Definición de Destrucción Parcial

Destrucción Parcial. Aquella situación producida por cualquier causa que provoque daños al Sistema de Distribución, estimados en un valor mayor al diez por ciento (10%) y menor al cincuenta por ciento (50%) de su valor nuevo de reemplazo, o aquella situación en la que, siendo los daños mayores a cincuenta por ciento (50%) de su valor nuevo de reemplazo, a criterio del Concedente es conveniente para la continuación del Servicio que las reparaciones las haga el Concesionario, siempre que ésta esté en capacidad de hacerlo.
Destrucción Parcial. Aquella situación producida por cualquier causa que provoque daños al Sistema de Transporte de Gas, estimados en un valor menor al 50% del valor total de reposición del mismo o que, siendo mayores a dicho porcentaje, a criterio del Concedente es conveniente para la continuación del Servicio que las reparaciones las haga la Sociedad Concesionaria, siempre que ésta esté en capacidad de hacerlo.
Destrucción Parcial. Es aquella situación producida por cualquier causa que provoque daños al Sistema de Abastecimiento de GLP, estimados en un valor menor al cincuenta por ciento (50%) del valor total de reposición del mismo o que, siendo mayores a dicho porcentaje, a criterio del Concedente es conveniente para la continuación de los servicios relacionados con el Sistema de Abastecimiento de GLP que las reparaciones las haga la Sociedad Concesionaria, siempre que ésta esté en capacidad de hacerlo a criterio del Concedente.

Examples of Destrucción Parcial in a sentence

  • La eventual Destrucción Parcial y/o Total de las obras del Sistema de Abastecimiento de GLP, o la Destrucción Parcial y/o Total de los Bienes de la Concesión, por causas no imputables a la Sociedad Concesionaria.

  • Destrucción Parcial del Sistema de Distribución o de alguno de sus equipos o instalaciones principales, por causas no imputables al CONCESIONARIO, de manera que imposibilite la prestación del Servicio.

  • Un seguro sobre el Automotor que se prenda con cobertura mínima de Robo, Hurto, Incendio, Responsabilidad Civil y Destrucción Parcial y Total por un importe que en todo momento sea equivalente al valor del Automotor.

  • Destrucción Parcial del Sistema de Abastecimiento de GLP o de alguno de sus equipos o instalaciones principales, por causas no imputables a la Sociedad Concesionaria, de manera que imposibilite la prestación del Servicio de Transporte de GLP y/o Servicio de Almacenamiento y Despacho.

  • Para protección del crédito, el ACREEDOR contratará por cuenta y cargo del DEUDOR a favor del ACREEDOR, en una compañía aseguradora de primera línea a elección del ACREEDOR un seguro sobre el bien que se prenda con una cobertura mínima de Robo, Hurto, Incendio, Responsabilidad Civil y Destrucción Parcial y Total, por un importe que en todo momento sea equivalente al valor de dicho bien.

  • Destrucción Parcial del Sistema de Distribución o de alguno de sus equipos o instalaciones principales, por causas no imputables al CONCESIONARIO, de manera que imposibilite el Servicio.

  • Destrucción Parcial del Sistema de Abastecimiento de GLP o de alguno de sus equipos o instalaciones principales, por causas no imputables a la Sociedad Concesionaria, de manera que imposibilite la prestación del Servicio.

  • Destrucción Parcial del Sistema de Distribución o de alguno de sus equipos o instalaciones principales, por causas no imputables al Concesionario, de manera que imposibilite la prestación del Servicio.


More Definitions of Destrucción Parcial

Destrucción Parcial. Aquella situación producida por cualquier causa que provoque daños al Sistema de Transporte de Líquidos, estimados en un valor menor al 50% del valor total de reposición del mismo o que, siendo mayores a dicho porcentaje, a criterio del Concedente es conveniente para la continuación del Servicio que las reparaciones las haga la Sociedad Concesionaria, siempre que ésta esté en capacidad de hacerlo.

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