POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS/ CÓDIGO DE ÉTICA ISAGENIX
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS/ CÓDIGO DE ÉTICA ISAGENIX
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES
I.I ACEPTACIÓN
Al firmar la Solicitud de Asociado Independiente y el CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN Y MEDIACIÓN MERCANTIL INDEPENDIENTE mediante los cuales Usted solicitó registrarse como Asociado Independiente Isagenix, en lo sucesivo conjuntamente “EL CONTRATO”, Usted acepta expresamente cumplir estas Políticas y Procedimientos Comerciales, el Código de Ética y el Plan de Compensación, en su versión actual según sean modificadas de tiempo en tiempo por Isagenix México, S. de R.L. de C.V., en lo sucesivo “ISAGENIX”, toda vez que están incorporadas y forman parte de “EL CONTRATO”.
Para fines de este documento, el término “Asociado Independiente” se refiere a las personas que suscribieron EL CONTRATO con XXXXXXXX.
EL CONTRATO, las Políticas y Procedimientos Comerciales, el Código de Ética y el Plan de Compensación regirán la relación comercial entre ISAGENIX y los Asociados Independientes.
I.II FINALIDAD POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS Y CÓDIGO DE ÉTICA
Las Políticas y Procedimientos Comerciales tienen como finalidad establecer los lineamientos comerciales bajo los cuales los Asociados Independientes deberán desarrollar su negocio independiente, así como los patrones de conducta comercialmente aceptables entre ellos.
Por su parte, el Código de Ética establece (i) los lineamientos que los Asociados Independientes deberán observar durante el desarrollo de su negocio independiente; (ii) durante la interacción con otros Asociados Independientes y los miembros del corporativo ISAGENIX; así como (iii) las sanciones que serán aplicadas por ISAGENIX cuando cualquier Asociado Independiente contravenga dichos lineamientos.
I.III MODIFICACIONES
ISAGENIX podrá modificar las Políticas y Procedimientos Comerciales, Código de Ética y Plan de Compensación en cualquier momento, modificaciones que serán obligatorias para el ASOCIADO INDEPENDIENTE a partir de que las mismas sean publicadas en la Página Web de ISAGENIX y/o cualquiera de los siguientes medios oficiales: Oficina Virtual del Asociado Independiente, IsaFYI y Página principal xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xx-xx o bien cuando le sean notificadas por escrito mediante correo electrónico.
La continuación del negocio, la colocación de órdenes de compra o la aceptación de bonificaciones, o cualquier otro pago recibido por los Asociados Independientes por la realización de sus actividades
conforme a EL CONTRATO después de la fecha señalada en la publicación de la modificación, constituirá su aceptación a dichas modificaciones.
En relación con lo anterior, será responsabilidad de cada Asociado Independiente leer, comprender, cumplir y asegurarse de que está al tanto de la versión más reciente de estas Políticas y Procedimientos Comerciales, Código de Ética y Plan de Compensación.
I.IV DISPOSICIONES INVÁLIDAS
En el supuesto de que alguna de las disposiciones establecida en estas Políticas y Procedimientos Comerciales y/o el Código de Ética sea declarada nula o inválida por un tribunal competente, posterior al procedimiento judicial correspondiente mediante sentencia ejecutoriada, las partes reconocen y están de acuerdo que el resto de ellas continuará con plena validez y efecto jurídico.
I.V TÍTULOS Y ENCABEZADOS
Los títulos y encabezados de cada una de las secciones y apartados de las presentes Políticas
y Procedimientos Comerciales y el Código de Ética se deberán tomar únicamente como referencia, no constituyen términos esenciales del mismo y por ningún motivo deberán ser interpretados como tales.
SECCIÓN 2 ASOCIADO INDEPENDIENTE ISAGENIX
II.I REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
Cualquier persona que cumpla con los siguientes requisitos podrá solicitar unirse a la familia XXXXXXXX como Asociado Independiente:
a) Tener 18 años cumplidos al momento de la suscripción de EL CONTRATO. El cumplimiento de este requisito se comprobará mediante la entrega vía electrónica de copia simple de identificación oficial con fotografía, vigente (INE/IFE, Pasaporte, Cédula Profesional y/o Cartilla Militar).
b) Residir y contar con domicilio en la República Mexicana. El cumplimiento de este requisito se comprobará mediante la entrega electrónica de copia simple de comprobante de domicilio (los documentos que se aceptarán para validar el domicilio son: Recibo de agua, luz eléctrica, televisión por cable, entre otros, con una antigüedad no mayor a 3 meses a la fecha de entrega del mismo). En el caso de extranjeros con residencia en México estos deberán contar con el documento migratorio que acredite su legal estancia en México, el cual deberá haber sido emitido con fecha anterior a la solicitud de inscripción como Asociado Independiente y el cual deberá entregar vía electrónica para revisión y validación.
c) Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El cumplimiento de este requisito se comprobará mediante la entrega electrónica de copia simple de la cédula fiscal correspondiente.
d) Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP). El cumplimiento de este requisito se comprobará mediante la entrega electrónica de copia simple de CURP.
e) Entregar a ISAGENIX, FÍSICAMENTE Y VÍA ELECTRÓNICA, EL CONTRATO conformado por Solicitud de Asociado Independiente, Contrato de Distribución y Mediación Mercantil Independiente,
debidamente requisitados, completos y firmados xx xxxx y letra por el solicitante. NO SERÁ ACEPTADO EL CONTRATO SIN FIRMA, INFORMACIÓN INCOMPLETA Y/O ILEGIBLE CON TACHADURAS, ENMENDADURAS Y/O ROTO.
f) Pagar al momento de realizar su inscripción, una Membresía Anual de Asociado Independiente al costo nominal vigente publicado en la Página Web de ISAGENIX (incluyendo Oficina Virtual e IsaFYI).
Todo solicitante debe entregar electrónicamente a ISAGENIX los documentos enlistados en los Incisos a) al e) en formato PDF al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, para revisión y validación del área de
Atención al Asociado Independiente, a más tardar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a partir de la fecha de solicitud de inscripción como Asociado Independiente.
La Solicitud de Asociado Independiente así como el Contrato de Distribución y Mediación Mercantil deben ser entregados FÍSICAMENTE en el domicilio de cualquiera de las Tiendas ISAGENIX, ubicadas en la Ciudad de México, Toluca, Aguascalientes y Monterrey. Los domicilios puede consultarlos en la página http:// xx.xxxxxx.xxx/ para revisión y validación, a más tardar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a partir de la fecha de inscripción como Asociado Independiente.
De no entregar, dentro de los 30 (treinta) días señalados anteriormente, física y electrónicamente la documentación solicitada, el número de cuenta o “ID” (como se define más adelante) será considerada como “Cuenta o ID Temporal”.
CUENTA o ID TEMPORAL
Será considerada por XXXXXXXX una “Cuenta o ID Temporal”, aquella inscripción que NO haya sido debidamente validada por XXXXXXXX a través de EL CONTRATO recibido debidamente lleno y firmado por
el solicitante, así como la entrega de la documentación correspondiente, a más tardar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a partir de la fecha de inscripción como Asociado Independiente.
Las Cuentas o ID’s temporales no tendrán derecho a acceder al Plan de Compensación ISAGENIX, por lo que no recibirán pagos ni bonificaciones generadas por el desarrollo de la oportunidad de negocio ISAGENIX
y por lo tanto no tendrán acceso a ISAWALLET.
Transcurridos los 30 (treinta) días naturales a que se refiere este apartado, la Cuenta o ID Temporal no podrá realizar pedidos de productos y será bloqueada. El Patrocinador Directo y el de Colocación de la Cuenta
o ID Temporal, serán afectados por el bloqueo de la misma, esto significa que se les descontarán las bonificaciones que hubieran generado por la inscripción de la Cuenta Temporal.
DESLINDE DE RESPONSABILIDADES
El solicitante será el único y exclusivo responsable de la autenticidad y veracidad sobre la información y datos proporcionados a ISAGENIX por lo que, en el caso de que XXXXXXXX detecte que se trata de
información falsa, manipulada y/ o ilegítima podrá rechazar la solicitud de inscripción y en su caso ejercer las acciones legales correspondientes en contra de la persona que resulte responsable.
XXXXXXXX se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier solicitud de inscripción a su exclusivo criterio y discreción.
XX.XX MEDIOS DE INSCRIPCIÓN
La inscripción como Asociado Independiente podrá realizarse a través de los siguientes medios: (i) Vía Telefónica en el Departamento de Atención al Asociado Independiente ISAGENIX en los números telefónicos que se encuentran publicados en nuestra página de internet xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx ; (ii) Personalmente acudiendo a una Tienda ISAGENIX; o bien (iii) a través de la Oficina Virtual del Asociado Independiente o Associate Back Office “ABO” por sus siglas en inglés, que se encuentra en la dirección xxxxx://xxxxxxxxxx. xxxxxxxx.xxx/
Tratándose de inscripciones a través de ABO, los solicitantes entienden que al aceptar y enviar la aplicación electrónica que contiene EL CONTRATO y por lo tanto los términos y condiciones de inscripción se considerará que han puesto su firma electrónica para todos los efectos legales y con ello su aceptación como firmantes lo cual tendrá todos los efectos legales en términos del Código de Comercio y el Código Civil Federal.
Derivado de la inscripción como Asociado Independiente por cualquiera de los medios anteriormente mencionados, se concederá al Asociado Independiente un plazo de 30 días naturales (“Inscripción temporal”) para que el mismo entregue físicamente EL CONTRATO completo y debidamente requisitado y firmado, así como los documentos que se indican en el apartado II.I anterior de manera física y/o digital.
XXXXXXXX se reserva el derecho de suprimir de su sistema una cuenta o “ID” (como se define más adelante “ID”) de Asociado Independiente o interrumpir el pago de las bonificaciones generadas si EL CONTRATO no ha sido recibido correctamente (es decir, completo y debidamente requisitado y firmado, físicamente, en cualquiera de sus tiendas ISAGENIX) y si no ha recibido electrónicamente los documentos que se indican en
el apartado II.I anterior de manera física o digital dentro del plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de solicitud de inscripción como Asociado Independiente. Una vez que ISAGENIX reciba EL CONTRATO original físicamente en cualquiera de sus tiendas y digitalmente, así como la documentación correspondiente vía electrónica a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, ISAGENIX validará al solicitante el Número de cuenta de Asociado Independiente o “ID” definitiva.
II.III CAMBIO EN LA INFORMACIÓN
Una vez que ha sido revisada la información y documentación que se indican en el apartado II.I, y EL CONTRATO proporcionado a ISAGENIX por el área de Atención al Asociado, éste confirmará al solicitante
si ha sido aprobada o no su aplicación al correo electrónico que el solicitante haya registrado en su Solicitud de Inscripción de Asociado Independiente.
Aprobada la aplicación, será responsabilidad del nuevo Asociado Independiente dar aviso a ISAGENIX en el caso de que se modifique su información.
En relación con lo anterior, XXXXXXXX no se responsabilizará por demoras y/o pérdidas de bonificaciones y/o pedidos de producto por información falsa, imprecisa, incorrecta, engañosa o incompleta que hubiere proporcionado el Asociado Independiente.
Asimismo, en el caso de que el Asociado Independiente decida cambiar el régimen fiscal que indicó a ISAGENIX al momento de su inscripción en términos del apartado IV. VIII IMPUESTOS DE VENTAS contenido en estas Políticas y Procedimientos Comerciales, deberá presentar un aviso por escrito a ISAGENIX con
30 días hábiles de anticipación a que realice el cambio correspondiente ante la autoridad fiscal mexicana al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, para que ISAGENIX esté en posibilidades de registrarlo en su sistema, esto para efectos de los pagos que se realicen al Asociado Independiente que ha participado del Plan de Compensación. El cambio de régimen fiscal será permitido solo una vez por Asociado Independiente.
II.IV CUENTA O ID
XXXXXXXX asignará al nuevo Asociado Independiente un número de cuenta único, al cual en adelante denominaremos “ID”.
El ID deberá ser usado para: (i) realizar compras de producto a precio de Asociado Independiente; (ii) ingresar a su Oficina Virtual o Associate Back Office por sus siglas en inglés “ABO”; (iii) identificarse para ser elegible para recibir los beneficios del Plan de Compensación para Asociados Independientes, entre otros.
Los Asociados Independientes deberán contar con un solo ID.
II.V CÓNYUGES
Los cónyuges que se unan a la familia XXXXXXXX podrán tener ID’s separados si se encuentran en la misma línea de patrocinio y uno de los cónyuges es patrocinador directo del otro, excepto en los casos en los que cada cónyuge haya tenido un ID antes de contraer matrimonio.
BENEFICIOS. XXXXXXXX les permitirá si así lo deciden, considerar la suma alcanzada por bonos de forma conjunta para ser acreedores conjuntamente a reconocimientos por su actividad como Asociados Independientes. Este beneficio será otorgado únicamente a los Asociados Independientes con rango de Ejecutivo 3 Estrellas Circulo Dorado.
En el caso de que los Cónyuges quieran tener acceso a este beneficio, deberán comunicarse al departamento de Atención al Asociado Independiente en la dirección electrónica xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx o bien a los teléfonos que podrán encontrar en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx para solicitarlo.
SANCIONES. En el caso de ID’s de cónyuges, si ISAGENIX detecta acciones realizadas por cualquiera de los 2 contra las Políticas y Procedimientos Comerciales ISAGENIX así como el Código de Ética, éste podrá sancionar el ID de ambos.
XX.XX BENEFICIOS QUE TIENES COMO ASOCIADO INDEPENDIENTE
Los BENEFICIOS que tiene todo Asociado Independiente son los siguientes:
• Adquirir productos ISAGENIX con un precio preferente, lo anterior de acuerdo a la lista de Precios Vigentes.
• Revender los productos ISAGENIX al menudeo y obtener una ganancia por el residual de las ventas realizadas, lo anterior de acuerdo a la lista de Precios Vigentes.
• Participar en el Plan de Compensación y acumular puntos VN (Volumen de Negocio), así como calificar para el pago de bonos especiales. Lo anterior, de conformidad con la Política de Divisas ISAGENIX y los requisitos comerciales de bonos especiales que podrás consultar en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
• Patrocinar a otras personas como Asociados Independientes. Una vez validada y aceptada la inscripción de dichas personas como Asociado Independiente por ISAGENIX, quedarán inscritos en sus líneas de patrocinio descendente y crear así una Organización o Grupo propio en Línea Descendente.
• Recibir información sobre productos, promociones y otras comunicaciones de ISAGENIX.
• Recibir Invitaciones a exclusivos eventos.
• Participar en programas especiales y de promoción creados por ISAGENIX para Asociados Independientes.
II.VII RENOVACIÓN ANUAL
El Asociado Independiente podrá renovar anualmente su Membresía y EL CONTRATO y por ende su calidad de Asociado Independiente mediante el pago correspondiente, al vencimiento de su Membresía anual.
No obstante, lo anterior, en el caso de no querer renovar su calidad de Asociado Independiente podrá realizar el proceso de CANCELACIÓN establecido en el apartado III. V CANCELACIONES siguiente.
El Asociado Independiente podrá renovar su Membresía Anual mediante el pago de la misma, vía telefónica, acudiendo a alguna de las Tiendas ISAGENIX o a través de su “ABO” en xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx/. La ubicación de las Tiendas ISAGENIX podrá consultarlas en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
El costo de la renovación anual de Membresía está disponible en “ABO” xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/ o bien a través del Departamento de Atención al Asociado Independiente en los teléfonos que podrá consultar en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx. Se considerará que si el Asociado Independiente no efectúa la renovación de Membresía a través del pago de la misma, a más tardar en la fecha de renovación de EL CONTRATO (la fecha de renovación será la fecha de aniversario del ID que corresponda), habrá cesado voluntariamente su relación con XXXXXXXX y perderá la calidad de Asociado Independiente, los beneficios de tal calidad, los derechos de patrocinio, su lugar en el Plan de Compensación, el derecho a recibir bonificaciones y la posibilidad de comprar productos ISAGENIX a precio especial.
II. VIII RENOVACIÓN AUTOMÁTICA
La renovación anual de la Membresía Isagenix se realizará de forma automática con cargo a la Tarjeta que el Asociado Independiente haya registrado como “método frecuente de pago” en “ABO”, por lo que en el caso de que no desees renovar automáticamente dicha membresía, sugerimos no registrar ninguna tarjeta (ya sea débito o crédito) como “método frecuente de pago”.
En caso de no haber registrado ningún “método frecuente de pago” cuando llegue el momento de renovar la Membresía Isagenix, tendrá que renovar y realizar el pago correspondiente a través de “ABO” o bien
a través del Centro de Atención al Asociado Independiente o bien a través del Centro de Atención al Asociado Independiente, de lo contrario no podrá adquirir los productos Isagenix a través de su cuenta o ID.
SECCIÓN 3 POLITICAS GENERALES DE OPERACIÓN “MI NEGOCIO INDEPENDIENTE”
III. I ID EN ISAGENIX
Todo Asociado Independiente, tendrá un único ID al unirse a la familia XXXXXXXX, misma que podrá desarrollar de forma individual a través de su negocio independiente.
Ningún Asociado Independiente podrá tener más de un número ID, salvo los casos señalados en el apartado
II.IV.I EXCEPCIONES de estas Políticas y Procedimientos Comerciales.
La persona que invitó al Asociado Independiente unirse a ISAGENIX y lo inscribió personalmente será su Patrocinador.
La persona que ocupa la Posición inmediatamente superior al Asociado Independiente es su Patrocinador de Ubicación (el Patrocinador y el Patrocinador de Ubicación podrán ser la misma persona). No obstante, lo anterior, ISAGENIX reconocerá el Patrocinador y el Patrocinador de Ubicación que usted haya designado en EL CONTRATO.
III.II PATROCINADOR INTERNACIONAL.
Si desea inscribir Asociados Independientes fuera de su región de origen y obtener ganancias por la venta de productos en esas regiones, debe convertirse en Patrocinador Internacional y cubrir el costo anual que ISAGENIX aplique a este tipo de Membresía. Si desea convertirse en Patrocinador Internacional, deberá cumplir los requisitos establecidos en el apartado II.I de estas Políticas y Procedimientos Comerciales, entregar la documentación relacionada en dicho apartado y cumplir con las Políticas y Procedimientos Comerciales, Código de Ética y la ley y regulación local aplicable a cada país en el cual desarrolle su negocio independiente.
III.III CAMBIO DE PATROCINADOR O UBICACIÓN
Para proteger la integridad del Plan de Compensación y para evitar prácticas de prospección indebidas, ISAGENIX no permite cambios de Patrocinador o Ubicación.
En el caso de que el Asociado Independiente no desee continuar desarrollando su negocio independiente bajo el Patrocinador o Ubicación original, deberá cancelar su ID a través de la entrega a ISAGENIX del formato de Solicitud de cancelación debidamente firmada que podrá encontrar en su Oficina Virtual o “ABO” y esperar 12 meses para inscribirse nuevamente bajo un Patrocinador distinto, si es su intención continuar desarrollando la oportunidad de negocio ISAGENIX. La Solicitud de cancelación de ID deberá enviarla por correo electrónico, en la dirección xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx debidamente requisitada y firmada.
III.IV VENDER UN ID
Los Asociados Independientes podrán vender un número de cuenta o “ID” si cumplen con los siguientes requisitos:
1. Tener un ID activa y pagada de forma consecutiva, como Rango Ejecutivo, por un periodo de 6 meses previos a la venta del ID correspondiente.
2. Enviar una solicitud por escrito firmada al departamento de Conformidad al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, en la que deberá especificar los términos propuestos para la venta del ID correspondiente, al menos 30 días previos a que ocurra la venta correspondiente.
3. XXXXXXXX analizará el caso y una vez tomada la decisión notificará por correo electrónico al Asociado Independiente.
4. ISAGENIX se reserva el derecho de permitir o no la venta o modificación del ID correspondiente.
5. Los Asociados Independientes que vendan su número de cuenta o “ID” serán los únicos responsables de las contribuciones derivadas de la venta.
III. V CANCELACIONES
Cancelación Voluntaria de un ID.
El Asociado Independiente podrá cancelar su ID de acuerdo con lo siguiente:
(a) En cualquier momento a través de la firma y entrega a ISAGENIX del formato de Solicitud de Cancelación debidamente firmado que podrá encontrar en su Oficina Virtual o bien a través de un escrito libre en el que indique su intención de no renovar/cancelar EL CONTRATO, así como nombre completo, número
de ID de Asociado Independiente, número de teléfono, dirección de correo electrónico y firma. Las cancelaciones se considerarán efectivas cuando XXXXXXXX confirme al Asociado Independiente que ha recibido la Solicitud de Cancelación o bien el escrito libre. Las Solicitudes de cancelación y/o escritos
libres firmados podrán enviarse por correo electrónico al departamento de Conformidad en la dirección electrónica xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx. Si el Asociado Independiente sólo desea cancelar su Auto Envío, puede contactar al Departamento de Atención al Asociado Independiente en los teléfonos que encontrará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx o hacerlo a través de su Oficina Virtual.
(b) Al finalizar la vigencia de su Membresía Anual y no renovar la misma mediante el pago correspondiente.
Importante: Una vez que el número ID ha sido cancelado, el Asociado Independiente no podrá tener acceso nuevamente al mismo ID. En el caso de que desee reinscribirse deberá seguir el proceso establecido en el apartado siguiente.
En caso de cancelación voluntaria o forzosa de su calidad como Asociado Independiente, usted deberá borrar toda referencia a ISAGENIX de sus redes sociales a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la cancelación del ID correspondiente.
XXX.XX REINSCRIPCIÓN
Cualquier Asociado Independiente que hubiere cancelado voluntariamente su ID y que tenga intención de reinscribirse, deberá seguir los siguientes lineamientos:
1. Xxxxx transcurrir un periodo de espera de 12 meses contados a partir de la fecha del último pedido realizado.
2. Transcurrido el periodo a que se refiere el numeral anterior, enviar a XXXXXXXX una solicitud de reinscripción mediante escrito libre firmado que deberá contener el que detalle por qué se quiere reinscribir así como Nombre completo, domicilio, correo electrónico y la línea de Patrocinio bajo la cual desea reinscribirse. Este escrito podrá enviarlo vía correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx al Departamento de Conformidad.
3. XXXXXXXX revisará la solicitud de reinscripción, una vez revisada comunicará al solicitante su decisión al correo electrónico que haya indicado en dicha solicitud.
4. Una vez que XXXXXXXX confirme que está de acuerdo con la reinscripción del solicitante, éste deberá cumplir con los requisitos establecidos en el apartado II.I de las presentes Políticas y Procedimientos Comerciales, así como entregar EL CONTRATO requisitado y firmado, y la documentación que se indica en ese mismo apartado.
No obstante, la posibilidad de reinscripción que ofrece ISAGENIX, los Asociados Independientes no deberán alentar a ningún otro Asociado a cancelar su actual ID para cambiarse de Patrocinador u organización, incluso si esa recomendación se apega a las Políticas y Procedimientos Comerciales de ISAGENIX. En ese sentido, XXXXXXXX se reserva el derecho de tomar acciones y sancionar a aquellos Asociados Independientes que alienten dichas prácticas por medio de diversas estrategias e incentivos, afectando a Patrocinadores y organizaciones ajenos.
XXXXXXXX se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de reinscripción incluso si el ex Asociado Independiente ha cumplido con el periodo de espera establecido en el presente apartado.
*Cuando un Asociado Independiente realiza su reinscripción es importante señalar que el ID que se le asigne será una nueva cuenta con un número nuevo por lo que éste deberá empezar como tal. La cuenta anterior se eliminará y dejará de existir.
III. VII SUCESIÓN POR MUERTE O INCAPACIDAD
Tras el fallecimiento o incapacidad permanente o parcial de un Asociado Independiente, los derechos sobre el ID podrán ser transferidos a un sucesor o beneficiario, siguiendo los siguientes lineamientos:
En el caso de Fallecimiento: El heredero o sucesor deberá presentar a XXXXXXXX para revisión, a más tardar dentro de los seis (6) meses posteriores contados a partir del fallecimiento del Asociado Independiente, copia del acta de defunción del fallecido y la escritura de adjudicación correspondiente, en el caso de existir una sucesión testamentaria (es decir Testamento) o bien la sentencia emitida por el Tribunal competente,
en caso de no existir testamento, con la cual acreditará su derecho sobre el ID del Asociado Independiente fallecido e identificación oficial vigente con fotografía. Para ser elegible a heredar el ID correspondiente, el sucesor deberá cumplir con los requisitos establecidos en el apartado II.I de estas Políticas y Procedimientos Comerciales. Una vez autorizada la sucesión por XXXXXXXX, el sucesor deberá entregar a XXXXXXXX la documentación señalada en el apartado II.I y EL CONTRATO debidamente requisitado y firmado, a través de los medios señalados en dicho apartado, por lo que deberá sujetarse a las obligaciones del mismo así como a los lineamientos de las Políticas y Procedimientos Comerciales y Código de Ética ISAGENIX.
Cuando el beneficiario de la cuenta heredada ya es un Asociado Independiente, ISAGENIX le permitirá que mantenga ambos ID’s la existente y la heredada, por un período de hasta nueve (9) meses, al cabo de los cuales el beneficiario debe vender (siempre y cuando cumpla con los requisitos comerciales para venta)
o elegir cuál de las cuentas subsistirá, la suya o la heredada.
Si la cuenta es heredada por más de un sucesor, los sucesores deben formar una entidad financiera o fideicomiso para mantener la Cuenta transferida.
En el caso de que el heredero se trate de un menor de edad, la persona que haya sido nombrada albacea por el Asociado Independiente fallecido será quien será designado como titular del ID y por ende quien deberá administrar el mismo hasta que el heredero cumpla la mayoría de edad.
Cuando existan cantidades pendientes de pago correspondientes al ID heredada, éstas solo serán entregadas a la persona que acredité su derecho sobre las mismas mediante la escritura de adjudicación correspondiente, en el caso de existir una sucesión testamentaria (es decir Testamento) o bien la sentencia emitida por el Tribunal competente, en caso de no existir testamento e identificación oficial vigente con fotografía, a más tardar dentro de los seis (6)meses siguientes a que el Asociado Independiente titular del ID hubiere fallecido. De lo contrario no se podrá hacer entrega de cantidades pendientes de pago; el VN o puntaje acumulado en la cuenta heredada no es transferible, si el Asociado Independiente decide mantener su cuenta original, perderá el VN de la cuenta heredada.
En el caso de Incapacidad total o parcial: El sucesor deberá presentar a ISAGENIX para revisión dentro de los seis meses posteriores contados a partir de la incapacidad del Asociado Independiente el dictamen de incapacidad emitido por la entidad médica correspondiente, con la cual acreditará su derecho sobre el ID del Asociado Independiente incapacitado. Para ser elegible a tomar el ID correspondiente, el sucesor deberá cumplir con los requisitos establecidos en el apartado II.I de estas Políticas y Procedimientos Comerciales.
Una vez autorizada la sucesión por XXXXXXXX, el sucesor deberá entregar a XXXXXXXX la documentación señalada en el apartado II.I y EL CONTRATO debidamente requisitado y firmado, a través de los medios señalados en dicho apartado, por lo que deberá sujetarse a las obligaciones del mismo así como a los lineamientos de las Políticas y Procedimientos Comerciales y Código de Ética ISAGENIX.
Cuando el sucesor ya es un Asociado Independiente, XXXXXXXX le permitirá que mantenga ambos ID’s la existente y la sucedida, por un período de hasta nueve (9) meses, al cabo de los cuales el sucesor debe vender (siempre y cuando cumpla con los requisitos comerciales para venta) o transferir una de las ID’s de acuerdo con las Políticas y Procedimientos Comerciales.
III.VIII NATURALEZA DE LA RELACIÓN CON XXXXXXXX Y PARTICIPACIÓN EN MODELOS DE NEGOCIO SIMILARES A ISAGENIX
Los Asociados Independientes desempeñan una actividad de naturaleza mercantil independiente y no subordinada a ISAGENIX, por lo tanto, podrán unirse a negocios similares si así lo desean.
Ningún Asociado Independiente deberá ostentarse como empleado, agente, comisionista, representante, franquiciatario o parte del personal del Corporativo ISAGENIX. Los Asociados Independientes establecerán sus propias metas, horarios y métodos de venta sujeto al cumplimiento de la legislación aplicable. Los Asociados Independientes no recibirán instrucciones u órdenes de cualquier tipo por parte de XXXXXXXX,
No obstante, lo anterior, para desarrollar la oportunidad de negocio ISAGENIX los Asociados Independientes deberán apegarse a los términos y condiciones de EL CONTRATO, así como las presentes Políticas y
Procedimientos Comerciales y el Código de Ética ISAGENIX.
III.IX NO EXCLUSIVIDAD
Los Asociados Independientes no guardan exclusividad con ISAGENIX ya que la actividad de distribución que desempeñan en virtud del CONTRATO es de carácter mercantil, independiente y no subordinada a ISAGENIX.
III.X RECLAMOS
Para presentar reclamaciones derivadas de pagos de bonificaciones o cargos no reconocidos por productos, los Asociados Independientes contarán con un plazo de 14 (catorce) días contados a partir del acontecimiento a reclamar. XXXXXXXX no se hará responsable por ningún error, omisión, o problema no reportado a la compañía dentro del plazo de 14 (catorce) días previamente establecido.
SECCIÓN 4 PRODUCTOS ISAGENIX
IV. I COMPRA DE PRODUCTOS ISAGENIX
Para comprar Productos ISAGENIX los consumidores no requerirán inscribirse a ISAGENIX como Asociados Independientes y/o participar del Plan de Compensación para Asociados Independientes ni comprometerse a realizar un pedido mínimo. Los consumidores podrán comprar productos ISAGENIX directamente de un Asociado Independiente.
ISAGENIX no será responsable por la reventa de productos que el Asociado Independiente realice a consumidores y/o clientes.
Por su parte, los Asociados Independientes podrán comprar los productos ISAGENIX directamente de ISAGENIX con un descuento, a través de Órdenes/Pedidos que podrán realizar (i) físicamente en las Tiendas ISAGENIX; (ii) vía telefónica con el departamento de Atención al Asociado Independiente en los teléfonos que encontrará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx; y (iii) a través de su Oficina Virtual o ABO en https:// xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/
Los Asociados Independientes podrán obtener ganancias conforme al Plan de Compensación al revender productos ISAGENIX a Consumidores o Clientes al por menor y por las ventas que realicen los Asociados Independientes dentro de su organización. *ISAGENIX se reserva el derecho de modificar el precio de sus productos y servicios en cualquier momento.
Aunque se requiere contar con ciertos niveles de ventas personales para acceder a beneficios comerciales y bonos especiales según el Plan de Compensación para Asociados Independientes; ISAGENIX no requiere a los Asociados Independientes que compren ningún producto de ISAGENIX ni que participen en el programa de Auto Envío para convertirse en o mantener su calidad de Asociados Independientes. Para mayor información pueden comunicarse a los teléfonos de Atención al Asociado Independiente que encontrarán en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
IV. II COMPRAS DE EXISTENCIAS
ISAGENIX recomienda que los Asociados Independientes compren sólo la cantidad de productos que consumirán o venderán en un período razonable de tiempo.
Antes de realizar y/o aceptar un pedido, se recomienda al Asociado Independiente cerciorarse que los productos que representan al menos un 70% de sus compras ya han sido vendidos a clientes o consumidores finales (los cuales pueden incluir al Asociado Independiente y su familia).
IV.IIII MÉTODOS DE PAGO DE PRODUCTOS O PEDIDOS
El pago de pedidos de productos podrá realizarse con (i) tarjeta de crédito o débito VISA y Master Card;
(ii) mediante depósito en efectivo en las Instituciones Bancarias HSBC y Bancomer así como las cadenas comerciales OXXO, Farmacias del Ahorro, Farmacias Xxxxxxxxx y 7Eleven; y (iii) a través de la cuenta ISA Wallet del ASOCIADO INDEPENDIENTE.
IV. IV CONFIRMACIONES Y ENVÍO DE PEDIDOS
El Asociado Independiente al realizar una compra de productos recibirá una confirmación de dicha compra al correo electrónico registrado en la Solicitud de Asociado Independiente para tal finalidad, el correo electrónico contendrá un número de Orden/Pedido para identificar esa compra en específico Será responsabilidad del Asociado Independiente asegurarse que ISAGENIX tenga dirección de correo electrónico y domicilio de envío de pedidos actualizados. ISAGENIX no será responsable por la falta de
recepción de confirmaciones de pedido debido a direcciones de correo electrónico inválidas o incorrectas, ni por la falta de envíos de pedidos de producto a direcciones de envío inválidas o incorrectas, por lo que cualquier gasto relacionado deberá cubrirlo el Asociado Independiente.
XXXXXXXX debe recibir los pedidos antes de las 11:59 pm hora estándar de las Montañas (MST) -0700 UTC, para garantizar que se consideren dentro del Volumen de Negocio de ese día. Los pedidos estándar se enviarán al siguiente día hábil.
En el caso de realizar una compra de productos a través de la modalidad Autoenvío y Órdenes regulares con modalidad de pago depósito en efectivo, el ASOCIADO INDEPENDIENTE recibirá un correo electrónico con la confirmación de la Orden/Pedido y un segundo correo con las instrucciones de pago correspondientes, en caso de no realizar el pago a más tardar dentro de los 5 días siguientes a que recibió la confirmación correspondiente ésta se cancelará.
IV.V PROGRAMA DE AUTO ENVÍO
Los Asociados Independientes podrán inscribirse en el Programa de Auto Envío ISAGENIX para obtener el precio de Asociado Independiente con Auto Envío y asegurarse de recibir productos ISAGENIX de manera regular cada 30 días. Al formar parte de éste Programa los pedidos se enviarán de manera automática cada 30 días al domicilio de envío de pedidos que XXXXXXXX tiene registrado. El Asociado Independiente podrá elegir qué recibirá de entre una amplia variedad de paquetes de productos preseleccionados, o combinar cualquier variación de productos individuales, según sus necesidades. También podrá elegir la fecha de procesamiento mensual de su Auto Envío y modificar o cancelar su Auto Envío.
Las modificaciones o cancelaciones a este Programa deberán realizarse por lo menos 5 días naturales previos a la fecha de Auto envío que estuviere previamente registrada. No se realizarán reembolsos o devoluciones de producto por pedidos de Auto envío que no hubieren sido modificados o cancelados en tiempo y forma.
Para inscribirse a éste Programa o bien realizar modificaciones y cancelaciones el Asociado Independiente podrá hacerlo directamente en su Oficina Virtual o enviar su solicitud al Departamento de Atención al Asociado Independiente por correo electrónico, en la dirección xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, y a través de Call Center en los teléfonos que encontrará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
El Asociado Independiente deberá pagar su Auto Envío de acuerdo con los métodos de pago establecidos en el Apartado IV.III. El Auto envío sólo podrá activarse, modificarse o cancelarse por el Asociado Independiente titular del ID, responsable del pago y la recepción de dicho Auto Envío. Los Asociados Independientes no podrán activar el programa de Auto Envío en nombre y representación de otros Asociados ni utilizando tarjetas bancarias (crédito o débito) a nombre de terceros ni cartas poder o autorización de ningún tipo, esto podrá realizarse únicamente de forma personal.
El Asociado Independiente que inscriba un Auto Envío por otro Asociado Independiente podrá ser sancionado por XXXXXXXX o bien si éste así lo considera podrá terminar EL CONTRATO anticipadamente sin responsabilidad alguna de su parte.
XX.XX REVENTA DE PRODUCTOS ISAGENIX
Para estar en posibilidades de revender los productos ISAGENIX deberá estar registrado como Asociado Independiente. Los Consumidores o Clientes al por menor podrán comprar productos ISAGENIX de un Asociado Independiente para su uso personal pero no los podrán revender a terceros.
Los Asociados Independientes registrados como tal en México, únicamente podrán revender los productos en el Territorio de la República Mexicana, ISAGENIX prohíbe estrictamente la reventa de sus productos en toda Jurisdicción en donde no se permite la reventa, es decir en aquellos países en donde ISAGENIX no cuenta con sucursales, filiales o presencia alguna.
Los productos ISAGENIX no deberán exhibirse ni venderse al por menor (incluyendo en remates en línea (Mercado Libre, Ebay, Amazon y otros similares, sitios de Internet al por menor, infomerciales y televisión) excepto de la siguiente manera: (1) de persona a persona; (2) mediante un sitio de Internet aprobado por ISAGENIX; (3) en negocios de servicios relacionados y negocios por turno, donde la principal fuente de ingresos procede de otros servicios y no de la venta de productos ISAGENIX (por ejemplo, en peluquerías, spas, consultorios, gimnasios, y clínicas de control de peso); y (4) mediante cualquier programa especial iniciado y aprobado expresamente por XXXXXXXX. Para revender los productos ISAGENIX, el Asociado Independiente deberá utilizar el catálogo ISAGENIX, banners, promocionales y materiales producidos y aprobados por ISAGENIX, ISAGENIX prohíbe estrictamente la reventa de sus productos en toda jurisdicción en donde no se permite la reventa.
XXXXXXXX se reserva el derecho de terminar de forma inmediata EL CONTRATO con el Asociado Independiente que sea sorprendido revendiendo los productos ISAGENIX de forma distinta a las permitidas, así como ejercer las acciones legales correspondientes en contra del Asociado Independiente por el daño y/o perjuicio que estas acciones le hubieren ocasionado.
IV. VII PRECIO DE LOS PRODUCTOS ISAGENIX
El precio público sugerido de los productos el Asociado Independiente puede consultarlo en el catálogo ISAGENIX y en el Centro de Atención al Asociado Independiente en los números telefónicos que encontrará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
Recuerda no es válido bajo ninguna circunstancia ofrecer a clientes y consumidores a la venta los productos ISAGENIX con precio de Asociado Independiente o menor.
IV. VIII IMPUESTOS DE VENTAS
Los Asociados Independientes serán responsables por el pago de impuestos correspondientes a cualquier ingreso generado por su actividad comercial llevada a cabo en México bajo el CONTRATO. Sin embargo, los Asociados Independientes expresamente solicitan e XXXXXXXX acepta que éste último determine y retenga el impuesto causado por las comisiones generadas por las actividades de mediación mercantil con base en lo establecido en el artículo 94, fracción VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Bajo este régimen los Asociados Independientes serán deslindados de su responsabilidad de directamente enterar el provisional (y a veces definitivo) impuesto sobre la renta causado por sus actividades de mediación mercantil llevadas a cabo en territorio mexicano.
Bajo este régimen, los Asociados Independientes serán deslindados de su obligación de pagar el impuesto al valor agregado por sus actividades realizadas en México de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y emitir los comprobantes fiscales por el ingreso obtenido por las actividades derivadas de la mediación mercantil.
ISAGENIX emitirá los comprobantes fiscales correspondientes en términos de la tasa aplicable bajo este régimen.
los Asociados Independientes podrán solicitar e XXXXXXXX aceptar, bajo su propia discrecionalidad, xxxxx el régimen planteado con anterioridad y consecuentemente ser individualmente responsables del pago del
impuesto sobre la renta por las actividades de mediación mercantil de acuerdo con las tasas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta y serán responsables de pagar el impuesto al valor agregado derivado de
dichas actividades bajo la tasa aplicable en el ejercicio fiscal posterior.
En este caso, los Asociados Independientes tendrán la obligación de emitir los comprobantes fiscales correspondientes por las comisiones semanales y mensuales que reciban por las actividades de mediación mercantil llevadas a cabo con siete (7) días de antelación al pago correspondiente.
En caso que ISAGENIX otorgue premios o bonos a los Asociados Independientes, XXXXXXXX retendrá y enterará el impuesto sobre la renta correspondiente de acuerdo con las tasas aplicables.
Adicionalmente, a cada Asociado Independiente se le solicita que proporcione su CURP y su RFC.
IV.IX CARGO POR PEDIDOS A DOMICILIO Y EN TIENDA
La entrega de pedidos vía proveedor de paquetería y mensajería, así como de recolección en cualquiera de las Tiendas ISAGENIX tendrá un cargo que el Asociado Independiente podrá consultar en su Oficina Virtual o bien en el Centro de Atención al Asociado Independiente en los números telefónicos que encontrará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
IV. XI GARANTÍA DE SATISFACCIÓN
Si por alguna razón el Asociado Independiente no está completamente satisfecho con cualquier producto adquirido directamente de ISAGENIX en su primera orden, realizada de forma normal o en auto-envió o bien con un producto adquirido por primera vez, podrá comunicarse al Centro de Atención al Asociado Independiente para solicitar se haga efectiva la Garantía de Satisfacción de sus productos y recibir un reembolso. Una vez solicitada deberás devolver el/los producto(s) con el que no estuviste satisfecho junto con el comprobante de compra correspondiente a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes contados a partir de la fecha de compra de los mismos.
Posterior a los treinta (30) días mencionados la Garantía de Satisfacción ya no será efectiva.
También es importante considerar que las bonificaciones que XXXXXXXX hubiera reconocido y pagado en relación a los productos objeto de reclamación, serán deducidas de futuros pagos de bonificaciones al Asociado Independiente. Es importante mencionar que los gastos de envío no son reembolsables.
XXXXXXXX revisará cada caso por lo que, se reserva el derecho de negar cualquier reembolso o cambio. Recuerda que para hacer válida la Garantía de Satisfacción el Asociado Independiente deberá contactar al Centro de Atención al Asociado en la Ciudad de México y Área Metropolitana al 5029 6020 y en el Interior de la República al 01800 800 5151 (Línea gratuita) de lunes a viernes de 9 am a 7 pm y sábado de 9 am a 2 pm.
Esta garantía no incluye:
• Gasto de envío
• Cuotas de Membresía
• Cargos Administrativos
• Publicaciones y Materiales de venta
• Productos de temporada con descuentos o en Promociones
*Importante: Esta Garantía solo aplica a primera orden o producto comprado por primera vez, XXXXXXXX se reserva el derecho de negar cualquier reembolso o cancelar el ID de cualquier Asociado que abuse de la Garantía de Satisfacción.
IV.XII RECHAZOS A CARGOS BANCARIOS POR COMPRAS DE PRODUCTO
En el caso de rechazos de cargos por pagos de pedidos de productos realizados a través de tarjeta de débito y/o crédito, ISAGENIX realizará la investigación correspondiente con la institución bancaria de la cual procede la tarjeta bancaria en cuestión hasta que la situación que originó el rechazo sea aclarada, sin embargo, cobrará una penalización al Asociado Independiente que se genera por los trámites administrativos correspondientes. Este cargo podrá variar de tiempo en tiempo ya que es impuesto por la Institución Bancaria correspondiente.
IV.XIII OFICINA VIRTUAL DE ASOCIADO INDEPENDIENTE (ABO)
Al convertirse en Asociado Independiente todos los Asociados tendrán acceso a un sitio web denominado Oficina Virtual de Asociado Independiente (ABO por sus siglas en inglés “Associate Back Office”). Al alcanzar como Asociado Independiente el rango Ejecutivo 2 Estrellas del Circulo Dorado o superior tendrán acceso a un apartado en su ABO en el que podrán consultar reportes comerciales de su Genealogía, de su línea descendente, volúmenes de ventas personales y de grupos, entre otros.
Los Asociados Independientes a los que se les proporcione el acceso a esta información, no podrán utilizarla con ningún otro propósito que no sea el de desarrollar y fortalecer su negocio independiente ISAGENIX, por lo que se comprometen a no utilizar la información confidencial con fines distintos, de conformidad con el apartado V.II INFORMACIÓN CONFIDENCIAL y EL CONTRATO.
SECCIÓN 5 PROTEGIENDO MI NEGOCIO INDEPENDIENTE
V.I VENTAS FUERA DE MÉXICO
Los Asociados Independientes no deben revender los productos ISAGENIX ni promover la oportunidad de negocio ISAGENIX en países y territorios que no hayan sido abiertos oficialmente por ISAGENIX. Tampoco deben vender ni promover el uso de materiales que fueron desarrollados para un país o territorio distinto al de México.
Cualquier violación a éstas Políticas y Procedimientos Comerciales podrá ser sancionada por ISAGENIX e incluso podrá tomarse como una causal de terminación anticipada de EL CONTRATO y la cancelación del ID correspondiente.
V.II INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
El Asociado Independiente acepta y reconoce que toda la información que reciba de ISAGENIX por cualquier medio, o que se genere con motivo de EL CONTRATO, deberá ser considerada como de la más estricta confidencialidad, debiendo el Asociado Independiente abstenerse de divulgarla a terceros, aún y cuando la misma no se encuentre marcada como tal ni en un medio tangible, incluyéndose incluso su revelación oral.
Se entenderá como información confidencial, de forma enunciativa mas no limitativa EL CONTRATO, reportes informativos, el Plan de Compensación de Asociados Independientes, información sobre los Asociados Independientes de su organización, información contenida en su Oficina Virtual y cualquier otra información comercial, relacionada o que se pudiere derivar de la relación comercial entre ISAGENIX y el Asociado Independiente, en lo sucesivo “la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”.
En este acto el Asociado Independiente acepta y reconoce que la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL es propiedad de XXXXXXXX y debe mantenerse completamente confidencial indefinidamente así mismo acepta que no usará ni revelará, en forma directa ni indirecta mediante una tercera persona, la Información Confidencial para propósitos no relacionados con su negocio independiente ISAGENIX, ya sea durante y/o terminada la relación comercial con ISAGENIX.
Asimismo el Asociado Independiente acepta y reconoce el valor que representa para ISAGENIX la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, de tal manera que la divulgación de la misma le puede generar un perjuicio considerable por lo que el Asociado Independiente acepta que la divulgación de la misma en violación de EL CONTRATO y éstas Políticas y Procedimientos Comerciales dará derecho a ISAGENIX para reclamar el pago de los daños y perjuicios económicos ocasionados sin perjuicio de cualesquiera otras acciones legales que XXXXXXXX pudiera ejercer en su contra derivado del incumplimiento.
V.III COMPETIDORES DIRECTOS E INDIRECTOS
Como se señaló en el apartado III.VIII, los Asociados Independientes desempeñan una actividad mercantil independiente y no subordinada a ISAGENIX, por lo tanto, podrán unirse a negocios similares si así lo desean.
No obstante, lo anterior, XXXXXXXX no alienta a los Asociados Independientes a que inviten, directa ni indirectamente, a ningún Asociado Independiente o Consumidor de los productos ISAGENIX a unirse o participar con competidores directos o indirectos de XXXXXXXX, sin que por ello pueda entenderse que existe una relación de trabajo entre de ISAGENIX y los Asociados.
En ese sentido, XXXXXXXX se reserva el derecho de terminar anticipadamente EL CONTRATO con el Asociado Independiente que viole EL CONTRATO, las presentes Políticas y Procedimientos Comerciales y que haga uso indebido de la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL de ISAGENIX.
V.IV ANTI-MANIPULACIÓN
Cualquier intento de manipulación al Plan de Compensación por parte de los Asociados Independientes está estrictamente prohibido y será causal suficiente para sancionar el ID que está llevando a cabo la manipulación o bien notificar la terminación inmediata de EL CONTRATO sin responsabilidad alguna para XXXXXXXX. Lo anterior, sin menoscabo de las acciones legales que XXXXXXXX pueda ejercer en contra del Asociado Independiente que realizó dichas acciones que de conformidad con la Legislación Mexicana podrán ser consideradas ilegales; así como el pago correspondiente de daños y perjuicios que las mismas le pudieren ocasionar.
Se considerará que cualquier Asociado Independiente está manipulando el Plan de Compensación de Asociados Independientes, de forma enunciativa más no limitativa, cuándo:
A. Realiza inscripciones ficticias, lo cual incluye realizar inscripciones con información de contacto incompleta, incorrecta, falsa (lo cual incluye documentación falsa) o información que no pueda ser verificada. Para que una inscripción se considere válida, es responsabilidad del Patrocinador asegurarse de que los Asociados Independientes que inscriba en su organización proporcionen información correcta y verídica a ISAGENIX.
B. Realiza inscripciones sin la autorización del titular de la información.
C. Realiza inscripciones injustificadas, incluyendo la inscripción de personas con poco o ningún interés en ISAGENIX, a cambio de otorgar beneficios a éstas, tales como productos gratis, dinero o cualquier otro incentivo.
D. Inscribe a una persona con poco o ningún interés en XXXXXXXX para desarrollar la oportunidad de negocio ISAGENIX por dicha persona y obtener ganancias indirectamente.
E. Duplica o Triplica cuentas, es decir, inscribe a la misma persona dos o tres veces dejando ID´s inactivas y volviendo a inscribir.
F. Realiza colocación perfecta de inscripciones, indicando un esfuerzo coordinado en el que una persona o un pequeño grupo de personas ubican inscripciones de tal manera que se benefician unos pocos a expensas de todos los demás.
G. Múltiples Asociados utilizan el mismo método de pago, tarjeta de crédito o de débito, la misma dirección de envío, la misma dirección de correo electrónico, el mismo número de teléfono, u otros indicadores que ISAGENIX considerará de tanto en tanto.
H. Comprar productos, directa o mediante terceras personas, incluyendo personas con poco o ningún interés en ISAGENIX, con el objetivo únicamente de generar Volumen de Negocio y calificar para recibir bonificaciones especiales.
Los lineamientos establecidos en este Apartado pretenden apoyar a los Asociados Independientes a construir un negocio independiente sólido y sustentable. En ese sentido ISAGENIX invita a sus Asociados Independientes a informar al Departamento de Conformidad al correo electrónico conformidadmx@ xxxxxxxxxxxx.xxx , sobre cualquier actividad que sospeche de Manipulación al Plan de Compensación para Asociados Independientes, a fin de que podamos tomar las acciones necesarias para ayudar a proteger a ISAGENIX y sus Asociados.
ISAGENIX sancionará la manipulación del Plan de Compensación para Asociados Independientes de conformidad al Apartado VII. I establecido en estas Políticas y Procedimientos Comerciales. Las decisiones tomadas por XXXXXXXX en relación a cada caso serán definitivas.
V.V PROMOCIÓN DE LOS PRODUCTOS ISAGENIX
Los Asociados Independientes, durante la vigencia de EL CONTRATO y todas sus renovaciones, deberán conducirse de forma ética y responsable, y no conducirse de forma engañosa, ilícita, ilegal, deshonesta o inmoral al revender, promover y compartir los productos ISAGENIX e incluso la oportunidad de negocio independiente.
Por lo anterior, podrán comprar y utilizar los materiales producidos por ISAGENIX para promocionar los productos ISAGENIX. Dichos materiales incluyen, catálogo ISAGENIX, posters, programas de promoción de ISAGENIX, sitio oficial ISAGENIX, revista, entre otros.
Cualquier Asociado Independiente que desee crear sus propios materiales promocionales, anuncios, flyers, videos o cualquier otra información para desarrollar su negocio independiente, debe seguir los lineamientos establecidos en las presentes Políticas y Procedimientos Comerciales, materiales oficiales ISAGENIX así como los lineamientos establecidos en la legislación y regulación mexicana aplicable a la materia.
Todos los materiales que sean desarrollados por los Asociados Independientes deberán contener información verídica, no engañosa y/o confusa para los clientes y/o consumidores.
Será exclusiva responsabilidad del Asociado Independiente el uso y distribución de información y materiales desarrollados por él mismo, por lo que en este acto se obliga a sacar en paz y a salvo a ISAGENIX, matriz, subsidiarias y/o Afiliadas, directivos, consejeros, funcionarios, empleados y representantes, de cualquier reclamación, procedimiento, queja o juicio ante cualquier autoridad que pudiera derivar en su contra por el uso de dichos materiales y a cubrir a ISAGENIX los daños y perjuicios ocasionados por sus acciones.
LINEAMIENTOS SOBRE ¿CÓMO COMPARTIR Y PROMOVER CORRECTAMENTE LOS PRODUCTOS ISAGENIX?
Al promover y revender los productos ISAGENIX los Asociados Independientes deberán seguir los siguientes lineamientos:
1. Mostrar los productos de forma correcta, es decir no deberá alterar la imagen de los productos lo cual incluye: envases, etiquetas, contenido, ingredientes, etc.;
2. No deberá violar los sellos de los productos para alterar el contenido de los mismos;
3. Usar tarjetas de presentación en donde indiquen que son Asociados Independientes ISAGENIX;
4. No hacer referencia en publicaciones, imágenes y/o videos a beneficios sobre los productos ISAGENIX;
5. Asegurarse que la información que va a compartir y/o publicar es clara, veraz, legítima y no infringe la legislación mexicana, así como las normas aplicables a la materia;
6. No asegurar o garantizar a los consumidores o posibles consumidores que el producto ISAGENIX cuenta con propiedades que les hará obtener resultados tales como, pérdida de peso o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar enfermedades, trastorno o estado fisiológico;
7. Podrán indicar que los productos ISAGENIX son Suplementos Alimenticios que complementan la Nutrición diaria y en compañía de una dieta balanceada, ejercicio y un estilo de vida saludable, será un apoyo para alcanzar sus metas;
8. No asegurar o garantizar a los consumidores o posibles consumidores que el producto ISAGENIX cuenta con propiedades que no pueden comprobarse o bien que son dietéticos;
9. No asegurar a los consumidores o posibles consumidores que el producto llena por sí solo los requerimientos nutricionales del ser humano, que cuenta con un valor nutritivo superior o distinto al real y/o que posee propiedades terapéuticas;
10. No deberán atribuir a los productos ISAGENIX propiedades estimulantes ni modificadoras del estado físico o mental de las personas. Por ejemplo, no deberá relacionar imágenes antes y después directamente con los Productos ISAGENIX infiriendo que los resultados obtenidos son producto de la mera compra de los productos ISAGENIX.
11. Utilizar el catálogo de productos ISAGENIX vigente;
12. No hacer comparaciones de los productos ISAGENIX con productos de otras marcas y/o competidores directos y/o indirectos de ISAGENIX;
13. Ostentarse como el corporativo ISAGENIX y no como Asociado Independiente ISAGENIX, esto incluye llamadas telefónicas, correo electrónico, materiales, internet, redes sociales, etc.;
14. No deberán usar el logotipo de Isagenix ostentándose como ISAGENIX;
15. No sugerir que los productos ISAGENIX suplen la alimentación diaria de forma alguna;
16. No promover los productos ISAGENIX en imágenes que contengan otros productos iguales o similares de marcas competidoras directas y/o indirectas.
17. No deberán crear materiales comparativos usando propiedad industrial e intelectual de otras marcas y/o competidores directos o indirectos de ISAGENIX;
18. Los Asociados Independientes podrán promover los productos ISAGENIX, así como la oportunidad de negocio, indicando su actividad de Asociado Independiente y usar el logotipo de Asociado Independiente en sus publicaciones y materiales.
19. No realizar declaraciones engañosas o que induzcan al error sobre los productos ni posibles ganancias con la oportunidad de negocio ISAGENIX a los consumidores y/o posibles consumidores; asociados y/o posibles asociados;
20. No realizar declaraciones sobre pérdida de peso directamente relacionado a la compra de los productos ISAGENIX;
21. Identificarse en sus redes sociales como Asociados Independientes de su negocio independiente, por ejemplo: “Xxxxxx Xxxxxx, Asociado Independiente, Isagenix”. “Xxxxxxxx.xxx/miguelJuarez.isagenix”. Este es el único uso aceptable de la palabra “Isagenix” en una URL.
22. Por ninguna razón los Asociados Independientes deberán revender los productos ISAGENIX en sitios web como Groupon, Facebook Offers, anuncios de Twitter, Mercado Libre, E Bay o en cualquier sitio web o red social con oferta de cupones o descuentos especiales, incluida, sin limitaciones, la compra de anuncios en los que se use el nombre “ISAGENIX” en las convenciones de nomenclatura de dominios URL, subdominios o en la publicidad en anuncios de pago por clic o de Adwords, etc.
23. No deberá promover los productos ni la oportunidad de negocio ISAGENIX en redes sociales con marcas competidoras directas y/o indirectas; por ejemplo, mostrar shakes de dos marcas u Omega de dos marcas, etc.
24. No sugerir o asegurar que los productos ISAGENIX proporcionarán a las personas características o habilidades extraordinarias;
25. No deberán asociar los productos ISAGENIX directa o indirectamente con el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco.
26. El Asociado Independiente se compromete a no garantizar resultados con el uso de los productos ISAGENIX, debido a que los resultados entre una persona y otra pueden variar, asimismo, deberán sugerir a sus clientes y/o potenciales asociados consultar a su médico antes de consumir cualquiera de nuestros productos, y deberán mencionar e incluir en sus declaraciones siempre, la siguiente declaración “ESTE
PRODUCTO NO ES UN MEDICAMENTO. EL USO DE ESTE PRODUCTO ES RESPONSABILIDAD DE QUIEN LO RECOMIENDA Y DE QUIEN LO USA”;
27. No sugerir en sus materiales y publicaciones que los productos ISAGENIX previenen, curan o alivian cualquier enfermedad o bien que se tratan de productos terapéuticos;
28. No promover “Retos” distintos al Reto Isabody ostentándose como ISAGENIX.
El incumplimiento de estos lineamientos será exclusiva responsabilidad del Asociado Independiente, por lo que en este acto se obliga a sacar en paz y a salvo a ISAGENIX, matriz, subsidiarias y/o Afiliadas, directivos, consejeros, funcionarios, empleados y representantes, de cualquier reclamación, procedimiento, queja
o juicio ante cualquier autoridad que pudiera derivar en su contra por dicho incumplimiento y a cubrir a ISAGENIX los daños y perjuicios ocasionados por sus acciones.
X.XX GANANCIAS
Como Asociado Independiente reconoce y acepta que las ganancias que pueda obtener por la participación de la oportunidad de negocio ISAGENIX, así como del Plan de Compensación para Asociados
Independientes podrán variar de Asociado en Asociado ya que al tratarse de un negocio independiente, éste será quien decida cómo lo desarrollará.
Por lo anterior, los Asociados independientes no deberán hacer declaraciones, afirmaciones o promesas sobre las ganancias a potenciales Asociados Independientes y clientes, lo cual incluye mostrar estados de cuenta o cheques al presenta la oportunidad de negocio ISAGENIX y el Plan de Compensación para Asociados Independientes.
V.VII DECLARACIONES SOBRE RESULTADOS Y LOS PRODUCTOS ISAGENIX.
Los productos ISAGENIX son suplementos alimenticios que complementan la alimentación diaria y acompañados de un estilo de vida saludable, una buena nutrición y ejercicio lo ayudarán a conseguir sus metas por lo que, NO son productos milagro ni medicamento para perder peso por el simple consumo de los mismos. El Asociado Independiente o consumidor que comparta su testimonio y/o experiencia sobre el consumo de los productos ISAGENIX será el único responsable sobre la información que comparta por lo que XXXXXXXX lo invita a que al hacerlo lo haga teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en las presentes Políticas y Procedimientos Comerciales.
Asimismo, el Asociado Independiente se compromete a no garantizar a los consumidores resultados con el uso de los productos ISAGENIX, debido a que los resultados entre una persona y otra pueden variar, por lo que deberán sugerir a sus clientes y/o potenciales asociados consultar a su médico antes de consumir cualquiera de nuestros productos, y deberán mencionar e incluir en sus testimonios y declaraciones, la siguiente declaración “ESTE PRODUCTO NO ES UN MEDICAMENTO. EL USO DE ESTE PRODUCTO ES RESPONSABILIDAD DE QUIEN LO RECOMIENDA Y DE QUIEN LO USA”.
V. VIII INDEMINZACIÓN
El Asociado independiente será el único responsable de cualquier declaración verbal y/o escrita que realice con relación a los productos ISAGENIX, servicios, Plan de Compensación a los Asociados Independientes que no hayan sido comunicados directamente por ISAGENIX a través de sus redes oficiales, publicaciones oficiales y catálogo de productos y servicios por lo que en este acto el Asociado Independiente se obliga a sacar en paz y a salvo a ISAGENIX, así como a sus subsidiarias y/o Afiliadas, directivos, consejeros, funcionarios, empleados, asesores y representantes, de cualquier procedimiento, queja o reclamación
ante cualquier autoridad administrativa o judicial derivado de las acciones y declaraciones de las cuales es responsable de conformidad con EL CONTRATO y las Presentes Políticas, así como a cubrir los daños y perjuicios que pudiere ocasionar a ISAGENIX, incluyendo los gastos y costas por concepto de servicios legales. Esta disposición será vigente aún después de la terminación de EL CONTRATO.
SECCIÓN 6
V.I MARCAS REGISTRADAS Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Un Asociado Independiente no debe directa ni indirectamente, utilizar la marca registrada ISAGENIX para promover su negocio independiente ni ostentarse como ISAGENIX. En su lugar, debe utilizar el logotipo de “Asociado Independiente ISAGENIX” el cual está disponible en xx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Asimismo, no deberá usar “ISAGENIX” o ninguna otra marca registrada de ISAGENIX, ni ningún derivado ni variación similar que pueda causar confusión o inducir al error al público sobre una marca registrada de ISAGENIX, ni ningún material con derechos reservados u otra propiedad intelectual de XXXXXXXX, sin
previo consentimiento por escrito por parte de XXXXXXXX. Por lo anterior, el Asociado Independiente acepta transferir inmediatamente a ISAGENIX, luego de su solicitud, todo nombre de dominio de Internet u otro registro que contenga una marca registrada de ISAGENIX. Esta obligación continuará indefinidamente, aún terminada la relación con XXXXXXXX.
XXXXXXXX se reserva el derecho de ejercer las acciones legales correspondientes en el caso de violación a sus derechos de propiedad industrial e intelectual.
VI.II INTERNET Y REDES SOCIALES
Los Asociados Independientes que deseen utilizar internet y redes sociales para promover la oportunidad de negocio ISAGENIX, así como los productos ISAGENIX e interactuar con clientes y consumidores, otros Asociados Independientes y potenciales asociados, deberán respetar los siguientes lineamientos y en general todos los lineamientos establecidos en las presentes Políticas y Procedimientos Comerciales y el Código de Ética ISAGENIX.
1. Los Asociados no podrán, ni directa ni indirectamente, utilizar, intentar registrar o vender ninguno de los nombres comerciales, marcas registradas, nombres de servicios, marcas de servicios propiedad de ISAGENIX, o cualquier derivado de éstos para su uso en dominios de Internet o como dirección de correo electrónico;
2. Los Asociados Independientes pueden describirse a sí mismos como “Asociado Independiente ISAGENIX” en sus páginas personales de internet, LinkedIn, entre otros y no como ISAGENIX;
3. Los Asociados Independientes no podrán, ni directa ni indirectamente compartir grabaciones de eventos, actos, conferencias ni discursos derivados de eventos corporativos de ISAGENIX sin la previa autorización por escrito de XXXXXXXX.
4. Los Asociados Independientes no deben ni directa ni indirectamente, publicar o hacer que se publique, en ningún medio electrónico o escrito, el nombre, fotografía o imagen de personas del corporativo ISAGENIX como tampoco los materiales desarrollados y protegidos por derechos de autor o que sean propiedad industrial y/o intelectual de terceros o ISAGENIX sin previa autorización expresa por escrito por escrito del titular y/o ISAGENIX.
5. Crear páginas de internet, Facebook y/o Instagram en el que realicen publicaciones de productos y la oportnidad de negocio ISAGENIX y en el mismo medio incluyan la oportunidad de negocio y/o productos de marcas y modelos de negocio similares competidores directos o indirectos de ISAGENIX.
6. Los Asociados Independientes no podrán publicar en redes sociales tales como Facebook, Instagram, Twitter, entre otros, videos en los que realicen declaraciones sobre los resultados que una persona podría obtener con el “consumo o la compra de productos ISAGENIX” tales como pérdida de peso (Antes y Después); así mismo no deberán relacionar los productos ISAGENIX con la cura, prevención o tratamiento de enfermedades ni asegurar a sus consumidores o potenciales asociados que ISAGENIX es la solución a este tipo de problemas.
7. Los Asociados Independientes no deberán manipular, modificar o alterar la Propiedad Intelectual propiedad de XXXXXXXX.
8. Los Asociados Independientes no deberán revender los productos ISAGENIX en sitios de subasta y ventas al por menor o “retail” tales como Mercado Libre, Ebay, Amazon, entre otros.
El incumplimiento de estos lineamientos será exclusiva responsabilidad del Asociado Independiente, por lo que en este acto se obliga a sacar en paz y a salvo a ISAGENIX, matriz, subsidiarias y/o Afiliadas, directivos, consejeros, funcionarios, empleados y representantes, de cualquier reclamación, procedimiento, queja
o juicio ante cualquier autoridad que pudiera derivar en su contra por dicho incumplimiento y a cubrir a ISAGENIX los daños y perjuicios ocasionados por sus acciones.
El Asociado Independiente será el único responsable de dar cumplimiento a la regulación mexicana en relación con sus publicaciones y materiales.
VI.III RADIO Y TELEVISIÓN
Los Asociados Independientes no podrán hacer publicidad por radio y televisión sobre ISAGENIX y/o sus productos y la oportunidad de negocio sin previa autorización por escrito de XXXXXXXX ni ostentarse como ISAGENIX.
Para que un Asociado Independiente esté en posibilidades de realizar una entrevista en la que comunique información sobre ISAGENIX, los productos y la oportunidad de negocio al público en general por cualquier medio de comunicación deberá solicitar previa autorización por escrito y esta deberá ser coordinada a través del Departamento de Conformidad de ISAGENIX. Cualquier violación a esta política será sujeta a acciones correctivas por parte de XXXXXXXX, pudiendo llegar incluso a la terminación de EL CONTRATO.
VI. IV PATROCINIOS
Los Asociados Independientes no podrán otorgar patrocinios a persona alguna en nombre de XXXXXXXX. En el caso de querer realizar un patrocinio deberá de hacerlo a título personal.
SECCIÓN 7 DEPARTAMENTO DE CONFORMIDAD Y SANCIONES
VII. I APLICACIÓN DE LAS POLÍTICAS Y SANCIONES
Para proteger la integridad de la cultura ISAGENIX y mantener la igualdad de condiciones para todos los Asociados Independientes, el Departamento de Conformidad supervisará activamente el cumplimiento de estas Políticas y Procedimientos Comerciales, así como el Código de Ética ISAGENIX.
Si un Asociado Independiente viola EL CONTRATO, éstas Políticas y Procedimientos Comerciales y/o el Código de Ética ISAGENIX, o se involucra en alguna conducta falta de ética, ilegal, fraudulenta o engañosa, XXXXXXXX podrá a su entera discreción, a través del Departamento de Conformidad y/o el Departamento Legal adoptar una o más de las siguientes medidas:
A. Emitir un aviso por escrito la Asociado Independiente que cometió la violación correspondiente para solicitarles que corrijan la situación o bien para comunicar la sanción correspondiente;
B. Revocar al Asociado Independiente el reconocimiento (lo cual incluye la revocación de premios al Asociado Independiente) o la invitación a participar de cualquier evento ISAGENIX;
C. Suspender o revocar el acceso a privilegios especiales, incluyendo reportes comerciales, acceso a su Oficina Virtual, entre otros;
D. Suspender su participación en promociones, eventos, dinámicas, entre otros;
E. Imponer sanciones monetarias u otras sanciones, las cuales podrá retenerse del pago de bonificaciones actuales o futuras;
F. Suspender temporalmente pago de bonificaciones y otros pagos;
G. Suspender temporalmente o cancelar de manera permanente el ID del Asociado Independiente en incumplimiento y todos los derechos relacionados con la misma;
H. Si la Posición del Asociado se cancela debido a una violación anterior a la investigación que realice ISAGENIX, el Asociado Independiente no tendrá derecho a recibir ningún pago de bonificaciones que hubieren sido retenidos durante el período de investigación.
I. Reasignar toda o parte de su Organización;
J. Tomar cualquier otra medida correctiva que sea razonable y apropiada de acuerdo con las circunstancias;
K. Terminar EL CONTRATO; entre otros.
XXXXXXXX invita a los Asociados Independientes a que se comuniquen al Departamento de Conformidad en caso de sospechas de violaciones a EL CONTRATO, Lineamientos de las Políticas y Procedimientos Comerciales y Código de ética ISAGENIX al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxxx que en dicha comunicación compartan toda la información de apoyo que el Asociado Independiente desee que se incluya en la revisión.
Las decisiones tomadas por XXXXXXXX en relación a todos los casos de violación e incumplimiento a EL CONTRATO, Políticas y Procedimientos y Código de Ética ISAGENIX serán definitivas.
CÓDIGO DE ÉTICA ISAGENIX
Como se ha mencionado en el apartado I.II de estas Políticas y Procedimiento Comerciales, el Código de Ética establece (i) los lineamientos que los Asociados Independientes deberán observar durante el
desarrollo de su negocio independiente; (ii) durante la interacción con otros Asociados Independientes y los miembros del corporativo ISAGENIX; así como (iii) las sanciones que serán aplicadas por ISAGENIX cuando cualquier Asociado Independiente contravenga dichas disposiciones.
Los lineamientos de este Código tienen la intención de proteger y brindar a los Asociados Independientes la posibilidad de desarrollar negocios independientes saludables y sustentables.
Cualquier violación deberá ser reportada al Departamento de Conformidad al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx quien una vez revisado y analizado el caso tomará las decisiones correspondientes, así como la sanción a aplicar, de conformidad al Apartado VII. I establecido en las Políticas y Procedimientos Comerciales ISAGENIX.
LINEAMIENTOS
I. Todo Asociado Independiente ISAGENIX debe conducirse de forma profesional, respetuosa, honesta,
ética y legal durante el desarrollo de su negocio independiente.
II. Todo Asociado Independiente ISAGENIX debe dirigirse de forma profesional, respetuosa y ética hacia otros Asociados Independientes sin importar el rango de éstos. Cualquier conducta inapropiada, ofensiva, discriminatoria, de acoso y hostigamiento de cualquier tipo no será aceptable.
III. Al compartir la oportunidad de negocio ISAGENIX con cualquier persona, todo Asociado Independiente deberá apegarse a los lineamientos establecidos en las Políticas y Procedimientos Comerciales ISAGENIX y el Plan de Compensación para Asociados Independientes, ofreciendo siempre a sus clientes y potenciales asociados información verdadera, correcta y válida.
IV. No está permitido a ningún Asociado Independiente que modifique o manipule de forma alguna el Plan de Compensación para Asociados Independientes.
V. Los Asociados Independientes podrán promover los productos y la oportunidad de negocio ISAGENIX respetando los lineamientos de las Políticas y Procedimientos Comerciales ISAGENIX.
VI. Los Asociados Independientes podrán crear sus propias estrategias de marketing, talleres de formación para sus organizaciones, promociones, eventos, así como desarrollar sus propios materiales para el desarrollo de sus organizaciones a título propio; los cuales deberá dar cumplimiento a la legislación mexicana y los lineamientos de las Políticas y Procedimientos Comerciales ISAGENIX. Asimismo, las estrategias de marketing desarrolladas por los Asociados Independientes no deberán ser ventajosas ni desprestigiar a organizaciones de otros Asociados Independientes; ni dañar y desprestigiar a ISAGENIX.
VII. Al prospectar asociados, los Asociados Independientes deberán respetar los posibles asociados y clientes o consumidores de otros Asociados Independientes.
VIII. Los Asociados Independientes no deberán invitar a Asociados Independientes ISAGENIX a participar en modelos de negocio de competidores directos y/o indirectos de ISAGENIX; ni x xxxxxx de equipo u organización perjudicando a otros Asociados Independientes.
IX. Los Asociados Independientes que asistan a eventos organizados por XXXXXXXX deberán conducirse de forma ética, respetuosa y profesional. En el caso de conductas inapropiadas, ofensivas, discriminatorias, de acoso y hostigamiento, ilegales o engañosas durante cualquiera de los eventos en contra de cualquier otro Asociado Independiente, personal del Corporativo ISAGENIX y en general cualquier tercero, XXXXXXXX podrá pedir al Asociado en cuestión que abandone el evento y sancionar su conducta de conformidad con la Sección VII.I de las Políticas y Procedimientos Comerciales. Adicionalmente, en futuros eventos ISAGENIX se reserva el derecho de admitir o no la participación de cualquier Asociado Independiente con antecedentes de conductas inapropiadas en eventos previos sin responsabilidad alguna de su parte.
X. Cualquier Asociado Independiente que sea sorprendido durante los eventos abusando de sustancias tóxicas, droga, estupefaciente, narcótico, así como aquél que sea sorprendido robando o cometiendo cualquier delito, será puesto a disposición de las autoridades correspondientes y será suspendido como Asociado Independiente de forma inmediata sin responsabilidad alguna para ISAGENIX.
XI. El Asociado independiente no podrá ostentarse como empleado, agente, representante o franquiciatario de ISAGENIX ya que la relación que la une es de carácter estrictamente mercantil.
Es importante tomar en consideración que:
Si un Asociado Independiente viola las Políticas y Procedimientos Comerciales de ISAGENIX incluyendo este Código de Ética o bien se involucra en una práctica ilegal, fraudulenta y/o engañosa, XXXXXXXX podrá a través del Departamento de Conformidad y en caso de ser necesario del Departamento Legal:
• Requerir al Asociado Independiente vía correo electrónico
• Revocar la invitación a cualquier evento, promoción, entre otros.
• Revocar reconocimientos, premios, etc.
• Bloquear el ID del Asociado Independiente
• Suspender temporalmente el pago de bonificaciones y en general cualquier pago
• Reasignar en todo o en parte la Organización o Equipo del Asociado Independiente
• Terminar la cuenta del Asociado Independiente
• Reasignar VN, Asociados Independientes, Puntos para promociones, etc.
• Tomar cualquier otra medida que considere razonable y adecuada al caso en particular