Definición de Período de Conversión

Período de Conversión significa, con respecto a una Conversión, el periodo comprendido desde e incluyendo la Fecha de Conversión hasta e incluyendo el último día del Período de Intereses en el cual termina la Conversión con arreglo a los términos de la misma; siempre que únicamente a los efectos de permitir que el pago final de los intereses y del principal en virtud de una Conversión de Moneda a realizarse en la Moneda Aprobada, dicho período finalizará en la Fecha de pago inmediatamente posterior al último día de dicho Período de interés final aplicable

Examples of Período de Conversión in a sentence

  • Las fechas límites para la ejecución de la Carta de Solicitud de Conversión Irrevocable del Prestatario son el 1 xx xxxxxx de 2009, para las solicitudes recibidas por el Banco durante la fase para solicitar conversiones del primer Período de Conversión, y el 1 xx xxxxxx de 2010, para las solicitudes recibidas por el Banco durante la fase para solicitar conversiones del segundo Período de Conversión.

  • Tras una Conversión de Tasa de Interés, el Prestatario deberá pagar, con respecto a cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, intereses sobre el monto del Saldo Retirado xxx Xxxxxxxx al que se aplique la Conversión a razón de la Tasa Variable o la Tasa Fija que se aplique a dicha Conversión.

  • El Banco no ejecutará una solicitud de conversión si la tasa de interés aplicable excede en 50 puntos básicos o más las cotizaciones indicativas finales anunciadas por el Banco en su sitio de Internet (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx) cinco (5) días antes de la fecha de vencimiento de la fase para solicitar conversiones del correspondiente Período de Conversión.

  • Tras la Conversión de Moneda respecto a la totalidad o cualquier monto del Saldo Retirado xxx Xxxxxxxx a una Moneda Aprobada, el Prestatario deberá pagar, con respecto a cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, intereses en la Moneda Aprobada sobre ese Saldo Retirado xxx Xxxxxxxx a razón de la Tasa Variable o la Tasa Fija que se aplique a dicha Conversión.

  • Tras la Conversión de Moneda respecto a la totalidad o cualquier monto del Saldo No Retirado xxx Xxxxxxxx a una Moneda Aprobada, el Prestatario deberá pagar, con respecto a cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, intereses en la Moneda Aprobada sobre ese monto según se retire con posterioridad y esté pendiente de amortización de cuando en cuando a razón de la Tasa Variable.

  • Ante la Conversión de tasa de la interés, el Prestatario deberá, para cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, pagar intereses sobre el monto del Balance de Retiros xxx Xxxxxxxx al que se aplica la Conversión a la Tasa Variable o la Tasa Fija, la que se aplique a la Conversión.

  • Ante una Conversión de Tasa de Interés, el Prestatario deberá, para cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, pagar intereses sobre el monto del Balance de Retiros xxx Xxxxxxxx al cual se aplica la Conversión a la Tasa Variable o la Tasa Fija, la que se aplique a la Conversión.

  • Ante la Conversión de moneda de la totalidad o de cualquier suma del Balance de Retiros xxx Xxxxxxxx a una Moneda Aprobada, el Prestatario deberá, para cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, pagar intereses en la Moneda Aprobada sobre ese Balance de Retiros xxx Xxxxxxxx a la Tasa Variable o a la tasa fija, lo que se aplique a la Conversión.

  • Ante la Conversión de moneda de la totalidad o de cualquier suma del Saldo xxx Xxxxxxxx sin Retirar a una Moneda Aprobada, el Prestatario deberá, para cada Período de Intereses durante el Período de Conversión, pagar intereses en la Moneda Aprobada sobre el monto como retirado posteriormente y pendiente de vez en cuando a la Tasa Variable.

  • El interés que deberá pagar el Prestatario en cada Período de Intereses será una tasa igual a la tasa de referencia con respecto a la moneda xxx Xxxxxxxx más el Margen Fijo; queda entendido que, tras una Conversión de la totalidad o una parte del principal xxx Xxxxxxxx, el interés que deberá pagar el Prestatario durante el Período de Conversión será determinado de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Artículo IV de las Condiciones Generales.

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  • Inversión significa todo activo de propiedad de un inversionista o controlado por el mismo, directa o indirectamente, que tenga las características de una inversión, incluyendo características tales como el compromiso de capitales u otros recursos, la expectativa de obtener ganancias o utilidades, o la xxxxxxxx de riesgo. Las formas que puede adoptar una inversión incluyen:

  • Valor Convenido Se entenderá como valor convenido, la cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar y opera en caso de pérdida total para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la póliza.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Fecha de Liquidación Es la fecha en que los Tenedores abonarán el precio de los Valores Fiduciarios, y será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación de los Valores Fiduciarios a ser publicado en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado en el que se negocien los Valores Fiduciarios y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Fecha de Emisión: La Fecha de Emisión será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación. Fecha de vencimiento del Fideicomiso y de los Valores Fiduciarios: La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la fecha de pago total de los Servicios de los Valores Fiduciarios conforme a los términos y condiciones de los Valores Fiduciarios, previa liquidación de los activos y pasivos remanentes del Fideicomiso, si los hubiera, según lo establecido en el Contrato. En ningún caso excederá el plazo establecido en el Artículo 1668 del Código Civil y Comercial. Sin perjuicio de las fechas de pago de Servicios que surgen del cuadro de pago de Servicios, el vencimiento final de los VDF y de los CP se producirá a los ciento veinte (120) días de la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en dicho cuadro. El vencimiento de los Valores Fiduciarios no podrá ser mayor a treinta años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.668 del Código Civil y Comercial de la Nación. Fecha de cierre de ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año. Ámbito de negociación: Los Valores Fiduciarios cuentan con oferta pública en la República Argentina y podrá solicitarse la autorización de listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y la autorización de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina. Destino de los fondos provenientes de la colocación: El producido de la colocación, una vez deducidos los importes correspondientes al Fondo de Liquidez y al Fondo de Gastos, corresponderá al Fiduciante como pago de precio por transferencia fiduciaria de los Créditos que integran el presente Fideicomiso y serán destinados al otorgamiento de nuevos Créditos.

  • Orden de Compra Es la manifestación de la voluntad de una Entidad Compradora de vincularse al Acuerdo Marco de Precios, obligarse a sus términos y condiciones, y es el soporte documental de la relación entre el Proveedor y la Entidad Compradora

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Precio conveniente es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.

  • Prácticas de Colusión Es un acuerdo entre dos o más partes, diseñado para obtener un propósito impropio, incluyendo el influenciar inapropiadamente la actuación de otra parte.

  • Oferente/Proponente Persona natural o jurídica que presenta credenciales a los fines de participar en un procedimiento de contratación.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Equipo significa el módem, enrutador u otro equipo suministrado por Verizon para utilizar con el Servicio. Para evitar dudas, el término “Equipo” deberá incluir los enrutadores que Verizon le proporcione y que usted haya alquilado o deba devolver a Verizon una vez que finalice o cancele el Servicio, pero no incluirá los enrutadores que usted le haya comprado a Verizon o a un tercero.

  • Fuente Elaboración propia

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Título Tiene el significado que se le atribuye a dicho término en la Cláusula 3.6.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.