CONTENIDO DEL PROGRAMA Cláusulas de Ejemplo

CONTENIDO DEL PROGRAMA. En la propuesta del programa a que se refiere el artículo 304 del presente Estatuto se indicará el precio mínimo de colocación de las acciones, el cual deberá fundarse en un concepto técnico financiero detallado en función de la rentabilidad de la institución, del valor comercial de sus activos y pasivos, de los apoyos de la Nación, de la entidad descentralizada o del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras que se mantengan, y de las condiciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. El precio mínimo de colocación que señale el Consejo de Ministros se divulgará al día siguiente hábil de su fijación. Se reservará, además, un mínimo del quince por ciento (15%) de las acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones que serán objeto de la venta, el cual deberá ofrecerse entre los trabajadores activos y pensionados de la entidad, fondos de empleados, fondos mutuos de inversión de empleados, fondos de cesantías y pensiones, cooperativas y otras organizaciones solidarias o de trabajadores y dentro de este 15% podrán fijarse límites máximos de adquisición individual de estas acciones. Las acciones que se destinen a las personas indicadas en el inciso anterior se ofrecerán a precio fijo, que será el precio mínimo fijado por el Consejo de Ministros. Tales valores se colocarán en las condiciones y conforme al procedimiento que se determine en el programa de enajenación. Parágrafo. Para la determinación del precio mínimo se tomará en consideración la rentabilidad actual y futura de la institución, el valor de sus activos y pasivos y los apoyos recibidos de la Nación y del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
CONTENIDO DEL PROGRAMA. Además de incrementar el servicio al paciente garantizando al mismo tiempo el acto de dispensación tal y como está previsto en la normativa aplicable, el Programa tratará de: - Mejorar la experiencia del paciente prestándole asistencia fuera de los HOSPITALES en un contexto de pandemia en el que el paciente puede sentir cierto recelo a acudir a los HOSPITALES. - Mejorar la asistencia del paciente incrementando la eficiencia de los Servicios de Farmacia Hospitalaria de los HOSPITALES en su conjunto. Las Partes acuerdan que los pacientes concretos que podrán beneficiarse del Programa serán determinados por los HOSPITALES de acuerdo con el algoritmo de decisión que se describe en el Anexo II y que está alineado con el marco estratégico de telefarmacia publicado por la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH) (disponible en: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇_▇▇▇▇.▇▇▇) y el modelo CMO publicado en 2016 por esta misma Sociedad (disponible en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇_▇▇▇.▇▇▇). Los HOSPITALES podrán decidir la introducción de nuevos parámetros en el algoritmo o la modificación de los existentes, en base a las necesidades concretas de los HOSPITALES. En este caso, el SAS comunicará a GSK estos cambios, justificándolos debidamente en razones objetivas. Los pacientes seleccionados deberán aceptar expresamente su participación en el Programa mediante la firma de un Consentimiento Informado expresamente elaborado por los HOSPITALES a tal fin. Los HOSPITALES son responsables de la recolección y archivo de los Consentimientos Informados que resulten necesarios para la implementación del Programa. Las Partes acuerdan que, ante cualquier pregunta o duda de cualquier paciente participante en el Programa, relacionada con la enfermedad y/o con el tratamiento prescrito, deberá informarse al paciente que se dirija a su médico. Los HOSPITALES garantizarán que el operador logístico asuma esta respuesta como propia. La información sobre el acceso y el funcionamiento del Programa deberá ser facilitada siempre por el Farmacéutico Hospitalario, y el acceso a cualquier material relacionado con el Programa por parte de los pacientes deberá realizarse a través de profesionales sanitarios, en condiciones normales de dispensación. Cuando un paciente manifieste su voluntad de ser incluido en el Programa, el Farmacéutico Hospitalario recopilará toda la documentación necesaria relativa a dicho paciente, incluyendo sus datos personales. Dicha documentación inclu...
CONTENIDO DEL PROGRAMA. 7.1. Primer módulo - Educación financiera