Definición de Persona Física

Persona Física. Constancia de la situación fiscal, identificación oficial vigente, carta de datos bancarios firmada en original y copia de la carátula del estado de cuenta.
Persona Física significa un nacional o residente permanente en cualquiera de los Estados Partes;
Persona Física. Constancia de la situación fiscal, copia identificación oficial vigente, carta de datos bancarios firmada en original y copia de la carátula del estado de cuenta. Estado de cuenta del proveedor, prestador de servicios o contratista En caso de modificación al contrato, agregar copia del convenio modificatorio, Copia de Endoso de fianza y copia del oficio de aceptación y firma del responsable de la aceptación de las fianzas. El concursante ganador deberá presentar a más tardar 15 días posteriores a la entrega de los bienes, las facturas con soportes documentales para pago una vez concluido y aceptados los bienes a entera satisfacción del Administrador del Contrato.

Examples of Persona Física in a sentence

  • LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE RESULTE ADJUDICADA, SE OBLIGA A SUSCRIBIR EL ORIGINAL DEL CONTRATO EN LA DIRECCIÓN DE CONTRATOS UBICADA EN PLANTA BAJA, ALA SUR DEL EDIFICIO SEDE DE LA SFP, SITA EN XXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXX XXX 0000, XXX.

  • LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DE LOS CONTRATOS NO PODRÁN SER CEDIDOS POR EL PROVEEDOR A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO ESCRITO DEL CONVOCANTE.

  • PODRÁN ASISTIR A LOS DIFERENTES ACTOS DE LA PRESENTE INVITACIÓN, CUALQUIER PERSONA FÍSICA O MORAL, ASÍ COMO LOS REPRESENTANTES DE LAS CÁMARAS, COLEGIOS O ASOCIACIONES PROFESIONALES U OTRAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, BAJO LA CONDICIÓN DE REGISTRAR ANTICIPADAMENTE SU ASISTENCIA AL ACTO Y FUNGIR ÚNICAMENTE COMO OBSERVADORES Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA EN LOS MISMOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 26 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA “LEY”.

  • EN CASO DE PODERES GENERALES PARA ACTOS DE DOMINIO O DE ADMINISTRACIÓN, ÉSTOS DEBERÁN PRESENTAR LA INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO PÚBLICO QUE CORRESPONDA (PERSONA FÍSICA O MORAL).

  • CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DEL LICITANTE GANADOR (PERSONA FÍSICA O MORAL).

  • PRESENTAR ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE: ACTA CONSTITUTIVA DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO QUE CORRESPONDA Y DE SUS MODIFICACIONES EN SU CASO, CON LA CUAL SE ACREDITE LA EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA, SALVO QUE QUIEN PARTICIPE SEA PERSONA FÍSICA.

  • Y OBLIGACIONES.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL NI TOTAL, A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO.

  • SI EL USUARIO ES UNA PERSONA FÍSICA QUE ACTÚA O TRABAJA EN CALIDAD DE CONSUMIDOR, PODRÁ TENER DETERMINADOS DERECHOS LEGALES IRRENUNCIABLES Y, EN ESE CASO, ESTAS DISPOSICIONES NO LE AFECTARÁN.

  • ANEXO 2-A MANIFESTACIÓN DE QUE EL LICITANTE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA Y SUSCRIBIR LA PROPOSICIONES PERSONA FÍSICA.

  • F LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR UNA DECLARACIÓN EN LA QUE MANIFIESTEN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE REPRESENTAN ES DE NACIONALIDAD MEXICANA.FORMATO 3.


More Definitions of Persona Física

Persona Física. Constancia de la situación fiscal, copia identificación oficial vigente, carta de datos bancarios firmada en original y copia de la carátula del estado de cuenta. Estado de cuenta del proveedor, prestador de servicios o contratista En caso de modificación al contrato, agregar copia del convenio modificatorio, Copia de Endoso de fianza y copia del oficio de aceptación y firma del responsable de la aceptación de las fianzas.
Persona Física. Es una persona física de nacionalidad mexicana, lo que acredita con el acta de nacimiento número de «Indicar número de juzgado, libro, acta y año de registro», expedida por el Gobierno de «Indicar demarcación territorial del gobierno que expidió el acta», y validada por la Dirección General del Registro Civil, Certificaciones / Es una persona física y se identifica con credencial para votar con fotografía expedida por Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral ahora Instituto Nacional Electoral con clave de elector «señalar número de clave de lector».
Persona Física. Persona humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. En algunos casos se hace referencia a éstas como personas de existencia visible, de existencia real, física o natural. Se presupone la condición de trabajador autónomo si se tiene la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, usufructuario , o arrendatario. Pueden ser empresarios individuales: las personas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes, los menores de edad emancipados, y los menores de edad y los incapacitados, a través de sus representantes legales. La responsabilidad del autónomo es ilimitada, respondiendo a la actividad del negocio con todos sus bienes presentes y futuros, que forman parte del patrimonio personal y el de la empresa. El propio autónomo es el responsable de las altas, modificaciones y bajas en la Seguridad Social. A partir del 1 de enero de 2004 se amplía el derecho de los autónomos al incorporarlos plenamente a la prestación por incapacidad temporal así como a las contingencias por accidente de trabajo y enfermedades profesionales y desempleo, estos dos últimos derechos son opcionales y conlleva el correspondiente suplemento de cotización. Los trámites para constituirse como autónomo en España son:
Persona Física. Documento Nacional de Identidad, o en su caso, documento que haga sus veces, del licitador.
Persona Física. “Individuo de la especie humana” (Real Academia Española, 20i4). “servidores públicos” o “servidores civiles”–. O, por lo general, entre “trabajadores del régimen laboral de la actividad privada” y “trabajadores del régimen laboral de la actividad pública”. Por cuanto concierne con- cretamente a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, coexisten un “régimen general” y determinados “regímenes especiales”. En tal virtud, la legislación peruana regula la situación de los “trabajadores en el régimen general” y la de los “trabajadores en regímenes especiales”. Entre los trabajadores en regímenes especiales tenemos: trabajadores agra- xxxx, artistas, trabajadores de hospedaje y restaurantes, trabajadores del hogar, trabajadores en construcción civil, trabajadores extranjeros, futbo- listas profesionales, trabajadores médicos, trabajadores menores de edad, trabajadores migrantes, trabajadores mineros, obstetrices [sic], periodistas profesionales colegiados, trabajadores pescadores, porteadores o cargadores manuales, trabajadores portuarios, profesores de la enseñanza particular, químicos farmacéuticos, trabajadores con discapacidad, trabajadores en las micro y pequeñas empresas…