Definición de Empresa Distribuidora

Empresa Distribuidora significa el titular de la red de distribución a la que el Cliente está conectado en el Punto de Suministro;
Empresa Distribuidora persona jurídica que ostenta la titularidad de una red de distribución de energía.

Examples of Empresa Distribuidora in a sentence

  • En caso de falta de pago de las cantidades debidas en los plazos previstos, Axpo podrá resolver el Contrato sin más trámite y cesar el suministro, previa comunicación a la Empresa Distribuidora, que procederá al corte del suministro por impago en la forma y plazos establecidos en la normativa vigente.

  • Serán de aplicación al Contrato las normas y estándares aplicables a la Red por la Empresa Distribuidora a la que se conecta el Punto de Suministro, encargada de la gestión, mantenimiento y conservación de la Red de suministro eléctrico, la cual será responsable del cumplimiento de los niveles de calidad exigidos, quedando Axpo expresamente exonerada por el Cliente de cualquier responsabilidad, y renunciando el Cliente a cualquier reclamación frente a Axpo en relación con la calidad del suministro.

  • ODF efectuará el pago de dichos valores regulados a la Empresa Distribuidora y lo repercutirá al Cliente dentro del precio de suministro en una factura única.

  • El Cliente permitirá el libre acceso al personal enviado por la Empresa Distribuidora debidamente acreditado a las instalaciones de medida para las operaciones de insta- lación, lectura, inspección, mantenimiento, retirada, sustitución, control y verificación.

  • Asimismo, el Cliente permitirá a la Empresa Distribuidora y al Comercializador (o a cualquier persona que actúe en su nombre) el acceso al Equipo de Medida en todo momento, a los efectos de realizar las lecturas necesarias para la facturación al Cliente, para examinar su funcionamiento y asegurar su debido mantenimiento 1.6 Programa de Consumos.

  • Los gastos que originen los trabajos de enganche, extensión, reconexión, verificación, u otros derechos de acometida necesarios para atender el nuevo suministro o para la ampliación del ya existente, que correspondan a la Empresa Distribuidora, serán a cargo del CLIENTE.

  • El alta efec- tiva del suministro eléctrico en cada punto de suministro es competencia y responsabilidad exclusiva de la Empresa Distribuidora, de acuerdo con la normativa aplicable, pudiendo diferir la fecha de la entrada en vigor del Contrato respecto de la fecha efectiva de alta del suministro eléctrico, siendo ésta con carácter general posterior a la firma del Contrato.

  • En cualquier caso, de acuerdo con la normativa aplicable, el Cliente mantendrá con la Empresa Distribuidora, todos los derechos relativos al contrato de acceso y, en caso de resolución del presente Contrato, será titular del depósito de garantía que pudiese existir, así como de cualquier otro derecho asociado a la instalación, sin que pueda ser exigible, por parte de la Empresa Distribuidora, actualización alguna con motivo de la renovación contractual.

  • La información relativa a los impagos en que los consumidores hayan incurrido será incorporada al Sistema de información de puntos de suministro de su Empresa Distribuidora, al que podrán tener acceso los organismos reguladores y los comercializadores que lo soliciten.

  • El Cliente podrá prohibir expresamente la difusión de estos datos mediante escrito dirigido a la Empresa Distribuidora, salvo que se encuentre en situación de impago en cuyo caso constará su CUPS y la información de dicha situación.

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  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Estado Estado Dominicano.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Sistema Sistema electrónico de información del Banco que controla el proceso de generación, envío, recepción, archivo, comunicación y autorización.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores Fracción Arancelaria TIGIE Descripción a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Servicios Generales Se define como servicios generales a los servicios que requieren las entidades públicas para desarrollar actividades relacionadas al funcionamiento o la administración de la entidad, los que a su vez se clasifican en servicios de provisión continua y servicios de provisión discontinua.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Objeto Naturaleza: Entidad/es colaboradora/s: CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Y ARROW HEAD REAL ESTATE SL PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS ARROW HEAD REAL ESTATE SL Proponentes: Promotor: V. de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento Fecha de firma: 06/02/2024 Fecha entrada en vigor: 06/02/2024 Fecha de vencimiento: 06/02/2028 Referencia: Tipo de convenio: Título: 46 Año: 2024 CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Y ANTONIO JOSE LUQUE FERNANDEZ PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS Objeto: Naturaleza: Entidad/es colaboradora/s: Promotor: Fecha de firma: ANTONIO JOSE LUQUE FERNANDEZ Vicerrector de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento Proponentes: 07/02/2024 Fecha entrada en vigor: 07/02/2024 Fecha de vencimiento: 07/02/2028 Referencia: 45 Tipo de convenio: Año: 2024 Título:

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.