SERFLETAR RESPONDE:
SERFLETAR RESPONDE:
Respuesta esta acogida por el Comité Técnico evaluador, por tal razón la
OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
R:/ De otra parte, es pertinente recordar lo que exige el pliego de condiciones en el numeral 2.3 SUMINISTRO DE TRANSPORTE FIJO: “…Los vehículos deben ser modelo 2013 en adelante, de servicio público (placas blancas), tipo furgón, de uso EXCLUSIVO para el servicio de 4-72 y, con excepción de las motocicletas, propios, arrendados o por medio de leasing requeridos de la regional a la cual se presente, para la cual deberá allegar junto con su propuesta copia de la tarjeta de propiedad del vehículo y motocicleta relacionado y de ser arrendamiento o leasing copia del contrato por medio del cual se dispone de los mismos suscrito con el propietario y el oferente…”.
Vale aclarar que en ningún aparte xxx xxxxxx de condiciones, se hace referencia a las consultas del sistema RUNT donde se evidencian posibles comparendos o información de los conductores, ya que a partir del inicio de la ejecución del contrato se verificará cada una de las obligaciones del contratista; razón por la cual, no es obligación revisar la página del RUNT en esta etapa, por tanto la oferta del proponente SERFLETAR si cumple. Sin embargo, el Comité Técnico solicitó a URBANEX subsanar algunos documentos, los que fueron subsanados, tal como consta en la carpeta de documentos de subsanación de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (xxxxxx 0 xx 92).
RESPUESTA: Vale señalar y aclarar, que esta Entidad no es competente para establecer si los documentos presentados en una propuesta son falsos y si las mismas carecen de veracidad, como lo hemos repetido tantas veces a largo de este escrito de respuesta a las observaciones, si alguna persona ya se natural o jurídica tiene la certeza de la falta de veracidad o de falsedad de los documentos de una propuesta (valga la redundancia), debe acudir ante el órgano competente a impetrar la denuncia respectiva.
Así las cosas, esta Entidad no encuentra en sus observaciones argumentos fácticos y pruebas fehacientes, para rechazar las propuestas de los proponentes SURENVIOS Y SERFLETAR.
1. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE MERCOSERVITRANSA EN CONTRA DE LA PROPUESTA DE XXXXXXX
Observaciones Requisitos Generales:
1. Copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones. En el caso de Proponentes Plurales ,el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen ,deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Consultoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Consultoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568,
1.569 y 1.571 del Código Civil.
RESPUESTA COMITÉ JURÍDICO: NO ES VIABLE LA OBSERVACIÓN. URBANO
EXPRESS LOGÍSTICA Y MERCADEO SAS, es una sociedad comercial, denominada con la razón social antes anotada, tal como consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá el día 14 xx xxxxx de 2016; conforme a las facultades del representante legal (visto a folio 11 de la propuesta), este no tiene ninguna restricción de contratación por razón de la naturaleza o cuantía; por tal razón CUMPLE.
2. OBSERVACIÓN. PENDIENTE Certificado de Antecedentes Judiciales, Fiscales y Disciplinarios de la Persona Jurídica.
RESPUESTA: El Comité Jurídico, así el proponente anexe a su propuesta los antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios tanto de la persona natural como jurídica, siempre se verifican e imprimen nuevamente; por tal razón, NO ES VIABLE LA OBSERVACIÓN. CUMPLE.
3. OBSERVACION. El proponente interesado en participar en el presente proceso de contratación autorizará de manera escrita y en documento independiente suscrito por el representante legal o quien haga sus veces, específicamente y para el presente proceso de contratación a Servicios Postales Nacionales S.A. a revisar la información de la entidad del proponente y a las personas que hacen parte de la misma, en listas de riesgos y demás bases de datos de consulta, que permitan verificar la legalidad, suficiencia técnica, económica y jurídica de la entidad y demás componentes que generen riesgos a la entidad o al proceso de contratación.
RESPUESTA COMITÉ JURIDICO: La Entidad es autónoma en revisar las bases de datos que considere conducente y pertinente, para verificar si los proponentes – representantes legales se encuentran en las listas de riesgos, de tal forma, que esta administración tiene todo el cuidado y la minucia de tomar las medidas correspondientes. OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
4. OBSERVACION. INSTALACIÓN DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ENTIDAD: EL proponente deberá allegar una carta de compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a colocarla imagen corporativa de la totalidad de los vehículos a cargo. No cumple con los requisitos en el pliego (30 Días) Folio 387.
RESPUESTA COMITÉ TÉCNICO: El requisito exigido en el pliego de condiciones para cumplir con el numeral 2.5 INSTALACIÓN DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ENTIDAD es “…El proponente deberá allegar una carta de compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a colocar la imagen corporativa de la totalidad de los vehículos a cargo…”; no obstante, que en la carta de compromiso (vista a folio 387 de la propuesta de URBANEX), se puede establecer que el citado proponente si se compromete a cumplir con la instalación de la imagen corporativa de Servicios Postales Nacionales, independientemente de que haya omitido la frase “en la totalidad”, el Comité Técnico solicitó subsanación al proponente URBANEX para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual este subsanó, tal como se puede comprobar en la carpeta de subsanación de fecha folios 69 y 70. OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
5. OBSERVACION PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL: El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se
comprometa a entregar el Plan
Estratégico de Seguridad Vial. No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuente el 1%) Folio 388.
R:/ El requisito exigido en el pliego de condiciones para cumplir con el numeral 2.6 PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL es “…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a entregar el Plan Estratégico de Seguridad Vial…”.
Es menester aclarar, que el requisito de los treinta (30) días es obligatorio para quien salga favorecido con la adjudicación del contrato resultante de la convocatoria 003-2016; por tanto no era obligación que los proponentes en su carta de compromiso hicieran tal manifestación; el compromiso del proponente era allegar la carta conforme lo indica la NOTA del numeral 2.6 PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL xxx xxxxxx de condiciones.
No obstante, el Comité Técnico solicitó subsanación al proponente URBANEX para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual, subsanó (folio 71 carpeta de subsanación de fecha 14 de julio de 2016). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
6. OBERVACION. COMUNICACIONES El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa que todos los vehículos deberán disponer de un equipo de comunicación (celular). No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuente el 1%) Folio 389.
R:/ Tampoco se ajusta a derecho la observación realizada al proponente URBANEX, toda vez que URBANEX en su carta de compromiso (vista a folio 389 de su propuesta) si se compromete a garantizar la disposición de equipos de comunicaciones; no obstante lo anterior, el Comité Técnico solicitó subsanar este aspecto, tal como consta a folio 72 de la carpeta de subsanación.
El numeral 2.7 COMUNICACIONES xxx xxxxxx de condiciones solicita:“…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa que todos los vehículos deberán disponer de un equipo de comunicación (celular)…”; OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
7. OBSERVACION. SEGUIMIENTO SATELITAL. El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa disponer de un programa de Seguimiento Satelital. No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuento el 1%) Folio 390.
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.10 SEGUIMIENTO SATELITAL exige: “…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa disponer de un programa de Seguimiento Satelital…”; el
proponente en su carta de
compromiso (vista a folio 390 de su oferta) si se compromete conforme a lo requerido en el pliego de condiciones; por tanto la observación NO PROCEDE.
8. OBSERVACIONES RUTAS FIJAS
ESPACIO EN BLANCO
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.3 Suministro de transporte solicita: “…El proponente deberá allegar una carta de compromiso firmada por el conductor de cada una de las rutas fijas, cuando las rutas sean urbanas deberá anexarse la carta de compromiso de los auxiliares. Dichas cartas de compromiso deberán indicar el nombre, número de cedula y datos de contacto…”; al respecto, es preciso señalar, que el formato adjunto al pliego de condiciones de la convocatoria que nos ocupa, es un formato guía, la información exigida en el pliego de condiciones se validó con el anexo técnico N.1 y cartas de compromiso aportadas por el proponente URBANEX, no obstante, se solicitó subsanación al proponente URBANEX para que allegaran las cartas de compromiso en el formato guía que se subió a la página del SECOP y de la ENTIDAD, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en la carpeta de subsanación (folios 1 al 66), por
tanto la OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
9. OBSERVACIONES MUNICIPIOS
R:/ El pliego de condiciones en su numeral 2.11 SUMINISTRO DE TRANSPORTE SECUNDARIO O VARIABLE exige: “…El proponente deberá presentar debidamente diligenciado el Anexo Técnico N. 1 – Formato MUNICIPIOS. Cada municipio de la regional deberá contar con una persona responsable por lo cual el proponente diligenciará el anterior anexo enunciado. Así mismo El proponente deberá allegar las cartas de compromiso del responsable relacionado en el Anexo Técnico N. 1 – Formato MUNICIPIOS…”; El proponente URBANEX diligenció debidamente el Anexo Técnico No.1, no obstante, se solicitó subsanación al proponente URBANEX para que allegaran las cartas de compromiso en el formato guía que se subió a la página de internet de la ENTIDAD, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en la carpeta de subsanación de fecha 14 de julio de 2016 (folios 73 al 83). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
OBSERVACIONES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE MERCOSERVITRANSA EN CONTRA DE LA PROPUESTA DE SERFLETAR
1. INSTALACIÓN DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ENTIDAD El proponente deberá allegar una carta de compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a colocar la imagen corporativa de la totalidad de los vehículos a cargo. No cumple con los requisitos en el pliego (30 Días).
R:/ El requisito exigido en el pliego de condiciones para cumplir con el numeral 2.5 INSTALACIÓN DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ENTIDAD es “…El proponente
deberá allegar una carta de compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a colocar la
imagen corporativa de la totalidad de los vehículos a cargo…”; no obstante, que en la carta de compromiso (vista a folio 396 de la propuesta de SERFLETAR), se puede establecer que el citado proponente si se compromete a cumplir con la instalación de la imagen corporativa de Servicios Postales Nacionales, en la totalidad de los vehículos a cargo. Se solicitó subsanación al proponente SERFLETAR para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación del 14 de julio de 2016 (folios 70 y 71). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
2. PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a entregar el Plan Estratégico de Seguridad Vial. No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuente el 1%)
R:/ El requisito exigido en el pliego de condiciones numeral 2.6 PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL es: “…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa a entregar el Plan Estratégico de Seguridad Vial…”; Es menester aclarar, que el requisito de los treinta (30) días es obligatorio para quien salga favorecido con la adjudicación del contrato resultante de la convocatoria 003-2016; por tanto no era obligación que los proponentes en su carta de compromiso hicieran tal manifestación; el compromiso del proponente era allegar la carta conforme lo indica la NOTA del numeral 2.6 PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL xxx xxxxxx de condiciones. No obstante, el Comité Técnico solicitó subsanación al proponente SERFLETAR para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación de fecha 14 de julio de 2016 (folio 72). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
3. COMUNICACIONES El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa que todos los vehículos deberán disponer de un equipo de comunicación (celular). No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuente el 1%).
R:/ El requisito exigido en el pliego de condiciones para cumplir con el numeral 2.7 COMUNICACIONES es “…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa que todos los vehículos deberán disponer de un equipo de comunicación (celular)…”; razón por la cual, tampoco se ajusta a derecho la observación realizada al proponente SERFLETAR, toda vez que en su carta de compromiso (vista a folio 389 de su propuesta) si se compromete a garantizar la disposición de equipos de comunicaciones; no obstante lo anterior, el Comité Técnico solicitó subsanar este aspecto, tal como consta a folio 73 de los documentos de subsanación, por tanto la OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
4. SEGUIMIENTO SATELITAL. El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante
Legal en la cual se comprometa disponer de un programa de Seguimiento Satelital. No cumple con los requisitos en el pliego (Aceptación del descuente el 1%).
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.10 SEGUIMIENTO SATELITAL exige: “…El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa disponer de un programa de Seguimiento Satelital…”; el proponente en su carta de compromiso (vista a folio 402 de su oferta) si se compromete conforme a lo requerido en el pliego de condiciones; no obstante, se solicitó subsanación al proponente SERFLETAR para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación (folios 74 y 75). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
5. ESPECIFICACIONES AMBIENTALES El proponente deberá allegar una Carta de Compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se comprometa disponer de un programa de Seguimiento Satelital. No cumple con los requisitos en el pliego (Condiciones).
R:/ El pliego de condiciones en su numeral 2.20 ESPECIFICACIONES AMBIENTALES exige: “…El contratista deberá presentar el plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos según lo establecido por el fabricante, de igual manera deberá presentar un plan de contingencia ambiental en caso de derrames de aceites, lubricantes y combustibles. Esta documentación se deberá hacer llegar máximo a los treinta (30) días siguientes a la firma del contrato, posteriormente se verificará de forma trimestral durante la ejecución del contrato.
El oferente deberá garantizar que durante las actividades de movilización y parqueo dentro de las instalaciones y zonas aledañas, no se afectarán los individuos arbóreos y zonas verdes; en caso de evidenciarse afectación el oferente estará obligado a compensar de 1 a 10 cada especie afectada. De estar inventariada esta especie por la autoridad ambiental competente será responsabilidad del oferente asumir las sanciones que este emita por dicho evento.
De igual manera, el proponente debe certificar por escrito el cumplimiento de las normas ambientales que rigen para el suministro de transporte …”; el proponente SERFLETAR en su oferta si cumple con este requisito , no obstante, el Comité Técnico evaluador solicitó subsanación al proponente SERFLETAR para que aclarara la carta de compromiso allegada, para lo cual, este subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación de fecha 14 de julio de 2016 (folios 188 y 189). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
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6. Observaciones rutas fijas:
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RESPUESTA. En referencia a las cartas de compromiso de los conductores, el pliego de condiciones en el numeral 2.3 Suministro de transporte fijo exige “…El proponente deberá allegar una carta de compromiso firmada por el conductor de cada una de las rutas fijas, cuando las rutas sean urbanas deberá anexarse la carta de compromiso de los auxiliares. Dichas cartas de compromiso deberán indicar el nombre, número de cedula y datos de contacto…”; es preciso señalar que el proponente en su propuesta si cumple con este requisito, el formato adjunto al pliego de la convocatoria es una guía, la información aportada se validó con el anexo técnico N.1 y cartas de compromiso allegadas por el proponente SERFLETAR, no obstante, se solicitó subsanación al proponente
SERFLETAR para que allegaran
las cartas de compromiso en el formato guía que se subió a la página de internet del SECOP y de la ENTIDAD, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación del 14 de julio de 2016 (folios 10 al 69)) OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
7. OBSERVACIONES MUNICIPIOS
R:/ El pliego de condiciones en su numeral 2.11 SUMINISTRO DE TRANSPORTE SECUNDARIO O VARIABLE exige: “…El proponente deberá presentar debidamente diligenciado el Anexo Técnico N. 1 – Formato MUNICIPIOS. Cada municipio de la regional deberá contar con una persona responsable por lo cual el proponente diligenciará el anterior anexo enunciado. Así mismo El proponente deberá allegar las cartas de compromiso del responsable relacionado en el Anexo Técnico N. 1 – Formato MUNICIPIOS…”; El proponente SERFLETAR diligenció debidamente el Anexo Técnico No.1, no obstante, se solicitó subsanación al proponente SERFLETAR para que allegaran las cartas de compromiso en el formato guía que se subió a la página de internet del SECOP Y DE la ENTIDAD, para lo cual el proponente subsanó, tal como consta en los documentos de subsanación de fecha 14 de julio de 2016 (folios 76 al 102). OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
8. OBSERVACIONES PERSONAL
RESPUESTA DEL PROPONENTE SERFLETAR
El comité técnico evaluador, analizó la respuesta de SERFLETAR A MERCOSERVITRANSA, evidenciando, que la misma se ajusta a derecho, concluyendo que la OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
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2. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE SURENVIOS EN CONTRA DE LAS PROPUESTAS DE SERFLETAR Y URBANEX
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RESPUESTA. Trasladadas las observaciones anteriormente plasmadas a los proponente SERFLETAR y URNANEX, estos replicaron de la siguiente manera: SERFLETAR:
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URBANEX:
RESPUESTA DE LA ENTIDAD: Estudiadas y analizadas las observaciones desplegadas por el proponente SURENVIOS a las propuestas presentadas por las empresas SERFLETAR Y URBANEX, y una vez atendidas las respuestas que han dado los dos oferentes observados, se ha llegado a la conclusión de validar ambas respuestas, pues estas se encuentran fundamentadas de manera cierta y razonable, en el entendido que si bien es cierto la Entidad estableció en el estudio previo y en el pliego de condiciones un presupuesto techo conforme al estudio xx xxxxxxx realizado por profesionales idóneos, también lo es, que el proponente al presentar su propuesta con los ofrecimientos que están haciendo es porque están seguros que esos ofrecimientos adicionales no les generan ningún tipo de perdida y que antes por el contrario ya ha establecido la utilidad que le puede dejar el contrato en caso de que cualquiera resultare adjudicatario; debe saber que no podrá presentar ante la entidad solicitud alguna con el argumento de
desequilibrio económico y que en
caso de incumplimiento responderá, pues para eso es que se exige la póliza única de cumplimiento al contrato, la cual debe cubrir los amparos también descritos en el pliego de condiciones.
Así las cosas, las observaciones presentadas por el proponente SURENVIOS referentes a precios artificialmente bajos, no son de recibo, por tanto NO PROCEDEN.
ESPACIO EN BLACNO
R:/ El pliego de condiciones en su numeral 2.16 PERSONAL, exige: “…Para el caso de director, coordinador y auxiliares administrativos: el proponente deberá anexar las hojas de vida del personal, los siguientes documentos y los demás anexos que le permitan acreditar la experiencia exigida:
1. Copia del diploma de xxxxx xx xxxxxxxxx o de la profesión correspondiente
2. Certificados laborales que permitan acreditar la experiencia requerida
Para el caso de conductores y auxiliares logísticos el oferente deberá adjuntar a la oferta certificado escrito por medio del cual de fe del cumplimiento de los perfiles los cuales podrán ser verificados en cualquier momento de la ejecución del contrato…”
Si bien el proponente en su oferta no anexó todos los documentos correspondientes a este requisito, el Comité Técnico evaluador le solicitó subsanar, para lo cual, el proponente mediante comunicación del 14 de julio de 2016, allegó la documentación solicitada, cumpliendo así con lo requerido en el numeral 2.16 xxx xxxxxx de condiciones; por tanto, la OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
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3. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE UNION TEMPORAL LOGISTICA EXPRESS
1. EXPERIENCIA HABILITANTE
R:/ Respecto a las certificaciones de experiencia, el pliego de condiciones en el numeral
2.25 EXPERIENCIA HABILITANTE a) EXPERIENCIA GENERAL, solicita: “…El proponente deberá adjuntar mínimo uno (1) máximo seis (6), certificaciones y/o contratos ejecutados en Colombia y/o respectivas actas de liquidación y/o recibido a satisfacción de los mismos. Dichos contratos deberán estar inscritos en el RUP, los cuales deben haber sido ejecutados y/o liquidados dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria pública, cuyo objeto guarde relación directa con el objeto a contratar y cuyo valor mínimo sea del 100% del presupuesto asignado corresponda al valor del presupuesto oficial de la Regional Norte…”. (Xxxxxxxx y subraya fuera de texto).
De otra parte, el objeto de la convocatoria 003 de 2016 es: “SUMINISTRO DE TRANSPORTE MULTIMODAL PARA LA RECOLECCIÓN Y ENTREGA DE ENVÍOS POSTALES Y CARGA EN CIUDADES SEDE REGIONAL, CENTROS OPERATIVOS, MUNICIPIOS (URBANO Y RURAL) QUE CONFORMAN EL REGIONAL NORTE PARA LA RED DE SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A., GARANTIZANDO LA ADECUADA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN EL TERRITORIO NACIONAL EN CONDICIONES DE COBERTURA, ACCESIBILIDAD, CALIDAD Y PRECIO. ASÍ MISMO LOS SERVICIOS ADICIONALES QUE SE REQUIERAN A NIVEL NACIONAL”.
Es claro que el numeral 2.25 EXPERIENCIA HABILITANTE a) EXPERIENCIA GENERAL, es concreto al requerir que los objetos de los contratos deben guardar una relación directa con el objeto a contratar, aparte de que deben estar registrados en el RUP; el Comité Técnico evaluador, al verificar las certificaciones aportadas en la propuesta y los valores reportados en el RUP del proponente SURENVIOS, pudo determinar que el objeto descrito n los contratos aportados como experiencia no guardan ninguna relación con el objeto de la convocatoria 003 de 2016, pues la experiencia está referida a HIDROCARBUROS, y al no guardar ninguna relación el proponente NO CUMPLE con el requisito solicitado independientemente de que la clasificación en el RUP sea la misma que aparece en el pliego, NO CUMPLE.
OBJETO DE LAS CERTIFICACIONES:
Contrato 5500002086 – Pacific Xxxxxxxx – PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERNO DE AGUA, CRUDO Y COMBUSTIBLE MEDIANTE EL USO DE TRACTOCAMIONES.
Contrato 000-00-0000 – Transportes y Agregados SAS – TRANSPORTE DE AGREGADOS, ESCOMBROS Y MATERIAL.
Contrato 000-00-0000 – Transportes y Agregados SAS – TRANSPORTE DE AGREGADOS, ESCOMBROS Y MATERIAL.
Por lo expuesto anteriormente la OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
2. ACREDITACION DOMICIIO PRINCIPAL, AGENCIA O SUCURSAL
R:/ Una vez revisados los documentos aportados por el proponente UNIÓN TEMPORAL LOGÍSTICA EXPRESS nos permitimos confirmar que los inmuebles ubicados en las sucursales de Barranquilla y Cartagena son propiedad de la empresa BUSEXPRESS LTDA, quien hace parte del proponente UNIÓN TEMPORAL LOGÍSTICA INTEGRAL como consta en los certificados de libertad y tradición aportados. OBSERVACIÓN SI PROCEDE. CUMPLE CON ESTE REQUISITO HABILITANTE.
4. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE OLT TRANSPORTES S.A.S
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.3 Suministro de transporte fijo , solicita “…Los vehículos deben ser modelo 2013 en adelante, de servicio público (placas blancas), tipo furgón, de uso EXCLUSIVO para el servicio de 4-72 y, con excepción de las motocicletas, propios, arrendados o por medio de leasing requeridos de la regional a la cual se presente, para la cual deberá allegar junto con su propuesta copia de la tarjeta de propiedad del vehículo y motocicleta relacionado y de ser arrendamiento o leasing copia del contrato por medio del cual se dispone de los mismos suscrito con el propietario y el oferente…”; Una vez revisado el argumento del proponente la ENTIDAD avala la documentación allegados estableciendo que el vehículo es propiedad del proponente. OBSERVACIÓN SI PROCEDE. SI CUMPLE CON ESTE REQUISITO HABILITANTE.
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.8 SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTE DE TRANSITO, solicita “…Teniendo en cuenta que el Artículo 42 de la ley 769 de 2002 estableció como imperativo que para poder transitar en el territorio nacional, todos los vehículos deben estar amparados por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito,
SOAT vigente, el proponente junto con su propuesta deberá allegar copia del mismo, y la misma podrá ser revisada
durante la ejecución del contrato…”; Este requisito no se estaba cumpliendo en la primera instancia de subsanación, sin embargo en la segunda instancia de solicitud de subsanación el proponente OLT TRANSPORTES, allega lo requerido por LA ENTIDAD. OBSERVACIÓN SI PROCEDE. SI CUMPLE CON ESTE REQUISITO HABILITANTE.
R:/ El pliego de condiciones en el numeral 2.26 ACREDITACIÓN DOCIMICLIO PRINCIPAL, AGENCIA O SUCURSAL EN LAS CIUDADES DEFINIDAS COMO
CENTRO OPERATIVO DE LA REGIONAL, cita “…El proponente deberá acreditar domicilio principal, sucursal o agencia en la ciudad definida como centro operativo de la Regional Norte. De igual forma deberá acreditar que cuenta igualmente con sucursal o agencia en otra de las ciudades, definidas como centro operativo de la Regional Norte, la cual se acreditará mediante Registro Mercantil, así mismo:
Nota 1: LA ENTIDAD tendrá la facultad de verificar físicamente los domicilios que están registrados en la cámara de comercio y demás documentos que hagan parte integral de la propuesta.
Nota2: El OFERENTE en el caso que sea Propietario o Arrendatario deberá allegar respectivamente el Certificado de Tradición y Libertad o el Contrato de Arrendamiento del Establecimiento según el caso…”
El proponente OLT TRANSPORTES cumple con el primer requisito de tener las sucursales en las ciudades de BARRANQUILLA Y CARTAGENA inscritas en el Registro Mercantil, pero NO CUMPLE con el requisito de la Nota No. 2 de allegar los certificados de libertad y tradición si son propietarios de los inmuebles o los contratos de arrendamiento si los mismos son arrendados. La figura de comodato que manifiesta el proponente no está contemplado en el pliego de condiciones del presente proceso de contratación, por tal motivo LA OBSERVACIÓN NO PROCEDE.
El proponente OLT mediante comunicación del 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxx xxxxxxx algunos documentos para subsanar, entre ellas allega una certificación expedida por SUPERTIENDAS OLIMPICAS calendada julio de 2016, mediante la cual el Señor
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
XXXXXXX como Gerente Nacional Logística, certifica que la empresa OPERACIONES SERVICIOS Y LOGISTICA DE TRANSPORTES S.A. OLT TRANSPORTES, con NIT
811.041.552-1, “Es proveedor nuestro y sus operaciones son controladas desde nuestra instalaciones a través de personal Inhouse en cada una de nuestra bodegas desde hace 5 años” (negrilla y subraya es nuestra).
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX
Presidenta y Ordenadora del Gasto
COMITÉ JURIDICO
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA
Secretaria General
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXX VITAL
Profesional Jurídico / Secretaría General Abogada Secretaria General
COMITÉ TÉCNICO – ECONÓMICO
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX
Vicepresidente de Operaciones Director Nacional de Gestión Logística
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Jefe Nacional de Transportes y Movilización
COMITÉ FINANCIERO
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Director Nacional Financiero