Definición de Cuadro de Pagos de Servicios

Cuadro de Pagos de Servicios es el cuadro que detalla, respecto de los Valores Fiduciarios a emitir, el concepto y monto estimado de cada Servicio a pagar y su fecha.
Cuadro de Pagos de Servicios el cuadro agregado en cada Suplemento de Prospecto, o en el Aviso de Colocación, o de Cierre de Colocación, que detalla para cada Clase de Valores Fiduciarios a emitir el concepto y monto de cada Servicio a pagar, y eventualmente su fecha de pago, en la medida que tales datos puedan ser predeterminados.

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  • Los servicios mensuales serán pagados por el Fiduciario el décimo quinto (15º) día de cada mes o siguiente Día Hábil, si éste fuera inhábil, comenzando a partir de la primera Fecha de Pago ó en las fechas que surjan del Cuadro de Pagos de Servicios Teórico contenido en el Contrato de Fideicomiso, siendo la primera Fecha de Pago de Servicios el 15 xx xxxxx de 2018.

  • La periodicidad del pago de capital e intereses será mensual conforme se indica en el Cuadro de Pagos de Servicios Teórico.

  • Los servicios de intereses y capital (los “Servicios”) serán pagados en las fechas de pago de Servicios que se indiquen en el Cuadro de Pagos de Servicios inserto en el Aviso de Suscripción a publicar en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (la “AIF”: xxx.xxx.xxx.xx).

  • La Fecha de Pago de Servicios será el día decimoquinto (15º) de cada mes (o el Día Hábil siguiente si dicho día no fuera un Día Hábil) ó en las fechas que surjan del Cuadro de Pagos de Servicios Teórico contenido en el presente Contrato de Fideicomiso Financiero (la “Fecha de Pago de Servicios”), siendo la primera Fecha de Pago de Servicios el 15 xx xxxxx de 2018.

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  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

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  • Estado Estado Dominicano.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

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