Definición de DOMICILIO DE PAGO

DOMICILIO DE PAGO. La cuenta bancaria donde el Arrendatario haya domiciliado el pago de las cuotas del arrendamiento financiero. Esta cuenta podrá modificarse mediante comunicación del Arrendatario. En todo caso, se presumirá, salvo prueba en contrario, que la domiciliación bancaria ha sido indicada por el Arrendatario como domicilio de pago.
DOMICILIO DE PAGO. El pago de las cuotas, intereses, gastos y de cualquier otra obligación de carácter pecuniario que para la PARTE DEUDORA se derive de este contrato, se efectuará a través del depósito de dinero asociado abierto en cualquiera de las oficinas de CaixaBank que la PARTE DEUDORA indique y de la que sea titular única o cotitular indistinta o solidaria. No obstante la PARTE DEUDORA afecta de modo especial los emolumentos que devengara de CaixaBank y la autoriza con carácter irrevocable para que, con cargo al depósito de dinero asociado en que le son abonados dichos emolumentos o a cualesquiera otros depósitos de efectivo de los que aquélla fuera titular en la propia entidad, se haga cobro de las cantidades que no haya podido percibir en los vencimientos pactados. Esta cláusula tiene contenido esencial y consecuencias económico patrimoniales para La PARTE DEUDORA. Llegado el caso, la ejecución de la garantía hipotecaria puede no resultar suficiente para saldar la deuda de la PARTE DEUDORA. En garantía del pago a CaixaBank: a) del capital prestado; b) del pago de sus intereses por el plazo de seis meses, a razón del tipo inicial pactado o del que resulte, hasta el tope máximo establecido, de las variaciones, al alza o a la baja, convenidas; c) del pago de sus intereses de demora por el plazo de dieciocho meses, a razón del tipo convenido, hasta el máximo establecido en el Pacto de Intereses de Demora, teniendo en cuenta que en ningún caso este límite máximo podrá ser superior al que represente en cada momento el resultado de sumar TRES (3) puntos al tipo de interés remuneratorio/ordinario pactado en la presente escritura y
DOMICILIO DE PAGO. Entidad , con domicilio en MOD. (M) 006-720.0313-02 (20) - 22 xx xxxxx de 2022 Localidad , Nº de cuenta A estos efectos el Prestatario autoriza expresamente al financiador a presentar al cobro en la cuenta bancaria consignada las cantidades exactas resultantes del presente contrato.

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DOMICILIO DE PAGO. Entidad _________________________________________, con domicilio en __________________________________________________________ Localidad __________________________, Nº de cuenta ____________________________________________________________________________________________ A estos efectos el Prestatario autoriza expresamente al Financiador a presentar al cobro en la cuenta bancaria consignada las cantidades exactas resultantes del presente contrato. Derecho de desistimiento. (Art. 9.4 de la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles y art. 28 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo según Condición General 13). Duración del contrato – (ver anexo I) Cuadro de amortización del contrato. Los intervinientes, caso de ser consumidores a los efectos de la Ley de Contratos de crédito al consumo, declaran haber recibido la información previa al contrato y la explicación personalizada, con la debida antelación y a su satisfacción, en los términos exigidos en la misma. Los abajo firmantes conocen y aceptan el contenido de las Condiciones Particulares y Generales del presente contrato, del que declaran haber recibido la correspondiente copia. En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en hojas y en ejemplar/es. En En En Fecha Fecha Fecha Prestatario/s Fiador/es Financiador

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  • Domicilio Para todos los fines de este con- trato, las Partes fijan como domicilio la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia. (Fin del Anexo A) MODELO - ANEXO B ÁREA CONTRATADA BLOQUE: MODELO - ANEXO C PROGRAMA OBLIGATORIO DE EXPLORACIÓN • Fase 0 Duración: Hasta seis (6) meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Actividades: Adelantar los trámites de consul- tas previas, cuando estas sean necesarias, an- tes de dar inicio a la primera fase. Nota: La ANH podrá dar por terminada esta fase 0 cuando el proceso de Consulta Previa haya culminado o cuando EL CONTRATISTA no avance diligentemente en las anteriores activi- dades. Esta fase se podrá prorrogar si se pre- sentan dificultades en el proceso de consulta previa que estén fuera del control de EL CON- TRATISTA. La consulta previa se hará en coordi- nación con la ANH. • Fase 1 Duración: Actividades Exploratorias: • Fase 2 Duración: Actividades Exploratorias: (Otras fases…) Nota 1: EL CONTRATISTA se compromete x xxx- xxxxx los estudios preliminares en materia ambien- tal, tales como el reconocimiento del área donde se identifiquen las posibles afectaciones que gene- rarían las actividades previstas, y las medidas de manejo que se requieran para cada una de ellas. Nota 2: Se entiende que este programa explorato- rio está diseñado para la búsqueda de Hidrocar- buros Convencionales exclusivamente. No incluye ninguna actividad exploratoria relacionada con Gas Metano Asociado al Carbón, hidrocarburo para el cual los permisos de exploración se encuentran suspendidos de conformidad con lo previsto en el Acuerdo 042 del 29 de noviembre de 2006 del Consejo Directivo de la ANH. ANEXO D DERECHOS ECONÓMICOS D.1. POR USO DEL SUBSUELO: Según lo esta- blecido en la cláusula 38 del anexo A, por cada fase durante el Período de Exploración, EL CONTRATISTA reconocerá y pagará a la ANH un derecho cuyo valor será, en dólares de los TABLA A: Valor 2009 por fase en US$ / Hectárea Nota: Cuando la primera fase del Período de Exploración sea menor o igual a doce (12) meses, no habrá lugar al pago de este derecho económico. • Áreas de Evaluación y de Producción: EL CONTRATISTA reconocerá y pagará a la ANH un derecho cuyo valor, en dólares de los Es- tados Unidos de América, será el que resulte de multiplicar la producción de hidrocarbu- ros que corresponden a EL CONTRATISTA, según la cláusula 29, por once centavos xx xxxxx, y sesenta y dos centésimos de centavo xx xxxxx de los Estados Unidos de América (USD $ 0.1162), por cada barril de Hidrocar- buros Líquidos. Parágrafo: La producción de gas natural destinada a las operaciones de reinyección u otros procesos directamente relacionados con la producción del mismo campo de donde se extrae, no causará el pago por derechos de producción a que se refiere el numeral 38.2 de la cláusula 38.

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Pago Estos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de mano de obra, equipo, herramientas y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en esta especificación.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha _____ de ______ de 201__, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Unidad La unidad de medida y forma de pago se realizará por metros cuadrado (M2)

  • Fondo de Reserva significa el fondo que deberá establecerse en el Fideicomiso para el Crédito Garantizado, a fin de que sirva como reserva para el pago de capital e intereses del Crédito, en el caso que los recursos de la Cuenta del Financiamiento en el Fideicomiso sean, por cualquier causa, insuficientes, el cual podrá constituirse con cargo a las disposiciones del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con recursos propios del Estado.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Medio de verificación Copia física o digital de los documentos descritos en la acción; y registros de implementación cuando corresponda. Plazo: mes 6 desde la aprobación de la adhesión