BASES PROMOCIÓN “SORTEO Y JUEGO INSTANTÁNEO REAL MAGIC DE COCA-COLA®”
BASES PROMOCIÓN “SORTEO Y JUEGO INSTANTÁNEO REAL MAGIC DE COCA-COLA®”
NO ES PRECISO HACER NINGUNA COMPRA PARA PARTICIPAR Y GANAR.
1. EMPRESA RESPONSABLE ORGANIZADORA DEL CONCURSO: COCA-COLA SERVICES, N.V., con domicilio en 0000 Xxxxxxx xx Xxxx, X 0000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx, y con C.I.F BE0462.525.791 (En lo sucesivo denominada "CCS”).
2. PERIODO PROMOCIONAL: En el territorio nacional español peninsular y Baleares, la Promoción comienza a las 13:00 horas del 10 de octubre de 2021 y finaliza a las 23:59 horas del 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx de Promoción").
En Canarias, la Promoción comienza a las 12:00 horas del 10 de octubre de 2021 y finaliza a las 22:59 horas del 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (xx "Xxxxxxx de Promoción").
El ordenador del Organizador es el cronómetro oficial de esta Promoción.
3. ÁMBITO: El Concurso está dirigido a todas las personas con acceso a internet mayores de 14 años y residentes legales en España.
4. COMUNICACIÓN DEL CONCURSO: Se comunicará a través de los xxxxxxx xx xxxxx sociales propios de Coca-Cola (Instagram, Twitter y Facebook); a través de la web xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx y xxxxx://xxx.xxxx-xxxx.xxx/xxxxxxxxx ; y a través de las redes sociales de los influencers de Xxxxxx contratados para la campaña.
5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN:
5.1. Previo a la participación- Registro e identificación
Para participar en la Promoción será necesario que el Participante se identifique como usuario en xxx.xxxxxxxx.xx.
En caso de que no estuviera registrado, deberá registrarse en el apartado preparado a tal efecto en la página web xxx.xxxxxxxx.xx.
En el caso de que el participante ya estuviera registrado bastará con que se identifique con su usuario y contraseña.
El usuario no podrá cambiar su nombre de usuario mientras dure la Promoción.
5.2 Buscar y encontrar Códigos:
• Durante el Período de Promoción, se podrá acceder al vídeo de la Promoción (“Video”) en xxx.xxxx-xxxx.xxx/xxxxxxxxx y en los anuncios publicitarios en televisión y en otros lugares de Internet.
• El Vídeo contiene 25 códigos del juego (cada uno de ellos, un “Código”) ocultos a lo largo del Vídeo.
• El participante puede introducir y jugar con uno o más Códigos en cualquier momento durante el Período de Promoción; no obstante
• Cada Código sólo permite participar 1 única vez en la Promoción para cada Usuario durante el Período de Promoción.
• Códigos Adicionales: Además de los 25 Códigos que pueden obtenerse durante el Período de Promoción, habrá diez Códigos Adicionales que serán anunciados por separado por “streaming” en directo por influencers de Twitch dentro del Periodo Promocional.
• Así, cada Usuario registrado podrá participar un máximo de 35 veces en la Promoción.
5.3 Participación:
1. Participante deberá Identificarse (ver apartado 5.1).
2. Deberá introducir el Código y recibirá una inscripción para el Sorteo y
3. Al instante sabrá si es un posible ganador de uno de los premios del Juego Instantáneo.
6. PREMIOS:
6.1.- PREMIOS DEL JUEGO INSTANTÁNEO:
Los Ganadores no pueden cambiar, canjear ni ceder los premios.
El Organizador se reserva el derecho a sustituir un premio por otro de igual o mayor valor.
6.1.1 ASIGNACION PREMIOS DEL JUEGO INSTANTANEO.
o A cada uno de los 35 códigos posibles de la Promoción se les ha asignado de forma previa y confidencial, uno de los Premios del Juego Instantáneo, ya sea un Premio consistente en “Bits de Twich” (ver apartado 6.1.2), ya sea una Ilustración digital (ver apartado 6.2.3).
o Cada vez que un usuario, participe y por tanto introduzca su Código, un sistema informático basado en un algoritmo le podrá asignar de forma aleatoria “PREMIO” O “NO PREMIO”.
o En el supuesto de que le asigne Premio, le corresponderá el Premio asignado a ese Código.
o En el supuesto de que le asigne “No PREMIO”, le corresponderá una ilustración de Xxxx (ver apartado 6.1.4)
6.1.2 PREMIOS CONSISTENTES EN BITS DE TWITCH:
Los Bits de Twitch son un producto virtual que se puede adquirir en Twitch y que ofrece la posibilidad de animar y apoyar a los streamers, interactuar en un chat a través de emoticonos animados, obtener notoriedad a través de insignias, cuadros de clasificación y el reconocimiento del streamer e, incluso, abrir premios durante acontecimientos deportivos especiales.
Los ganadores recibirán un correo electrónico con un código único y con las instrucciones de canje. El código del premio se deberá canjear en xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxx por el Bit de Twitch correspondiente antes del 10/10/2022.
Los bits de Twitch y su utilización están sujetos a las Condiciones de Servicio y a las políticas de Twitch (xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/x/xx/xxxxx/xxxxx-xx-xxxxxxx), incluidas la Política de uso aceptable de los bits, que puede ser actualizada periódicamente.
Para canjear los bits de Twitch es preciso disponer de cuenta de Twitch y registrarse de forma gratuita en Xxxxxx.xx.
Unidades disponibles (990):
i. (60) 25.000 bits de Twitch – VCA de cada premio: 388 Euros
ii. (80) 10.000 bits de Twitch – VCA de cada premio: 130 Euros
iii. (200) 5.000 bits de Twitch – VCA de cada premio: 65 Euros
iv. (150) 2.500 bits de Twitch – VCA de cada premio: 32 Euros
v. (500) 500 bits de Twitch – VCA de cada premio: 6,50 Euros
Los premios están valorados en dólares americanos por lo que su valor puede sufrir variaciones por tipo de cambio.
6.1.3 PREMIOS DE ILUSTRACIONES DIGITALES ALEATORIAS:
Las ilustraciones digitales consisten en un archivo de imagen con la representación gráfica conseguida en formato digital. Las ilustraciones digitales no tienen valor comercial.
vi. Mago
vii. Elfo
viii. Lagarto
ix. Armadura de orco
x. Armadura de elfo
xi. Atuendo xx xxxx
xii. Armas y banderas
xiii. Orco hembra
- Los ganadores de los premios recibirán un correo electrónico con un link para canjear las ilustraciones digitales.
6.1.4 ILUSTRACIÓN DIGITAL DE “ORCO”:
Si el participante participa en un Juego Instantáneo y recibe el mensaje “perder”, que significa que no puede ser el ganador de un premio instantáneo, se le entregará una ilustración digital de Xxxx. Límite: Se entregará una (1) ilustración digital cada vez que el participante juegue y pierda la partida del juego instantáneo. El regalo es enviado a
través de un correo electrónico que contiene un enlace para canjear por una ilustración digital. La ilustración digital de Orco no tiene valor comercial.
6.2 PREMIOS DE LOS SORTEOS ANTE NOTARIO:
6.2.1 SORTEOS ANTE NOTARIO:
• Al finalizar la Promoción, entre el 22 de noviembre y el 26 de noviembre de 2021, se celebrarán 4 sorteos ante Notario entre todas las Participaciones efectuadas.
• Para cada Sorteo se elegirá 1 ganador y 4 Reservas en orden preferente para el supuesto de que el Ganador no cumplas los requisitos de las presentes Bases o renuncie al Premio:
o En el 1º sorteo, se elegirá al Ganador y Reservas del Premio Viaje al Mundial.
o En el 2º sorteo, se elegirá al Ganador y Reservas de una sesión de juego en Twitch con Aerial Powers.
o En el 3º sorteo, se elegirá al Ganador y Reservas de la otra sesión de juego en Twitch con Aerial Powers.
o En el 4º sorteo, se elegirá al Ganador y Reservas de la sesión de juego en Twitch con AverageJonas.
6.2.2 DESCRIPCIÓN DE LOS PREMIOS DE LOS SORTEOS
A.- PREMIO DE UN VIAJE AL MUNDIAL DE LA FIFA 2022 EN QATAR. El premio
consiste en un viaje para dos personas a Doha (Qatar), sede del Mundial de 2022.
El premio incluye:
✓ billete de avión de ida y vuelta en clase turista para el Ganador y un acompañante desde el principal aeropuerto más próximo a su domicilio (que será elegido por el Organizador con total discrecionalidad);
✓ tres noches de alojamiento en un hotel elegido de 3 Estrellas o superior (una única habitación doble);
✓ comidas (desayuno, almuerzo y cena de los tres días (alcohol no incluido));
✓ dos entradas para la Final del Mundial de la FIFA 2022 FIFA (la ubicación de las localidades será fijada por el Organizador con total discrecionalidad);
✓ desplazamientos desde el aeropuerto de destino hasta el hotel y desde el hotel al partido del Mundial.
✓ El valor comercial aproximado (“VCA”) es de 41.000 euros. El VCA del viaje puede variar en función de las fluctuaciones de las tarifas
aéreas y de la distancia entre el origen y el destino. En ningún caso el ganado percibirá la diferencia entre valor real y el VCA.
Todos los gastos, viajes y demás costes no indicados expresamente en la descripción del premio deberán ser asumidos en exclusiva por el ganador.
Otras condiciones:
o Todos los detalles de los premios que no hayan sido concretados serán los que decida libremente el Organizador.
o El Ganador y su Acompañante deben tener disponibilidad para viajar al partido que, en la actualidad, está previsto se celebre en diciembre de 2022 (las fechas exactas serán fijadas por el Organizador), en las fechas que indique el Organizador, o bien perderá el premio. Todos los viajeros deben seguir el mismo itinerario. El viaje debe ser de ida y vuelta. El Organizador elegirá la compañía aérea y el itinerario del vuelo con total discrecionalidad. No se efectuará ningún reembolso ni compensación en caso de cancelación o retraso de los vuelos. El viaje está sujeto a las condiciones establecidas en las presentes Bases, y en las estipuladas por el transportista aéreo elegido por el Organizador, detalladas en el contrato de viaje del pasajero. El Organizador no se hace responsable del retraso, del aplazamiento ni de la cancelación de un partido programado, por ninguna razón, entre ellas, a título enunciativo, pandemias, epidemias, brotes locales de una enfermedad, emergencias sanitarias y cuarentenas; las entradas no le serán reembolsadas al ganador.
o Las entradas para el partido pueden estar sujetas a las políticas y procedimientos relativos a los vales canjeables de la entidad emisora de las mismas. Al aceptar el premio, el Ganador conviene en respetar las condiciones y restricciones establecidas en la entrada para el partido. El Ganador entiende y acepta que el Organizador tiene derecho a descalificar y eliminar al ganador y/o su acompañante, con total discrecionalidad, de cualquier actividad y en cualquier momento si, en algún momento, el Ganador o su acompañante exhiben un comportamiento poco colaborador o problemático, o si pueden causar, o causan, daños y perjuicios personales, materiales o a la imagen del Organizador; si así fuera, el Ganador seguirá estando obligado a asumir en exclusiva todos los impuestos y demás gastos relativos al premio.
o El Organizador no se hace responsable si el ganador no utiliza la entrada el día del partido.
o Si el ganador es menor de edad (en su lugar de residencia), el acompañante del ganador debe ser uno de sus progenitores o su tutor legal, que deberá cumplimentar la documentación exigida en representación del menor, en su caso.
o Los acompañantes deben emitir una autorización de la publicidad y una declaración de responsabilidad antes de que se expida la documentación del premio.
o El ganador y su acompañante son los únicos responsables de obtener un pasaporte válido y cuantos otros documentos sean necesarios para viajar al extranjero.
o Es posible que se apliquen restricciones, condiciones y limitaciones para viajar. El ganador y sus acompañantes están obligados a cumplir los requisitos relativos al COVID-19 que establezcan el Organizador, la compañía aérea, los hoteles/alojamientos, los estadios deportivos y demás proveedores de los servicios que forman parte del premio. La falta de cumplimiento de los requisitos
derivados del COVID-19 puede dar lugar a la pérdida de determinados elementos del premio, o del premio íntegro. La pérdida de determinados elementos del viaje debido a la falta de cumplimiento de los citados requisitos no afectará al valor del viaje.
o El premio es intransferible y no será sustituido salvo de la manera aquí prevista y únicamente si así lo decide libremente el Organizador. El Organizador se reserva el derecho a sustituir el premio por otro de igual o mayor valor si el premio descrito dejara de estar disponible por la razón que fuere.
B.- PREMIO DE UNA SESIÓN DE JUEGO:
Cada Sesión de Juego consiste en 60 minutos de retrasmisión en directo, junto con el influencer correspondiente, jugando al juego escogido por el Ganador entre los dos juegos disponibles, Fornite o Apex.
El Ganador necesitará tener un ordenador con conexión a internet para poder realizar este streaming con el influencer, así como cuenta en Discord y Twitch para poder conectarse en directo al juego.
o Los 3 Ganadores serán notificados por correo electrónico y recibirán información sobre la fecha y la hora propuestas para su correspondiente sesión de juego.
o Cada Ganador deberá confirmar su disponibilidad en un plazo de siete (7) días a partir de la recepción.
o Para participar en la Sesión de Juego, cada Ganador debe descargar la plataforma Discord, ubicada en xxxxx://xxxxxxx.xxx (no es necesario comprarla) y proporcionar un nombre de usuario de Discord y un nombre de usuario de Fortnite/Apex para ser añadido al vestíbulo del juego para la Sesión de Juego. Las sesiones de juego en Twitch se programarán dentro de los noventa (90) días siguientes a la finalización del periodo de la promoción. Valor real aproximado:
5.200 Euros por sesión de juego.
o Los premios están valorados en dólares americanos por lo que su valor puede sufrir variaciones por tipo de cambio.
No está permitido que varios participantes compartan una misma dirección de correo electrónico. Todo intento de un participante de obtener un número de inscripciones o partidas mayor del indicado haciendo uso de múltiples o diferentes direcciones de correo electrónico, identidades, inscripciones o inicios de sesión, o por cualquier otro método, anulará las inscripciones y las partidas de ese participante, que puede ser descalificado. La utilización de métodos o mecanismos de participación o de juego robóticos, repetitivos, automáticos, programados, etc. (incluso, a título enunciativo, servicios de inscripción en sorteos) anulará todos las inscripciones y partidas de ese participante. En caso de surgir diferencias sobre una inscripción o sobre una partida en línea, se considerará que el participante es el titular autorizado de la cuenta de correo electrónico utilizada para inscribirse o jugar. Por “titular autorizado de la cuenta” se entiende la persona física que tenga asignada una dirección de correo electrónica por un proveedor de acceso a Internet, un proveedor de servicios en línea u otra entidad responsable de asignar las direcciones de correo electrónico en el dominio asociado a la dirección de correo remitida. Puede requerirse a los posibles ganadores para que acrediten que son los titulares autorizados de la cuenta.
C.- COMUNICACIÓN CON EL GANADOR/ES DE LOS SORTEOS ANTE NOTARIO Y ENTREGA DEL PREMIO:
• Los nombres de los Ganadores de los Sorteos serán publicados una vez haya concluido el proceso de confirmación de cada Ganador.
• Y la Organización se pondrá en contacto de forma individual con cada Ganador para confirmar que (i) cumple con las condiciones establecidas en las presentes Bases para ser Ganador y que (ii) acepta el correspondiente Premio.
• En el supuesto de que no se consiga comunicar con el Ganador en el plazo de 5 días tras la celebración de los Sorteos por teléfono y/o correo electrónico, o que éste no reúna condiciones de la Promoción para ser Ganador, o que renuncie al Premio, se pasará al primer Reserva.
• Una vez comprobada la condición de Ganador, la Organización le pedirá que envíe sus datos personales a una dirección de correo electrónico de Coca-Cola para poder gestionar la entrega del Premio.
• Facilitados los datos por parte del Ganador/es, en caso de que sea necesaria, la Organización le remitirá una Carta de Aceptación de Premios que deberá devolver a la Organización cumplimentada y firmada, junto con la fotocopia de su DNI, en el plazo de 7 días naturales desde su recepción.
7. OTRAS CONSIDERACIONES.
7.1. LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases.
7.2. INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: La participación en este concurso es voluntaria y se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases.
De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.
7.2.1. Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados correspondientes a su propia identidad, entendiéndose en consecuencia que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y, en su caso, por los ganadores en cualquier fase del concurso, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos a las entidades responsables.
El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.
7.2.2. Responsable del tratamiento: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante RGPD), informamos a los participantes y ganadores que los datos personales que se faciliten para participar en la presente Promoción serán tratados por:
Coca-Cola Services SA/NV, (COCA-COLA SERVICES) con domicilio fiscal en Xxxxxxxx xx Xxxx 0000, 0000 Xxxxxxxx (Xxxxxxx).
7.2.3. Delegado de protección de datos: La dirección electrónica de contacto del delegado de protección de datos de COCA-COLA SERVICES es privacy@coca- xxxx.xxx.
7.2.4. Finalidades para las que COCA-COLA SERVICES trata sus datos:
- Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).
- Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
- Recoger, en su caso, las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
- Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
- Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
- Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
- Identificar al interesado ganador.
- Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
- Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
- Remitir, en su caso, al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en el apartado 13.3. “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
- Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
- Entregar el premio al interesado ganador.
- Cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.
- Gestionar las autorizaciones del interesado para la explotación de los derechos de imagen y propiedad intelectual de acuerdo con lo establecido en los apartados
3 y 4 siguientes.
- Realizar actividades de investigación y comercialización de los servicios y productos de COCA-COLA SERVICES así como informes y estadísticas relacionados con la participación del interesado en la presente promoción.
7.2.5. Cuál es la legitimación de COCA-COLA SERVICES para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la presente promoción, la cual se detalla en el presente documento, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a COCA- COLA SERVICES.
7.2.6. Comunicación de datos a terceros por COCA-COLA SERVICES: Los datos personales tratados por COCA-COLA SERVICES para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:
• En su caso, al Notario depositario de las bases a fin de controlar la legalidad de la promoción y su desarrollo;
• A Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda;
• A Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes COCA-COLA SERVICES se viera obligada a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por COCA-COLA SERVICES o por el propio interesado.
• En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con la finalidad de poder asignar correctamente el premio obtenido por el interesado, COCA-COLA SERVICES cederá sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado;
• A las autoridades pertinentes, filiales y terceros, sea necesario o apropiado para:
(a) cumplir las obligaciones legales de COCA-COLA SERVICES; (b) responder a peticiones de autoridades públicas y gubernamentales, entre las que pueden incluirse autoridades públicas y gubernamentales; (c) aplicar los términos y condiciones; (d) proteger las operaciones y las de cualquiera de las filiales; (e) proteger los derechos, privacidad, seguridad o propiedad, y/o los de las filiales, los de los participantes o los de otros terceros; y (f) permitirnos emprender los recursos disponibles o limitar los daños que podamos ocasionar.
Otros destinatarios: Con base jurídica en el consentimiento de los interesados otorgado mediante la aceptación de las presentes bases, los participantes y ganadores quedan informados de que el uso y publicación de las imágenes y datos de los interesados en su condición de participantes y/o ganadores según lo expuesto en las presentes Bases y en particular, de acuerdo con lo establecido en el apartado siguiente “DERECHOS DE IMAGEN” supone que serán destinatarios de sus datos personales todos los usuarios de las plataformas digitales y convencionales de comunicación de COCA-COLA SERVICES así como de los medios y canales de comunicación donde se reproduzcan, publiquen o comuniquen públicamente los datos de los participantes y ganadores, lo cual supone un acto de comunicación masivo y universal de carácter mundial, incluso a
usuarios situados fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.
Terceras empresas externas a COCA-COLA SERVICES tendrán acceso a los datos con el fin de prestar servicios necesarios para la actividad y tratamientos llevados a cabo por COCA-COLA SERVICES según lo indicado en las presentes bases y/o funciones auxiliares de apoyo a los mismos. Los datos serán puestos a disposición de dichos encargados del tratamiento al amparo de un contrato de prestación de servicios y otro de encargo de tratamiento con la obligación de seguir las instrucciones de tratamiento proporcionadas por COCA-COLA SERVICES, de guardar la confidencialidad, devolver y/o destruir los datos a la finalización del servicio quedando prohibido el tratamiento de los datos para fines propios de los encargados del tratamiento.
7.2.7. Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por COCA-COLA SERVICES implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable. Puede solicitar una copia de estas medidas de seguridad poniéndose en contacto con nosotros en xxxxxxx@xxxx-xxxx.xxx.
7.2.8. Plazo de conservación de datos por COCA-COLA SERVICES: COCA-COLA SERVICES conservará los datos de los interesados mientras dure la promoción y no soliciten la supresión de los mismos y finalizado el tratamiento, durante los plazos de conservación establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales de COCA-COLA SERVICES.
7.2.9. Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) mediante comunicación escrita dirigida a COCA-COLA SERVICES, acompañando una fotocopia del documento nacional de identidad.
COCA-COLA SERVICES:
Dirección postal: X/ Xxxxxx xxx Xxxxx 00-00, 00000 Xxxxxx. Dirección electrónica: xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de control (en Bélgica DPA xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/), en particular, cuando consideren que no han obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a interponer la reclamación y de forma voluntaria, los interesados pueden contactar con el delegado de protección de datos de COCA-COLA SERVICES en la siguiente dirección xxxxxxx@xxxx-xxxx.xxx.
7.2.10. Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento bajo responsabilidad de COCA-COLA SERVICES según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a cada uno de estos responsables. A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y
ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a COCA-COLA SERVICES, se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.
Carácter complementario de lo establecido en las presentes bases respecto del tratamiento de datos de participantes y ganadores: Lo establecido en las presentes bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los interesados (participantes y ganadores), es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente Promoción.
7.3. DERECHOS DE IMAGEN
Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual, así como los derechos de imagen que se deriven a COCA-COLA SERVICES en los términos que a continuación se indican.
De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a COCA-COLA SERVICES los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de COCA-COLA SERVICES), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de COCA-COLA SERVICES así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por COCA-COLA SERVICES:
- Los participantes, consienten automáticamente en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de COCA-COLA SERVICES, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de COCA-COLA SERVICES. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que COCA-COLA SERVICES considere.
- COCA-COLA SERVICES podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que COCA-COLA SERVICES –sin carácter limitativo- considere.
A tales efectos, los ganadores, al aceptar el premio, autorizan automáticamente a COCA-COLA SERVICES para publicar sus datos personales, incluida la imagen, con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a COCA-COLA SERVICES los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte COCA-COLA SERVICES, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
7.4. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión, con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a COCA- COLA SERVICES, de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a COCA-COLA SERVICES la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones, con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:
- El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
- El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de COCA-COLA SERVICES; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
- El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (x.xx., televisión gratuita, de pago, por cable, pago
por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de COCA-COLA SERVICES.
- El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por COCA-COLA SERVICES o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
- El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.
El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a COCA-COLA SERVICES por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.
La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes Bases no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.
7.5. DERECHO A REPORTAR ABUSOS
Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de COCA-COLA SERVICES o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, COCA-COLA SERVICES podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.
En estos casos, los participantes quedarán eliminados automáticamente de la presente promoción en caso en que, del estudio de los hechos denunciados por terceros o conocidos por COCA-COLA SERVICES, se acredite el fraude por parte del interesado o la vulneración de las presentes bases.
No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por COCA- COLA SERVICES no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases, podrá reactivarse su participación en la presente promoción.
Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario, COCA-COLA SERVICES dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.
En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.
7.6. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA SERVICES se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
7.7. EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA SERVICES.
7.8. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA- COLA SERVICES se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.
7.9. ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, a residentes nacionales.
7.10. IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI, pasaporte u otro documento oficial de identificación).
7.11. PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA SERVICES excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o sección mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
7.12. PREMIOS:
7.12.1.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio, y caducan a los tres meses.
7.12.2.- COCA-COLA SERVICES no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
7.12.3.- Los premios son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar los premios, o renunciase(n) a ellos, COCA-COLA SERVICES procedería a designar ganador a la correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desiertos.
7.13. RETENCIÓN FISCAL: A los Premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes.
De conformidad con la normativa mencionada, los Premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del Premio sea superior a 300 Euros.
7.14. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES:
La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.