CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P. Y EL GRUPO DE ENTIDADES FORMADO POR FUNDACIÓN INSTITUTO HERMES PARA EL EMPODERAMIENTO DE LA CIUDADANÍA, FUNDACIÓN LA CAIXA FUNDACIÓN TELEFÓNICA, FUNDACIÓN ATRESMEDIA, UNIVERSITAT POMPEU FABRA,...
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III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
14138 Resolución de 29 xx xxxx de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Xxx.xx, M.P. por la que se publica el Convenio con el Grupo de Entidades, para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en la creación del Espacio de Observación de Derechos Digitales.
El Director General de la Entidad Pública Empresarial Xxx.xx, M.P., el Secretario de la Fundación Hermes, la Directora del Observatorio Social de la Fundación la Caixa, el Director General de la Fundación Telefónica, la Directora General de la Fundación Atresmedia, la Vicerrectora de Investigación de la Universitat Xxxxxx Xxxxx, la Rectora de la Universidad San Xxxxx CEU, la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), el Rector Magnífico de la Universidad Xxxxxx III de Madrid (UC3M), el Presidente de la Comisión Española de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el Presidente de la Fundación para la Repoblación Sostenible, el Rector de la Universidad Católica de Uruguay, el Secretario de la Asociación Europea para la Transición Digital, el Representante de la Fundación Hiberus, la Vicerrectora de Innovación y Transferencia de la Universitat de Valencia, la Presidenta del Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA), el Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, el Administrador General de la Universidad xx Xxxxxxx, el Director para Asuntos Económicos y de Relaciones con Empresas de la Universidad de Comillas, el Director General de la Fundación Mobile World Capital y los Representantes de la Fundación Diario xx Xxxxxxx han suscrito, con fecha 21 xx xxxx de 2024, convenio entre la entidad pública empresarial Xxx.xx, M.P. y el grupo de entidades formado por Fundación Instituto Hermes para el empoderamiento de la ciudadanía, Fundación la Caixa, Fundación Telefónica, Fundación Atresmedia, Universitat Xxxxxx Xxxxx, Universidad San Xxxxx CEU, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Xxxxxx III de Madrid, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Fundación para la Repoblación Sostenible, Universidad Católica del Uruguay Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Asociación Europea para la Transición Digital, Fundación Hiberus, Universitat de València Estudi General, Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA), Universidad Santiago de Compostela, Universidad xx Xxxxxxx, Universidad de Comillas, Fundación Mobile World Capital y Fundación Diario xx Xxxxxxx para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en la creación del Espacio de Observación de Derechos Digitales (C043/23-OT).
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del citado convenio.
cve: BOE-A-2024-14138
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Madrid, 29 xx xxxx de 2024.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Xxx.xx, M.P., Xxxxx Xxxxxxx Xxxx.
CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL XXX.XX, M.P. Y EL GRUPO DE ENTIDADES FORMADO POR FUNDACIÓN INSTITUTO HERMES PARA EL EMPODERAMIENTO DE LA CIUDADANÍA, FUNDACIÓN LA CAIXA FUNDACIÓN TELEFÓNICA, FUNDACIÓN ATRESMEDIA, UNIVERSITAT XXXXXX XXXXX, UNIVERSIDAD SAN XXXXX CEU, UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, UNIVERSIDAD XXXXXX III DE MADRID, COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI), FUNDACIÓN PARA LA REPOBLACIÓN SOSTENIBLE, UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA TRANSICIÓN DIGITAL, FUNDACIÓN HIBERUS, UNIVERSITAT DE VALÈNCIA ESTUDI GENERAL, OBSERVATORIO DEL IMPACTO SOCIAL Y ÉTICO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (ODISEIA), UNIVERSIDAD SANTIAGO DE COMPOSTELA, UNIVERSIDAD XX XXXXXXX, UNIVERSIDAD DE COMILLAS, FUNDACIÓN MOBILE WORLD CAPITAL Y FUNDACIÓN DIARIO XX XXXXXXX PARA IMPULSAR LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CARTA DE DERECHOS DIGITALES EN LA CREACIÓN DEL ESPACIO DE OBSERVACIÓN DE DERECHOS DIGITALES C043/23-OT
REUNIDOS
De una parte, la entidad pública empresarial Xxx.xx, M.P. (en adelante, «Xxx.xx»), con domicilio en Madrid, Plaza de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx s/n, código postal 28020 y CIF Q2891006-E, representada por su director general xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1. k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Xxx.xx.
Y, de otra parte, el Grupo de Entidades formada por:
– Fundación Instituto Hermes para el Empoderamiento de la Ciudadanía (en adelante, Fundación Hermes) CIF X-00000000, con domicilio en Xxxxxx, xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, 7.ª planta, y en su nombre xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, actuando en calidad de Secretario de la fundación y apoderado, en virtud de la Escritura de Constitución de la Fundación otorgada ante el Notario del Colegio Notarial xx Xxxxxxx, xxx Xxxxxxx-Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx de fecha 20 de septiembre de 2016, con el número 1.460 de su protocolo.
– Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona (en adelante, Fundación la Caixa), con domicilio Xxxxx Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxx (Xxxxx Xxxxxxx) y CIF X00000000, representada por xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, mayor de edad, directora del Departamento del Observatorio Social, según resulta de la escritura de poder elevada a público ante la Notario Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx en fecha 4 de noviembre de 2021 y número de protocolo 2011.
– Fundación Telefónica, con domicilio en Gran Vía 28 7.ª planta. código postal 28013 de Madrid, y CIF X00000000, representada por xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en cuanto director general, haciendo uso de las facultades que le fueron conferidas mediante acuerdo del Patronato en fecha 13 de diciembre de 2023, elevado a público ante el notario de Madrid, don Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, el 21 de diciembre de 2023, bajo el número 8.036 de su protocolo.
cve: BOE-A-2024-14138
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– Fundación Atresmedia, con domicilio en San Xxxxxxxxx de los Xxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, 00, Xxxxxx, representada por xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, directora general, según resulta de xxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en la representación que ostenta el otorgamiento de este poder.
– Universitat Xxxxxx Xxxxx (en adelante la «UPF»), sede en xxxxx xx xx Xxxxx 00, 00000 Xxxxxxxxx, NIF número Q-5.850.017-D, representada por su Vicerrectora de Investigación, Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 de la Resolución del Rector de 10 xx xxxxx de 2023, de delegación de competencias en los vicerrectores y en el secretario general.
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– Universidad San Xxxxx CEU, con domicilio en Xxxxx Xxxxx Xxxxx, 00 Xxxxxx, Xxxxxx y CIF X00000000, representada por xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, Rectora, según resulta del poder otorgado ante el notario de Madrid Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxxxxxx el 17 de julio de 2019.
– Universidad Autónoma de Madrid (en adelante UAM), con domicilio en xxxxx Xxxxxxxx 0, Xxxxxx. Universitaria Cantoblanco, Madrid, CP 28049 y CIF Q-2818013-A, representada por xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx, Rectora, según resulta del Decreto 87/2021, de 30 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno.
– Universidad Xxxxxx XXX de Madrid (en adelante UC3M), con domicilio en Getafe, xxxxx Xxxxxx 000, 00000 Xxxxxx y CIF X0000000X, representada por representada por xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Xxxxxx XXX de Madrid nombrado por Decreto 40/2023, de 19 xx xxxxx («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 21 xx xxxxx de 2023), N º 94, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Xxxxxx XXX aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
– Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (en adelante CERMI), con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx, 0 Xxxx, XX 00000 Xxxxxx, representada por xxx Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxx, interviniendo como Presidente de la Asociación, según resulta de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario del Colegio Ilustre de Madrid.
– Fundación para la Repoblación Sostenible con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx 0 xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxx), código postal 06378, y CIF X00000000, representada por xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, según resulta de la escritura de poder elevada a público ante el notario Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en fecha 4 de diciembre de 2023 en Badajoz.
– Universidad Católica del Uruguay «Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx» (en adelante Universidad Católica del Uruguay), con domicilio en Xxxxxxx 0 xx Xxxxxxx, xxxxxx 0000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, representada por xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, según resulta del poder general de administración firmado ante la notaria Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx.
– Asociación Europea para la Transición Digital, con domicilio en X/ Xxxxxxx, 00, xxxx X. código postal 28043, Madrid (Madrid), y CIF X00000000, representada por xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, mayor de edad, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx el 8 de febrero de 2023, con el número 496 de su protocolo, que declara expresamente vigente por no haber sido modificado, revocado ni suspendido.
– Fundación Hiberus, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx Xxxxxxxx xxxxxx 0. código postal 50009 (Zaragoza), y CIF 29103375A, representada por xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en nombre y representación de Fundación Hiberus, según resulta de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio xx Xxxxxx, como sustituto y para el protocolo de su compañero Xxxxxxxxx Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, por imposibilidad accidental.
cve: BOE-A-2024-14138
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– Universitat de Valencia, Estudi General, con domicilio en la Avda. Xxxxxx Xxxxxx, 00, 00000 xx Xxxxxxxx código postal y CIF Q-4618001-D, representada por xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Vicerrectora de Innovación y Transferencia mayor de edad, actuando en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que a tal efecto le reconocen el artículo 50 Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario y el artículo 105 del Estatutos de la Universitat de València, legitimada para este acto en virtud de la Resolución de 20 xx xxxx de 2022, de la Rectora de la Universitat de València por la que se delegan determinadas competencias en los vicerrectorados, la Secretaría General, la Gerencia y otros órganos de esta universidad, publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» n.º 9350 de 30
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xx xxxx de 2022 y facultada a partir de su nombramiento por Resolución de la Rectora de 1 xx xxxxx de 2022.
– Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (en adelante ODISEIA), con domicilio en Xxxxx xx Xxxx XXXXX 0 00000 Xxxxxx, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, Grupo 1, Sección 1, Número Nacional 619782 el 22 de septiembre de 2020 y CIF X00000000, representada por xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, actuando en calidad de presidenta y de la cual tiene concedido poder en escritura otorgada ante el Notario de Madrid xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx el 12 xx xxxxx de 2021, poder que no le ha sido derogado.
– Universidad Santiago de Compostela, con domicilio en Praza do Obradoiro, 0, código postal 15705, (Santiago de Compostela), y CIF X0000000X, representada por xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, mayor de edad, según resulta del Decreto 35/2022 de la Xunta de Galicia del 17 xx xxxxx de 2022.
– Universidad xx Xxxxxxx, con domicilio a efectos de este documento en Pamplona, en el Edificio Central de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en el Campus Universitario, s/n código postal 31009 (Pamplona), y CIF R-3168001-J, representada por don Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, soltero, interviene en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxxx, en calidad de Administrador General de la antedicha institución; comparece en el ejercicio de las facultades que le fueron conferidas en la Escritura de Apoderamiento otorgada ante el Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx el pasado 14 xx xxxxx de 2022, n.º 524 de su protocolo.
– Universidad de Comillas, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 (Xxxxxx), representada por xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en nombre y representación de la Universidad Pontificia Comillas, según resulta de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, con vecindad y residencia en la misma.
– Fundación Mobile World Capital, con domicilio en Xxxxx Xxx Xxxx, 0, xxxxxx 0-X, Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxx, xxxxxx xxxxxx 00000 (Xxxxxxxxx), y CIF número X-00000000 representada por xxx Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, en su condición de director general, mayor de edad, según resulta de la escritura de apoderamiento conferida ante el Notario de Barcelona, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, el 15 de julio de 2022, con el número 1762 de su protocolo.
– Fundación Diario xx Xxxxxxx, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 00, Xxxxxxxx (Xxxxxxx). código postal 31001, Navarra (Pamplona), representada por xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, y xxxx Xxxxxxx Xxx, representantes mancomunados, mayores de edad, según resulta de la certificación ante el xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx con fecha 26 de octubre de 2020, poder que no les ha sido derogado.
Xxx.xx y el Grupo de Entidades en adelante podrán denominarse, individualmente
«la Parte» y, conjuntamente «las Partes».
Todas las partes, en el concepto que concurren y reconociéndose competencia y capacidad legal suficiente para obligarse por el presente convenio,
EXPONEN I
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Que Xxx.xx es una Entidad Pública Empresarial, M.P., adscrita al Ministerio de Transformación Digital y para la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, y tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España. Las funciones de Xxx.xx le han sido legalmente atribuidas en virtud de la norma prevista en la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones. Xxx.xx tiene encomendado un papel esencial en la ejecución y despliegue de medidas contempladas en la Agenda España Digital 2026 y en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
II
Que el Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI) es un órgano consultivo del gobierno adscrito estatutariamente a Xxx.xx y cuya misión es el análisis de la sociedad digital y el fomento del humanismo tecnológico. En este contexto, la estrategia España Digital 2026 le encomienda al ONTSI el impulso de la implementación de la Carta de Derechos Digitales.
III
Que, entre las líneas de actuación de Xxx.xx, se encuentra la colaboración a través del ONTSI con agentes públicos y privados para avanzar en la implementación de los derechos digitales, así como en los compromisos adquiridos en la estrategia España Digital y en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en relación con los Derechos Digitales.
IV
Que las corporaciones que conforman el Grupo de Entidades firmaron un Acuerdo de Colaboración para participar en el desarrollo de los derechos y obligaciones del presente convenio tras haber mostrado su interés en cooperar conjuntamente, a través de la propuesta presentada a la Invitación General (C046/22-OT) cuya selección quedó determinada por la Resolución de 27 de julio a dicha Invitación.
V
Que, en el Acuerdo de Colaboración mencionado en el expositivo anterior las partes firmantes acordaron que las actuaciones derivadas de los compromisos adquiridos para la ejecución del objeto del presente convenio serán coordinadas y representadas por la Fundación Hermes, en virtud de la cláusula Cuarta del Acuerdo de Colaboración.
VI
Que el Grupo de Entidades propone desarrollar medidas legislativas y no legislativas que fomenten la implementación de la Carta de Derechos Digitales actuando como un Espacio de Observación. Estas medidas se identificarán con la participación activa del Grupo de Entidades, y sus organizaciones representantes. En esta línea el Grupo de Entidades se encargará de impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales y participará activamente en la organización de grupos de trabajo, reuniones y jornadas para aumentar la colaboración de expertos y partes interesadas en el debate y la reflexión sobre las medidas a adoptar.
VII
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Que la Fundación Hermes es una fundación constituida con arreglo a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Se trata de una fundación de interés social y duración temporal indefinida, cuyo objeto fundamental es trabajar por el empoderamiento de los ciudadanos españoles, la democratización de las organizaciones y las instituciones sociales. Tiene como misión identificar, difundir y defender los derechos de los ciudadanos en el entorno digital, así como favorecer al desarrollo de la sociedad de la información a través del impulso del conocimiento abierto, con el fin de informar y empoderar a organizaciones y ciudadanía. Busca extender los principios y valores democráticos en todas las instituciones sociales, incluyendo pequeñas y medianas empresas, personas autónomas, emprendedoras o activistas sociales, así como en todas aquellas asociaciones e instituciones públicas que tengan entre sus objetivos, fines
u obligaciones el empoderamiento ciudadano y el fomento de la sociedad de la información.
Con un Plenario compuesto por Patronato y Consejo Asesor, reúne a 96 figuras públicas del empresariado, la Academia, la Comunicación y la Economía Social, lo que hace que la Fundación Hermes sea una organización social española dedicada al mundo digital con mucha conexión en la sociedad. Algunos de sus miembros han participado en la elaboración de la propuesta de la Carta de Derechos Digitales.
Entre sus principales experiencias en proyectos similares al objeto del presente convenio, destacan la difusión y divulgación de los Derechos Digitales en el ámbito internacional, entre otros:
– Puesta en marcha del proyecto PROLIFIC (2020-2022), cofinanciado por el Programa Erasmus+ de la Unión Europea (2020-1-ES01-KA204-082419). El proyecto buscó apoyar la especial necesidad de colectivos vulnerables en el espacio europeo mediante la cooperación entre con diversas entidades y personas expertas a través de la metodología «focus groups».
– Participación y membresía «The Metaverse Standards Forum», plataforma internacional de empresas tecnológicas y centros de investigación con el objetivo de fomentar normas de interoperabilidad para un metaverso abierto.
– Creación de una red de expertos internacionales para el asesoramiento a los trabajos de la fundación, compuesto mayoritariamente por mujeres profesionales de experiencia internacional y con un fuerte desarrollo profesional en países como Xxxxx del Sur, México, Chile o Estados Unidos, Dicha red busca la construcción xx xxxxxxx y alianzas con los países de origen y el desarrollo profesional de los expertos.
– Colaboración con la Asociación Mundial de Editores (WAN) en 2021 para la presentación en su Congreso Anual de los Objetivos de Periodismo Responsable, inspirados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas.
– Participación (2021) en la «NeuroRights Initiative» (Columbia University): Red internacional para la promoción y defensa de los neuro derechos y el desarrollo de una guía ética para la innovación neurotecnológica; hoy transformada en fundación,
«NeuroRights Foundation».
– Organización de sesiones informativas para empresas sobre ciberseguridad en colaboración con la Guardia Civil (2022).
– Convenio con la Diputación de Badajoz (2022) para la organización del, foro Derechos digitales y reto demográfico en Guareña (Badajoz) con más de un centenar de representantes de todos los sectores sociales, las administraciones, las empresas y el tercer sector.
– Acuerdo con Atresmedia para la publicación de contenido Hermes sobre derechos digitales en sus canales (2022).
VIII
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Que la Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona (Fundación La Caixa) es una institución de naturaleza no lucrativa, benéfica y social, de carácter privado. Desde sus orígenes, la Fundación «la Caixa» se ha caracterizado por un fuerte compromiso social y una vocación de trabajo a favor del interés general. Tiene por objeto, con carácter general, el fomento y desarrollo de obras sociales, benéficas, asistenciales, docentes y/o culturales. Para ello, reglamenta y sostiene obras benéficas, culturales, de mutualismo y xx xxxxxxx mutuo, asistenciales, de lucha sanitaria y de acción social, de investigación u otras de naturaleza análoga desde el punto de vista del interés general.
Su observatorio, denominado el Observatorio Social de la Fundación «la Caixa», es un espacio de análisis, debate y reflexión que estudia la actualidad y los retos de la sociedad con el fin de divulgar el conocimiento de las ciencias sociales a toda la sociedad.
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Su misión es generar conocimiento de base científica sobre temas sociales a través de convocatorias competitivas. Así mismo, difunde el conocimiento que generan los expertos a través de publicaciones, vídeos, podcasts y actividades presenciales y online de debate y reflexión. Todo ello, con la visión de ser una entidad de referencia para la sociedad en el desarrollo de soluciones duraderas que cubran las necesidades básicas de los colectivos más vulnerables; que favorezcan el progreso social dando respuesta a los nuevos retos en la investigación, la formación de excelencia y la educación; y que acerquen la ciencia y la cultura a todos los segmentos de la sociedad.
IX
Que la Fundación Telefónica lleva décadas trabajando por el impulso de una sociedad digital más justa, inclusiva y centrada en los derechos de las personas, impulsando iniciativas para contribuir a estos objetivos. Para ello, promueve un mundo digital y solidario y trabaja por mejorar las oportunidades de desarrollo de las personas a través de proyectos educativos, sociales y culturales, adaptados a los retos del mundo digital.
En 2014 impulsó el primer manifiesto digital, siendo pioneros en el desarrollo de recomendaciones y compromisos que liberaran todo el potencial del mundo digital a la vez que se protegían los derechos de los ciudadanos en aspectos como la privacidad, la transparencia, la protección, la ciberseguridad, etc. Este primer manifiesto se renovó en 2018 y en 2020 con la publicación del «Pacto Digital». También ha desarrollado compromisos similares para el contexto digital de América Latina.
La Fundación Telefónica lleva trabajando los últimos 25 años en contribuir al desarrollo de las personas en la sociedad digital a través de programas globales como
«Profuturo», que busca reducir las brechas sociales a través de la educación digital.
La empleabilidad digital de los jóvenes es también una de las prioridades de la organización, por lo que ha desarrollado planes para mejorarla como «Conecta Empleo» o los «Campus 42», enfocados en la acción social para reducir la vulnerabilidad digital. Además, destacan en su trayectoria los proyectos en el ámbito de la investigación y la cultura digital enfocados en divulgar conocimiento relevante sobre los retos que afronta el mundo digital, así como sensibilizar a la ciudadanía y las instituciones para transformar nuestra realidad.
También es responsable de la gestión de «Espacio», un lugar abierto a todas las personas donde es posible el diálogo y debate a través de exposiciones, talleres, conferencias, coloquios.
X
Que la Fundación Atresmedia es una entidad sin ánimo de lucro, independiente, creada en 2005 por iniciativa del Grupo Atresmedia que nació con el objetivo de apoyar a niños y jóvenes para defender sus derechos, necesidades e intereses, así como contribuir a mejorar su relación con el medio televisivo; funcionando como una herramienta de comunicación al servicio de su desarrollo personal y cívico.
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Desde entonces, los proyectos que realiza están dirigidos a tres colectivos: niños, niñas y jóvenes, comunidad docente y familias. En atención a los que ha realizado diversos programas con la vocación de impulsar competencias de alfabetización mediática, informacional y digital a la sociedad en general y a los jóvenes, sus familias y educadores.
Apoyadas en los canales de comunicación del Grupo Atresmedia, algunas de las actuaciones en las que su importante función social se ha puesto de manifiesto incluyen siguientes proyectos:
– AMIBOX es un contenedor de piezas audiovisuales de corta duración, accesibles de manera abierta y gratuita en la plataforma ATRESplayer y también disponible en YouTube y en las redes sociales de la Fundación Atresmedia, dirigidas a niños y jóvenes,
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utilizando su lenguaje y sus códigos de comunicación, con prescriptores que les resultan cercanos, en las que se tratan contenidos esenciales de alfabetización mediática, en sus tres vertientes: mediática, informacional y digital.
– Efecto MIL es el proyecto de la Fundación Atresmedia dirigido a los jóvenes para fomentar el uso positivo de las redes sociales. Efecto MIL pretende trasladar un doble mensaje: por una parte, las redes sociales, utilizadas con un propósito social positivo, son una magnífica herramienta de sensibilización para contribuir a la prevención de los riesgos y las conductas problemáticas que se pueden derivar del propio uso de las redes y de los dispositivos, y, por otra parte, los jóvenes, con su lenguaje, su creatividad y su compromiso, son los mejores prescriptores de esta idea.
– Mentes AMI es el proyecto de la Fundación Atresmedia dirigido a la comunidad docente con la implicación de los profesores y los centros educativos, MENTES AMI promueve el desarrollo de las competencias mediáticas, informacionales y digitales en las aulas, entre alumnos de educación infantil, primaria y secundaria, bachillerato, formación profesional de grado básico y medio, y alumnos de escuelas de segunda oportunidad.
XI
Que, la Universitat Xxxxxx Xxxxx es una universidad pública que presta el servicio de la enseñanza superior mediante el estudio, la investigación y la docencia. Actúa en régimen de autonomía y se rige por la Ley orgánica de universidades, la Ley de universidades de Cataluña y las normas de despliegue de estas leyes que dicten el Estado y la Generalidad de Cataluña en uso de sus respectivas competencias.
Su misión radica en la promoción de la excelencia en todas sus actividades, con el fin de participar en el progreso de la sociedad mediante la conservación, creación, crítica y difusión del saber científico. Así como contribuir a la mejora y la innovación del sistema educativo, promoviendo actividades de difusión del conocimiento por medio de la extensión universitaria y de la formación a lo largo de toda la vida; impulsar la participación de la comunidad universitaria en la comunidad académica internacional, y el intercambio de conocimientos y de informaciones con otras instituciones.
La universidad adecúa la oferta de estudios a las necesidades de la sociedad, velando por el principio de igualdad de oportunidades y fomentando el pensamiento crítico y la transmisión de los valores cívicos y sociales propios de una sociedad democrática.
Su trayectoria en el impulso de los derechos digitales incluye iniciativas como La Cátedra City Management, creada en junio de 2022, que ambiciona potenciar instrumentos e iniciativas que permitan recuperar la confianza ciudadana con las instituciones a través de una gestión pública de calidad. Se centra en el marco del entorno municipal, pues es donde se ofrecen un número más importante de interacciones entre ciudadanos, empresas e instituciones. Por lo que es fundamental preservar y asegurar los derechos digitales de los ciudadanos. La cátedra está vinculada al sector de la gestión y la gobernanza de las ciudades y quiere potenciar nuevas fórmulas de management, participación y uso de la tecnología responsables. Tiene como objetivo principal fomentar el análisis, la investigación, la modelización y la transferencia y difusión de conocimientos en estos ámbitos.
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XII
Que la Universidad San Xxxxx CEU, reconocida por Ley 8/1993, de 19 xx xxxxx, al amparo del artículo 27.6 de la Constitución, es una institución educativa, con la personalidad jurídica propia de la Fundación Universitaria San Xxxxx-CEU, entidad sin ánimo de lucro. Desarrolla su tarea de acuerdo con la naturaleza y autonomía propias de la actividad universitaria y las libertades académicas que le son inherentes. Su misión
incluye la búsqueda de la excelencia en la docencia en todos los niveles universitarios y todas las disciplinas, así como el compromiso con la investigación.
En 2012 creó la Cátedra Google de Privacidad, Sociedad e Innovación, que se convirtió en uno de los foros más destacados a nivel internacional en cuanto al debate sobre la relación entre tecnología y derecho. Dicha Cátedra organiza conferencias, seminarios, y actividades internacionales abordando retos como la ciberseguridad y la protección de datos. Además, cuentan con la presencia de expertos internacionales, así como altas autoridades del mundo regulatorio. En 2018, la Cátedra se transformó en la South European Google Data Governance Chair, y pasó a ser integrada también por la Universidad Roma Tre, la Universidad Nova xx Xxxxxx y la Universidad de Atenas. A través de ella, se organiza todos los años un Congreso Internacional sobre temas relacionados con Derechos Digitales y regularmente Seminarios en Roma, Lisboa y Atenas sobre los mismos temas.
La Universidad también oferta un Grado en Derecho con Título Propio en Derecho Digital e Innovación Tecnológica. Con ello trata de dar respuesta a la necesidad de contar con profesionales jurídicos especializados en Legal Tech. El grado imparte una formación básica y avanzada en temas como la inteligencia artificial, protección de datos, la administración electrónica, el comercio electrónico, la ciberseguridad y la ciberjusticia, la propiedad intelectual e industrial, blockchain.
Asimismo, ofrece un Máster Oficial Universitario en Protección de Datos, Transparencia y Acceso a la Información.
Entre sus múltiples actuaciones para promover la difusión de los derechos digitales destaca la organización, en 2023, del encuentro divulgativo sobre la Carta de los Derechos Digitales, que contó con la presencia de destacados expertos.
XIII
Que la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) es una entidad de Derecho Público a la que corresponde, en el ámbito de sus competencias, el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. Está dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio y hace de la autonomía seña fundamental de su identidad. Se define por su voluntad de innovación e implicación social, en coordinación y colaboración con otras universidades e institucione y son sus funciones:
– La creación, el desarrollo, la transmisión y la crítica de la ciencia, de la técnica, de la cultura y del arte, siempre orientadas hacia la libertad, el desarrollo humano sostenible, la justicia, la paz, la amistad y la cooperación entre los pueblos.
– La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, así como la actividad creadora en todos sus campos.
– El apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico en todos sus ámbitos, tanto nacionales como internacionales.
– La difusión del conocimiento y de la cultura a través de la extensión universitaria y la formación permanente.
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– El desarrollo de un modelo de educación multidisciplinar y éticamente orientado hacia la búsqueda de soluciones concernientes a los derechos humanos, al medio ambiente, a las relaciones de género, a la atención a las personas con discapacidad, a la erradicación de la pobreza, y a la justicia económica y social entre los pueblos, a través de la promoción de conocimientos, valores, actitudes, habilidades y patrones de comportamiento comprometidos con un desarrollo humano sostenible.
Desde distintas perspectivas académicas, y en el contexto interdisciplinar que le es propio, la UAM ha desarrollado ya en las dos últimas décadas numerosas actividades tanto docentes como de investigación relacionadas con los entornos y los derechos digitales. Entre ellas destacan las publicaciones del equipo de la UAM como proyectos
de investigación actualmente en ejecución, y los actuales títulos académicos vinculados a la sociedad digital que se imparten en el campus. Entre estos últimos destacan:
– Máster de Formación Permanente en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías; el Diploma de Especialización en Derecho Digital.
– Diploma de Especialización en Propiedad Intelectual.
– Máster de Formación Permanente en Inteligencia para la Seguridad.
– Diploma de Experto en HR Analytics.
– Diploma de Experto en Neuropsicología Forense y el Grado en Ciencia, Tecnología y Humanidades.
XIV
Que la Universidad Xxxxxx III de Madrid, creada en 1989, es una entidad de Derecho público, regida por Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Está dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio y goza de autonomía de acuerdo con la Constitución y las Leyes, sin perjuicio de las tareas que correspondan a la Conferencia General de Política Universitaria y a la Administración educativa competente.
Su objetivo es la calidad y excelencia en sus actividades, estableciendo sistemas de control y evaluación, así como velar por el adecuado desarrollo de la docencia para la transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura. Para llevar a cabo dicha misión, apoya la investigación como procedimiento de creación y renovación del conocimiento y establece relaciones con otras Universidades, centros de educación superior y centros de investigación, procurando la mayor proyección social de sus actividades.
La UC3M promueve los cauces de colaboración y asistencia a la sociedad, con el fin de apoyar el progreso social, económico y cultural. Ello incluye el apoyo, impulso y promoción de la cooperación universitaria al desarrollo a través de estrategias orientadas a la transformación social y el fortalecimiento académico en los países más desfavorecidos, garantizando la igualdad de trato y de oportunidades de todas las personas.
Todo ello se refleja en su lugar privilegiado que ocupa en los ránquines internacionales de formación universitaria, ocupa, fundamentados, entre otros aspectos, en la formación, experiencia y dedicación del personal docente e investigador. Estos esfuerzos toman forma en la oferta de titulaciones de Máster, grupos e institutos de investigación, así como proyectos nacionales e internacionales. Ejemplo de ello resultan algunos programas ofertados como: El Máster universitario en derecho de las telecomunicaciones, protección de datos, audiovisual y sociedad de la información; el Máster universitario en ciencias sociales computacionales o el Máster universitario en inteligencia artificial aplicada.
XV
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Que Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (en adelante CERMI) es una asociación de ámbito estatal sin ánimo de lucro, regida por lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 xx xxxxx, reguladora del Derecho de Asociación. Su misión consiste en articular y vertebrar al movimiento social español de la discapacidad, desde la cohesión y la unidad del sector, y respetando siempre el pluralismo inherente a un segmento social tan diverso. Desarrolla una acción política representativa en defensa de los derechos e intereses de las personas con discapacidad y sus familias.
Traslada ante los poderes públicos, los distintos agentes y operadores, y la sociedad, mediante propuestas constructivas –articuladas y contrastadas técnicamente– las necesidades y demandas del grupo de población de la discapacidad, asumiendo y encauzando su representación, convirtiéndose en interlocutor y referente del sector, para promover la plenitud de derechos, la no discriminación, la igualdad de oportunidades, la inclusión en la comunidad, la emancipación social y, en general, la mejora de las
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condiciones de vida de los ciudadanos españoles con discapacidad y de sus familias. Funciones que desempeña con vocación estatal y autonómica en el ámbito de las relaciones con las instituciones españolas, así como europea e iberoamericana, en lo referido a las relaciones con las Instituciones comunitarias y otras instancias internacionales.
De este modo, se constituye como la asociación más representativa de los diferentes tipos de discapacidad en el ámbito estatal. A modo de plataforma unitaria de acción en defensa de los derechos e intereses de las personas con discapacidad y sus familias, los valores que inspiran y orientan su actuación se sustentan en la Convención Internacional sobre los Derechos de los Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006.
Su actividad se orienta al diseño de políticas de actuación, encaminadas a conseguir la normalización social de las personas con discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos y la promoción de la inclusión en todos los ámbitos sociales, incluyendo en aquellos referidos a la tutela, protección y defensa jurídica de sus derechos y libertades. Bajo este enfoque, el Comité aboga por un uso inclusivo de la inteligencia artificial para fomentar el empleo de las personas con discapacidad. Entre sus actuaciones clave destaca su papel en el Consejo Consultivo para la Transformación Digital, del que forma parte desde 2021.
Desde entonces, ha asesorado en el diseño de las políticas de Gobierno en materia de transformación digital. Junto al Gobierno y las Comunidades Autónomas, ha promovido la adquisición de compromisos como el de «superar las brechas digitales y garantizar el acceso a Internet de colectivos vulnerables o con necesidades especiales y de entornos familiares y sociales económicamente desfavorecidos mediante, entre otras medidas, un bono social de acceso a Internet».
El mismo año, se incorporó al Foro de Transformación Digital de la Justicia, buscando mejorar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad y sus familias, así como ayudar a las con la Administración de justicia y, de manera general, contribuir a la autonomía de las personas con discapacidad.
En 2022, en Valencia, la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y el CERMI firmaron un convenio para promover la inclusión digital y reducir la brecha digital entre las personas con discapacidad a través de acciones formativas en competencias digitales para personas con discapacidad, familiares y educadores. Sus acciones didácticas abarcaron las cinco áreas competitivas del Xxxxx Xxxxxxxxxx de Competencias Digitales: información y alfabetización de datos, comunicación y colaboración, creación de contenido digital, seguridad y resolución de problemas.
En 2023, presentó el proyecto «Cermi Espacio Digital. Territorios Conectados». Iniciativa que se propuso implementar un espacio digital unitario, accesible e inclusivo en el que compartir el conocimiento de Cermi Estatal y sus 19 plataformas regionales. El proyecto fue consecuencia de la iniciativa MetaDiverso, estrategia integral de transformación digital del CERMI, que recibió el apoyo económico del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de su Convocatoria de Ayudas para la Modernización del Tercer Sector de Acción Social.
XVI
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Que Fundación para la Repoblación Sostenible cuenta con un Consejo Social formado por personas de perfiles y trayectorias muy distintas que, desde la academia, la empresa, los medios o el sector social han aportado soluciones concretas a la despoblación, impulsando una relación nueva entre lo urbano y lo rural.
La Fundación enfrenta la despoblación a través de diversas líneas de trabajo. Entre ellas se incluyen la vivienda cooperativa, la educación infantil, los mayores, la economía social, Europa y la NEB, la formación agro, formación en gestión y proyectos, el trabajo y formación digital, y las redes y derechos digitales.
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La Fundación Repoblación tiene como meta abrir en 2024 su primer espacio compartido de trabajo, donde integrará servicios de agencia de empleo digital, espacio para los niños, propuestas de ocio, compras colectivas... y todo lo que un trabajador digital remoto o un teletrabajador pueden necesitar para mejorar sus condiciones de vida y enraizar en el medio rural. Repoblación también elaborando con las cooperativas de desarrolladores de software libre Xxxxxxxx.xxx y Xxxxxxxx.xxx, para desarrollar cursos para comprender y dominar la digitalización en la vida cotidiana, no depender de los monopolios de software, descubrir las bases del desarrollo de software o dar pleno uso a la infraestructura digital infrautilizada hoy en los pueblos.
Entre 2024 y 2027, Fundación Repoblación colaborará con el «Observatorio de Derechos Digitales» de Xxx.xx (Ministerio de Transformación Digital) en la visibilización del papel de los derechos digitales a la hora de enfrentar el reto demográfico.
XVII
Que Universidad Católica del Uruguay es una institución confiada a la Compañía de Xxxxx y forma parte de la red mundial de universidades jesuitas; nació en 1985 con la misión de ser una institución de educación superior plural, humanista y abierta al mundo, comprometida con la excelencia y con la búsqueda de una sociedad más inclusiva y justa.
La Universidad Católica del Uruguay es una universidad con un fuerte foco en las Humanidades e imparte un conjunto de cursos que buscan promover y facilitar una cultura humanista, creativa, innovadora y crítica. Son casi 30 cursos transversales que los estudiantes deberán tomar durante su carrera y que se organizan en los siguientes núcleos temáticos: Antropología y Filosofía, Ética y Ciudadanía y Sociedad y Religión.
La Universidad Católica del Uruguay además de ser una universidad de enseñanza, es una universidad de investigación. Con 12 departamentos y más de 60 investigadores en el Sistema Nacional de Investigadores, es una voz autorizada a la hora de generar conocimiento en áreas como Ciencias Sociales, Educación, Humanidades, Ingeniería, Neurociencias y Psicología.
En la UCU hay varios centros pensados para fomentar la innovación y la creatividad y, también, para brindar herramientas esenciales para la vida contemporánea de estudiantes, profesores y de la comunidad toda. Está IthaKa, el centro de emprendimientos transversal; Ludus, el centro de formación docente; Ignis, el centro audiovisual; Ágora, el centro que reúne los servicios de información, escritura y publicación de toda la Universidad; Hodos, el centro metodológico que potencia la investigación de los estudiantes que quieren seguir una carrera académica; Practicum, el centro pensado especialmente para articular prácticas formativas para los estudiantes de grado y postgrado en organizaciones; y Xxxxx, el centro que tiene como propósito transformar situaciones de desigualdad y vulneración.
Con base a la experiencia de la Universidad Católica del Uruguay, en cuanto a su participación en el desarrollo de actividades académicas y proyectos de investigación vinculados a la promoción y defensa de los Derechos Humanos, en general, y de los Derechos Humanos Digitales, en particular, es que comparte la asignación de actividades que se plantea en el documento «Propuesta de colaboración y memoria detallada C046/22- 0T».
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Atendiendo a que, como entidad académica, comparte los objetivos relativos a la promoción y defensa de los Derechos Humanos Digitales a nivel global y, especialmente, a nivel de los países de Iberoamérica, dada la relevancia que han adquirido tales derechos ante el uso masivo de las tecnologías de la información y comunicación en este espacio digital en que el ser humano se relaciona en línea.
XVIII
Que Asociación Europea Para La Transición Digital es una entidad sin ánimo de lucro que nace para contribuir al desarrollo tecnológico y la transformación digital, singularmente en la economía y la sociedad del dato.
Nace con la vocación de impulsar líneas de actuación propias y apoyar las de terceros que contribuyan a que la Unión Europea realice una Transición Digital acorde con sus valores fundacionales y constructora de liderazgos tecnológicos.
XIX
Que Fundación Hiberus promueve la capacitación profesional, tecnológico-digital, el interés por los estudios científico-técnicos y el espíritu emprendedor para el desarrollo de la sociedad. Tiene experiencia en proyectos similares a la Invitación General que se resumiría en:
La Fundación Hiberus trabaja para impulsar el conocimiento digital en la sociedad y promover el desarrollo profesional en el ámbito TIC, realizando acciones encaminadas a:
– La empleabilidad de las personas mediante su adaptación al entorno digital y TIC- Fomentar la vocación digital y tecnológica entre colectivos de niños, adultos y personas mayores.
– Generar inquietud de liderazgo y emprendimiento que dinamice a la sociedad.
Fundación Hiberus colabora con Microsoft Learn for Educators, Oracle Academy, Cisco Networking Academy y Linux Professional Institute.
Articula sus acciones a través de:
– Digital Skills Program.
– IT Skills Program.
– Apoyo al emprendimiento.
– Programa para el fomento de vocaciones tecnológicas y desarrollo de competencias digitales.
El Digital Skills Program y el IT Skills Program buscan conectar a la sociedad con la nueva realidad xxx xxxxxxx laboral y formar a profesionales en las tecnologías más demandadas en la actualidad.
Además, el programa #TICVOLUCIÓN, tiene por objeto acercar las Tecnologías a la Sociedad y como complemento al programa ITSkills, ofrece certificaciones en los niveles IT Specialist o Microsoft Certified Fundamentals (MCF). Cada examen tiene un xxxxx xx xxxxxxx superior a los 100 euros asumido íntegramente por la Fundación.
En cuanto al programa para el fomento de vocaciones tecnológicas y desarrollo de competencias digitales, el objetivo es despertar la curiosidad de pequeños y jóvenes por la ciencia y la tecnología, involucrar a docentes, padres y orientadores en el uso y la aplicación de la tecnología y el conocimiento de las oportunidades que ofrece en los ámbitos del aprendizaje y el mundo laboral, así como llegar a pymes y autónomos para guiarles en la transformación digital de su negocio.
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XX
Que la Universitat de Valencia, Estudi General, fue fundada en 1499 bajo el nombre de Estudi General. Inicialmente dedicada a los estudios de medicina, humanidades, teología y leyes, a lo largo de las dos últimas décadas ha experimentado un acelerado proceso de transformación y crecimiento, sin comparación con etapas anteriores. Este importante esfuerzo ha convertido a la Universitat de València en una moderna universidad global, líder en la aplicación de las nuevas tecnologías, y conectada con las principales redes internacionales científicas y de docencia.
Una amplia actividad docente e investigadora desarrollada en todas las áreas de conocimiento (ciencias básicas e ingenierías, ciencias de la salud, ciencias de la educación, humanidades y ciencias sociales, económicas y jurídicas) y el compromiso con la excelencia han convertido a la Universitat de València en uno de los cinco primeros centros científicos españoles.
La Universitat de València fomenta la búsqueda de nuevos conocimientos, el desarrollo científico y tecnológico, y evalúa los resultados de los mismos, tanto en lo que se refiere a la investigación básica como a la aplicada, transfiriendo los resultados de la investigación a los sectores productivos, contribuyendo al progreso técnico y al desarrollo económico y social.
De la misma forma, con las garantías de racionalidad y universalidad que le son propias, la Universitat de València es una institución difusora de cultura y de la ciencia en el seno de la sociedad, facilitando, estimulando y acogiendo las actividades intelectuales y críticas en todos los campos de la cultura y del conocimiento.
XXI
Que el Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA), es una asociación nacional en 2019, la mayor plataforma hispanohablante en la materia e integrada internacionalmente en el International Group of Artificial Intelligence: IGOAI. Cuenta con más de 300 socios individuales, todos ellos profesionales de reconocido prestigio, tras un riguroso proceso de evaluación y admisión. El grupo jurídico participó formalmente en la Carta de Derechos Digitales con un documento de más de 30 páginas de propuestas. Presentaron en febrero de 2023 un acto sobre la Carta de Derechos Digitales con la SEDIA. Han organizado más de 20 congresos y seminarios, unos 50 webinars y ha tenido una presencia continuada en medios de comunicación.
XXII
Que la Universidad Santiago de Compostela se encuentra entre las diez mejores universidades españolas en cuanto a su posicionamiento en los diferentes rankings universitarios internacionales (ARWU, QS, SIR, Reuters, Nature Index, Webometrics) y nacionales (U-ranking).
Cuenta con más de 300 equipos de investigación, pertenecientes a diferentes Departamentos (50), Centros de Investigación Singulares (4) e Institutos de Investigación (11). Las actividades de I+D fueron respaldadas con un promedio de €60 millones/ año (20 % correspondiente a contratos con empresas privadas y 60 % a fondos públicos competitivos) durante los últimos 5 años. La USC participa en más de 150 proyectos colaborativos e individuales dentro de FP7, H2020 y Horizon Europe, incluyendo 21 MSCA ITN y acogiendo más de 25 becas individuales MSCA. Además, 15 becas ERC (9 StG, 2 CoG, 2 AdG y 2 SyG) están trabajando en la USC como Institución Anfitriona.
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El Centro Singular de Investigación en Tecnologías Inteligentes de la Universidad de Santiago de Compostela (CiTIUS) pertenece a la Red de Centros Singulares de Investigación de la USC y es uno de los 8 Centros de Investigación acreditados por la Xunta de Galicia y referente en el ámbito de la IA, no solo en Galicia sino también del Estado y Europa. El centro cuenta con un equipo de más de 140 personas, incluyendo 34 investigadores senior. En los últimos 3 años (2020-22), el centro ha tenido un presupuesto de más de 10 millones de euros, siendo el 16 % de proyectos europeos y el 20 % de transferencia. En el mismo periodo, el centro publicó más de 180 artículos en revistas científicas, siendo el 77 % del primer cuartil y estando el 20 % entre el 10 % de las publicaciones de mayor impacto a nivel mundial.
El centro tiene actualmente 9 proyectos europeos activos, siendo el coordinador de 3 MSCA Doctoral Networks (NL4XAI, MENELAOS_NT y HYBRIDS), dos de ellas con una relación muy directa con el convenio y, en general, la Carta de Derechos Digitales, un proyecto ERC Consolidator Grant (NANOVR) y además participa como socio en otros 3
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proyectos del programa Horizon Europe (XXXXX, Ministor y iRead4Skills). El centro también forma parte de las redes europeas de IA XXXXXX, AI4Media y XXXXXX.
La agrupación Sociedad y Economía Dixital (SEDUSC) está formada por los grupos Empresa y Administración (GI-EA) de Derecho y VALFINAP de Ciencias Económicas, que son lideres en el ámbito de las ciencias jurídicas y sociales, además de estar entre los 15 primeros grupos de investigación en producción científica de entre los más de 300 con que cuenta la USC.
En conjunto, las sinergias existentes en la USC han permitido una alta especialización en Galicia, para el desarrollo de una IA confiable, justa, sostenible e inclusiva, incardinada en los valores europeos y ordenada al Estado de Derecho, lo que, entre otros efectos. Se ha contribuido en la Estrategia Digital de Galicia, así como la Estrategia de IA de Galicia, de modo que todo el ecosistema existente supone un entorno favorable para los objetivos que se asuman en el actual proyecto.
XXIII
Que, la Universidad xx Xxxxxxx, como universidad privada católica, tiene experiencia en proyectos similares a la Invitación General que se resumirían en:
La Universidad xx Xxxxxxx imparte un Máster en Derecho Digital. El Máster de Derecho Digital abarca los temas:
– Fundamentos del derecho digital.
– Actividad digital en el mercado.
– Asesoramiento en el ámbito jurídico digital.
Los profesores de la Universidad xx Xxxxxxx han publicado el Tratado de Derecho Digital. Esta publicación aborda el conjunto de normas que establecen requisitos y límites del tratamiento de datos digitales, regulan las relaciones entre personas a través de datos, transmitidos por medios electrónicos en distintos ámbitos. El contenido de este tratado no es exclusivamente jurídico, sino que incluye el análisis de cincuenta expertos en arquitectura, economía, ciencia de datos, comunicación o teología para abordar cuestiones como la fiscalidad digital, la ciberseguridad, menores y el uso de redes sociales, el «rastro digital» o el tratamiento de datos en la Unión Europea, etc.
XXIV
Que la Universidad de Comillas es una universidad católica española que desarrolla su misión y servicio de transferencia e impacto social a través de la comunicación, la divulgación y la participación activa en los debates públicos, ofreciendo un conocimiento especializado que ayude al discernimiento y a transformar los problemas en soluciones, promoviendo y generando una cultura del encuentro, basada en el diálogo y la apertura, y tiene una amplia experiencia en las tareas objeto de la invitación. Como muestra de la misma se pueden citar:
Estructuras estables de investigación relacionadas con los derechos digitales. Observatorio Legaltech & NewLaw.
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Su misión es analizar, divulgar, transferir experiencias y conocimiento sobre cómo la tecnología está transformando «realmente» los servicios legales, su organización y práctica, impactando también en las profesiones jurídicas y las personas que las desarrollan.
Algunas de los últimos actos del Observatorio están disponibles en Comillas TV:
– Lanzamiento Laboratorio legal de ciberseguridad. Primera jornada. Las consecuencias legales. 1 de diciembre de 2022.
– Xxxxxxx XXXX y NIS 2.
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– La «Videoconferencia y juicios telemáticos»-Observatorio Legaltech Xxxxxxxxx ICADE. 19 xx xxxxx de 2023.
– España Digital 2026. Ciberseguridad y Compliance. 17 de octubre de 2022.
– Digitalización del mecanismo de segunda oportunidad o cómo ayudar a los emprendedores en tiempos de crisis.
– Ciberseguridad y los retos DIGCOMP en el ámbito jurídico. 29 xx xxxxx de 2022. Cátedra ICADE-Notariado sobre la Seguridad Jurídica en la Sociedad Digital.
La Cátedra ICADE-Notariado sobre la Seguridad Jurídica en la Sociedad Digital nace con la pretensión de fomentar el estudio, investigación y debate sobre las relaciones entre las nuevas tecnologías de la información y el derecho desde un enfoque multidisciplinar.
XXV
Que la Fundación Mobile World Capital tiene como misión mejorar la vida de las personas mediante el uso humanista de la tecnología.
Siendo su actividad principal el apoyo al emprendimiento y el talento digital, una de sus principales líneas de acción se centra en la reflexión sobre el impacto de la tecnología en la sociedad.
Sus áreas de acción se centran en la innovación, la conectividad inteligente, el impulso xxx xxxxxxx joven y el empoderamiento ciudadano a través de un uso humano y positivo de la tecnología.
En esta línea destacan dos programas permanentes de la Fundación:
– Digital Future Society (DFS) es un programa global de Mobile World Capital Barcelona que busca construir un futuro inclusivo, equitativo y sostenible en la era digital. Con esta finalidad, DFS involucra expertos en tecnología y científicos sociales para explorar, experimentar e intercambiar conocimientos en cuatro áreas clave: la innovación pública; la confianza y la seguridad digital; la inclusión y el empoderamiento ciudadano y el crecimiento sostenible.
– Mobile Week Barcelona es un espacio abierto de reflexión sobre la transformación digital a través del arte, la ciencia y la tecnología para afrontar los retos, límites y oportunidades del pensamiento digital inmerso en nuestra cultura.
Mobile Week Barcelona reúne artistas, científicos, filósofos, ingenieros, emprendedores y profesionales de la industria en una iniciativa abierta a todos los ciudadanos.
XXVI
Que la Fundación Diario xx Xxxxxxx es un periódico independiente creado en 1903 por pioneros navarros que pensaron en la necesidad de contribuir al avance de su entorno, impulsando el desarrollo de la sociedad xxxxxxx. Actualmente, han ampliado sus esfuerzos, impulsando acciones específicas para dar respuesta a las nuevas necesidades de la Fundación. Por ello, tiene experiencia previa en proyectos similares a la Invitación General que se resumen en:
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Alfabetización mediática y desinformación: viene desarrollando actividades de comunicación en defensa y divulgación de los derechos a la información veraz, y contra de la desinformación, y del derecho a la libertad de expresión. En este sentido, en 2018, Diario xx Xxxxxxx, de la mano de su Fundación, puso en marcha el «Programa de Educación en Medios: por una ética de la verdad». Un programa dirigido a los más jóvenes con acciones que contribuyan a formar ciudadanos críticos, capaces de navegar con su propio criterio entre los numerosos mensajes y fuentes de información, comprometidos con el desarrollo de sus comunidades y de sus vecinos.
Anonimato Digital y Desinformación: participación en el seno xx Xxxxxx en el proyecto desarrollo de acciones de los medios de comunicación, frente al anonimato digital y la desinformación, y concretamente, en el manifiesto de Objetivos de Periodismo Responsable presentado a la Asociación Mundial de Editores.
La Fundación Diario xx Xxxxxxx sitúa su actuación en la educación para el desarrollo de las competencias comportamentales digitales, como lo describe la Carta en el Bloque 3. apartado XVII Derecho a la educación Digital: en la transformación digital de la sociedad centrada en el ser humano. En este contexto, hemos desarrollado un proyecto que está siendo implantado, por el momento, en colegios navarros que tiene como objeto una educación continua para que los/as niños/as adquieran hábitos de comportamiento en el mundo digital éticos, con valores, con criterio y equilibrio. Está orientado a la etapa de primaria (de 6 a 12 años) y se desarrolla en horario lectivo. Esta formación se complementa en casa con las familias por medio de una plataforma. Es decir, formamos a los/as niños/as y a sus dos principales grupos de referencia: profesores y familia.
Se ha suscrito un acuerdo de colaboración para la valoración y seguimiento de la eficacia o impacto de dicho programa educativo en los centros escolares con la Facultad de Educación y Psicología de la Universidad xx Xxxxxxx.
XXVII
Que, el interés español y europeo en el avance hacia una economía digital climáticamente neutra, circular, resiliente y soberana, en un mundo abierto e interconectado, coloca en el centro los derechos de las personas. Por ello, su compromiso en pro de un futuro digital, próspero y competitivo pasa por la equiparación de los derechos del mundo digital y aquellos que tradicionalmente han garantizado nuestras democracias en el mundo físico. Los derechos, valores y bienes de siempre, requieren una nueva ponderación para desplegar efectivamente sus efectos en los nuevos entornos surgidos de la transformación digital. Una óptica que permite aprovechar todas las oportunidades y potencialidades que nos ofrecen los nuevos espacios digitales desde una perspectiva garantista, y, por ende, desde la cultura misma de los derechos fundamentales. De este modo es posible mitigar los riesgos devenidos de los entornos digitales presentes y futuros y avanzar en una sociedad digital próspera que no deje a nadie atrás.
En este sentido, el humanismo tecnológico se ha situado como eje de los derechos y valores de la Unión Europea, en el marco de todas las actuaciones que se han venido realizando para abordar el reto digital ante el que nos encontramos. Un desafío del que se hace cargo tanto la estrategia digital española, como europea y se alinea con los objetivos del presente convenio.
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La actual estrategia para la transformación digital europea, denominada Década digital para 2030, fue presentada en marzo de 2021 por la Comisión Europea con el propósito de empoderar a las empresas y la ciudadanía, avalando una digitalización basada en el humanismo tecnológico. En diciembre de 2022, el Parlamento Europeo y el Consejo a través de la decisión (UE) 2022/2481 consolidaron el programa estratégico que la desarrolla. De este modo, se presenta la oportunidad de lograr un proceso de transición ordenado, que favorezca un impacto económico-social positivo y duradero. Y, asimismo, poniendo de manifiesto la necesidad de garantizar el éxito de la transformación digital a través de la promoción de los derechos y principios europeos.
Paralelamente, en España, el 30 xx xxxxx de 2021, el BOE publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 xx xxxxx de 2021, en virtud del cual se aprueba el Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Documento que despliega en el país los instrumentos de financiación comunitaria relativos a los fondos Next Generation. Sus 30 componentes, o líneas de acción, articulan las reformas e inversiones necesarias para construir un futuro más sostenible. Entre ellos destaca el componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital skills)». Una línea estratégica que promueve reforzar las competencias del conjunto de la ciudadanía, donde se incluye la Inversión 1
«competencias digitales transversales», respondiendo a la promoción de una digitalización conductora de la igualdad, la inclusión y la estabilidad.
En esta materia, y como hoja xx xxxx, el Gobierno de España aprobó la Agenda España Digital, que recoge y articula las medidas, reformas, e inversiones necesarias, en torno a ejes estratégicos que tienen como vocación el cumplimiento de hitos en materia de políticas digitales marcados por la Comisión Europea. Entre ellos, se prevé
«garantizar los derechos de la ciudadanía en el nuevo entorno digital» y se marca como meta la elaboración de una Carta de Derechos Digitales de la Ciudadanía.
En julio de 2021, y en el marco de la estrategia España digital 2025, el Gobierno presentó la Carta de Derechos Digitales. Una iniciativa pionera y prospectiva, sin carácter normativo, que permite anticipar los futuros escenarios que pueden predecirse en los entornos digitales e interpretar y adaptar el derecho vigente a las oportunidades que el entorno digital plantea. En su elaboración participó un grupo de personas expertas y fueron consultados los agentes económicos y sociales, así como la sociedad civil. Y ello, bajo la coordinación de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, el Ministerio de Justicia y la Agencia Española de Protección de Datos.
En diciembre de 2022 la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo, firmaron una Declaración Conjunta sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital, elaborando propuestas a través de las cuales se definen los valores centrales de la actividad digital: sostenibilidad, seguridad, protección y empoderamiento. Con una vocación coincidente con la iniciativa española, estos principios centrales son articulados en torno a seis capítulos que promueven un espíritu regulatorio garante y solidario, que vela por la inclusión igualitaria en los nuevos entornos, incentiva la participación en el espacio público digital y la libertad de elección.
La nueva estrategia España digital 2026, presentada por el Gobierno de España en julio de 2022, contempla el impulso e implementación de la Carta de Derechos Digitales, y la creación de un Espacio de Observación de estos. Para garantizar el éxito de este propósito, define entre las líneas de actuación de Xxx.xx, a través del Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad, la colaboración con agentes públicos y privados como vía prevista para desarrollar los compromisos adquiridos en la estrategia España Digital y en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
XXVIII
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Que, a tenor del encargo mencionado en el expositivo anterior, el 14 xx xxxxx de 2023, Xxx.xx lanzó la Invitación General para Participar en el Impulso a la Implementación de la Carta de Derechos Digitales y en la Creación del Espacio de Observación de Derechos Digitales (C046/22-OT), cuyo objeto, gira en torno a la promoción de los 6 ámbitos específicos definidos en el punto A de su apartado Sexto, así como a la Creación de un Espacio de Observación de los Derechos digitales prevista en el punto B del mencionado apartado, a través de la colaboración con entidades o grupos de entidades que aporten sus conocimientos, capacidad de movilización y sensibilización en este reto clave en la política nacional y europea; y una entidad o grupo de entidades para la firma de otro convenio para impulsar el seguimiento, difusión, debate y promoción de los Derechos Digitales entre la ciudadanía y organizaciones públicas y privadas y facilitar su adhesión a los mismos, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Esta participación de entidades permite, mediante el compromiso y los valores de las propias organizaciones, amplificar el alcance de su actividad e impacto. En concreto, y en virtud de las actuaciones que vinculan los compromisos relativos al presente convenio, las actividades se desarrollarán en torno al Punto B del apartado Sexto de la mencionada Invitación. Esto es, la creación del Espacio de Observación de los Derechos Digitales. Un espacio abierto, inclusivo y participativo desde el que impulsar el
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conocimiento, el debate y la difusión de los Derechos Digitales entre la ciudadanía y las entidades públicas y privadas, tanto en el ámbito nacional como internacional.
XXIX
Que, la inversión 1, definida como «Competencias digitales transversales» del componente número 19 («Plan Nacional de Competencias Digitales -Digital skills-») del
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)», en línea con la Agenda España Digital 2026, tiene por objetivo Impulsar la carta de Derechos Digitales «Human Tech».
Con esta línea de acción se busca asegurar que los beneficios de esta transformación tecnológica superen sus riesgos, que las oportunidades y ventajas estén distribuidas equitativamente, de modo que la digitalización sea un conductor de inclusión, igualdad y estabilidad, y que las estructuras, instituciones y procesos que rigen nuestro uso de la tecnología y los datos sean abiertos, transparentes e inclusivos. Las acciones a realizar se concretan, entre otras, en líneas de estudio y observación de la realidad tecnológica desde la perspectiva humanista en sus diferentes ámbitos.
Para financiar, entre otras, las acciones a realizar mediante la Invitación lanzada por Xxx.xx (C046/22-OT), la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, introdujo la aplicación presupuestaria nominativa a favor de Xxx.xx 27.50.460A.74009: «A Xxx.xx para el fomento de los Derechos Digitales y del humanismo tecnológico y cultura digital», con cuyo importe se van a financiar las obligaciones de la Entidad Pública Empresarial derivadas de las acciones derivadas de la Invitación, y por tanto de este convenio.
Que, a tal efecto las Partes suscriben el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del convenio es impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales a través de la creación de un Observatorio de los Derechos Digitales, un espacio abierto, inclusivo y participativo desde el que impulsar el conocimiento, el debate y la difusión de los Derechos Digitales entre la ciudadanía y las entidades públicas y privadas, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Segunda. Actuaciones.
En el marco de este convenio se llevarán a cabo una serie de actuaciones (en adelante, «las actuaciones») para conseguir los objetivos definidos en la creación de un Espacio de Observación de los Derechos Digitales referido en el punto B del apartado sexto de la Invitación General (C046/22-OT).
Partiendo de la propuesta presentada por el Grupo de Entidades por la que han sido seleccionadas para la ejecución de este convenio en base a lo dispuesto en la Invitación C046/22-OT, las líneas generales de actuación se enmarcan en los siguientes objetivos:
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1. Objetivo 1: Analizar el estado de los Derechos Digitales en la Unión Europea y sus estados miembros y compararlo con la situación en el Xxxxx Unido, Estados Unidos y países del sudeste asiático, así como en Iberoamérica.
2. Objetivo 2: Consolidar e integrar las conclusiones de los trabajos desarrollados en el resto de los convenios de colaboración para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en ámbitos específicos.
3. Objetivo 3: Construir un espacio de debate, difusión y divulgación de trabajos y actividades relacionadas con los Derechos Digitales en España y en el ámbito internacional.
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4. Objetivo 4: Realizar los esfuerzos necesarios para hacer llegar a la ciudadanía, de manera comprensible, los avances, ventajas y retos en materia de derechos digitales, además de promover su compromiso.
5. Objetivo 5: Conseguir la participación en el Espacio de Observación de los Derechos Digitales de aquellas organizaciones públicas y privadas estrechamente vinculadas a los derechos en el mundo digital.
6. Objetivo 6: Elaborar y ejecutar mecanismos para la medición de la percepción social de los Derechos Digitales en España.
7. Objetivo 7: Trabajar en la publicación de estudios e informes sobre Derechos Digitales.
8. Objetivo 8: Organizar actividades destinadas a la difusión de los Derechos Digitales y aumentar la concienciación sobre los mismos.
9. Objetivo 9: Promover la elaboración y adopción de cartas de Derechos Digitales en el ámbito internacional y, especialmente en el iberoamericano.
10. Objetivo 10: Desarrollar un plan de divulgación para difundir los resultados generados en el marco del presente convenio.
Se incluye como anexo I al convenio el Plan de Líneas Generales de Actuación sobre el que se desarrollarán los Planes de Actuaciones Anuales.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
1. Obligaciones comunes a las Partes. Todas las Partes se obligan a:
a. Aportar los recursos, humanos y materiales necesarios para el buen desarrollo y coordinación de las actividades que se realizarán en el marco del presente convenio.
b. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta información y facilitar para contribuir al desarrollo del convenio.
c. Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto prioritario con las otras Partes, sin perjuicio de los vocales designados para la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula Séptima.
d. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones y ayudar a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los de entrega de resultados.
e. Incluir los logotipos institucionales de las Partes del convenio, así como de los fondos europeos, en toda la documentación y contenido audiovisual que se genere y publique en virtud del convenio.
2. Obligaciones específicas de Xxx.xx. Xxx.xx se obliga a:
a. Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
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b. Celebrar encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del Grupo de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio según lo ejecutado en el año anterior.
c. Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo de Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por el presente convenio.
d. Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo del cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e. Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través de la página web de Xxx.xx/XXXXX, en redes sociales y otros canales y plataformas que permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que puedan ser consultados y utilizados.
f. Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las actuaciones previstas en los convenios derivados de la Invitación (C046/22-OT).
g. Prestar apoyo en la elaboración, revisión y aprobación del diseño y contenidos del sitio web del espacio de observación de los Derechos Digitales.
h. Prestar apoyo en la elaboración, revisión y aprobación de la encuesta y el informe anual sobre Derechos Digitales.
i. Prestar apoyo en la elaboración, revisión y aprobación del Plan de Divulgación de los Derechos Digitales, incluyendo, al menos, el Congreso Anual y las jornadas específicas que se desarrollen a lo largo de todo el territorio nacional e internacional.
3. Obligaciones del Grupo de Entidades.
a. Aportar la financiación en especie prevista en la cláusula cuarta, derivada de la dedicación de su personal propio, así como otras aportaciones en especie.
b. Ejecutar las actuaciones derivadas de los Objetivos establecidos en la cláusula segunda, que responden a la propuesta presentada a la Invitación C046/22-OT por la que fueron seleccionados.
Cuarta. Financiación.
El importe máximo de la financiación destinada a las actuaciones previstas en la cláusula segunda del presente convenio es cuatro millones setecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta euros (4.781.250,00 €).
La aportación de Xxx.xx será del 80 % del importe de la financiación llegando a un máximo de tres millones ochocientos veinticinco mil euros (3.825.000,00 €). La aportación de Xxx.xx será cofinanciada en su totalidad por la Unión Europea –Next Generation EU– dentro las necesidades relacionadas directamente con las iniciativas de los Fondos de Recuperación y Resiliencia, estando alineados con la Inversión 1, Línea de actuación 1 del componente 19, Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills).
La aportación mínima del Grupo de Entidades será en especie y está valorada en un 20 % del importe máximo de la financiación de las actuaciones del convenio, llegando a un mínimo de novecientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta euros (956.250,00 €) en su conjunto.
El desglose de las aportaciones máximas es el siguiente:
20 % Aportación en especie del Grupo de Entidades – Euros | 80 % Financiación Xxx.xx (Fondos MRR) – Euros | 100 % Total actuaciones del Convenio – Euros |
956.250,00 | 3.825.000,00 | 4.781.250,00 |
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La justificación de las actuaciones previstas en la cláusula segunda se desarrollará según la siguiente previsión anual:
Anualidad | Gasto previsto – Euros |
2024 | 1.434.375 |
2025 | 1.912.500 |
2026 | 1.434.375 |
Total gasto. | 4.781.250 |
Las inversiones anuales no ejecutadas en el año previsto se podrán pasar a la anualidad siguiente con la aprobación de la Comisión de Seguimiento contemplada en la cláusula séptima.
Las Partes presentarán como mínimo anualmente, en el seno de la Comisión de Seguimiento, una certificación de la inversión emitida por persona con competencia en la materia, Director Financiero o similar, que irá acompañada de:
– Una memoria técnica descriptiva de las inversiones realizadas, con todos los hitos conseguidos y avances realizados,
– Una memoria económica, acompañada de cuenta justificativa alineada con la memoria técnica con la relación detallada de los gastos totales imputados al convenio. Esta memoria económica vendrá acompañada de la documentación soporte con las evidencias de todos los gastos incurridos y con el soporte de las facturas abonadas, notas de cargo, y demás documentos probatorios soporte de dicha memoria. En consecuencia, una vez justificado el avance del proyecto y aprobados los documentos descritos en el seno de la Comisión de Seguimiento, Xxx.xx procederá a transferir los fondos correspondientes, con una periodicidad preferiblemente bimensual.
Adicionalmente, en cada reunión de la Comisión de Seguimiento, las Partes presentarán, en el seno de la Comisión de Seguimiento, el estado de ejecución del proyecto, a través de una memoria técnica y económica. La justificación de gastos se irá presentando según acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
La justificación de los gastos a cargo del presente convenio se realizará sobre la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos por el Grupo de Entidades. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así como el desglose de estos se presentará a la Comisión de Seguimiento para su valoración y aprobación. Una vez aprobados por la Comisión de Seguimiento dichos gastos, se realizará, en los casos que proceda, la transferencia de fondos de Xxx.xx al Grupo de Entidades.
Así mismo, al final de la ejecución del proyecto se llevará a cabo una liquidación del mismo. En el caso que las cuantías transferidas fueran superiores al gasto que asumen las partes, las Entidades del Grupo harán la correspondiente devolución a Xxx.xx.
La ejecución de las inversiones estará sujeta en todo caso a la disponibilidad presupuestaria de las Partes.
Quinta. Cláusula de responsabilidad.
Cada una de las entidades firmantes se compromete a cumplir con las obligaciones que le corresponden en el presente convenio. En caso de incumplimiento, cada entidad responderá únicamente por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar por las obligaciones contraídas individualmente. En caso de no llevarse a cabo alguna de las actuaciones previstas, la Comisión de Seguimiento negociará con las firmantes un acuerdo para subsanar el defecto de ejecución, adjudicando qué entidad realizará los trabajos pendientes. La responsabilidad de los firmantes se mantendrá durante la vigencia del convenio y hasta que se hayan liquidado todas las obligaciones derivadas del mismo.
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Sexta. Seguimiento de la ejecución e impacto de los proyectos.
A fin de que las Partes puedan evaluar el desarrollo de las actuaciones, la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima realizará el seguimiento de éstas, sin perjuicio de las competencias de las restantes Partes. Todas las actuaciones incorporarán con carácter obligatorio una batería de indicadores de seguimiento e impacto que deberán incluirse en el Plan de Actuaciones que aprueba la Comisión de Seguimiento, que incluirá el previsto en el Plan de Recuperación y Resiliencia descrito en la cláusula octava, punto 11.
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La evolución anual de estos indicadores, así como el detalle de los proyectos desarrollados cada año, se presentarán en la Comisión de Seguimiento del presente convenio para aprobación por sus miembros. La Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima podrá solicitar en cualquier momento información acerca del progreso de los indicadores, así como proponer otros indicadores que considere relevantes para medir las actuaciones previstas en el presente convenio.
Las partes facilitarán a la Comisión de Seguimiento toda la información que sea necesaria para la medición de los indicadores, conforme a lo establecido en la cláusula tercera de Obligaciones de las Partes.
Séptima. Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Para la supervisión y seguimiento de este convenio se constituye una Comisión Técnica de seguimiento, vigilancia y control (en adelante la «Comisión») que estará compuesta por cuatro (4) miembros, dos (2) por parte de Xxx.xx y dos (2) por parte del Grupo de Entidades en su conjunto, así como un Secretario/a de la Comisión.
Los miembros de esta Comisión podrán ser sustituidos por las personas que estos designen. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de dicha reunión.
La presidencia de la Comisión corresponderá a uno de los representantes de Xxx.xx, y corresponderá también a Xxx.xx designar un secretario que actuará con voz, pero sin voto.
A la Comisión de Seguimiento podrán incorporarse, con voz, pero sin voto, los/las invitados/invitadas que cada una de las partes proponga, si lo estima oportuno, entre su personal.
La Comisión se reunirá necesariamente en sesión constitutiva en un plazo no superior a dos meses desde la entrada en vigor del convenio, y un mínimo de dos veces al año. Asimismo, la Comisión se reunirá, tantas veces como lo solicite cualquiera de sus miembros. Las reuniones de la Comisión se podrán realizar tanto en modalidad presencial como no presencial, haciendo uso de medios telemáticos tales como audio/ videoconferencia o correo electrónico.
Esta Comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones derivadas del presente convenio, así como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse.
La Comisión se encargará, asimismo, de analizar y supervisar el grado de ejecución de los gastos realizados en la ejecución del convenio, que a tal fin le serán presentados, comprobando que se cumple con lo establecido en el objeto del convenio.
En particular, la Comisión de seguimiento tendrá las siguientes funciones:
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– Aprobar como desarrollo del Plan con las Líneas Generales incorporado como anexo I a este convenio, un Plan de Actuaciones global y un Plan Anual de Actuaciones, con detalle de las actuaciones, forma y número de los compromisos adquiridos por las Partes en desarrollo de las actuaciones del presente convenio. En dichos Planes de Actuación anuales, se incorporará una batería de indicadores de seguimiento e impacto aludidos en la cláusula Sexta. La evolución anual de estos indicadores, así como el detalle de los proyectos desarrollados cada año, se presentarán en la Comisión de Seguimiento del convenio para su aprobación por sus miembros. La Comisión de Seguimiento podrá solicitar en cualquier momento información acerca del progreso de los indicadores, así como proponer otros indicadores que considere relevantes para medir las actuaciones previstas en el convenio.
– Revisar y aprobar anualmente, o con una periodicidad menor, si así se requiere, y en la liquidación final, una Memoria de Actuaciones (memoria técnica del proyecto y memoria económica) con los documentos justificativos descritos en la cláusula Cuarta.
– Revisión y aprobación de una Guía de Justificación de Gastos, que incluirá los criterios de elegibilidad exigida en la legislación particular que ampara el Plan de
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Recuperación y Resiliencia, al estar en este convenio cofinanciado con Fondos MRR. Esta guía servirá de apoyo a la Comisión de Seguimiento en la interpretación y validación de los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones abordadas.
– Evaluar el logro de los objetivos del convenio, mediante:
● La realización del seguimiento de la evolución anual de los indicadores previstos en el Plan de Actuación.
● La revisión de las actuaciones llevadas a cabo cada año que deberán ser incluidas en la Memoria Anual de Actuaciones.
– Acordar que las cantidades no ejecutadas en una anualidad puedan ser ejecutadas en la anualidad siguiente con el límite de la última anualidad prevista en el convenio.
Adicionalmente a las funciones indicadas, la Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven de la ejecución del convenio. Asimismo, podrá proponer la tramitación de adendas al convenio, con mejoras y modificaciones de las actuaciones previstas en el mismo; dichas adendas deberán tramitarse conforme a lo previsto en la cláusula decimosegunda.
Cualquier propuesta que se acuerde en este sentido deberá reflejarse por escrito en un acuerdo de Comisión de Seguimiento que se someterá a la firma de todos sus miembros.
La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento dentro del marco dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y estará sujeta a los dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en lo que se refiere a la designación de sus miembros.
Para lo no previsto expresamente, el régimen y funcionamiento de esta Comisión se regirá por lo dispuesto en el presente documento y en el capítulo II, sección 3, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que se refiere al funcionamiento de los órganos colegiados, o en la ley que la sustituya.
Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, contando a la Presidencia de la Comisión de Seguimiento con voto de calidad para resolver en caso de empate.
Octava. Cláusula relativa a los fondos europeos.
1. Además del régimen jurídico previsto en el presente convenio, resultará de aplicación el Real Decreto Ley 36/2020 de 30 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Asimismo, se sujetará, en su caso, al cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
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3. El Grupo de Entidades garantizará el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm –XXXX–), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 xx xxxxx de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 xx xxxxx de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En todo caso, respetará los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.
4. El Grupo de Entidades garantizará que las actividades que se desarrollen en el ámbito del presente convenio no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles y la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y su documento anexo.
5. El Grupo de Entidades velará por el cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 xx xxxxx de 2021 y por el Reglamento (UE) n º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.
6. El Grupo de Entidades deberá someterse a cualquier actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar el órgano concedente, la Secretaría General de Fondos Europeos, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, los órganos de control de la Comisión Europea, y de Xxx.xx, y a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y/o control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
7. El Grupo de Entidades debe aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas, en su ámbito de gestión para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación, el incumplimiento régimen de ayudas de estado. Esta obligación se impone con el fin de garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Deberán ser comunicados al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) aquellos hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad.
8. Resulta obligatorio para el Grupo de Entidades la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) por quienes participen en todos los procedimientos de ejecución del PRTR.
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9. El Grupo de Entidades se obliga a conservar la documentación administrativa relacionada con las actuaciones objeto del presente convenio que, dada su naturaleza, le corresponda custodiar, en los términos y plazos previstos en el artículo 132 del Reglamento UE 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, así como garantizar los requerimientos mínimos de identificación de perceptores finales de los fondos, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
10. Es de obligado cumplimiento los compromisos en materia de comunicación, encabezamientos y logos que se contienen en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. El Grupo de Entidades, cuando haga mención a las actuaciones
objeto del presente convenio, informará al público de la participación de la Unión Europea, y en su caso, del Fondo participante, NextGeneration UE – MRR.
11. Las actuaciones objeto de este convenio están sujetas al cumplimiento, ejecución y realización de los hitos y objetivos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, evaluado favorablemente por la Comisión Europea en la Decisión de Ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del citado Plan.
Este convenio, contribuye al cumplimiento del indicador de seguimiento 286 del componente 19: Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills), objetivo Capacitación digital de la ciudadanía «Deberá haberse comprometido al menos el 75 % del presupuesto para acciones en el marco de la inversión a fin de formar a la ciudadanía en competencias digitales».
Novena. Protección de datos personales.
El tratamiento de los datos personales y las posibles cesiones o comunicaciones de datos necesarios para la ejecución y cumplimiento del convenio se llevarán a cabo conforme al Reglamento (UE) 679/2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y la legislación nacional en la materia.
Las partes del convenio se comprometen al cumplimiento de los requerimientos sobre protección de datos establecidos por la normativa referida anteriormente, en particular en lo referente a la finalidad del tratamiento, a la base de legitimación del tratamiento, el periodo de conservación de los datos, a las cesiones o comunicaciones de datos y a los derechos de los interesados, así como a la adopción de las medidas de seguridad necesarias.
Décima. Propiedad intelectual.
La titularidad de los desarrollos y resultados obtenidos en ejecución del convenio corresponderá de forma conjunta y a partes iguales al Grupo de Entidades y a Xxx.xx.
Los derechos de explotación de todos los materiales elaborados en el desarrollo de las actuaciones previstas en los convenios corresponderán de forma conjunta a Xxx.xx y al Grupo de Entidades. Las entidades que aporten trabajos elaborados previamente realizarán la cesión de los derechos necesarios para poder garantizar la copropiedad de los materiales derivados de las mismas. Los trabajos previos seguirán perteneciendo a la entidad que los hubiera generado.
Todas las partes se obligan a citar a la otra parte en todas las comunicaciones públicas donde se mencione dicha marca en relación con la colaboración en el ámbito de este convenio.
Undécima Principio de igualdad.
El principio de igualdad de trato y oportunidades, la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos a los que se refiere el convenio, informarán la aplicación de este. Ambas partes procurarán de forma activa la integración de esos principios en las iniciativas que se lleven a cabo en el marco del convenio y de los que lo desarrollen, así como en la ejecución y desarrollo del conjunto de actividades.
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Duodécima. Vigencia y modificación.
El convenio tiene una vigencia de tres (3) años a contar desde la fecha de la publicación en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), sin perjuicio de la vigencia de las obligaciones derivadas de reglamentos comunitarios.
De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se perfecciona con el consentimiento de las
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Partes y resultará eficaz una vez inscrito en el REOICO. Adicionalmente debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
El convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción. Toda modificación del convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos. Dicha adenda de modificación surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Decimotercera. Extinción y resolución.
El convenio podrá extinguirse por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Serán causas de resolución las contempladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
– El acuerdo unánime de las Partes.
– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga o término del plazo de vigencia de la prórroga en su caso.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes y establecidos en el convenio.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.
No obstante, y en la medida de lo posible, las Partes, ante una posible resolución, se comprometen a que las actividades que estuvieran en curso puedan ser finalizadas en el plazo que se establezca en la propia resolución.
En cualquier caso, la Comisión de Seguimiento continuará en funciones y deberá hacer constar en el acta correspondiente el cumplimiento o, en su caso, el incumplimiento de las obligaciones recíprocas de cada Parte, resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas del convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que se resuelvan las cuestiones pendientes, dentro del plazo improrrogable fijado por las Partes.
De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a la liquidación de este con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las Partes.
Decimocuarta. Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse del convenio, se resolverán entre las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Las Partes se consultarán inmediatamente para la solución de las dificultades que pudieran surgir en la aplicación del convenio.
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En el caso de existir conflictos que no se pudieran solventar con el mutuo acuerdo de las partes, será la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para la resolución de las controversias.
Decimoquinta. Consecuencias en caso de incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio, cualquiera de las partes podrá notificar de manera fehaciente a la otra un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta días naturales con las obligaciones que se consideren incumplidas. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula SÉPTIMA.
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Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió, notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. Así mismo, la Comisión de Seguimiento podrá fijar la aplicación de una indemnización por los perjuicios causados por dicho incumplimiento.
Los trabajos que hubieran comenzado con anterioridad al acuerdo resolutorio no se verán afectados produciendo el convenio todos sus efectos hasta su completa finalización.
Decimosexta. Naturaleza del convenio.
El presente convenio es de naturaleza administrativa, resultándole de aplicación la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, especialmente la regulación contenida en los artículos 47 a 53, así como el RDL 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto y tenor.
cve: BOE-A-2024-14138
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Madrid, 2 xx xxxxx de 2024.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Xxx.xx.–Xxxxx Xxxxxxx Xxxx.–Madrid, el 10 xx xxxxx de 2024.–La directora del Observatorio Social de la Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona.–Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx. En Madrid, 11 xx xxxxx de 2024.–La Directora General de la Fundación Atresmedia.–Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Madrid, 15 xx xxxxx de 2024.–La rectora de la Universidad San Xxxxx CEU.–Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Madrid, 15 xx xxxxx de 2024.–El Rector Magnífico de la Universidad Xxxxxx III de Madrid (UC3M).–Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. Madrid, 16 xx xxxxx de 2024.–Fundación para la Repoblación Sostenible.–Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Madrid, 17 xx xxxxx de 2024.–El Secretario de la Asociación Europea de Transición Digital.–Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.–Madrid 19 xx xxxxx de 2024.–La Vicerrectora de Innovación y Transferencia.–Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx. Madrid, el 22 xx xxxxx de 2024.–El Rector de Universidad de Santiago de Compostela.–Xxxxxxx Xxxxx Xxxx. Madrid, el 24 xx xxxxx de 2024.–El Director para Asuntos Económicos y de Relaciones con Empresas.–Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Madrid, el 25 xx xxxxx de 2024.–Los representantes de Fundación Diario xx Xxxxxxx.– Xxxx Xxxxxx Xxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxx. Madrid, el 3 xx xxxxx de 2024.–El Secretario de la Fundación Hermes.–Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.–Madrid, el 10 xx xxxxx de 2024.–El Director General de la Fundación Telefónica Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Madrid, el 29 xx xxxxx de 2024.–La Vicerrectora de Investigación de la Universitat Xxxxxx Xxxxx.–Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Madrid, 15 xx xxxxx de 2024.–La Rectora Universidad Autónoma de Madrid (UAM).–Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx. Madrid, 15 xx xxxxx de 2024.–El Presidente de Comisión Española de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).–Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxx.–Madrid, 21 xx xxxx de 2024.–El Rector de la Universidad Católica de Uruguay.–Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Madrid, el 18 xx xxxxx de 2024.–El Representante de la Fundación Hiberus.–Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. Madrid, El 19 xx xxxxx de 2024.–La Presidenta del Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA).–Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Madrid, 22 xx xxxxx de 2024.–El Administrador General de la Universidad xx Xxxxxxx.–Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Madrid, el 25 xx xxxxx.–El Director General de la Fundación Mobile World Capital.–Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx.
ANEXO I AL CONVENIO
Plan de líneas generales de actuación
Objetivo 1. Analizar el estado de los Derechos Digitales en la Unión Europea y sus estados miembros y compararlo con la situación en el Xxxxx Unido, Estados Unidos y países del sudeste asiático, así como en Iberoamérica.
1.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Universidad Xxxxxx Xxxxx.
3. Universidad Autónoma de Madrid.
4. Universidad San Xxxxx CEU.
5. Universidad Católica de Uruguay.
1.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 1: 188.000.00 euros. Aportación Xxx.xx: 157.000.00 euros.
Aportación en especie: 31.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Instituto Hermes. | 32.000 | 26.000 | 6.000 |
Universidad Xxxxxx Xxxxx. | 34.000 | 27.400 | 6.600 |
Universidad Autónoma de Madrid. | 50.000 | 41.000 | 9.000 |
Universidad San Xxxxx CEU. | 47.000 | 37.600 | 9.400 |
Universidad Católica de Uruguay. | 25.000 | 25.000 | – |
Total. | 188.000 | 157.000 | 31.000 |
1.3 Plan de trabajo.
1.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladará los resultados a la comisión de seguimiento.
Fusionará los informes emitidos por cada uno de los participantes en este objetivo, produciendo el entregable final.
1.3.2 Universidad Xxxxxx Xxxxx.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
La Universidad Xxxxxx Xxxxx contribuiría elaborando una parte del informe sobre el estado de los Derechos Digitales en España; concretamente la que hace referencia a los derechos de participación ciudadana (especial foco en ciudades), o los derechos digitales de la ciudadanía en sus relaciones con las Administraciones públicas.
Generará un informe final del trabajo elaborado para su remisión al coordinador del objetivo, la Fundación Hermes.
1.3.3 Universidad Autónoma de Madrid.
Aportará una primera aproximación al objetivo, que se plasmará en la planificación del análisis de las diversas situaciones en cuanto al estado del reconocimiento de los derechos digitales en los siguientes ámbitos geográficos: la Unión Europea, Xxxxxxxx,
Xxxxxxx, Italia, Xxxxx Unido, Estados Unidos y sobre las iniciativas que se desarrollan en Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales.
Tras la elaboración de los 7 informes a los que se refiere el objetivo 7, elaborará un informe resumen de todos ellos. No hay que olvidar que el propósito del Observatorio es difundir la cultura de los derechos digitales y eso significa activar en la sociedad espacios desde los que se visibilice la necesidad de que los ciudadanos los reclamen también digitalmente. De esta manera se daría la máxima cobertura geográfica nacional a las actividades de difusión que se mencionan en el pedido. Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio. Este informe contendrá un análisis final comparado sobre la situación de los derechos digitales en los espacios geopolíticos definidos.
Generará un informe final del trabajo elaborado para su remisión al coordinador del objetivo, la Fundación Hermes.
1.3.4 Universidad San Xxxxx CEU.
Realizará un análisis comparado de las diversas situaciones en cuanto al estado del reconocimiento de los derechos digitales en algunos Estados europeos, así como en otros de Iberoamérica para elaborar un informe de primeras conclusiones.
Elaborará los documentos y publicaciones que analicen la situación de los derechos digitales en los espacios geopolíticos definidos.
Realizará seguimiento de los desarrollos de dichas conclusiones.
Elaborará un análisis final comparado sobre la situación de los derechos digitales en los espacios geopolíticos definidos.
Generará un informe final del trabajo elaborado para su remisión al coordinador del objetivo, la Fundación Hermes.
1.3.5 Universidad Católica de Uruguay.
La Universidad Católica de Uruguay se enfocará en la contribución a la elaboración del Informe Anual sobre el Desarrollo de los Derechos Digitales desde la cartografía propuesta para Iberoamérica, en coordinación con el resto de actividades del objetivo 1.
Para la ejecución de esta actividad, y, dependiendo del alcance y cronograma que se defina para los trabajos, se requerirá la conformación de un equipo de investigación, cuya integración estará dada por parte de los investigadores y académicos que integran el Departamento de Humanidades y Comunicación y el Departamento de Derecho y otros académicos y asistentes de investigación de la UCU que puedan integrarse de acuerdo a la adecuación de su perfil, así como el rol de Xxxxxxxxxxx de este proyecto.
La generación de un informe final del trabajo elaborado para su remisión al coordinador del objetivo, la Fundación Hermes.
1.4 Entregable.
Un informe que refleje el estado de los derechos digitales en el ámbito de aplicación territorial definido.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Objetivo 2. Consolidar e integrar las conclusiones de los trabajos desarrollados en el resto de convenios de colaboración para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en ámbitos específicos (propuestas, medidas, hojas xx xxxx, etc.).
2.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación La Caixa.
3. Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Núm. 166 Miércoles 10 de julio de 2024 Sec. III. Pág. 87017
2.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 2: 108.000 euros. Aportación Xxx.xx: 87.800 euros.
Aportación en especie: 20.200 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 36.000 | 30.000 | 6.000 |
Fundación La Caixa. | 64.000 | 49.800 | 14.200 |
CERMI. | 8.000 | 8.000 | – |
Total. | 108.000 | 87.800 | 20.200 |
2.3 Plan de trabajo.
2.3.1 Fundación Hermes, Fundación La Caixa y Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Realizarán el seguimiento de los trabajos desarrollados en el resto de los convenios de colaboración con el objetivo de consolidar sus trabajos y detectar las sinergias, debilidades y fortalezas para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en ámbitos específicos y asegurar que se cubren todos los aspectos y públicos mostrados en dicha Carta de Derechos.
La Fundación Hermes se encargará de la coordinación y edición del informe final. Fundación Caixa llevará el peso principal de la elaboración del informe y CERMI aportará las conclusiones de los trabajos desarrollados vinculados a discapacidad.
2.4 Entregable.
Un informe de conclusiones de los trabajos del resto de convenios de colaboración.
Objetivo 3. Construir un espacio de debate, difusión y divulgación de trabajos y actividades relacionadas con los Derechos Digitales en España y en el ámbito internacional.
3.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación Telefónica.
3.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 3: 270.822 euros. Aportación Xxx.xx: 211.443 euros.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Aportación en especie: 59.379 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes | 164.998 | 127.419 | 37.579 |
Fundación Telefónica | 105.824 | 84.024 | 21.800 |
Total | 270.822 | 211.443 | 59.379 |
Núm. 166 Miércoles 10 de julio de 2024 Sec. III. Pág. 87018
3.3 Plan de trabajo.
3.3.1 Fundación Hermes.
Coordinará y conceptualizará el espacio web de difusión del Observatorio de Derechos Digitales. Ello incluye la realización y actualización de la web durante la duración del proyecto. La web reflejará los contenidos generados por los distintos actores del Observatorio.
3.3.2 Fundación Telefónica.
Las actividades que aportará Fundación Telefónica consistirán en la organización de al menos 7 eventos de media jornada, que serán retransmitidos por streaming. En cada evento participarán una media de 3 expertos. Los eventos tendrán lugar en 2024 y 2025.
A los efectos de lograr la máxima difusión, las charlas y los eventos se retransmitirán en streaming y alojarán en el canal de Youtube de Fundación Telefónica. Estos contenidos se pueden embeber en cualquier otra web que la agrupación de entidades acuerde.
3.4 Entregable.
Realización de una página web para el Observatorio de Derechos Digitales.
Eventos y contenidos generados en los distintos foros propiciados por Fundación Telefónica.
Objetivo 4. Realizar los esfuerzos necesarios para hacer llegar a la ciudadanía, de manera comprensible, los avances, ventajas y retos en materia de derechos digitales, además de promover su compromiso.
4.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación Telefónica.
3. Fundación Atresmedia.
4. Universidad Xxxxxx III.
5. Universitat de Valencia Estudi General.
4.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 4: 428.122 euros. Aportación Xxx.xx: 343.122 euros.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Aportación en especie: 85.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 90.000 | 71.000 | 19.000 |
Fundación Telefónica. | 101.122 | 80.522 | 20.600 |
Fundación Atresmedia. | 174.000 | 142.200 | 31.800 |
Universidad Xxxxxx III. | 30.000 | 24.200 | 5.800 |
Universitat de Valencia. | 33.000 | 25.200 | 7.800 |
Total. | 428.122 | 343.122 | 85.000 |
4.3 Plan de trabajo.
4.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
4.3.2 Fundación Telefónica.
Las actividades que aportará Fundación Telefónica estarán focalizadas en los campus 42 y utilizarán su metodología de aprendizaje. Girarán en torno a una experiencia diseñada para docentes, estudiantes de Bachillerato y FP donde se abordará el contenido de la Carta de Derechos Digitales a través de la tecnología.
Contenido Online (previo a la experiencia en campus 42), de 20 horas de duración. Estos contenidos, desarrollados en el marco de las actividades del Observatorio, servirán de formación e inspiración previa para docentes y son recursos didácticos que el profesorado puede usar en el aula con sus estudiantes. Consistirá en una experiencia inmersiva en formato videojuego (aventura gráfica) que aborde las siguientes cuestiones:
– Carta Derechos Digitales.
– Derechos y obligaciones de la ciudadanía.
– Casos de uso y ejemplos reales.
– Extra: Contenido y recursos para docentes.
Estos recursos se alojarán en la plataforma de formación de Fundación Telefónica, que es una plataforma online y gratuita para que cualquier ciudadano de España y iberoamérica pueda utilizarlos.
Contenido presencial, en el campus 42, con una duración de 15 horas distribuidas en 3 jornadas. El itinerario previsto para cada una de esas jornadas será:
Día 1: Discovery Ciberseguridad (Criptografía, Seguridad Web, OSINT).
Día 2: Introducción a la Inteligencia Artificial (Ética Digital, creación de un modelo con Teachable Machine).
Día 3: Reflexión sobre derechos y obligaciones digitales de la ciudadanía + Scape Room /Capture the Flag (CTF).
Días 4 y 5 se organizará un hackatón, con 10 horas totales de duración. Se trabajará en:
− La preparación del reto.
− Píldoras de apoyo: Ideación, presentaciones eficaces y comunicación (elevator pitch).
− Desarrollo y presentación de los retos.
− Selección de los ganadores.
Los contenidos para la formación de la ciudadanía se desarrollarán en 2025. Las actividades en los campus 42 tendrán lugar en otoño del 25 y primavera de 2026.
4.3.3 Fundación Atresmedia.
Realizará los esfuerzos necesarios para hacer llegar a la ciudadanía, de manera comprensible, los avances, ventajas y retos en materia de derechos digitales.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Organizará las actividades destinadas a la difusión de los Derechos Digitales y aumentar la concienciación sobre los mismos.
Desarrollará un plan de divulgación para difundir los resultados generados.
4.3.4 Universidad Xxxxxx III.
Las acciones de difusión contemplan la creación de un repositorio de información en la página web similar a los medios de comunicación (El observatorio pondrá en marcha una web con capacidad de reunir todo tipo de documentación que pueda, además,
actualizarse de forma permanente). La Universidad Xxxxxx XXX apoyará en la creación de informes y documentación relacionados con los derechos digitales para alimentar este repositorio funcionando como un centro de documentación de información sobre el tema.
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
4.3.5 Universitat de Valencia Estudi General.
Desde la U. Xxxxxxxx se tendrán en cuenta tres focos de atención: Iberoamérica, mayores y STEM y el interés de insertar la IA generativa en los procesos.
– Contenidos focalizados a Iberoamérica, para articular a través de colaboradores Iberoamericanos (colaboración con Universidad de Comillas).
– Contenidos focalizados a todos los grados y postgrados relacionados con STEM, informática, telecomunicaciones, etc. Se realizaría a través de estudiantes grados de ETSE y a través de Valgrai, Fundación que integra a las 5 universidades públicas valencianas y con especial proyección en estas titulaciones.
– Actuación con mayores, entre otros medios, a través de los programas de La Nau Gran de la Universidad de Valencia, curso dedicado a los Derechos Digitales.
– Se abordará la inserción e interactuación con los sistemas IA generativos en los procesos.
Las actuaciones consistirán en:
– Generación de píldoras contenidos multimedia divulgativas sobre los derechos digitales, contando con equipo profesional y especialistas para focalizar su difusión en graduados y mayores.
– Generación de materiales de apoyo a la formación y a los vídeos. Actividades de retroalimentación, apoyo al docente, test, trabajos.
– Conferencias presenciales en Universidades y con mayores.
– Propuestas de actuación y buenas prácticas.
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio. Objetivo 5. Conseguir la participación en el Espacio de Observación de los
Derechos Digitales de aquellas organizaciones públicas y privadas estrechamente vinculadas a los derechos en el mundo digital.
5.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación La Caixa.
3. Universidad Xxxxxx III.
4. OdiseIA.
5. Fundación Hiberus.
6. Asociación Europea para la Transición Digital.
5.2 Presupuesto.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Presupuesto total del Objetivo 5: 275.000 euros. Aportación Xxx.xx: 220.200 euros.
Aportación en especie: 54.800 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 70.000 | 53.200 | 16.800 |
Fundación La Caixa. | 122.000 | 100.000 | 22.000 |
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Universidad Xxxxxx III. | 28.000 | 22.000 | 6.000 |
OdiseIA. | 25.000 | 21.000 | 4.000 |
Fundación Hiberus. | 15.000 | 12.000 | 3.000 |
Asociación Europea para la Transición Digital. | 15.000 | 12.000 | 3.000 |
Total. | 275.000 | 220.200 | 54.800 |
5.3 Plan de trabajo.
5.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo y coordinará las sinergias entre colaboradores. En concreto, para el desarrollo de este Objetivo 5, el Instituto Hermes coordinará una Campaña de Adhesión junto con el plan de difusión y el foro de Derechos Digitales. Después de poner en marcha la difusión, llegando a todos los públicos objetivos y poniendo los derechos digitales en la conversación; se creará una alianza, con instituciones, gobiernos y empresas por un lado y particulares por otro, que asegure un altísimo nivel de conocimiento de los derechos digitales.
El primer paso sería marcar un diagnóstico y análisis de situación del Observatorio y de la Carta, plasmando los objetivos, fortalezas, debilidades y amenazas, identificando a los públicos objetivo. En segundo lugar, se definirían los objetivos del plan de adhesiones y colaboraciones. Se entenderá y definirá qué necesitamos obtener. Se definirá entonces, la estrategia y la táctica para lograr los objetivos del plan de adhesiones y colaboraciones y el calendario.
Después, se definirá un plan de acción y a este plan se le hará un seguimiento y una evaluación.
Adicionalmente, Fundación Hermes coordinará a las entidades contenidas en este punto para aquellas actividades que fueran necesarias durante el período temporal definido en el convenio.
5.3.2 Fundación La Caixa.
Asistirá en la puesta en marcha de la difusión, llegando a todos los públicos objetivos y poniendo los derechos digitales en la conversación a través del uso de sus espacios. Fruto de este incremento de notoriedad, un segundo paso será crear una alianza con instituciones, gobiernos y empresas.
5.3.3 Universidad Xxxxxx XXX, OdiseIA, Fundación Hiberus y Asociación Europea para la Transición Digital.
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Participarán en la creación de alianzas como instituciones de un altísimo nivel de conocimiento de los derechos digitales y en apoyo relativo al Foro de Derechos Digitales con el propósito de llegar al corazón y cabeza de cada uno de los ciudadanos de este país, y conseguir que conozcan, promuevan y vivan sus derechos en el mundo off line. Se hará bajo la adhesión a los principios de la Carta de Derechos Digitales y a la colaboración con el Observatorio.
5.4 Entregable.
Se elaborará un plan de adhesiones.
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Objetivo 6. Elaborar y ejecutar mecanismos para la medición de la percepción social de los Derechos Digitales en España; incluyendo al menos una encuesta anual.
6.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación La Caixa.
6.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 6: 285.000 euros. Aportación Xxx.xx: 228.000 euros.
Aportación en especie: 57.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 45.000 | 35.000 | 10.000 |
Fundación La Caixa. | 240.000 | 193.000 | 47.000 |
Total. | 285.000 | 228.000 | 57.000 |
6.3 Plan de trabajo.
6.3.1 Fundación Instituto Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
6.3.2 Fundación La Caixa.
Llevará a cabo un estudio con el objetivo de indagar en el conocimiento y la percepción de la ciudadanía española sobre distintos aspectos relacionados con estos derechos y principios digitales.
Con el fin de contextualizar y orientar adecuadamente el estudio, tanto de manera teórica como empírica, se comenzará por realizar la revisión bibliográfica de las fuentes documentales pertinentes. La revisión tendrá como objetivos:
– Contextualizar y orientar adecuadamente el estudio, tanto de manera teórica como empírica.
– Obtener variables e indicadores claves para incluir en las siguientes fases, dando continuidad a los estudios previos y posibilitando la obtención de series temporales.
1.ª Fase cualitativa.
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Comenzará con una fase exploratoria con el objetivo de escuchar los discursos presentes en la población en torno a los derechos y principios digitales. Esto nos permitirá indagar de una manera abierta y espontánea en cuestiones como los riesgos percibidos en torno a la digitalización, el conocimiento y la percepción de la población de estos derechos y principios, así como la decodificación de distintos conceptos una vez presentados en sugerido. Proponemos en concreto la realización de 8 grupos de discusión, combinando grupos online y presenciales.
2.ª Fase cuantitativa.
Tras esta primera fase, se realizará una encuesta online a una muestra representativa de la población mayor de 18 años residente en España que nos permitirá
Núm. 166 Miércoles 10 de julio de 2024 Sec. III. Pág. 87023
validar los resultados e insights obtenidos en la fase cualitativa, añadiendo cifras y magnitudes.
6.4 Entregable.
Dos encuestas para la medición de la percepción social de los Derechos Digitales en España.
Objetivo 7. Trabajar en la publicación de estudios e informes sobre Derechos Digitales, y elaborar, al menos, un Informe anual sobre el desarrollo de los Derechos Digitales en España.
7.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Universidad San Xxxxx-CEU.
3. Universidad Autónoma de Madrid.
4. Universidad xx Xxxxxxx.
7.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 7: 205.000 euros. Aportación Xxx.xx: 167.000 euros.
Aportación en especie: 38.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 75.000 | 63.000 | 12.000 |
Universidad San Xxxxx CEU. | 50.000 | 40.000 | 10.000 |
Universidad Autónoma de Madrid. | 50.000 | 40.000 | 10.000 |
Universidad xx Xxxxxxx. | 30.000 | 24.000 | 6.000 |
Total. | 205.000 | 167.000 | 38.000 |
7.3 Plan de trabajo.
7.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá, coordinará y asignará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
Fusionará los informes emitidos por cada uno de los participantes en este objetivo, produciendo el entregable final.
7.3.2 Universidad Autónoma de Madrid, Universidad San Xxxxx CEU y Universidad xx Xxxxxxx.
Examinará el desarrollo de los Derechos Digitales en las diferentes cartografías asignadas en el objetivo 1.
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La cartografía detectará la legislación o propuestas legislativas, las iniciativas de la sociedad civil y el estado de la opinión pública y académica en el campo de la cultura de los derechos digitales en los ámbitos cartografiados mediante un trabajo de campo desarrollado por expertos académicos.
Elaboración de parte del informe sobre España donde participarán expertos a partir de las conclusiones obtenidas en el informe del objetivo 1.
La cartografía detectará la legislación, debates políticos, propuestas legislativas, iniciativas de la sociedad civil y estado de la opinión pública y, en particular, un estudio
de los trabajos académicos desarrollados en el campo de la cultura de los derechos digitales en España.
El objetivo del informe es reflejar el estado de la cultura de los derechos digitales en España, analizarlo y evaluarlo en un ejercicio de evaluación y prospectiva por parte de académicos vinculados a las universidades asociadas que identifiquen y valoren las propuestas de políticas públicas que al respecto hayan podido ponerse en circulación durante el ámbito temporal de estudio.
En la elaboración del informe sería de interés organizar encuentros específicos con los responsables de los proyectos de investigación en distintos territorios de la geografía nacional.
El objetivo será difundir los debates en la sociedad que alimentan los trabajos de campo de los equipos de investigación que coordinan cada uno de los proyectos. Para ello se celebrarán foros y seminarios que mantengan activa la mirada de la sociedad sobre los contenidos que abordan los investigadores.
Se pretende que la mirada sea comunitaria y no solo selectiva de los investigadores. No hay que olvidar que el propósito del Observatorio es difundir la cultura de los derechos digitales y eso significa activar en la sociedad espacios desde los que se visibilice la necesidad de que los ciudadanos se reclamen también digitalmente. De esta manera se dará la máxima cobertura geográfica nacional a las actividades de difusión. Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
7.4 Entregable.
Obtener un conocimiento exacto de la situación de los Derechos Digitales en España que se concretará en la emisión de un informe.
Objetivo 8. Organizar actividades destinadas a la difusión de los Derechos Digitales y aumentar la concienciación sobre los mismos, incluyendo, al menos, la celebración de un Congreso sobre Derechos Digitales, de alcance internacional. Garantizar la máxima cobertura geográfica nacional posible de las actividades de difusión.
8.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación Telefónica.
3. Fundación Atresmedia.
4. Universidad de Comillas.
5. Fundación Mobile World Capital.
8.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 8: 1.172.258 euros. Aportación Xxx.xx: 938.407 euros.
cve: BOE-A-2024-14138
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Aportación en especie: 233.851 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 40.000 | 30.000 | 10.000 |
Fundación Telefónica. | 359.258 | 287.407 | 71.851 |
Fundación Atresmedia. | 163.000 | 133.000 | 30.000 |
Universidad de Comillas. | 20.000 | 16.000 | 4.000 |
Fundación Mobile World Capital. | 590.000 | 472.000 | 118.000 |
Total. | 1.172.258 | 938.407 | 233.851 |
8.3 Plan de trabajo.
8.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
8.3.2 Fundación Telefónica.
Fundación Telefónica contempla inicialmente la realización de un número de la revista Telos dedicado a los derechos digitales. Se propone la publicación en 2025.
La revista Telos se edita en papel y está disponible para descarga gratuita en la web xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. Además, esta web publicará diferente contenido digital (artículos y contenido multimedia) sobre la misma temática.
En el marco de las actividades, se propone la elaboración de un podcast sobre derechos digitales que sucederá en el mismo marco temporal que la revista.
En el auditorio de Fundación Telefónica se celebrarán al menos 6 eventos de media jornada, que serán retransmitidos por streaming y que profundizarán en la conversación, difusión y debate de lo abordado en la revista. En cada evento participarán de media 3 expertos. Se estima que la mitad de los eventos tendrán lugar en 2025 y la otra mitad en 2026. A los efectos de lograr la máxima difusión, las charlas y los eventos se alojarán en el canal de Youtube y se embeberán en cualquier otra web que la agrupación de entidades acuerde.
8.3.3 Fundación Atresmedia.
Asumirá el rol de media partner para el congreso organizado, en colaboración con el resto de las entidades. Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
8.3.4 Universidad de Comillas.
Será proveedor de con.tenido del congreso. Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
8.3.5 Fundación Mobile World Capital.
Realizará un Congreso que refleje el estado de situación de los debates que acompañan el desarrollo de la cultura de los derechos digitales en el mundo. La dinámica de éste buscará provocar el mayor impacto posible de visibilidad internacional a parte de una oferta de contenidos dinámica, selectiva y de alta calidad.
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La idea será desarrollar la organización del First World Digital Rights Summit en Barcelona. Con ello, se buscará provocar el mayor de los impactos posibles sobre el conjunto del ecosistema digital de nuestro país, de Europa y, probablemente, del mundo en este ámbito. La elección de este formato persigue un diseño más interactivo entre el público asistente y los intervinientes al objeto de favorecer una reflexión abierta y comparada sobre el desarrollo a nivel mundial de una cultura de los derechos digitales que está íntimamente conectada con la idea de construir una democracia digital. No olvidemos que democracia y derechos han ido de la mano en los últimos siglos. Tanto en el marco de la formulación de las propuestas que han identificado a la democracia en términos globales como a través de los contenidos de la misma.
Por eso, el Summit girará alrededor de tres verticales temáticos que tratan de analizar los derechos digitales y cómo contribuyen a desarrollar una democracia digital:
1. Primero, conceptualización y problemática.
2. Segundo, manifestación y propuestas.
3. Tercero, desarrollo futuro y nuevas fronteras.
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Combinará intervenciones de expertos (Keynotes), conversatorios entre un experto y un moderador (Fireside Chat), intervenciones gubernamentales que reflejan políticas públicas destacables (Keynotes governments), conferencias académicas (Expert), conversatorios entre dos expertos (Fireside Duo), presentación periódica de conclusiones al comienzo y al final de las sesiones (Remarks), presentación de las líneas de trabajo de los proyectos de investigación que se desarrollan por los grupos españoles sobre derechos digitales (Posters sessions) e interpelaciones de un moderador con el público para generar dinámicas de interacción durante el Summit (EngageGroup).
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
8.4 Entregables.
Congreso sobre Derechos Digitales. Número específico de la revista Telos y Eventos en el Foro Telos.
Objetivo 9. Promover la elaboración y adopción de cartas de Derechos Digitales en el ámbito internacional y, especialmente en el iberoamericano.
9.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Universidad Xxxxxx Xxxxx.
3. Universidad San Xxxxx CEU.
4. Fundación Telefónica.
5. Universidad Católica de Uruguay.
6. Universidad de Comillas.
9.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 9: 379.950 euros. Aportación Xxx.xx: 300.150 euros.
Aportación en especie: 79.800 euros.
Entidad participantes | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 18.000 | 13.000 | 5.000 |
Universidad Xxxxxx Xxxxx. | 58.000 | 46.400 | 11.600 |
Universidad San Xxxxx CEU. | 58.000 | 46.400 | 11.600 |
Fundación Telefónica. | 150.950 | 114.150 | 36.800 |
Universidad Católica de Uruguay. | 20.000 | 20.000 | – |
Universidad de Comillas. | 75.000 | 60.200 | 14.800 |
Total. | 379.950 | 300.150 | 79.800 |
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9.3 Plan de trabajo.
9.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
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9.3.2 Universidad Xxxxxx Xxxxx.
Liderará un mapeo de stakeholders para promoción de cartas de derechos digitales en Iberoamérica con foco en ciudades latinoamericanas previamente seleccionadas.
Organizará 1 ó 2 seminarios para la presentación de informes comparados y ponencias investigadoras que analizarán dichas cartas. Estos seminarios serán n un claro instrumento de incidencia pública en los países de destino y ante los stakeholders previamente analizados en los mapeos. Los seminarios podrán también ser un punto de encuentro entre universidades, investigadores, empresas y gobiernos y concretamente en el ámbito de las universidades generadores de papers y proyectos académicos y de investigación.
9.3.3 Universidad San Xxxxx CEU.
La Carta Iberoamericana de Principios y Derechos en Entornos Digitales ha tenido sin duda muy presente la Carta de Derechos Digitales del Gobierno de España y la Declaración Europea de Principios y Derechos Digitales y por ello resulta especialmente relevante el impulso de iniciativas que destaquen la proyección Euro Iberoamericana de la Carta de Derechos Digitales.
En consecuencia, las actuaciones a desarrollar serán:
– Celebración de seminarios en diversos países iberoamericanos en coordinación con Universidad de Comillas y Fundación Telefónica.
– Elaboración de documentación y publicaciones que analicen la proyección Euro Iberoamericana de la Carta de Derechos Digitales.
– Análisis comparado de las diversas Cartas y Declaraciones (Carta de Derechos Digitales de España; Declaración europea; Carta Iberoamericana).
– Seguimiento de los desarrollos de dichas Cartas y Declaraciones.
Las actuaciones se desarrollarán durante toda la duración del proyecto. En particular, se realizarán las siguientes:
– Análisis comparado de las diversas Cartas y Declaraciones.
– Publicación de un libro sobre la Carta Iberoamericana.
– Celebración de Seminarios.
– Elaboración de documentación y publicaciones que analicen la proyección Euro Iberoamericana de la Carta de Derechos Digitales.
– Seguimiento de los desarrollos de dichas Cartas y Declaraciones.
– Elaboración de estudio sobre la proyección real de la Carta de Derechos Digitales.
– Elaboración de estudio comparado sobre los desarrollos de las Cartas y Declaraciones.
– Celebración de un Curso xx Xxxxxx en la Universidad de Málaga sobre la proyección Euro Iberoamericana de la Carta de Derechos Digitales.
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
9.3.4 Fundación Telefónica.
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Telefónica cuenta con una amplia presencia en América Latina y Caribe, a través de 9 fundaciones, lo que ayudará a dar visibilidad a la Carta Digital de Derechos y a profundizar en la conversación y en el debate en torno a los derechos digitales.
Las actividades previstas se vinculan a la realización de un foro regional y/o foros locales sobre las cartas de derechos en la región.
Desde Fundación en España se realizará un seguimiento de las actividades planificadas para contribuir a un debate rico y a la difusión de los derechos entre la ciudadanía.
Tal y como ya se ha comentado, muchas de las actividades contempladas en los objetivos 3, 4 y 8 tendrán un impacto en América Latina, ya que al estar disponibles en streaming y online pueden ser consumidas por el público de la región.
9.3.5 Universidad Católica de Uruguay.
El Departamento de Humanidades y Comunicación de la Universidad Católica se concentrará en la organización y realización de dos actividades centrales:
1. Conferencia y Seminario Internacional sobre Tecnología, justicia y derechos digitales, en formato híbrido, orientado a los países de la región y traccionado particularmente desde las universidades de la Red AUSJAL (Asociación de Universidades Confiadas a la Compañía de Xxxxx en América Latina).
Desde esta actividad, se impulsará la reflexión sobre la importancia de la regulación digital a través de elaboración y adopción de Cartas y Declaraciones de Derechos Digitales propiciando la participación en el evento de actores claves de la sociedad civil en la temática, con especial énfasis en responsables programáticos de partidos políticos, fundaciones, think tanks, así como legisladores y decisores de políticas públicas. La Universidad Católica aportará presentaciones de académicos de las áreas del Derecho, Filosofía, Ciencias Sociales a la problematización y profundización en la temática. Asimismo, se contará con ponencias y/o conferencias de investigadores de la región y extranjeros -en forma presencial o remota-, y también ponencias de actores no académicos, como expertos de organismos multilaterales o de la sociedad civil. A partir de la Conferencia, se dará seguimiento a las sinergias generadas entre los conferencistas, ponentes y participantes, que puedan dar lugar a iniciativas de investigación y promoción en la región.
2. Se realizará un curso de formación (con al menos dos ediciones) abierto al público general sobre Ética y Derechos Digitales, orientado a toda la región y traccionado particularmente desde las universidades de la Red AUSJAL. Desde este curso, en tanto propuesta académica de formación y difusión, se fomentará la comprensión y toma de conciencia por parte de la ciudadanía con relación a la promoción, protección y defensa de los derechos humanos digitales y sobre la importancia de la regulación a través de la elaboración y adopción de Cartas de Derechos Digitales.
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
9.3.6 Universidad de Comillas.
Se realizará un análisis del Estado de la Sociedad Digital en los países de la región.
Entre las acciones a desarrollar destacan:
– Elaborar documentación y publicaciones de análisis de la proyección euro Iberoamericana de la Carta de Derechos digitales.
– Elaboración de estudio sobre la proyección real de la Carta de Derechos digitales.
– Elaborar el estudio comparado sobre los desarrollos de las Cartas y Declaraciones.
Asimismo, se analizará una evaluación de niveles de acceso consistente en:
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– Analizar la infraestructura de telecomunicaciones y la accesibilidad a internet en términos de velocidad, disponibilidad y costos.
– Evaluar la disponibilidad y uso de dispositivos digitales en la población.
– Colaboración con instituciones gubernamentales, proveedores de servicios de internet y organizaciones no gubernamentales para obtener datos precisos sobre la infraestructura y accesibilidad.
– Encuestas a nivel nacional para comprender las barreras de acceso.
– Encuestas a nivel nacional para evaluar la disponibilidad y uso de dispositivos digitales.
– Análisis de la conectividad en áreas rurales y urbanas para identificar desigualdades. Elaboración de Estándares y Barómetro de Implementación de las Cartas:
– Establecer estándares que reflejen los principios fundamentales de los Derechos Digitales como derechos humanos y su efectiva vigencia.
– Crear un barómetro que permita medir el progreso en la protección de los derechos digitales a lo largo del tiempo a partir de la implementación de las Cartas.
– Formar un comité técnico con representantes de diversas disciplinas, incluyendo derecho, tecnología y ética.
– Realizar revisiones periódicas para adaptar los estándares a la evolución del entorno digital.
– Revisión constante de legislación nacional e internacional relacionada con derechos digitales.
– Consultas públicas y debates para asegurar la representación de diversas perspectivas.
Actividades de Capacitación y Alfabetización Digital en coordinación con el resto de los actores del Observatorio:
– Desarrollar programas educativos que fomenten el conocimiento y la comprensión de los derechos digitales.
– Facilitar talleres y cursos prácticos para mejorar las habilidades digitales de la población.
– Colaboración con instituciones educativas, ONGs y plataformas en línea para diseñar programas de formación adaptados.
– Utilizar métodos innovadores, como plataformas en línea, para llegar a audiencias diversas.
– Creación de módulos educativos interactivos y accesibles para diversos niveles de conocimiento.
– Evaluaciones periódicas para medir el impacto y ajustar los programas según sea necesario.
Conferencias y Seminarios Internacionales en coordinación con el resto de los actores del Observatorio:
– Facilitar el intercambio de conocimientos y experiencias entre expertos, legisladores y representantes de la sociedad civil.
– Fomentar la colaboración regional para abordar desafíos comunes en el ámbito de los derechos digitales.
– Organizar eventos con la participación de líderes de opinión, académicos y representantes gubernamentales.
– Creación de plataformas virtuales para permitir la participación remota y global.
– Organización de eventos con un enfoque rotativo en diferentes países de la región.
– Invitación a expertos internacionales y representantes gubernamentales para sesiones de diálogo.
– Prever el Congreso Iberoamericano con contenidos específicos de esta memoria.
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Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
Objetivo 10. Desarrollar un plan de divulgación para difundir los resultados generados en el marco del presente convenio.
10.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación Telefónica.
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3. Fundación Atresmedia.
4. Fundación Diario xx Xxxxxxx.
5. Universidad xx Xxxxxxx.
6. Fundación Hiberus.
10.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 10: 1.063.448 euros. Aportación Xxx.xx: 854.878 euros.
Aportación en especie: 208.570 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 100.000 | 90.000 | 10.000 |
Fundación Telefónica. | 442.848 | 354.278 | 88.570 |
Fundación Atresmedia. | 255.000 | 198.000 | 57.000 |
Fundación Diario xx Xxxxxxx. | 135.000 | 108.000 | 27.000 |
Universidad xx Xxxxxxx. | 50.000 | 40.000 | 10.000 |
Fundación Hiberus. | 80.600 | 64.600 | 16.000 |
Total. | 1.063.448 | 854.878 | 208.570 |
10.3 Plan de trabajo.
10.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, coordinando las sinergias entre colaboradores, y trasladando resultados a la comisión de seguimiento.
10.3.2 Fundación Telefónica.
El Espacio Fundación Telefónica tiene un programa de exposiciones orientado a explorar los retos de la sociedad digital y a divulgarlos de manera interactiva, emocionante y participativa.Las últimas exposiciones han tratado temas como el Cerebro, el Código y los Algoritmos, las Fake News y los Mundos Virtuales.
En el marco de este objetivo, se programará una exposición en el año 2025 centrada en el ámbito de los derechos digitales que podría girar en torno a tres posibles opciones:
1. Un proyecto con diversas instalaciones en el que se trataría de generar un entorno participativo en el que, a través de la interacción con piezas creadas por artistas, visitantes de todas las edades puedan tomar conciencia de sus derechos digitales y desarrollar una experiencia crítica alrededor de cuestiones como la privacidad, la seguridad, la accesibilidad, la transparencia, la ética, etc.
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2. Un proyecto participativo del estilo de los proyectos de ciencia ciudadana pero centrado en la tecnología. Se trataría de un proyecto en el que se evidenciaría el potencial de la tecnología actual para generar conocimiento colectivo. Proyectos contributivos, colaborativos o cocreados por miles de ciudadanos gracias a la tecnología y que permiten el desarrollo de una ciudadanía con agencia sobre los problemas que compartimos y las soluciones que debemos consensuar. Una posibilidad que multiplica el poder de la colectividad y que gracias a la tecnología amplifica el potencial transformador del ser humano.
3. Un proyecto en colaboración con alguna institución de referencia en el ámbito de la tecnología y el humanismo sobre el diseño de ecosistemas tecnológicos que
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contribuyan a potenciar nuestra humanidad. En un mundo en el que la experiencia digital viene en muchos casos definida por intereses comerciales, es más importante que nunca generar referentes e imaginarios en los que podamos visualizar como sociedad la capacidad de la tecnología para hacernos más humanos, no menos humanos.
La exposición se acompañaría de un programa educativo dirigido a público escolar, familias y público general compuesto de:
– Charlas divulgativas escolares.
– Talleres escolares.
– Charlas divulgativas público familiar.
– Talleres para familias.
– Visitas comentadas.
– Guía práctica, guía en lectura fácil y audioguía.
10.3.3 Fundación Atresmedia.
Realizará los esfuerzos necesarios para hacer llegar a la ciudadanía, de manera comprensible, los avances, ventajas y retos en materia de derechos digitales.
Organizará actividades destinadas a la difusión de los Derechos Digitales y aumentar la concienciación sobre los mismos.
Desarrollará parte del plan de divulgación para difundir los resultados generados.
10.3.4 Fundación Diario xx Xxxxxxx.
Con relación al desarrollo de un programa formativo para familias y adultos de referencia, las actividades a realizar en los próximos 3 años son:
Actividades Generales:
– Desarrollo pedagógico del plan de contenidos.
– Consolidación de una red de expertos colaboradores.
– Elaboración del material audiovisual.
– Adaptación de la plataforma para acoger los cursos formativos orientados a familias.
– Diseño y ejecución de un plan de comunicación de largo alcance y con diferentes medios y recursos que integre no sólo a las familias que ya tenemos en la plataforma, sino que busque llegar al mayor número de familias del territorio nacional.
Actividades:
– Desarrollo pedagógico del plan de contenidos: Desarrollo del plan y los primeros contenidos formativos para la implementación xxx xxxxxx.
– Consolidación de una red de expertos colaboradores: Establecer una red de especialistas nacionales sobre los temas más relevantes.
– Adaptación y mantenimiento de la plataforma para acoger los cursos formativos orientados a familias: Adaptación de la plataforma.
– Diseño y ejecución de un plan de comunicación de largo alcance y con diferentes medios y recursos que integre no sólo a las familias que ya tenemos en la plataforma, sino que busque llegar al mayor número de familias del territorio nacional.
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– Desarrollo de nuevos contenidos formativos y ajuste del plan de desarrollo considerando el piloto.
Entregables principales:
– 3 informes sobre el impacto del proyecto.
– Una guía para familias sobre comportamiento positivo y uso equilibrado de dispositivos y ejercicio de Derechos y Deberes Digitales tanto individuales como colectivos.
10.3.5 Universidad xx Xxxxxxx.
La Universidad xx Xxxxxxx apoyará en la divulgación de los resultados de la investigación del observatorio. Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
10.3.6 Fundación Hiberus.
Fundación Hiberus colabora con Microsoft Learn for Educators, Oracle Academy, Cisco Networking Academy y Linux Professional Institute en sus programas para el fomento de vocaciones tecnológicas por lo que se propone su apoyo en el Congreso de Derechos Digitales (First World Digital Rights Summit) contemplado en la propuesta como parte del plan de divulgación.
– Participación en el proceso abierto y colaborativo de los ejes temáticos y principales contenidos.
– Participación en el diseño de programa social y actividades complementarias.
– Elaboración de un inventario de recursos.
10.4 Entregables.
– Exposición y programa educativo.
Objetivo 11. Misiones pedagógicas digitales.
11.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Fundación para la Repoblación Sostenible.
11.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 11: 134.000 euros. Aportación Xxx.xx: 107.000 euros.
Aportación en especie: 27.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 13.500 | 10.800 | 2.700 |
Fundación para la Repoblación Sostenible. | 120.500 | 96.200 | 24.300 |
Total. | 134.000 | 107.000 | 27.000 |
11.3 Plan de trabajo.
11.3.1 Fundación Hermes.
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Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, trasladando los resultados a la comisión de seguimiento.
11.3.2 Fundación para la Repoblación Sostenible. Actividades a realizar:
– Atlas digital de Iniciativas y Agentes por los Derechos Digitales para responder al Reto Demográfico.
– Elaboración de materiales digitales sobre el trabajo del Observatorio al respecto.
– Presentación del proyecto a los agentes cartografiados.
– Encuentro Derechos Digitales para contribuir al Reto Demográfico con espacio y agenda propia dentro del Congreso de la Fundación Repoblación a celebrar en Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx en 2025.
– Manifiesto de los Derechos Digitales para la Repoblación, cuyos firmantes formarían la Red Derechos Digitales para la Repoblación.
Objetivo 12. Carta de Deberes Digitales.
12.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
12.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 12: 136.650 euros. Aportación Xxx.xx: 105.000 euros.
Aportación en especie: 31.650 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes. | 136.650 | 105.000 | 31.650 |
Total. | 136.650 | 105.000 | 31.650 |
12.3 Plan de trabajo.
12.3.1 Fundación Hermes.
Desarrollará los grupos de trabajo y seminarios para el estudio, debate y elaboración de la Carta de Deberes Digitales.
12.4 Entregable.
Generación del documento titulado «Carta de Deberes Digitales». Objetivo 13. Medición de impacto sobre Derechos de Ciudadanía Digital.
13.1 Entidades participantes.
1. Fundación Hermes.
2. Universidad Santiago de Compostela.
13.2 Presupuesto.
Presupuesto total del Objetivo 13: 135.000 euros. Aportación Xxx.xx: 105.000 euros.
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Aportación en especie: 30.000 euros.
Entidad participante | Presupuesto total – Euros | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación en especie – Euros |
Fundación Hermes | 13.000 | 10.000 | 3.000 |
Universidad Santiago de Compostela | 122.000 | 95.000 | 27.000 |
Total. | 135.000 | 105.000 | 30.000 |
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13.3 Plan de trabajo.
13.3.1 Fundación Hermes.
Dirigirá y coordinará las actividades que se desarrollen dentro del objetivo, trasladando los resultados a la comisión de seguimiento.
13.3.2 Universidad Santiago de Compostela.
En el Centro Singular de Investigación en Tecnologías Inteligentes (CiTIUS) de la Universidad de Santiago de Compostela (USC) se han desarrollado una serie de tecnologías y herramientas que son adaptables y ampliables para realizar el seguimiento de impacto en redes sociales, análisis de tendencias, minería de opiniones y estimación de credibilidad de contenidos publicados.
Se desarrollará un proyecto orientado a desarrollar un caso de uso de la herramienta adaptada al Observatorio de Derechos Digitales (ODD).
En primera instancia, este proyecto analizará la pertinencia de incorporar distintas fuentes web y contenidos sociales. En concreto, en colaboración con el resto de participantes y, muy particularmente, con la participación de los investigadores de la USC del ámbito jurídico. En este sentido, se determinaría un conjunto xx xxxxxxx estratégicas con el objetivo de monitorizarlas y obtener así la percepción de la población sobre tópicos relacionados con los derechos digitales. En el pasado, se han desarrollado algunas herramientas de observación sobre Twitter pero, en todo caso, nuestra herramienta es de propósito general y para este proyecto se desarrollaría un módulo de extracción adaptado a las fuentes que se quiera rastrear. La tecnología es adaptable y modular y puede soportar flujos de información web de cualquier procedencia, como, por ejemplo, cualquier fuente de tipo textual, como pueden ser blogs o periódicos digitales.
Para el análisis de los datos recuperados, se utilizarán diferentes modelos basados en Inteligencia Artificial (IA) y Procesamiento de Lenguaje Natural (PLN). Más concretamente, para el análisis de la credibilidad de los textos publicados, nuestro equipo de investigación desarrollará una tecnología predictiva basada en diferentes características de las páginas web. Es por este motivo, por el cual la estimación de credibilidad se hace en base a los enlaces presentes en el cuerpo de las publicaciones.
El proyecto se desarrollará con plenas garantías de respeto del marco ético y jurídico aplicable a los sistemas de tratamiento masivo de datos. En este sentido, se establecerá un análisis de riesgos en la recopilación de la información, un modelo de gobernanza de los datos recopilados y un análisis y posterior auditoría de las herramientas inteligentes de tratamiento de la información para asegurar la transparencia y la rendición de cuentas. Las directrices éticas podrán seguirse a través del diseño de un marco propio o bien a través de la implementación de normas técnicas.
Las actividades de divulgación se realizarán en coordinación con los socios del convenio.
cve: BOE-A-2024-14138
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Resumen económico global
Objetivos | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación del Grupo de Entidades en Especie – Euros | Total – Euros |
1 Analizar el estado de los Derechos Digitales en la Unión Europea y sus estados miembros y compararlo con la situación en el Xxxxx Unido, Estados Unidos y países del sudeste asiático, así como en Iberoamérica. | 157.000 | 31.000 | 188.000 |
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Núm. 166 Miércoles 10 de julio de 2024 Sec. III. Pág. 87035
Objetivos | Aportación Xxx.xx – Euros | Aportación del Grupo de Entidades en Especie – Euros | Total – Euros |
2. Consolidar e integrar las conclusiones de los trabajos desarrollados en el resto de convenios de colaboración para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en ámbitos específicos (propuestas, medidas, hojas xx xxxx, etc.). | 87.800 | 20.200 | 108.000 |
3. Construir un espacio de debate, difusión y divulgación de trabajos y actividades relacionadas con los Derechos Digitales en España y en el ámbito internacional. | 211.443 | 59.379 | 270.822 |
4. Realizar los esfuerzos necesarios para hacer llegar a la ciudadanía, de manera comprensible, los avances, ventajas y retos en materia de derechos digitales, además de promover su compromiso. | 343.122 | 85.000 | 428.122 |
5. Conseguir la participación en el Espacio de Observación de los Derechos Digitales de aquellas organizaciones públicas y privadas estrechamente vinculadas a los derechos en el mundo digital. | 220.200 | 54.800 | 275.000 |
6. Elaborar y ejecutar mecanismos para la medición de la percepción social de los Derechos Digitales en España. Incluyendo al menos una encuesta anual. | 228.000 | 57.000 | 285.000 |
7. Trabajar en la publicación de estudios e informes sobre Derechos Digitales, y elaborar, al menos, un Informe anual sobre el desarrollo de los Derechos Digitales en España. | 205.000 | 167.000 | 38.000 |
8. Organizar actividades destinadas a la difusión de los Derechos Digitales y aumentar la concienciación sobre los mismos, incluyendo, al menos, la celebración de un Congreso anual sobre Derechos Digitales, de alcance internacional. Garantizar la máxima cobertura geográfica nacional posible de las actividades de difusión. | 1.172.258 | 938.407 | 233.851 |
9. Promover la elaboración y adopción de cartas de Derechos Digitales en el ámbito internacional y, especialmente en el iberoamericano. | 379.950 | 300.150 | 79.800 |
10. Desarrollar un plan de divulgación para difundir los resultados generados en el marco del presente convenio. | 1.063.448 | 854.878 | 208.570 |
11. Misiones pedagógicas digitales. | 134.000 | 107.000 | 27.000 |
12. Carta de deberes digitales. | 136.650 | 105.000 | 31.650 |
13. Medición de impacto sobre Derechos de Ciudadanía Digital. | 135.000 | 105.000 | 30.000 |
Totales. | 3.825.000 | 956.250 | 4.781.250 |
ANEXO II AL CONVENIO
Acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal relativo al
«Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Xxx.Xx, M.P. y el Grupo de Entidades formado por Fundación Instituto Hermes para el Empoderamiento de la Ciudadanía, Fundación La Caixa, Fundación Telefónica, Fundación Atresmedia, Universitat Xxxxxx Xxxxx, Universidad San Xxxxx CEU, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Xxxxxx III de Madrid, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Fundación Repoblación Sostenible, Universidad Católica del Uruguay Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Asociación Europea para la Transición Digital, Fundación Hiberus, Universitat de València Estudi General, Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA), Universidad Santiago de Compostela, Universidad xx Xxxxxxx, Universidad de Comillas, Fundación Mobile World Capital y Fundación Diario xx Xxxxxxx para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en la creación del Espacio de Observación de Derechos Digitales»
REUNIDOS
De una parte, el Grupo de Entidades, que tendrá la consideración de «Responsables del Tratamiento» o «Entidades Solicitantes», y que está formada por:
− Fundación Instituto Hermes para el Empoderamiento de la Ciudadanía (en adelante, Fundación Hermes) CIF X-00000000, con domicilio en Xxxxxx, xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, 7.ª planta, y en su nombre xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, actuando en calidad de Secretario de la fundación y apoderado, en virtud de la Escritura de Constitución de la FUNDACIÓN otorgada ante el Notario del Colegio Notarial xx Xxxxxxx, xxx Xxxxxxx-Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx de fecha 20 de septiembre de 2016, con el número 1.460 de su protocolo.
− Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona (en adelante, Fundación la Caixa), con domicilio Xxxxx Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxx (Xxxxx Xxxxxxx) y CIF X00000000, representada por xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, mayor de edad, directora del Departamento del Observatorio Social, según resulta de la escritura de poder elevada a público ante la Notario Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx en fecha 4 de noviembre de 2021 y número de protocolo 2011.
− Fundación Telefónica, con domicilio en Gran Vía 28 7.ª planta. código postal 28013 de Madrid, y CIF X00000000, representada por xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en cuanto director general, haciendo uso de las facultades que le fueron conferidas mediante acuerdo del Patronato en fecha 13 de diciembre de 2023, elevado a público ante el notario de Madrid, don Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, el 21 de diciembre de 2023, bajo el número 8.036 de su protocolo.
− Fundación Atresmedia, con domicilio en San Xxxxxxxxx de los Xxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, 00, Xxxxxx, representada por xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, directora general, según resulta de xxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en la representación que ostenta el otorgamiento de este poder.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
− Universitat Xxxxxx Xxxxx, con domicilio en Xxxxxx xx xx Xxxxx, 00, XX 00000, Xxxxxxxxx y CIF X0000000X, representada por xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Vicerrectora de Transferencia del Conocimiento, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 4 de la Resolución de la Rectora de 10 xx xxxxx del 2023 de delegación de competencias en los vicerrectores y en el secretario general.
− Universidad San Xxxxx CEU, con domicilio en Xxxxx Xxxxx Xxxxx, 00 Xxxxxx, Xxxxxx y CIF X00000000, representada por xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, Rectora, según resulta del poder otorgado ante el notario de Madrid Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxxxxxx el 17 de julio de 2019.
− Universidad Autónoma de Madrid (en adelante UAM), con domicilio en xxxxx Xxxxxxxx 0, Xxxxxx. Universitaria Cantoblanco, Madrid, CP 28049 y CIF Q-2818013-A,
representada por xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx, Rectora, según resulta del Decreto 87/2021, de 30 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno.
− Universidad Xxxxxx XXX de Madrid (en adelante UC3M), con domicilio en Getafe, xxxxx Xxxxxx 000, 00000 Xxxxxx y CIF X0000000X, representada por representada por xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Xxxxxx XXX de Madrid nombrado por Decreto 40/2023, de 19 xx xxxxx («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 21 xx xxxxx de 2023, N º 94), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Xxxxxx XXX aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
− Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (en adelante CERMI), con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx, 0 Xxxx, XX 00000 Xxxxxx, representada por xxx Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxx, interviniendo como Presidente de la Asociación, según resulta de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario del Colegio Ilustre de Madrid.
− Fundación para la Repoblación Sostenible, con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx 0 xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxx), código postal 06378, y CIF X00000000, representada por xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, según resulta de la escritura de poder elevada a público ante el notario Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en fecha 4 de diciembre de 2023 en Badajoz.
− Universidad Católica del Uruguay «Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx» (en adelante Universidad Católica del Uruguay), con domicilio en Xxxxxxx 0 xx Xxxxxxx, xxxxxx 0000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, representada por xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, según resulta del poder general de administración firmado ante la notaria Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx.
− Asociación Europea para la Transición Digital, con domicilio en X/ Xxxxxxx, 00, xxxx
B. código postal 28043, Madrid (Madrid), y CIF X00000000, representada por xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, mayor de edad, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx el 8 de febrero de 2023, con el número 496 de su protocolo, que declara expresamente vigente por no haber sido modificado, revocado ni suspendido.
− Fundación Hiberus, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx Xxxxxxxx xxxxxx 0. código postal 50009 (Zaragoza), y CIF 29103375A, representada por xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en nombre y representación de Fundación Hiberus, según resulta de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio xx Xxxxxx, como sustituto y para el protocolo de su compañero Xxxxxxxxx Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, por imposibilidad accidental.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
− Universitat de Valencia, Estudi General, con domicilio en la Avda. Xxxxxx Xxxxxx, 00, 00000 xx Xxxxxxxx código postal y CIF Q-4618001-D, representada por xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Vicerrectora de Innovación y Transferencia mayor de edad, actuando en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que a tal efecto le reconocen el artículo 50 Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario y el artículo 105 del Estatutos de la Universitat de València, legitimada para este acto en virtud de la Resolución de 20 xx xxxx de 2022, de la Rectora de la Universitat de València por la que se delegan determinadas competencias en los vicerrectorados, la Secretaría General, la Gerencia y otros órganos de esta universidad, publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» n.º 9350 de 30 xx xxxx de 2022 y facultada a partir de su nombramiento por Resolución de la Rectora de 1 xx xxxxx de 2022.
− Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (en adelante ODISEIA), con domicilio en Xxxxx xx Xxxx XXXXX 0 00000 Xxxxxx, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, Grupo 1, Sección 1, Número Nacional 619782 el 22 de septiembre de 2020 y CIF X00000000, representada por Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, actuando en calidad de presidenta con y de la cual tiene concedido
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poder en escritura otorgada ante el Notario de Madrid xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx el 12 xx xxxxx de 2021, poder que no le ha sido derogado.
− Universidad Santiago de Compostela, con domicilio en Praza do Obradoiro, 0, código postal 15705, (Santiago de Compostela), y CIF X0000000X, representada por xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, mayor de edad, según resulta del decreto 35/2022 de la Xunta de Galicia del 17 xx xxxxx de 2022.
− Universidad xx Xxxxxxx, con domicilio a efectos de este documento en Pamplona, en el Edificio Central de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en el Campus Universitario, S/N código postal 31009 (Pamplona), representada por don Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, soltero, Interviene en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxxx, en calidad de Administrador General de la antedicha institución que es titular del CIF R-3168001-J; comparece en el ejercicio de las facultades que le fueron conferidas en la Escritura de Apoderamiento otorgada ante el Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx el pasado 14 xx xxxxx de 2022, n.º 524 de su protocolo.
− Universidad de Comillas, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 (Xxxxxx), representada por xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, en nombre y representación de la Universidad Pontificia Comillas, según resulta de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, con vecindad y residencia en la misma.
− Fundación Mobile World Capital, con domicilio en Xxxxx Xxx Xxxx, 0, xxxxxx 0-X, Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxx, xxxxxx xxxxxx 00000 (Xxxxxxxxx), y CIF número X-00000000 representada por xxx Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, en su condición de director general, mayor de edad, según resulta de la escritura de apoderamiento conferida ante el Notario de Barcelona, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, el 15 de julio de 2022, con el número 1762 de su protocolo.
− Fundación Diario xx Xxxxxxx, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 00, Xxxxxxxx (Xxxxxxx). código postal 31001, Navarra (Pamplona), representada por xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, y Xxxx Xxxxxxx Xxx representantes mancomunados, mayores de edad, según resulta de la certificación ante el xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx con fecha 26 de octubre de 2020, poder que no les ha sido derogado.
Y de otra parte la entidad pública empresarial Xxx.xx, M.P. (en adelante, «Xxx.xx»), con domicilio en Madrid, Plaza de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx s/n, código postal 28020 y CIF Q2891006-E, representada por su Director general xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1. k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Xxx.xx, que tendrá la consideración de «Encargado del Tratamiento», (en adelante, «Xxx.xx» o «Encargado de Tratamiento»).
EXPONEN
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
I. Que las Partes suscriben el «Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Xxx.Xx, M.P. y el Grupo de Entidades formado por Fundación Instituto Hermes para el Empoderamiento de la Ciudadanía, Fundación La Caixa, Fundación Telefónica, Fundación Atresmedia, Universitat Xxxxxx Xxxxx, Universidad San Xxxxx CEU, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Xxxxxx III de Madrid, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Fundación Repoblación Sostenible, Universidad Católica del Uruguay Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Asociación Europea para la Transición Digital, Fundación Hiberus, Universitat de València Estudi General, Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial (ODISEIA), Universidad Santiago de Compostela, Universidad xx Xxxxxxx, Universidad de Comillas, Fundación Mobile World Capital y Fundación Diario xx Xxxxxxx para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en la creación del Espacio de Observación de Derechos Digitales», al que este acuerdo va anexo.
Para la ejecución del convenio, Xxx.xx debe recabar o acceder a datos personales de los que las Entidades Solicitantes son Responsables.
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II. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (EU) 2016/679 («RGPD»), las Entidades Solicitantes, como responsables del tratamiento (el
«Responsable») y Xxx.xx, como encargado del tratamiento (el «Encargado»), han convenido suscribir el presente acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal (el «Acuerdo»), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto del encargo del tratamiento.
1.1 El presente Acuerdo tiene como fin la regulación del tratamiento de datos realizado al amparo del Expositivo Primero por parte de Xxx.xx para la gestión de las actuaciones señaladas, gestión de los proveedores necesarios para la realización de las actividades cofinanciadas según lo establecido en el Expositivo Primero mediante licitación o concurso público convocado directamente por Xxx.xx.
1.2 El tratamiento podría consistir en, sin ánimo de ser exhaustivos, la recogida, estructuración, conservación, consulta, cotejo, comunicación, supresión y cuantos tratamientos sean necesarios para la prestación del servicio indicado en el convenio.
1.3 Cualquier tipo de tratamiento que no esté expresamente relacionado con las actuaciones contempladas en el convenio de colaboración o en el punto 1.1, no forma parte del alcance del presente acuerdo, salvo pacto previo expreso y escrito de las Partes.
2. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto del presente encargo, las Entidades Solicitantes, pondrán a disposición del Encargado la información necesaria para la realización de las actividades referenciadas en el apartado 1.1, siendo habitualmente datos identificativos de integrantes de la comunidad universitaria, colaboradores y expertos, asistentes a eventos o jornadas, personas y ciudadanos interesados relacionados con las actividades de tratamiento declaradas en:
– xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx/, de la Fundación HERMES como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/x/xxxxxx/xxxxx-xxxxxx_xx.xxxx?
_gl=1*duitfk*_ga*MTA2NjE4MzU4NC4xNzAyNTU2Nzcx*_ga_7NE4JXPZHV*MTcwMjU1 Njc3MS4xLjEuMTcwMjU1Njg3Ni4wLjAuMA, de la Fundación La Caixa como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx/?
_gl=1*1gmu1sf*_ga*NzY2MjcyNjcuMTcwMjU1NjcxNw..*_ga_PNZMSJH10D*MTcwMjU1N jkyMC4xLjEuMTcwMjU1NjkzNS4wLjAuMA, de la Fundación Telefónica como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxx- fundacion.html, de la Fundación Atresmedia como entidad solicitante.
– xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx.xxx, de la Universidad Xxxxxx Xxxxx como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxx-xxxxx, de la Universidad San Xxxxx CEU como entidad solicitante.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
– xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx, de la Universidad Autónoma de Madrid como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xx0x.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxxx-xxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx, de la Universidad Xxxxxx III de Madrid como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx/, del Comité Español de representantes de personas con discapacidad (CERMI) como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/XXX-XXXXXXXXXXX/Xxxxxxxx-xx-Xxxxxxxxxx-xx0000 de la Universidad Católica del Uruguay como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx de Asociación Europea para la Transición Digital como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx, de la Fundación Hiberus como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx-xx/xxxxxxxxxx-xxxxx- tecnica/proteccio-dades.html de la Universitat de València como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx/ de ODISEIA como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxx, de la Universidad de Santiago de Compostela como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-xx-xxxxx, de la Universidad xx Xxxxxxx como entidad solicitante.
– xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxx/, de Universidad de Comillas como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx/, de Fundación Mobile World Capital como entidad solicitante.
– xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx/, de Fundación Diario xx Xxxxxxx como entidad solicitante.
3. Duración.
La duración del Acuerdo será la estipulada en el convenio. Una vez cumplida la prestación contractual, en caso de que hubiera acceso a datos personales del Responsable, estos datos de carácter personal deberán devolverse al Responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento, en los términos desarrollados en este Acuerdo.
No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
4. Obligaciones del encargado del tratamiento.
4.1 Obligación de utilizar los datos sólo para la finalidad objeto del encargo y bajo las instrucciones del responsable.
Xxx.xx está obligado a utilizar los datos personales objeto del tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá aplicarlos o utilizarlos para fines propios ni con un fin distinto al que figuran en el presente Acuerdo.
El Encargado tratará los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable. Si el Encargado considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos que fuera aplicable, el Encargado informará inmediatamente al responsable.
4.2 Registro de las actividades de tratamiento por cuenta del responsable.
El Encargado llevará por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable, que contenga, como mínimo, el contenido del artículo 30 RGPD.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
4.3 Cesión y transferencia de datos.
El Encargado podrá comunicar los datos a terceras personas, ya que cuenta con la autorización de las Entidades Solicitantes, en virtud del expositivo primero, siendo la finalidad de Xxx.xx la ejecución del convenio firmado entre las partes, dentro de dichas actuaciones se realizará la gestión de la licitación y elegir a los Prestadores de Servicios que mejor se adapten a las necesidades de las Entidades Solicitantes.
Por tanto Xxx.xx, como Encargado, podrá comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con sus instrucciones.
Si el Encargado debe transferir datos personales a un tercer país, en virtud del derecho aplicable, informará al Responsable de esta exigencia legal de manera previa, salvo que tal normativa lo prohíba por razones importantes de interés público.
4.4 Contratación de Sub-encargos de Tratamiento.
En virtud del objeto del convenio establecido en la estipulación primera, se autoriza a Xxx.xx a subcontratar, por medio de licitación conforme a la normativa de Contratos del Sector Público, los servicios que serán prestados en para las Entidades Solicitantes con la empresa o empresas que estime como ofertas más ventajosas para la prestación de los servicios a las Entidades Solicitantes.
Además, para la realización de las actividades objeto del presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en la cláusula 1.1, Xxx.xx podrá contratar con la empresa o empresas que estime conveniente en la medida necesaria para la prestación de los servicios objeto del Acuerdo.
En todo caso, el Encargado elegirá únicamente Entidades licitantes que ofrezcan garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos del RGPD y garantice la protección de los derechos del interesado.
El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este Acuerdo para el Encargado y las instrucciones que dicte el Responsable. Corresponde al Encargado regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del sub-encargado, este último será plenamente responsable ante las Entidades Solicitantes en lo referente al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la licitación o concurso.
4.5 Deber xx xxxxxxx, confidencialidad y seguridad.
El Encargado tiene la obligación de mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
El Encargado garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
El Encargado deberá mantener a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
4.6 Formación.
El Encargado garantizará la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales por cuenta del Responsable, así como las informará sobre el contenido del encargo y toda otra información relevante para el cumplimiento del encargo.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
4.7 Deber de información.
Corresponde al Responsable facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos.
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4.8 Derechos del interesado.
Cuando las personas afectadas ejerzan estos derechos ante el Encargado, éste debe comunicarlo por correo electrónico al Delegado de Protección de Datos de las Entidades Solicitantes:
– Fundación Hermes.
X/ Xxxxxx xxxxxx 00, 0.x xxxxxx XX 00000, Xxxxxx. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
– Fundación La Caixa.
Xxxxxxx Xxxxxxxx 000 - 000, 00000 Xxxxxxxxx. xxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
– Fundación Telefónica.
Responsable de Privacidad, xxxxx Xxxx Xxx x.x 00 (C.P. 28013), Madrid. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
– Fundación Atresmedia.
Xxxx Xxxxxxxx 00, 00000 Xxx Xxxxxxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxx. xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.
– Universitat Xxxxxx Xxxxx.
Pl. de la Xxxxx, 10-12. 08002, Barcelona, España. (x00) 00 000 00 00.
– Universidad San Xxxxx CEU.
Xxxxx Xxxxx Xxxxx, 00 Xxxxxx. xxx@xxx.xx.
– Universidad Autónoma de Madrid.
Ciudad Universitaria de Cantoblanco - 28049 Madrid. xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx.
– Universidad Xxxxxx III de Madrid. Xxxxx Xxxxxx 000, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx.
916249500.
– Comité Español de representantes de personas con discapacidad (CERMI).
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
– Fundación para la Repoblación Sostenible.
Xxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx 0, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx. xxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.
– Universidad Católica del Uruguay.
Xxxxxxx 0 xx Xxxxxxx, xxxxxx 0000. Montevideo, República del Uruguay. xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
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– Asociación Europea para la Transición Digital.
X/ Xxxxxxx, 00, xxxx X. código postal 28043, Madrid. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
– Fundación Hiberus.
Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xxxxxx 0 xxxxxx xxxxxx 00000 Xxxxxxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxx xxx@xxxxxxx.xxx.
– Universitat de València.
Avda. Xxxxxx Xxxxxx, 00, 00000, Xxxxxxxx. xxxx@xx.xx.
– ODISEIA.
Xxxxx xx Xxxx XXXXX 0 00000, Xxxxxx. xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
– Universidad de Santiago de Compostela.
Xxxxx xx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, X Xxxxxx. xxx@xxx.xx.
– Universidad xx Xxxxxxx.
Edificio Central de la Universidad xx Xxxxxxx, Pamplona, 31009. Xxxxxxx Xxxxx, xxx@xxxx.xx.
– Universidad de Comillas.
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxx. XXX@xxxxxxxx.xxx.
– Fundación Mobile World Capital.
Xxxxx Xxx Xxxx, 0, xxxxxx 0-X, Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxx, 00000, Xxxxxxxxx. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
– Fundación Diario xx Xxxxxxx.
Xxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 00, 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx.
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente a la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver dicha solicitud.
4.9 Violaciones de seguridad.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
El Encargado notificará al Responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, y a través de correo electrónico al Delegado de Protección de Datos de las Entidades Solicitantes, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Si se dispone de información suficiente, el Encargado facilitará, como mínimo, los extremos incluidos en el artículo 33.3 RGPD.
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4.10 Asistencia al Responsable.
El Encargado debe dar apoyo al Responsable del tratamiento en:
– La realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
– La realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
El Encargado pondrá a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones conforme a la normativa de protección de datos.
4.11 Medidas de seguridad.
El Encargado adoptará las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos y que se evite la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado a los citados datos personales.
En particular, el Encargado pondrá en marcha las medidas de seguridad que se corresponden con las previstas en el anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, y los controles de seguridad del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información basado en la Norma UNE-EN ISO/ IEC 27001.
Durante el periodo de vigencia del Acuerdo, el Responsable deberá adaptar estas medidas de seguridad a los resultados de un Análisis de Riesgos o. en su caso, de una Evaluación de Impacto en Protección de Datos, de conformidad con el artículo 32 RGPD. En tanto no se realice la evaluación de riesgos, se aplicarán de forma supletoria las medidas que se estuviesen aplicando de conformidad con este Acuerdo.
4.12 Delegado de Protección de Datos.
El Encargado pondrá a disposición del Responsable los datos de contacto de su Delegado de Protección de Datos, que son los siguientes:
Xxx.xx: Edificio Bronce.
Plaza Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, s/n.
28020 Madrid, email: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx.
4.13 Finalización del encargo.
En el caso de que se produzca alguna comunicación de información, el Encargado devolverá al Responsable los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el Encargado. No obstante, el Encargado podrá conservar una copia de los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
5. Obligaciones específicas por parte del responsable.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Corresponde al responsable para dar cumplimiento al presente Acuerdo:
i. Poner a disposición del Encargado los datos a los que se refiere la cláusula segunda del presente Acuerdo.
ii. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el Encargado, si fuera necesario.
iii. Realizar las consultas previas que en su caso corresponda.
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iv. Velar y dar soporte, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD y su normativa de desarrollo por parte del Encargado.
v. Obtener con carácter previo a la entrega de los datos al Encargado, legitimación suficiente para el tratamiento de los datos de carácter personal de los afectados.
6. Responsabilidad.
6.1 Sin perjuicio de lo establecido en el presente Acuerdo en la Ley, el Encargado responderá única y exclusivamente de los daños directos que sufra el Responsable y que hayan sido causados directamente por las acciones, omisiones o desviaciones de las instrucciones del encargo en relación con las obligaciones estipuladas en el este Acuerdo o en la Ley.
6.2 El Encargado no será responsable por los daños directos e indirectos causados por acciones u omisiones del Responsable relativas a las obligaciones establecidas en este Acuerdo o en la Ley. Sin perjuicio de lo anterior, el Responsable se compromete a indemnizar todos los gastos, costas procesales, indemnizaciones por daños y perjuicios, multas, sanciones y cualesquiera otros gastos incurridos por el Encargado en su defensa en estos procedimientos y que surjan de acciones u omisiones por parte del Responsable o del correcto y debido cumplimiento de las instrucciones del encargo.
6.3 El Encargado no será responsable de los problemas, daños y/o perjuicios causados que tuvieran su origen en causas ajenas a su control o que no hubieran podido ser previstas por las Partes o que, aun siendo previsibles, el Encargado haya realizado todos los esfuerzos razonables e implementado las medidas pertinentes para evitarlas o que sean consideradas como fuerza mayor o caso fortuito.
7. Aplicación de las estipulaciones del acuerdo.
cve: BOE-A-2024-14138
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
En todo lo no estipulado expresamente en el presente Acuerdo se estará a lo establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente Acuerdo forma parte integrante e inseparable.
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X