Definición de Gastos de Mantenimiento

Gastos de Mantenimiento. Significa todos y cada uno de los gastos, comisiones, cuotas, honorarios y demás erogaciones que se generen con motivo de, o que sean necesarias para, el mantenimiento de la emisión de los Certificados, incluyendo, sin limitación, (i) los honorarios del Representante Común y del Fiduciario, (ii) los gastos necesarios para mantener el registro y listado de los Certificados en el RNV y en la Bolsa de Valores, (iii) los honorarios del Auditor Externo en relación con los servicios prestados al Fideicomiso, (iv) los honorarios del Valuador Independiente pagaderos por el Fiduciario, así como de los Proveedores de Xxxxxxx, (v) los honorarios de los demás auditores, contadores, asesores fiscales y abogados que hayan asesorado al Fiduciario, así como al Administrador en relación con el Fideicomiso o cualquier Vehículo de Inversión, (vi) los gastos incurridos por el Administrador en relación con las obligaciones del Administrador conforme al Contrato de Fideicomiso y al Contrato de Administración, (vii) todos los gastos derivados de la elaboración de los reportes que deban ser entregados conforme al Contrato de Fideicomiso, (viii) los gastos derivados del otorgamiento de poderes conforme al Contrato de Fideicomiso, (ix) ) cualesquiera otros gastos incurridos por el Fiduciario (incluyendo sin limitar la contraprestación por contratación de la licencia de la herramienta Abax XBRL y/o cualquier otra necesaria para dar cumplimiento a cualesquier obligaciones del Fideicomiso de conformidad con la legislación aplicable), (x) cualquier gasto incurrido por el Fiduciario en la entrega de información al Administrador conforme a lo establecido en la Sección 15.2 del Contrato de Fideicomiso, (xi) cualesquiera gastos y costos incurridos en relación a la contratación y reemplazo del Contador del Fideicomiso (en su caso), (xii) cualesquiera costos y gastos derivados de la valuación de los Certificados y de los Vehículos de Inversión por el Valuador Independiente, (xiii) cualesquier emolumentos pagaderos a los miembros del Comité Técnico designados como Miembros Independientes, en su caso, (xiv) cualesquier gastos y costos derivados de la contratación de pólizas de Seguros de Responsabilidad Profesional, (xv) cualesquiera gastos y costos derivados de las Llamadas de Capital y la emisión de Certificados bajo una Emisión Subsecuente (incluyendo costos y gastos de la respectiva actualización en el RNV); en el entendido que, a partir de que concluya el Periodo de Inversión, el término ...
Gastos de Mantenimiento significa todos los gastos que sean necesarios o convenientes a fin de administrar y mantener el presente Fideicomiso, así como defender el Patrimonio del mismo, y aquellos relacionados con la ejecución y perfeccionamiento de los Documentos de la Operación, así como de los actos previstos en los mismos, incluyendo gastos notariales, honorarios y gastos por asesoría legal y financiera; cuyos rubros se listan en el Anexo JK del presente Contrato.
Gastos de Mantenimiento significa la suma de todas las erogaciones que se generen con motivo de, o que sean necesarias para, el mantenimiento del Fideicomiso y de cada Emisión, incluyendo, sin limitación:

Examples of Gastos de Mantenimiento in a sentence

  • En el caso de condenas en los juicios respectivos, el pago de gastos y costas, serán con cargo a los Gastos de Mantenimiento en los términos señalados en el presente Contrato.

  • Queda entendido que las obligaciones y responsabilidades que el Fiduciario asuma en el desempeño de este Fideicomiso frente a terceros, serán siempre con cargo a los Gastos de Mantenimiento en los términos señalados en el presente Fideicomiso, sin que por ello asuma responsabilidad directa alguna y no estará obligado a realizar ningún acto que implique erogaciones si no existen fondos en el Patrimonio del Fideicomiso suficientes para cubrirlos.

  • El Fiduciario deberá abrir y mantener esta subcuenta de la Cuenta General, en la cual registrará los recursos necesarios para efectuar el pago de los Gastos de Mantenimiento de la Emisión que le sean notificados por el Administrador conforme al formato que se adjunta al presente Fideicomiso como Anexo “H”.

  • En tercer lugar, transferir a cada Cuenta de Pago de Financiamiento específica, los recursos necesarios para cubrir los Gastos de Mantenimiento del Financiamiento, de conformidad con las instrucciones que para tales efectos reciba del Fideicomitente.

  • Los pagos que efectúe, siempre que los mismos se hayan realizado conforme a las Solicitudes de Pago, las notificaciones de aportaciones adicionales por parte del Fideicomitente, los Gastos de Mantenimiento del Fideicomiso en términos del Anexo K y/o con base en instrucciones expresas de la parte facultada para ello, según corresponda, en términos del presente Contrato.

  • En caso de insuficiencia de recursos para cubrir los Gastos de Mantenimiento del Fideicomiso, referidos en el Anexo K, los Gastos de Estructuración de los Financiamientos, u otros gastos relacionados con la operación del Fideicomiso, aportar al patrimonio del Fideicomiso recursos adicionales para cubrir cualesquiera gastos que se generen con motivo de la administración del Fideicomiso o la defensa del patrimonio del Fideicomiso.

  • Los gastos en los que incurra el Representante Común en el ejercicio de su encargo serán considerados como Gastos de Mantenimiento de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.

  • Cada instrucción relativa al pago de Gastos de Mantenimiento, Comisiones por Administración e indemnizaciones deberá especificar: (i) la cantidad que deba ser transferida o pagada, (ii) una descripción de los asuntos a los que los montos retirados serán aplicados, (iii) la fecha en que el monto deberá ser transferido y (iv) la información de la cuenta o de la Persona a la que se le hará dicho pago.

  • Posterior a la Fecha de Oferta Pública Inicial, una vez pagados los Gastos de la Emisión Inicial y creada la Reserva para Gastos de Mantenimiento, el Administrador instruirá al Fiduciario para que segregue de los Recursos Netos de la Emisión Inicial de Certificados Serie I en la Cuenta de Reservas la Reserva para Gastos de Asesoría.

  • En el supuesto de una Amortización Voluntaria Total Anticipada, el Fiduciario deberá amortizar el Valor Nominal o en su caso, el Valor Nominal Ajustado Total de los Certificados Bursátiles Fiduciarios, más cualesquier intereses devengados y no pagados a dicha fecha, más una prima por prepago (la “Prima por Prepago”) y cualesquier cantidades necesarias para cubrir los Gastos de Mantenimiento pagaderos en la siguiente Fecha de Pago de Intereses.


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Gastos de Mantenimiento. Significa la suma de todas las erogaciones que se generen con motivo de, o que
Gastos de Mantenimiento. Significa la suma pagadera de manera periódica de las cantidades
Gastos de Mantenimiento. Son todos los gastos que sean necesarios o convenientes a fin de administrar y mantener el presente Fideicomiso, incluyendo los honorarios pagaderos al Fiduciario, las comisiones bancarias derivadas de las Cuentas del Fideicomiso, los gastos para defender el Patrimonio del mismo, y aquéllos rubros que a lo largo del tiempo se enlisten en el Anexo 6 del Contrato, los cuales serán cubiertos con recursos propios que el Fideicomitente aporte al Fideicomiso, para tales fines, en la Cuenta Concentradora.
Gastos de Mantenimiento significa todos y cada uno de los gastos de mantenimiento de los Activos Fideicomitidos, el costo y honorarios razonables devengados para la tercerización del cobro judicial y extrajudicial de las sumas debidas bajo los Activos Fideicomitidos. Quedan excluidos de los Gastos de Mantenimiento los gastos que por su naturaleza constituyan gastos internos del Agente de Administración y Cobro relacionados con el funcionamiento de su infraestructura.

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  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.