MULTA POR XXXX. En caso xx xxxx en el cumplimiento del presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración pública, sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato.
MULTA POR XXXX. Se aplicara una multa del 0,5% del valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles.
MULTA POR XXXX. En caso xx xxxx en el cumplimiento por parte del suministrante de las obligaciones emanadas de esta Orden de Compra, se aplicarán las multas establecidas en el artículo ochenta y cinco de la LACAP, a las cuales se somete expresamente el contratista; y a las sanciones que emanaren de la misma normativa y demás leyes aplicables, las que serán impuestas por INSAFORP, a cuya competencia se somete a efectos de la imposición.
MULTA POR XXXX. Si transcurrido el plazo, no se hubiere hecho efectivo el pago, el permisionario se hará pasible a una multa del cinco por ciento (5%) de lo abonado fuera del término, por períodos de cada siete días corridos de atraso o fracción. Vencido un mes, sin que se hubiere efectuado el pago, el contrato quedará rescindido. De haberlo hecho durante el mes de tolerancia continuará con el permiso, pero una nueva xxxx lo hará rescindir de pleno derecho sin interpelación judicial o extrajudicial alguna.-
MULTA POR XXXX. Las prórrogas concedidas, según lo dispuesto en el artículo anterior, determinarán en todos los casos la aplicación de una multa por xxxx en el cumplimiento del contrato. Dicha multa será del UNO POR CIENTO (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada SIETE (7) días de atraso o fracción mayor de TRES (3) días.
MULTA POR XXXX. La multa por xxxx en el cumplimiento del contrato se aplicará de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
MULTA POR XXXX. Las prórrogas concedidas según lo dispuesto en el Artículo 45° determinarán en todos los casos la aplicación de una multa por xxxx en el cumplimiento del contrato. Dicha multa será del uno por mil (1%0) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día xx xxxx.
MULTA POR XXXX. Se aplicara una multa equivalente al 5% del valor de los efectos no entregados o que habiéndolo sido fueran rechazadas, por cada 5 (cinco) días hábiles de atraso, o fracción no menor de 3 (tres) días hábiles, al adjudicatario que no efectúe la provisión dentro de los términos y condiciones estipuladas en la contratación Se considera la xxxx por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
MULTA POR XXXX. En caso de incurrir en xxxx en el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato por parte de la CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato;
MULTA POR XXXX. En caso xx xxxx por incumplimiento del presente contrato, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85 de la LACAP y en caso de alcanzar la xxxx el doce por ciento del valor total del contrato, se aplicará lo establecido en el literal b) del artículo 94 de la LACAP.