TIPO DE CONTRATO administrativo especial
Fecha: | 27/08/2013 | Doc.: | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS |
TIPO DE CONTRATO administrativo especial
TRAMITACIÓN anticipada ordinaria
PROCEDIMIENTO abierto
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato es el desarrollo y ejecución del programa cultural del Distrito de Arganzuela, para propiciar el fomento de la cultura de forma general, consiguiendo el aumento del nivel cultural de los vecinos del Distrito a través del consumo de productos culturales entre los mismos. Asimismo se quiere ofrecer a las familias una alternativa de ocio de calidad y la oportunidad de disfrutar formándose.
Se llevará a cabo en los centros culturales Casa del Reloj y Centro Dotacional Integrado de Arganzuela y dependencias del Distrito de Arganzuela que determine la Jefatura de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.
2.- ASPECTOS QUE COMPRENDE EL CONTRATO
El servicio objeto del contrato comprenderá:
• Un equipo de producción compuesto por un grupo profesionales según necesidades, de acuerdo al detalle recogido en el apartado 3.1.
• La producción completa de una actividad cultural todos los viernes en el Centro Cultural Casa del Reloj y todos los sábados en el Centro Dotacional Integrado de Arganzuela (exceptuando los meses de julio, agosto y septiembre), pudiendo ser cambiado el día a requerimiento del Distrito, incluidos los gastos técnicos y los derechos de autor correspondientes.
• Montaje de las salas para las actividades o actuaciones (colocación xx xxxxxx, mesas y otros elementos).
• El diseño y arte final de un folleto mensual de un máximo de 12 páginas con tamaño 18x21 así como de las invitaciones necesarias de 21x10 para las actividades que así lo requieran, no superando la cantidad de 10 al año para su difusión digital.
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
3.1. Personal:
El Equipo de producción estará compuesto, al menos, por el siguiente personal:
• Un técnico de sonido e iluminación con formación específica en la materia o experiencia en la producción técnica de espectáculos escénicos.
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• Un diseñador gráfico con formación específica en la materia o experiencia en el diseño y maquetación de programas culturales.
Este equipo se completará con la asistencia, según necesidades y en función de la actividad a desarrollar, de al menos, un experto en las distintas líneas artísticas que recoge el pliego, así como, un montador de exposiciones, un transportista, un auxiliar de producción, un fotógrafo y/o cualquier personal necesario para la puesta en marcha de las actividades programadas. Todos ellos deberán poseer experiencia en su especialidad.
3.2. Programa cultural:
3.2.1. La producción completa incluidos los gastos técnicos, artísticos (caché) y los derechos de autor correspondientes, de dos actividades culturales, para cada viernes y sábado del mes, comprendidos en el plazo de prestación del servicio y exceptuando los meses de julio, agosto y septiembre. En total 66 actividades que podrán comprender:
• Espectáculos de teatro, sin limitación en el género teatral que cultiven (género dramático, cómico, tragedia, teatro xx xxxxx, etc.)
• Actividades culturales xx xxxxx, teatro, música, cine o similares, concebidas especialmente para el público infantil y juvenil.
• Compañías o grupos musicales (revistas musicales, variedades, zarzuela, etc.)
• Artistas individuales, artistas o grupos de música popular (jazz, rock, pop, baile de salón, etc.).
• Compañías o grupos xx xxxxx (ballet, folklore, regional, etc.)
• Proyecciones cinematográficas de cine actual.
3.2.2. La producción completa incluidos los gastos técnicos, artísticos (caché) y los derechos de autor correspondientes de un programa variado de actividades culturales dirigidas principalmente a un público juvenil, infantil y familiar.
Los objetivos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo detallado para cada una de las actuaciones a realizar. Por otra parte, la Jefatura de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas se reservan el derecho a formular cuantas objeciones estimen convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
El distrito de Arganzuela, a través de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, aprobará el calendario de programación cultural trimestralmente, reservándose el derecho de suspender, cambiar o modificar cualquier actividad programada por necesidades sobrevenidas de uso de las instalaciones de manera puntual.
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El distrito de Arganzuela se reserva la competencia exclusiva para autorizar el uso de las instalaciones por asociaciones, grupos artísticos, entidades ciudadanas, particulares o cualquier otro interesado peticionario, debiendo el adjudicatario colaborar en todo momento en la adecuada compatibilidad y coordinación de actividades y usos.
Se podrán sustituir actividades específicas o contenidos esenciales de las mismas cuando por necesidad de los objetivos a desarrollar y en beneficio de los usuarios del servicio fuese necesario. Asimismo, podrá acordarse el aplazamiento de cualquier actuación cuando lo aconseje el mejor desarrollo de la misma.
Cada actuación o servicio, deberá concretarse puntualmente en su precio o cantidad, así como, en su caso, la aportación de equipo de sonido y otros enseres técnicos necesarios. El contratista deberá presentar, con anterioridad a la prestación del servicio, relación de las personas que vayan a intervenir en la actividad.
El órgano contratante elegirá, de entre las opciones ofertadas por el contratista, aquélla que considere más adecuada y mejor se ajuste a la actividad programada.
Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto detallado de la programación cultural para cada uno de los Centros Culturales, atendiendo a la estructura, medios, área de influencia, etc. de cada Centro que tendrá carácter de programación ordinaria y periódica y, en su caso, extraordinaria cuando se refiera a acontecimientos de interés, fechas conmemorativas, etc.
La empresa adjudicataria coordinará cada actuación o actividad en cada uno de los Centros Culturales, siendo ésta responsable del desarrollo de la actuación.
Cada tres meses presentará una memoria de la gestión de las actividades realizadas y una vez finalizado el contrato presentará una memoria global de la programación cultural llevada a cabo.
3.3 Publicidad:
El adjudicatario deberá diseñar todo el material publicitario del programa cultural, que comprenderá:
• Diseño y arte final de un folleto mensual de un máximo de 12 páginas, tamaño 18x21, para su difusión digital. Total 8 folletos.
• Diseño y arte final de las invitaciones necesarias para las actividades que así lo requieran, tamaño 21x10, que no superarán la cantidad de 10 al año, para su difusión digital.
3.4. Responsable del contrato e interlocutor de la empresa:
El responsable de este contrato es la Jefa de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización
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de la prestación pactada. Asimismo, llevará a cabo las tareas de coordinación técnica con la empresa contratista.
La empresa contratista deberá designar un responsable de la misma que actúe como interlocutor con el Ayuntamiento y, en particular, con el responsable del contrato, y que al mismo tiempo, garantice que la empresa cumple con sus obligaciones contractuales. Asimismo, la empresa contratista deberá designar un sustituto para supuestos de ausencia de dicho responsable.
En el desarrollo de las prestaciones la empresa contratista deberá someterse en todo momento a las instrucciones, directrices y observaciones que formule la Jefe de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito.
4.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
El adjudicatario deberá prestar el servicio del modo dispuesto en el contrato y en todo
caso,
4.1. Uso de espacios y equipos:
Todos los espacios y equipos técnicos de iluminación y sonido de los centros culturales puestos a disposición del adjudicatario para su uso en la ejecución del contrato deberán conservarse en perfecto estado de funcionamiento.
El adjudicatario deberá complementar puntualmente los equipos existentes, en función de los requerimientos técnicos de los espectáculos programados.
El servicio se prestará en el lugar o lugares que fije el órgano contratante y se prestará conforme al régimen horario que fije el órgano contratante de acuerdo con el adjudicatario, teniendo aquél la facultad de variarlo en función del interés público.
El adjudicatario no podrá utilizar las instalaciones municipales para otras actividades diferentes de las puramente necesarias para ejecutar el objeto del contrato.
4.2. Personal:
El personal al servicio del contrato pertenecerá a la entidad adjudicataria. En ningún caso se considerará como personal del Ayuntamiento de Madrid.
La entidad adjudicataria organizará su personal de modo que cubra las necesidades de ejecución del contrato y, en todo caso, deberá sustituir de forma inmediata las ausencias del personal a su cargo con objeto de que no se perjudique la prestación del servicio.
El adjudicatario deberá cumplir la legislación laboral y/o mercantil vigente en las relaciones contractuales con el personal a su servicio y proveedores que dependerán
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exclusivamente del mismo y no tendrán relación de ninguna índole con el Ayuntamiento de Madrid.
En ningún supuesto podrá considerarse que el personal de la entidad adjudicataria tiene relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Madrid, debiendo la entidad informar debidamente a su personal de dicho extremo, e incluir expresamente esta circunstancia en todos los contratos de las personas que trabajen en la ejecución de este contrato, en su caso.
4.3. Publicidad:
El adjudicatario deberá emplear los elementos de imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid en todo el material publicitario que elabore, atendiendo a lo estipulado en el Manual de Identidad Corporativa Municipal.
4.4. Otras obligaciones:
• Indemnizar los daños causados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.
• Son responsabilidad del adjudicatario cuantos daños puedan ocasionarse a personas o bienes y sean consecuencia, directa o indirecta, de las actividades desarrolladas en las instalaciones o del uso de las mismas.
• Dedicar las instalaciones exclusivamente al uso establecido en este Pliego.
• Cumplir todas las obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.
• Suscribir las pólizas de seguro exigidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
5.- DERECHOS DEL ADJUDICATARIO:
• Percibir las retribuciones correspondientes por la prestación del servicio.
• Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico financiero del contrato, en los casos en que así proceda.
6.- DURACIÓN DEL CONTRATO:
El plazo para la prestación del servicio que se contrata, abarcará desde el 3 de febrero al 21 de diciembre de 2014, ambos inclusive, exceptuando los meses de julio, agosto y septiembre, realizándose la prestación los viernes en el Centro Cultural Casa del Reloj y los sábados en el Centro Dotacional Integrado de Arganzuela.
7.-PRECIOS ESTIMADOS PARA LA VALORACIÓN DEL CONTRATO:
Fecha: | 27/08/2013 | Doc.: | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS |
ACTIVIDAD | IMPORTE (SIN IVA) | 21% IVA | IVA INCLUIDO |
Actividades culturales | 48.892,56 | 10.267,44 | 59.160 |
Diseño gráfico | 4.000 | 840 | 4.840 |
TOTAL | 52.892,56 | 11.107,44 | 64.000 |
Madrid, 27 xx xxxxxx de 2013 La Jefa de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas