Definición de Domicilio Especial

Domicilio Especial. Para todos los efectos del presente contrato de seguro, las partes señalan Santiago como domicilio especial.
Domicilio Especial. (obligatorio: fijarlo en zona urbana y sobre calle con numeración municipal) Descripción del destino de fondos Adquisición tractor nuevo Monto total de la inversión a financiar (*) $ Importe neto de I.V.A. (*) $
Domicilio Especial. A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes en sus ofertas deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de la presente Licitación, quedando sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Federales sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. 11 - Constancia del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal): La oferente deberá presentar junto con la oferta, la constancia de inexistencia, al momento de la apertura de sobres, de sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (conf. Ley 26.940). Xxxx, sin perjuicio de que no resultará adjudicataria la firma que figure en el mencionado Registro al momento de la adjudicación. 12- Requisitos en Higiene y Seguridad: La/s oferente/s deberán designar un responsable en Higiene y Seguridad. Este será un profesional con especialización en la materia (Decreto N°1338/96) que, de resultar adjudicado el servicio, deberá contactarse con la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo del B.C.R.A., antes de la iniciación de las tareas, para cumplir con las Normas para Contratistas de la Institución y de la siguiente Legislación vigente:  Ley 19587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo.  Decreto 351/79 Reglamentario de la Ley 19587.  Ley 24557 de Riesgos del Trabajo.  Decreto 170/96 Reglamentario de la Ley 24557.  Decreto 334/96 Modifica y amplia el Decreto 170/96.  Decreto 1338/96 sobre Servicios de Higiene, Seguridad y Medicina.  Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Art. 3° -

Examples of Domicilio Especial in a sentence

  • El Domicilio Especial Electrónico declarado por los oferentes serán válidos para la notificación de todas las etapas del procedimiento de selección, durante la etapa de ejecución contractual, durante los procedimientos para aplicar las sanciones establecidas y para cualquier trámite que se realice en el ámbito de la Dirección de Contrataciones de la Universidad Nacional de Río Cuarto.

  • Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 466 - Piso 2 - (C1038AAJ) CABA Facsímil: 4317-1924 Domicilio Especial:...................................................................

  • SECOM presta este servicio de compañía según 3 modalidades: Sanatorio, Domicilio por Convalecencia y Domicilio Especial.

  • A los efectos de la presente Licitación denunciamos los siguientes datos de contacto, donde serán válidas las notificaciones: 1 Domicilio Especial: 2 Teléfono: 3 Dirección de correo electrónico 4 Fax.

  • Domicilio Especial fijado: Av Caseros 1865 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Sede Social y Domicilio Especial: Xxxxxxxxxxx 000, xxxx 00x, XXXX.

  • Domicilio Especial directores Avenida Independencia 1330 Piso 6 Departamento 3.

  • Para todos los efectos que se pudieran derivar del presente Contrato, las partes eligen como Domicilio Especial el lugar donde reside el Asegurado, conforme al Artículo 1039 del Código de Comercio.

  • Se establece como Domicilio Especial Constituido Electrónico EL/LA CONTRATADO/A en: ________________________________________ , y LA LEGISLATURA en xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, donde se tendrán por válidas cualquier tipo de notificaciones.

  • Iarussi, todos con Domicilio Especial en Virrey del Pino 2458 piso 6 Of 12 CABA.


More Definitions of Domicilio Especial

Domicilio Especial. Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.
Domicilio Especial. Los oferentes deberán constituir un Domicilio Especial dentro del radio urbano de la Ciudad de San Xxxxxxxxx, el que será válido para toda notificación relacionada a la Licitación, y declaración de la aceptación de la jurisdicción de la Justicia Ordinaria de San Xxxxxxxxx, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción judicial, inclusive la Justicia Federal. Las constancias a que se refiere el art. 13 del presente Xxxxxx, en relación a los antecedentes de servicios y certificación ISO 9001. Toda otra documentación que se solicite en el Pliego respectivo. En caso de que al realizarse la apertura del Sobre Presentación faltara (por omisión o por incumplimiento de lo requerido) alguno de los elementos exigidos en los puntos 1) al 7) precedentes, se rechazará sin más trámite la Presentación, devolviéndose el Sobre Propuesta y dejándose constancia de ello en el acta respectiva. El incumplimiento de alguna de las restantes exigencias será evaluado por la Comisión de Preadjudicación, quien podrá excluir al Oferente de la apertura del Sobre N°2, sin que por ello tenga derecho a reclamo alguno, pues la sola presentación implica la plena aceptación de estas condiciones. El SOBRE PROPUESTA se presentará rigurosamente y de conformidad con las normas que se dan a continuación, cuyo incumplimiento será razón suficiente de rechazo. Formalidades: La Propuesta deberá presentarse redactada en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, entrelíneas o testado, que no se hubieran salvado formalmente al final. La Propuesta deberá ser clara, no dejando dudas de lo que se ofrece y con todos los detalles necesarios, a los efectos de la claridad de la misma.
Domicilio Especial. A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes en sus ofertas deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de la presente Licitación, quedando sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Federales sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. 11 - Constancia del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal): La oferente deberá presentar junto con la oferta, la constancia de inexistencia, al momento de la apertura de sobres, de sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (conf. Ley 26.940). Xxxx, sin perjuicio de que no resultará adjudicataria la firma que figure en el mencionado Registro al momento de la adjudicación. Nota: Todas las certificaciones y/o autorizaciones requeridas en el presente artículo deberán ser presentadas en original no aceptándose fotocopias simples de las mismas. Art. 2° -
Domicilio Especial. Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de las obligaciones de la póliza: la ciudad de Santiago.
Domicilio Especial. Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de todas las obligaciones de esta póliza, el indicado en las Condiciones Particulares.
Domicilio Especial. A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes en sus ofertas deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de la presente Licitación, quedando sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Federales sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. 9 -

Related to Domicilio Especial

  • Domicilio Xx. Xxxxxxx 0000, Xxxx 0°, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Teléfono: (+5411) 0000-0000 Sitio-Web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ Fax: (+5411) 0000-0000 Inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 29 de julio de 1999, bajo el N° 10.800, Libro 5, del Tomo - de Sociedades por Acciones MercadoLibre Inc., sociedad holding del grupo MercadoLibre, es una compañía radicada en Delaware, Estados Unidos, desde octubre del año 1999. En agosto de 2007, MercadoLibre Inc., completó su oferta pública inicial de acciones en los Estados Unidos, específicamente en la bolsa de valores global de NASDAQ ("NASDAQ") bajo el ticket "XXXX". La siguiente tabla informa, para los períodos indicados, los precios máximos y mínimos de venta en dólares estadounidenses para las acciones ordinarias en NASDAQ: Xxxxxx Xxxxxx

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Usuario residencial Es la persona que produce residuos sólidos derivados de la actividad residencial y se beneficia con la prestación del servicio público de aseo. Se consideran usuarios residenciales a los ubicados en locales que ocupen menos de veinte (20) metros cuadrados de área, exceptuando los que produzcan más de un (1) metro cúbico mensual.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Usuario Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario de un inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio, equiparándose este último con el término consumidor.

  • Asunto Pretende el demandante se declare el incumplimiento de la promesa de compraventa celebrada con uno de los demandados, o en su defecto, el mutuo disenso tácito, con la consiguiente restitución y condena al pago xx xxxxxx y perjuicios. El Juzgado de primera instancia declaró probada la excepción de mérito de falta de legitimación en la causa respecto al presunto cesionario del promitente comprador, accediendo a declarar la resolución pedida pero con base en el mutuo disenso tácito. El Tribunal confirmó la sentencia de primer grado. La parte demandante interpuso recurso de casación, formulando un cargo único contra la sentencia dictada por el ad quem, fundamentados en la causal primera de casación por errores de hecho en la apreciación probatoria. La Corte no casó la sentencia, pues pese a configurarse un error de hecho manifiesto cometido por el Tribunal, dicho error fue intrascendente. Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de julio de dos mil quince (2015). Se decide el recurso de casación que interpuso Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, respecto de la sentencia de 31 xx xxxxxx de 2011, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil de Descongestión, en el proceso ordinario promovido por el recurrente contra Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Convocante Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Convenio el Convenio sobre aviación civil internacional, abierto a la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944, incluidos:

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.