Definición de Anexo de Disposiciones Legales

Anexo de Disposiciones Legales. Significa el Anexo en el cual se establecen los preceptos legales a que se hace referencia en el presente Contrato, el cual se encuentra a disposición del Cliente para su consulta en el Registro de Contratos de Adhesión de la Condusef, así como en las Sucursales de Afirme.
Anexo de Disposiciones Legales. Significa el documento que contiene los preceptos legales a que se hace referencia en el presente Contrato, el cual se encuentra a disposición del Titular para su consulta en el Registro de Contratos de Adhesión de la CONDUSEF, así como en Sucursales de Afirme.
Anexo de Disposiciones Legales. Documento en cumplimiento al artículo 4 de la Disposiciones en materia de Transparencia, que contiene la transcripción de las disposiciones legales expresamente referidas en este Contrato, mismo que se pone a disposición de los clientes para ser consultado en xxx.xxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxx, sección de tarjetas de crédito, así como en la página de CONDUSEF xxx.xxxxxxxx.xxx.xx apartado RECA bajo el número de Registro del presente Contrato.

Examples of Anexo de Disposiciones Legales in a sentence

  • De conformidad con la normatividad aplicable, el Anexo de Disposiciones Legales se encuentra a disposición del Titular para su consulta en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF, así como en las Sucursales de Afirme.

  • De conformidad con la normatividad aplicable, el Anexo de Disposiciones Legales se encuentra a disposición del Cliente para su consulta en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF, así como en las Sucursales de Afirme.

  • Para un mayor abundamiento, así como para la interpretación y cumplimiento de las Leyes y artículos mencionados en este Contrato, favor de remitirse al Anexo de Disposiciones Legales en donde se puede consultar la transcripción de los preceptos legales referidos.

  • El Cliente podrá consultar las disposiciones legales aplicables al presente Contrato en el Anexo de Disposiciones Legales, así como en el RECA y en las oficinas de Banco XXX Xxxx México.

  • Para fines informativos se integra al Anexo de Disposiciones Legales el artículo 72 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.

  • Todas las declaraciones, condiciones y obligaciones establecidas por el Cliente en la Solicitud, Carátula, Pagaré, Tabla de Amortización, Anexo de Comisiones, Anexo de Disposiciones Legales y en este Contrato, serán asumidas en los mismos términos por las demás personas, que en su caso, suscriban el presente Contrato como Obligados Solidarios.

  • De conformidad con la normatividad aplicable, el Anexo de Disposiciones Legales, asi como tambien el Contrato, se encuentran a disposición del Cliente para su consulta en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF, así como en las Sucursales de Afirme y en la pagina de internet xxx.xxxxxx.xxx.


More Definitions of Anexo de Disposiciones Legales

Anexo de Disposiciones Legales. Documento en cumplimiento al artículo 4 de la Disposiciones en materia de Transparencia, que contiene la transcripción de las disposiciones legales expresamente referidas en este Contrato, mismo que se pone a disposición de los clientes para ser consultado en xxx.xxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxx, sección de tarjetas de crédito, así como en la página de CONDUSEF xxx.xxxxxxxx.xxx.xx apartado RECA bajo el número de Registro del presente Contrato. El Banco: Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en relación con las operaciones y servicios objeto de este Contrato que dicha entidad preste al “Titular”.
Anexo de Disposiciones Legales. Documento en cumplimiento al artículo 4 de la Disposiciones en materia de Transparencia, que contiene la transcripción de las disposiciones legales expresamente referidas en este Contrato, mismo que se pone a
Anexo de Disposiciones Legales. Documento en cumplimiento al artículo 4to. de las Disposiciones en materia de Transparencia, que contiene la transcripción de las disposiciones legales expresamente referidas en este Contrato, mismo que se pone a disposición de los clientes para ser consultado en el xxx.xxxxxxx.xxx, sección de tarjetas de crédito, así como en la página de CONDUSEF xxx.xxxxxxxx.xxx.xx apartado RECA bajo el número de Registro del presente Contrato. Banca por Internet: Servicios y operaciones bancarias realizadas a través de Internet, en el sitio que corresponda a uno o más dominios de “EL BANCO”, incluyendo el acceso mediante protocolo WAP o equivalente. El acceso al servicio puede realizarse mediante cualquier equipo (PC, Teléfono Móvil) con conexión a internet).

Related to Anexo de Disposiciones Legales

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

  • Pliego de Condiciones Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y del futuro Contrato.

  • Condiciones Generales Conjunto de cláusulas o estipulaciones básicas establecidas por la COMPAÑIA para regir los contratos pertenecientes a un mismo ramo o modalidad de seguro. Su aplicación puede ser modificada por otras cláusulas contractuales incluidas en la póliza del seguro.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).