Contract
EXP. 0H1142 CONTRATO DRCP/22169
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADA EN ESTE CASO POR EL MTRO. XXXXXXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE ESTE ORGANISMO, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", Y POR LA OTRA PARTE, EL(LA) LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ, COMO "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLA RAC IO NES
/.- Declara "LA COMISIÓN:"
1.- Que en el artículo 3º de la Ley Orgánica de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México se establece que la Comisión es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos, establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Asimismo, combate toda forma de discriminación y exclusión, consecuencia de un acto de autoridad a cualquier persona o grupo social.
2.- Ser una persona moral, legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas.
3.- Que el MTRO. XXXXXXX XXXXX XXXXXX acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número 27 ,764 libro 443, de fecha 06 de Diciembre de 2018, pasado ante la xx xxx Xxxxxxx Público Número 190 de la Ciudad de México, Lic. Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxx, concedido por la C. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.
4.- Que para los efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en Av. Universidad número 1449, colonia Pueblo Axotla, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México.
5.- Que cuenta con los recursos suficientes para cubrir el importe de los honorarios de "LA PERSONA PRESTADORA DE
SERVICIOS", conforme a la partida presupuesta! 1211 de su Clasificador por Objeto del Gasto.
11.- Declara "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS":
1.- Ser de Nacionalidad 1 con Reaistm FRrlP.ral de Contribuyentes Número 1 . domicilio en
• quien se identifica mediante documento oficial cuya copia simple se agrega a este contrato como Anexo 1,
previo cotejo.
2.- Que esta capacitada y tiene los conocimientos, la experiencia y los recursos técnicos necesarios para prestar los servicios profesionales requeridos por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de "LA COMISION" y cuyas características son de su conocimiento, como lo acredita con la documentación agregada a este contrato como Anexo 2.
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3.- Bajo protesta de decir verdad, que no desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en el servicio '\. público, ni tiene otro empleo o vínculo laboral o profesional que le impida o afecte el libre ejercicio de los servicios que prestará; que no se encuentra inhabilitado para la prestación de éstos o la suscripción del presente contrato; que no es parte
en algún juicio del orden civil, mercantil o laboral, seguido en contra de alguna dependencia, entidad, organismo público autónomo o institución pública, y que no se encuentra en algún otro supuesto o situación que pudiera generar conflicto de intereses para prestar los servicios profesionales objeto del presente contrato.
11/.- LAS PARTES DECLARAN:
1.- Que de acuerdo a sus necesidades, para atender temporalmente el incremento en la demanda de servicios públicos a cargo del área requirente y procurar el mejor cumplimiento de sus programas, "LA COMISIÓN", esta interesada en contratar de manera eventual los servicios de "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS", debido a su capacidad, conocimiento, experiencia, habilidad y especialización, y éste(a) se encuentra interesado(a) en prestar sus servicios profesionales a dicho organismo.
2.- Que este contrato se celebra de conformidad con lo dispuesio por los artículos 2606 al 2615 y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal, por lo que los honorarios pactados como contraprestación a favor de "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS", a cambio de la ejecución de los servicios estipulados en las cláusulas del contrato que a continuación se detallan, no estarán sujetos a los descuentos, aportaciones y prestaciones señalados en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los Lineamientos Generales de Trabajo de los Servidores Públicos de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, al no ser aplicable a esta relación contractual la legislación laboral. c=-->1
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EXP. 0H1142 CONTRATO DRCP/22169
CLÁUSULAS
PRIMERA. "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" y ''LA COMISIÓN", celebran el presente contrato civil, en virtud del cual la primera se compromete a prestar servicios profesionales por honorarios, de manera independiente, consistentes en examinar de acuerdo con su capacidad, conocimiento, experiencia, habilidad y especialización, los asuntos encomendados o asignados expresamente por ta DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, coadyuvar a su atención, substanciación, registro y seguimiento, elaborar documentos relacionados con su tramitación e informar a "LA COMISION'' sobre sus servicios las veces que se le requiera; en tanto que ésta se obliga a retribuir dicha prestación mediante el pago de honorarios profesionales. en los términos que más adelante se estipulan.
SEGUNDA. "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" se obliga a aplicar su capacidad, sus conocimientos, su experiencia y sus recursos técnicos, para cumplir satisfactoriamente con las actividades previstas en la Cláusula anterior, a prestar los servicios con el mayor C4Jidado y eficiencia que se requiera y a responder de su xxxxx.xx y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los danos y perjuicios que por Inobservancia o negligencia de su parte se causaren a "LA COMISIÓN"
TERCERA. "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" se obliga estrictamente a desempeñar los servicios profesionales objeto del contrato en forma personal e independiente, bajo las siguientes condiciones y obligaciones:
1.- En la �jecución de sus servicios actuará de manera independiente y con libertad de acción, por lo que no estará obligada a sujetarse:a un horario determinado ni a dedicar determinado número de días u horas a la prestación de sus servicios, y tendrá plena libertad para emplear su tiempo del modo que le convenga y dedicarse a otras actividades, siempre y cuando no representen conflicto de intereses. impidan la prestación de los servicios convenidos o le lleven a excusarse del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
2.- Los ingresos que obtenga en los términos de este contrato, son de naturaleza complementaria a otros que, en su caso. llegare a,perciblr.
3.- Las comunicaciones que tenga con "LA COMISION", para el cumplimiento del presente contrato y su participación en reunioner; de trabajo o actividades de "LA COMISIÓN", relacionadas con el objeto de este contrato. de ninguna manera podrán entenderse como órdenes de trabajo ni como actividades subordinadas.
4.- "LA COMISION" podrá gestionar la apertura de una cuenta de correo electrónico para "LA PERSONA PRESTADORA DE SER1/ICIOS", para que la utilice exclusivamente en la prestación de sus servicios y el cumplimiento de sus obligaciones relaciona'das, la cual podrá ser institucional o personal, de acuerdo con la disponibilidad. En el primer caso, "LA COMISION" podrá bloquear su acceso en caso de mal uso o pasados sesenta días de que "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" haya dejado de prestar los mismos, e incluso podrá cancelar la cuenta después de haber sido bloqueada, previo respaldo de la información pública archivada. En caso de que la cuenta habilitada sea personal, su administración será respons.-bilidad exclusiva de la persona usuaria y a la conclusión de sus servicios. quedará bajo su dominio directo.
5.- Al prestar sus servicios deberá observar las políticas planes. modelos, sistemas, programas y normas. que "L..A COMISION" aplique o determine, así como el régimen de responsabilidades administrativas y las obligaciones de confidencialidad, resguardo de información. protección de datos personales y demás aplicables por el acceso que llegaren a tener a los expedientes, bases de datos y sistemas de "LA COMISION" y demás información de carácter reservado y confidencial, por lo que no podrá usar nI divulgar a terceras personas, los datos y resultados que conozca u obtenga, ni la informaq6n que "LA COMISIÓN" le proporcione o a la que tenga acceso, con motivo de la prestación de servicios objeto de este contrato, por medio de publicaciones, informes, cesión de archivos o cualquiera otra forma.
6.- No podrá, con motivo de la prestación de los servicios contratados, asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualqulef persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
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7.- En caso de cambio de domicilio, deberá Informar por escrito a "LA COMISION" a fin de que ésta pueda hacerle llegar �"-J cualquier comunicación, considerando que si no lo hace oportunamente, éstas se tendrán por hechas válidamente si &e realizan �n el último domicilio registrado.
8.- No podrá ceder en forma parcial nI total, en favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones
derivados del presente contrato, por lo que será la única responsable de su prestación cuando no se ajusten a los términos y condiciones de este contrato.
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EXP. 0H1142 CONTRATO DRCP/22169
9.- "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" comunicará a "LA COMISION" cualquier hecho o circunstancia que por virtud de los ser.,icios prestados pudieran beneficiar o evitar perjuicio a la misma.
10.- "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" no será respollsable por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que le impida, parcial o totalmente, cumplir con las obligaciones contraídas por virtud del presente contrato, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados.
SERVICIOS"
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económica
X.xx condiciones y obligaciones contenidas en este contrato, no implican subordinación de "LA PERSONA PRESTADORA DE con "LA COMISIÓN", por lo que no se limita de manera alguna su libertad de operación respecto de la prestación ni sus ocupaciones, no gozará de prestaciones y la contraprestación a que tendrá derecho será la retribución
de los servicios profesionales prestados, mediante el pago de honorarios asimilables a salarios.
CUARTA. El presente contrato tendrá una vigencia del 01 xx Xxxx.o al 31 xx Xxxxx del 2024
00/100 M.N.) , bajo el régimen fiscal de eh><ohniobrarios profesionales asimilables a salarios, menos el Impuesto sobre la renta
QUINTA. "LA COMISIÓN" retnbuirá a "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" por la prestación del servicio, mediante el pago de una contraprestación total mensual que asciende a la cantidad de $18,127.00 (Dieciocho Mil Ciento Veintisiete Pesos
CcoOrrMesISpIoÓnNdi"e.nte, que se le pagará en dos
iciones, los días 10 y 25 del mes, efectuándose el pago en el domicilio de "LA
"LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" comunica a "LA COMISIÓN", que opta por que et pago del impuesto sobre la
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rresponda como persona física con motivo de la prestación de sus seNicios profesionales en los términos del 3to y se efectúe en los términos del Capitulo I del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo cual se le
extenderá la constancia de retención correspondiente.
SEXTA. El presente contrato se dará por terminado sin responsabilidad para las partes al terminar la vigencia del mismo. No obstante, "LA COMISIÓN" en cualquier momento podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad cpoanraaél smtaenyossin10ne(cedieszid) addiadsenqautueramleesdideereasnotilcuipciaócnióJun.dicial alguna, dando aviso a "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS"
"LA COMISIÓN" también podrá rescindir este contrato, sin necesidad de juicio ni aviso previo, por cualquiera de las siguientes causas imputables a "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS".
a) Prestar los servicios profesionales deficientemente. de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;
b) No observar la debida confidencialidad y reserva de la Información a la que tenga acceso como consecuencia de la prestación de los servicios profesionales encomendados,
Ce)OSMulsispOenNd"e; r injustificadamente la prestación de los servicios profesionales o negarse a corregir lo rechazado por "LA
d) Xxxxxse a informar a "LA COMISION" sobre la prestacién y/o el resultado de los servicios profesionales solicitados;
e) Impedir el desempeño normal de labores de "LA COMISION" durante la prestación de los servicios;
f) Si se comprueba que la protesta a que se refiere la declaración 11.3 se realizó con falsedad;
g) lncu¡nplir cualquiera de tas obligaciones establecidas en este contrato o Infringir las normas que lo rigen; \ hi) Ser rems ovido o 8inhaabilitnado por alguna de las causas establecidas en le normatívidad relativa a los actos de particulares �
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�: ;:::::::�:::: se requieran sus servicios o se considere necesario \�\
previo aviso que realice en el plazo sel'lalado en el párrafo que antecede, a efecto de que ésta tome las medidas
a "LA COMISIÓN"
Asimismo, "LA PERSONA PRESTADORA OE SERVICIOS" podrá dar por concluido de manera anticipada el presente contrato, \
pertinentes y no se afecte su funcionamiento. "LA COMISIÓN" se reserva el derecho de aceptar la terminación anticipada del contrato, sin que ello implique desistir de ejercer las acciones legales que. en su caso, procedan
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SÉPTIMA. Cuando por cualquier causa se termine el presente contrato, "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" devolverá a "LA COMISIÓN" toda la documentación que obre en su poder y se abstendrá de dar información alguna a terceros, relacionada con la prestación de servicios objeto de este contreto, toda vez que tal información se considerará como secreto profesional y por consiguiente se estará a lo dispuesto por la legislación penal aplicable.
OCTAVA. En este contrato, las partes se han obligado en la forma y términos que a sus intereses convienen, con pleno conocimiento de los derechos y obligaciones recíprocos contenidos en él y sobre la base de que "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS" satisfaga los requisitos y condiciones relacionados con el desempeño de su actividad profesional independiente.
NOVENA. "LA COMISIÓN", no adquiere ni reconoce obligación alguna en términos de la legislación laboral a favor de "LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS", en virtud de que la relación contractual que consta en este instrumento se rige por la legislación civil y no le son aplicables los artículos 1 º y 8º de la Ley Federal del Trabajo, supletoria de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
DÉCIMA. Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales del fuero común de la Ciudad de México, con exclusión de cualquier otro fuero que por razón de su domicilio o por cualquier otra causa, les corresponda.
Leido por las partes que intervienen en el presente contrato, lo firman al margen de cada una de sus fojas útiles y al calce, en la Ciudad de México, el 01 xx Xxxxx del 2024.
LA PERSONA PRESTADORA DE SERVICIOS
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
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