Enseñanza gratuita. Los hijos del personal afectado por este Xxxxxxxx, que presten sus servicios en régimen de jornada completa, tendrán derecho a plaza de gratuidad en las enseñanzas regladas que se impartan en el propio Centro en el que preste su servicio el trabajador, siempre que el número de alumnos en esta situación no exceda del 20% del número de alumnos matriculados en el correspondiente curso. Los hijos de los trabajadores en situación de excedencia forzosa, excepto los incluidos en el apartado 1) del artículo 51º, y los huérfanos, tienen derecho a solicitar y a obtener plaza de gratuidad. Si por las especiales características del centro el trabajador no pudiera ejercer el mencionado derecho, podrá recurrir a la Comisión Paritaria del Convenio, que, una vez estudiado el caso, facilitará en lo posible la ubicación del alumno en otro centro cuyas características lo permitan.
Enseñanza gratuita. Se establece un régimen de gratuidad según los siguientes criterios:
Enseñanza gratuita. El trabajador/a, el cónyuge e hijos/as, que convivan con los trabajadores/as de las autoescuelas, tendrán derecho a la enseñanza en las fases teórica y práctica, y a la matricula hasta la obtención del permiso de la categoría B. El resto de permisos serán solo para los trabajadores que lleven al menos un año de antigüedad en la Empresa y en las mismas condiciones que en el anterior párrafo.
Enseñanza gratuita. (Para las universidades online, ver Anexo I) La empresa anualmente determinará el número de plazas gratuitas de enseñanza a que los hijos de los trabajadores pueden optar. Los criterios de adjudicación los establecerán la empresa y los representantes de los trabajadores.
Enseñanza gratuita. La empresa anualmente determinará el número de plazas gratuitas de enseñanza a que los hijos de los trabajadores pueden optar. Los criterios de adjudicación los establecerán la empresa y los representantes de los trabajadores.
Enseñanza gratuita. Tanto para los trabajadores como para los hijos de los trabajadores, la Universidad anualmente convocará un número de becas con un descuento del 60% de los derechos de matrícula de dos convocatorias por asignatura en los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado y de una convocatoria en los títulos de Máster oficial. En dicha convocatoria la universidad detallará las bases y condiciones aplicables cada año. La enseñanza gratuita mencionada afectará únicamente al estudio de una sola titulación oficial de Grado o Máster oficial por cada miembro familiar. Este derecho está condicionado a que los trabajadores y beneficiarios del descuento, caso de cumplir las condiciones señaladas por la convocatoria, ejerciten el derecho de solicitud de ayudas al estudio sea cual sea la entidad convocante. Si le son concedidas reintegrarán a la Universidad las cantidades percibidas. El número de becas y las titulaciones que puedan cursarse estarán sujetas a que queden plazas disponibles una vez finalizado el periodo de matriculación en el estudio elegido.
Enseñanza gratuita. Los trabajadores afectados por el presente Xxxxxxxx y sus hijos, tendrán derecho en los Centros en que presten sus servicios a un descuento del 60% de los derechos de matrícula de dos convocatorias por asignatura en los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado. La enseñanza gratuita mencionada afectará únicamente al estudio de una sola titulación oficial de Grado por cada miembro familiar. Este derecho está condicionado a que los trabajadores y beneficiarios de la exención, caso de cumplir las condiciones señaladas por la convocatoria, ejerciten el derecho de solicitud de ayudas al estudio sea cual sea la entidad convocante. Si le son concedidas reintegrarán al Centro las cantidades percibidas. Los huérfanos de personas afectadas por el presente Convenio así como por los precedentes, podrán disfrutar de este beneficio en las mismas condiciones que si continuasen en activo. El beneficio de enseñanza gratuita previsto en el presente artículo se aplicará en proporción a la jornada a tiempo completo exclusiva y al número de meses trabajados. Los Centros harán frente a este compromiso, bien directamente con cargo a sus propios recursos, bien gestionando su concesión a través de entidades o instituciones distintas del propio Centro.
Enseñanza gratuita. —El/la trabajador/a, el cónyuge e hijos/as, que convivan con los/as trabajadores/as de las autoescuelas, tendrán derecho a la enseñanza en las fases teórica y práctica, y a la matrícula hasta la obtención del permiso de la categoría B. El resto de permisos serán sólo para los trabajadores que lleven al menos un año de antigüedad en la Empresa y en las mismas condiciones que en el anterior párrafo.
Enseñanza gratuita. Los hijos del personal afectado por este Convenio, que presten sus servicios en régimen de jornada completa, tendrán derecho a plaza de gratuidad en las enseñanzas regladas que se impartan en el propio Centro en el que preste su servicio el trabajador, siempre que el nú- mero de alumnos en esta situación no exceda del 20 % del número de alumnos matriculados en el correspondiente curso.
Enseñanza gratuita. Los trabajadores afectados por el presente Xxxxxxxx y sus hijos legítimos, adoptados o acogidos, tendrán derecho a la exención de los derechos de matrícula de dos convocatorias por asignatura en los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado. Caso de que el solicitante no fuese trabajador/a del propio Centro en el que solicita la enseñanza gratuita, se establecerá un límite del 3% del alumnado de cada Facultad o Escuela. La enseñanza gratuita mencionada afectará únicamente a los cursos ordinarios La enseñanza gratuita mencionada afectará únicamente al estudio para la obtención de un Grado, para cada uno de los miembros de la unidad familiar con derecho a este beneficio social. Los trabajadores y los hijos a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, caso de cumplir las condiciones señaladas por la convocatoria, ejercitarán el derecho de solicitud de ayudas al estudio sea cual sea la entidad convocante. Si le son concedidas reintegrarán al Centro las cantidades percibidas. Los huérfanos de personas afectadas por el presente Convenio así como por los precedentes, podrán disfrutar de este beneficio en las mismas condiciones que si continuasen en activo. El beneficio de enseñanza gratuita previsto en el presente artículo se aplicará en proporción a la jornada y al número de meses trabajados, salvo en aquellos supuestos en que la dedicación al Centro sea la única actividad remunerada del trabajador. Los Centros harán frente a este compromiso, bien directamente con cargo a sus propios recursos, bien gestionando su concesión a través de entidades o instituciones distintas del propio Centro.