Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro (24) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos, Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, sobre el mismo podrá adelantar un Programa de Evaluación que debe presentar a la ANH dentro de los cuatro (4) Meses siguientes a la fecha de radicación del respectivo Aviso de Descubrimiento. La ejecución del Programa de Evaluación y la consiguiente presentación del Informe de Resultados a la ANH son requisitos para la correspondiente Declaración de Comercialidad. La demora o la omisión no justificada en presentar el referido Programa de Evaluación dentro del plazo y en los términos estipulados en la presente cláusula, o la exclusión del mismo de conformidad con lo señalado en el numeral 8.6 de la misma cláusula, comporta la pérdida de todos los derechos sobre el o los respectivos Yacimientos, contenidos en la estructura o trampa geológica correspondiente al Descubrimiento.
8.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto debe contener, como mínimo:
8.1.1. El mapa geológico con coordenadas del Área en Evaluación en el tope de la Cláusula 5.1 formación objetivo.
8.1.2. La descripción y los objetivos de cada una de las Operaciones de Evaluación y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro (24) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la información que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente propone obtener para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento declarado como Campo Comercial.
8.1.3. El plazo total del Programa de Evaluación, que no podrá exceder de dos (2) Años cuando incluya la perforación xx Xxxxx Exploratorios o de un (1) Año en los demás casos, plazo que se contará a partir de la fecha de la presentación del Programa de Evaluación podrá a la ANH y que debe contemplar los tiempos estimados necesarios para la reevaluación obtención de cualquier Descubrimiento permisos que corresponde otorgar a otras autoridades
8.1.4. El cronograma para la realización de las Operaciones de Evaluación dentro del Área Contractual plazo mencionado en el numeral anterior.
8.1.5. La información sobre la destinación de los Hidrocarburos y demás fluidos que no haya sido declarado EL CONTRATISTA espera recuperar como Descubrimiento Comercialresultado de las Operaciones de Evaluación.
8.1.6. El Contratista podrá solicitar Punto de Entrega que EL CONTRATISTA haya sometido a la CNHANH de conformidad con el marco regulatorio previsto en la Resoluciones 181495 del 2009, mediante notificación modificada por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos la distinguida como 40048 de 2015, modificada por la identificada como 41251 de 2016, todas del Ministerio de Minas y Energía, o a las normas que las sustituyan, adicionen o modifiquen.
8.1.7. Adicionalmente, debe acompañarse la Garantía respecto a la terminación realización y cumplimiento del Período Programa de Evaluación, conforme a lo dispuesto en este contrato.
8.2. Prórroga del plazo del Programa de Evaluación: En el evento de que EL CONTRATISTA decida perforar Pozos Exploratorios adicionales, no previstos en el Programa de Evaluación, la prórroga ANH está facultada para extender el término de este período duración del dicho Programa, por lapso adicional no superior a fin un (1) Año, siempre que se cumplan las siguientes condiciones concurrentes:
8.2.1. Que la correspondiente solicitud escrita se radique en la Entidad, con por lo menos dos (2) Meses de concluir actividades en proceso contempladas anticipación respecto de la fecha de terminación del Plazo total originalmente convenido.
8.2.2. Que EL CONTRATISTA haya adelantado diligentemente las Operaciones previstas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2Evaluación, y,
8.2.3. La CNH aprobará Que la prórroga en términos requerida se justifique por el tiempo necesario para llevar a cabo la perforación y las pruebas del o de los Pozos adicionales de Exploración proyectados.
8.3. Modificaciones al Programa de Evaluación: En cualquier momento durante los seis (6) Meses siguientes a la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta fecha de presentación del Programa de Evaluación a la ANH, EL CONTRATISTA podrá modificarlo, para lo cual informará oportunamente a la ANH y adecuará el plazo total del mismo, que, en ningún evento, puede exceder del término máximo de dos (2) Años, si incorpora perforación xx Xxxxx Exploratorios, o de un plazo que no excederá los sesenta (601) Días a partir de que reciba la información necesaria Año, en los términos demás casos, sin que por razón de tales ajustes se modifique la Normatividad Aplicablefecha de inicio de las actividades que integran dicho Programa.
8.4. En caso que Informe de Evaluación: El CONTRATISTA asume la CNH niegue obligación de presentar a la aprobación ANH Informe completo sobre los resultados del Programa de Evaluación, dentro de los tres (3) Meses siguientes a la fecha de terminación del referido programa. Debe contener como mínimo:
8.4.1. Descripción y resultados de cada una de las Operaciones de Evaluación propuestoejecutadas, incluido el resultado de las pruebas practicadas;
8.4.2. Descripción geológica del Descubrimiento, así como de la CNH fundará trampa, por Yacimiento, incluidos Mapas, con los respectivos contactos agua aceite (OWC), y/o último nivel de aceite conocido (LKO), así como su configuración estructural;
8.4.3. Evaluación petrofísica y motivará caracterización de las propiedades físicas de las rocas y de los fluidos presentes en el Tipo de Yacimiento, asociados al Descubrimiento;
8.4.4. Presión, volumen y análisis de temperatura de los fluidos de los Yacimientos;
8.4.5. Tipo de Yacimiento;
8.4.6. Resultados de las pruebas de presión;
8.4.7. Índices de productividad;
8.4.8. Estimado del Hidrocarburo in situ (OOIP-OGIP);
8.4.9. Factor de recobro con el detalle del análisis practicado para su resolucióndeterminación;
8.4.10. Capacidad de producción, por Pozo y la correspondiente a todo el Descubrimiento, y
8.4.11. Un estimado de las reservas recuperables de Hidrocarburos.
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Samples: Contrato De Exploración Y Evaluación De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula Cláusula
5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido del Programa de las actividades Trabajo de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro doce (2412) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), prorrogables excepcionalmente hasta por otros doce (12) Meses con la aprobación de la CNH cuando la complejidad técnica o comercial del desarrollo del Descubrimiento de que se trate así lo amerite, salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicabledeberá contener cuando menos lo previsto en el Anexo 6, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula Cláusula
5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con tener una duración de hasta veinticuatro doce (2412) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), prorrogables excepcionalmente hasta por otros doce (12) Meses con la aprobación de la CNH cuando la complejidad técnica o comercial del desarrollo del Descubrimiento de que se trate así lo amerite, salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicabledeberá contener cuando menos lo previsto en el Anexo 6, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula Cláusula
5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro doce (2412) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), prorrogables excepcionalmente hasta por otros doce (12) Meses con la aprobación de la CNH cuando la complejidad técnica o comercial del desarrollo del Descubrimiento de que se trate así lo amerite, salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicabledeberá contener cuando menos lo previsto en el Anexo 6, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro (24) Meses contados que llevará a partir de la aprobación de dicho programa (cabo durante el “Período de Evaluación”), salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Respecto al Programa de Evaluación de los Descubrimientos localizados en los Campos Nobilis y Xxxxxxxx, el Programa de Evaluación correspondiente, además de lo previsto en esta Cláusula 5.2, deberá cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo establecido en el Anexo 5. Cualquier Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Consorcio Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. El Cualquier Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá deberán establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro tres (243) Meses Años contados a partir de la aprobación de dicho programa plan (el “Período de Evaluación”), salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicabledeberá contener cuando menos lo previsto en el Anexo 6, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Respecto al Programa de Evaluación del Descubrimiento localizado en el campo Trion, el Programa de Evaluación, además de lo previsto en esta Cláusula 5.2, deberá cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo establecido en el Anexo 5. Cualquier Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos