CLAÚSULA TIC Cláusulas de Ejemplo

CLAÚSULA TIC. La Subdirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante, STIC) del SAS en base a la Resolución SA 0157/2013 de 4 xx xxxxx de la Consejería de Salud queda establecida como la encargada de la prestación de servicios TIC en los diferentes centros de titularidad de la Consejería de Salud y Consumo, lo que le confiere el carácter de único órgano competente en materia TIC de dichas entidades. En base a ello, serán de obligado cumplimiento las normativas y políticas de seguridad vigentes establecidas por la STIC, que estarán a disposición de los interesados y serán actualizadas con carácter periódico. Todas las peticiones de instalación, puesta en marcha o incorporación de nuevos dispositivos, aplicaciones sanitarias o sistemas de información necesitan de la aprobación expresa y validación de su idoneidad por parte de la STIC provincial. En concreto estas normativas afectan a todos los sistemas informáticos (en adelante “Elementos TIC”) incluidos en la propuesta, como por ejemplo: servidores, PCs, impresoras, PDAs, dispositivos móviles, dispositivos de Electro medicina, dispositivos de red, sistemas de información, sistemas empotrados, integraciones de sistemas existentes, etc. La anterior lista es orientativa y la aplicación de esta normativa no sólo se aplica a estos elementos sino a cualquier otro elemento TIC interno o externo que esté incluido en la oferta. A título informativo, en el ANEXO VI Cláusulas TIC generales adjunto al presente PPT se detallan las principales normativas y medidas de seguridad de obligado cumplimiento.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el Anexo I del presente pliego, sin embargo, si se estableciera como criterio de adjudicación la reducción del plazo de ejecución, el ofertado por el adjudicatario será el tenido en cuenta a todos los efectos. La ejecución del contrato podrá comenzar una vez formalizado el mismo, si bien en los expedientes declarados de tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde el siguiente a la formalización del contrato. En todo caso deberán cumplirse los plazos parciales que, en su caso, se hayan establecido en el Anexo I del presente pliego de cláusulas administrativas particulares. La posibilidad de prorrogar el contrato se determina en el Anexo I de estos pliegos de cláusulas administrativas particulares. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato incluidos los periodos de prórrogas. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. La duración del contrato de servicio no podrá tener un plazo de duración superior a cuatro años, con las condiciones y límites establecidos en las normas presupuestarias aplicables a las Entidades Locales, y en concreto al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. No obstante, por mutuo acuerdo entre las partes antes de la finalización del contrato podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluida las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aisladas o conjuntamente, el plazo fijado originariamente (artículo 23 en relación al 203 del TRLCSP).

  • PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ----------------------

  • Jornada de trabajo La jornada máxima de trabajo queda establecida para el periodo de vigencia del convenio, en 1.712 horas efectivas año. Una vez deducidas vacaciones, domingos, festivos no recuperables y los días de permisos retribuidos que se pactan. Al objeto de garantizar la cobertura médica y necesaria de los servicios que prestan las empresas sometidas al ámbito de aplicación del convenio, se podrá ampliar la jornada laboral de aquellos facultativos que se requiera, hasta el límite máximo en cómputo anual establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y con la retribución prevista en el artículo 39 del presente convenio. Durante la vigencia de este convenio se pactan cuatro días libres a elección del trabajador y trabajadora, no computables a efectos de jornada máxima anual, y supeditados dos de ellos a las necesidades del servicio. Deberán solicitarse dentro de los 30 días naturales anteriores a su disfrute y como mínimo 7 días naturales antes de su disfrute. La empresa dará respuesta en las 72 horas antes del disfrute de la solicitud. De no producirse, el permiso se entenderá concedido. El exceso de jornada se aplicará mediante días de descanso a designar por la dirección de la empresa. csv: BOA20221017018 Una vez atribuido los días de descanso en aplicación de la jornada, si todavía hubiera un exceso de horas de trabajo, estas se podrán compensar retributivamente o bien mediante descanso inferior a la jornada. En el marco global de las empresas se pactará con la representación de los trabajadores y trabajadoras, los criterios generales a seguir en la confección y elaboración de los calendarios laborales en los que se incluirá jornada, turnos y festivos. La jornada podrá realizarse de manera continuada o partida, pudiendo fraccionarse en dos periodos, que serán diurnos. Durante la jornada continuada, que exceda de seis horas, existirá un descanso retribuido de 20 minutos que a todos los efectos se considerará como tiempo de trabajo efectivo. A efectos de seguimiento y control de asistencia, se establecerán los sistemas que vengan a considerar como más adecuados las empresas, de acuerdo a su volumen, en los que se reflejarán los días y horas efectivas trabajadas por cada uno de los que puedan quedar su- jetos al mismo. Los documentos que a tal efecto se produzcan (fichas, tarjetas, listas de firma, etc.) se conservarán por un período de cuatro años pudiendo, durante este tiempo, ser examinadas por los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, previa solicitud a la Dirección de la empresa o a la persona por ella delegada. Con efectos del día 1 de enero de 2024, la jornada laboral anual quedará reducida en 7 horas, pasando a ser la misma de 1.705 horas de trabajo real y efectivo al año.

  • PROPUESTA TÉCNICA 3.5.2 Propuesta Económica.

  • Jornada Personal de los Grupos I y II. La jornada a tiempo completo es de 1.472 horas efectivas de trabajo en cómputo anual, descontados los festivos y vacaciones, lo que equivale a un promedio semanal en cómputo anual de 34 horas semanales. El Director, Subdirector y Jefe de Estudios o Tutor, realizarán cinco horas semanales más. Personal de los Grupos III, IV y V. La jornada a tiempo completo es de 1.688 horas efectivas de trabajo en cómputo anual, descontados los festivos y vacaciones, lo que equivale a un promedio semanal en cómputo anual de 39 horas semanales. El personal administrativo desarrollará su jornada preferentemente de lunes a viernes, estableciéndose, de acuerdo con las necesidades de la empresa, un régimen de turnos rotativos para los sábados. La jornada de todo el personal durante los meses de julio y agosto se desarrollará de forma continuada en aquellas empresas que no realicen actividad alguna en dicho periodo o se vea ésta reducida muy considerablemente, estableciéndose los turnos que sean precisos para el mantenimiento de los servicios, en el marco de la capacidad organizativa de la empresa. Cuando la jornada continuada sea superior a seis horas diarias, se establecerá un periodo de descanso, de al menos quince minutos, que será considerado como de trabajo efectivo. La jornada del personal no incluido en el párrafo anterior no sufrirá variación en su desarrollo en los meses de julio y agosto durante la vigencia de este convenio salvo pacto en contrario. El empresario establecerá el oportuno régimen de turnos de manera que el personal pueda disfrutar de cuarenta y ocho horas consecutivas de descanso durante dos fines de semana (sábado y domingo) al mes, siempre que la capacidad organizativa del centro y el número de personas asignadas al mismo puesto de trabajo lo permitan. Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no afectará al personal contratado para prestar sus servicios durante los fines de semana. Las horas de mera presencia en la empresa no serán consideradas como de trabajo. En la realización de la mencionada jornada, el Colegio tendrá en cuenta las limitaciones legales establecidas al efecto.

  • PROPUESTA ECONÓMICA La oferta económica se deberá manifestar a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para adjudicación, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet. Se deberá adjuntar en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica, un escrito (preferentemente en papel membretado del licitante) firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Resumen de la proposición económica por partida, desglosando el I.V.A. y cualquier otro impuesto aplicable al servicio objeto de la presente licitación, precisando el porcentaje correspondiente del mismo, utilizando para ello el formato proporcionado en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria. Que la oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y cotizado en moneda nacional. Que los importes ofertados son en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalonación. La propuesta económica deberá cumplir e indicar claramente lo señalado en el numeral V, punto 0 x Xxxxx 0 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.

  • TRANSPORTE 25.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, la responsabilidad por los arreglos de transporte de los Bienes se regirá por los Incoterms indicados.

  • LUGAR DE ENTREGA Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el departamento xx xxxxxxx, con previo aviso al teléfono 000-00-00, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.

  • MATERIALES, HERRAMIENTAS Y EQUIPO Los materiales a emplearse deberán ser suministrados, de acuerdo al siguiente detalle: VENTANA DE ALUMINIO LINEA 20 C/VIDRIO 4MM MAS ACCESORIOS M2 El Contratista proporcionará todos los materiales (excepto los de aporte propio), herramientas y equipo necesarios para la ejecución de los trabajos, los mismos deberán ser aprobados por el Supervisor de Obra. Se utilizarán perfiles de Aluminio Línea 20, con las dimensiones indicadas según planos, deberán ser nuevos estarán libres de defectos (rajaduras, rayaduras, defectos de fabricación) como también de oxidación. Los elementos de fijación serán tornillos inoxidables del tipo adecuado para la clase de trabajo a ejecutar, estos a su vez estará aprobado por el Supervisor de Obra. Los vidrios serán de primera calidad y sin defectos, debiendo el Contratista presentar muestras de cada uno de los tipos a emplearse y al Supervisor de Obra para su aprobación respectiva. El pegamento silicona debe ser de una marca reconocida y aprobada por el Supervisor de Obra. Los vidrios a emplearse tendrán un espesor de 4 mm, siendo de primera calidad, sin ondulaciones ni defectos y desportilladuras de acuerdo a lo establecido en los planos constructivos. La goma debe ser para línea 20 en todo el xxxxxxxx xxx xxxxxx, la felpa debe colocarse en los encuentros de ventanas y sus accesorios para el empotrado en la vivienda. Las ventanas deben tener jalador. El Contratista será el único responsable por la calidad xxx xxxxxx suministrado, en consecuencia, deberá efectuar el reemplazo de los vidrios defectuosos o mal confeccionados. Los materiales serán de calidad que aseguren la durabilidad y correcto funcionamiento de las instalaciones; previo a su empleo en obra deberá ser aprobado por el Supervisor de Obra Antes de realizar la fabricación de la ventana, el contratista deberá verificar cuidadosamente las dimensiones reales en obra. En el proceso de fabricación deberá emplearse el equipo y herramientas adecuadas, así como mano de obra calificada, que garantice un trabajo satisfactorio. Las uniones se realizarán con tornillos inoxidables y serán lo suficientemente sólidas para resistir los esfuerzos correspondientes al transporte, colocación y operación. Los perfiles de los xxxxxx y hoja corrediza de las ventanas deberán satisfacer las condiciones de un verdadero cierre a doble contacto. Las ventanas serán construidas de acuerdo a planos de detalles y estarán provistas de todos los accesorios de apertura y cierre. La instalación de los vidrios deberá estar a cargo de la mano de obra especializada. El Contratista será responsable por las roturas xx xxxxxxx que se produzcan durante el transporte, ejecución y entrega de la obra. En consecuencia, deberá cambiar todo vidrio roto o dañado sin costo adicional alguno, mientras no se efectúe la recepción definitiva de la obra. El Contratista deberá tomar todas las previsiones para evitar daños a las superficies de los vidrios después de la instalación. Estas previsiones se refieren principalmente a trabajos de soldadura o que requieren calor, trabajos de limpieza xx xxxxxxx y traslado de materiales y equipo. El Contratista deberá garantizar la instalación de manera que no permita ingreso de agua o aire por fallas de instalación o uso de sellantes inadecuados y deberá arreglar los defectos sin costo adicional alguno. Los mecanismos de cierre (Picaportes, chapas, pasadores, seguros) deberán ser fácilmente operables y de excelente calidad. Para todos los elementos de quincallería, el contratista deberá presentar muestra para su aprobación. Se emplearán burletes de goma para sujetar los vidrios y accesorios adecuados al tipo de carpintería aluminio. Se controlará que los xxxxxx de aluminio hayan sido ejecutados de acuerdo a los planos constructivos o instrucción del Supervisor de Obra, asimismo, no presentarán irregularidades geométricas, vidrio dañado, de acabado, filtración de agua o de aire no previsto o fuera de los valores permisibles. Las ventanas de aluminio línea 20 con vidrio 4mm más accesorios serán medidas en metros cuadrados aprobadas con todos sus elementos de funcionamiento instalado en obra y autorizado por el Supervisor de Obra.

  • Plus de nocturnidad Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrá una retribución específica, denominada plus de nocturnidad, incrementada en un 25% sobre el salario base mensual.