Definición de Contrato de Garantía

Contrato de Garantía significa, si lo hubiere, el contrato en virtud del cual se garantiza el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones que contrae el Prestatario bajo este Contrato y en el que el Garante asume otras obligaciones que quedan a su cargo.
Contrato de Garantía si lo hubiere, es el acuerdo suscrito entre el Garante y CAF, mediante el cual el Garante se constituye en codeudor solidario de todas las obligaciones dinerarias contraídas por el Prestatario en el Contrato.
Contrato de Garantía. Significa el contrato celebrado entre el Estado y el Garante para documentar la Garantía asociada al Crédito.

Examples of Contrato de Garantía in a sentence

  • El Contrato de Garantía deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Público Único, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.

  • Los términos escritos en el presente documento con mayúscula inicial que no estén específicamente definidos en el mismo tendrán el significado que a los mismos se les atribuye en el Contrato de Garantía.

  • Los términos escritos en el presente documento con mayúscula inicial que no estén específicamente definidos en el mismo tendrán el significado que a los mismos se les atribuye en el Contrato de Garantía Parcial.

  • En caso que el Constructor incumpla con alguna de las obligaciones garantizadas, INTERBANK podrá ejecutar la Garantía Mobiliaria, en los términos indicados en el Contrato de Garantía Mobiliaria sobre Títulos Valores, pudiendo consultar al Cliente, antes de proceder con la ejecución, en caso que éste se encuentre al día en el pago del Crédito Hipotecario.

  • En la medida en que algún Fideicomisario en Primer Lugar A o Fideicomisario en Primer Lugar C venda, ceda o de otra forma participe a terceros parte o la totalidad del Financiamiento o del Contrato de Garantía inscrito en el Registro del Fideicomiso, dicho Fideicomisario deberá ceder o de otra forma transmitir a esos mismos terceros los derechos fideicomisarios que le correspondan derivados del Fideicomiso, sin necesidad de obtener el consentimiento o la autorización de las demás Partes.


More Definitions of Contrato de Garantía

Contrato de Garantía o “Garantía” Significa el contrato de garantía de pago oportuno, irrevocable, incondicional y no revolvente, celebrado entre el Estado, en calidad de deudor, y una institución financiera, en calidad de garante, a fin de garantizar parcialmente el pago de capital e intereses ordinarios de un Financiamiento inscrito en el Registro del Fideicomiso, siempre y cuando el Contrato de Garantía también se encuentre inscrito en el Registro del Fideicomiso, en el entendido que el Contrato de Garantía tendrá como fuente de pago el mismo Porcentaje Asignado del Financiamiento al que garantiza, con la prelación prevista en la Cláusula Décima.
Contrato de Garantía o “Garantía” significa el contrato de garantía de pago oportuno, irrevocable, incondicional y no revolvente, celebrado entre el Estado, cada Organismo Público Descentralizado, o cualquier Ente Público, según sea el caso, en calidad de deudor, y una institución financiera, en calidad de garante, a fin de garantizar parcialmente el pago de capital e intereses ordinarios del Financiamiento inscrito en el Registro del Fideicomiso, siempre y cuando el Contrato de Garantía también se encuentre inscrito en el Registro del Fideicomiso, en el entendido que, el Contrato de Garantía tendrá como fuente de pago el mismo Porcentaje Asignado del Financiamiento que garantiza, con la prelación prevista en la Cláusula 10.
Contrato de Garantía designa un contrato concertado por una persona como garante;
Contrato de Garantía significa el contrato entre un miembro del Banco y el Banco, que contempla el ofrecimiento de una garantía por el préstamo, con las enmiendas que pueda sufrir tal contrato de tiempo en tiempo. El término Contrato de Garantía incluye estas Condiciones Generales conforme le sean aplicadas, así como todos los calendarios y contratos complementarios del Contrato de Garantía.
Contrato de Garantía significa, si lo hubiere, el contrato en virtud del cual se garantiza el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones que contrae el Prestatario bajo este Contrato y en el que el Garante asume otras obligaciones que quedan a su cargo. 7. “Día Hábil” significa un día en que los bancos comerciales y los mercados cambiarios efectúen liquidaciones de pagos y estén abiertos para negocios generales (incluidas transacciones cambiarias y transacciones de depósitos en moneda extranjera) en la ciudad de Nueva York. 8. “Directorio” significa el Directorio Ejecutivo del Banco. 9. “Dólar” significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América. 10. “Estipulaciones Especiales” significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato. 11. “Fecha Final de Amortización” significa la última fecha de amortización xxx Xxxxxxxx de acuerdo con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.
Contrato de Garantía es el contrato a que se refiere el Artículo 2 de la Ley Nº 25570, modificado por la Ley Nº 26438, que será suscrito en la Fecha de Cierre.
Contrato de Garantía significa un contrato celebrado al menos entre el Banco y un Acreedor, o cualquier otro instrumento legal, en virtud del cual el Banco se obliga a pagar una Obligación Garantizada;