Contract
CARATULA XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA JUVENTUD “GAZTEBOX”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. OBJETO DEL CONTRATO. La prestación del Servicio denominado “GazteBox”, dependiente del Área de Cultura del Ayuntamiento de Santurtzi, siguiendo sus directrices y en coordinación permanente con él, de conformidad con las normas que sobre la materia emanen tanto del Gobierno Xxxxx como de la Diputación Xxxxx de Bizkaia.
EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: No se contempla su existencia por tratarse de un servicio de prestación unitaria no susceptible de división en lotes.
CODIFICACION SEGÚN LA NOMENCLATURA DE LA CPV: 92000000-1. CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: No.
2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO: Dos años.
POSIBILIDAD DE PRORROGAS: Sí. Hasta un máximo de un año.
3. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: 161.000 € + 21% I.V.A., (33.810 €); total: 194.810 € para los dos años de duración del contrato, a razón de 80.500 € + 21% I.V.A. (16.905 €); Total 97.405
€ / año.
ANUALIDADES:
2017: 56.819,58 €
2018: 40.585,42 €.
TIPO DE LICITACIÓN: 80.500 € / año, I.V.A. excluido. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 241.500 €.
PRECIOS UNITARIOS: No
EXPEDIENTE DE TRAMITACION ANTICIPADA: No, se compromete crédito por los importes correspondientes para los ejercicios a los que afecte el contrato, sometiendo la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.
4. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 8 3340 227.07.
5. FORMA DE PAGO: Con periodicidad mensual, con el visto bueno del Área, y previa su aprobación por el órgano competente, en función de la fecha de presentación de las correspondientes facturas, en el plazo de 30 días siguientes a la expedición de la factura.
La presentación de las facturas, mediante formato electrónico, deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura en el Punto General de Entrada de facturas (en la web xxx.xxxxxxxxx.xxx), en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio.
6. REVISION DE PRECIOS: No procede.
7. GARANTIAS:
PROVISIONAL: No se exige.
DEFINITIVA: Por el 5% del importe de adjudicación, excluido IVA. COMPLEMENTARIA: No se contempla.
8. PLAZO PARA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCION: 1 mes.
PLAZO DE GARANTIA: Dado que los servicios que se contratan agotan sus prestaciones con el final de la ejecución del contrato, no se considera necesario establecer ningún plazo de garantía.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACION POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION:
UNICO CRITERIO: No.
MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS, POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION: Sí,
siendo los que figuran a continuación:
9.1. CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR: Hasta 12 puntos.
a) Programa de Trabajo referente a la Información Juvenil: hasta un máximo de 5 puntos. Dicho programa especificará los siguientes aspectos:
Finalidad, objetivos generales y específicos, descripción de la metodología, definición de medios materiales y fondo documental y bibliográfico a adscribir a la ejecución del contrato, programa de difusión de la información, diseño y temporalización de las actividades previstas si las hubiera, programa de seguimiento y evaluación y desarrollo de las campañas publicitarias.
b) Programa de Trabajo referente a la empleabilidad de la persona joven: Hasta un máximo de 3 puntos
c) Programa de Trabajo referente a la intervención en lonjas juveniles: Hasta un máximo de 2 puntos
d) Programa de Trabajo referente a actividades de ocio joven: Hasta un máximo de 2 puntos
La valoración de dichos programas de trabajo se realizará atendiendo a los criterios de calidad, originalidad y adecuación a los objetivos de cada programa.
9.2. CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: DETERMINACIÓN DE ESTOS CRITERIOS, PONDERACIÓN ATRIBUIDA Y FÓRMULA O CRITERIO AUTOMÁTICO PARA SU PONDERACIÓN: hasta 5 puntos.
a) Recursos humanos presenciales en número superior a los exigidos en el pliego de condiciones técnicas y con los mismos requisitos exigidos por dicho pliego. Hasta 2,5 puntos para la mejor oferta, el resto según criterios de proporcionalidad a razón de 0,01 puntos por cada hora hasta un máximo de 250 horas a lo largo de la duración del contrato.
b) Rebaja del precio sobre el tipo de licitación. Hasta un máximo de 2,5 puntos.
La puntuación a otorgar será la que se desprenda de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre el porcentaje de baja que oferte el/ la licitadora que en cada caso se valora (en tanto por cien), y el porcentaje de baja del licitador que realice la oferta más económica (en tanto por cien), por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
PT = BOv x T MBO
Donde:
1. PT es la puntuación total
2. BOv es la baja de cada oferta a valorar expresada en tanto por cien
3. MBO es la mayor baja económica de entre todas las ofertadas, expresada en tanto por cien
4. T es el total de puntos atribuidos a este criterio.
INTERVENCION DE ORGANISMO TECNICO ESPECIALIZADO / COMITÉ DE PERSONAS EXPERTAS EN LA EVALUACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION NO EVALUABLES POR APLICACIÓN DE
FORMULAS: Se constituirá Comité de Expertos/as integrado por las siguientes personas: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx (Jefe Sección Bibliotecas y Juventud); Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Coordinador U. A. Cultura; Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Director del organismo autónomo Xxxxxxxx Kultur Aretoa
PLAZO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME: 15 días.
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 14 horas, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, pudiendo asimismo presentarse en Correos en la forma y con los requisitos previstos en el la cláusula 17 xxx Xxxxxx.
FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Se deberán presentar tres sobres respetando la forma que se indica a continuación:
Sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato.
Sobre B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS PONDERABLES CON ARREGLO A UN JUICIO DE VALOR:
Se presentará la documentación relativa a los criterios descritos en el punto 9.1 de esta Carátula
NOTA: Con el fin de garantizar el secreto de las proposiciones, en ningún caso se deberá adjuntar, ni en el sobre A ni en el sobre B, la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica, ni los criterios cuantificables por fórmula o de manera automática a incluir en el sobre C. El incumplimiento de lo aquí dispuesto dará lugar al rechazo de la oferta. No obstante, en el supuesto de que hubiese un único licitador, la Mesa de Contratación podrá excepcionar lo dispuesto anteriormente.
Sobre C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA:
Se presentará la Proposición Económica según modelo del Anexo II xxx Xxxxxx, así como la documentación referente al resto de criterios evaluables automáticamente o con arreglo a fórmulas.
En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre C, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
□ Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros.
□ El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe.
□ Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA.
Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos:
PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA JUVENTUD “GAZTEBOX”
(Nº de expte.: 4/2017)
SOBRE:(indicar, según xxxxxxx, A, B o C)
DOCUMENTACIÓN:(indicar la denominación que proceda con arreglo a lo expuesto en el apartado precedente)
Denominación social: Domicilio social:
Nombre de la persona apoderada: e-mail de comunicación:
Fax:
Teléfono de contacto:
LUGAR DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: El expediente se podrá examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en el Area de Cultura y Euskera, promotora del expediente.
11. UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: No se establece.
CRITERIOS PARA DETERMINAR SI LAS PROPOSICIONES CONTIENEN BAJAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: No se establece.
12. ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: De acuerdo con lo previsto en el Pliego de Condiciones Técnicas.
SOLVENCIA FINANCIERA Y ECONOMICA, TECNICA O PROFESIONAL:
- Solvencia financiera y económica:
Se acreditará mediante volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 146.107,50 euros. Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. (Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil. En los casos de licitadoras no sujetas a esta legislación, se estará a la documentación que resulte pertinente).
- Solvencia técnica y profesional:
Se acreditará mediante una relación de servicios de naturaleza similar a la del objeto del contrato en los últimos 5 años, siendo el requisito que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 97.405 euros.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, del empresario que se indica a continuación.
CLASIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE PODRÁ ACREDITAR LA SOLVENCIA: Grupo L, subgrupo 6,
categoría 1
HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No.
13. MEMORIA O PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige, sin perjuicio de que los licitadores incluyan en el sobre “B” aquellos documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación previstos en el punto 9.1 de la Carátula.
VARIANTES: No se prevén.
14. PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACION: Dos meses.
15. GASTOS DE PUBLICIDAD.: A cargo del adjudicatario. Importe aproximado 250 euros.
16. TRAMITACION URGENTE: No.
17. PORCENTAJE MAXIMO DE SUBCONTRATACION: 60%.
18. RESPONSABLE DEL CONTRATO: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx (Jefe Sección Bibliotecas y Juventud).
19. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL: El adjudicatario o adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación, esto es el Convenio colectivo de Intervención Social de Bizkaia –Gizardatz, según la categoría social que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejada la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato o su resolución en aquellos supuestos en que su incumplimiento se califique como grave.
En caso de que se subcontraten prestaciones propias de este contrato, el contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la administración, con arreglo estricto a los Pliegos de Cláusulas las Administrativas Particulares y los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
El incumplimiento de esta obligación llevará aparejada la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato o su resolución en aquellos supuestos en que su incumplimiento se califique como grave.
CONDICION ESPECIAL DE EJECUCION EN MATERIA DE IGUALDAD: Tiene carácter de condición especial de ejecución del contrato, en esta materia, la obligación de la empresa adjudicataria de contratar a mujeres en los supuestos de nuevas contrataciones, baja o sustituciones de puestos de responsabilidad que se produzcan durante la ejecución del contrato. Su incumplimiento podrá llevar aparejada la imposición de una penalidad hasta el 2 por ciento del presupuesto del contrato.
20. REGIMEN DE PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: El previsto en la cláusula 14 xxx Xxxxxx, sin perjuicio de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
POR INCUMPLIMIENTO PLAZOS PARCIALES:
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Incumplimiento de las siguientes obligaciones respecto de la “Oficina de Información Juvenil- Gazte Informaziorako Bulegoa”:
La atención directa al joven que acuda a la Oficina de Información Juvenil.
La difusión de la información y de las actividades de interés juvenil mediante la utilización de las nuevas tecnologías y las redes sociales.
La colaboración con el Área de Cultura en la organización y/o difusión de las actividades gestionadas directa o indirectamente por dicha Area relacionadas con la juventud mediante:
- Elaboración de estadísticas.
- Información e inscripción de jóvenes interesados en participar en las actividades organizadas.
- Gestión de la inscripción en el programa “Udaleku Irekiak – Colonias Abiertas”, u otras análogas, facilitando la información, recogiendo las inscripciones y entregando los datos de los asistentes en la Base de datos preparada al efecto.
- Expedición de los carnets internacionales de alberguista, estudiante...
Disposición de los recursos humanos necesarios para la correcta prestación del servicio en las dependencias municipales en un horario presencial mínimo de 22 horas semanales.
Prestación del servicio en ningún caso podrá ser inferior al que se pone de manifiesto a continuación: cinco horas diarias de lunes a viernes, de 16:00 a 20:00 horas, y los miércoles también de 11:00 a 13:00, excepto en los meses xx xxxxxx, época navideña y Semana Santa cuando el horario será de 10:00 a 14:00, cerrándose durante el mes xx xxxxxx.
21. OBSERVACIONES. OTROS REQUISITOS:
OTRAS ESPECIFICACIONES: Se hace constar que este contrato se haya sujeto la cumplimento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: No existe concurrencia de trabajadores de la empresa contratista en dependencias municipales siendo el Ayuntamiento empresario principal.
POSIBILIDAD DE MODIFICAR EL CONTRATO: No.
SUBROGACIÓN DE PERSONAL: Sí. Este contrato se encuentra sometido a la subrogación de los contratos de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras que vienen realizando la actividad objeto del contrato y se incluyen en el Anexo I al Pliego de Condiciones Técnicas -en los términos previstos en el Convenio Colectivo que resulte aplicable- quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior.
La información relativa a las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6.1 de la Ley 3/2016 de 7 xx xxxxx de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ORGANO DE CONTRATACION: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santurtzi, sin perjuicio de las delegaciones conferidas a favor de la Junta de Gobierno Local y del Concejal Delegado de Cultura y Euskera mediante los Decretos de Alcaldía nº 1735, de 5 de octubre de 2015, y 2086/2015 de 26 de noviembre, respectivamente.
PERFIL DE CONTRATANTE: en la página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: Sí.
22. Nº DE EXPEDIENTE: 4/2017.
Santurtzi, a de de 2017