigente respecto de sus trabajadores
Las partes expresamente dejan establecido que la Fundación sólo podrá gastar o destinar los fondos recibidos bajo el presente convenio para los fines del mismo, en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa legal y reglamentaria que fuera aplicable, velando por un uso de estos fondos deberán ser informados por la Fundación al Servicio en la rendiciones mensuales indicadas en la cláusula tercera.
Si la Fundación no ejecutare la totalidad de los fondos transferidos en virtud del presente convenio, no subsanare oportunamente las observaciones realizadas por el Servicio a las rendiciones presentadas o no hubiere rendido parte de los recursos públicos a que se refiere este convenio, en relación con la realización de las actividades descritas en la cláusula primera, deberá restituir los saldos respectivos al Servicio, al cierre del mismo.
La Fundación podrá, previo informe al Servicio y existiendo conformidad de parte de éste, reasignar el presupuesto informado en el respectivo Plan de Gestión, siempre que se condiga con las actividades objeto del presente convenio y sin alterar el monto global asignado.
En tal caso, la Fundación tendrá como plazo máximo para realizar la solicitud hasta el día 24 de noviembre del año 2023, debiendo acompañar todos los antecedentes que funden la referida solicitud.
TERCERO: INFORMES DE ACTIVIDADES Y RENDICIONES DE CUENTA.
Con el objeto de acreditar la realización efectiva de las actividades materia del presente convenio, así como el gasto de los fondos transferidos, y de realizar una evaluación sistemática de la eficacia de la Fundación en el logro de sus objetivos, presentará al Servicio, en los términos, formatos y oportunidades que se detallan, los siguientes informes de actividades y rendiciones de cuentas:
A) Informes de actividades.
En los meses xx xxxxx, junio y octubre del año 2023 y enero del año 2024, la Fundación informará de las actividades financiadas con cargo a estos recursos, los que contendrán en forma sucinta la descripción de la totalidad de las actividades desarrolladas, indicando la fecha y lugar específico de su realización, así como el listado de actividades comprometidas y no ejecutadas durante el período. Para tales efectos, el SERVICIO proveerá los formatos e indicaciones específicas para el registro de información los que se entregarán una vez totalmente tramitada la resolución que apruebe el presente convenio. En el marco de estos informes, la Fundación deberá adjuntar medios de verificación que permitan corroborar la realización de las actividades, que dependerán de la naturaleza de las acciones, y que a modo de ejemplo, podrán ser: registros fotográficos, registros audiovisuales, registros de prensa, listas de asistencia, registro de beneficiarios, entre otros.
Semestralmente deberá enviar a la Unidad de Convenios del Servicio, el Informe Estadístico de los usuarios atendidos por la Fundación.
Estos informes deberán ser presentados, a más tardar, el día 15 o al día siguiente hábil si éste recayese en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, del mes siguiente, mediante carta formal que especifique y enumere sus contenidos, dirigida a la jefatura de la Unidad de Convenios Institucionales, o la dependencia que la suceda en sus funciones, del Servicio, para su revisión, emitiendo, si correspondiere, certificado de aprobación en un plazo no superior a 30 días hábiles.
El Servicio formulará observaciones o requerirá aclaraciones de estos informes, notificando cualquiera de estas circunstancias por correo electrónico a la Fundación, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde su recepción. En caso de formular observaciones o requerir aclaraciones, la Fundación dispondrá de 05 días hábiles desde dicha notificación para subsanar observaciones o efectuar las aclaraciones requeridas. El SERVICIO deberá pronunciarse sobre dicha respuesta en el plazo de 05 días hábiles desde su recepción. En caso de: (i) rechazo del respectivo informe, (ii) ausencia de respuesta por parte de la Fundación, (iii) si ésta no subsana oportunamente las observaciones o no efectúa las aclaraciones requeridas, el Servicio podrá disponer el término anticipado del presente convenio, solicitando la restitución de los recursos que no fueron afectados a los fines del presente acuerdo, ejecutando el documento de garantía en caso de no obtener dicha devolución.
B) Rendiciones de cuentas
La Fundación hará entrega de rendiciones de cuenta mensuales por los gastos incurridos y referidas a la totalidad de las actividades materia de este convenio, realizadas hasta el 30 de cada mes las que contendrán una relación detallada, a través de antecedentes o documentos originales, en formato papel y digitalizada, de los ingresos, egresos y traspasos asociados a la transferencia debiendo ser presentadas, a más tardar, el día 10 o al día hábil siguiente, si éste recayese en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo del mes siguiente, mediante carta dirigida a la jefatura de la Unidad de Convenios –o la dependencia que le suceda en sus funciones- del
Servicio, la que efectuará la revisión respectiva, emitiendo, si correspondiere, Acta de Aprobación en un plazo máximo de 10 días hábiles.
En la misma oportunidad, y adjunta a la rendición de cuentas, la Fundación deberá acreditar, además, el cumplimiento de la normativa laboral en relación al personal que se desempeñó en las actividades dispuestas en la cláusula primera, acompañando certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo cada 3 meses, como asimismo y especialmente, deberá acompañar los registros o libros de asistencia, el documento de autorización por parte de la jefatura directa del trabajador, indicando fechas, número de horas extras diarias (2 horas diarias máximo), los registros de jornada inferior a la programada, las respectivas planillas de asistencia que den curso a pago de horas extraordinarias y el detalle de la actividad cultural objeto de este convenio motivo del sobretiempo.
Se deja expresa constancia que los gastos de alimentación, entendidos para efectos de este convenio como aquellos realizados en virtud de una actividad cultural asociada al objeto del convenio, se rendirán con factura extendida a nombre de la Fundación con inclusión de la fecha, cuyo detalle debe incorporar número de personas, nómina de participantes indicando nombre, cédula nacional de identidad, vínculo con la Fundación y detalle del consumo, adjuntando además copias de las cotizaciones y orden de compra (en caso que se trate de un gasto superior a $500.000.- (quinientos mil pesos), de conformidad con lo señalado más adelante en esta misma cláusula.
Se deja expresa constancia que para efectos de este convenio se entenderá por viáticos aquel gasto en que incurre una persona en razón de la entidad o actividad propia de su cargo y/o encomendada por una autoridad competente, en este caso la Fundación, debiendo desplazarse a un lugar distinto al de su desempeño habitual. Dicho gasto se rendirá con una planilla debidamente firmada por la persona interesada y quien instruyó la comisión, en este caso, el museos, donde se indicará el nombre de la persona, cargo o función, fecha, motivo de la comisión, actividad cultural objeto del convenio que justifica el viaje y monto del viático.
Cabe señalar que el monto para viáticos no debe ser superior al del Sector Público tomando en consideración la remuneración bruta mensual recibida por la persona que percibirá el viático la cual se asimilará al grado específico de la escala única de sueldos del sector público. Dicho viático servirá para financiar los gastos de alojamiento, alimentación y transporte en la ciudad objeto de la comisión y, por lo tanto, no se aceptarán gastos separados por estos conceptos incurridos por las personas dependientes de la Fundación.
El Servicio, a través de la Unidad de Convenios, o la dependencia que le suceda en sus funciones, formulará observaciones o requerirá aclaraciones respecto de las rendiciones de cuenta dentro del plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de las mismas, notificando cualquiera de estas circunstancias por correo electrónico a la Fundación. En caso de: (i) no presentación de las rendiciones, (ii) rechazo de las rendiciones, (iii) ausencia de respuesta por parte de la Fundación, (iv) si ésta no subsana oportunamente las observaciones o no efectúa las aclaraciones requeridas; la Fundación deberá restituir aquellos recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados, quedando facultado el Servicio para ejecutar el documento de garantía de no obtener dicha devolución.
La Fundación deberá velar por el oportuno, eficiente, eficaz y transparente empleo de los recursos y dar estricto cumplimiento al principio de probidad, en cuanto a impedir, en el uso de los fondos públicos, compras que no permitan conocer las diversas ofertas que se encuentren disponibles en el mercado para la adquisición y compra de bienes y servicios; dificulten, hagan imposible o eviten comparar los montos o precios ofrecidos o sus particularidades; o dificulten mejorar las condiciones de las prestaciones o de
contratación ofrecidas, la falta de procesos previos de cotización u otras acciones que no armonicen con los principios de control y eficiencia que deben prevalecer en la administración de caudales públicos.
Las rendiciones de cuenta deberán incluir una planilla en formato Excel, la que será puesta a disposición por el Servicio de forma ordenada (numerada), en pesos chilenos, expresando el monto de la conversión en caso de ser moneda extranjera, para lo cual se debe tomar como referente el tipo de cambio del día en que se realizó el gasto (publicado en xxx.xxxxxxxx.xx). Por otra parte, si el SERPAT incorpora un sistema de
rendición en línea, la Fundación deberá implementar su utilización, para ello, el Servicio oportunamente informará a la Fundación de la habilitación del nuevo sistema de rendición de cuentas. Sin perjuicio de lo anterior, la Fundación deberá mantener en formato físico los respectivos respaldos contables.
En lo concerniente a los gastos efectuados en el extranjero, deberán rendirse con documentos auténticos emitidos en el exterior -traducidos al castellano- y acreditarse los pagos efectuados conforme a las disposiciones legales vigentes en el país respectivo. Dichos respaldos deberán indicar, a lo menos, la individualización y domicilio del prestador del servicio y/o del vendedor de los bienes adquiridos, según corresponda, y la naturaleza, objeto, fecha y monto de la operación.
Todos los gastos de estas rendiciones de cuentas serán acreditados, en cada caso, en conformidad a las disposiciones establecidas en la resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, o aquella que la modifique o reemplace.
C) Acreditación de obtención de ingresos propios y/o aportes y donaciones de terceros.
Junto a las rendiciones de cuentas correspondientes a los meses xx xxxxx y diciembre, la Fundación deberá entregar a la jefatura de la Unidad de Convenios -o la dependencia que le suceda en sus funciones-, un informe general de ingresos propios y/o aportes y donaciones de terceros.
D) Auditorías Externas.
La Fundación, en caso de inconsistencias o de requerirlo el Servicio, deberá, presentar sus estados financieros anuales revisados por un auditor externo, los que deberán ser entregados a más tardar el 31 xx xxxx de 2024 a la jefatura de la Unidad de Convenios Institucionales, o las dependencias que les sucedan en sus funciones.
CUARTO: VISITAS EN TERRENO Y AUDITORÍAS.
El Servicio estará facultado para requerir los antecedentes que sean pertinentes, directamente o a través de terceros especialmente mandatados al efecto, a objeto de efectuar las revisiones y auditorías que estime necesario, de manera de verificar el correcto cumplimiento del presente convenio.
a) Visitas en terreno
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio, mediante su Unidad de Convenios Institucionales -o la dependencia que le suceda en sus funciones-, podrá realizar visitas a una muestra representativa de las actividades comprometidas por la Fundación en el presente convenio. Para lo anterior, la Fundación invitará a todas las actividades culturales consideradas en el presente convenio, al Servicio a través de la Unidad de Convenios.
b) Auditorías
Asimismo, el Servicio podrá realizar auditorías, respecto de la ejecución del presente convenio, las que serán llevadas a cabo por la Unidad de Auditoría Interna del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. Para ello, la Fundación deberá prestar todas las facilidades necesarias al personal del Servicio.
Las fechas de realización de visitas y auditorías, según corresponda, serán notificadas a la Fundación vía correo electrónico y en ellas el/la funcionario/a ad-hoc deberá sostener entrevista con la persona dispuesta por el museos como responsable directa de la actividad, la que deberá entregar la información que el Servicio solicite.
QUINTO: MESA DE COORDINACIÓN.
En orden a lograr una adecuada y eficiente vinculación entre la Fundación y el Servicio, las partes acuerdan constituir una mesa destinada a velar por el correcto y oportuno cumplimiento de este convenio, y fomentar
ámbitos de cooperación recíproca, atendiendo a la concordancia de objetivos y al rol público que ambas instituciones desempeñan.
La Mesa de Coordinación precitada será convocada por el Servicio y deberá reunirse al menos dos veces al año, la segunda de ellas a más tardar en el mes de noviembre de 2023.
a) El/la Presidente/a del Directorio de la Fundación.
b) El/la Director/a Ejecutivo/a de la Fundación.
c) El Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto o quien estos designen
SEXTO: TRANSPARENCIA.
Teniendo presente el rol público que la Fundación desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación se compromete a:
Requerimiento | Plazo de publicación |
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. | 30 xx xxxxx 2023 |
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio. | |
3. Publicar estructura orgánica de la Institución. | |
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su Directorio y vigencia. | |
5. Publicar nombre del responsable de la Gestión Administrativa. | 30 Agosto 2023 |
6. Publicar Información semestral sobre Estados Financieros. | 29 Marzo 2024 |
7. Publicar Memoria anual de actividades del año 2023. | 31 Mayo 2024 |
SEPTIMO: TÉRMINO ANTICIPADO.
La Fundación declara reconocer y aceptar expresamente que el Servicio está facultado para poner término anticipado al presente convenio, si la entidad receptora incurre en alguno de los incumplimientos que se indican a continuación:
1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, lo que será suficientemente acreditado.
2. Por haber destinado la Fundación el total o parte de los aportes efectuados por el Servicio, en virtud del presente convenio, al financiamiento de gastos no contemplados, no relacionados o no autorizados en el mismo.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas en este convenio, el Servicio podrá ponerle término al mismo y exigir la restitución total o parcial de los recursos asignados y percibidos por la Fundación, pudiendo hacer valer la garantía señalada en la cláusula anterior, como al mismo tiempo entablar las acciones judiciales civiles y penales pertinentes.
En tal caso, el Servicio comunicará por escrito su decisión a la entidad receptora, indicando la circunstancia o causal y fundamentos de la misma. La Fundación dispondrá de un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la comunicación en el domicilio señalado en este instrumento, para formular descargos.
Con el mérito de ellos, o transcurrido el plazo referido sin que éstos se hubiesen formulado, el Servicio resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la ley Nº19.880 y los demás que confieren las leyes.
El inicio del procedimiento de término anticipado corresponderá a la Unidad de Convenios Institucionales, o la dependencia que le suceda en sus funciones.
OCTAVO: GARANTÍA.
A objeto de garantizar el uso correcto de los fondos aportados -entendiendo por ello su aplicación a las actividades materia del presente convenio- la Fundación entregará al Servicio una letra de cambio aceptada ante notario público, con vencimiento a la vista, por un monto equivalente al 100% de los recursos a transferir por el Servicio, a nombre del mismo, la que será aceptada conforme por éste y que es condición indispensable para efectuar la primera transferencia. Dicha garantía será restituida la Fundación, o a quien sus derechos represente, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el cierre administrativo del presente convenio.
Sin perjuicio de lo anterior, toda garantía deberá mantenerse vigente durante toda la vigencia del convenio, esto es, hasta que quede totalmente tramitada la resolución que apruebe su cierre administrativo.
NOVENO: DIFUSIÓN.
En toda acción de difusión, promoción, convocatoria, invitación, agradecimiento, patrocinio, auspicio y ejecución de todas las actividades de la organización y especialmente de las referidas en este convenio, y en cualquier soporte utilizado para ello, la Fundación deberá incluir -en la portada de su material y de manera destacada- el logotipo institucional del Servicio. Este logotipo deberá visualizarse en las proporciones y colores definidos en el Manual de Normas Gráficas del Servicio
En caso que se comparta financiamiento con fuentes diversas al Servicio, el uso del logo del Servicio deberá estar en proporción al tamaño de los logos de las entidades que hayan cofinanciado las actividades.
En los soportes de audio se deberá incluir la mención "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”; y en los soportes audiovisuales se deberá incluir al inicio o al cierre el logo del Servicio con la leyenda "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”.
Asimismo, la Fundación incorporará en su página web institucional, una mención al Servicio en calidad de patrocinante de las actividades acordadas en virtud de este convenio, que incorpore el referido logotipo.
DÉCIMO: VIGENCIA Y MODIFICACIONES.
El presente instrumento comenzará a regir desde la fecha en que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y mantendrá su vigencia hasta la fecha de total tramitación de la resolución que apruebe el cierre administrativo de este convenio. Sin perjuicio de aquello, el Servicio deberá haber aprobado la última rendición de cuentas y el informe de actividades respectivo. De esta manera, el plazo para desarrollar las actividades que se financien en virtud del presente convenio, vencerá el 31 de diciembre de 2023.
El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes. Dichas modificaciones deberán hacerse por escrito y contar con el acto administrativo que las apruebe. No obstante, estas modificaciones no podrán afectar las obligaciones que son de la esencia del presente Convenio y que en caso de modificarlas podrían hacerlo derivar en un Convenio distinto a aquel que por este acto se suscribe.
DÉCIMO PRIMERO: DOMICILIO.
Para todos los efectos derivados de este convenio, las partes fijan su domicilio en la comuna de Santiago y se someten, desde luego, a la competencia de sus tribunales de justicia.
DECIMO SEGUNDO: EJEMPLARES
El presente convenio se extiende en cuatro ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando tres en poder del Servicio y uno en poder de la Fundación.
FIRMARON: XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, DIRECTOR NACIONAL (S) DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Y XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX, DIRECTORA FUNDACIÓN XXXXXXX XXXX.
ANEXO 1
RENDICIÓN DE CUENTAS DE FONDOS ENTREGADOS A TERCEROS | ||||||||
I.- IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO O ENTIDAD QUE TRANSFIRIÓ LOS RECURSOS | DÍA | MES | AÑO | |||||
a) Nombre del servicio o entidad otorgante: | ||||||||
II.- IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD QUE RECIBIÓ Y EJECUTÓ LOS RECURSOS | ||||||||
a) Nombre de la entidad receptora: | RUT: | |||||||
Monto en $ | ||||||||
Xxxxx total transferido en moneda nacional a la fecha | ||||||||
Banco o institución financiera donde se depositaron los recursos | ||||||||
N° de cuenta bancaria | ||||||||
Comprobante de ingreso | Fecha | N° comprobante | ||||||
Objetivo de la transferencia | ||||||||
N° de identificación del programa | ||||||||
Antecedentes del acto administrativo que lo aprueba | N° | Fecha | Servicio | |||||
Modificaciones | N° | Fecha | Servicio | |||||
Subtítulo | Ítem | Asignación | ||||||
Ítem presupuestario | ||||||||
O Cuenta contable | ||||||||
DÍA | MES | AÑO | ||||||
Fecha de Inicio del programa o proyecto | ||||||||
Fecha de término | ||||||||
Período de rendición | ||||||||
III.- DETALLE DE TRANSFERENCIAS RECIBIDAS Y GASTOS RENDIDOS DEL PERÍODO | ||||||||
Monto en $ | ||||||||
a) Saldo pendiente por rendir del período anterior | ||||||||
b) Transferencias recibidas en el período de la rendición | ||||||||
c) Total transferencias a rendir | “c = (a + b)” | |||||||
Rendición de Cuenta del Período | ||||||||
d) Gastos de Operación | ||||||||
e) Gastos de Personal | ||||||||
f) Gastos de Inversión | ||||||||
g) Total de recursos rendidos | “g = (d + e + f)” | |||||||
h) Saldo pendiente por rendir para el período siguiente | “h = (c – g)” | |||||||
IV.- DATOS DE LOS RESPONSABLES DE LA RENDICIÓN DE CUENTA | ||||||||
Nombre (preparación – privado) | ||||||||
RUT | ||||||||
Cargo | ||||||||
Nombre (preparación – público) | ||||||||
RUT | ||||||||
Cargo |
Firma y nombre del responsable de la rendición | |
*Adjunto a este formato de rendición de cuentas se deberá acompañar en el mismo orden los antecedentes auténticos que respaldan las operaciones de la presente rendición de cuentas. |
DETALLE DE LA RENDICIÓN DE CUENTA
TIPO DE GASTO* | COMPROBANTE DE EGRESO | DETALLE DOCUMENTO DE RESPALDO | DETALLE DEL GASTO | FORMA DE PAGO (EFECTIVO, TRANSFERENCI A O CHEQUE) | MONTO EN $ | |||
N° | FECHA | N° | TIPO (BOLETA, FACTURA, LIQUIDACIÓN U OTRO) | PROVEEDOR O PRESADOR DE SERVICIO | ||||
TOTAL | ||||||||
*Debe precisarse si se trata de gastos de operación, personal o inversión. |
ANEXO 2 FORMULARIO ESTADÍSTICO
IDENTIFICACION TIPO DE USUARIOS | |||||
MUSEO | SITIO MEMORIA | ARCHIVO | |||
NOMBRE MUSEO A. USUARIOS INDIVIDUALES EXHIBICIONES | AÑO | ||||
0 | 0 | 0 | 0 | ||
Con entrada Con entrada completa rebajada B. USUARIOS COLECTIVOS EXHIBICIONES | Liberados | Total usuarios individuales | |||
0 | 0 | 0 | 0 | ||
N° Usuarios N° Delegaciones escolares C. USUARIOS BIBLIOTECA O CENTRO DOCUMENTACION | N° Usuarios de otras instituciones | Total usuarios colectivos | |||
0 | 0 | 0 | 0 | ||
Estudiantes Adultos D. USUARIOS ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN | Títulos pedidos | Total usuarios biblioteca | |||
0 | 0 |
Cantidad de actividades de extensión E. USUARIOS SERVICIOS PROFESIONALES | Cantidad de usuarios por actividades de extensión | |
0 | 0 | |
Cantidad de | Cantidad de | |
servicios | usuarios por | |
profesionales | servicios | |
profesionales | ||
F. TOTAL USUARIOS | 0 |
G. AUDIENCIAS REMOTAS | |||||
0 | 0 | 0 | 0 | 0 | |
Cantidad de | Alcance de | Cantidad de | Cantidad de | Cantidad de | |
usuarios del | publicaciones de | cuentas | usuarios | impresiones en | |
sitio web | alcanzadas por | únicos de | cuenta de | ||
publicaciones | Youtube | ||||
de Instagram |
PRESUPUESTO
GASTO EN PERSONAL | |
c) Vinculado a Gestión Cultural | $ 58.300.000 |
d) Vinculado a Administración | $ 31.270.000 |
SUBTOTAL | $ 89.570.000 |
GASTO EN BIENES Y SERVICIOS | |
c) Vinculado a gestión cultural / o de misión | $ 14.649.000 |
d) Vinculado a Administración | $ 78.978.000.- |
SUBTOTAL | $ 93.627.000.- |
GASTO EN ACTIVOS NO FINANCIEROS | |
c) Vinculado a gestión cultural o misión | $ 2.600.000 |
d) Vinculado a Administración | $ 1.300.000 |
SUBTOTAL | $3.900.000 |
TOTAL GENERAL | $ 187.097.000 |
2.- IMPÚTESE el gasto que demanda la presente resolución ascendente a la suma de $187.097.000.- (Ciento ochenta y siete millones noventa y siete mil pesos) a la Partida 29, Capitulo 03, Programa 01, Subtitulo 24, Ítem 01, Asignación 210, Glosa 05, del Presupuesto del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, aprobado para el año 2023.
3.- PUBLÍQUESE la presente resolución en el Portal de Transparencia del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
ANÓTESE, REFRÉNDESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Pozo Xxxx
Xxxxxx Xxxxxxxxxx
Firmado digitalmente por Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Xxxx
Fecha: 2023.01.25
16:38:41 -03'00' XXXXXX XXXX XXXX DIRECTORA NACIONAL
SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
EHC/JSL/MRCD/ppa
Distribución:
- Dirección SERPAT.
- Departamento de Contabilidad SERPAT.
- Unidad de Convenios SERPAT.
- Archivo Oficina de Partes SERPAT.