Contract
SCR6150c
Este documento es propiedad de EJIE, S.A. y no puede ser reproducido, en su totalidad o parcialmente, ni mostrado a otros, ni utilizado para otros propósitos que los que han originado su entrega, sin el previo permiso escrito de EJIE, S.A.. En el caso de ser entregado en virtud de un contrato, su utilización estará limitada a lo expresamente autorizado en dicho contrato. XXXX, X.X. no podrá ser considerada responsable de eventuales errores u omisiones en la edición del documento.
Pliego de Condiciones Técnicas: Renting de un vehículo nuevo | ||
Fecha: 10/03/2017 | Referencia: EJIE-021-2017 | |
EJIE S.A. Mediterráneo, 14 Tel. 000 00 00 00* Fax. 000 00 00 00 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx Posta-kutxatila / Apartado: 809 01080 Vitoria-Gasteiz xxx.xxxx.xx |
e documentación |
a versión |
: 10/03/2017 |
Versión 2.0(12/01/05)
Finalización de los servicios Sometimiento voluntario a Tribunales
ANEXO I- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES ANEXO NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
ANEXO IV NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Ofertas con valores anormales o desproporcionados
Dado que en el mes xx Xxxxx 2017 finaliza el contrato de un vehículo que utiliza Ejie en modalidad de renting se necesita sustituir el mismo. La forma de sustitución volverá a ser mediante renting. Teniendo en cuenta la frecuencia con que se realizan traslados, necesarios para la actividad y servicios prestados por EJIE, se requieren servicios de renting de vehículos. |
El objeto del contrato a que se refiere este Pliego de Condiciones Técnicas, es el suministro en renting de 1 vehículo destinado a uso de Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.). Ejie busca siempre lograr la mejora continua del desempeño ambiental y energético, mediante la incorporación de criterios de eficiencia energética en la adquisición de productos y servicios, más allá del cumplimiento de la legislación medioambiental y la relacionada con el uso y consumo de energía y la eficiencia energética. Ejie dispone de la certificación medioambiental Ekoscan y de la certificación de eficiencia energética ISO 50001. Es por ello, que se pretende que el nuevo vehículo sea más respetuoso con el medio ambiente que el actual. Actualmente, el vehículo a sustituir, consume de media 4,5 litros a los 100 kilómetros y emite a la atmósfera 117 gramos por kilómetro recorrido. Se pretende que reducir las emisiones y el consumo de combustible en más de un 6%. |
3 Características exigidas que deben tener todos los vehículos ofertados |
3.1 TIPO Tipo Turismo, 5 puertas. 3.2 MOTOR Combustible Diesel Cilindrada 1400 – 1600 cc Potencia (CV) Mínimo 120CV Inyección Directa Par máximo (Nm/r.p.m.) Igual o superior a 300Nm 3.3 TRANSMISION Caja de Cambios Automática Tracción Delantera Consumo mixto (l/100) Máximo 4.3 |
3.4 NEUMATICOS Y LLANTAS
| Medidas neumáticos | Mínimo 205/55R 16 |
| Llantas | Mínimo Aleación (16”) |
3.5 FRENOS
Sistema Discos delanteros y traseros
Sistemas antibloqueo ABS
3.6 CARROCERIA
Color Gris Metalizado
3.7 CAPACIDAD
Nº de puertas: 5 puertas
Volumen del maletero Mínimo de 300dm3
3.8. DIMENSIONES
| Longitud total | Mínimo 4300 Máximo 4400 |
| Anchura sin retrovisores | Mínimo 1800 Máximo 1830 |
3.9. COMPRA VERDE / IMPACTO MEDIOAMBIENTAL
En aras a minimizar el impacto medioambiental es muy importante que el turismo adquirido sea de bajo consumo, bajas emisiones de CO2 y de eficiencia energética. Por ello se exigen que se cumplan estos mínimos:
CO2 (g/km) Máximo 110
Consumo mixto (l/100) Máximo 4.3
Cumplimiento norma anticontaminante: Mínimo Euro 6
4.1 SEGURIDAD ACTIVA Y PASIVA ESP Asistente de arranque en pendiente Luces de frenada de emergencia Sensor de presión de neumáticos. Asistente de aparcamiento activo. Sensores de parking delanteros y traseros. Retrovisores exteriores térmicos plegables eléctricamente y elevalunas eléctricos traseros y cierre global. Xxxxxxxx y asistente de cambio xx xxxxxx. Sistema de reconocimiento de señales de tráfico. Control automático xx xxxxx de carretera. Control de crucero y limitador de velocidad. 4.2. CONDUCCIÓN Ordenador de a bordo Stop & Start Retrovisor interior autocrómico Elevalunas eléctricos delanteros y traseros de un solo toque 4.3 VISIBILIDAD –ILUMINACIÓN Faros antiniebla delanteros Faros delanteros Bi-xenon con iluminación adaptativa Lavado de faros delanteros a presión Faros diurnos LED Limpiaparabrisas con cadencia automática y sensor de lluvia Sensor xx xxxxx 4.4. OTROS Climatización automática Bi-zona Radio CD MP3 y Bluetooth integrado control por voz Navegador con pantalla táctil de al menos 8” |
5 Obligaciones del contratista y condiciones del arrendamiento |
5.1. CONDICIONES DE LOS VEHÍCULOS La estimación de kilómetros recorridos en la duración del contrato es de 120.000 kilómetros Impuestos de matriculación y de circulación incluidos en el precio 5.2. MANTENIMIENTO Mantenimiento y reparaciones en taller del concesionario oficial de la marca elegido por el arrendatario, ITV incluidos en el precio. Se incluirán cambios de neumáticos ilimitados de primeras marcas y cambio de neumáticos de forma ilimitada atendiendo al desgaste y normativa vigente. Se incluyen reventones/pinchazos. Asimismo, sustitución adicional de neumáticos de invierno cada año en los meses de Noviembre (colocación) y Abril (sustitución por neumático normal). La custodia de los neumáticos será responsabilidad del adjudicatario. 5.3. SEGURO Y ASISTENCIA Asistencia 24 horas Gestión de multas Seguro a todo riesgo y sin franquicias Vehículo de sustitución de igual o superior categoría al vehículo de presente pliego. |
El plazo de duración del contrato es, una vez formalizado el mismo, de 48 meses que conllevará la entrega de los vehículos según conste en el acta de entrega a partir de la que se computará dicho plazo. |
El presupuesto del presente contrato asciende a un máximo de 25.000,00 euros (sin IVA). El precio del ajuste por Km. De exceso o defecto no podrá superar los 0,03 euros/km (sin IVA) y será el mismo tanto por exceso como por defecto. El valor estimado es de 26.200,00 € (teniendo en cuenta el presupuesto de licitación y el exceso contemplado en el presente apartado). |
La cuota mensual que englobe el precio de arriendo, seguro y canon de mantenimiento tendrá carácter de |
fija a lo largo de la contrata, no procediendo a la revisión de precios. |
Los licitadores especificarán claramente el plazo de entrega del vehículo, que no será superior al 30 xx Xxxxx de 2017, debiendo tener en cuenta que el mismo tienen que ser entregado debidamente legalizado y matriculado a nombre de Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.). |
El pago del arrendamiento se realizará mediante factura por mes vencido, siendo la cuota a pagar, como máximo, la 48ª parte del importe de adjudicación correspondiente a cada vehículo mediante domiciliación bancaria, a través del número de cuenta designado en la propia factura. A la finalización del contrato se realizará una comprobación entre los kilómetros por cada vehículo y los que, de acuerdo con el punto 5.1 de este pliego técnico, están incluidos en el precio de arrendamiento. El exceso de kilómetros lo abonará Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.) según el coste por kilómetro que determina la empresa adjudicataria en su oferta, mientras que, esta abonará a Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.) los kilómetros recorridos de menos al precio que igualmente la empresa adjudicataria haya concretado en su oferta. |
11 Aclaración de propuestas
El Departamento de Administración de Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.) podrá pedir aclaraciones a las propuestas presentadas para la mejor comprensión de las mismas.
Los licitadores deberán presentar un dossier debidamente paginado, en el que se recogerán los aspectos relativos a los criterios de adjudicación del contrato: – Características técnicas y funcionales del vehículo: se aportará toda la información y documentación técnica (ficha técnica, catálogo…) referida a los vehículos ofertados que el licitador considere oportuno, así como el procedimiento a seguir en el servicio y mantenimiento preventivo de los vehículos; medios personales y materiales a disposición del contrato. |
13 Criterios de adjudicación de la licitación
Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.), a la vista de las ofertas recibidas, adjudicará los vehículos que nos ocupan teniendo en cuenta que los siguientes criterios tienen una valoración global de 100 puntos que se distribuyen de la siguiente forma:
1º- PRECIO 100 puntos
-Para la evaluación de la proposición económica se seguirá la siguiente fórmula:
Total Puntos Apartado Proposición Económica * Precio Oferta más Ventajosa (mínimo precio)/ Precio Oferta Evaluada
14 Estructura y formato de las propuestas
Podrán presentar ofertas en la licitación objeto del contrato (exclusivamente a través de la aplicación de licitación electrónica de gobierno xxxxx) y en la forma que se especifica más adelante:
Las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en prohibición de contratar, acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional que se requiera y cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y debiendo acreditar su solvencia y la disposición de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el art. 59 TRLCSP.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas, el presente pliego y de las Condiciones Generales de Contratación de EJIE y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los servicios.
Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el art. 60 TRLCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad, civil o mercantil, u otro tipo de entidad, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
No podrán, conforme a lo dispuesto en el art. 56 TRLCSP, concurrir a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. (ver anexo VI).
En cuanto a la documentación a presentar en el sobre "A" por las empresas no españolas de Estados Miembros de la Comunidad Económica Europea, al igual que por las demás empresas extranjeras, se estará a lo dispuesto en presente Pliego.
Producida la adjudicación del contrato y, en su caso, transcurridos los plazos para recurrir sin que se hayan interpuesto recursos, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
EJIE,S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso de la ejecución del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida, en su caso, y debiendo indemnizar, además, a EJIE, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Los recursos asignados a los servicios deberá pertenecer a la empresa adjudicataria, y en este caso el licitador deberá presentar la correspondiente acreditación (Informe de Trabajadores en Activo-ITA- o TC2, o equivalente) o, en el caso de que no pertenezcan a la empresa adjudicataria, el licitador deberá respetar las cláusulas establecidas en el presente pliego en relación a la subcontratación y acreditar la pertenencia a las empresas subcontratistas.
La adjudicataria/s deberán facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. Así mismo, deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE.
El equipo humano a incorporar tras la formalización del contrato para la ejecución de los trabajos deberá estar formado por componentes relacionados en la oferta adjudicataria y consecuentemente valorados. Si tras la adjudicación se observara que el equipo de proyecto no se corresponde con el de la oferta (requerimientos de solvencia técnica y profesional y oferta
técnica):
Xxxx que el adjudicatario presente justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, se procederá a:
La presentación por el adjudicatario de sustitutos/s con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir.
Aceptación de sustituto/s por parte de la Dirección del Proyecto de E.J.I.E.
Caso de que se demostrase que el cambio no se corresponde con causa justificada, de fuerza mayor y no imputable al adjudicatario, E.J.I.E. se reserva el derecho no solo a la aprobación de la persona o personas sustitutas, sino incluso a la revisión de la adjudicación y en su caso la rescisión del contrato, si este hecho fuera elemento determinante en la mencionada adjudicación.
Sobre los recursos asignados (para todos o para los que se exija en PCT), deberán acreditar la pertenencia a la empresa adjudicataria (aportación documentación acreditativa al respecto que exprese la referencia por persona). Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y apellidos) y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no se presentara justificación de la asignación de los mismos en la adjudicación, o no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la revocación del mismo
Durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato el adjudicatario se compromete, en todo momento, a facilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto de Ejie, a tales efectos, la información y documentación que ésta solicite para disponer de un pleno conocimiento de los trabajos desarrollados, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, y herramientas utilizados para resolverlos
EJIE, calificará la capacidad y solvencia
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que EJIE estime fundamental para considerar la oferta.
Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
Excedan del presupuesto máximo de licitación.
Aquellas en las que exista reconocimiento por parte de la licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
EJIE podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos en orden a la adjudicación de la contratación.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
EJIE se reserva la facultad de solicitar, en cualquier momento, antes o después de la adjudicación y durante el curso de los trabajos, de cualquier otro tipo de documento complementario, en orden a la comprobación de cuantos datos haya ofrecido la empresa adjudicataria, tanto respecto a la misma, como a los recursos de que disponga. La falsedad en el nivel o tipo de conocimientos técnicos y de las características de los perfiles y en el resto de documentación aportada por el adjudicatario puede conllevar la rescisión del contrato y adjudicación al siguiente en orden de puntuación.
Estructura normalizada y contenido de las propuestas
La licitación es exclusivamente electrónica.
Deberá presentarse en dos sobres separados antes de la fecha límite establecida:
A-Documentación de capacidad y solvencia y Propuesta técnica (criterios subjetivos).
B-Proposición económica y criterios objetivos.
La valoración se realizará en dos fases. Realizando en primer lugar la relativa a los criterios que implican juicio de valor, para posteriormente evaluar los criterios objetivos. La suma de ambos corresponde a la valoración total.
Sobre A Documentación acreditativa de la capacidad y oferta técnica.
Por un lado se aportará la “Documentación de capacidad y solvencia”, y contendrá los siguientes documentos:
I. Documentación de Capacidad:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución y escritura de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible según las leyes mercantiles. Si no lo fuera, la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
c) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra. Dicho poder deberá de estar debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil.
d) Declaración responsable y expresamente referida al contrato para el que se licita de que la empresa no está incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP. Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se realizará de la forma que previene el párrafo siguiente, se exigirá antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de 5 días hábiles.
El licitador podrá acreditar también el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social mediante las certificaciones administrativas expedidas a tal efecto por los órganos competentes de las Haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Haciendas Forales) y de la Administración de la Seguridad Social.
e) Toda la documentación a que se refieren los párrafos anteriores a) a d) ambos inclusive, podrá ser sustituida por un certificado en vigor del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o Registro de Contratistas del Estado.
Así mismo, toda la documentación relativa a los párrafos anteriores a) a d) ambos inclusive, podrá ser sustituida por una declaración responsable de cumplimiento de los requerimientos solicitados.
f) Cuando varios empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los que la forman deberá de acreditar su capacidad conforme a lo establecido en los puntos anteriores y deberá presentar un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y el nombramiento del representante o apoderado único con poderes bastantes que, una vez adjudicado el contrato, podrá ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes
mancomunados para cobros y pagos de cuantía significativa. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la Unión Temporal empresarios nacionales y extranjeros no comunitarios o del Espacio Económico Europeo con empresarios comunitarios o del Espacio Económico Europeo, los primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica.
g) Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia, que en su caso puedan ser exigidos.
- Documentación de solvencia-
II. Propuesta técnica
Oferta Técnica. Según los criterios técnicos y el índice establecidos en el presente pliego. Presentar documentación técnica del vehículo ofertado.
Sobre B. criterios objetivos
- Oferta económica
Se presentará oferta económica, según anexo I del presente pliego. En la oferta económica se considera que comprende, a todos los efectos, no sólo el importe de los bienes a suministrar, sino también la totalidad de los impuestos, a excepción del I.V.A., gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, derechos, gastos repercutibles, costes de transporte, entrega y, en su caso instalación, seguros, aranceles, licencias y autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación, hasta la entrega y recepción de los bienes o servicios, e incluso el beneficio industrial del contratista.
En el precio ofertado se entenderán ya incluidos todos los gastos de registro, transmisión, emisión y enmarcado de certificados, las dietas, los gastos de transporte y desplazamiento y/o cualquier otro gasto necesario para la realización del servicio.
15 Control y Seguimiento
Los servicios se realizarán con estricta sujeción al pliego, al programa de trabajos y, en todo caso, según las instrucciones que, en ejecución o interpretación de los mismos, diera Responsable Técnico de EJIE al adjudicatario.
EJIE podrá solicitar de la empresa adjudicataria la sustitución de cualquier persona asignada a los servicios objeto de contrato cuando existan circunstancias que así lo aconsejen o por una falta de adecuación al puesto y tareas que desarrolla dentro del servicio.
A este respecto, la empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral referidas al propio personal a su cargo. La empresa adjudicataria prestará el servicio con los perfiles y experiencia aportados en la oferta. La adjudicataria deberá acreditar la pertenencia de los recursos a su empresa o en caso de subcontratación aportar la documentación requerida en el presente pliego.
El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, los técnicos especialistas según figuran en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación preferente, responderá a las demandas de EJIE en un plazo que se estableciera en el pliego de condiciones particulares. Asimismo, el adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo establecido en su oferta, sin la expresa autorización del Jefe del Proyecto.
Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de EJIE y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
El adjudicatario responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que EJIE los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
No se prevé ni cesión ni subcontratación, y en todo caso, sin previa autorización expresa y escrita de EJIE, el adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros obligaciones o derechos que se deriven del presente contrato. Para la cesión, EJIE deberá dar su conformidad a la selección del cesionario o el subcontratado.
Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el objeto del contrato el Jefe del Proyecto redactará la oportuna propuesta, integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla.
16 Cesión y Subcontratación
Sin previa autorización expresa y escrita de EJIE, el adjudicatario no podrá ceder, subcontratar o traspasar a terceros obligaciones o derechos que se deriven del presente contrato. Para la cesión, EJIE deberá dar su conformidad a la selección del cesionario o el subcontratado.
A este respecto, el adjudicatario establecerá expresamente en su contrato con el cesionario o subcontratado, la obligación que este último tiene de cumplir todos los requisitos contenidos en la documentación contractual que vincula a ambas partes.
La prestación de dichos servicios por el cesionario o subcontratado deberá realizarse en las mismas condiciones que las establecidas para el adjudicatario.
El adjudicatario será responsable único ante EJIE de la prestación de los servicios adjudicados en su totalidad, independientemente de las responsabilidades que éste pueda exigir a sus suministradores o subcontratados.
17 Licitación electrónica.
Las ofertas se presentan a través de la aplicación de licitación electrónica en la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/contratacion
1.1. Procedimiento de licitación electrónica.
Quienes tengan interés en realizar la tramitación telemática deberán disponer del Certificado Electrónico reconocido, conforme a lo que se establece al efecto en aplicación de la Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública. Los certificados admitidos, así como sus características, se harán públicos en el Portal recogido en la cláusula siguiente.
Además del certificado previsto en el apartado anterior, las empresas interesadas que deseen licitar electrónicamente deberán estar dadas de alta y con certificación vigente en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La aceptación del procedimiento de licitación electrónica deberá ser expresa y supone, en cualquier caso su consentimiento para la utilización de los datos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a los únicos efectos de la comprobación de sus datos para las citadas licitaciones electrónicas.
La aplicación de Licitación Electrónica que utiliza el Gobierno Xxxxx se basa en tecnología J2EE y arquitectura técnica de 3 capas, que con un servidor de base de datos Oracle 8i, todos ellos bajo sistema operativo Unix Sun Solaris 2.8, versión 1, basada en protocolo LDAP y firma electrónica reconocida con certificado digital X509V3 (base 64) utilizado por la infraestructura de clave pública - PKI- de IZENPE S.A.
Todos los ordenadores personales que quieran conectarse al sistema deben tener un programa cliente de navegación Web con el software de reconocimiento de firma de IZENPE, S.A. configurado -I20H- Para asegurar la inviolabilidad de las ofertas, se descarga y ejecuta un applet firmado, basado en la librería secreta all.dll que efectúa el fragmentado, cifrado y envío de las mismas, así como su posterior descifrado y recomposición.
La utilización de medios telemáticos en los trámites contemplados en la presente Orden garantizará la identificación y el ejercicio de la competencia por el órgano que la ejerciese, así como la autenticidad, integridad y conservación de los documentos emitidos. En la tramitación telemática se utilizará la firma electrónica reconocida.
El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los/las licitadores/as serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por los/las funcionarios/as y autoridades legalmente autorizadas para ello.
A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas. El cifrado de las ofertas se realizará contra las claves públicas de quienes componen la mesa de contratación.
Las citadas claves se publicarán en el anuncio de licitación o invitación a licitar en el expediente concreto de que se trate. Para su recomposición y descifrado será necesaria la participación en el acto de apertura, del quórum legalmente necesario de miembros de la mesa con sus correspondientes certificados de firma electrónica reconocida.
Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos informáticos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf., sxw, .abw, .jpg, .bmp, .tiff, .zip, y .72.
Con el objetivo de minimizar en lo posible la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad de las ofertas enviadas, se recomienda el envío de las mismas en los formatos .pdf, .rtf,
.sxw, .jpg y .tiff.
Las ofertas se enviarán libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura, y es responsabilidad de quien licita velar por que esto sea así.
En cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no determinarán, por si misma, la exclusión de la misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
Aun habiéndose anunciado la posibilidad de participar telemáticamente en una licitación, la mesa de contratación, y en su defecto el órgano de contratación, podrán dejar temporalmente sin efecto la posibilidad de presentar ofertas telemáticas cuando no fuere posible la licitación por esta vía por problemas de tipo técnico.
En este caso, en la medida de lo técnicamente posible, se advertirá expresamente de la situación a través de un mensaje en la página web de licitación electrónica.
18 Publicidad de las aperturas económicas.
APERTURA | ON LINE |
ECONOMICA | OFF LINE | xxxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xx. html?video=EJIE-XXX-20XX-AE.flv |
En el apartado sombreado en gris, se debe introducir el número de expediente del que queremos visualizar la apertura, por ejemplo, para visualizar la apertura técnica del expediente 001/2016 se indica 001-2016-AT para aperturas técnicas y 001-2016-AE para la apertura económica de ese expediente.
19 Análisis de las ofertas
Se examinará con carácter previo el contenido del sobre “A” y calificará los documentos presentados por licitadores y licitadoras en tiempo y forma.
Subsanación
En caso que observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará a las licitadoras afectadas, concediéndoles un plazo de hasta tres días hábiles para la corrección o subsanación de defectos subsanables en la documentación presentada. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida dará lugar a la no admisión definitiva por la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, y de solvencia mínima exigida.
Exclusión de proposiciones
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
o Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que EJIE, S.A. estime fundamental para considerar la oferta.
o Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
o Excedan del tipo máximo de licitación.
o Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido.
o En las que existiese reconocimiento por parte del licitador o licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
o Quedarán descartadas las proposiciones que no cumplan con un umbral mínimo requerido, si se establecen fases de valoración de las mismas.
20 Garantía y confidencialidad
En relación al objeto definido, el contratista podrá tener acceso a información confidencial propiedad de EJIE, y de Gobierno Xxxxx o entidades que conforman el sector público xxxxx.
La Dirección del proyecto entregará la información y documentación que considere necesaria para la realización del presente trabajo, debiendo la empresa adjudicataria comprometerse a:
Tratar con absoluta confidencialidad todo el material y la información que reciba como consecuencia de los trabajos realizados objeto de la adjudicación, durante el periodo de tiempo de duración de la misma,
No utilizar la misma para otros fines que los recogidos en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
No duplicar, copiar, revelar, ceder o vender total o parcialmente la información obtenida, en todo o en parte, a terceros sin autorización escrita de Ejie,
Advertir a sus empleados de sus obligaciones respecto a la confidencialidad de la información, velando por el cumplimiento de la misma,
Restringir la utilización de la información obtenida como consecuencia de los trabajos realizados objeto del presente pliego de bases técnicas, exclusivamente para aquellos empleados que tengan necesidad de conocerla y con la finalidad de realizar los trabajos expuestos.
Poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información y documentación recibida de Ejie, como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
La devolución de toda la información, material y/ soportes informáticos obtenidos, así como a la descarga de la misma de sus equipos informáticos o (si existieran), una vez finalizado el periodo de contratación correspondiente.
En cualquier caso, el personal prestatario del servicio se compromete al cumplimiento de las políticas de seguridad de Ejie.
Cualquier infracción en este sentido será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades penales, o de otro tipo, en que se puedan incurrir.
Con la finalidad de mantener el carácter confidencial de dicha información, el contratista se compromete a cumplir las estipulaciones que se convienen a continuación.
Se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre toda la información tratada o albergada por EJIE a la que tenga acceso, y que a todos los efectos será considerada por parte del contratista como información confidencial.
No comunicará en ningún caso a terceras partes la información a la que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación. De forma específica, no revelará nunca sin el consentimiento previo por escrito, a proveedores, clientes o terceras partes, ninguna información
de cualquier naturaleza que pueda llegar a su conocimiento en el curso de los trabajos.
El carácter confidencial afectará igualmente a cualquier informe, comunicación oral o escrita emitida por las partes, en relación a la información derivada del presente contrato, y no deberá ser mostrado a terceros, ni distribuido, ni mencionado públicamente sin el consentimiento previo de EJIE.
Mantendrá en todo momento todas las medidas de carácter técnico y organizativo necesarias para garantizar la seguridad (integridad, disponibilidad y confidencialidad) de la información que le sea entregada o facilitada por EJIE o a la que tenga acceso, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado durante la realización de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos que, en cada caso, le hubieran sido encargados por EJIE.
Garantiza que las actividades llevadas a cabo por su personal se limitarán única y exclusivamente a las tareas necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Asimismo informará a su personal, colaboradores y/o subcontratistas de las obligaciones establecidas en el presente contrato, así como de las obligaciones relativas al tratamiento de la información a la que tenga acceso. De forma específica, realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con su personal, colaboradores y subcontratistas con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
Reconoce y asume durante el tratamiento de información de EJIE que el acceso a la información se llevará a cabo únicamente si tal acceso es necesario para la realización de los trabajos, proyectos, servicios y/o pedidos contratados. Durante dicho acceso y tratamiento de la información respetará todas y cada una de las políticas, normativas y procedimientos establecidos por EJIE sin menoscabo de todas las políticas, normativas y procedimientos establecidos de forma autónoma por el contratista, que serán igualmente de obligado cumplimiento siempre que repercutan en un mayor nivel de seguridad. En caso de conflictos, prevalecerán en todo caso las políticas, normativas y procedimientos establecidos por EJIE.
Una vez concluida la realización de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos que en cada caso se le encomienden, procederá a devolver a EJIE o a destruir la totalidad de la información que hubiere recibido en cualquier formato, no pudiendo en ningún caso conservar en forma alguna copia, total o parcial, de dicha información o de cualesquiera otra que hubiera podido generarse a resultas del cumplimiento de los trabajos, proyectos, servicios y pedidos encargados.
Garantiza que el deber de confidencialidad y secreto profesional subsistirá aun después de finalizar la realización de los trabajos encargados, así como, en su caso, tras la finalización por cualquier causa del presente contrato, teniendo dicha obligación de confidencialidad una duración indefinida.
21 Protección de datos
La realización por parte del adjudicatario de los servicios objeto del presente contrato, pueden conllevar la necesidad de entregar o facilitar al adjudicatario ficheros que incluyan datos de carácter personal, considerando como tales todos aquellos afectados por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, Reglamento LOPD), así como a datos, ficheros o programas relacionados con la actividad industrial, comercial o de servicios de EJIE.
El adjudicatario se compromete a garantizar y mantener el nivel de seguridad que corresponda, en cada caso, a los ficheros que contengan datos de carácter personal y que puedan serle facilitados o a los que hubiere de tener acceso para la realización de cualquier trabajo o servicio que pudiere serle encargado por EJIE, en el ámbito del presente contrato.
A efectos del cumplimiento de la LOPD, el adjudicatario manifiesta y garantiza que dispone y tiene implantados en su organización los procedimientos de acuerdo a la normativa de seguridad de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento LOPD. Dicha normativa de seguridad tiene perfectamente establecidos los oportunos mecanismos de identificación y comprobación de las personas que pueden tener acceso a sus recursos y sistemas de información, así como a los ficheros que contengan o puedan contener datos de carácter personal. Igualmente, la mencionada normativa de seguridad tiene también establecidos los procedimientos de control de soportes en que puedan hallarse datos de carácter personal, así como los procedimientos de control de incidencias que pudieran afectar a la seguridad de los datos de carácter personal.
Ambas partes se comprometen a observar los derechos y obligaciones de cada una en materia de uso tratamiento y cesión de datos de carácter personal en cumplimiento de los términos establecidos la LOPD. Reglamento LOPD y demás normativa complementaria, asumiendo cada una de ellas personalmente las responsabilidades derivadas de los incumplimientos en que pudieran incurrir.
El adjudicatario permitirá a EJIE el acceso a los archivos de datos de carácter personal y a los procedimientos de conservación de los ficheros asumidos por él y le dará derecho a investigar cualquier sospecha de infracción de la legislación en la materia de protección de datos de carácter personal.
22 Propiedad intelectual
EJIE es titular y goza de todos los derechos de propiedad intelectual que puedan derivarse del presente pliego, en relación a productos, subproductos y demás elementos derivados de los servicios. Así mismo, todo producto o subproducto derivado de la prestación de los servicios objeto de la contratación de los servicios objeto de este expediente no podrá ser utilizado para otros fines fuera del ámbito de contratación objeto del mismo si en permiso expreso y por escrito de EJIE.
Las partes se obligan a dejar constancia en documento oportuno, cuando fuera necesario, para la debida constancia pública de todo lo relativo a la propiedad intelectual de EJIE, ante cualquier Organismo o
Registro de la Comunidad Autónoma y de la Administración General del Estado, o de otras Comunidades Autónomas.
La relación contractual a formalizar no representará la concesión a favor del adjudicatario de ningún tipo de derecho de propiedad industrial e intelectual propiedad de los fabricantes o de EJIE.
En ningún caso el adjudicatario permitirá que ningún tercero use la Propiedad Industrial e Intelectual salvo que se encuentre expresamente autorizado por EJIE.
El adjudicatario se abstendrá de usar, emplear o intentar registrar cualquier derecho de Propiedad Industrial e Intelectual que sean idénticos o similares a la que es propiedad de EJIE o de los fabricantes, perdurando esta obligación incluso a la finalización del presente contrato.
El adjudicatario no podrá realizar ningún acto de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de cualquiera de los elementos que son titularidad exclusiva o para lo que está autorizado EJIE sin la autorización expresa por su parte.
El adjudicatario se compromete a utilizar los productos o servicios facilitados por EJIE únicamente para la prestación de los citados servicios, respetando en todo caso las condiciones establecidas en las referidas licencias.
La empresa adjudicataria será responsable de los daños o perjuicios que se deriven del incumplimiento de la presente cláusula. Así mismo, a la finalización de los trabajos entregará a EJIE toda la documentación, códigos, software, materiales, librerías, etc. descrito en el presente pliego y el pliego de prescripciones particulares.
23 Ofertas con valores anormales o desproporcionados
Teniendo en cuenta lo expuesto en el artículo 152 del TRLCSP, cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, se podrán apreciar ofertas anormales o desproporcionadas aquellas en que la oferta económica sea inferior en más de un 20 puntos porcentuales a la media de todas las ofertas presentadas. Si en función de la aplicación de dicho límite, se apreciaran oferta u ofertas anormales o desproporcionadas, se excluirá la ofertas u ofertas que no pueden ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. Para apreciarlas se emitirá informe técnico pertinente.
El procedimiento a seguir será el que se establece en el artículo 152.3 del TRLCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia a la licitadora que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. En el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, que emitiría informe técnico pertinente.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por la licitadora y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
24 Ejecución del contrato
El contrato se realizará con estricta sujeción las especificaciones técnicas, al programa de trabajos descritos en el presente documento, y, en todo caso, según las instrucciones que, en ejecución o interpretación de los mismos, diera Responsable Técnico de EJIE a la adjudicataria.
EJIE podrá solicitar de la empresa adjudicataria la sustitución de cualquier persona asignada a los servicios objetos de contrato cuando existan circunstancias que así lo aconsejen o por una falta de adecuación al puesto y tareas que desarrolla dentro del servicio y la adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la adjudicataria, por cuanto éste tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral referidas al propio personal a su cargo. La empresa adjudicataria prestará el servicio con los perfiles y experiencia aportados en la oferta. La adjudicataria deberá acreditar la pertenencia de los recursos a su empresa o en caso de subcontratación aportar la documentación requerida en el presente pliego.
El adjudicatario deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE y así mismo la adjudicataria tiene la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la empresa contratista, única que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa contratista de las obligaciones asumidas en virtud de esta cláusula, EJIE fuera condenada al pago de cantidades solidario con la empresa contratista, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos EJIE se reserva el ejercicio de cualesquiera acciones, en el orden jurisdiccional competente en cada caso, que sean adecuadas o convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas.
Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de EJIE y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
La empresa adjudicataria, en virtud de lo expuesto en el art. 20.2 de la Ley 4/2005, realizará, durante la ejecución del contrato, medidas tendentes a promover la igualdad de mujeres y hombres.
25 Responsabilidad
Independientemente de los previsto en la legislación vigente y aplicable a la reparación de daños y a las acciones relativas a las potenciales indemnizaciones por daños y perjuicios, el contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución del contrato causen a EJIE o a terceros, por defectos o insuficiencias técnicas, o de errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios así como de incumplimientos en materia de calidad o seguridad que contravengan a los procedimientos de acreditación obtenidos por el contratista (certificaciones de calidad, seguridad etc.).
La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al contratista alcanzará el valor del daño y perjuicio causado y el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados. Será exigible dentro del término de quince años contados desde la notificación de la misma por EJIE.
En todo caso, la contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
En relación con la ejecución de lo pactado, el desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, Xxxxxxx o normas de toda índole aprobadas por EJIE y publicados en el ámbito del expediente de contratación, no eximirá a la contratista de la obligación de su cumplimiento.
El contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a EJIE, con arreglo al estricto al pliego de condiciones técnicas y pliego de condiciones particulares y a los términos del contrato incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social y laboral.
26 Finalización de los servicios
Son causas de rescisión y resolución del contrato, además de las previstas en el artículo 223 del TRLCSP y
1.290 y siguientes del Código Civil.
Además de las citadas serán causas de resolución las siguientes:
Incumplimiento de las directrices establecidas por EJIE para la prestación de los servicios.
Quedarán automáticamente resuelto al final del período contratado.
Los que supongan un incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del presente contrato.
Incumplimiento reiterado en los plazos totales o parciales de prestación de los servicios.
Inadecuación de los servicios realizados respecto de los demandados por EJIE.
El incumplimiento en la normativa y cláusulas de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
Incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
27 Sometimiento voluntario a Tribunales
Para los conflictos que puedan surgir entre las partes, éstas, en la jurisdicción que resulte competente, se someten voluntariamente a los Juzgados y Tribunales de Vitoria-Gasteiz.
28 ANEXO I- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./DÑA. ..........................................., con domicilio en........................., calle y provisto
de D.N.I. ........................., en nombre propio o en representación de la empresa con
domicilio en ..............., calle .................................................. .C.P. .............Xxxx y
C.I.F.......................
DECLARO
. Que he quedado enterado / enterada del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto.............................................................................
. Que igualmente conozco el pliego y resto de documentación que rige el presente expediente, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
. Que ni yo, ni la empresa a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas, señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de Contratos del Sector Público
. Que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicataria provisional, a presentar en un plazo legal establecido, la acreditación de tal requisito.
. Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación, funcionamiento y ejercicio de la actividad.
. Que, en relación con el servicio de la presente oferta, propongo su realización por el siguiente importe de (1)
Importe sin IVA | TOTAL IVA incluido | |
CUOTA MENSUAL | ||
TOTAL CUOTA (48 meses) |
1 Todos los importes deberán tener dos decimales
*Todas las ofertas se presentarán con dos decimales, no se aceptarán aquellas que no sigan este modelo y/o que no respeten el nº de decimales exigidos.
en cuyo precio deben entenderse incluidos todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, derechos, gastos repercutibles, costes de transporte, entrega y, en su caso instalación, seguros, aranceles, licencias y autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación hasta la entrega y recepción de los bienes y el beneficio industrial del contratista y todo tipo de impuestos a excepción del I.V.A., del que se especificará el tipo (%) e importe total.
En , a de de 2017.
Fdo.: D.N.I.:
29 ANEXO III IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Domicilio a efectos de notificaciones | ||||
Teléfono contacto para este expediente | ||||
Correo electrónico |
DECLARO
1- Que para la prestación de los servicios/suministros objeto del presente expediente, la empresa a la que represento, cumple con lo establecido en los artículos 45 y 48 de la Ley 3/2007.
2- Que la empresa a la que represento, para el presente expediente, reúne las siguientes circunstancias en materia de igualdad de hombres y mujeres:
Marcar la casilla que proceda2 | ||
SI | NO | |
Ha elaborado y aplica un Plan de Igualdad | ||
Cuenta con un reconocimiento en materia de igualdad por parte de una Administración Pública | ||
Ha adoptado medidas que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y ha arbitrado procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo |
2 Marcar con una “X” la opción que corresponda a su empresa
3- Que la empresa a la que represento, en caso de resultar adjudicataria del presente expediente, se compromete, en caso de que no lo haya realizado hasta ahora, a adoptar las medidas que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo así como a arbitrar procedimientos específicos para su prevención y pada dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo, dentro de un plazo de 12 meses desde la formalización del contrato.
4- Que la empresa a la que represento, en caso de ser adjudicataria del presente expediente, se compromete, en el caso de no haberlo realizado hasta ahora, a elaborar y aplicar un plan de igualdad, dentro de un plazo de 12 meses desde la formalización del contrato.
Lo firmo, a los efectos legales oportunos,
En , a de de 20 .
30 ANEXO NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
D./Dña. | DNI | |||
domicilio | CP | calle | ||
En nombre propio o representación de | ||||
C.I.F. | ||||
Teniendo en cuenta lo establecido en la disposición adicional decimoquinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ACEPTO Y ADMITO - Que las notificaciones se realicen por medios informáticos, electrónicos o telemáticos durante la tramitación del presente expediente de contratación. - La dirección de correo electrónico para las notificaciones será: | ||||
DIRECCIÓN DE CORREO-E: | ||||
Firmado:
En Vitoria-Gasteiz, a xx de xxxx de 20xx