Definición de Usuario Administrador

Usuario Administrador. Es el usuario utilizado para la administración del SOFTWARE cuya creación en cada una de las bases de datos es necesaria para el funcionamiento del SOFTWARE.
Usuario Administrador. Una persona específica identificada por una dirección de correo electrónico válida que ha recibido un nombre de usuario y una contraseña únicos para acceder a los Servicios de Suscripción y que sólo puede utilizar las siguientes funcionalidades: 1) para los Usuarios Administradores Cloud, la Consola de Gestión xx Xxxxxx: gestión de usuarios, gestión de grupos de usuarios, gestión de roles, suscripciones, gestión de motores, operaciones y supervisión, programación y gestión de entornos con fines de administración, 2) para los Usuarios Administradores del Programa Talend, el Centro de Administración xx Xxxxxx (TAC): gestión de usuarios, gestión de grupos de usuarios, licencias, gestión de servidores, conductores de Trabajos y ESB, servidor de registros y Consola de Monitorización de Actividades con fines de administración.
Usuario Administrador. Persona física designada por los apoderados de la persona jurídica, encargada de administrar este servicio de Banca Online configurando las opciones parametrizables del mismo, pudiendo nombrar a los usuarios autorizados. En el caso de que el Titular sea una persona física, el Usuario Administrador será esta misma persona.

Examples of Usuario Administrador in a sentence

  • Para el servicio de Moneda Extranjera, el Usuario Administrador de la cuenta del CLIENTE al ingresar al link “Moneda extranjera”, se le habilitará el ingreso a la aplicación ClientTrade y bajo responsabilidad del CLIENTE podrá crear los Usuarios Secundarios que capturarán y aprobarán las solicitudes de operaciones de Moneda Extranjera.

  • Una vez efectuada la designación del “Usuario Administrador”, el BANCO habilita al Usuario Administrador del CLIENTE, para que ingrese a la aplicación de Moneda Extranjera.

  • El Cliente a través de sus representantes legales según sea el caso, el Usuario Administrador del Sistema y/o los usuarios autorizados, al iniciar el servicio de Protección deberán proteger todos aquellos cheques que se encuentren en tránsito de acuerdo con las características previamente definidas, para evitar que sean rechazados al presentarse en ventanilla o en algún otro Banco para su cobro.

  • El Banco, una vez asignados los Dispositivos e-Llave, habilitará y entregará al Cliente directamente o a través de sus representantes legales y/o al Usuario Administrador del Sistema y/o a los usuarios autorizados y/o a terceros autorizados en el Anexo 1-B de este Contrato, según sea el caso: (i) el(los) Dispositivo(s) e-Llave que requiera el Cliente.

  • El Cliente a través de sus representantes legales según sea el caso, el Usuario Administrador del Sistema y/o los usuarios autorizados podrán proteger en línea en forma individual, el número de cheques que requieran y a su vez efectuar la liberación de los mismos.

  • Si el Usuario Administrador se inconforma con dicha resolución podrá solicitar su reclamación en base al procedimiento establecido en la cláusula décima novena de este contrato.

  • El Cliente está de acuerdo en que el Banco tendrá la facultad de limitar o suspender el servicio objeto del presente Contrato, en caso de que el Cliente, el Usuario Administrador del Sistema y/o en su caso los usuarios autorizados incurran o traten de incurrir en accesos no justificados o hagan un uso distinto del servicio.

  • El usuario y contraseña enviado por TRIARA corresponden al perfil de un Usuario Administrador del SERVICIO.

  • Los representantes del Cliente, en su caso, el Usuario Administrador del Sistema y/o en su caso, los usuarios autorizados, serán responsables de las operaciones efectuadas en los términos del presente Contrato con los medios de seguridad que el Banco ha puesto a su disposición, por lo que libera al Banco de cualquier responsabilidad al respecto.

  • Bajo su estricta responsabilidad el Cliente, el Usuario Administrador del Sistema y/o en su caso, los usuarios autorizados podrán efectuar abonos a cuentas de cheques; lo anterior en el entendido que si dichos abonos se realizan en cuentas de terceros ya sea en el Banco y en otros bancos extranjeros o nacionales, mediante traspasos otros bancos y/o traspasos internacionales, Pagos Electrónicos o Pagos de Servicios, dichas cuentas deberán estar previamente registradas en Scotia en Línea.


More Definitions of Usuario Administrador

Usuario Administrador. Es la persona designada por el “CLIENTE”, con dicho carácter al contratar el servicio de banca electrónica, con facultades para transaccionar y asignar usuarios.
Usuario Administrador. Es la entidad administradora del área para la cual se solicita la declaración de la zona franca transitoria. El usuario administrador deberá estar constituido como persona jurídica, con capacidad legal para organizar eventos de carácter internacional, y para desarrollar actividades de promoción, dirección y administración del área.
Usuario Administrador significa, indistintamente, aquel Usuario Registrado como Usuario Administrador por ACEMATCH SPA en la Plataforma de Administración Web asociado al club del cual será Usuario Administrador y podrá a través de la Plataforma de Administración Web, realizar lo siguiente: ● Administrar: ○ Configurar Parámetros del Club ○ Agendas / Reservas ○ Notificaciones ○ Estadísticas ○ Convenios
Usuario Administrador. Es el funcionario que se encarga de crear y configurar la cuenta de la entidad estatal en el SECOP II. El Usuario Administrador tiene tres funciones principales: (i) autoriza los accesos de los Usuarios Compradores, (ii) define los roles de los Usuarios Compradores y (iii) administrar la biblioteca de documentos.
Usuario Administrador significa la persona física a quien el AFILIADO otorgue bajo su más estricta responsabilidad todos los privilegios necesarios para controlar y administrar tanto el ADMINISTRADOR como a los USUARIOS.
Usuario Administrador es/son la/s persona/s física/s, que xxxx designadas como Usuario Administrador (ya sea por parte del Cliente, del Usuario Administrador Referente o de cualquier otro Usuario Administrador, conforme a lo establecido en las presentes Condiciones Generales) y que tendrá/n las funciones y poderes indicados en las presentes Condiciones Generales, así como cualquier otra que sea de aplicación en el futuro. Toda vez que actúe el Usuario Administrador, a través de su Nombre de Usuario y Clave de Acceso correspondiente, significará que está actuando el Cliente. Cuando las presentes Condiciones Generales se refieran al Usuario Administrador se entenderá comprendido también, salvo que se indique lo contrario, al Usuario Administrador Referente.

Related to Usuario Administrador

  • Administrador es el Fiduciante.

  • Usuario Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario de un inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio, equiparándose este último con el término consumidor.

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Beneficiarios El Conductor y/o los ocupantes del Automóvil/Pick-up de uso personal.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Beneficiario Es la persona física o moral que al momento de un siniestro que amerite indemnización, según lo establecido en la póliza, tiene derecho al pago o servicio correspondiente.

  • Fiduciario Banco Nacional xx Xxxxx Rica (BNCR).

  • Fideicomiso Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR, número de identificación 0-000-000000.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Afiliada significa cualquier entidad, presente o futura que directa o indirectamente controla o es controlada por o está bajo el control común con el Cliente y cualquier sucursal de estás.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Domicilio Xx. Xxxxxxx 0000, Xxxx 0°, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Teléfono: (+5411) 0000-0000 Sitio-Web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ Fax: (+5411) 0000-0000 Inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 29 de julio de 1999, bajo el N° 10.800, Libro 5, del Tomo - de Sociedades por Acciones MercadoLibre Inc., sociedad holding del grupo MercadoLibre, es una compañía radicada en Delaware, Estados Unidos, desde octubre del año 1999. En agosto de 2007, MercadoLibre Inc., completó su oferta pública inicial de acciones en los Estados Unidos, específicamente en la bolsa de valores global de NASDAQ ("NASDAQ") bajo el ticket "XXXX". La siguiente tabla informa, para los períodos indicados, los precios máximos y mínimos de venta en dólares estadounidenses para las acciones ordinarias en NASDAQ: Xxxxxx Xxxxxx

  • Comisión Comisión Nacional de Energía, organismo público descentralizado creado mediante Decreto Ley N° 2.224 con fecha 25 xx xxxx de 1978 y sus modificaciones.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.