Definición de Ingeniería de Detalle

Ingeniería de Detalle significa la totalidad de la ingeniería que el Contratista deberá desarrollar para la ejecución de las Obras, tomando en cuenta la Ingeniería Básica, Ingeniería Complementaria, Normas y Especificaciones Técnicas y demás requisitos técnicos establecidos en este Contrato y sus anexos.
Ingeniería de Detalle. Corresponde a los estudios de ingeniería de detalle, xx xxxxxxx, socio ambientales y socio demográficos desarrollados por Internexa bajo el Acuerdo Específico No. 1 y no objetados por el Fondo Único de TIC. Internexa: Corresponde a Internexa S.A. Internet: Conjunto descentralizado de redes de comunicaciones interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, lo cual garantiza que las redes físicas heterogéneas que la componen constituyan una red lógica única de alcance mundial. IP: Internet Protocol ISP: Internet Service Provider por sus siglas en inglés
Ingeniería de Detalle significa el diseño de Ingeniería que deberá desarrollar el Contratista necesario para la Construcción montaje e integración de la Planta. “Instalaciones de Servicios Auxiliares” significan, las instalaciones y unidades necesarias para la generación de servicios auxiliares no proporcionados por Pemex-Refinación requeridos para la Puesta en Operación y Pruebas de Comportamiento de en la Refinería "Gral. Xxxxxx Xxxxxxxx" en Minatitlán, Veracruz, México, las cuales tendrán las características técnicas requeridas en la Ingeniería Básica, y serán diseñadas, construidas, erigidas, instaladas y conectadas de conformidad con lo indicado en el Anexo , así como con todos los demás términos y condiciones aplicables del presente Contrato.

Examples of Ingeniería de Detalle in a sentence

  • El Contratista realizará la Ingeniería de Detalle Constructiva (Proyecto Constructivo de la Instalación) de todas las instalaciones, y de todos aquellos equipos en los que se dependa de su construcción o marca para definir dimensiones, forma, pases, etc., así como sus interconexiones.

  • El servicio de “Supervisión Técnica y Ambiental”, verificará, validará y aprobará el correcto diseño de las instalaciones descritas en el alcance de las Especificaciones Técnicas de los contratistas, durante la etapa de aplicación de la Ingeniería de Detalle.

  • La valoración de las ofertas presentadas se efectuará de acuerdo a los siguientes baremos: Oferta Técnica 40 % Oferta Económica 60 % Requisitos obligatorios: • Certificado de Calidad ISO 9001 • Capacidad de gestión e integración de los trabajos de una Zona de Proyecto de Construcción (Ingeniería de Detalle): integración del Modelo 3D y explotación del diseño de bloques xx xxxxx, estructura, equipo, maquinaria, tubería, ventilación, habilitación, electricidad, electrónica y control de plataforma.

  • El oferente ganador, una vez que haya firmado el contrato para la ejecución de la obra, procederá a elaborar la Ingeniería de Detalle del Proyecto, información que servirá para preparar el estudio de Ingeniería a ser presentado en la ARCOTEL con la finalidad de conseguir la autorización de uso de las frecuencias de operación de todos los enlaces, frecuencias con las cuales se fabricarán los radios para la operación del proyecto.

  • El servicio de “Supervisión Técnica y Ambiental”, realizará el seguimiento, control, verificación, validación, actualización, complementación de los documentos técnicos de diseño y aprobación de la Ingeniería de Detalle a ser aplicados por los contratistas en base al EDTP, velando por el cumplimiento de normas, los tiempos de ejecución y la calidad de los cálculos, documentos y obras; salvaguardando los intereses del Contratante y objetivos del proyecto.

  • Además, se autoriza el inicio de las obras, del Proyecto de Ingeniería de Detalle de las Plazas de Peajes fase intermedia.

  • El plan definirá principalmente las metodologías de “Supervisión Técnica y Ambiental” de la aplicación de las etapas de desarrollo de PDPs, FEED, Ingeniería de Detalle, Construcción y montaje, Pre-comisionado, Comisionado, Puesta en marcha, pruebas de desempeño, hasta la recepción definitiva.

  • A la fecha, las obras a ejecutar se encuentran con observaciones remitidas a la Sociedad Concesionaría del Proyecto de Ingeniería de Detalle vial.

  • El contratista al mismo tiempo que confeccionará los planos de permisos, irá confeccionado la correspondiente Ingeniería de Detalle de la Obra en AutoCAD, en los formatos y bloques que ARSAT tiene definidos, en su Especificaciones técnicas, incluidas en el ANEXO II del presente Pliego de contratación.

  • La documentación de Ingeniería de Detalle observada por los contratistas será remitida al servicio de “Supervisión Técnica y Ambiental” para su evaluación, revisión y actualización de ser necesaria, bajo coordinación con la fiscalización.


More Definitions of Ingeniería de Detalle

Ingeniería de Detalle significa el diseño de ingeniería que se ha desarrollado para la Construcción del Camino de Acceso y Acondicionamiento del Sitio para la reconfiguración de la Refinería Gral. Xxxxxx Xxxxxxxx.

Related to Ingeniería de Detalle

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Pago Significa, para cada Financiamiento, cada fecha de pago de capital, intereses y/o demás accesorios o conceptos que se determinen en los Documentos del Financiamiento y en el Sumario respectivo.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • Hace saber Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 199/2019 a instancia de D/Xx. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX contra TRANSPORTES XXXXXXX SL se han dictado la siguiente Resolución: - SENTENCIA de fecha 19 DE OCTUBRE DE 2020 contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 xx Xxxxx de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma. Ypara que sirva de notificación al demandado TRANSPORTES XXXXXXX SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Jerez de la Frontera, a 20/10/2020. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. Nº 63.845 D XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 XX XXXXX DE LA FRONTERA.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Prácticas de Colusión Es un acuerdo entre dos o más partes, diseñado para obtener un propósito impropio, incluyendo el influenciar inapropiadamente la actuación de otra parte.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Oferente/Proponente Persona natural o jurídica que presenta credenciales a los fines de participar en un procedimiento de contratación.

  • práctica de obstrucción significa (aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o (bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con el párrafo 1.16 (e), mencionada más adelante.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.